Contract
BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN, EN RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL CON CARÁCTER TEMPORAL POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO, DE UN DOCENTE-TUTOR/A DE PRÁCTICAS FORMATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LA ACCION FORMATIVA “OPERACIONES AUXILIARES DE MANTENIMIENTO EN ELECTROMECÁNICA DE VEHÍCULOS” PREVISTA PARA EL PROYECTO DE FONDO SOCIAL EUROPEO Nº70 (CRECE CÁDIZ 2012 COMPITE) ENMARCADO EN EL PLAN PROVINCIAL DE FOMENTO DEL EMPLEO LOCAL
2012-2015 Y COFINANCIADO EN UN 80% POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PROMOVIDO POR EL INSTITUTO DE EMPLEO Y DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y TECNOLÓGICO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX (IEDT), EN CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA XXXXX.
La Diputación Provincial xx Xxxxx, ha establecido el Xxxxx Xxxxxxxxxxx Provincial de Desarrollo Económico xx Xxxxx 2012-2015, que se estructura en torno a cinco grandes planes, entre ellos el Plan Provincial de Fomento del Empleo Local 2012-2015, con la voluntad de concitar el apoyo de todos aquellos agentes que, desde diferentes roles, actualmente trabajan a favor del bienestar social y económico de los habitantes de nuestra Provincia. El Proyecto nº 70 presentado por la Diputación Provincial xx Xxxxx, a través de los servicios técnicos del IEDT, a la convocatoria 2011 de ayudas del Fondo Social Europeo (Resolución de 18 de febrero de 2011 de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial del entonces Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y actual Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), se circunscribe dentro de este Plan (aprobado por Resolución de 22 xx xxxxx de 2011 de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial del Ministerio Hacienda y Administraciones Públicas). La ejecución de estas actuaciones, se están llevando a cabo a través del convenio de colaboración firmado entre el IEDT y el Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx el 24 xx xxxxx de 2013, con la finalidad de mejorar el nivel de integración laboral de los desempleados/as de la provincia xx Xxxxx, estableciéndose las siguientes acciones:
a. Mejora del nivel de integración laboral de 89 personas desempleadas del territorio de El Puerto de Santa Xxxxx mediante la creación y desarrollo de Itinerarios Integrados de Inserción Sociolaboral.
b. Mejora del nivel de integración laboral, mediante orientación y asesoramiento, de 500 personas desempleadas del territorio de El Puerto de Santa Xxxxx para la creación y desarrollo de Itinerarios de inserción sociolaboral.
c. Participar activamente en la creación y ejecución del Pacto Local por el Empleo.
PRIMERA.-OBJETO
La presente Bases y Convocatoria tiene por objeto plantear el proceso selectivo mediante convocatoria pública para la CONTRATACIÓN EN REGIMEN LABORAL TEMPORAL DE UN DOCENTE-TUTOR/A DE PRÁCTICAS FORMATIVAS POR UN PERIODO DE TIEMPO DE SEIS MESES.
Funciones de el/la docente-tutor/a de prácticas formativas:
Sin perjuicio del desarrollo de otras funciones que legalmente pudieran corresponder o ser asignadas a dicho trabajador/a en el marco del proyecto objeto de la convocatoria, las funciones del docente-tutor/a de prácticas formativas de la acción formativa “Operaciones Auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos” del proyecto serían las siguientes:
- Adecuación, preparación e impartición de los módulos formativos establecidos por el Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales para la acción formativa “Operaciones Auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos”
- Candelarización de los módulos formativos a impartir, tanto específicos como transversales, en función del número de horas teóricas totales del curso respecto a la acción formativa.
- Colaboración con el/la Agente de Empleo y el/la Técnico/a de Gestión para la buena marcha del proyecto.
- Realización del control adecuado de asistencia, tanto semanal, como mensual del personal beneficiario del proyecto y remisión de los mismos al Técnico de Gestión y/o Agente de Empleo del proyecto.
