ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE S.A. BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO PUBLICO Nº 002-2007-EPSEL S.A./GG/CEPS. BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO PUBLICO Nº 002 -2007-EPSEL-GG/CEPS. CAPITULO I GENERALIDADES
ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE S.A.
BASES ADMINISTRATIVAS
CONCURSO PUBLICO Nº 002-2007-EPSEL S.A./GG/CEPS.
“ CONTRATACION DE POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES y PERSONALES PARA EPSEL S.A.”
BASES ADMINISTRATIVAS
CONCURSO PUBLICO Nº 002 -2007-EPSEL-GG/CEPS.
“ CONTRATACION DE POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES y PERSONALES PARA EPSEL S.A.”
CAPITULO I
GENERALIDADES
1.01 ENTIDAD CONVOCANTE
Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque-EPSEL S.A. RUC. Nº 20103448591, Telef. Nº 254442, 252291 Fax. 253520 domicilio legal de su Sede Principal Xx. Xxxxx Xxxx Xx 0000 - Xxxxxxxx.
1.02 OBJETO
El presente proceso de selección constituye un CONCURSO PUBLICO para seeleccionar a la empresa aseguradora que se encargará de suministrar el programa de:
" PÓLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES y PERSONALES PARA EPSEL S.A. ¨
El objeto de las Bases Administrativas es instruir a las Aseguradoras postoras respecto a los procedimientos, normas y criterios que regirán el presente proceso de selección; asegurando igualdad de oportunidades, y que permitan seleccionar la propuesta más conveniente para EPSEL S.A. así como la posterior elaboración del contrato definitivo.
Las presentes bases son de aplicación obligatoria para EPSEL S.A. y las Aseguradoras Postoras.
El detalle de las Pólizas de Xxxxxxx solicitadas están contenidas en el SLIP TECNICO que forma parte de las presentes Bases Adminsitrativas.
1.03 BASE LEGAL
El presente proceso de selección se efectúa de acuerdo a los siguientes dispositivos legales:
Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S.Nº083-2004-PCM.
Reglamento de la Ley de Contratación y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N°084-2004-PCM
Decreto Supremo N° 063-2006- EF
Decreto Supremo N° 148-2006- EF
Ley 28911
Decreto Supremo N° 028-2007- EF
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007. Ley Nº 28927.
Decreto Supremo N° 201-2006-EF “Aprueban Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2007 de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales”
Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444.
1.04 VALOR REFERENCIAL
El Valor Referencial estimado para el presente proceso asciende a S/.446,924.15 (Cuatrocientos cuarentiseismil novecientos veinticuatro y 15/100 Nuevos Soles al 17 xx Xxxxx del 2007.
El Valor Referencial incluye: prima neta, derecho de emisión, gastos administrativos, IGV y otros costos referentes a las siguientes Pólizas: Incendio Todo Riesgo a primer riesgo; Comprensiva “3D”; Cascos Maritimos; Vehículos; Accidentes Personales; Complementario de Trabajo de Riesgo; Xxxx Xxx ; Asistencia Medica y de Accidentes de Formación Laboral Juvenil y Formación Profesional.
El período de vigencia del suministro de seguros será por un año, desde el 01 de Julio del 2007 al 30 xx Xxxxx del 2008.
Las Propuestas Económicas presentadas por los postores, no podrán exceder de S/. 491,616.56 ni ser inferiores a S/. 312,846.91 Nuevos Soles.
SISTEMA Y MODALIDAD
El Sistema de Contratación que regirá el presente Concurso Público es el de Suma Alzada ; los postores formularán su propuesta ofertando precios en función a lo requerido en las presentes Bases Adminstrativas.
Los precios ofertados deberán permanecer inalterables y sin reajustes durante la vigencia del contrato.
Respecto a la modalidad de financiamiento, los costos las Pólizas de Seguros a contratar en el presente Proceso de Selección serán financiados con Recursos propios - Presupuesto Institucional Ejercicios Fiscales 2,007 y 2,008.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El Registro de participantes se efectuará en las fechas señaladas en el Calendario de la Convocatoria, desde el día siguiente de la Convocatoria y hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de Propuestas presentadas en Consorcio, bastará que se registre uno de los integrantes.
Para registrarse la pesonal natural o jurídica que solicite participar en el proceso de Selección y solicite ser notificado electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que conforme a lo previsto en el Reglamento de la ley de Contrataciones y Adquisicones del Estado deban realizarse.
Para registrarse todo proveedor que desee intervenir como participante en el presente Proceso de Selección deberá registrarse en EPSEL SA de acuerdo al siguiente procedimiento:
a) REGISTRO DE PARTICIPANTE : S/.50.00 (Inc. IGV.)
b) FORMA DE PAGO : En efectivo .
c) EXPEDICIÓN : SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD
GENERAL Y FINANZAS.
d) LUGAR DE REGISTRO : Xx. Xxxxx Xxxx Xx0000 – X.X.Xxxxx
Planta de Tratamiento de Agua Potable.
e) FECHA : Desde el 00 xx Xxxx xx 00 xx Xxxxx 0000
f) HORARIO : De 8:00 a.m.- 12:00m y 2:00pm – 4:00pm.
1.07 REQUISITOS PARA SER POSTOR
Podrán participar como postor las personas jurídicas constituídas en el País, en forma individual o asociada conforme a las Leyes vigentes, que acrediten experiencia, solvencia y capacidad, así mismo garanticen la normal cobertura de los Seguros contratados.
Están impedidos de ser Postores y/o Contratistas todas aquellas personas naturales o jurídicas que estén comprendidas en el Art. 9° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las propuestas que contravengan a lo dispuesto en el presente artículo se tendrán por no presentadas, bajo la responsabilidad de los miembros del Comité Especial.Los contratos celebrados contraviniendo lo dispuesto por el presente artículo son nulos sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar.
Los proveedores que deseen intervenir como participantes deberán registrarse ante la Entidad, pagando un derecho, lo cual le permite acceder a una copia de las Bases Administrativas como condición ineludible para intervenir en el presente proceso de selección y se someterán a los procedimientos, formas, plazos y condiciones establecidas en las mismas y demás disposiciones legales vigentes para estos casos.
El Postor que obtenga la Buena Pró, queda obligado a cumplir con las estipulaciones y condiciones establecidas en las Bases y el correspondiente Contrato a suscribirse.
CAPITULO II
DE LA CONVOCATORIA
2.01 CALENDARIO DE CONVOCATORIA
ACTOS Y/O EVENTOS : FECHAS
1. CONVOCATORIA : 04 xx Xxxx del 2007
2. REGISTRO DE PARTICIPANTES : Del 07 al 04 de Jun. 2007
08am-12m y 2:00pm a 4:00pm
3. PRESENTACION DE CONSULTAS : Hasta el 11 de May 2007
08am-12m y 2:00pm a 4:pm
4. ABSOLUCION CONSULTAS y REG :Hasta 15 de May 2007
5. FORMULACION OBSERVACIONES : Hasta 21 de May 2007
08am-12:00m y 2:oo a 4:00pm
6. ABSOLUCION OBSERVACIONES
y REGISTRO : 25 de May 2007
7. INTEGRACION BASES y REGISTRO : 31 de May 2007
8.. PRESENTACION DE PROPUESTAS : 08 de Jun. 2007, 11:00am
9. OTORGAMIENTO BUENA PRO : 12 de Jun. 2007 11:00am
MEDIOS DE COMUNICACIÓN – PUBLICACIÓN DE LAS BASES.-
La Convocatoria del Presente Concurso Público se realizará a través de su
publicación en el SEACE .
RECEPCION Y ABSOLUCION DE CONSULTAS.- Los participantes podrán formular consultas a las Bases ,solicitar la aclaración de cualquiera de sus extremos, o plantear solicitudes respecto a ellas, presentando un escrito dirigido al Presidente del Comité Especial; dentro de los Cinco (05) días contados contados desde el día siguiente de la convocatoria.
Dentro de un plazo máximo de cinco (05) días de vencido el plazo para la recepción, el Comité Especial procederá a absolver las consultas y notificarlas a través del SEACE, en la Sede Central de la Entidad o a los Correos Electrónicos de los participantes que asi lo hayan solicitado.
FORMULACION Y ABSOLUCION DE OBSERVACIONES.-
PROCEDIMIENTO
a.- Los participantes, mediante escrito debidamente sustentado, podrán formular observaciones a las bases, las que deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Art.25º de la Ley, de cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones del Estado ú otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.. El escrito deberá estar dirigido al Presidente del Comité Especial dentro de los tres (03) días siguientes de haber finalizado el término para la absolución de consultas.
b.- En un plazo máximo de cinco (05) días el Comité Especial notificará la absolución a través del SEACE, en la sede de la Entidad ó a los correos electrónicos de los participantes de ser el caso.
Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (03) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas, no solo cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del estado ú otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
En concordancia con lo indicado en los párrafos precedentes, el Comité Especial deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al CONSUCODE.
En un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días, el CONSUCODE resolverá las observaciones y, de ser el caso,se pronunciará de oficio sobre cualquier aspecto de las Bases que contravenga la normatividad. Asimismo, en dicho plazo requerirá las acreditaciones que resulten pertinentes , a través de un pronunciamiento que se publicará en el SEACE . De no emitir pronunciamiento, el CONSUCODE devolverá el importe de la tasa al observante manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento.
Una vez publicado el pronunciamiento del CONSUCODE deberá ser implementado estrictamente por el Comité Especial, aún cuando ello implique que dicho órgano acuerde , bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la prórroga de las etapas del mismo, en atención a la complejidad de las correcciones o acreditaciones que sea necesario realizar.
