CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
Precio sobre las entradas emitidas en las Taquillas. | Precio máximo (por unidad) |
1.- Entradas emitidas con precio | 0,20 € |
2.- Invitaciones | 0,10 € |
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
A) OBJETO DEL CONTRATO Y UNIDAD GESTORA PROPONENTE OBJETO DEL CONTRATO Y EN SU CASO DIVISIÓN EN LOTES: Es objeto de este contrato es la implantación de un sistema de gestión y venta informatizada de entradas, respecto todos los espectáculos que promueva el Patronato, tanto en las taquillas que éste habilite, como a través de los distintos canales de venta que recoja el presente pliego; venta por internet, y venta a través de aplicativos móviles, compatibles con Android, iOS, así como cualquier otro medio que esté disponible durante la vigencia del presente contrato. CPV 48481000-3 (Paquetes de software de ventas o mercadotecnia) UNIDAD GESTORA PROPONENTE DEL CONTRATO: Gerencia del Patronato Municipal Teatro xx Xxxxx |
B) JUSTIFICACIÓN DE NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO Y EFICIENCIA EN LA CONTRATACIÓN, Y FACTORES DE TODO ORDEN A TENER EN CUENTA: ART. 22 TRLCSP: - La inexistencia de medios técnicos y humanos en el Patronato Municipal Teatro xx Xxxxx, que permitan desarrollar un software propio de venta de entradas - Los avances técnicos en el desarrollo de plataformas de venta de entradas existentes en el mercado. - Conectividad y facilidades de uso para los clientes a la hora de adquirir localidades. - Asistencia técnica ante cualquier incidencia que afecte a la venta de entradas. - La mayor concurrencia de empresas para comparar la solución técnica más operativa para el Patronato. |
C) SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO. TIPO DE LICITACIÓN. El precio del contrato se determinará en función del siguiente precio unitario, a la baja Se licitará a la baja respecto las entradas emitidas en las taquillas, conforme los sub-criterios de este Apartado. El precio determinado conforme este apartado será abonado por el Patronato conforme los pliegos que rigen este procedimiento. |
D) PRESUPUESTO MÁXIMO DEL CONTRATO: Se determinará conforme el resultado de aplicar los precios unitarios que se recogen en el bloque B) del sistema de determinación de precio. (Apartado C) del presente cuadro) A los meros efectos de referencia y para el cálculo del valor estimado del contrato, el Presupuesto del Patronato para la duración inicial del contrato de 2 años es el siguiente: ❑ Principal: 12.000,00 euros.- (importe por anualidad 6.000,00 €) ❑ IVA (21%): 2.520,00 euros.- (importe por anualidad 1.260,00 €) ❑ TOTAL: 14.520,00 euros.- (importe por anualidad 7.260,00 €) VALOR ESTIMADO (incluirá principal + prórroga/s + posible modificación) Cálculo del Valor estimado del Contrato: D.1.- Estimación anual por comisiones a clientes: 29.413,50 € D.2.- Estimación anual precio por entradas en Taquilla: 6.000,00 € D.3.- 20 % de previsión máxima de modificación (*): 7.082,70 € Duración del contrato 2 años. Más Prórrogas 1 + 1. VALOR ESTIMADO TOTAL: 169.984,80 € (*) Las posibles modificaciones reflejadas en el apartado D.3. tendrán lugar cuando se produzca una mayor venta en el número de entradas, o un aumento de las necesidades técnicas o materiales vinculadas al contrato. EL procedimiento para la modificación será el recogido en el art. 97 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las AA.PP. |
E) FINANCIACIÓN. APLICACIÓN PRESUPUESTARIA ❑ Aplicación presupuestaria: 42201 3332 227.99 (Otros trabajos realizados por empresas y profesionales). ❑ Anualidades (precisar en su caso): |
F) REVISIÓN DE PRECIOS (elegir la opción que proceda): ❑ Procede. Indicar fórmula aplicable. Todo ello en aplicación de lo dispuesto al efecto en la ley 2/2015 de Desindexación de la Economía Española. ❒ No procede. |
