ANEXO 5 CONVENIO DE OTORGAMIENTO Y ACEPTACIÓN DE BECA ENTRE LA AGENCIA CHILENA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO Y DON(ÑA) ____________________________
ANEXO 5
CONVENIO DE OTORGAMIENTO Y ACEPTACIÓN DE BECA ENTRE LA AGENCIA CHILENA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO Y DON(ÑA) ____________________________
Entre la AGENCIA CHILENA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, persona jurídica de derecho público creada por la Ley Nº18.989, RUT Nº00.000.000-0, en adelante también denominada "AGCID" o “la Agencia”, representada por el Jefe del Departamento de Formación y Becas, xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, ambos domiciliados en Teatinos Nº 180, Piso 8º, Santiago, y don(ña) ______________________, en adelante también denominado(a) "el(la) becario(a)", de nacionalidad __________________, Profesión _________________, Pasaporte Nº ______________, cuyo domicilio en su país es _________________________________, que, se ha convenido lo siguiente:
PRIMERO: IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES.
El(la) becario(a) ha sido seleccionado(a) por AGCID para una beca en el marco de las actividades de cooperación técnica entre países en desarrollo que ejecuta la Agencia. Las características y objetivos de dicha beca constan en el documento denominado “Programa de Formación de Recursos Humanos para Latinoamérica y el Caribe en Reducción de Riesgo de Desastres – Kizuna, Magíster en Ingeniería Estructural y Geotécnica, Convocatoria Año 2019” aprobado por Resolución Exenta Nº de _____ de 2018.
SEGUNDO: ACEPTACIÓN DE LA BECA.
Por el presente convenio, el(la) becario(a), quien ha sido aceptado(a) por la Pontificia Universidad Católica de Chile para cursar estudios de Magíster en Ingeniería Estructural y Geotécnica, partir del 1 xx Xxxxx de 2019 hasta el 31 xx Xxxxx del 2020, acepta la beca referida en la cláusula anterior y, en calidad de beneficiario(a) de la misma, se obliga a dar cabal cumplimiento a lo establecido en él.
TERCERO: OBLIGACIONES DE AGCID.
La Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo cuenta con un Programa de Becas de Cooperación Horizontal que se ejecuta anualmente. Con motivo de la Convocatoria 2019 de dicho Programa, AGCID asume las siguientes obligaciones en beneficio del(la) becario(a):
Pago de los pasajes aéreos de ida, desde el país de origen a Santiago de Chile, y de regreso, a su país, al finalizar los estudios, por una sola vez.
El valor total del magíster para los becarios AGCID por los 13 meses será de 198 UF (valor actual de aproximadamente 26.967 pesos chilenos por UF de acuerdo a la información xx xxxxx 2018, pero al momento de matricularse podría haber una variación) de los cuales AGCID aportará un máximo de 2.500.000 pesos chilenos y la diferencia deberá ser pagada directamente por el becario. Este último pago es un trámite particular y directo entre la Universidad y el becario. La Universidad podrá exigir documentar el pago de este monto para permitir el ingreso al estudiante.
Pagar a el(la) becario(a) una asignación mensual de mantención de quinientos mil pesos chilenos ($ 500.000). Dicha asignación se pagará por el tiempo que dure el programa o periodo lectivo para el cual se postuló a la beca, y en todo caso sujeto a un tope de trece (13) meses. El pago se hará efectivo a contar del mes en que el(la) becario(a) inicie los estudios para los cuales fue beneficiado con la beca.
Proveer un seguro de vida, salud y accidentes, en beneficio del (la) becario(a) por hechos que ocurran dentro del territorio de Chile y mientras la beca se encuentre vigente. Adicionalmente, de un convenio con el Sistema de Previsión de Salud Pública (FONASA), el (la) becario(a) tendrá derecho a recibir atención a través del Sistema y Servicios de Salud Pública chilenos, desde que cuente con la cédula nacional de identidad otorgada por el Servicio del Registro Civil de Chile.
Otorgar a el(la) becario(a) una asignación única para textos y materiales de estudio, dentro del primer periodo lectivo de su programa de estudio en que tenga la calidad de tal. Dicha asignación ascenderá a la suma de noventa mil pesos chilenos ($ 90.000).
