CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE OCHENTA Y SIETE CASCOS DE INTERVENCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA (EXP. SU 200/14).
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE OCHENTA Y SIETE CASCOS DE INTERVENCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA (EXP. SU 200/14).
En Marbella, a 00 xx xxxxx xx 0000
XXXXXXXX:
DE UNA PARTE: X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Coordinador General de Hacienda y Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Marbella. Comparece asistido de D. Xxxxxx Xxxxxxx de las Xxxxxx Xxxxxx, Vicesecretario General y Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local.
DE OTRA PARTE: D. Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx, mayor de edad, con D. N. I. número 25.062.880-X, con domicilio a efectos de notificaciones en Madrid, Xxxxx Xxxxxxxxxx 000.
ACTÚAN:
X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, actúa en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, por delegación de firma de la Alcaldesa Presidenta Xx. Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, efectuada mediante Decreto nº 2011D06066 de fecha 14 xx xxxxx de 2011.
X. Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx, actúa en nombre y representación de la sociedad mercantil EL CORTE INGLÉS, S.A., provista de C.I.F. A-28.017.895. Constituida por tiempo indefinido, por transformación de la limitada del mismo nombre, mediante escritura otorgada el día 2 de enero de 1.952, ante el Notario que fue de Madrid, Xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, habiendo trasladado su domicilio, aumentado su capital y modificados sus Estatutos en virtud de otras escrituras otorgadas por los también Notarios de Madrid, Xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, el día 16 xx xxxxx de 1966 y el 19 de diciembre de 1972, Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, el día 10 xx xxxxx de 1976 y 00 xx xxxxx xx 0000 x Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, el día 26 de septiembre de 1984, adoptados sus Estatutos a la nueva Legislación de Sociedades Anónimas y del Registro Mercantil, mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid, Xxx Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxx, el 29 de octubre de 1990, con el número 5.044 de su protocolo y aumentando su capital social, modificado su objeto social y reformados parcialmente sus estatutos, mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid, Xxx Xxxx Xxxxxxx xx Xxxxx, el 26 de septiembre de 1994, con el número 3.639 de su protocolo.
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el tomo 519, folio 1, hoja M-9.880, inscripción 197ª.
X. Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx como apoderado de la citada mercantil en virtud de escritura de apoderamiento otorgada el 14 de septiembre de 2.009, ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Madrid, Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx de Camino Xxxxxxxx, bajo el número 1937 de su protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 27048, folio 18, sección 8, hoja M 9880, inscripción 1ª.
Manifiesta en nombre de la sociedad a la que representa, tener plena capacidad jurídica y de obrar y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar que determina el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía reguladora de esta materia, así como hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social conforme a los artículos 13 y 14 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Las partes, reconociéndose mutuamente legal capacidad para obligarse, DICEN: ANTECEDENTES
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. Autorización de la celebración del contrato, fiscalización y contracción del gasto.
El Coordinador General de Hacienda y Administración Pública por Decreto 2014D11065 de fecha 23 de octubre de 2014 acordó, aprobar el Pliego de Condiciones Económico- Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, para la contratación del SUMINISTRO DE OCHENTA Y SIETE CASCOS DE INTERVENCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SPEIS
DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, por procedimiento negociado sin publicidad, no sujeto a regulación armonizada, tramitación ordinaria.
Aprobar el expediente de contratación; y aprobar el gasto por importe máximo de CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y CUATRO
CÉNTIMOS EUROS IVA INCLUIDO (51.792,84 €), desglosado de la siguiente manera:
- Precio 42.804,00 €
- IVA 21% 8.988,84 €
con cargo a la aplicación “214-1350.62900 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los Servicios” del Presupuesto Municipal para el ejercicio económico en curso.
Igualmente disponer la apertura del procedimiento de adjudicación de acuerdo al pliego de condiciones económico administrativas y pliego de prescripciones técnicas que se aprueban, y que se consideran parte integrante del contrato.
2. Clasificación de las ofertas y requerimiento del cumplimiento del art. 151 TRLCSP
Tras la tramitación del correspondiente procedimiento de contratación, y previa valoración y clasificación de la ofertas por los técnicos competentes, resultó que la entidad EL CORTE INGLES, S.A. (C.I.F. A-28017895), presentó la proposición económicamente más ventajosa resumida en este cuadro:
Titular | Precio (€) |
EL CORTE INGLÉS, S. A. (C. I. F.: A-28017895) | |
Precio | 32.256,12 |
21% de I. V. A. | 6.773,78 |
Total | 39.029,90 |
Una vez requerido al citado licitador de la oferta económica más ventajosa, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 151 del TRLCSP, éste presentó en plazo los siguientes documentos:
- Testimonio notarial escritura de poder inscrito en el Registro Mercantil.
