INVITACIÓN PÚBLICA A PRESENTAR COTIZACIONES No. 06
INVITACIÓN PÚBLICA A PRESENTAR COTIZACIONES No. 06
El Gobierno de Colombia ha recibido una donación del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF a través del Acuerdo de Donación No. TF018478 y su financiamiento adicional TF0A5789 suscrito entre Patrimonio Natural y el Banco Mundial para financiar el costo del proyecto “Conservación de bosques y Sostenibilidad en el Corazón de la Amazonia.
En el marco de este Proyecto, se suscribió entre Patrimonio Natural y el Instituto XXXXXX el Acuerdo de Subdonación No. 03 de 2015 y su enmienda No. 01 para la implementación de las actividades descritas en lo que respecta a las partes 2E y 3C (i) y (ii) del proyecto, dentro del cual se propone utilizar parte de los fondos de la donación para efectuar los pagos elegibles bajo el Contrato para el cual se emite esta invitación.
1. El Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas “XXXXXX” les invita a presentar una cotización para:
Descripción | Detalle características requeridas | CANTIDAD |
CÁMARAS TRAMPA | - Con modo de captura Híbrida (vídeo y fotografía en una misma detección) - LEDs IR negros que son invisibles (No glow) - Velocidad de disparo de 0,25 segundos para foto y 1 segundo para vídeo - tasa de recuperación 0,5 segundos - Resolución de 20 megapixeles o superior - Distancia de detección 30 metros (100 pies) - Con memoria SD de 8 Gb o superior incluida | 22 |
2. Se le solicita que presente una cotización para todos los bienes que se listan en esta invitación. Las cotizaciones de precios serán evaluadas, de acuerdo con el numeral 8 de la Sección 1 del presente documento, teniendo en cuenta el conjunto de los bienes y se adjudicará la contratación al oferente cuya cotización ofrezca el costo más bajo. Para facilitar la preparación de su Cotización de precios, adjunto encontrará las especificaciones técnicas. Su Cotización deberá ser presentada de acuerdo con las instrucciones indicadas en la Sección 1 a continuación, y deberá ser dirigida y entregada en la siguiente dirección Xxxxx 00 Xx. 0-00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X., o en el siguiente correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx a la atención de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx – Jefe de Unidad de Apoyo Jurídica
3. Su(s) cotización(es) deberá(n) estar acompañada(s) de la documentación técnica adecuada y de los catálogos y cualquier otro material impreso que sea pertinente para la cotización de los bienes.
4. La cotización deberá estar de acuerdo con los Términos y Condiciones para el Suministro descritos en la minuta de Contrato de la Sección 3 de esta Invitación de Cotización.
5. Su Cotización deberá ser presentada a más tardar el 04 de febrero de 2019 hasta las 4:00 p.m. Las Cotizaciones deberán abrirse en público en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen participar, en la ciudad de Bogotá en la Xxxxx 00 Xx. 0-00- Xxxxxx xx Xxxxx XX – Jurídica, en la misma fecha y hora del cierre.
Cordialmente,
Original firmado
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Subdirector Administrativo y Financiero Xxxxx 00 Xx. 0-00
XXXXXXX 0 – INSTRUCCIONES PARA PREPARAR COTIZACIONES
1. Calificación del Oferente: Para que se le pueda adjudicar el contrato, el Oferente deberá presentar la documentación requerida y cumplir con los criterios mínimos de calificación según se establece a continuación:
a) Si es persona natural el certificado de matrícula mercantil emitido por la Cámara de Comercio respectiva, en el que deberá constar las actividades, en las que debe encontrarse la venta o suministro de los bienes requeridos o similares, y tener fecha de expedición no superior a sesenta
(60) días anteriores a la presentación de la Cotización. Si es persona jurídica el Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, en el que deberá estar escrito: su objeto social, en el que debe encontrarse la venta o suministro de los bienes requeridos o similares; el término de duración de la sociedad, que deberá ser como mínimo igual al del plazo para la ejecución del contrato y un (1) año más. Este certificado deberá tener fecha de expedición no superior a sesenta (60) días calendarios anteriores a la presentación de la cotización. En caso de existir limitación de cuantía del representante legal para contratar, se deberá presentar autorización del órgano directivo correspondiente, en la cual se faculte para presentar la cotización y celebrar el contrato en caso de que se le adjudique, si no es requerida tal autorización, se deberá certificar que tiene capacidad sin límite de cuantía.
b) Documento de identidad de la persona natural o del representante legal.
c) Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT).
d) Documentos que lo acrediten como distribuidor oficial de los productos en Colombia.