Otorgar a el(la) becario(a) una asignación por un monto equivalente a $230.000 (doscientos treinta mil pesos), para apoyo a gastos de la tesis o del requisito análogo exigido por la institución de educación superior para otorgar el respectivo grado académico. Esta asignación se pagará por una sola vez y siempre que el promedio de calificaciones de(la) becario(a) en el respectivo programa de estudio sea igual o superior a 5,5 o su escala equivalente al cuarto bimestre. Para ello, el(la) becario(a), deberá acreditar:
El cronograma de desarrollo del trabajo de tesis (o del requisito análogo), firmado por el profesor guía y por el(la) becario(a).
La aprobación del proyecto de tesis o del requisito análogo (certificado).
Su rendimiento académico (certificado de concentración de notas, con señalamiento del promedio).
Todos los beneficios anteriormente señalados están destinados únicamente a el(la) becario(a).
AGCID no asumirá ninguna otra obligación ni pagará gasto alguno que no se encuentre contemplado en la presente cláusula. Será de responsabilidad de el(la) becario(a) el financiamiento de todo otro gasto en que deba incurrir por concepto de trámites de visa, costos de postulación a las instituciones de educación superior chilenas, impuestos de embarque, viajes a su país durante el desarrollo de la beca, u otros no cubiertos por el presente convenio.
CUARTO: OBLIGACIONES DE EL(LA) BECARIO(A).
En el marco del presente instrumento, el(la) becario(a) tendrá las siguientes obligaciones:
Estar en posesión de los grados o títulos académicos y demás requisitos curriculares exigidos por la institución de educación superior en la que ha sido aceptado/a.
Acreditar, mediante certificado médico competente, toda vez que AGCID así se lo solicite, buena salud física y psíquica, compatible con las exigencias académicas de los estudios para los cuales se le haya otorgado la beca.
Dar cumplimiento a la normativa sobre extranjería vigente en Chile.
Establecer domicilio en Santiago de Chile, ciudad en la que cursará el programa de estudio para el cual se le haya otorgado la beca, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del presente convenio. El(la) becario(a) deberá informar dicho domicilio a AGCID inmediatamente, al igual que todo cambio que ocurra al respecto. Además, deberá mantener informada a AGCID de sus números de teléfono en Chile y su dirección de correo electrónico vigentes.
Residir en Santiago de Chile, ciudad en que cursará el programa de estudio para el cual se le ha otorgado la beca, mientras esté vigente la beca.
No ausentarse de Chile sin consentimiento de AGCID mientras esté vigente la beca. Para la acreditación del debido cumplimiento de la obligación establecida al inicio del presente número, AGCID estará facultada para exigir a el(la) becario(a) la exhibición de su pasaporte y podrá, además, solicitar a la autoridad migratoria chilena pertinente las certificaciones que estime del caso respecto de las entradas y salidas de el(la) becario(a) del territorio de Chile.
En caso de requerir ausentarse de Chile, el (la) becario(a) deberá presentar por escrito a AGCID una solicitud con una anticipación no inferior a cinco días hábiles respecto de la fecha prevista para el viaje. En casos constitutivos de fuerza mayor, entendidos estos como aquellos descritos en el numeral 1 de la cláusula sexta de este convenio, AGCID podrá admitir la presentación de la referida solicitud con una anticipación menor. Una vez el (la) becario(a) haya regresado a Chile, deberá informar inmediatamente de este hecho a AGCID.
Observar un comportamiento intachable y de pleno cumplimiento del ordenamiento jurídico chileno. Sin perjuicio de otros hechos que puedan implicar un quebrantamiento de esta obligación, ella se entenderá incumplida toda vez que el el(la) becario(a) sea condenado por crimen o simple delito.
Proporcionar, dentro del plazo que AGCID le fije, toda información que ésta le requiera.
Cumplir el régimen académico que establezca la institución de educación superior en la cual desarrolle sus estudios.
Aprobar la totalidad de las asignaturas o cátedras que, conforme al respectivo programa de estudio, le corresponda cursar durante cada periodo lectivo.