G) SOLVENCIA: ❒ DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA Y TÉCNICO PROFESIONAL DEL LICITADOR. MEDIOS DE ACREDITACIÓN: Se deberá acreditar la solvencia económica y financiera de acuerdo con el artículo 75.1 del TRLCSP: a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del presente contrato. b) A un tiempo, las licitadoras deberán acreditar la solvencia técnica, con carácter obligatorio, mediante la experiencia en la prestación de servicios similares a los que constituyen el objeto del presente contrato, con alusión a sus respectivos objetos, fecha de inicio, plazo, entidad pública o privada para la que se presta, etc. En todo caso deberán acreditarse al menos tres contratos de naturaleza similar o superior en términos de volumen de entradas vendidas conformes los datos reflejados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, del presente procedimiento (apartado 7º). |
Junto con lo anterior, se deberá incluir una memoria técnica en la que se acrediten los requerimientos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, en particular, los referidos en las cláusulas 2ª y 3ª, así como los aspectos relativos a la asistencia técnica y formación y reciclaje del personal, recogidos las cláusulas 5ª y 10ª respectivamente. ❑ ESPECIFICACIÓN DEL NOMBRE O CUALIFICACION PROFESIONAL DEL PERSONAL RESPONSABLE DE EJECUTAR LA PRESTACIÓN (en su caso, art. 64.1 TRLCSP). (Indicar si procede o no procede). |
H) CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA COMO MEDIO SUSTITUTIVO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA: La acreditación de la solvencia podrá ser sustituida por la siguiente clasificación: ▪ Grupo: V ▪ Subgrupo: 5 ▪ Categoría: 1 |
I) GARANTIAS: ❑ PROVISIONAL: ❒ DEFINITIVA: 5 % |
J) DOCUMENTOS A INCLUIR EN EL SOBRE “A” DE DOCUMENTACIÓN GENERAL: ❑ La documentación integrante del SOBRE A de Documentación General se sustituirá en la fase de licitación por DECLARACION RESPONSABLE conforme al MODELO II de este Pliego, sin perjuicio de la exigencia de la documentación posteriormente y en todo caso al licitador clasificado como adjudicatario en la fase correspondiente. De conformidad con lo establecido en el art. 146.5 del TRLCSP el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. De manera que en caso de aportar otra documentación se otorgará al licitador un plazo de 3 días hábiles para su subsanación. ❒ Otros documentos: |
K) DOCUMENTACIÓN REFERENCIAS TÉCNICAS (sobre B): ❑ CUANTAS SE CONSIDERE OPORTUNO PARA LA VALORACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, SEGÚN LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (se excluirán los criterios de valoración económicos o evaluables automáticamente que se integrarán en el sobre C). ❒ OTROS: Se aportará la Memoria Técnica señalada en el apartado G, último párrafo, del presente cuadro. |
L) CRITERIOS (art. 150 TRLCSP) Y PLAZO DE ADJUDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: ❑ Criterios: o Un solo criterio: precio. Oferta a la baja sobre el presupuesto de licitación (para el caso de prestaciones perfectamente definidas): Æ Varios criterios: Se adjudicará el contrato a la proposición más ventajosa atendiendo a los siguientes criterios establecidos y ponderados respecto al índice de 100 puntos, atribuibles como máximo a cada licitador. En concreto, los criterios de valoración y ponderación para determinar la oferta más ventajosa serán los siguientes: Ponderación: A) Comisión sobre los usuarios. El licitador que presente la oferta más económica podrá obtener hasta 40 puntos. A.1.- Entradas con precio entre 0.01 y 6,00 €. Respecto las entradas vendidas por distintas plataformas de Internet o máquinas autónomas (en adelante canales remotos), el adjudicatario cobrará a los usuarios una comisión de hasta 0,50 € o bien optar por no cobrar. Se entenderán incluidos en la citada comisión los costes derivados por el uso de tarjeta de crédito o débito de los clientes. Se asignará la puntuación máxima en el subcriterio A.1. (8 puntos) al licitador que oferte la comisión más baja. |