2. Contenido de la invitación de cotización: La presente invitación incluye los siguientes documentos:
Carta de Invitación de Cotización
a) SECCIÓN 1 Instrucciones para preparar cotizaciones
b) SECCIÓN 2 Especificaciones Técnicas
c) SECCIÓN 3 Contrato.
3. Documentos que componen la Oferta: La oferta deberá incluir los siguientes documentos:
(i) Cotización debidamente firmada por la persona natural o el representante legal facultado para ello.
(ii) La documentación técnica adecuada y de los catálogos y cualquier otro material impreso que sea pertinente para la cotización de los bienes.
(iii) Los documentos que se relacionan en el numeral primero “Calificación del Oferente”
4. Cotización de Precios: El Oferente deberá cotizar la totalidad de los bienes solicitados según lo estipulado en de la Carta de Invitación de Cotización. Los precios deberán incluir todos los costos incluyendo el envío al lugar de destino.
El Oferente deberá incluir en su cotización, los precios/tarifas para todos los bienes descritos en las Especificaciones Técnicas. Los rubros para los cuales el Oferente no haya indicado tarifas ni precios no serán pagados por el Comprador y se considerarán incluidos en los precios cotizados.
El precio cotizado en el formulario de Cotización deberá ser el precio total de la oferta. El presente contrato se encuentra exento de todo impuesto, tasa o contribución indirecta.
Todos los gastos en que incurra el Oferente en la preparación y entrega de su Cotización serán por su cuenta y riesgo.
5. Validez de las Cotizaciones. La Cotización deberá permanecer válida por un periodo de 60 días a partir de la fecha de su presentación según se especifica en la Carta de Invitación de Cotización. El Comprador podrá
solicitar a los Oferentes que extiendan dicho período de validez. Tanto la solicitud como las respuestas se harán por escrito, por fax o por correo electrónico. Los Oferentes podrán rechazar la solicitud de extensión, en cuyo caso podrán retirar su Cotización sin incurrir en ninguna penalidad. A los Oferentes que acepten la solicitud no se les pedirá, ni permitirá modificar su Cotización.
6. Lugar y Plazo para presentar las Cotizaciones de Precios: Las Cotizaciones deben entregarse al Comprador en la fecha, hora y en la dirección indicada en la Carta de Invitación de Cotización. Toda Cotización que reciba el Comprador después del plazo para la presentación de las Cotizaciones será declarada fuera de plazo, rechazada y devuelta al Oferente.
7. Modificación y Retiro de las Cotizaciones: Ninguna Cotización deberá modificarse después de la fecha límite para la presentación de las Cotizaciones de conformidad con lo estipulado en la Carta de Invitación de Cotización. Si un Oferente retira una Cotización durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar Cotizaciones y la expiración del período de validez de las Cotizaciones de conformidad con la Cláusula 5 “Validez de las Cotizaciones” de esta Sección, éste será excluido en la lista de Oferentes por el periodo que resta para la finalización del proyecto.
8. Evaluación y Comparación de las Cotizaciones: El Comprador adjudicará el contrato al Oferente cuya Cotización cumpla sustancialmente con todos los requisitos de la invitación a cotizar, así como con las especificaciones técnicas y haya ofrecido la Cotización de precio evaluada más baja. Para evaluar las Cotizaciones, el Comprador deberá determinar el precio de evaluación de cada cotización corrigiendo errores aritméticos, de la siguiente manera:
a. En caso de que se presenten discrepancias entre los números y las palabras, el monto en palabras prevalecerá.
b. En caso de que se presenten discrepancias entre el precio unitario y el total del rubro que resulta de multiplicar el precio por unidad por la cantidad, prevalecerá el precio unitario;
c. Si un Oferentes se reúsa a aceptar la corrección, su Cotización será rechazada.
9. Derecho del comprador a aceptar cualquier cotización y a rechazar todas o cualquiera de las cotizaciones: El Comprador se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Cotización, de anular el proceso y de rechazar todas las cotizaciones en cualquier momento antes de la adjudicación de la contratación, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes o la obligación de informar a los mismos acerca de las razones para tomar tal decisión.