- Realización de la evaluación continua del alumnado, así como informes de evaluación a la finalización del período de formación teórica y del período de formación práctica.
- Realización del Informe de evaluación final del alumnado, especificando las competencias adquiridas por cada uno/a de ellos/as así como el nivel de capacitación alcanzado.
- Seguimiento adecuado del alumnado durante el período de prácticas formativas en empresas y colaboración con el tutor de prácticas de la empresa..
- En general, la realización de cualesquiera tipo de informes relacionado con su actividad profesional, que le pudieran ser requeridos tanto por la entidad contratante como por la coordinación general del proyecto.
PUESTO DE TRABAJO OFERTADO
Un/a docente-tutor/a de prácticas formativas para la especialidad “Operaciones Auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos”.
El/la docente-tutor/a seleccionado/a, será contratado/a mediante un contrato por Obra o Servicio determinado por un periodo de tiempo de seis meses y jornada de seis horas, prevista inicialmente la contratación para junio de 2014. La duración del contrato no podrá exceder la duración de ejecución del Proyecto del Fondo Social Europeo Nº70 al que se adscribe sin que pueda sobrepasarse el periodo máximo de financiación del mismo.
La vigencia del contrato realizado de acuerdo con lo previsto en las presentes bases y convocatoria no podrá exceder el periodo máximo de elegibilidad del gasto, quedando en cualquier caso supeditado a la existencia de consignación presupuestaria suficiente de conformidad con lo establecido en el artículo 173.5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La remuneración para los/as docentes-tutores/as del proyecto es de 1.309,59 € brutos mensuales por todos los conceptos.
Estos contratos están excluidos del ámbito de aplicación del convenio colectivo del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento al amparo de lo dispuesto en el artículo 3 párrafo segundo del mismo.
El centro de trabajo de referencia estará situado en el polígono industrial El Palmar, c/Xxxxx xx Xxxxxxx, nº 5 sede del Centro de Formación del Área de Fomento del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx.
SEGUNDA.-REQUISITOS GENERALES.
Podrán participar en el proceso de selección todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en la ley. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, quienes tengan la condición de cónyuges de las anteriores personas, siempre que no se encuentren en situación de separación de derecho. Igual beneficio afecta a sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no se haya producido la separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Asimismo, podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y quienes cuenten con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación académica o de la formación exigida en cada caso o en condiciones de obtenerlas en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes. Al ser requisito inexcusable, no podrá ser alegado como mérito.
d) Xxxxxx la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sufrido la separación o inhabilitación. En caso de ser nacional de otro estado, no estar en situación de inhabilitación o equivalente, ni haber
sufrido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
La no posesión de alguno de los requisitos será considerada motivo de exclusión del proceso de selección. La acreditación de los mismos será aportada junto con la solicitud, salvo el acreditación de la capacidad funcional que se verificará exclusivamente respecto a los candidatos propuestos para la contratación.
TERCERA.- REQUISITOS ESPECÍFICOS
Además de los recogidos en la base segunda de las presentes bases y convocatoria los aspirantes deberán cumplir alguno de estos requisitos:
1. Título de Técnico o Técnico Superior, en la rama o familia profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos o sus equivalentes.
2. Certificado de profesionalidad de nivel 2 ó 3 del área profesional Transporte y mantenimiento
de vehículos.
3. Cualquiera otra de superior nivel, relacionada con la familia profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos.
4. Experiencia Profesional de al menos tres años en el ámbito de las unidades de competencias que configuran el certificado de profesionalidad.
En caso de que el/la aspirante acceda por el requisito del apartado 4. de esta base, no se le valorará como mérito el poseer alguna de las titulaciones exigidas como requisito en el punto 1, 2 y 3 de esta base.
CUARTA.-PROCEDIMIENTO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las personas interesadas en participar en el proceso de selección, deberán dirigirse a este Ayuntamiento y entregar una solicitud (según modelo Anexo 1) debidamente cumplimentada. Dicha solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del DNI o documento equivalente.