A) Comisión sobre los usuarios | Comisión máxima | Puntuación (máxima 40 puntos) |
A.1.- Respecto entradas cuyo precio oscile entre 0,01 – 6,00 € | 0,50 € | De 0 a 8 puntos |
A.2.- Respecto entradas cuyo precio oscile entre 6,01 – 20,00 € | 1,25 € | De 0 a 18 puntos |
A.3.- Respecto entradas cuyo precio oscile entre 20,01 € en adelante ( se incluyen comisión por ABONOS y por VENTA COMBINADAS) | 1,50 € | De 0 a 14 puntos |
B) Precio sobre las entradas emitidas en las Taquillas. | Precio máximo | Puntuación (máxima 30 puntos) |
B.1.- Entradas emitidas con precio | 0.,20 € | De 0 a 20 puntos |
B.2.- Invitaciones | 0,10 € | De 0 a 10 puntos |
C) Mejoras voluntarias ofrecidas por el licitador para la prestación del servicio | Número máximo | Puntuación (máxima 30 puntos) |
C.1.- Suministro de Máquinas autónomas para la recogida y venta de entradas | 2 | De 0 a 15 puntos |
C.2.- Número de entradas vendidas por canales remotos, exentas de comisión al usuario (por año) | 1.200 / año | De 0 a 15 puntos |
TOTAL CRITERIOS | 100 puntos |
Para la puntuación del resto de licitadores se utilizará la siguiente fórmula: Px= 8 * Mof / Ox Donde, "P" es la puntuación; "Mof" es la mejor oferta (comisión más baja de entre las ofrecidas por los licitadores); y "O" es el valor cuantitativo de la oferta que se valora (comisión objeto de valoración). A.2.- Entradas con precio entre 6,01 y 20,00 €. Respecto las entradas vendidas por canales remotos, el adjudicatario cobrará a los usuarios una comisión de hasta 1,25 € o bien optar por no cobrar. Se entenderán incluidos en la citada comisión los costes derivados por el uso de tarjeta de crédito o débito de los clientes. Se asignará la puntuación máxima en el subcriterio A.2. (18 puntos) al licitador que oferte la comisión más baja. Para la puntuación del resto de licitadores se utilizará la siguiente fórmula: Px= 18 * Mof / Ox Donde, "P" es la puntuación; "Mof" es la mejor oferta (comisión más baja de entre las ofrecidas por los licitadores); y "O" es el valor cuantitativo de la oferta que se valora (comisión objeto de valoración). A.3.- Entradas con precio de 20,01 € - en adelante. En este apartado se entenderán también incluidas las comisiones que se cobren derivadas de la compra de Abonos y en los supuestos de venta combinada de entradas, salvo que en este último caso, la suma de comisiones individuales sea inferior al importe de comisión ofertada en este apartado A.3. Respecto las entradas vendidas por canales remotos, el adjudicatario cobrará a los usuarios una comisión de hasta 1,50 € o bien optar por no cobrar. Se entenderán incluidos en la citada comisión los costes derivados por el uso de tarjeta de crédito o débito de los clientes. Se asignará la puntuación máxima en el subcriterio A.3. (14 puntos) al licitador que oferte la comisión más baja. Para la puntuación del resto de licitadores se utilizará la siguiente fórmula: Px= 14 * Mof / Ox Donde, "P" es la puntuación; "Mof" es la mejor oferta (comisión más baja de entre las ofrecidas por los licitadores); y "O" es el valor cuantitativo de la oferta que se valora (comisión objeto de valoración). B) Precio sobre las entradas emitidas en las Taquillas. El licitador que presente la oferta más económica podrá obtener hasta 30 puntos. B.1.- Entradas con precio emitidas en cualquiera de las Taquillas del Patronato. Respecto las entradas vendidas por taquilla, el adjudicatario cobrará al Patronato un precio/entrada de hasta 0,20 € o bien optar por no cobrar. Sobre dicho importe se repercutirá el correspondiente I.V.A. Se asignará la puntuación máxima en el subcriterio B.1. (20 puntos) al licitador que oferte el precio/entrada más bajo. |
