PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONTROL DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO, INSTALACIONES SEMAFÓRICAS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LOS EDIFICIOS PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALONSOTEGI
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONTROL DE FUNCIONAMIENTO, MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DEL ALUMBRADO PÚBLICO, INSTALACIONES SEMAFÓRICAS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LOS EDIFICIOS PUBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ALONSOTEGI
ÍNDICE
CAPITULO I.- OBJETO DEL CONTRATO.
Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Finalidad.
CAPITULO II- ÁMBITO DE ACTUACIÓN.
Artículo 3.- Ámbito territorial de actuación. Artículo 4.- Instalaciones actuales.
Artículo 5.- Nuevas Instalaciones.
CAPITULO III- REGLAMENTACIÓN BÁSICA DE APLICACIÓN.
Artículo 6.- En materia de seguridad industrial. Artículo 7.- General
Artículo 8.- Relativas a la prestación de los servicios objeto del contrato
CAPITULO IV.- ÁMBITO FUNCIONAL
Artículo 9.- Mantenimiento Básico o correctivo. Artículo 10.- Mantenimiento Preventivo o a demanda. Artículo 11.- Servicios Especiales.
Artículo 12.-Inspección Periódica reglamentaria. Artículo 13.-Inventariado de la red de alumbrado. CAPITULO V. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
Artículo 14.- Dirección e Inspección.
Artículo 15.- Retirada de material de desecho y restos de obra.
CAPITULO VI.- REQUISITOS DE LA EMPRESA CONTRATISTA
Artículo 16.- Seguridad laboral y Responsabilidad civil
Artículo 17.-Prevención y seguridad de las obras.
CAPITULO VII.- MEDIOS HUMANOS Y TECNICOS EXIGIDOS.
Artículo 18.- Medios humanos.
Artículo 19.- Necesidades mínimas de personal. Artículo 20.- Medios técnicos.
CAPITULO VIII.-DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR: DEFINICIÓN, CONTROL DE CALIDAD Y SEGURIDAD E HIGIENE.
Artículo 21.- Conservación de los Centros de Mando. Artículo 22.- Conservación de los puntos de luz.
Artículo 23.- Reposición de lámparas.
Artículo 24.- Conservación de la Instalación Eléctrica. Artículo 25.- Control de accionamiento.
Artículo 26.- Control energético. Artículo 27.- Mediciones de tierras.
CAPITULO IX.-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Artículo 28- Condiciones generales
CAPITULO X.-INSTALACIONES FIJAS
Artículo 29.- Oficinas, almacenes, talleres y medios informáticos. Artículo 30.- Uniformidad e imagen.
CAPITULO XI.-DIRECCIÓN, INSPECCIÓN Y CONTROL
Artículo 31. -Dirección.
Artículo 32.- Inspección.
Artículo 33.- Dispositivos de control. Artículo 34.- Remisión de partes de trabajo.
Artículo 35.- Remisión de partes informativos respecto al grado de deterioro de las instalaciones. Artículo 36.- Plan de actuación.
Artículo 37.- Horarios.
CAPITULO XII.- FACTURACIÓN Y ABONO DE LOS SERVICIOS.
Artículo 38.- Facturación Mantenimiento Correctivo.
Artículo 39.- Facturación Mantenimiento Preventivo o a demanda. Artículo 40.- Facturación de Servicios Especiales.
Artículo 41.- Revisión de precios.
CAPITULO XIII.-PRESENTACION Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Artículo 42.- Presentación y contenido. Artículo 43.- Valoración de las ofertas.
CAPITULO XIV.-EJECUCIÓN Y ABONO DEL CONTRATO
Artículo 44.- Plazo de ejecución. Artículo 45.- Inicio de los trabajos. Artículo 46.- Certificación.
CAPITULO XV.-INFRACCIONES, SANCIONES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO
Artículo 47.- Infracciones al servicio. Artículo 48.- Sanciones.
Artículo 49.- Rescisión de la contratación. Artículo 50.- Finalización del contrato.
ANEXO. V.- Relación de suministros objeto del contrato. ANEXO. VI.- Inventario de alumbrado público.
ANEXO. VII.I.- Lista de precios de mano de obra a ofertar. ANEXO. VII.II.- Lista de precios de materiales a ofertar.
ANEXO. VII.III.- Lista de precios de equipos a ofertar.
ANEXO. VII.IV.- Lista de precios para instalaciones semafóricas a ofertar.
CAPITULO I. OBJETO DEL CONTRATO.
1.- OBJETO
El presente documento tiene por objeto el establecimiento de las condiciones técnicas para la contratación y posterior prestación de los servicios de control de funcionamiento, mantenimiento y adecuación del alumbrado público, ornamental, instalaciones semafóricas e instalaciones eléctricas de los edificios públicos del ayuntamiento de Alonsotegi
2.- FINALIDAD
La prestación del servicio tiene como fin primordial, el de conservar las instalaciones al nivel de eficiencia que exige el Ayuntamiento. Para ello se asegurará la continuidad de las instalaciones, previniendo las posibles averías y realizando en su caso las reparaciones, sustituciones, mejoras, etc., necesarias para el mantenimiento del nivel técnico como de la calidad del servicio a fin de minimizar los posibles peligros que se puedan ocasionar a personas o cosas.
La importancia de la correcta prestación del servicio viene determinada por ser factor condicionante de la seguridad de personas, animales y cosas y de la calidad propia del servicio.