- Fotocopia compulsada de la documentación referente al requisito de acceso por el que se presenta el candidato:
o Si es a través de Formación: Titulación Académica
o Si es a través de Experiencia Profesional:
- En caso de contratación laboral en empresas privadas:
- Contratos de Trabajo y Certificados de Empresa o
- Contratos de trabajo y vida laboral
- En caso de contratación laboral en Administraciones públicas:
- Aportando la documentación indicada en el apartado anterior o
- Certificación expedida por la Administración Pública correspondiente en el que se indique el puesto/plaza, periodo y funciones.
- En caso de trabajos por cuenta propia:
- Contrato mercantil de la prestación del servicio.
- En caso de servicios prestados a la Administración pública Acuerdo de adjudicación del servicio o Certificado de servicios prestados expedido por la misma.
- Documentación que acredite suficientemente los méritos que se pretendan hacer valer conforme la Base Séptima.
Las personas con discapacidad, debidamente acreditada por los órganos competentes de la Administración Pública correspondiente, podrán pedir en la solicitud adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas. En todo caso, deberán adjuntar tanto la certificación que acredite su discapacidad, como la que acredite la compatibilidad de la misma con el desempeño de las funciones que se describen en estas bases y convocatoria. En este caso, el certificado de discapacidad se entregará junto a la solicitud de participación en el proceso selectivo, y el certificado de compatibilidad inexcusablemente en el plazo establecido para la justificación de méritos.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx, sin perjuicio de que puedan presentarse en cualquier lugar y por cualquiera de los medios que establece el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC).
Las solicitudes que se presenten en las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes presentadas en un lugar distinto al Registro General del Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx, serán comunicadas por el solicitante el mismo día, mediante fax al número: 000000000.
La presentación de las instancias por los aspirantes supondrá la aceptación de la normativa reguladora del procedimiento selectivo.
El plazo de presentación de solicitudes: se establece el plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
Sólo se tendrán en cuenta las solicitudes de aquellas personas que cumplan con los requisitos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y únicamente se valorarán los méritos, cuya documentación original o fotocopia compulsada, acredite fehacientemente los méritos alegados en la misma. No podrán valorarse méritos distintos a los alegados y justificados dentro del plazo de presentación de instancias, ni aquellos otros que alegados dentro de dicho plazo, sean justificados posteriormente.
Los solicitantes no estarán obligados a presentar aquellos documentos exigidos que ya estuvieran en poder de cualquier órgano del Ayuntamiento, en cuyo caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
QUINTA.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN
Se establecerá un Tribunal de Selección integrado por un Presidente, un Secretario (con voz y sin voto) y dos vocales con sus respectivos suplentes. Quedando constituido del siguiente modo:
- Un/a Presidente: Empleado público designado por el Alcalde-Presidente.
- Un/a Secretario/a: Empleado público, con voz pero sin voto, designado por el Secretario General.
- 2 vocales: Empleados públicos designados la Alcaldía-Presidencia, uno de ellos a propuesta del Comité de Empresa.
El Tribunal de Selección queda facultado para resolver las dudas que puedan surgir en relación a las bases, consultas y reclamaciones, así como para desarrollar el proceso selectivo incorporando especialistas, con voz y sin voto, adicionales en aquellas pruebas que los requieran y publicitar los resultados. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal de Selección tendrá su sede en la Oficina del Área de Fomento del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx en la c/Delta, nº1 (Polígono industrial Las Xxxxxxx)
SEXTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Terminado el plazo de presentación de solicitudes y una vez valorado el cumplimiento de los requisitos, se expondrá los listados provisionales de admitidos/as y excluidos/as del proceso de selección con indicación de la causa de exclusión, en el plazo máximo de un mes desde el fin de plazo de recepción de solicitudes.