Para la puntuación del resto de licitadores se utilizará la siguiente fórmula: Px= 20 * Mof / Ox Donde, "P" es la puntuación; "Mof" es la mejor oferta (Precio/entrada más bajo de entre los ofertados por los licitadores) y "O" es el valor cuantitativo de la oferta que se valora (precio/entrada objeto de valoración). B.2.- Invitaciones, que sólo podrán emitirse en las Taquillas del Patronato. Respecto las invitaciones, el adjudicatario cobrará al Patronato un precio/invitación de hasta 0,10 € o bien optar por no cobrar. Sobre dicho importe se repercutirá el correspondiente I.V.A. Se asignará la puntuación máxima en el subcriterio B.2. (10 puntos) al licitador que oferte el precio/invitación más bajo. Para la puntuación del resto de licitadores se utilizará la siguiente fórmula: Px= 10 * Mof / Ox Donde, "P" es la puntuación; "Mof" es la mejor oferta (Precio/invitación más bajo de entre los ofertados por los licitadores) y "O" es el valor cuantitativo de la oferta que se valora (precio/invitación objeto de valoración). C) Mejoras voluntarias respecto la prestación del servicio. El licitador que presente las mejoras relacionadas en el cuadro, podrá obtener hasta 30 puntos. Serán exigibles al adjudicatario todas las mejoras propuestas en su oferta, incluso las que presente no contempladas en el presente pliego y no sujetas a valoración. C.1.- Máquinas autónomas para recogida y venta de entradas cuya ubicación será determinada desde el Patronato. Su importe no será repercutido al Patronato y deberán ser de nueva adquisición o con una antigüedad no superior a dos años, estar homologadas o en proceso de homologación y contar con las autorizaciones administrativas correspondientes, obligándose el contratista a su cargo, a las inspecciones técnicas reglamentarias que correspondan durante la vigencia del contrato. Se deberá hacer constar el documento acreditativo de la adquisición o posesión pacífica e ininterrumpida de las máquinas que se oferten durante la vigencia del presente contrato. Se asignará la puntuación máxima en el subcriterio C.1. (15 puntos) al licitador que oferte el suministro de 2 máquinas. Los licitadores que oferten 1 máquina le corresponderán 7,5 puntos. C.2.- Los licitadores podrán ofertar un número de entradas al año, que vendidas por los canales remotos, queden exentas de comisión a los usuarios. Todo ello con independencia del precio de los espectáculos a que estén referidos. Será el Patronato quien decida el uso de este número de entradas, para promocionar los eventos que considere. Se entenderá que el número de entradas que se oferten están referidas al año natural. Para la atribución de los puntos que correspondan no se tendrán en cuenta el número de entradas exentas de comisión que superen las 1.200 /año. |
Se asignará la puntuación máxima en el subcriterio C.2. (15 puntos) al licitador que oferte el mayor número de entradas exentas de comisión, hasta las 1.200 /año. Para la puntuación del resto de licitadores se utilizará la siguiente fórmula: Px= 15 * OEx / MoE Donde, "P" es la puntuación; "OEx" es el número de entradas de la oferta que se valora y "MoE" es la oferta con mayor número de entradas sin comisión a los usuarios, con máximo de 1.200 /año. Determinada por la mesa de contratación la proposición económicamente más ventajo- sa, en favor de la cual formulará propuesta de adjudicación, se elevará ésta al órgano de contratación para proceder a la adjudicación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto. En caso de empate entre dos o más ofertas se resolverá en favor de aquella empresa licitadora que: a) En el momento de la acreditar la solvencia técnica, tenga relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100. b) De persistir el empate, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. c) Por último, se resolverá a favor de las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. ❑ Plazo de adjudicación del procedimiento para el caso de varios criterios de valoración: ▪ Dos (2) meses: art. 161 TRLCSP. Æ Otro: 3 meses |