- Bastanteo de poder y D. N. I. del licitador.
- Justificante de alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas completados con una declaración responsable de no haberse dado de baja en el citado impuesto.
- Documentación justificativa de la solvencia económica, financiera y técnica.
- Justificante acreditativo de haber constituido en la Tesorería Municipal, la GARANTÍA DEFINITIVA exigida, por importe ascendente a MIL SEISCIENTOS DOCE EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (1.612,81 €), Carta de Pago 320140013740.
- Certificados positivos expedidos, tanto por la Agencia Tributaria, como por la Tesorería de la Seguridad Social con fecha de 20 de noviembre y 1 de diciembre de 2014 respectivamente.
- Certificado positivo expedido por el Patronato de Recaudación Provincial con fecha 30 de diciembre de 2014.
3. Adjudicación.
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El Coordinador General de Hacienda y Administración Pública, por Decreto nº 2015D02471 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx de conformidad con la propuesta formulada, y habiéndose cumplido todos los requisitos legales exigidos en el artículo 151 del TRLCSP, APROBAR LA ADJUDICACIÓN del presente contrato consistente en el SUMINISTRO DE OCHENTA Y SIETE CASCOS DE INTERVENCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SPEIS DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, a la entidad EL CORTE INGLES, S.A. (C.I.F. A-28017895)
de acuerdo a la proposición económica resumida en el siguiente cuadro:
Titular | Precio (€) |
EL CORTE INGLÉS, S. A. (C. I. F.: A-28017895) | |
Precio | 32.256,12 |
21% de I. V. A. | 6.773,78 |
Total | 39.029,90 |
Y conviniendo a ambas partes, en calidad de adjudicante y adjudicatario, el presente contrato de suministro, lo formalizan en el presente documento administrativo, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Que D. Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx en nombre y representación de la entidad EL CORTE INGLES, S.A. (C.I.F. A-28017895), se compromete a la ejecución del contrato de SUMINISTRO DE OCHENTA Y SIETE CASCOS DE INTERVENCIÓN PARA EL PERSONAL
DEL SPEIS DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE MARBELLA, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, (anexo nº I que consta de 15 páginas selladas y numeradas), Pliego de Prescripciones Técnicas (anexo nº II que consta de 3 páginas selladas y numeradas) y, oferta económica-técnica (anexo nº III que consta de 1 página sellada y numerada) que figuran en el expediente, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna.
El objeto del contrato es la adquisición de 87 cascos de intervención en siniestros en edificios y otras estructuras en cumplimiento de la normativa europea EN 443:2008 y el RD 1407/92 de 20 de noviembre por la que se regula las condiciones para la comercialización intracomunitaria de los EPI.
Las especificaciones técnicas de los bienes quedan descritas de forma expresa en el Pliego de Prescripciones Técnicas particulares que acompaña a la licitación y en la oferta presentada por la adjudicataria
En concreto viene constituido por el modelo CASCO BOMBERO XXXXXX MOD F1XF.
SEGUNDA.- Precio. El importe de contrato asciende a TREINTA Y NUEVE MIL VEINTINUEVE EUROS CON NOVENTA CENTIMOS (39.029,90 €) IVA incluido, de acuerdo
con la oferta presentada por el adjudicatario y resumida en el siguiente cuadro:
Titular | Precio (€) |
EL CORTE INGLÉS, S. A. (C. I. F.: A-28017895) | |
Precio | 32.256,12 |
21% de I. V. A. | 6.773,78 |
Total | 39.029,90 |
El precio ofertado se mantendrá durante toda la vigencia del contrato, no procediendo la revisión del mismo.
En dicho importe se entenderá comprendido, además del precio del suministro, y gastos generales, los gastos de transporte de los bienes objetos de este contrato y cuantos otros gastos e impuestos procedan a abonar legalmente.
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El adjudicatario tiene derecho al abono del precio del suministro efectivamente prestado y formalmente recibido por el Excmo. Ayuntamiento de Marbella, previa comprobación de cantidades y calidades y con arreglo a los precios y condiciones establecidas en el contrato (artículo 293 y la Disposición Transitoria Sexta del TRLCSP).