Se dispondrá de un plazo xx xxxx días hábiles para subsanar defectos y formular objeciones y alegaciones. Una vez finalizado éste, se publicará el listado definitivo de admitidos y excluidos con indicación de las fechas, lugar y hora de la prueba de selección, así como la composición del Tribunal de Selección.
Las listas provisionales y definitivas se publicarán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, así como en su página Web (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).
SÉPTIMA.- PROCESO DE SELECCIÓN
El procedimiento de selección de los/as aspirantes se realizará mediante concurso- oposición, constando de las siguientes fases:
Fase 1: Oposición
Fase 2: Concurso de Méritos
Fase 1: Oposición.
Consistirá en la realización de una simulación docente sobre el apartado “Motores de vehículos” que forma parte de los contenidos correspondientes al Modulo Formativo 2 de la formación del certificado de profesionalidad “Operaciones auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos”
En esta fase se procederá a la valoración de las competencias de los/as aspirantes admitidos/as en el proceso de 0 a 10 puntos, según los siguientes aspectos:
- Materiales y recursos (máx. 2 puntos)
- Ritmo y dinamismo (máx. 2 puntos)
- Dominio del tema (máx. 2 puntos)
- Interacción con el alumnado (máx. 2 puntos)
- Consecución de objetivos (máx. 2 puntos)
La duración de esta simulación docente de 15 minutos.
En dicha simulación el Tribunal de Selección hará las veces de alumnado, realizando cuantas intervenciones sean precisas al objeto de valorar la competencia de los aspirantes.
El orden de participación de los aspirantes en esta fase de oposición conforme, Resolución de 5 de febrero de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «C». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «C», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «D», y así sucesivamente.
El Tribunal de Selección expondrá los resultados de la prueba, continuando en el proceso de selección todas aquellas personas que hayan obtenido puntuaciones iguales o superiores a 5 puntos y quedando excluidas todas aquellas que no alcancen esta puntuación.
Se dispondrá de un plazo de tres días hábiles para presentar reclamaciones contra el resultado de la prueba. Una vez finalizado éste, se publicará el listado definitivo de admitidos y excluidos a la siguiente fase del proceso de selección.
Fase 2: Concurso de Méritos
A los/as aspirantes que superen la fase de oposición, se les valorará los méritos alegados de acuerdo con los criterios que se indican a continuación:
a) Experiencia profesional, hasta el máximo de 3 puntos:
a.1) Por los Servicios prestados como docente de la misma especialidad a la que se presenta el /la candidata/a: 0,10 puntos por mes trabajado (hasta un máximo de 2,5 puntos).
a.2) Por los servicios prestados como docente en la misma rama o familia profesional a la que se presenta el/la candidato/a: 0,05 puntos por mes trabajado (hasta un máximo de 0,5 puntos)
Estos méritos se acreditarán:
- En caso de contratación laboral en empresas privadas:
- Contratos de Trabajo y Certificados de Empresa o
- Contratos de trabajo y vida laboral
- En caso de contratación laboral en Administraciones públicas:
- Aportando la documentación indicada en el apartado anterior o
- Certificación expedida por la Administración Pública correspondiente en el que se indique el puesto/plaza, periodo y funciones.
- En caso de trabajos por cuenta propia:
- Contrato mercantil de la prestación del servicio.
- En caso de servicios prestados a la Administración pública Acuerdo de adjudicación del servicio o Certificado de servicios prestados expedido por la misma.
Cuando fuera necesario el cómputo por días, los meses se entenderán de treinta días. Los períodos inferiores al mes o de horario inferior al ordinario se valorarán proporcionalmente al trabajo efectivo realizado sobre la jornada ordinaria de la Administración Pública.
b)- Por la formación y actualización de conocimientos, hasta el máximo de 2 puntos:
1.- 1.- Por titulación o titulaciones universitarias de la rama de conocimientos relacionados con la descripción y tareas de la plaza ofertada y/o temario, que sea distinto del título aportado como cumplimiento del requisito de participación (Doctorado, Licenciatura, Diplomatura, Grado o Master universitario), 0,5 puntos, independientemente del número de titulaciones.