Contra el pronunciamiento del CONSUCODE no cabe la interposdición de recurso alguno y constituye precedente administrativo.
2.05 INTEGRACION DE BASES .- Resueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según sea el caso.
En los casos en que no se hubiere elevado al CONSUCODE el expediente respectivo, corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases conforme a lo dispuesto en los pliegos absolutorios de consultas y de absolución de observaciones; de lo contrario, el proceso de selección resultará inválido.
El Comité Especial no puede continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con publicar las Bases integradas a través del SEACE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar.
ACTO DE PRESENTACION Y RECEPCIÓN DE PROPUESTAS .- El Acto de Presentación y Recepción de Propuestas y Apertura de Sobres será público y se realizara en el Xxxx de la Planta de Tratamiento de Agua Potable - Xx. Xxxxx Xxxx Xx 0000 – Chiclayo en la fecha y hora señalada en el Calendario de Convocatoria con la presencia xx Xxxxxxx Público y de acuerdo a lo establecido en el Art 121° del Reglamento de la Ley (DS No. 084-2,004-PCM).
Las personas jurídicas concurrirán por medio de su representante legal o por apoderado debidamente acreditado mediante Carta Poder Simple.
En éste acto los postores o sus representantes presentarán sus dos (02) sobres (Sobre No. 01 - Propuesta Técnica y Sobre No. 02 - Propuesta Económica)
ACEPTACIÓN DE PRORROGAS Y POSTERGACIONES.- La prórroga o postergación de las etapas del proceso de selección se determina por acuerdo del Comité Especial, el cual lo comunicará en forma oportuna a la Entidad y a todos los adquirientes de las Bases o a todos los postores.
El acto de presentación de propuestas y Adjudicación de Buena pro, podrá ser postergado por el Comité Especial, por causas debidamente sustentadas, de conformidad con el Art. 30º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S.Nº084-2004-PCM).
CAPITULO III
DE LAS CONDICIONES Y GARANTÍAS DEL SERVICIO
3.01 PLAZO MÍNIMO DE VALIDEZ DE OFERTA.- El plazo mínimo de validez de la oferta será hasta el Otorgamiento de la Buena Pro. El postor que obtenga la Buena Pro deberá mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.
3.02 PLAZO DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DEL SERVICIO
a)El PLAZO previsto para la contratación del Servicio será 12 (Doce) meses a partir de la suscripción del contrato.
b)La sede para la coordinación y prestación del servicio será en la Gerencia de Administración y Finanzas - Sub Gerencia de Logística –Departamento de Control Patrimonial, ubicada en la Xx. Xxxxx xxxx Xx 0000 - Xxxxxxxx.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO.- El postor al que se le hubiere adjudicado la Buena Pro deberá presentar como condición indispensable para la suscripción del contrato una GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO, consistente en Carta Fianza a satisfacción de EPSEL S.A. de ejecución automática, irrevocable, solidaria, incondicional y sin beneficio de exclución emitida por una Entidad Bancaria regulada por la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros, por el 10% del monto total del Contrato, incluido el IGV; con vigencia por el plazo de ejecución del servicio y hasta la recepción conforme de la última prestación acordada ó de la liquidación final del contrato.
3.04 GARANTÍA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA.- Si la propuesta ganadora fuese inferior al Valor Referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) y hasta el límite máximo permitido por Ley (70%) el Comité condicionará la adjudicación de la buena pro a la presentación de una garantía adicional por un monto equivalente al 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica, con idéntico objeto y vigencia que la garantía de fiel cumplimiento.
CAPITULO IV
RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
Los postores deberán presentar sus propuestas en DOS (2) sobres, en original y dos copias debidamente cerrados , en la fecha y hora señalada en el Calendario de la Convocatoria ( punto 2.01 de las Bases ).
4.02 Para el Acto de Presentación de Propuestas y Adjudicación, los postores concurren personalmente ó a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple. (Art.58 del Reglamento).
4.03 Cada Sobre deberá contener:
SOBRE Nº01 PROPUESTA TÉCNICA.- Deberá contener, en papel membretado del Postor, la relación de los documentos que contiene el sobre, numerados en forma correlativa (foliados) y los siguientes documentos:
1.- Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el
Registro Nacional de Proveedores .- Rubro Servicios - Seguros
2.- Promesa de Consorcio de ser el caso.
3.- Declaración Jurada :
Que no tienen impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme el Art.9º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
b) Que conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
c) Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del concurso .
d) Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y
Que conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº27444, TUO Ley del Procedimiento Administrativo General.
4.- Slip Técnico de acuerdo a lo específicado en las bases.
5.- Plazo de Pago de Siniestros referida al cumplimiento del Postor respecto a los plazos de pago previstos en la Ley.
6.- Información que acredite al experiencia en el manejo de Cartera de Xxxxxxx (Se acreditará presentando y acreditando el volumen facturado acumulado en la prestación del servicio en los últimos Cinco (05) años, a través de las facturas y/o copias de los contratos con su respectiva Conformidad de culminación de la prestación del servicio )
7.- Información referida a las Mejoras Técnicas que consigne las prestaciones adicionales que proponga de manera opcional el postor con el objeto de optimizar su propuesta; las que serán incluídas en documento separado y como parte de su propuesta técnica.
La información requerida deberá consignar los montos de las mejoras técnicas ofertadas.
Los postores deberán indicar su servicio de asesoramiento y cualquier otra información que estime conveniente.
Los documentos presentados en copia simple podrán ser verificados posteriormente; de no ser auténticos se descalificará al postor en cualquier etapa del Concurso, sin perjuicio de la denuncia penal que correspópnda y la demanda por los daños y perjuicios que se pudieran originar.
SOBRE Nº02 - PROPUESTA ECONÓMICA . - Se presentará en Nuevos Soles , Debe contener:
Monto Total y el desagregado por tipo de póliza, incluido el IGV.
4.04 CORRECTA PRESENTACIÓN DE SOBRES:
La documentación que debe contener los dos (2) sobres de las propuestas deberán ser formuladas en papel membretado oficial del postor o consorcio, enumeradas correlativamente en todas sus páginas.
La información presentada no podrá tener borradura alguna, enmendadura ó corrección, además las páginas en blanco deberán llevar un sello de ANULADO¨
b) Los sobres deberán estar perfectamente cerrados e identificados con los Nºs 01 y 02 llevarán (cada uno ) en la parte superior izquierda, el nombre del postor, representante legal, documento de identidad de este último y el número de documentos contenidos en cada caso.
c) Los sobres 1 y 2 llevarán las siguientes inscripciones en el centro; sobre 1 PROPUESTA TECNICA y sobre 2 PROPUESTA ECONÓMICA.
4.05 Las propuestas que excedan en más xx xxxx por ciento (10%) el valor referencial, así como las que sean inferiores al 70% del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas, (Artículo 33°-D.S. N° 083-2004-PCM) Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado.)
4.06 ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
El acto de presentación de propuestas y apertura de sobres se desarrollará de la siguiente manera :
- El acto se inicia en la hora señalada en la Convocatoria procediendo el Comité Especial a llamar a los postores, en el orden en que se registraron para participar en el concurso, para que entreguen los sobres que contienen las propuestas técnicas y económicas. Si al momento de ser llamado el postor no se encuentra presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante del pago por derecho de participación.
El Comité Especial procederá a abrir los sobres que contiene la propuesta técnica de cada postor. La propuesta técnica se presentará en original y dos copias.
Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos y el Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, el Comité Especial los devolverá al postor, teniéndolos por no presentados salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario Público autenticará una copia de la propuesta, la cual mantendrá en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación o deje consentir la devolución. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
- Si Existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos (2) días, desde la presentación de la misma, para que el postor subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto.
- Habiendo las Bases previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario Público procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha señalada en el calendario de convocatoria, en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
- Evaluadas y/o calificadas las propuestas técnicas, el Notario Público procederá a abrir en acto público, los sobres de las propuestas económicas de los postores que hayan alcanzado el puntaje mínimo requerido lo que se hará de conocimiento de los postores.
- Las propuestas económicas serán presentadas en original y dos copias, aplicándose el procedimiento establecido para las propuestas técnicas, salvo en lo referente a las omisiones o errores en los que no cabe subsanación alguna. Serán evaluadas en la fecha prevista en las bases.
- Sea que la evaluación se realice en forma inmediata a la apertura de sobres o se lleve acabo en fecha posterior, es de aplicación lo dispuesto en el Subcapitulo VI del Capitulo III del D.S.Nº084-2004-PCM “Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqusiciones del Estado”.
CAPITULO V
EVALUACIÓN E IMPUGNACIONES
5.01 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se efectuará en dos etapas. La primera etapa es la
Evaluación Técnica, cuya finalidad es calificar la calidad del servicio ofrecido y la Segunda Etapa está referida a la evaluación económica, la misma que tiene por objeto calificar el costo de la propuesta.
Tanto la Evaluación Técnica como la Evaluación Económica se calificaran sobre
Cien ( 100 ) puntos.