10. Notificación de Adjudicación y Firma del Contrato: El Comprador notificará al Oferente ganador acerca de la aceptación de su Cotización, antes de la expiración del período de validez de las Cotizaciones, por medio de un correo electrónico. Dicho correo indicará el valor evaluado de la cotización, el cual será el valor del contrato a suscribir.
11. FRAUDE Y CORRUPCIÓN:
11.1. Propósito
11.1.1. Las Directrices Contra el Fraude y la Corrupción del Banco y este anexo se aplicarán a las adquisiciones en el marco de las operaciones de Financiamiento para Proyectos de Inversión del Banco.
11.2. Requisitos
11.2.1. El Banco exige que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento del Banco), licitantes (postulantes / proponentes) , consultores, contratistas y proveedores, todo subcontratista, subconsultor, prestadores de servicios o proveedores, todo agente (haya sido declarado o no), y todo miembro de su personal, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de
adquisición, la selección y la ejecución de contratos financiados por el Banco, y se abstengan de prácticas fraudulentas y corruptas.
11.2.2. Con ese fin, el Banco:
a. Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
i. Por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte.
ii. Por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación.
iii. Por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte.
iv. Por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar.
v. Por “práctica obstructiva” se entiende:
(a) la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o
(b) los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e, que figura a continuación.
b. Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.
c. Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos xxx xxxxxxxx participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando estas ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos.
d. Podrá sancionar, conforme a lo establecido en sus directrices de lucha contra la corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, a cualquier empresa o persona en forma indefinida o durante un período determinado, lo que incluye declarar a dicha empresa o persona inelegibles públicamente para: (i) obtener la adjudicación o recibir cualquier beneficio, ya sea financiero o de otra
índole, de un contrato financiado por el Banco1; (ii) ser nominada2 como subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios de una firma que de lo contrario sería elegible a la cual se le haya adjudicado un contrato financiado por el Banco, y (iii) recibir los fondos de un préstamo del Banco o participar más activamente en la preparación o la ejecución de cualquier proyecto financiado por el Banco.
e. Exigirá que en los documentos de solicitud de ofertas/propuestas/cotizaciones y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una cláusula en la que se exija que los licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus respectivos subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios, proveedores, agentes y personal, permitan al Banco inspeccionar3 todas las cuentas, registros y otros documentos referidos a la presentación de ofertas y la ejecución de contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este.
1 A fin de disipar toda duda al respecto, la inelegibilidad de una parte sancionada en relación con la adjudicación de un contrato implica, entre otras cosas, que la empresa o persona no podrá: (i) presentar una solicitud de precalificación, expresar interés en una consultoría, y participar en una licitación, ya sea directamente o en calidad de subcontratista nominado, consultor nominado, fabricante o proveedor nominado, o prestador de servicios nominado, con respecto
a dicho contrato, ni (ii) firmar una enmienda mediante la cual se introduzca una modificación sustancial en cualquier contrato existente.
2 Un subcontratista nominado, consultor nominado, fabricante o proveedor nominado, o prestador de servicios nominado (se utilizan diferentes nombres según el Documento de Licitación del que se trate) es aquel que: (i) ha sido incluido por el licitante en su solicitud de precalificación u oferta por aportar experiencia y conocimientos técnicos específicos y esenciales que permiten al licitante cumplir con los requisitos de calificación para la oferta particular; o (ii) ha sido designado por el Prestatario.
3 Las inspecciones que se llevan a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (ej. forense). Consisten en actividades de constatación realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para abordar asuntos específicos relativos a las investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la información y los registros financieros de una empresa o persona, examinarlos y hacer las copias que corresponda; acceder a cualquier otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato impreso o electrónico) que se considere pertinente para la investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la información a la verificación de terceros.
SECCIÓN 2 -ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Descripción del Bien y/o servicio requerido | Especificaciones Técnicas | Cantidad |
CÁMARAS TRAMPA | - Con modo de captura Híbrida (vídeo y fotografía en una misma detección). - LEDs IR negros que son invisibles (No glow). - Velocidad de disparo de 0,25 segundos para foto y 1 segundo para vídeo. - tasa de recuperación 0,5 segundos. - Resolución de 20 megapixeles o superior. - Distancia de detección 30 metros (100 pies). - Con memoria SD de 8 Gb o superior incluida. | 22 |
Lugar de entrega: El lugar de ejecución del contrato será en el Almacén General de la sede Bogotá ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 0 – 44.