La factura o facturas correspondientes se presentarán ante el Registro General de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Marbella que serán remitidas por Ia Intervención General al departamento municipal proponente del gasto y receptor del objeto del contrato, junto con los albaranes correspondientes, en su caso, debiéndose indicar en cada una de ellas el número del expediente administrativo del servicio de Contratación y el número de la cuenta corriente en la que deseen se les transfiera la cantidad a que se obligue esta Administración.
A continuación el departamento proponente del gasto, remitirá o entregará la factura o facturas correspondientes al Servicio de Contratación y se abonarán una vez realizados los trámites establecidos en las disposiciones vigentes.
Dichas facturas deberán venir firmadas por el responsable de la Delegación receptora de la prestación con la expresión “Recibí y Conforme”, y se hará constar en las mismas tanto la fecha de recepción de la factura como la de dicha conformidad.
Los pagos serán efectuados por la Tesorería Municipal de acuerdo con el plan de disposición de fondos en vigor, en función de las disponibilidades dinerarias y prioridades de pago legalmente establecidas.
TERCERA.- Plazo de entrega. El plazo de entrega de los materiales objeto del contrato será como máximo de TRES (3) MESES, contados desde la formalización del contrato en documento administrativo.
No cabe prórroga contractual para ejercicios económicos futuros.
Los materiales objeto de esta contratación deberán ser entregados en el lugar que se indique por los Técnicos del Excmo. Ayuntamiento de Marbella (artículos 292 y siguientes TRLCSP). El Ayuntamiento de Marbella podrá requerir en cualquier momento al Contratista para que realice las prestaciones objeto de la presente contratación, debiendo el citado contratista dar carácter preferente a los requerimientos efectuados por esta Corporación.
Si por cualquier causa el Excmo. Ayuntamiento de Marbella dejar a de precisar la prestación del suministro, ello no supondrá derecho del adjudicatario a indemnización alguna.
CUARTA.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, y a satisfacción de este Ayuntamiento, la totalidad del objeto del contrato.
Se establece como plazo de garantía el de DOS (2) AÑOS, que se fija como garantía a los efectos previstos en el TRLCSP y normas reglamentarias, transcurrido el cual sin objeciones por parte del departamento municipal receptor quedará exento de responsabilidad el contratista por razón de los bienes suministrados.
Por el contrario, si el Órgano de Contratación, a propuesta del departamento municipal correspondiente y durante el plazo de garantía, estimase que los suministros no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, podrá ejercer las facultades previstas en el artículo 298 TRLCSP.
Durante el plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
QUINTA.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes o servicios prestados antes de su entrega a este Ayuntamiento, salvo que éste hubiera incurrido en xxxx al recibirlos (artículo 215 y 292 TRLCSP).
SEXTA.- Para coordinar las relaciones que con motivo del desarrollo del objeto de suministro necesariamente se tienen que establecer entre el Excmo. Ayuntamiento y el adjudicatario, el Ayuntamiento designa como coordinador al Técnico competente del S.P.E.I.S. que actuará como representante de la Administración, y al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización del suministro, dentro del ámbito de facultades que aquélla le atribuya.
SÉPTIMA.- La Administración tendrá la prerrogativa de interpretar lo convenido, de modificar las prestaciones según las conveniencias del suministro y de suspender su ejecución por causa de interés público.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, o de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones que para su cumplimiento dictare la Administración, y normas legales que fuesen de obligado cumplimiento, no eximirán al contratista de la obligación de su cumplimiento.
OCTAVA.- El contratista hace sumisión expresa al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), así como por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
NOVENA.- El presente contrato es de naturaleza administrativa. Contra las resoluciones que se dicten en el desarrollo de este contrato, el contratista podrá recurrir en defensa de sus derechos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
En cuanto a las controversias que puedan surgir en torno a las presentes estipulaciones, y sin perjuicio de la facultad de interpretación reconocida a la Administración, las partes se someten expresamente, con renuncia de cualquier otro fuero que pudiera ampararlas, a los Juzgados del Partido Judicial de Marbella, y a los Tribunales Contenciosos Administrativos competentes en virtud del carácter administrativo del presente contrato.
Y para la debida constancia de todo lo convenido, firman este contrato en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicado.
Excmo. Ayuntamiento de Marbella EL CORTE INGLES S.A.
Fdo. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo. Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx Ante mí, firman las personas que anteceden.
EL VICESECRETARIO
Titular del Órgano de Apoyo de la J.G.L.
Fdo. Xxxxxx Xxxxxxx de las Xxxxxx Xxxxxx