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, según :
- Evaluación Técnica : Seis décimas (0.6)
- Evaluación Económica : Cuatro décimas (0.4)
Así tenemos que para el postor i :
PTPi = 0.6 * PTi + 0.4 * PEi
Donde :
PTPi = Puntaje de costo total del postor i
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor i
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i
C1 = Coeficiente ponderación evaluación técnica
C2 = Coeficiente ponderación evaluación económica
CUADRO DE EVALUACIÓN
(Art.69º del D.S. Nº084-2004-PCM)
1. ASPECTO PONDERACIÓN AL 60% TECNICO |
PUNTAJE MAXIMO |
PUNTAJE PONDERADO |
a) EXPERIENCIA EN MANEJO DE CARTERA DE SEGUROS
b) PLAZO DE PAGO DE SINIESTROS (Según Ley Nº26702, Artículo 332º)
|
50.00
40.00
10.00
____________ 100.00 |
30.00
24.00
6.00
__________ 60.00 |
ECONÓMICO PONDERACION AL 40% |
|
|
SUB TOTAL |
100.00
100.00 |
40.00
40.00 |
TOTAL GENERAL |
|
100.00 |
1. EVALUACION - TECNICA. Puntaje Máximo : 100 pts.
a) EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD Y ESPECIALIDAD. Que califica la experiencia del postor en la administración de programas de seguros. Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor en los últimos CINCO ( 05 ) años a la fecha de presentación de las propuestas, hasta por un monto máximo de (05) veces el Valor Referencial materia de la convocatoria.
Esta experiencia se acreditarán con copia simple de los Comprobantes de Pago ( Facturas) cancelados o en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un xxxxxx xx xxxx (10) servicios.
El postor que tenga mayor monto facturado (Hasta un máximo de cinco (05) veces el Valor Referencial) en este tipo de seguros en los últimos cinco años, recibirá el máximo puntaje (50) al resto de propuestas, se les asignará puntaje en forma proporcional.
b) PLAZO DE PAGO DE SINIESTROS, que califica el cumplimiento del postor respecto a los plazos de pagos previstos en la Ley. En consecuencia, la propuesta que no cumpla con los plazos previstos en el Art.332º de la ley Nº26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; será objeto de descalificación. Se otorgará el puntaje máximo al postor que ofrezca plazo de pago de siniestros de hasta Cinco (05) días , al resto de propuestas, se les asignará puntaje en forma inversamente proporcional.
c) MEJORAS TÉCNICAS, que califica las mejoras de orden técnico que presenten los postores respecto al Slip requerido. Se otorgará el máximo puntaje (10) al postor que presente mayores ventajas técnicas para la Entidad, al resto de propuestas, se les asignará el puntaje proporcional correspondiente.
A tal efecto, la información requerida deberá consignar los montos de las mejoras técnicas ofertadas, las mismas que deberán ser claras y precisas caso contrario no serán conasideradas como tales.
Sólo serán objeto de calificación las mejoras Técnicas que se detallan en el cuadro siguiente :
CUADRO PARA CALIFICACION DE MEJORAS TECNICAS
Concepto a Mejorar |
Puntaje Máximo |
INCLUSION DE LA CONDICION ESPECIAL EN LA COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL: También están cubiertos los daños materiales o personales a terceros por contaminación o polución accidental causada por el asegutrado. DEDUCIBLE : $ 5,000.00 |
4.000 |
Reducción de deducible para la cobertura de Riesgos Políticos |
3.000 |
Reducción de deducible para Rotura de Maquinaria |
1.000 |
Reducción de deducible para Equipo Electrónico |
1.000 |
Reducción de deducible para Comprensiva 3-D |
1.000 |
TOTAL |
10.000 |
Mejoras en coberturas.- Sólo se otorgará el puntaje de 04 ( Cuatro ) puntos al postor que ofrezca la condición especial de acuerdo al Sub Límite de Reasponsabilidad Civil, no se considerará otro factor.
Mejoras en Deducibles.-Cuando se trate de reducción de deducibles, se otorgará el puntaje máximo al postor que presente la mayor reducción, al resto se le asignará un puntaje proporcional.
Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar un puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, las propuestas Técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
EVALUACIÓN ECONOMICA .- Sólo se calificará las propuestas económicas expresadas en Nuevos Soles ; , para los fines que estime necesario el postor podrá utilizar como referencia el Tipo de Cambio : 3.172 ( Publicación Oficial de la SBS y AFP del 03 xx Xxxx 2007)
Monto Total de la Propuesta : Se calificará con el máximo puntaje (100 puntos) al postor que oferte el menor monto para el programa de seguros solicitado. Al resto de propuestas se les calificará aplicando la siguiente formula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde :
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio
mas bajo
PMPE = Puntaje máximo de la propuesta económica
3.- PUNTAJE TOTAL:
El puntaje total de la propuesta será el Promedio Ponderado de ámbas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTPI = c1Pti + c2Pei
Donde:
PTPi = Puntaje Total del Postor i
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del Postor i
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del Postror i
c1 = Coeficiente de Ponderación para la Evaluación Técnica
c2 = Coeficiente de Ponderación para la Evaluación Económica
OTORGAMIENTO DE BUENA PRO
El otorgamiento de la Buena Pro se efectuará a la propuesta ganadora en la fecha señalada en las Bases dando a conocer los resultados a través de un cuadro comparativo, presumiéndose notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en que se les entregará copia del acta y del cuadro comparativo sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE .
Cuando se hayan presentado dos o mas propuestas, el consentimiento de la buena pro se producirá a los ocho (08) días hábiles de su notificación, sin que los postores hayan hecho ejercicio del derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso de haber quedado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación.
Dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena
pro, este deberá ser publicado en el SEACE.
5.03 DE LOS RECURSOS DE IMPUGNACION.
5.03.01.-RECURSO DE APELACION.-
A).- Los actos administrativos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta antes de la suscripción del contrato pueden ser impugnados por los postores mediante el recurso de apelación presentado dentro de los ocho (08) días siguientes al otorgamiento de la buena pro ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado quien resolverá.
El plazo para la interposición del recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra actos dictados con anterioridad a ella será dentro de los ocho (08) días siguiente de haberse otorgado la buena pro.
La apelación contra actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (08) días siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
Para la procedencia o admisibilidad del recurso de apelación se tendrá en
cuenta los requisitos que se señalan en el Art. 156° Modificado ( D.S. N°
028-2007-EF) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado.
CAPITULO VI
DEL CONTRATO
El Postor que fuera beneficiado con el otorgamiento de la buena pro será notificado oficialmente en el Acto Público quedando obligado a cumplir con la suscripción del contrato respectivo
6.02 Dentro de los cinco ( 05 ) días hábiles siguientes al consentimiento de la buena pro, la Entidad deberá citar al postor ganador, otorgándole un plazo xx xxxx (10) días para presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida
Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro,sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
La Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato , procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente.
Si este postor no suscribiera el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
A efectos de la suscripción del Contrato, el postor deberá presentar las garantías respectivas y cumplir con los demás requisitos establecidos para el postor ganador, siguiendo el procedimiiento señalado en el TUO de la Ley y su Reglamento ( D.S. 083 y 084 – 2004-PCM )
6.03 El postor que obtenga la Buena Pro además de garantizar la normal
cobertura de los seguros y la calidad del mismo, no podrá transferir parcial ni totalmente el aprovisionamiento del mismo, salvo autorización escrita de EPSEL S.A.; teniendo la responsabilidad total sobre la ejecución y cumplimiento del contrato. Las caracteristicas de su propuesta no pueden ser alteradas, modificadas ni sustituidas al ejecutarse el Contrato.
6.04 APROBACION DEL CONTRATO.- El Contrato será otorgado considerando las siguientes FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE EPSEL S.A.
a) DEBERES DE EPSEL S.A.- a través de las areas correspondientes supervisará y controlará que se cumpla con las especificaciones del servicio requerido; asi como también las oportunidades de prestación respectivas.
FACULTADES DE EPSEL S.A. tiene derecho a rechazar el servicio que no cumplan con las especificaciones técnicas indicadas en la propuesta adjudicada.
6.05 RESCISION Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- EPSEL S.A., podrá rescindir el contrato por causal existente al momento de celebrarlo y resolverlo por causal posterior a su celebración, cuando el proveedor incumpla las estipulaciones del contrato y lo establecido en el TUO de la Ley y el Reglamento de Contratación y Adquisiciones del Estado.
Para todo lo no contemplado en las presentes Bases Administrativas se aplicará lo dispuesto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y modificatorias
CAPITULO VII
DISPOSICIONES FINALES
7.01.- El Postor que obtenga la Buena Pro queda obligado a cumplir con las estipulaciones y condiciones establecidas en las Bases Administrativas y el Correspondiente Contrato a suscribirse y demás documentos integrantes del mismo.
7.02.- Para todo lo no contemplado en las Presentes Bases Administraivas, se aplicará lo dispuesto en los Decretos Decretos Supremos Nos. 083 y 084-2,004 - PCM – TUO de la Ley de Contraytaciones y Adquisciones del Estado, su Reglamento y Modificatorias.
Chiclayo, Mayo del 2,007
SLIP TECNICO
POLIZAS DE SEGURO PATRIMONIALES y PERSONALES PARA EPSEL S.A.
RIESGOS GENERALES
COTIZACION DE SEGUROS
TODO RIESGO DE INCENDIO
ASEGURADO : EPSEL S. A. y/o Zonales y/o Administraciones
VIGENCIA : 12 MESES
MATERIA DEL SEGURO
Edificios, mejoras, instalaciones fijas y construcciones afines, muebles, útiles, enseres y contenidos del giro, existencias en general y de todo tipo, de propiedad del asegurado y/o de terceros bajo su responsabilidad, maquinaria fija y/o móvil, que se encuentren en los predios del asegurado y/o en actividad, incluyendo repuestos y partes de las mismas, dentro del ámbito de EPSEL S.A., Oficinas Zonales y Administraciones a nivel departamental y/o en cualquier lugar de la República, en locales propios y/o de terceros incluyendo bienes en almaceneras y/o depósito de terceros.