Obtener, en cada periodo lectivo, un buen rendimiento académico, entendiendo por tal un promedio de calificaciones igual o superior a 5,0 ó su escala equivalente.
Cumplir con los requisitos académicos y administrativos exigidos por la respectiva institución de educación superior para obtener el grado académico para cuyo programa de estudio se haya concedido la beca. Para acreditar el cumplimiento de esta obligación, el(la) becario(a) deberá presentar a AGCID las certificaciones emitidas por la autoridad académica competente de la respectiva institución de educación superior, respecto de:
I. El cumplimiento de los requisitos ya mencionados, mediante certificado emitido al término de cada bimestre, que dé cuenta de la calidad de alumno regular, y
La calificación o nota final (expresada en una escala de 1 a 7, en que esta última es la máxima) obtenida en el respectivo programa de estudio.
Dedicarse exclusivamente a los estudios para los cuales se le ha otorgado la beca, mientras ésta esté vigente. El cumplimiento de esta obligación incluye la prohibición de desempeñar labores remuneradas, en Chile o en el exterior.
Dar oportuno cumplimiento a todo requerimiento que por escrito le formule AGCID, incluyendo responder las encuestas que la Agencia le indique, y concurrir a toda citación o reunión a la que sea convocado por escrito por la Agencia durante el período de vigencia de la beca.
Entregar a AGCID, al término de los estudios, en soporte de disco compacto (cd) un ejemplar del texto final de la tesis o monografía análoga elaborada por el el(la) becario(a) en el marco del programa de estudio cursado.
Dejar constancia de su calidad de becario(a) de AGCID en todo trabajo de investigación o actividad de difusión con perfil académico en que participe.
No postular a becas para estudios que coincidan total o parcialmente con los que esté cursando gracias a la beca otorgada por AGCID, mientras tenga la calidad de becario(a) de la Agencia.
Regresar a su país luego de haber cursado la totalidad del Programa de Estudio para el cual se le otorgó la beca, o en caso de término anticipado del presente convenio. En caso de que el(la) becario(a) no dé oportuno cumplimiento a esta obligación, AGCID informará de ello a la autoridad migratoria chilena pertinente para que adopte las medidas a que haya lugar.
Además, el magíster podrá contar de actividades entre bimestres a cargo de expertos que serán financiados por Japón. Estas actividades tendrán para los becarios, carácter de obligatorio. El programa se confirmará posteriormente.
El/la Becario/a, autoriza a AGCID, a solicitar a la entidad educacional cualquier tipo de información académica de la que sea titular, con la finalidad de resguardar los intereses de AGCID en su calidad de gestor y administrador de los recursos destinados a la formación y perfeccionamiento de profesionales, en el marco de la cooperación internacional. El tratamiento de estos antecedentes por parte de AGCID será de carácter reservado y sólo para los fines antes señalados.
QUINTO: CAUSALES DE RESTRICCIÓN DE LOS BENEFICIOS DE LA BECA.
AGCID podrá restringir los beneficios señalados en la cláusula tercera, en los siguientes casos:
1) Mediante la suspensión de los beneficios contemplados en los numerales II, IV y V de la cláusula tercera de este convenio:
Ante la reprobación de una o más asignaturas o cátedras dentro del correspondiente periodo lectivo del programa académico que cursa el(la) becario(a).
Ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en los Nºs. 5, 6, 7, 9, 11, 12 y 13 de la cláusula anterior.
La medida de suspensión implicará la pérdida definitiva de los beneficios contemplados en numerales II, IV y V de la cláusula tercera, durante el periodo en que esta medida se encuentre vigente. El hecho de que el(la) becario(a) incurra más de una vez en alguna de las causales señaladas, constituirá causal de terminación anticipada de la beca.
2) Mediante la retención del pago de la asignación mensual a que se refiere el numeral II de la cláusula tercera, en caso que el(la) becario(a) no cumpla cualquiera de las obligaciones de acreditar buen estado de salud, establecer domicilio, proporcionar información y cumplir requerimientos y citaciones de AGCID, señaladas en los numerales 2, 4, 8 y 14 de la cláusula cuarta.
La referida retención cesará tan pronto el(la) becario(a) haya dado cumplimiento a la respectiva obligación pendiente.