CAPITULO II. ÁMBITO DE ACTUACIÓN
3.- ÁMBITO TERRITORIAL DE ACTUACIÓN
El ámbito territorial abarcará todas las zonas urbanas y rurales, del municipio de Alonsotegi, donde haya servicio de alumbrado público, instalaciones semafóricas y edificios municipales. (Ver Anexos V y VI)
Este ámbito incluye:
Instalaciones de alumbrado público, presentes y futuras.
Instalaciones semafóricas. 11 unidades (Camino del Cerro: 2 unidades; Loibeberri(cruce con BI-3651): 5 unidades; Arbuio: 2 unidades; Xxxxxxx Xxx. Xx Xxxx(XX-0000): 0 xxxxxxxx; Xx Xxxxxxxx(XX-0000): 1 unidad.
Instalaciones eléctricas de los edificios municipales:
*Casa Consistorial
*Antiguo Fielato y servicios públicos
*Antiguas Escuelas xx Xxxxx y local anexo
*Haurreskola
*Colegio Público Azordoiaga
* Centro Social de la Guía
*Frontón Municipal y vestuarios anexos
*Cementerio
*Almacén Brigada Lasao nº15
* Hogar del Jubilado Sasiburu
*Campo de Futbol xx Xxxxxxxx
*Local municipal Xxxxx Xxxxxx xx0
*Local municipal Xxxxx Xxxxxxx xx0
*Albergue de Lortzeta
*Biblioteca Municipal
*Instalaciones de tratamiento de agua: Caseta de Bombeo de Zamundi Grupo de presión de la Llana
*Antiguo Ambulatorio (Calle Errota nº1)
Todo tipo de instalaciones provisionales eléctricas, que precise realizar el Ayuntamiento (instalaciones para fiestas, etc.,…).
Instalación de los elementos de decoración navideña propiedad del Ayuntamiento (Escudo y Cartel Zorionak) en la Casa Consistorial.
4.- INSTALACIONES ACTUALES
El contratista acepta las instalaciones existentes que recibe, en las condiciones actuales y de todos y cada uno de los elementos, equipos, etc., haciéndose cargo de las mismas.
La aceptación de las instalaciones, independientemente de la clase de que se trate, le obliga a mantener el tipo de elementos montados originariamente, sin que puedan ser alteradas sus características, salvo en los casos de previa autorización del Ayuntamiento o a requerimiento del mismo.
El contratista queda obligado a la localización y reparación de todas las averías que se produzcan en las instalaciones comprendidas en el ámbito del contrato, cualquiera que sea el origen de las mismas a efectos de su correcto desarrollo.
5.- NUEVAS INSTALACIONES
Durante la vigencia del contrato, el Contratista se hará cargo de las nuevas instalaciones que se realicen, tanto si son efectuadas por el ayuntamiento, como si son transferidas a este por terceros, debiendo prestar el servicio correspondiente de acuerdo con lo especificado en el contrato.
Las nuevas instalaciones realizadas por terceros, deberán de ser revisadas antes de su recepción por el Ayuntamiento por el contratista, quién informará por escrito de la bondad de la ejecución o de las deficiencias apreciadas, de acuerdo con la normativa municipal y reglamentos oficiales, como paso previo a su incorporación al inventario municipal del Alumbrado Público.
El contrato podrá sufrir alteraciones, en más o menos equivalente al 20% de los puntos de luz previstos en el mismo, sin que ello suponga alteración en la cantidad resultante como “precio anual del contrato”.
CAPITULO III. REGLAMENTACIÓN BÁSICA DE APLICACIÓN.
6.- EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
- Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, Decreto 842/2002 de 2 xx Xxxxxx, e Instrucciones Técnicas Complementarias.
- R.D. 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
- Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
7.- GENERAL
- Normas Subsidiarias de Planeamiento de Alonsotegi. Orden Xxxxx 444/98 de 16 de julio del Departamento de Urbanismo de la Diputación Xxxxx de Bizkaia. XXX nº191 de 6 de Octubre de 1.998
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector público.
- Real Decreto 1.098/2.001, de 12 de Octubre: Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
8.- RELATIVAS A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO
Todas las actuaciones se efectuarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Condiciones, con extensión a lo que se determine a través de la oferta y de la adjudicación del contrato.
La prestación de los trabajos se regirá por:
a) El presente Pliego de Condiciones Técnicas.
b) Las prescripciones técnicas ofertadas por la empresa adjudicataria que, cumpliendo lo previsto en el presente Pliego de Condiciones, mejore técnicamente el mismo, debiendo ser necesariamente recogidas estas últimas en el Acto de Adjudicación del Contrato.
CAPITULO IV. ÁMBITO FUNCIONAL
La prestación del servicio tiene como fin primordial la conservación de las instalaciones en el nivel de eficacia exigido por El Ayuntamiento de Alonsotegi. Para ello se asegurará la continuidad de los servicios de alumbrado público, semáforos e instalaciones eléctricas, evitando posibles averías y realizando las reparaciones, sustituciones, mejoras, etc…, necesarias para el mantenimiento del nivel del servicio y así evitar los posibles riesgos que se pueda ocasionar a personas, animales o cosas.
9.- MANTENIMIENTO BÁSICO O CORRECTIVO
El contrato incluirá un MANTENIMIENTO BASICO, el cual se refiere a los trabajos de inspección y corrección de las anomalías de funcionamiento del alumbrado público cuya intervención está regulada por el presente Pliego de Condiciones.
Se realizarán los trabajos de tal forma que las instalaciones estén en todo momento en perfectas condiciones de funcionamiento y de acuerdo con las normas de seguridad y técnicas exigidas por la legislación vigente actualizada.