Coberturas: Todo Riesgo a Primer Riesgo, incluyendo Riesgos de la Naturaleza y Riesgos Políticos (Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo)
LOCALES
01.- Av. Xxxx Nº 451 – Distrito y Provincia de Chiclayo.
02.-Av. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Nº 100 – Distrito Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Provincia Chiclayo.
03.- Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxx xx xx Xxxxx X/X (Xxxx Xxx), Xxxxxxxx
04.- Planta de tratamiento de agua de Lambayeque – Nor Este de la ciudad de Lambayeque.
05.- Antigua Planta de Tratamiento Lambayeque – Xx. Xxxxxxxxxx xxxxxx Xx 0
XXXXXXX |
00 y 02 |
Materia Asegurada |
Valor Declarado |
Existencias en General |
US $. 24,195.90 |
Muebles, Enseres, y Contenido en General. |
US$. 843,812.59 |
Edificios é instalaciones. |
US$. 9’767,438.59 |
Maquinaria y Equipo, y sus Accesorios |
US$.10’333,011.38 |
Total |
US$.20’968,458.46 |
Valor Declarado Total |
US$.20’968,458.46 |
SUMA ASEGURADA A PRIMER RIESGO |
US$.10’000,000.00 |
SUB LIMITES |
SUMA ASEGURADA A PRIMER RIESGO |
TREC
|
US$.320,000.00 |
Rotura de Maquinaria
|
US$.80,000.00 |
Equipo Electrónico Sección I Daños Materiales Sección II Portadores Externos de datos Sección III Incremento en el costo de Operaciones |
US$. 50,000.00 US$. 20,000.00 US$. 20,000.00 |
Infortunio y Equipo movil |
US$. 20,000.00 |
Responsabilidad Civil |
US$. 50,000.00 |
Rotura xx Xxxxxxx o Cristales |
US$. 10,000.00 |
Transporte Incidental |
US$. 50,000.00 |
Gastos Extras |
US$. 50,000.00 |
Gastos Extraordinarios incluyendo Remoción de Escombros |
US$.500,000.00 |
Cobertura Automática de Nuevas Adquisiciones |
US$.500,000.00 |
CAR/EAR |
US$ 100,000.00 |
Vehículos de propiedad de empleados y terceros dentro de los predios del asegurado |
US$ 20,000.00 |
DEFINICION
EXISTENCIAS.
Existencias en general, incluye repuestos, productos químicos e insumos diversos.
MUEBLES , UTILES ENSERES Y CONTENIDO EN GENERAL
Incluye todos los muebles útiles y enseres de propiedad del asegurado asi como equipos de cómputo y máquinas de oficina.
EDIFICIOS E INSTALACONES
Incluye Edificios, instalaciones fijas y construcciones afines en el ámbito de EPSEL S.A., Oficinas Zonales y Administraciones, Plantas de Tratamiento, Lagunas de Oxidación, Lagunas de almacenamiento, Pozos de agua, Cámaras de desague, y, en general toda construcción de propiedad de EPSEL S.A. y/o de terceros bajo su responsabilidad.
MAQUINARIA Y EQUIPOS.
Incluye pozos, cámaras, banco de medidores, equipos de cómputo y sus accesorios, equipos eléctricos y sus accesorios, equipo de laboratorio y sus accesorios, Equipamiento Plantas de Tratamiento de Chiclayo y Lambayeque, equipo de talleres, motobombas, entre otras máquinas y equipos. en general propios de la actividad del asegurado.
Cláusulas :
* Todas las secciones
- Todo Riesgo
- Primer Riesgo
- Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada
- Traslado Temporal (cubre adicionalmente el contenido, por cualquier siniestro cubierto)
- Propiedades fuera del control del asegurado
- Propiedades de terceros
- Reposición de Productos
Combustión Espontánea
- Reemplazo
- Errores ú Omisiones
- Reparaciones y/o Reconstrucciones
- Documentos y Modelos
- Remoción de escombros
- Honorarios de Arquitectos, Ingenieros y Topógrafos
- Sellos y Marcas
- Inclusión Automática para Nuevas Adquisiciones
- Permisos y Privilegios
- Adelanto del 50% del monto del siniestro
- Nombramiento de Ajustadores
* Equipo Electrónico
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso hasta US$ 10,000
Flete aéreo hasta US $ 10,000
Valor nuevo de reposición para equipos hasta 03 años de antigüedad
Condición especial: en caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el mercado el modelo de la computadora afectada, se indemnizará con un modelo inmediato superior
Asimismo, están cubiertos los daños causados directa o indirectamente por falla o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.
* Responsabilidad Civil
- Extracontractual
- Patronal
- Contractual
- Incendio, Explosión, Humo, Agua
- Locales y Operaciones
- Vehículos Ajenos
- Responsabilidad civil de Inmuebles
- Propietarios de Edificios
- Ascensores, Grúas, Montacargas y Escaleras mecánicas
- Uso xx Xxxxx de Fuego
- Contratistas Independientes
- Responsabilidad Civil cruzada
- Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas donde intervengan trabajadores aunque no se encuentren en planillas, tales como contratistas, sub-contratistas y demás personas que operen temporalmente para el asegurado, incluyendo vigilantes.
- Eventos y similares
- Responsabilidad Civil de Transporte de carga
- Locatarios (inmuebles)
- Alimentos y Bebidas
- Playa de Estacionamiento
Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de contratistas y/o sub-contratistas.
Responsabilidad civil TREC, cubre los reclamos de terceros por los daños personales o materiales causados por los equipos móviles como montacargas, grúas cuando estén en operación dentro de sus predios o circulando en otros (Vía Pública).
Transporte Personal.
Gastos y/o Costos de Defensa Penal (hasta US$ 5,000)
Rehabilitación Automática de la suma asegurada.
* Rotura de maquinaria
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso, hasta US$ 10,000.00
Flete aéreo hasta US$ 10,000.00
Se ampara las pérdidas o daños de los aceites lubricantes o refrigerantes contenidos en los equipos y maquinarias, eliminándose la depreciación por uso en caso de siniestro, siendo la suma asegurada de US $ 5,000.00 con rehabilitación automática de la suma asegurada
Se deja sin efecto la cláusula de ajuste de depreciación para el bobinado de equipos eléctricos y transformadores y la depreciación para motores de combustión interna.
También están cubiertos los daños a las bombas sumergidas y xx xxxx profundo resultante de la falta de agua y por hundimiento xxx xxxx, así como la destrucción de tubos o muros.
* Gastos Extraordinarios
La cobertura de Gastos Extraordinarios se extiende pero no limita a los siguiente:
Documentos y Modelos
Honorarios Profesionales
Planilla de ejecutores con relación al siniestro
Licencias
Defensa
Salvamento
Limpieza
Demolición y Remoción de escombros
Costos de extinguir un incendio y cualquier otros gastos con la excepción de la Perdida de Beneficios
Reacondicionamientos provisionales
* Transporte Incidental y/o Interno
TREC
Huelga, Motín y Conmoción Civil
Daño Malicioso, Vandalismo, terrorismo
Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso, hasta US$ 10,000.0
Flete aéreo, hasta US$ 10,000.00
Accidentes durante el Montaje, desmontaje, Transporte, Carga y/o Descarga del Equipo o Maquinaria de Construcción
La cobertura es extensiva a amparar las unidades mientras se encuentren en circulación y/o mientras se trasladen por sus propios medios, incluyendo vías no autorizadas.
Extensión de cobertura durante el desplazamiento de los equipos por reparaciones a depósitos y talleres, así como su permanencia en los mismos.
Bajo la cobertura TREC se consideran aseguradas las carretas remolcados por los vehículos asegurados bajo la cobertura TREC.
Negligencia del operario
CAR / EAR
Cobertura básica.
DEDUCIBLES :
Todo Riesgo : US$ 1,000
Riesgos de la Naturaleza : 5% del monto del siniestro, mínimo US$ 2,500
Terremoto 1% del valor del predio afectado, mínimo US $
2,500
Riesgos Políticos : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 10,000
Equipo Electrónico:
* Sección I y II : 10 % del valor del equipo siniestrado, mínimo US$ 250
* Sección III : 03 días
* Terrorismo : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 500
* Robo y/o Asalto : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 500
* Equipo Móvil : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 250
Responsabilidad Civil por contaminación o polución accidental US 5,000 por todo y cada evento
Infortunio : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 250
Responsabilidad Civil : 10 % del monto indemnizable , mínimo US$ 200
solo daños materiales.
Rotura Accidental xx
Xxxxxxxxx y Avisos Luminosos :10% , Mínimo US$ 50
Transporte Incidental : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 200
Daños por Agua e Impacto de
Vehículos : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 100
Rotura de Maquinaria : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 1,000
TREC : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 1,000
máximo 15% del valor de reposición
CAR y EAR : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 1,000
Gastos Extras : 03 días
Condiciones Especiales RC :
Se consideran como terceros a los familiares de los trabajadores y el personal de los contratistas y/o subcontratistas.
También la póliza ampara los gastos incurridos en la defensa del personal de la empresa por reclamos de terceros por daños o perjuicios atribuidos a la operación de la empresa. Y por la que se genere reclamo a la compañía aseguradora.
Se incluye bajo la cobertura de responsabilidad civil patronal al personal contratado, eventual, personal de seguridad, practicantes, personal de cooperativa o cualquier otro que tenga relación laboral de la empresa.
Cobertura para los daños personales o materiales de terceros que sean causados por los equipos móviles que trabajan por cuenta del asegurado dentro de sus locales y en cualquier otro lugar.