Plazo y forma de entrega: El plazo de entrega será de un (01) mes contado a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato. El contrato se perfecciona con la firma de las partes y para su ejecución se requiere la expedición del registro presupuestal.
Garantía: Los bienes ofrecidos deben tener una garantía de fabricante de por lo menos 12 meses, a partir de la fecha de la entrega de los bienes al Comprador.
SECCIÓN 3 – CONTRATO
CONTRATO No. DE 2019 CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO AMAZONICO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS “XXXXXX” Y
ESTE CONTRATO se celebra entre XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.963.564 de Bogotá D.C., quien en su calidad de Subdirector Administrativo y Financiero, y en ejercicio de la delegación que le hiciera la Directora General mediante Resolución No 007 del 15 de enero de 2015, obra en nombre del INSTITUTO AMAZÓNICO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS “XXXXXX”, corporación civil sin ánimo de lucro de carácter público creada por el artículo 20 de la Ley 99 de 1993, vinculada al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, organizada en los términos establecidos por la Ley 29 de 1990 y el Decreto 393 de 1991, sometida a las normas de derecho privado, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio propio, identificada con el NIT. 860.061.110-3, en adelante el COMPRADOR, con oficina principal ubicada en la calle 20 No 5-44, Teléfonos 0000000
– 0000000 de la ciudad de Bogotá - Colombia, y , de nacionalidad
, identificada con la cédula de ciudadanía No. expedida en , quien actúa en nombre y Representación Legal de , sociedad identificada con el NIT.
, de acuerdo al Certificado de Existencia y Representación Legal presentado por el oferente adjudicatario de fecha de de , con domicilio en la de la ciudad de
, Teléfono No. quien en adelante se denominará quien en adelante se denominará el “EL PROVEEDOR”, convenimos celebrar el presente Contrato de adquisición de bienes, el cual se regirá por los siguientes considerandos y cláusulas:
CONSIDERANDO
a. El Gobierno de Colombia ha recibido una donación del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF a través del Acuerdo de Donación No. TF018478 y su financiamiento adicional TF0A5789 suscrito entre Patrimonio Natural y el Banco Mundial para financiar el costo del proyecto “Conservación de bosques y Sostenibilidad en el Corazón de la Amazonia.
b. En el marco de este Proyecto, se suscribió entre Patrimonio Natural y el Instituto XXXXXX el Acuerdo de Subdonación No. 03 de 2015 y su enmienda No. 01 para la implementación de las actividades descritas en lo que respecta a las partes 2E y 3C (i) y (ii) del proyecto, dentro del cual se propone utilizar parte de los fondos de la donación para efectuar los pagos elegibles bajo el Contrato para el cual se emite esta invitación.
c. Que el INSTITUTO AMAZÓNICO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS “XXXXXX” ha acordado con el Proveedor contratar los bienes con las especificaciones mínimas señaladas, para el desarrollo de las actividades del Proyecto
d. Que el Proveedor habiendo declarado al Comprador que cuenta con los recursos técnicos necesarios, ha convenido realizar la venta en los términos y condiciones establecidas en este Contrato.