En dicho mantenimiento se incluirá:
9.1.- Conservación de reposición: Incluye las operaciones necesarias para obtener una conservación de todos los elementos de la instalación (eléctricos, mecánicos y obra civil), lo cual comprende los siguientes trabajos:
1.- Ejecución de controles de las instalaciones, con las siguientes periodicidades mínimas:
*Semanalmente, control de encendido y apagado de las unidades con objeto de corregir de inmediato las anomalías detectadas.
*Bimensualmente, de energía consumida y factor de potencia con el fin de reducir costos.
*Semestralmente, de iluminación de las zonas con objeto de detectar las necesidades de reposición en grupo de elementos o luminarias.
*Anualmente, de resistencia xx xxxxx de tierra conjunta de cada unidad de instalación con objeto de seguridad adicional.
Estos controles se realizaran sin ser solicitados por el Ayuntamiento y se emitirán los correspondientes informes técnicos.
2.- Medida de luminancias, equilibrio de consumos entre fases y reparación inmediata y definitiva o provisional de las anomalías detectadas, que supongan peligro inminente para personas e instalaciones.
3.- Realizando operaciones de conservación básica, consistentes en:
*Conservación de los centros de mando: se harán las siguientes operaciones:
- Revisiones y puesta a punto del calibrado y funcionamiento de los dispositivos de protección y accionamiento.
- Limpieza general, ajuste y engrase de contactos y conexiones.
- Limpieza general de los centros de mando y repaso de pintura de los elementos metálicos.
- Comprobación y corrección del factor potencia.
*Conservación de los puntos de luz: se realizarán las siguientes operaciones:
- Revisión y puesta a punto del estado de las luminarias inspeccionando su fijación, el portalámparas y su correcta disposición, el estado de las juntas sustituyéndolas si están en mal estado, y la inclinación de las luminarias.
- Revisión y puesta a punto de los componentes eléctricos de la luminaria, efectuándose su limpieza y la de su receptáculo.
- Comprobación del estado físico de los soportes (brazos, postes o báculos), así como de sus anclajes.
- Revisión y puesta a punto de las puertas de los soportes efectuando los ajustes necesarios, asegurándose que quede perfectamente cerrado el hueco de acceso a la caja de fusibles.
- Revisión y puesta a punto de las tomas de tierra, determinándose su estado mediante inspección ocular y las mediciones precisas.
- Revisión y puesta a punto del calibrado de los dispositivos de prevención.
- Revisión y puesta a punto del tablero de conexiones (conexiones, bornas, fusibles, etc.,..) situadas en la base de los soportes, efectuándose también su limpieza.
- Comprobación del estado de conexiones entre el cable de derivación y la pica/placa de toma de tierra.
- Medida de la resistencia de cada toma de tierra.
*Inventario de las instalaciones: Se incorporarán al inventario municipal el historial de incidencias y operaciones de conservación realizadas en cada uno de los elementos:
- Revisión y puesta a punto del estado de las luminarias, inspeccionando su fijación, el portalámparas y su correcta disposición, el estado de las juntas sustituyéndolas si están en mal estado, y la inclinación de las luminarias.
4.- Las instalaciones se mantendrán de acuerdo a las normas y normativas en vigor en cada momento. Para ello se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión que
le sea de aplicación, y en particular a la Instrucción I.T.C.B.T.-05, sobre Verificaciones e Inspecciones, según la cual, las instalaciones de alumbrado público de más de 5 Kw. de potencia instalada serán objeto de inspecciones periódicas cada 5 años, y la Instrucción I.T.C.B.T.-09, sobre Instalaciones de Alumbrado Exterior.
Para ello, La Empresa contratista deberá presentar el correspondiente Plan de Verificación e Inspección de las instalaciones adaptado a la normativa anterior, en el mes siguiente a la presentación del inventario actualizado. El Plan incluirá la previsión de fechas en la inspección, los informes emitidos por O.C.A., su tramitación y valoración, en su caso, de posibles reparaciones.
5.- Todos los avisos y partes de avería, comunicados por el Ayuntamiento se recogerán por la Empresa Contratista, estableciendo el oportuno procedimiento de avisos (avisos telefónicos, correos electrónicos, etc...). Las anotaciones, avisos y partes deberán realizarse en una aplicación informática compatible con los sistemas municipales, y deberán quedar registrados de forma que en cualquier momento sea posible comprobar los avisos recibidos, durante la vigencia del contrato.
El control de las tareas y servicios de conservación objeto de este Pliego, se deberá realizar también por medios informáticos, con objeto de tener una mayor rapidez de respuesta ante las incidencias. Se pretende de esta manera que, tanto los partes como los presupuestos y planos, sean suministrados por la Empresa Contratista a través del correo electrónico.
Se considerará que se da una avería a los efectos del presente pliego cuando se produzca un funcionamiento deficiente o nulo tanto de las luminarias, como del cableado y los xxxxxxx xx xxxxx y todos los elementos, equipos y componentes de las instalaciones de alumbrado público contenidas en el inventario; independientemente de la causa de la producción: deterioro por uso o paso del tiempo, actos imprevisibles derivados de la meteorología, actos vandálicos, etc...
9.2.- Averías ligeras:
En este grupo se incluyen las averías detectadas en inspecciones y controles realizados en conservación básica y que por su peligrosidad, urge la necesidad funcional de su reparación e inversión de escaso tiempo en su atención, así como de pequeña cuantía económica, han de ser reparadas dentro delas 48 horas siguientes a su localización.