Se ampara la responsabilidad de la empresa en caso de daños o perjuicios a los familiares de los trabajadores o terceros que participen en los programas de extensión cultural, recreativa, capacitación y eventos sociales que desarrolla la empresa.
Responsabilidad de carga, ampara los reclamos de terceros por los daños personales o materiales que sufran y que hayan sido ocasionados por la carga que es transportada por el asegurado bajo su responsabilidad en vehículos propios y/o de terceros.
Condiciones Especiales Adicionales para otras coberturas:
En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor
Cláusula de Infraseguro: los valores de reposición declarados bajo esta póliza representan el valor a nuevo de los mismos. No se aplicará la cláusula de infraseguros o “seguro insuficiente” cuando los valores declarados tengan una desviación de hasta 10% entre Valor a Nuevo vs. Valor declarado
En caso de siniestro de incendio, rotura de maquinaria, equipo electrónico y TREC, no se aplicará depreciación en caso de pérdida total, para bienes de hasta 3 años de antigüedad.
Bajo rotura de maquinaria y equipo electrónico, también están cubiertos los gastos adicionales por horas extras como trabajo nocturno, días feriados, flete aéreo, la maquinaria y equipo bajo tierra así como la eliminación de la depreciación por los aceites, lubricantes y refrigerantes, cadenas y metálicos no refractarios y la pérdida de contenido.
Para efectos de la indemnización bajo la cobertura de rotura de maquinaria y equipo electrónico estarán cubiertos los daños o pérdidas de las maquinarias y equipos, así estas hayan cumplido su vida útil de trabajo.
La cobertura de gastos extraordinarios y gastos extras ampara los gastos por limpieza y descontaminación en el lugar del siniestro, con el fin de dejar operativas las instalaciones, así estos no hayan sufrido daños.
Asimismo, están cubiertos los gastos para demostrar la ocurrencia y cuantía del siniestro.
También están cubiertos los gastos incurridos con el propósito de extinguir incendios en el predio del asegurado o en sus cercanías y las causadas ante amenazas inminentes de daño o pérdida y que tengan como objeto impedir o disminuir las pérdidas y/o daños a los bienes asegurados.
Para la indemnización de siniestros en los que el asegurado no pueda obtener facturas, guías de remisión o proformas que demuestren la pre-existencia de los bienes, se tomarán en cuenta los inventarios, vales de salida xx xxxxxxx, los listados de costos y/u ordenes de compras.
Sé amplia el plazo de aviso de siniestro a 15 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.
Se otorga la cobertura para los bienes que por razones de servicio son desplazados temporalmente a lugares diferentes a su sede permanencia habitual.
En caso de siniestros que superen el valor de la prima, aún estando parte de ella pendiente de pago por los convenios, la Cía. de Seguros no podrá exigir la cancelación de saldo adeudado.
Considerando que todas las aseguradoras redactan sus cláusulas de manera similar pero que estas no son necesariamente iguales, el cliente se reserva el derecho de revisarlas y dar su conformidad.
COTIZACION DE SEGUROS
DESHONESTIDAD 3 D
ASEGURADO : EPSEL S. A. y/o Filiales y/o Subsidiarias y /o Sucursales
VIGENCIA : ANUAL
Interés Asegurado:
Toda propiedad de cualquier clase o naturaleza y descripción, incluyendo pero no limitando a aquella que está bajo el cuidado, custodia y control del asegurado o por el cual el asegurado sea responsable.
Convenio I DESHONESTIDAD DE EMPLEADOS
Suma Asegurada US$.10,000.00
Categoría “A” 34 Trabajadores (Incluye Administradores, Recaudadores y/o Cobradores, Pagador y Tesorero)
Categoría “B” 278 Trabajadores (Incluye Funcionarios, Profesionales y Empleados)
Categoría “C” 278 Trabajadores (Incluye Obreros)
Convenio II PERDIDA DE DINERO Y/O VALORES DENTRO DE LOCALES PROPIOS Y/O ARRENDADOS A EXCLUSIVIDAD.
Incluye robo y/o asalto.
Suma Asegurada US$.50,000.00
- Dinero en Caja Registradora ó Chica - Ventanilla o Escritorio US$.30,000.00
Local 01, Av. Xxxx Nº 451 - Chiclayo
Local 02, Av. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Nº 100 – Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx
- Dinero en Caja Fuerte US$.20,000.00
Local 01, Av. Xxxx Nº 451 - Chiclayo
Local 02, Av. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Nº 100 – Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Convenio III PERDIDA DE DINERO Y/O VALORES FUERA DEL LOCAL
Incluye robo y/o asalto.
Incluye movimientos de dinero desde y hacia varios lugares en la Provincia de Chiclayo y desde y hacia las diferentes Administraciones de EPSEL S.A. del Departamento de Lambayeque.
La frecuencia del dinero en tránsito es diaria.
Suma Asegurada US$.10,000.00
Convenio IV FALSIFICACION DE GIROS POSTALES, LIBRANZA, PAPEL MONEDA
Suma Asegurada US$.10,000.00
Convenio V FALSIFICACION DE DOCUMENTOS BANCARIOS
Suma Asegurada US$.10,000.00
Convenio VI ROBO Y/O ASALTO DE ACTIVOS FIJOS Y EXISTENCIAS, BIENES EN GENERAL, A PRIMER RIESGO.
Suma Asegurada US$.50,000.00
HURTO Y/O PERDIDA DE BIENES DE EMPLEADOS
Dentro de los locales asegurados
Suma Asegurada US$. 5,000.00
Otras Coberturas:
- Hurto (activo Fijo) US $ 10,000
- Bienes de Empleados, Directores y/o Gerentes, solo por asalto US$ 10,000
Cláusulas
Adicionales :
- Nombramiento de Ajustadores
- Adelanto del 50% del siniestro
- Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada
- Valor de reposición (activo fijo)
- Cobertura Automática por doble acumulación de dinero por paralización y días de no-atención bancaria
- Pérdidas causadas por trabajadores no identificados
- Cláusula de extensión de cobertura para pérdidas donde intervengan trabajadores aunque no se encuentren en planillas, tales como contratistas, sub-contratistas y demás personas que operen temporalmente para el asegurado, incluyendo vigilantes y practicantes.
- Los convenios IV y V se extienden a cubrir guías xx xxxxxxx y/o remisión, órdenes de compra, órdenes de salida, cheques de gerencia, y boletas de depósito.
Deducibles
Todos los convenios sin deducible hasta una UIT
Todos los convenios mas de una UIT monto del siniestro, mínimo US$ 500
Condiciones Especiales:
Bajo el convenio III se cubrirán los tránsitos sé dinero de propiedad del asegurado, realizados por funcionarios a sus domicilios y/o viceversa
Bajo el Convenio III se cubre dinero y/o Valores y/o Bienes en tránsito propiedad del asegurado en poder de empleados y/o dentro del vehículo utilizado por ellos, solo por asalto.
Bajo los convenios II y III se incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios.
Se deja constancia que la base de la valorización de las existencias y activo fijo en caso de siniestro bajo el convenio VI es a valor de reposición.
Los convenios II y III cubren toda pérdida, destrucción o desaparición de dinero y/o valores, sin que la cobertura sea limitada a sólo robo con fractura y/o asalto.
Se otorga cobertura automática para cualquier otro local, donde la empresa efectúe movimiento de dinero y/o activos.
La póliza incluye el robo de dinero y/o bienes del asegurado en cualquier obra donde efectúen trabajos en el territorio del Perú.
Deterioro al inmueble y/o bienes por robo o intento de robo
En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor
No obstante lo que se diga en las Condiciones generales de la póliza, esta se extiende a cubrir el HURTO de activos asegurados bajo el Convenio VI (cobertura contra robo con fractura de bienes y mercaderías), entendiéndose como tal la sustracción en forma oculta o clandestina de un bien asegurado, sin que existan huellas o evidencias de la forma en que fue sustraído, dentro del local o locales asegurados
Bajo el convenio I (Deshonestidad) están incluidos policías particulares, trabajadores contratados y/o eventuales y/o practicantes y/o proveedores de servicios y/o cooperativas y/o cualquier otra persona que tenga vinculo laboral y/o de servicio con el asegurado que no esté necesariamente formalizado y /o personal en base a honorarios profesionales y/o vendedores libres y/o vendedores comisionistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado.
En caso de huelgas o paros bancarios, domingos y feriados se duplicará el límite asegurado asimismo se duplicará automáticamente la suma asegurada para los convenios II y III, cuando se incremente la cobranza, comprometiéndose el asegurado a dar aviso a la CIA. de seguros sobre los montos y días de dichos excesos para el cobro de la prima respectiva.
Bajo el convenio I no es necesario identificar al culpable.
Las sumas aseguradas son a primer riesgo, no hay límites agregados anuales
Sé amplia el plazo de aviso de siniestro a 15 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad
Cláusula de Garantia para dinero y/o valores en Transito.
Cláusula de Normas minimas de control y seguridad.
COTIZACION DE SEGUROS
CASCOS MARITIMOS
ASEGURADO : EPSEL S. A. y/o Filiales y/o Subsidiarias y /o Sucursales
VIGENCIA : ANUAL
Suma Asegurada: US$.5,500.00
MATERIA ASEGURADA
Bote tipo Lancha 2 Unidades
Bote 1: Serie Chasis Nº G-03999034
: Serie Motor Nº SE15RPLS
: Potencia 15 HP
Ubicación : Xxxxxxx Xxxx
Xxxx 0 : Serie Chasis Nº O-4276744
: Serie Motor Nº SE25RPLV
: Potencia 25 HP
Ubicación: Lagunas Boró
Características Generales:
Modelo: Náutica 132
Casco: Fibra xx xxxxxx reforzado
Capacidad: 6 personas
Manga: 05’05’’
Puntal: 21’00’’
Eslora: 13’04’’
Motor: Envinrude (Fuera xx Xxxxx)
Utilización Lagunas: (Almacenamiento de Agua para Planta de Tratamiento Chiclayo)
Coberturas
Perdida Total Constructiva
Gastos de Salvataje, auxilio o reflotación hasta el 100% de la Suma Asegurada.