No se valorarán en este apartado los 2º ciclos de la formación universitaria presentada como requisito de participación en el proceso.
2.- Acciones formativas impartidas, avaladas o autorizadas por una administración pública, una universidad, por un colegio profesional, por las cámaras de comercio, por una organización sindical, que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto y de la especialidad formativa (máximo de 1,5 puntos), conforme al siguiente baremo:
De 6 a 15 horas de duración, 0,0112 puntos.
De 16 a 30 horas de duración, 0,0281 puntos.
De 31 a 50 horas de duración, 0,0562 puntos.
De 51 a 100 horas de duración, 0,0843 puntos.
De 101 a 250 horas de duración, 0,1125 puntos. Más de 250 horas de duración, 0,1687 puntos.
Los cursos en materias de Prevención de Riesgos Laborales y de Igualdad de Género, se puntuarán conforme al anterior baremo, con un máximo de 0,25 puntos por cada una de las materias.
Cuando no se acredite el número de horas de duración, se computarán cuatro horas por cada día. Cuando no se acredite el número de días, no se valorará el curso.
No se tomarán en consideración las acciones formativas que sean meramente repetitivas de otras anteriores de igual o similar denominación. En estos casos se valorará la de mayor carga lectiva.
Aquellas acciones formativas en las que no se observe una relación clara con los aspectos formativos que el puesto requiere, deberán acompañarse de su contenido o programa, para posibilitar al tribunal la puntuación de las mismas.
El Tribunal de Selección podrá solicitar documentación que a su juicio resultara aclaratoria de los méritos aportados.
El Tribunal de Selección expondrá la puntuación obtenida en la fase de méritos, disponiéndose de un plazo de tres días hábiles para presentar reclamaciones referentes a la misma. Una vez finalizado éste, se publicará el listado definitivo de la puntuación obtenida en la mencionada fase.
OCTAVA.- PROPUESTA DE CONTRATACION
Finalizado el proceso de selección se establecerá una lista por orden de puntuación resultante de la suma de ambas fases. Será propuesto para su contratación el/la candidato/a que obtenga mayor puntuación, no pudiéndose declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
En caso de empate se tendrá en cuenta en primer lugar, la mayor puntuación en la fase de oposición; si persiste el empate se tendrá en cuenta el mayor tiempo de experiencia profesional acreditado más allá de la puntuación obtenida en la valoración en ese apartado.
Si aún así persiste el empate se tendrá en cuenta el mayor nº de horas de cursos de formación acreditado más allá de la puntuación obtenida en ese apartado y en cuarto lugar la mayor puntuación en formación académica.
El resto de candidatos no seleccionados configurarán la lista de reservas por orden de puntuación para posibles sustituciones de los puestos ofertados.
Este listado se publicará en la Tablón de anuncios del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx, sito en Xxxxx Xxxxx Xxxxx, xxx. 0. Así como en la Web del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx).
NOVENA.- RESOLUCIÓN
Concluido el proceso selectivo, el aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los requisitos, hasta el máximo de plazas convocadas, será contratado como personal laboral. El procedimiento será resuelto por la Concejala Delegada del Área de Gobierno y Organización.
DÉCIMA.- ACTOS DE TRÁMITE
Los actos de trámite serán aprobados por la Concejala Delegada del Área de Gobierno y Organización.
UNDÉCIMA.- PUBLICACIÓN
Todos los listados y comunicaciones referentes al proceso de selección, serán publicados en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx, sito en Xxxxx Xxxxx Xxxxx, xxx. 0. Esta publicación sustituye las notificaciones individuales con los mismos efectos, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Así mismo se publicará en la Web del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx)
DUODÉCIMA.-DIFUSION PÚBLICA DE LAS BASES Y CONVOCATORIA
Estas bases y convocatoria se harán públicas a través de:
- Tablón de anuncios del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx.