Con las excepciones que se indicarán en el párrafo siguiente, todas estas averías se caracterizan por la existencia de tensión en la entrada del punto de luz, que se considera que se cumple esta condición en un báculo cuando hay tensión en la puerta de registro donde se localizan los cortacircuitos y en el caso de un punto de luz en fachada si existe tensión en la caja de fusibles.
Tendrán también la consideración de averías ligeras las siguientes:
- Punto de luz apagado, existiendo tensión de fusibles.
- Difusor quemado.
- Carcasa o globo de luminaria destruido.
- Fusibles fundidos en centro de mando.
- Todo pequeño material defectuoso.
- Programador astronómico o célula averiada.
- Fusibles fundidos en salida de superficie alimentando varios puntos de luz.
- Cortocircuitos quemados en puntos de luz.
- Línea de derivación a punto de xxx xxxxxxx.
- Cable aéreo o grapado en fachada suelto.
- Caja de derivación rota.
- Salida de superficie suelta.
- Sustitución de puertas de báculos o columnas.
- Sustitución de todos los materiales xx xxxxxxx de control excepto contadores e interruptores automáticos.
9.3. Canon base
Se establecerá un Canon Base Anual que será la doceava parte de la cantidad fijada anualmente e incluirá los siguientes conceptos:
- La Conservación Básica.
- Las Inspecciones.
- Las Averías Ligeras.
En este concepto está incluida la mano de obra necesaria y especializada para la realización de cada uno delos trabajos y medios auxiliares necesarios para la realización de los mismos como camiones, grúas, etc.,..
El importe correspondiente a los materiales y equipos necesarios para efectuar las sustituciones y reparaciones a las que hace referencia este artículo, que en su caso sean necesarias y/o demandadas por el Ayuntamiento serán facturados adicionalmente, según los precios resultantes de la adjudicación, en función de la oferta presentada por la empresa adjudicataria de precios máximos por material recogidos en los Anexos
VII.II (Lista de precios de materiales a ofertar) , VII.III (Lista de precios equipos a ofertar) y VII.IV (Lista de precios para instalaciones semafóricas) de este Pliego.
Este servicio se prestará como mínimo 1 día a la semana y se realizará en horario diurno, de acuerdo con el horario del personal de Brigada del Ayuntamiento (07:15 a 14:15 horas), para la correcta supervisión de los trabajos y posibilitar la firma de los partes de trabajo y materiales utilizados. Por la naturaleza semanal de este servicio, no se requerirá que se curse petición de ejecución al contratista.
En circunstancias extraordinarias, se podrá requerir desde el Ayuntamiento y por teléfono al contratista o al técnico designado por la empresa la realización de los trabajos.
10.- MANTENIMIENTO PREVENTIVO O A DEMANDA
Habrá una CONSERVACIÓN PREVENTIVA cuando los trabajos de prestación no sean continuos, que son aconsejables por el funcionamiento, las horas de vida, depreciación o rendimiento de la instalación.
Estos trabajos se realizarán a demanda del Ayuntamiento, en días diferentes a los de mantenimiento básico, a ser posible en horario de trabajo del Personal del Ayuntamiento (07:15 a 14:15 horas), para la correcta supervisión de los trabajos y posibilitar la firma de los partes de trabajo y materiales utilizados.
Las operaciones que se incluyen y el modo de realizar estos tipos de operaciones son:
*Limpieza de luminarias en grupo. Se procederá a la limpieza interior y exterior y se empleará un detergente que quite la suciedad y no requiera enjuagues posteriores.
*Limpieza y pintado de soportes en grupo. Se mantendrá legible la numeración del inventario, así como se eliminara la suciedad acumulada.
*Averías gruesas: Se incluyen todas aquellas averías o actuaciones en las que no concurriendo urgencia en su atención, sean de larga duración o que la cuantía económica de las mismas sea importante, sin excepción en todos estos casos no podrá acometerse los trabajos si previamente no se hacer un estudio- presupuesto de los mismos. Tipos de averías gruesas:
- Avería subterránea por cables cortados o cortocircuitos, instalaciones sin o con canalización.
- Avería subterránea en arqueta de derivación.
- Tendido aéreo cortado.
- Caja de fusibles quemada.
- Caja contador quemada.
- Línea general grapada en fachada quemada.
- Cuadro de maniobra quemado o destruido algunos de sus componentes.
- Báculo o poste derribado por viento o accidente.
- Punto de luz apagado no llegando tensión a fusibles.
- Canalizaciones destruidas.
- Líneas subterráneas cortadas.
Una vez detectada la avería, el contratista confeccionará en un plazo máximo de 48 horas, un estudio- presupuesto que será remitido al Ayuntamiento para su aprobación y una vez aprobado dicho presupuesto podrán realizarse los trabajos.
Los trabajos se facturarán cuando sean demandados y realizados, de acuerdo con los precios resultantes de la adjudicación, en función de la oferta presentada por la empresa adjudicataria de precios máximos contenidos en los Anexos VII.I (Lista de precios Mano de Obra a Ofertar), VII.II (Lista de precios de materiales a ofertar), VII.III (Lista de precios equipos a ofertar) y VII.IV (Lista de precios para instalaciones semafóricas) del presente pliego de condiciones técnicas.
La retirada de escombros y del material de desecho procedentes de la obra civil, se realizará por medio de contenedores o bolsas dispuestas para tal fin. En ningún caso deberán quedar depositados en la vía publica vertidos o tierras procedentes de la excavación. Se procederá a la retirada del contenedor o de la bolsa una vez finalizada la reparación.