M) VARIANTES / SUBASTA ELECTRÓNICA (en su caso) (señalar la variable elegida únicamente): ❑ VARIANTES (art. 147 TRLCSP): Precisar sobre: o Elementos: o Condiciones: ❑ SUBASTA ELECTRÓNICA (art. 148 TRLCSP) ❒ No procede. |
N) UNIDAD, COMISION TÉCNICA, COMITÉ DE EXPERTOS U ORGANISMO TÉCNICO ESPECIALIZADO (art.150 TRLCSP): No procede |
Ñ) DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN (art. 303 TRLCSP): ❒ Total: Dos años. Prorrogable otros dos, a razón de uno más uno. ❑ Parciales (en su caso): |
O) PLAZO DE GARANTÍA ❑ Procede. Especificación del momento en que comienza a transcurrir su cómputo: ❒ No procede (justificar su no establecimiento). |
P) CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (en su caso, art. 118 TRLCSP): |
Q) PENALIDADES ❑ Art. 212 TRLCSP sobre ejecución defectuosa y demora. ❒ Otras. Las señaladas en el Apartado 12 º xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que rige el proceso. |
R) PROCEDIMIENTO Y JUSTIFICACIÓN. TRAMITACIÓN. ❒ PROCEDIMIENTO: ABIERTO con varios criterios de adjudicación. ❒JUSTIFICACIÓN: Se justifica la elección del procedimiento abierto previsto en los arts. 157 y ss. del TRLCSP en los siguientes términos: ▪ Por considerar que el mismo garantiza la consecución de los objetivos y principios enunciados en el art. 1 del TRLCSP, relativos a igualdad, libertad de acceso a las licitaciones, publicidad, objetividad y transparencia; todo ello dirigido a un eficiente control del gasto y elección de la oferta económicamente más ventajosa. ▪ Otros: ❒ TRAMITACIÓN: Señalar únicamente la opción que proceda de entre las siguientes (arts. 109 y 110 TRLCSP): ✓ Ordinaria y ✓ Anticipada |
S) FORMA DE PAGO Y PERIODICIDAD: ❒ FORMA DE PAGO: El pago del precio se realizará mediante la expedición y presentación de la correspondiente factura que, deberá ajustarse a lo dispuesto en la normativa elaborada por los Servicios económicos al respecto, vigente en cada momento (actual Instrucción 3- 2014 de gestión presupuestaria y contabilidad relativa a la llevanza del Registro contable de facturas del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que figura publicada en la web municipal, y a la que se ajusta el Patronato). |
❑ PERIODICIDAD: Mensual Pago único Æ Otro: TRIMESTRAL |
T) DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES DEL CONTRATO (señalar en su caso): - |
U) RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN INCORPORADA AL EXPEDIENTE QUE TIENE CARÁCTER CONTRACTUAL: ✓ Pliego de Prescripciones Técnicas ✓ Pliego de Cláusulas Administrativas ✓ Y el Propio Cuadro de Características del Proceso. |
V) CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y SUPUESTOS EN QUE LOS INCUMPLIMIENTOS DE CARÁCTER PARCIAL SERÁN CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Æ Procede: Serán causas especiales de resolución del contrato: a.) El incumplimiento de lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal; b.) Cualesquiera otras que específicamente se contemplen en el pliego de prescripciones técnicas. ❑ No procede. |
W) PLAZO DE RECEPCIÓN DEL CONTRATO Y EN SU CASO PLAZO ESPECIAL DE RECEPCIÓN: - |
X) EN SU CASO, TANTO POR CIENTO DE LAS PRESTACIONES SUSCEPTIBLES DE SER SUBCONTRATADAS POR EL CONTRATISTA (máximo 60% art. 227.2.e) TRLCSP): - |