CARÁTULA
Expediente: 20/18
CARÁTULA
XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SISTEMA DE ASPIRACIÓN PARA LA LIMPIEZA INTERIOR DE LOS AUTOBUSES DE LA COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituye la prestación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de aspiración para la limpieza interior de los autobuses de la Compañía del Tranvía de San Xxxxxxxxx, Sociedad Anónima Unipersonal (en adelante, CTSS).
El Código CPV del contrato es el siguiente: 50530000-9 Servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la CTSS (en adelante, entidad contratante). El Órgano de Contratación es el Director Gerente de la CTSS.
3. VARIANTES
No se admiten.
4. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual los documentos indicados en la Cláusula 5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será de dos años, contados desde el día siguiente al de la fecha de su formalización.
El contrato podrá prorrogarse anualmente por el Órgano de Contratación hasta un máximo de tres años adicionales, mediando notificación fehaciente por parte de la entidad contratante al contratista al respecto, dentro del último trimestre del plazo de duración inicial del contrato o de la prórroga en curso, y será obligatoria para el contratista.
El contratista quedará obligado al cumplimiento del contrato y de los Pliegos que rigen el mismo durante su vigencia, prórrogas incluidas.
6. ELEMENTOS ECONÓMICOS
6.1. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto base de licitación de la duración inicial del contrato (2 años) es de 20.734,56 euros (IVA incluido).
Para la determinación del referido presupuesto base de licitación se han tenido en cuenta, los siguientes costes directos e indirectos y otros eventuales gastos:
- Mantenimiento preventivo:
Los costes de mano de obra se han calculado para una media de 10 horas anuales y a 46€/h. Incluyendo costes salariales de personal para el técnico a partir del Convenio del Metal, seguridad social, etc.: 460 €/anuales.
Materiales: 2.740 €/anuales
Coste del IVA del 21%.
No se contemplan otro tipo de gastos.
- Mantenimiento correctivo (lunes a viernes, excepto festivos):
Los costes de mano de obra se han calculado para una media de 50 horas anuales y a 46€/h. Incluyendo costes salariales de personal para el técnico a partir del Convenio del Metal, seguridad social, etc.: 2.300 €/anuales.
Materiales: 2.700 €/anuales
Coste del IVA del 21%.
No se contemplan otro tipo de gastos.
- Mantenimiento correctivo (xxxxxxx, xxxxxxxx y/o festivos):
Los costes de mano de obra se han calculado para una media de 3 horas anuales y a 56€/h. Incluyendo costes salariales de personal para el técnico a
partir del Convenio del Metal, seguridad social, etc.: 168 €/anuales.
Materiales: 200 €/anuales
Coste del IVA del 21%.
No se contemplan otro tipo de gastos.
a) Mantenimiento preventivo
El presupuesto máximo anual de licitación es de 3.872,00 euros anuales (IVA incluido).
Los licitadores incluirán en su proposición económica el precio anual ofertado por la ejecución del contrato (IVA incluido), que en ningún caso podrá exceder del presupuesto máximo de licitación anual indicado.
b) Mantenimiento correctivo
El precio unitario máximo de licitación de los servicios de mantenimiento correctivo de lunes a viernes (excepto festivos), será de 55,66€/hora, IVA incluido.
El precio unitario máximo de licitación de los servicios de mantenimiento correctivo en xxxxxxx, xxxxxxxx y/o festivos, será de 67,76€/hora, IVA incluido.
El precio del contrato será el resultante de aplicar a los precios unitarios ofertados por el contratista el número de unidades efectivamente prestadas en ejecución del contrato. Dichos precios unitarios incorporan el IVA.
Siendo así, los licitadores incluirán en su proposición económica el precio unitario por el coste €/h del técnico (IVA incluido), que en ningún caso podrán exceder del precio unitario máximo de licitación indicado.
6.2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a 42.840 euros (IVA excluido), calculado en la forma y a los efectos previstos en el artículo 101 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).
En concreto, para el cálculo del valor estimado del contrato, se ha tenido en cuenta el máximo valor pagadero por todos los conceptos, IVA excluido, incluidas prórrogas. Dicho valor estimado ha sido calculado atendiendo al valor real de contratos similares adjudicados durante los doce meses previos.
7. ABONO DEL PRECIO
El abono del precio por la entidad contratante se realizará en la forma que se indica en la Cláusula 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
8. REVISIÓN DEL PRECIO
No procede la revisión del precio.
9. GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que hubiera presentado la oferta que hubiera supuesto la mejor relación calidad-precio vendrá obligado a constituir una garantía definitiva, en los términos indicados en la Cláusula 11 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, por un importe de 1.035,00 euros.
10. APTITUD PARA CONTRATAR
- Solvencia:
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional:
Solvencia económica y financiera. Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (respecto de los cuales esté vencida la obligación de aprobar las cuentas anuales), en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas, deberá ser de, al menos, 12.852,00 euros.
- Medios humanos y/o materiales.
Adicionalmente, los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos y materiales mínimos siguientes:
- Un equipo técnico, de al menos, 2 personas que acrediten una experiencia mínima de 5 años en el mantenimiento de sistemas de aspiración central.
El equipo técnico deberá acreditar la formación actualizada específica para instalación y mantenimiento de los equipos de Aspiración de la CTSS (CAVitaly) o equivalentes y específicamente para máquinas de vacío.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211. f) de la LCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la entidad contratante.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
11.1. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
- Modo de presentación: Las ofertas se presentarán utilizando medios no electrónicos por concurrir una de las circunstancias previstas en el apartado 3 de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP. Dicha circunstancia ha sido constatada en informe elaborado al respecto y obrante en el expediente.
A efectos de elaborar las correspondientes proposiciones, con fecha 19 de noviembre de 2018, a las 12:00 horas, los interesados podrán realizar una visita a las instalaciones de la CTSS, previa confirmación al siguiente email: xxxxxxxxx@xxxx.xx
- Plazo de presentación: Hasta las 14:00 horas del día 26 de noviembre de 2018.
En caso de que el último día de plazo sea xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo se prolongará hasta el primer día hábil siguiente.
11.2. CONTENIDO DE LOS SOBRES
Sobre 1. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS"
Los licitadores deberán presentar la documentación señalada en la Cláusula 13 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Sobre 2. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUYA
C UANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”
Los licitadores deberán presentar la siguiente documentación:
1. Descripción de la metodología de trabajo y planificación del mantenimiento preventivo y correctivo.
2. Descripción de las operaciones de mantenimiento.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
En ese contexto, en la documentación prevista en este Sobre 2 los licitadores indicarán el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores, propios o de empresas subcontratadas, que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. Téngase a la vista la obligación de cumplir en todo caso las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación.
Sobre 3. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS”
La proposición relativa a criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas se presentará conforme al modelo adjunto al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo VI.
En concreto, la proposición deberá incluir los siguientes conceptos:
- Precio ofertado por el mantenimiento preventivo:
………………………………..euros anuales (IVA incluido), desglosado en:
euros (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora del técnico por el mantenimiento correctivo (lunes a viernes, excepto festivos): ………………………………..€/h del técnico (IVA incluido), desglosado en:
€/h del técnico (precio sin IVA)
euros (IVA).
- Precio unitario por la hora del técnico por el mantenimiento correctivo (xxxxxxx, xxxxxxxx y/o festivos): ………………………………..€/h del técnico (IVA incluido), desglosado en:
€/h del técnico (precio sin IVA)
euros (IVA).
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación, indicados con su ponderación correspondiente, serán los siguientes:
1. Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: hasta un máximo de 45 puntos.
- Metodología de trabajo y planificación del mantenimiento preventivo y correctivo:
Hasta un máximo de 30 puntos
Se valorará la idoneidad de la propuesta de metodología de trabajo y planificación del mantenimiento preventivo y correctivo.
- Operaciones de mantenimiento Hasta un máximo de 15 puntos
Se valorará la idoneidad de las operaciones de mantenimiento.
Las ofertas deberán obtener una puntuación mínima de 22.5 puntos para continuar en el procedimiento.
2. Criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas: hasta un máximo de 55 puntos.
- Proposición económica: Hasta un máximo de 55 puntos.
Precio del mantenimiento preventivo: hasta un máximo de 40 puntos.
P= 40 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
Precio del coste de mano de obra para el mantenimiento correctivo (lunes a viernes, excepto festivos): (hasta 10 puntos)
P= 10 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
Precio del coste de mano de obra para el mantenimiento correctivo (xxxxxxx, xxxxxxxx y/o festivos): (hasta 5 puntos)
P= 5 x (oferta mínima/oferta N) Dónde:
P= puntuación obtenida por el licitador que se valora Oferta mínima= importe de la oferta más baja admitida Oferta N= importe de la oferta económica que se valora
Las ofertas que no mejoren el precio de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al/los licitador/es que la haya/n presentado para que justifique/n la valoración de la oferta y precise/n las condiciones de la misma.