El Contratista se hará responsable de la gestión de los residuos que se generen en la ejecución de los trabajos.
11.- SERVICIOS ESPECIALES
Se entiende por tales, aquellos que tienen carácter circunstancial o esporádico, que se relacionan a continuación, y cuyo coste estará incluido en el precio del contrato:
1.- Ornamentación navideña.
El Ayuntamiento podrá ordenar a la Empresa contratista la instalación y retirada de determinados adornos navideños.
La Empresa contratista efectuará el montaje del material (de propiedad municipal o alquilado). Las instalaciones deberán cumplir las normas que se establecen en el R.E.B.T., sobre todo en lo relativo al aislamiento de los conductores y a la protección contra contactos indirectos.
Una vez instaladas, la Empresa contratista queda obligada a la reparación de las averías que puedan originarse en la instalación durante el período navideño, en un periodo máximo de 24 horas.
Diariamente y durante el período de tiempo que estas instalaciones se encuentren en servicio, se deberán efectuar revisiones y puestas a punto del conjunto de la instalación, con revisión de amarres, correcta disposición de aisladores, etc…
2.- Instalaciones Temporales por Fiestas o eventos.
La Empresa Contratista vendrá obligada a realizar los siguientes trabajos que, si bien no corresponden específicamente a la conservación y entretenimiento del alumbrado público, se incluyen en el objeto del contrato por tener carácter anual.
Comprenden las instalaciones eléctricas necesarias para el desarrollo de las siguientes fiestas patronales o eventos singulares de carácter local:
- Instalación eléctrica para Feria de Xxxxx Xxxx (Mayo) Colocación y enganche a cuadro eléctrico de alumbrado público, de un xxxxxx xx xxxxx de corriente 3P+N, en régimen de alquiler para una potencia aproximada de 15.000 W, con su correspondiente puesta a tierra de cuadro eléctrico.
Acometida eléctrica a este cuadro realizada con manguera xx xxxx-cloropreno de 5x10 aprox. 75 m. de distancia, incluso posterior desmontaje de la instalación. Incluida legalización, memoria técnica de diseño, gestiones con Organismos Oficiales, incluso retén de evento Coste
estimado: 780,35.-€.
- Acometida eléctrica fiestas Bº Azordoiaga (Junio). Colocación y enganche a cuadro eléctrico de alumbrado público, de un xxxxxx xx xxxxx de corriente 3P+N, en régimen de alquiler para una potencia aproximada de 15.000 W, con su correspondiente puesta a tierra de cuadro eléctrico.
Acometida eléctrica a este cuadro realizada con manguera xx xxxx-cloropreno de 5x10 aprox. 75 m. de distancia, incluso posterior desmontaje de la instalación. Incluida legalización, memoria técnica de diseño, gestiones con Organismos Oficiales, incluso retén de evento Coste
estimado: 780,35.-€.
- Instalación eléctrica para escenario para Fiestas de San Xxxxxxxxx (Agosto): Colocación y enganche a línea según prescripciones de compañía suministradora, incluso caja general de protección de 100 A tipo BUC con fusibles NH00 calibrados a 63 A.
Colocación e instalación en régimen de alquiler de un xxxxxx xx xxxxx de tierra 3P+N+T para una potencia, aproximada de 25.000 W con su correspondiente puesta a tierra, de cuadro eléctrico y escenario. Acometida eléctrica a este cuadro realizada con manguera xx xxxx-cloropeno de 5x16, aprox. 20 m. de distancia, incluso posterior desmontaje de la Instalación. Incluida legalización, memoria técnica de diseño, prueba y gestiones con Organismos oficiales e incluso contratación con compañía suministradora, incluso reten de evento Coste estimado:747,82.-€.
- Instalación eléctrica para fiestas de San Xxxxxxx (Septiembre) con colocación y enganche a línea según prescripciones de compañía suministradora, incluso caja general de protección de 100 A tipo BUC con fusibles NH00 calibrados a 63 A.
Colocación e instalación en régimen de alquiler de un xxxxxx xx xxxxx de tierra 3P+N+T para una potencia, aproximada de 25.000 W con su correspondiente puesta a tierra, de cuadro eléctrico y escenario. Acometida eléctrica a este cuadro realizada con manguera xx xxxx-cloropeno de 5x16, aprox. 20 m. de distancia, incluso posterior desmontaje de la Instalación. Incluida legalización, memoria técnica de diseño, prueba y gestiones con Organismos oficiales e incluso contratación con compañía suministradora, incluso reten de evento Coste estimado:747,82.-€.
- Instalación eléctrica para fiestas con generador de corriente para fiestas de La Guía (Septiembre):
Colocación e instalación en régimen de alquiler de un xxxxxx xx xxxxx de tierra 3P+N+T para una potencia, aproximada de 25.000 W con su correspondiente puesta a tierra, de cuadro eléctrico y escenario. Acometida eléctrica a este cuadro realizada con manguera xx xxxx-cloropreno de 5x16, aprox. 20 m. de distancia, incluso posterior desmontaje de la Instalación. Incluida legalización, memoria técnica de diseño, prueba y gestiones con Organismos oficiales, puesta a tierra de la
instalación, con Alquiler de grupo electrógeno de 40 KVAs incluso llenado de depósitos, portes de entrega y porte de recogida, incluso reten de evento Coste estimado:1.881,64.-€.
* Las características de estas instalaciones pueden sufrir variaciones en función de la organización específica de cada celebración.