POR LO TANTO, LAS PARTES convienen en lo siguiente:
1. Bienes | El Proveedor realizará la venta de los bienes que se especifican en la sección 2 de las especificaciones técnicas, que forman parte integral de este Contrato. Así como la cotización presentada por el proveedor” el día |
2. Plazo | La entrega de los bienes se deberá realizar en un (01) mes contado a partir de la expedición del registro presupuestal. |
3. Pagos | a) Monto máximo El Comprador pagará al Proveedor la suma de PESOS M/CTE. ($ ), la cual será cancelada en un solo pago por valor de |
PESOS M/CTE. ($ ), contra entrega y aprobación por parte del Supervisor de los bienes solicitados. El valor del presente contrato se encuentra exento de todo impuesto, tasa o contribución indirecta. En caso de que se llegare a causar otras obligaciones tributarias, estarán a cargo del proveedor. Los precios cotizados son fijos y no serán sujetos a ningún ajuste durante la ejecución del contrato. b) Imputación Presupuestal El presente Contrato será imputado presupuestalmente al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. del de del 2018. c) Condiciones de pago Los pagos se efectuarán en pesos colombianos, dentro de los 30 días calendarios contados a partir de la presentación por el proveedor de las facturas en duplicado con el lleno de los requisitos legales al Supervisor designado en el párrafo 4, de la certificación de cumplimiento expedida por quien supervise el contrato, y del recibo de pago por concepto de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensión y/o certificado expedido por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx o por el Representante Legal donde se acredite el pago de los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación familiar, Instituto de Bienestar Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje cuando a ello haya lugar, conforme lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en la Ley 828 de 2003 y demás normas que las modifiquen o sustituyan. | |||||
4. Supervisor del Contrato | El Comprador designa a Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, como Supervisor del Contrato o por quien designe el Ordenador del Gasto del Instituto, quien será responsable de la coordinación de las actividades contempladas en este Contrato, la aceptación y aprobación por parte del Comprador de los servicios que deban proporcionarse, y la recepción y aprobación de las facturas para cursar los pagos. | ||||
5. Especificaciones Técnicas | |||||
Descripción del Bien y/o servicio requerido | Especificaciones Técnicas | Cantidad | |||
CÁMARAS TRAMPA | - Con modo de captura Híbrida (vídeo y fotografía en una misma detección). - LEDs IR negros que son invisibles (No glow). - Velocidad de disparo de 0,25 segundos para foto y 1 segundo para vídeo. - tasa de recuperación 0,5 segundos. - Resolución de 20 megapixeles o superior. - Distancia de detección 30 metros (100 pies). - Con memoria SD de 8 Gb o superior incluida. | 22 | |||
6. Confidencialidad | Durante la vigencia de este Contrato y dentro de los dos años siguientes a su término, el Proveedor no podrá revelar ninguna información confidencial de propiedad del Comprador o del Organismo Ejecutor relacionada con los Servicios de este Contrato o |
las actividades u operaciones del Comprador sin el consentimiento previo por escrito de este último. | |
7. Elegibilidad 7.1 Oferentes Elegibles 7.2 Conflicto de Interés: | 7.1 El Proveedor y su personal deberán mantener su condición de elegibilidad en los términos que establecen las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial. Para tal efecto, el Proveedor de Servicios, a solicitud del comprador, deberá proporcionar prueba de su continua elegibilidad a satisfacción del Comprador y cuando éste razonablemente la solicite. 7.2 El Proveedor no incurrirá en actividades que generen conflicto de interés en los términos que establecen las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial del Banco Mundial, so pena la terminación del contrato. |
8. Fraude y corrupción de conformidad con la políticas del BIRF | El Banco requiere el cumplimiento de sus Directrices Contra el Fraude y la Corrupción y de sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes incluidos en el Marco de Sanciones del Grupo Banco Mundial, conforme a lo estipulado en el Anexo No. 01 al presente Contrato. El Comprador exige al Proveedor que divulgue aquellas comisiones u honorarios que pudieran haber sido pagados o que hayan de ser pagados a los agentes o cualquier otra parte con relación al proceso de solicitud de cotización o ejecución del Contrato. La información divulgada deberá incluir al menos el nombre y domicilio del agente o de la otra parte, el monto y la moneda, y el propósito de la comisión, gratificación u honorario. |
9. Inspecciones y Auditorias por el Banco | El proveedor permitirá que el Banco Mundial inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del proveedor relacionados con la presentación de cotizaciones y la ejecución del contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el proveedor de servicios deberá conservar todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de fraude y corrupción y ordenará a los individuos, empleados o agentes del proveedor que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. El proveedor debe tener en cuenta la Cláusula 8 “Fraude y Corrupción”, la cual establece, entre otras cosas, que toda acción con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar inspecciones y auditorías constituye una práctica obstructiva sujeto de sanciones por el Banco. |