Deducible : 1% de la suma asegurada , mínimo US$ 200
COTIZACION DE SEGUROS
DE VEHICULOS
ASEGURADO : EPSEL S.A. y/o Filiales y/o Subsidiarias y/o Sucursales
VIGENCIA : ANUAL
Materia Asegurada: Vehículos, según relación adjunta.
Coberturas : Suma Asegurada
US$.
-Daño Propio (Choque, vuelco, incendio, robo parcial
o total, rotura de lunas) Valor Comercial
- Responsabilidad Civil frente a terceros c/u US$ 150,000
- Responsabilidad Civil en exceso por flota US$ 150,000
- Responsabilidad Civil de Ocupantes c/u US$ 10,000
- Accidentes de Ocupantes (según tarjeta de propiedad)
* Muerte e Invalidez Permanente c/u US$ 20,000
* Gastos de Curación c/u US$ 4,000
* Gastos de Sepelio c/u US$ 2,000
-Servicio xx Xxxx y Ambulancia por Accidente al 100%
-Accesorios musicales hasta US$ 1,000
- Accesorios Especiales (equipos de comunicación,
extinguidores, circulinas, otros) US$ 1,500
- Riesgos de la naturaleza Valor Comercial
- Huelgas y Conmociones Civiles, Daño Malicioso, Valor Comercial
Vandalismo y Terrorismo
- Uso de Vías no autorizadas Cubierto
- Ausencia de Control Valor Comercial
- Responsabilidad Civil por Ausencia de Control c/u US$ 20,000
- Auxilio Mecánico
Cláusulas Adicionales :
Asesoría en caso de accidentes o robo las 24 horas
Rotura de lunas Nacionales sin cobro de franquicia
Cobertura Automática por nuevas adquisiciones
Uso de vías no autorizadas
Restitución automática de la suma asegurada
Libre Elección de Talleres
RELACION DE XXXXXXXXX ASEGURABLES
Clase Marca Modelo Año Placa Valor US$.
Camioneta Ford F-150 1979 PC-5477 2,000.00
Camioneta Pick Up Mazda B2000 1991 PC-7652 3,000.00
Camioneta Pick Up Mazda B2000 1991 PC-7653 3,000.00
Camioneta Pick Up Mazda B1600 1991 PC-7676 3,000.00
Camión Mazda T3500 1991 WC-5913 7,000.00
Camioneta Pick Up Mazda B1600 1992 PC- 7789 3,000.00
Camioneta Pick Up D/C Mazda B2200 1998 PGX-851 7,000.00
Camión Toyota DYNA 1991 WC-5979 7,000.00
Camioneta Pick Up Toyota Xxxxx 1992 PC-7820 5,500.00
Camioneta Pick Up 4x2 C/S Toyota Hi-Lux 1996 PGP-459 5,500.00
Camioneta 4x4 Toyota Hi-Lux 1997 PGU-494 7,000.00
Camioneta Pick Up Mitsubishi L200 1992 PC-7980 3,000.00
Camioneta Pick Up Mitsubishi L200 1992 PC-7981 3,000.00
Camioneta Pick Up Mitsubishi L200 1992 PC-7983 3,000.00
Camioneta Pick Up Mitsubishi L200 1994 PC-8818 5,500.00
Camioneta Pick Up D/C Nissan 4x4 1995 PGH-578 5,500.00
Camioneta Pick Up D/C Nissan 4x4 1996 PC-9537 5,500.00
Camioneta Pick Up D/C Nissan 4x4 1996 PC-9534 5,500.00
Camioneta Pick Up 4x2 C/S Nissan Fiera 1997 PC-9847 5,500.00
Camioneta Pick Up 4x2 C/S Nissan Fiera 1997 PC-9846 5,500.00
Camioneta Pick Up 4x2 c/s Nissan Fiera 1997 PC-9844 5,500.00
Camioneta Pick Up d/c, D.2 Nissan 4x4 1997 PC-9905 5,500.00
Camioneta Pick Up 4x2 C/S Nissan Fiera 1997 PGU-680 5,500.00
Camioneta Pick Up Toyota LN106-L 1996 PGR-231 5,500.00
Camioneta Ford 1979 PO – 5477 2,500.00
Camioneta MAZDA 1991 PC – 7676 3,000.00
Camión Hyundai HD 65 2000 WC-9209 12,000.00
Camión Dodge X-000 0000 XX-0000 3,500.00
Camión Izuzu FVR13HLX17 1994 XG- 5797 22,000.00
Camión Izuzu FVR13HLX517 1994 XG -5915 22,000.00
Camión Hidrojet Ford F-800 1992 WC-5988 9,000.00
Camión Hidrojet International 4904 1999 WC-9330 14,000.00
Camión Hidrojet Ford LT-8501 XI- 9597 13,000.00
Motocicleta Yamaha DX-100 1996 NC- 9741 1,200.00
Motocicleta Yamaha DX-100 0000 XX- 00000 1,200.00
Motocicleta Yamaha XX-000 0000 XX- 00000 1,200.00
Motocicleta Yamaha RX-100 1997 NC- 13983 1,500.00
Motocicleta Honda CB-125-SE 1977 MC-5700 500.00
Motocicleta Honda XL-1255 1992 NC-1606 1,500.00
Motokar Honda Furgón 1997 NO-3943 1,500.00
Motokar Honda Furgón 1997 N0-3951 1,500.00
Motokar Honda Furgón 1997 NO-4009 1,500.00
Motokar Honda Furgón 1997 NC-4003 1,500.00
Condiciones Especiales para
Ausencia de Control
La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los conductores, estén o no en la Planilla del asegurado
La cláusula de Ausencia de Control es extensiva a todos los vehículos, sean o no de propiedad del asegurado, que se encuentren incluidos en la polìza.
En caso de siniestros amparados bajo la cobertura de Ausencia de Control, los alcances de la cobertura se extienden a todas las demás coberturas afectadas por el siniestro, tales como Accidentes de ocupantes, Responsabilidad Civil de Ocupantes, entre otras
No se excluye la cobertura en caso de declaraciones inexactas, errores y/o similares de parte del conductor, cuando hayan sido realizadas sin conocimiento de la institución
En caso de aplicar la cobertura de Ausencia de Control, la compañía de Seguros no repetirá contra los empleados el asegurado
Exoneración de Denuncia:
En casos que no involucren a terceras personas se exonera al asegurado de la Denuncia Policial cuando cumple con comunicar su ocurrencia en forma inmediata a la Central de Emergencia de la Compañía de Seguros y permitir a la unidad móvil de la compañía constatar los hechos en los casos siguientes:
Choque estacionado
Choque y fuga
Choque sin daños a terceros ( impacto con sardineles, huecos, postes etc. )
Robo Parcial
Rotura de Lunas
Deducibles :
Daño Propio : 10% del monto del siniestro, mínimo US$ 150
Rotura de Lunas Nacionales:
Sin cobro de franquicia (Todo tipo de vehículos)
Responsabilidad Civil: 10% del monto del siniestro,
mínimo US$ 150 (solo daño material)
Ausencia de Control
15% del monto indemnizable , mínimo US$ 300
Camiones 10% del monto del siniestro mínimo US$ 700
Se aplicara el mismo deducible para toda y cada una de las coberturas, independientemente de la edad del conductor.
Observaciones :
En caso un siniestro pudiera ser presentado bajo dos coberturas contratadas en la misma póliza o pólizas diferentes, se aplicará a discreción del asegurado la cobertura en la cual se considere el deducible menor.
SLIP TECNICO
POLIZAS DE SEGURO PROPUESTAS PARA EPSEL S.A.
SEGUROS PERSONALES.
COTIZACION DE SEGUROS
ACCIDENTES PERSONALES
ASEGURADO : EPSEL S.A. y/o Filiales y/o Subsidiarias y/o Sucursales
VIGENCIA : ANUAL
DIRECTORES Y FUNCIONARIOS
6 PERSONAS
6 Directores
COBERTURAS SUMA ASEGURADA
Muerte Accidental US$.20,000.00
Invalidez Permanente US$.20,000.00
Gastos de Curación US$. 4,000.00
Gastos de Sepelio US$. 2,500.00
EMPLEADOS
2 PERSONAS
Cajero y Pagador
COBERTURAS SUMA ASEGURADA
Muerte Accidental US$.10,000.00
Invalidez Permanente US$.10,000.00
Gastos de Curación US$. 2,000.00
Gastos de Sepelio US$. 2,000.00
OBREROS
120 PERSONAS
LOCACION DE SERVICIOS.
COBERTURAS SUMA ASEGURADA
Muerte Accidental US$. 5,000.00
Invalidez Permanente US$. 5,000.00
Gastos de Curación US$. 2,000.00
Gastos de Sepelio US$. 1,000.00
Cláusulas Adicionales :
Terrorismo
Cubre las 24 horas, todos los días del año
Cobertura nacional e Internacional
Ampliación del limite de edad hasta 70 años
Extensión de Coberturas:
Práctica normal y no profesional (como aficionado) de fútbol, béisbol, polo, pesca en alta mar, rodeo, rugby, boxeo, esquí acuático, equitación, tabla hawaiana, karate, judo, pesas, andinismo y caminatas en alta montaña
Conducción de motocicletas, motonetas y otros vehículos similares
Por el uso como pasajero de cualquier medio habitual para el transporte público de personas ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o aéreo, en vehículos que pudiendo ser o no de las empresas comerciales, no recorren itinerarios regulares y fijos
Por el uso como pasajero de aviones y/o helicópteros particulares y/o de las Fuerzas Armadas, por viajes eventuales
Condiciones Especiales:
Sé amplia el plazo de aviso de siniestro a 15 días, a fin de evitar su rechazo por extemporaneidad.