3.- Emergencias:
Se consideran casos de emergencia los motivados por accidentes de circulación que afecten a la instalación de alumbrado público, nevadas, lluvias torrenciales o situaciones similares, así como aquellas otras que requieran trabajos excepcionales y urgentes en la red de alumbrado público a juicio de El Ayuntamiento.
En caso de emergencias, a cualquier hora del día y de la noche por catástrofe (inundaciones, incendios, etc.,..), por indicación del Ayuntamiento, se vendrá obligado a poner a disposición municipal un teléfono de contacto de forma que en el plazo máximo de 4 horas se ponga a servicio del Ayuntamiento el personal, maquinaria y material dedicado al proyecto.
4.- Instalaciones diversas:
Se realizara otros tipos de trabajos que no están contemplados en el alumbrado público, como son el mantenimiento de las instalaciones eléctricas de los grupos de impulsión y bombeo de las instalaciones de agua; en los cuadros de alumbrado de fuerza de los centros públicos, de las instalaciones deportivas, centros de trasformación, etc.,…
12.- INSPECCIÓN PERIÓDICA REGLAMENTARIA.
Las instalaciones de alumbrado público con potencia eléctrica instalada superior a 5 Kw, de acuerdo con la reglamentación vigente, deben someterse a inspección reglamentaria por Organismo de Control, en materia de instalaciones eléctricas.
Corresponde al Ayuntamiento la contratación de la entidad de inspección, y a la Empresa contratista, la realización de las labores de acompañamiento a las instalaciones para la inspección y la posterior corrección de los posibles defectos encontrados en el plazo otorgado para ello.
La Empresa Contratista será responsable de la elaboración del informe de corrección y su notificación a la Oficina Territorial de Industria de Bizkaia.
13.- INVENTARIADO DE LA RED DE ALUMBRADO
La Empresa Contratista deberá revisar y actualizar, en caso necesario, el inventario del alumbrado público del término municipal que se incorpora a estos pliegos (Anexos V y VI).
En el inventario se tendrán en cuenta todos los aspectos relacionados con la instalación, figurará una parte gráfica y otra por fichas con todas las características de cada punto de luz y de sus componentes y con un Memoria técnica en la que se describirá el procedimiento seguido para realizar la codificación y un resumen del número xx xxxxxxx eléctricos, número de puntos de luz y unos cuadros resumen donde figuren el número de los cuadros eléctricos del tipo de luminarias con el número de cada una de ellas. Para ello se precisará:
*Se codificarán todas las calles.
*Se numerarán los cuadros eléctricos.
*Se numerarán todos los puntos de luz siguiendo la codificación de las calles, cuadros y el número de la farola o punto de luz, secuencialmente.
*Los tendidos figurarán si son aéreos o soterrados.
*Se presentaran representados en los planos los puntos de luz con su codificación y numeración y los tendidos si son aéreos o soterrados con su representación gráfica.
El inventario se actualizará anualmente, entregándose copia a los servicios Técnicos del Ayuntamiento. RESUMEN DE LOS DATOS DE INSTALACIONES SEMAFÓRICAS
Las instalaciones semafóricas constan de las siguientes unidades y ubicaciones:
- Cruce Loibeberri – Xxxxxxxxx XX-0000 (p.k.:8+0680): 5 unidades.
- Xxxxxxxxx XX-0000 (x.x.:0x0000 - Xxxxxx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxxxxx): 1 unidad, con doble ambar.
- Xxxxxxxxx XX-0000 (x.x.:00x0000 - Xxxxxx Xxxxxx): 2 unidades. Paso de peatones con pulsador.
- Xxxxxxxxx XX-0000 (x.x.: 00x0000 - Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xx Xxxx): 2 unidades. Paso de peatones con pulsador.
- Xxxxxx Xx Xxxxx-Xxxxxxxx: 0 unidades. Regulación de paso en camino de un solo carril.
CAPITULO V. DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
14.- DIRECCIÓN E INSPECCIÓN
Serán realizadas por el Ayuntamiento de Alonsotegi a través de sus Servicios Técnicos, debiendo atender al contratista cuantas órdenes reciba del mismo, así como facilitar todo tipo de gestión encaminada al cumplimiento de la cláusula.
El Departamento de servicios mantendrá a un vigilante o inspector, de acuerdo con la organización que estime oportuna y cuyas facultades serán las siguientes:
-Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada.
-Controlar si se cumple lo estipulado tanto en el Pliego de Condiciones como en los Partes de Trabajo.
-Comprobar si los equipos, maquinaria y materiales empleados, satisfacen las condiciones exigidas en el presente pliego.
-Fiscalizar los consumos de energía.
15.- RETIRADA DE MATERIAL DE XXXXXXX Y RESTOS DE OBRA
La Empresa contratista deberá conservar todo el material sustituido por cada una de las intervenciones realizadas, para su puesta a disposición de la entidad titular.
Previa autorización del Ayuntamiento, deberá proceder a su selección y clasificación en orden a darle el tratamiento de reciclaje y recuperación reglamentario.
La retirada de los materiales procedentes de la obra civil, se realizará por medio de contenedores o bolsas dispuestas a tal fin. En ningún caso deberán quedar depositados en la vía pública. Se procederá a la retirada del contenedor o de la saca una vez finalizada la reparación. Estos materiales se retirarán a vertedero legalmente autorizado.
CAPITULO VI.- REQUISITOS DE LA EMPRESA CONTRATISTA
16.- SEGURIDAD LABORAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL
La Empresa Contratista deberá tener debidamente asegurado, durante la prestación objeto del contrato, a todo el personal a su cargo.