10. Cesión | El proveedor no podrá ceder este Contrato o subcontratar ninguna parte del mismo, sin el consentimiento previo por escrito del Comprador. |
11. Ley e idioma por los que se regirá el Contrato | Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por las cláusulas del presente contrato, y de manera supletoria por la ley Colombiana aplicable, el idioma del Contrato será el Español |
12. Solución de controversias | Toda controversia que surja de este Contrato y que las Partes no puedan solucionar en forma amigable deberá someterse al proceso judicial conforme a la xxx xxx xxxx del Comprador. |
13. Modificaciones del Contrato | Toda variación o modificación de las condiciones del Contrato sólo se efectuará mediante enmienda escrita firmada por las partes. |
14. Demoras del Proveedor | El Proveedor prestará los servicios de acuerdo con lo especificado en la invitación de cotización y en el presente Contrato. |
15. Liquidación por daños y perjuicios | Si el Proveedor no suministra los bienes solicitados, en su totalidad o en parte, dentro del plazo especificado en el Contrato, el Comprador, sin perjuicio de los demás recursos que tenga en virtud del Contrato, éste podrá deducir del Precio del Contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios el dos por ciento (2%) semanal del monto del |
Contrato por cada semana o parte de la semana de retraso hasta alcanzar el porcentaje máximo de la liquidación por daños y perjuicios que será el 10%. Al alcanzar el máximo establecido, el Comprador podrá dar por terminado el Contrato de conformidad con la Cláusula 16 de la Contrato. | |
16. Terminación del contrato 16.1. Por el Comprador 16.2. Terminación por Conveniencia 16.3. Suspensión de Financiamiento 16.4 Pago a la Terminación del Contrato | 16.1. El Comprador podrá dar por terminada el contrato en su totalidad o en parte, si el Proveedor incurre en incumplimiento de la misma, por diferentes circunstancias, entre las cuales se incluyen, pero no está limitado a las siguientes: a) si el Proveedor no entrega los Bienes dentro del período establecido en el Contrato, o dentro de alguna prórroga otorgada por el Comprador; o b) si éste se declarase en quiebra o en estado de insolvencia. En tal caso, la terminación será sin indemnización alguna para el Proveedor, siempre que dicha terminación no perjudique o afecte algún derecho de acción o recurso que tenga o pudiera llegar a tener posteriormente hacia el Comprador; c) si el Proveedor no mantiene una Garantía de Cumplimiento, (si se ha solicitado). d) Si el Proveedor ha demorado la entrega de los bienes por el número de días, por el cual, la cantidad máxima de daños pueden ser pagados de acuerdo con la Cláusula 16 del contrato. e) Si el Proveedor no cumple con cualquier otra obligación en virtud de este Contrato; o En caso de que el Comprador termine el Contrato en su totalidad o en parte, de conformidad con la Cláusula 16.1 de este Contrato, éste podrá adquirir, bajo términos y condiciones que considere apropiadas, Bienes o Servicios Conexos similares a los no suministrados o prestados. En estos casos, el Proveedor deberá pagar al Comprador los costos adicionales resultantes de dicha adquisición. Sin embargo, cuando el Contrato termine de forma parcial, el Proveedor seguirá estando obligado a completar la ejecución de aquellas obligaciones en la medida que hubiesen quedado sin concluir. 16.2 El Comprador, mediante comunicación enviada al Proveedor, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Comprador, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación, no obstante, lo anterior, el Comprador deberá atender lo siguiente: (i) que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del contrato; y/o (ii) que se cancele el balance restante y se pague al Proveedor una suma convenida por aquellos Bienes que hubiesen sido parcialmente completados y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el Proveedor. 16.3 En el caso de que el Banco suspenda el préstamo o desembolso del crédito otorgado al Comprador, parte del cual se destinaba a pagar al Proveedor, El Comprador está obligado a notificar al proveedor de esta suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de recepción por parte del Comprador de la notificación de suspensión del Banco, en tal situación el Comprador podrá terminar el contrato conforme la cláusula 16.2 de este Contrato. 16.4. Al terminarse este Contrato conforme a lo estipulado en la Cláusula 16, el Comprador efectuará los siguientes pagos al Proveedor: (a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 3 de este Contrato, por |
concepto de los bienes recibidos satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación. (b) Salvo en el caso de terminación conforme a la Cláusula 16.1 de este Contrato, el rembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación expedita y ordenada del Contrato. | |
17. Notificaciones | Toda notificación entre las partes en virtud del Contrato se hará por escrito o por correo electrónico, cable, télex o fax y será confirmada por escrito a la parte que corresponda, a la dirección especificada en el presente documento. La notificación entrará en vigor en el momento de su entrega o en la fecha de entrada en vigor que se especifique en la notificación, si dicha fecha fuese posterior. |
18. Impuestos | El valor del presente contrato se encuentra exento de todo impuesto, tasa o contribución indirecta. |
POR EL COMPRADOR XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX Subdirector Administrativo y Financiero | POR EL PROVEEDOR Representante Legal |