- En la Web del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx
- Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx.
DECIMA TERCERA: RECURSOS PROCEDENTES Y RÉGIMEN DE ALEGACIONES
Contra el contenido del presente documento, podrá interponer los siguientes recursos: 1.- Reposición. Con carácter potestativo, ante este mismo órgano, en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado sin transcurre un mes desde el día siguiente a su notificación. Se entenderá desestimado si transcurre un mes desde su presentación sin notificarse su resolución (artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero).-
2.- Contencioso-Administrativo: en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente notificación, o bien en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la resolución del Recurso de Reposición en el plazo de seis meses desde que deba entenderse presuntamente desestimado dicho recurso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxx, a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
ANEXO I SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN DOCENTE TUTOR/A DE PRÁCTICAS, PARA EL DESARROLLO DE LA ACCION FORMATIVA “OPERACIONES AUXILIARES DE MANTENIMIENTO EN ELECTROMECÁNICA DE VEHÍCULOS” DEL PROYECTO DEL FONDO SOCIAL EUROPEO Nº 70 (CRECE CÁDIZ 2012 COMPITE) MARCADO EN EL PLAN PROVINCIAL DE FOMENTO DEL EMPLEO LOCAL 2012-2015 (MARCO ESTRATÉGICO PROVINCIAL DE DESARROLLO ECONÓMICO XX XXXXX 2012- 2015) AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA XXXXX
Don/Doña Con D.N.I. nº , natural de con domicilio en CP
teléfono e-mail
DECLARA:
Que reúne todos los requisitos recogidos en la Base Segunda de las Bases y Convocatoria pública emitida por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx, para la plaza de DOCENTE TUTOR/A DE PRÁCTICAS DE LA ACCION FORMATIVA “OPERACIONES AUXILIARES DE MANTENIMIENTO EN
ELECTROMECÁNICA DE VEHÍCULOS” enmarcada en el proyecto del Fondo Social Europeo Nº 70 (CRECE CÁDIZ 2012 COMPITE), Plan Provincial de Fomento del Empleo Local 2012-2015 (Xxxxx Xxxxxxxxxxx Provincial de Desarrollo Económico xx Xxxxx 2012- 2015).
Que adjunta la siguiente documentación:
□ Fotocopia compulsada del DNI o documento equivalente.
□ Fotocopia compulsada de la documentación referente al requisito de acceso por el que se presenta el candidato.
□ Documentación que acredite suficientemente los méritos que se pretendan hacer valer conforme la Base Séptima.
□ Formación
□ Experiencia Laboral
□ Certificación expedida por la Administración Pública correspondiente en el que se indique el puesto/plaza, periodo y funciones.
□ Contratos de Trabajo y Certificados de Empresa
□ Contratos de trabajo y Vida Laboral
□ Contrato mercantil de prestación de servicios
□ Acuerdo de adjudicación del servicio
□ Certificado de discapacidad y acreditación de la compatibilidad de la misma con el desempeño de las funciones que se describen en las bases y convocatoria, en su caso.
El solicitante SOLICITA acogerse a lo establecido en el párrafo f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con relación a los siguientes documentos que obra en poder del Ayuntamiento:
Documento Fecha de presentación Órgano o dependencia donde se ha presentado
(Ampliar si es necesario)
SOLICITA:
□ Ser admitido/a al proceso de selección de dicha plaza con arreglo a las Bases y Convocatoria.
□ En caso de discapacidad, adaptación de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas.
En a de de 201 .
Fdo: Firmado.
Los datos de carácter personal que se faciliten mediante este formulario quedarán registrados en un fichero cuyo responsable es el Área de Fomento del Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx, con la finalidad de gestionar el proceso de selección y nombramiento. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante dicho responsable dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de El Puerto de Santa Xxxxx - Área de Fomento, Plaza del Polvorista, nº 2, El Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxx, XX 00000 Xxxxx.