Deberá, asimismo, tener contratados los seguros de responsabilidad civil que cubran los posibles daños a terceras personas que se puedan producir durante la realización de los trabajos objeto del presente Xxxxxx. La cantidad asegurada ascenderá, como mínimo, a 200.000,00 Euros (Doscientos mil Euros).
17.- PREVENCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS OBRAS
La Empresa contratista deberá presentar antes de la formalización del Acta de Inicio de los trabajos, el Estudio de Seguridad y Salud adaptado a las circunstancias concretas de los medios materiales, medios auxiliares y vehículos que haya contemplado en su oferta.
Dicho estudio deberá contemplar todas las medidas de seguridad a adoptar en la totalidad de las operaciones enumeradas en el presente Pliego.
Para la dirección y control de este tipo de medidas, la Empresa contratista designará una persona Responsable de Seguridad, que será la encargada de garantizar la aplicación de las medidas establecidas en el Estudio.
Si la Empresa contratista optara por subcontratar alguna de las tareas u operaciones previstas en el pliego o en su oferta, deberá nombrar una persona como Coordinadora de Seguridad.
En cualquiera de los casos señalados anteriormente, los Estudios de Seguridad deberán contemplar todas las medidas a adoptar, tanto en relación con las personas trabajadoras como con las posibles personas viandantes y usuarias en la vía pública.
CAPITULO VII.- MEDIOS HUMANOS Y TECNICOS EXIGIDOS
18.- MEDIOS HUMANOS
La Empresa contratista dispondrá de los medios humanos y técnicos necesarios para la correcta realización de los trabajos objeto del contrato, y en ningún caso serán inferiores a los indicados:
- 1 Oficial de categoría profesional de 1ª electricista.
- 1 Ayudante - Conductor (Oficial de 3ª), que deberá disponer de carnet de conducir tipo C1 y estará profesionalmente habilitada para el manejo del vehículo dotado xx xxxx-cesta.
Asimismo, la Empresa Contratista deberá acreditar la existencia del siguiente personal, dentro de su plantilla:
Un técnico Superior o de Grado Medio, que representará al Contratista ante el Ayuntamiento, que deberá de asistir sin excusa a los requerimientos que este efectué y que tendrá poder suficiente para tomar las decisiones que se adopten sobre las prestaciones contratadas, sin que las mismas puedan verse afectadas por falta de capacidad decisoria, y sea legal o formal.
Personal legalmente capacitado, titular del preceptivo carnet de instalador/a, que habilite la suscripción y/o emisión de Certificados de Instalación, para la diligencia de puesta en servicio, necesarios ante el Organismo correspondiente, a tenor de lo dispuesto en la IBT-04, Documentación y Puesta en Servicio de las Instalaciones, del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
La Empresa Contratista deberá indicar expresamente los medios técnicos y humanos dedicados total o parcialmente al control, inspección y mantenimiento de las instalaciones, con razón expresa de su categoría y nivel profesional.
El técnico, con titulación de grado medio o superior, prestará asistencia técnica para la redacción de estudios, proyectos de iluminación, así como apoyo a la dirección técnica de las obras. Asimismo, deberá de dirigir, coordinar y supervisar los trabajos, así como el cumplimiento de las medidas de seguridad.
La asistencia técnica que preste la empresa tendrá como mínimo las siguientes actuaciones:
- Asesoramiento técnico en los proyectos de obras y de urbanización, propias y ajenas, cuyo mantenimiento recaiga posteriormente en el departamento de obras y servicios del Ayuntamiento.
- Supervisión de los proyectos de obras ordinarios o de urbanización en la parte correspondiente al Alumbrado Público e Instalaciones eléctricas de los Edificios.
- La contratación y gestión de las instalaciones eléctricas con Industria y la compañía suministradora de energía (Iberdrola, etc.,..).
En todas estas actuaciones se presentará los correspondientes informes técnicos.
19.- NECESIDADES MÍNIMAS DE PERSONAL
La Empresa Contratista deberá disponer en todo momento del personal necesario, en número y condiciones que estime oportuno, para efectuar todos los trabajos señalados en el presente Pliego de Condiciones.
El Ayuntamiento, no tendrá relación jurídica ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria durante el plazo de vigencia del contrato, ni a su término.
La Empresa contratista no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios que le ordene El Ayuntamiento, debiendo disponer en todo momento del personal necesario para su ejecución.
20.- MEDIOS TÉCNICOS
Vehículos:
La Empresa contratista deberá disponer, en propiedad o en régimen de alquiler, de un camión grúa con cesta para una altura de trabajo de 12 metros, así como de una furgoneta para realizar los servicios de inspección y reparaciones para las que no sea necesaria la grúa-cesta.
La persona conductora de dichos vehículos, durante el tiempo que dedique a labores propias del contrato, irá dotada de teléfono móvil para su comunicación con las personas responsables del Ayuntamiento.
El camión deberá llevar un distintivo de identificación del Ayuntamiento de Alonsotegi, adherido a al mismo. Dicho distintivo se incorporará exclusivamente durante la realización de los trabajos objeto del presente pliego.
Medidas de seguridad:
La Empresa Contratista deberá contemplar y cumplir la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral, dotando a sus trabajadores de EPIs homologados para la tarea a desempeñar en cada intervención.
Asimismo, deberá disponer de un equipo de señalización y balizamiento de emergencias. Útiles, herramientas y equipos de medida:
La Empresa contratista deberá disponer, en propiedad o en régimen de alquiler, de todos los útiles y herramientas necesarios para el buen desarrollo de los trabajos encargados, tanto en eficacia como en plazo.