COTIZACION DE SEGUROS
XXXX XXX
ASEGURADO : EPSEL S.A. y/o Filiales y/o Subsidiarias y/o Sucursales
VIGENCIA : ANUAL
COBERTURAS
Muerte Natural 16 remuneraciones
Muerte Accidental 32 remuneraciones
Invalidez Total o Permanente por Accidente 32 remuneraciones
TRABAJADORES PLANILLA MENSUAL
Empleados 216 S/. 382,000-00
Obreros 290 S/. 298,000.00
Jubilados 5 S/. 14,000.00
Personal Asegurado: Según Relación de Planillas Mensuales
Coberturas |
Sumas Aseguradas
|
Coberturas Básicas |
|
Muerte Natural |
16 remuneraciones |
Muerte Accidental |
32 remuneraciones |
Invalidez total y permanente por accidente |
32 remuneraciones |
Coberturas Adicionales: |
|
Gastos de sepelio |
3 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
Desgravamen por saldos deudores |
5 remuneraciones, máx. S/. 10,000 |
Desamparo familiar súbito Transplante de órganos Enfermedades Graves: |
5 remuneraciones, máx. S/. 20,000 5 remuneraciones, máx. S/. 10,000
|
* Cáncer |
5 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
* Infarto al miocardio |
5 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
* Accidente Cerebro Vascular |
5 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
* Insuficiencia Renal Crónica |
2 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
* Xxxxxxx |
0 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
* Quemadura (*) |
2 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
* Sordera (*) |
2 remuneraciones, máx. S/. 5,000 |
(*) En caso de Invalidez Permanente por accidente
POLIZA DE SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO
LEY N° 26790 Y D.S.009-97-SA.
ASEGURADO : EPSELS.A. y/o Filiales y/o Subsidiarias y/o Sucursales
VIGENCIA : ANUAL
COBERTURAS
Pensión de invalidez Total
Pensión de Invalidez Parcial
Pensión de Sobrevivencia
Gastos de Sepelio hasta S/.2,070.00
TRABAJADORES PLANILLA MENSUAL
Empleados 273 S/.447,000.00
Obreros 290 S/.341,000.00
Coberturas : Muerte, Xxxxxxxxx y Gastos de Sepelio por Accidentes
de Trabajo o Enfermedad Profesional
Condiciones : Normativa sobre Trabajo de Alto Riesgo
SEGURO DE ASISTENCIA MEDICA Y ACCIDENTES
(X. Xxx Nº 728, D.S. 002-97-TR)
CONVENIOS DE FORMACIÓN LABORAL JUVENIL Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Xxxxxxxxx Xxxxxx Anual por Persona US$.3,000.00
Gastos de Hospitalización 1 día de habitación
Límite diario por uso de habitación 90%
Servicios, medicinas y honorarios 90%
Gastos sin Hospitalización (Ambulatorio)
Reembolso:
Deducible trimestral US$. 20.00
Exceso cubierto al 80%
Beneficios Adicionales:
Transporte por evacuación:
Ambulancia US$. 100.00
Avión territorio nacional US$. 200.00
Emergencia por accidente, ambulatorio US$.3,000.00
Sepelio US$.1,000.00
Seguro contra accidentes personales, incluyendo riesgo de terrorismo
Muerte US$.3,000.00
Invalidez Permanente Total US$.3,000.00
Invalidez Permanente Parcial hasta US$.3,000.00
El Crédito.- sólo se atenderá para los casos de hospitalización, y se otorgará hasta por los límites contratados.
El reembolso.- se otorgará sólo para los casos de gastos ambulatorios.
Personas asegurables y límites de edad.
Son asegurables las personas entre 16 y 25 años de edad que formen parte del convenio de Formación Laboral Juvenil.
Son asegurables las personas hasta los 30 años de edad que formen parte del convenio de Prácticas Profesionales.
Período de inscripción: los practicantes se podrán asegurar dentro de los 30 días de iniciado el Contrato de Formación Laboral Juvenil o el contrato de Practicas profesionales, según corresponda. Para tal efecto se indicará fecha de inicio y término del contrato respectivo.
Cantidad de personas previstas.- 12 practicantes.
CONVENIO DE ATENCION SINIESTROS VEHICULOS
Libre elección de talleres, previo acuerdo con la aseguradora. Distribuidores autorizados para aquellas unidades que estén dentro de la garantía y/o de ejecutivos con cargo de confianza con aprobación específica.
Atención inmediata a los siniestros coberturados a la sola presentación en nuestras oficinas de la Denuncia del accidente donde se detallará la descripción de los hechos tal y como se declaró en la dependencia Policial respectiva (inmediatamente de ocurrido el siniestro) en cuya circunscripción territorial se produjo el accidente.
El Asegurado y/o Broker se comprometen a regularizar la presentación de la copia certificada de la Denuncia Policial en un plazo razonable posterior a la fecha de ocurrido el siniestro.
Cuando los vehículos asegurados sean detenidos en Comisarías y/o internados en depósitos por disposición de la autoridad competente, en cualquier lugar de la República, debido a siniestros cubiertos, el Asegurador se compromete acorde a lo estipulado en el acápite No. 2, a entregar cartas de garantía (según límites de la póliza) con el objeto de coadyuvar a las gestiones pertinentes para obtener la liberación del vehículo en coordinación con los procuradores.
De darse el caso detallado en el Punto 3, el técnico de la Compañía de Seguros se apersonará a fin de evaluar si los daños al vehículo constituyen una pérdida total, en cuyo caso, se procederá según el Punto 6.
El Asegurador se compromete a emitir las órdenes de compra en un plazo máximo de dos (2) días de la declaración del siniestro, con validez hasta de 15 días.
Si en caso dicho repuesto no estuviera en stock, se podrá escoger una de las dos siguientes alternativas (a opción del asegurado):
Renovar la orden hasta que el repuesto sea habido, para pólizas en dólares.
Pagar al Asegurado el valor en efectivo del repuesto.
Cuando el siniestro constituya una pérdida o robo total y el asegurado hubiera presentado:
El contrato de transferencia firmado por el asegurado.
Certificado de gravámenes - Liberado
Registro fiscal de ventas a plazos - Negativo
Copia de haber iniciado los trámites para obtener el resto de documentos requerido por la compañía de Seguros.
El Asegurador se compromete a indemnizar en un plazo de:
Treinta (30) días, en caso de Pérdida Total Constructiva y/o Pérdida Total Absoluta (como máximo).
Cuarenticinco (45) días, en caso de Robo Total (como máximo).
El Asegurador indemnizará a valor nuevo los accesorios de fábrica en general del vehículo, siniestrado y/o sustraído.
No se aplicará depreciación por robo de llantas de los vehículos.
El técnico revisará y aprobará el presupuesto por la reparación del vehículo en 48 horas de comunicado el siniestro a la Cía. Aseguradora.
El Asegurado comunicará al Asegurador los siniestros en un plazo razonable salvo causas justificadas.
En todos los casos la denuncia policial respectiva se deberá haber efectuado dentro de plazo que estipula la póliza.
Treinta días de cobertura Automática para vehículos nuevos o usados recién adquiridos.
El deducible que tenga que pagar el cliente se hará mediante una nota de cargo emitida por la Aseguradora, a fin de que el cliente no tenga demora en retirar su vehículo y/o accesorios.
Los gastos que haya efectuado el cliente serán reembolsados previa presentación de las facturas y/o presupuestos máximo en 72 horas.
Reembolso por gastos xx xxxx y/o servicios de emergencia
La Compañía se compromete a designar un procurador en forma exclusiva.
CONTRATO DE GERENCIA GENERAL Nº -2007-EPSEL S.A/G.G
CONCURSO PÚBLICO N° 002-2007-EPSEL S.A./GG
“CONTRATACIÓN DE POLIZAS DE SEGUROS PATRIMONIALES y PERSONALES DE EPSEL S.A.”
Conste por el presente documento el Contrato de Adquisición de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Personales de EPSEL SA, que celebran de una parte la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LAMBAYEQUE – EPSEL SA, con RUC N° 20103448591, con domicilio legal en Xx. Xxxxx Xxxx Xx 0000 - Xxxxxxxx, a quien en adelante se le denominará "EPSEL S.A" debidamente representada por su Gerente General Ing° Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, identificado con D.N.I. N° , y de otra parte la Empresa Aseguradora y Reaseguradora ......................................................................................., con RUC Nº ......................., inscrita en la Ficha N° ........................, del Registro Mercantil de ............... debidamente representada por su Gerente General y/o Representante Legal señor ......................................................., identificado con DNI. Nº .........................., registrado el otorgamiento de poder en los Registros Públicos Ficha .............., Asiento N° .............., del Registro de Mandato y Poderes – de la Ciudad de ..........; con domicilio fiscal en el Jr. ......................, N° ............. de la Ciudad de Lima ........ y para los efectos del presente contrato fijan como domicilio legal en el ubicado en la calle ............, N° .........., de la ciudad de Chiclayo, a quien en adelante se le denominará "LA ASEGURADORA", quienes intervienen bajo los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
EPSEL S.A. es una empresa Municipal de derecho privado organizada como una Sociedad Anónima, que tiene a su cargo la producción, comercialización, administración y el mantenimiento de los Servicios de Saneamiento (Agua Potable y Alcantarillado) en la Región Lambayeque de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Saneamiento – Ley No. 26338, su Reglamento aprobado por el DS No. 09-95-PRES, los Estatutos Sociales de la Empresa y demás normas complementarias, modificatorias y conexas.