A dichos efectos, podrá ser considerada desproporcionada o anormal aquella oferta* que sea inferior en 10 unidades porcentuales o más a la media aritmética de la totalidad de las proposiciones.
* Considerándose, a estos efectos, como oferta el sumatorio de los importes resultantes de multiplicar los precios ofertados por un licitador (en concepto de (i) precio anual ofertado por el servicio de mantenimiento preventivo (ii) precio unitario ofertado para el mantenimiento correctivo (lunes a viernes, excepto festivos) (iii) precio unitario ofertado para el mantenimiento correctivo (xxxxxxx, xxxxxxxx y/o festivos) por su ponderación correspondiente.
En todo caso, el órgano de contratación rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
13. COMITÉ DE EVALUACIÓN
El Órgano de Contratación estará asistido por un Comité de Evaluación integrado por los siguientes miembros:
1. Director de Taller de la CTSS
2. Jefe de Contabilidad de la CTSS
3. Asistente de Dirección de la CTSS
14. COMITÉ DE EXPERTOS
No procede.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
a) Las indicadas en la Cláusula 20 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
b) Adicionalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, se establece como condición especial de ejecución, de carácter social y relativa a la estabilidad laboral de los contratos, la siguiente: el contratista deberá mantener, durante todo el tiempo de vigencia del contrato, la plantilla de trabajadores adscritos a su ejecución, sin que proceda suspensión o extinción de los contratos de trabajo de dicha plantilla adscrita, salvo las suspensiones o extinciones consecuencia de la voluntad del trabajador, de despidos disciplinarios, disconformidad de la entidad contratante o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria y salvo que por circunstancias sobrevenidas la empresa se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 51 del Estatutos de los Trabajadores.
A efectos de verificar el cumplimiento de dicha condición especial de ejecución, antes de comenzar la ejecución del contrato, así como cada mes de vigencia del mismo, el contratista deberá presentar un listado de los trabajadores adscritos a su ejecución, justificando, en caso de modificación de dicho listado, la concurrencia de las razones expuestas en el párrafo anterior.
Dicha condición especial de ejecución será exigible igualmente a los subcontratistas que participen en la ejecución del contrato.
16. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones contractuales esenciales las establecidas en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Adicionalmente, será obligación contractual esencial la establecida en la letra b) del punto 15 anterior.
17. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La prestación de servicios objeto del contrato no comprenderá ni conllevará, por su propia naturaleza, tratamiento alguno de datos de carácter personal por cuenta de la entidad contratante.
18. CONFIDENCIALIDAD
El deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de 5 años desde el conocimiento de esa información.
19. PROPIEDAD INTELECTUAL Y/O INDUSTRIAL
Serán de aplicación las previsiones establecidas en la Cláusula 26 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
20. SEGUROS
El adjudicatario del contrato deberá presentar, de forma previa a la formalización del mismo, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra las indemnizaciones por daños personales y/o materiales derivados de la ejecución del contrato, tanto para terceros como para la CTSS, por una suma asegurada mínima 500.0000 euros, que deberá mantener su vigencia durante todo el tiempo de duración del contrato.
El contratista deberá acreditar el pago de la prima de la póliza y deberá presentar ante la CTSS los justificantes de estar al corriente de la póliza contratada.
21. PENALIZACIONES
Las penalizaciones por demora en los plazos (total o parciales), en el supuesto de que se opte por continuar en la ejecución del contrato serán de 150 euros/día de retraso por cada día natural de demora, IVA excluido.
La misma penalización será de aplicación en caso de cumplimiento defectuoso o incumplimiento de cualesquiera obligaciones o condiciones esenciales de ejecución, si se opta por continuar en la ejecución del contrato. En este caso, la penalización se aplicará sobre el número de días que efectivamente sean precisos para la oportuna subsanación, cumplimiento o correcta ejecución.
En ambos casos, las referidas penalizaciones son cumulativas a los daños y perjuicios que se acrediten.
22. CESIÓN DEL CONTRATO
No procede, al entenderse que las cualidades técnicas o personales de cedente han
sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
23. SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación con sujeción a lo que disponga la Cláusula 29 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y el artículo 215 de la LCSP.
24. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 205 de la LCSP.
25. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía se establece en 12 meses a contar de la fecha de recepción o conformidad de los servicios.
26. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las señaladas en la Cláusula 33 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
En todo caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se devengará a favor de la entidad contratante una cantidad equivalente al 20% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. Dicha penalización es cumulativa a los daños y perjuicios que se acrediten.