AGCID calificará fundadamente las circunstancias que den lugar a las causales de restricción de los beneficios de la beca.
SEXTO: CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA BECA.
Constituirán causales de terminación anticipada de la beca, que AGCID calificará, las siguientes:
Hechos sobrevinientes constitutivos de fuerza mayor, los que deberán ser acreditados debidamente por el(la) becario(a) a AGCID. Para estos efectos, se entenderá por “fuerza mayor”:
La ocurrencia de hechos que afecten gravemente la salud de el(la) becario(a), su cónyuge o hijos. En todo caso, no constituirá fuerza mayor el desencadenamiento de una enfermedad preexistente, sea o no declarada por él(ella).
Catástrofes acaecidas en el lugar de procedencia de el(la) becario(a);
Requerimiento fundado por la autoridad competente del Estado del cual el(la) becario(a) es nacional, remitido a AGCID por el respectivo punto focal; y,
Otros hechos equivalentes en su magnitud a los recién señalados.
El cambio de programa académico por parte de el(la) becario(a) sin la autorización previa de AGCID.
El incumplimiento, por parte de el(la) becario(a), de cualquiera de sus obligaciones.
Haber sido objeto el becario de una sanción grave por incumplimientos de los estatutos o reglamentos internos de la respectiva entidad educacional, considerándose como sanciones de este tipo la suspensión eliminación o expulsión del becario.
AGCID calificará fundadamente las circunstancias que den lugar a las causales de terminación anticipada de la beca.
El(la) becario(a) objeto de la medida de terminación anticipada de la beca por las causales contempladas en los números 2, 3 y 4 de la presente cláusula, no podrá postular nuevamente a una beca otorgada por AGCID.
Sin perjuicio de lo anterior, AGCID en todo caso pagará los tickets aéreos de retorno a la ciudad de origen del becario.
SÉPTIMO: OBLIGACIÓN DE RESTITUIR A AGCID EL MONTO PAGADO CON MOTIVO DE LA BECA, EN CASO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA POR HECHO IMPUTABLE A EL(LA) BECARIO(A).
En caso de que AGCID determine la terminación anticipada de la beca por aplicación de las causales señaladas en los números 2, 3 y 4 de la cláusula sexta de este convenio, el(la) becario(a) deberá restituir a AGCID la totalidad del monto que ésta haya pagado respecto de dicho(a) becario(a) por concepto de los beneficios contemplados en la cláusula tercera del convenio, hasta la fecha en que estos se hubieren verificado, exceptuando los montos pagados por concepto de seguro de vida, salud y accidentes.
Para ello, AGCID notificará por escrito, a el(la) becario(a) y al punto focal de la Agencia en el país de su nacionalidad, el monto a devolver, con indicación del detalle correspondiente a cada rubro.
Para los efectos señalados en esta cláusula, el(la) becario(a) acepta desde ya la fijación de los montos a restituir que efectúe AGCID y la reconoce como deuda para todo efecto legal, y autoriza las gestiones administrativas y judiciales que a su respecto se efectúen ante las autoridades de Chile y en su país de procedencia, para el entero pago de los montos que se adeuden.
OCTAVO: SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN.
El(la) becario(a) tendrá derecho solicitar por escrito a la Dirección Ejecutiva de AGCID la reconsideración de las siguientes medidas:
a) La suspensión de los beneficios, en los términos del numeral 1) de la cláusula quinta;
b) La terminación anticipada de la beca por hechos imputables a el(la) becario(a), en los términos señalados en los números 2 y 3 de la cláusula sexta;
c) El rechazo de una petición formulada para que se aplique la causal de fuerza mayor del numeral IV del Nº 1 de la cláusula sexta.
El(la) becario(a) deberá efectuar su solicitud de reconsideración dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que haya sido notificado/a de alguna de las medidas señaladas, aportando nuevos antecedentes. La reconsideración será resuelta fundadamente sin derecho a recurso ulterior.
NOVENO: ANTICORRUPCIÓN.