EPSEL S.A. a través el Informe N° .........-2007-EPSEL S.A.-GG/CECP del Comité Especial designado para organizar, conducir y llevar adelante el Concurso Público N° 002-2007-EPSEL S.A.-GG: “Contratación de Pólizas de Seguros Patrimoniales y Personales de EPSEL S.A.” convocado para tal fin, conforme a lo establecido en el calendario de convocatoria, procedió al desarrollo del proceso otorgándose finalmente la Buena Pro la empresa aseguradora y Reaseguradora ............................................................................, de acuerdo a su propuesta Técnica y Económica, conforme se puntualiza en el Acta de “Otorgamiento de Buena Pro del Concurso Público para la Contratación de las Pólizas de Seguros Generales y Personales para EPSEL S.A.”, por el periodo de un (01) año calendario, periodo comprendido entre el 01 de Julio del 2,007 al 30de Junio del 2,008 de conformidad con los requerimientos establecidos en el Slip Técnico, Mejoras Técnicas y Prestaciones Adicionales, que en anexo forman parte integrante del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
EPSEL S.A. contrata los servicios de LA ASEGURADORA para que brinde aseguramiento a su patrimonio, bienes y personal de su competencia, conforme al SLIP TÉCNICO y la Propuesta Técnico Económica adjudicada de acuerdo a los requerimientos de las Bases Administrativas, que incluye MEJORAS TÉCNICAS y PRESTACIONES ADICIONALES ofertadas por LA ASEGURADORA que aparecen en anexo adjunto y que forman parte integrante del presente contrato.
CLÁUSULA TERCERA: DE LA RETRIBUCIÓN ECONOMICA
El precio pactado entre las partes por la prestación de los servicios adjudicados incluyendo las primas, Derechos de Emisión, los impuestos y tributos xx Xxx, más todos los gastos y comisiones inherentes asciende a la suma total de: ............................................................................................., (.................................................).
Suma que corresponde al Costo Total de los Seguro para el periodo señalado anteriormente (Esto es del 01 xx Xxxxx del 2,007 al 31 xx Xxxx del 2,008), de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM |
POLIZAS |
PRIMA NETA
|
DERECHO DEEMISIÓN |
IMPUESTO(I.G.V.) 19 % |
PRIMA TOTAL S/. |
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1
2
3
4
5
6
7
8
|
Incendio y Líneas Aliadas
Deshonestidad 3 - D
Cascos Marítimos
Vehículos
Accidentes Personales
Asistencia Médica Familiar
Seguro Complementario Trabajo de Riesgo.
Xxxx Xxx
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|
Por el presente contrato las partes convienen en la siguiente forma de pago:
- 12 CUOTAS MENSUALES DE ................................................ y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. .......................).
La Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Sub Gerencia de Logística, para el caso de los Seguros por Riesgos Generales y la Oficina de Recursos Humanos para el caso de los Seguros de Riesgos Personales, quedan encargadas de administrar el contrato, supervisar y dar conformidad al servicio.
A efectos del pago de la retribución económica LA ASEGURADORA emitirá las facturas correspondientes a nombre de EPSEL S.A. y las presentará para su pago en Xx. Xxxxx Xxxx Xx 0000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, de acuerdo con la forma de pago pactada. Las facturas serán pagadas dentro de los diez (10) días hábiles después de presentadas.
CLÁUSULA CUARTA: GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
LA ASEGURADORA como requisito indispensable para suscribir el contrato debe entregar a EPSEL S.A. la garantía de fiel cumplimiento del mismo, consistente en Carta Fianza a satisfacción de EPSEL S.A. de ejecución automática, irrevocable, solidaria e incondicional emitida por una entidad bancaria regulada por la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros, deberá ser emitida por el 10 % del monto total del contrato, con vigencia por el plazo de ejecución del servicio y hasta la aprobación de la liquidación final del contrato.
CLAUSULA QUINTA.- GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTA.-
(Si la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en mas xxx xxxx por cien (10%), deberá presentar además de la Garantía de Fiel Cumplimiento y, con idéntico objeto y vigencia ,una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por cien (25%) de la diferencia entre el valor referencial y el monto de la propuesta económica)
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA
1.- Proporcionar a EPSEL S.A. el servicio materia del presente contrato en forma eficaz y eficiente, respetando las condiciones contractuales.
2.- Asumir directa e íntegramente los costos por los daños y perjuicios que puedan afectar a EPSEL S.A. por responsabilidad de LA ASEGURADORA.
3.- LA ASEGURADORA no podrá ceder total ni parcial su posición contractual, obligándose a mantener el total cumplimiento de las obligaciones que asume mediante este contrato.
4.- LA ASEGURADORA a la firma del presente contrato presentará a EPSEL S.A. la constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado expedida por el CONSUCODE.
CLÁUSULA SETIMA: PLAZO CONTRACTUAL
El plazo del presente contrato es desde el 01 de Julio del 2,007 hasta el 30 xx Xxxxx del 2008.
CLAUSULA OCTAVA: PENALIDADES
En caso de incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones contractuales por causas imputables a ¨LA ASEGURADORA este se hará acreedor a las siguientes penalidades:
Se genera automáticamente en caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, EPSEL SA aplicará al proveedor una penalidad por cada día calendario de retraso injustificado en el servicio contratado, hasta un monto máximo equivalente al 10% del monto total del contrato. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final o si fuera necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías por fiel cumplimiento o adicional por el monto diferencial de la propuesta. En todos los casos la penalidad se aplicará y se deducirá de acuerdo a la siguiente fórmula:
PENALIDAD DIARIA 0.10 X Montos del Contratos
---------------------------------------
F x Plazo en Días
DONDE: F = 0.25
Cuando llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad EPSEL SA podrá resolver el Contrato.
CLAUSULA NOVENA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el presente contrato por las causales señaladas en el Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 084-2004-PCM.
“EPSEL S.A”, se reserva el derecho de resolver el presente contrato adicionalmente por cualquiera de las siguientes causales, reconociéndose el pago proporcional por los servicios que le pudieran corresponder a ¨LA ASEGURADORA:
Por incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones contractuales establecidas en el presente contrato.
Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados.
Por quiebra o declaratoria de insolvencia de ¨LA ASEGURADORA
Por mutuo acuerdo entre las partes.
Asimismo, EPSEL S.A podrá resolver este contrato en caso verificara la falsedad total o parcial de la documentación entregada por LA ASEGURADORA antes, durante o después de la adjudicación de la Buena Pro, sin perjuicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar.
Si vencidos los plazos que permite la Ley para la enmienda del incumplimiento del contrato LA ASEGURADORA persiste, EPSEL S.A. mediante CARTA NOTARIAL, resolverá el contrato.
CLAUSULA DECIMA: ANEXOS
Forman parte integrante del presente contrato:
1.- Anexo I : Slip Técnico
2.- Anexo II : Propuesta Técnica-Económica
3.- Anexo III : Acta de Adjudicación de Buena Pro
CLAUSULA DECIMA PRIMERA : IMPUESTOS Y TRIBUTOS
Son de cargo de LA ASEGURADORA todos los impuestos, tributos y gravámenes que le correspondan de acuerdo x Xxx.
Así mismo, toda responsabilidad de carácter laboral y pago de remuneraciones de personal que LA ASEGURADORA utilice durante la prestación del servicio es de su entera responsabilidad, costo y riesgo.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: NORMATIVIDAD APLICABLE Y NO- EXISTENCIA DE VINCULO LABORAL
Se deja expresa constancia que todo lo no previsto en el presente contrato se encuentra regulado por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. N° 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por D.S. 084-2004-PCM,sus Modificatorias y por el Código Civil.
Queda claramente establecido que no existe vínculo laboral entre EPSEL S.A. y el personal que emplee LA ASEGURADORA para la ejecución del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES
Cualquier comunicación a efectuarse entre las partes deberán dirigirse a los representantes legales en los domicilios legales consignados en la parte introductoria del presente contrato, por lo tanto cualquier cambio que se produzca será comunicado de inmediato entre las partes.
Para las gestiones de Indemnización de siniestros queda establecida que éstas serán atendidas en las Oficinas de LA ASEGURADORA, acreditadas en la Ciudad de Chiclayo: calle ............., N° .........
CLAUSULA DECIMA CUARTA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Ambas partes contractuales acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente contrato será resuelto de manera definitiva mediante Arbitraje de Derecho conforme a las disposiciones establecidas en el TUO de la Ley Nº 26850 (DS No. 083-2,004-PCM) - Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2,004-PCM, y la Ley General de Arbitraje Nº 26572 y demás normas modificatorias, complementarias y conexas; siendo el Laudo Arbitral inapelable, definitivo y obligatorio para las partes.
En señal de conformidad y pleno conocimiento de todas y cada una de las cláusulas que conforman el presente contrato las partes firman por duplicado a los ........... días del mes de ............. del año DOS MIL SIETE.
ING° XXXXX XXXXXX XXXXXX Sr…………………………… GERENTE GENERAL GERENTE GENERAL
EPSEL S.A. EMPRESA ............................................
LA ASEGURADORA
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