Sin perjuicio de las normas contenidas en anexos y otro documentos que formen parte del presente instrumento, las partes declaran que cualquier acto calificable de cohecho o constitutivo de corrupción activa o pasiva, sea interna o llevada a cabo fuera del país, cometida por cualquiera de los funcionarios o empleados encargados o cualquiera que intervenga en la ejecución o materialización del presente convenio o contrato, ejecutada respecto de funcionarios públicos extranjeros o nacionales, pondrá término al presente convenio o contrato, sin derecho a indemnización de ningún tipo e impedirá la celebración de nuevos convenios o contratos que representen o materialicen cooperación en el futuro con los involucrados. Serán aplicables a este respecto las “Propuestas Anticorrupción para la obtención de la ayuda bilateral” (Anticorruption Proposals for Bilateral Aid Procurement), adoptado por el Comité de Asistencia al Desarrollo de la OCDE, en sesiones de 6 y 7 xx xxxx de 1996. Contenidas en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxx/00/00/00000000.xxx
DÉCIMO: IGUALDAD DE GÉNERO. En la ejecución del presente convenio las partes se comprometen, en cuanto fuere aplicable, a:
- Respetar el principio de igualdad y no discriminación de sexo
- Procurar contribuir a la eliminación de la discriminación hacia la mujer y a la ampliación de la participación equitativa de hombres y mujeres en todos los sectores y ámbitos relacionados con el cumplimiento del contrato.
- Considerar las implicancias para hombres y mujeres que importen el desarrollo de las acciones y/o actividades derivadas de su cumplimiento.
- En general adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover la equidad de género.
UNDÉCIMO: COMPATIBILIDAD ENTRE LAS NORMAS DE ESTE CONVENIO Y LAS DE LA RESPECTIVA CONVOCATORIA.
Respecto de toda inconsistencia o contradicción que se constate entre el texto del presente convenio y la convocatoria que se acompaña como anexo, prevalecerá el texto de la Convocatoria que origina la beca y la Resolución que la sanciona.
DUODÉCIMO: VIGENCIA DEL PRESENTE CONVENIO.
El presente instrumento entrará en vigencia en la fecha en que quede totalmente tramitada la resolución de la Dirección Ejecutiva de AGCID que lo apruebe, y dicha vigencia se extenderá hasta que, terminados los estudios para los cuales se otorgó la beca y cumplida la totalidad de sus obligaciones para con AGCID, el(la) becario(a) se encuentre de regreso en el país que lo postuló a la beca. Ello, sin perjuicio de la ocurrencia de alguna causal de término anticipado de la beca y de la aplicación de los procedimientos que en tal caso correspondan.
DÉCIMOTERCERO: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
Los conflictos jurídicos que pudieren producirse entre las partes con motivo del cumplimiento o interpretación del presente convenio, y que tuvieren que ser resueltos a través de los tribunales ordinarios de justicia, se someterán a la competencia de los tribunales de la comuna de Santiago, Chile.
El presente contrato se suscribe en dos ejemplares de igual tenor, en la fecha que en cada caso se indica, quedando uno en poder de cada parte.
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Fecha: |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX Jefe xxx Xxxxx. de Formación Becas Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo
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ANEXO
AL CONVENIO ENTRE LA AGENCIA CHILENA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO Y DON(ÑA) ___________ SOBRE OTORGAMIENTO DE UNA BECA PARA REALIZAR ESTUDIOS DE MAGÍSTER EN INGENIERIA ESTRUCTURAL Y GEOTECNICA (MASTER-IEG) EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN RECURSOS HUMANOS PARA LATINOAMÉRICA Y EL CARIBE EN REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES – KIZUNA.
Becas Kizuna del Programa de Becas de Formación de Recursos Humanos para Latinoamérica y el Caribe en Reducción de Riesgo de Desastres para Magíster en Ingeniería Estructural y Geotécnica, Convocatoria Año 2019.
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Conforme a lo establecido en el contrato entre la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID) y don(ña) ____________ sobre otorgamiento de una beca para cursar estudios de Magíster en Ingeniería Estructural y Geotécnica (MasterIEG), el presente anexo forma parte de dicho convenio y, en tal calidad, es firmado por las partes.
NOMBRE
Xxxxx: |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX Jefe xxx Xxxxx. de Formación Becas Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Fecha: |
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