Deberá de disponer del correspondiente detector de averías subterráneas, de forma que facilite la rápida determinación del punto donde se encuentra la misma, evitando tener que descubrir en una longitud superior a los tres metros de canalizaciones subterráneas.
CAPITULO VIII.-DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLAR: DEFINICIÓN, CONTROL DE CALIDAD Y SEGURIDAD E HIGIENE
Las labores principales concernientes a este apartado son las que se relatan a continuación.
21.- CONSERVACIÓN DE LOS CENTROS DE MANDO
Esta tarea incluye la reparación o sustitución, si procede, de cualquiera de los componentes de los centros de mando, contactores, interruptores, diferenciales, bornas, relojes, etc…, siempre que exista una avería o se detecte un funcionamiento defectuoso en los trabajos de inspección o por orden municipal.
Se incluye, además, en este apartado, la revisión general y puesta a punto de los dispositivos de accionamiento, ajuste general de conexiones y limpieza de los Centros de Mando.
22.- CONSERVACIÓN DE LOS PUNTOS DE LUZ
Esta tarea incluye la revisión del estado general de la luminaria, componentes eléctricos, reflector, etc..., incluyendo la limpieza de la luminaria, siempre que se acceda a la misma por causa de avería.
La reparación o sustitución, si procede, de cualquiera de los componentes del punto de luz, tales como difusores, reflectores, cierres, carcasas, soportes, etc…, siempre que se detecte avería en los trabajos de inspección o por orden municipal.
23.- REPOSICIÓN DE LÁMPARAS
Las lámparas que queden fuera de servicio, cualquiera que sea la causa, serán repuestas en el plazo de 48 horas a partir del momento en que se detecte el fallo, bien sea por la Empresa Contratista o por el Ayuntamiento.
Al efectuarse la reposición de lámparas se efectuará simultáneamente la limpieza del sistema óptico de la luminaria, aplicando métodos técnicos adecuados a este fin. En toda reposición se utilizaran siempre lámparas nuevas con marcado acreditado CE.
Se realizará la reposición en 24 horas, en aquellos casos en que así lo determine el Ayuntamiento, por la especial ubicación del punto de luz señalado, rincones, cruces de calles, etc.
24.- CONSERVACIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA
Esta tarea incluye la reparación de cualquier avería, que surja en el sistema de instalación eléctrica, tales como: Reparación o sustitución de conductores, reparación o sustitución de conexiones, sustitución de caja de conexiones, por orden del Ayuntamiento, o como resultado de los trabajos de inspección.
La reparación de todo tipo de averías que afecten al punto de luz, cofrets de protección, pequeñas reparaciones en líneas, conexiones, tanto por orden del Ayuntamiento como por resultado de las inspecciones que se realicen.
Si el aviso es por orden del Ayuntamiento, la reparación se realizará en el plazo de 48 horas.
25.- CONTROL DE ACCIONAMIENTO
El encendido y apagado del alumbrado público se realiza automáticamente, de acuerdo con la puesta y salida del sol, mediante la regulación instalada a tal efecto en cada uno de los cuadros de control.
Esta tarea incluye su puesta a punto y ajuste en cualquier desviación que por avería pudiera producirse.
Asimismo, se efectuará la conexión y desconexión manual de acuerdo con las instrucciones que en cuanto a horario y métodos establezca el Ayuntamiento.
26.- CONTROL ENERGÉTICO
Con el objeto de controlar el consumo de energía en las diversas instalaciones, a fin de detectar las posibles desviaciones existentes entre el consumo previsto y el real, así como anormalidades en los contadores, cuando el Ayuntamiento lo soliciten, se realizará la lectura de los mismos.
Asimismo, cuando así lo determine el Ayuntamiento, se realizarán revisiones periódicas en las instalaciones que dispongan de un regulador-estabilizador de flujo en cabecera con el fin de comprobar su correcto funcionamiento.
Se procederá puntualmente a la medición lumínica, en puntos concretos y a instancias del Ayuntamiento, de los considerados puntos negros en pos de la seguridad ciudadana.
La Empresa Contratista realizará labores de asesoramiento en materia de eficiencia energética del alumbrado público y de los edificios municipales, presentando estudios para la ejecución de mejoras en las instalaciones municipales para su estudio en la Comisión Informativa de Obras y Servicios.
27.- MEDICIONES DE TIERRAS
Las instalaciones de toma de tierra, por la importancia que tienen, desde el punto de vista de la seguridad, deberán ser comprobadas anualmente, durante los meses xx xxxxx - julio.
Se cumplirán las prescripciones que indica el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión en sus instrucciones ITC-BT-09 y ITC-BT-018 en lo referente x xxxxx de tierra.
A su cargo, el contratista presentará al Ayuntamiento un informe anual resumen que incluya todas la mediciones de toma de tierra de las instalaciones, de los controles o inspecciones periódicas efectuadas sobre la conservación básica, sobre la energía consumida y del factor de potencia (con el fin de reducir costes)., de la iluminancia de las zonas (con objeto de detectar las necesidades de reposición en grupo de elementos o luminarias)
CAPITULO IX.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
28.- CONDICIONES GENERALES
Son de aplicación para este Pliego de Condiciones las disposiciones legales vigentes y particulares, de acuerdo con lo estipulado en presente Xxxxxx.
El material de sustitución será de idénticas características al sustituido, se respetarán las normas de calidad de los materiales y se tratará de mantener las características de origen de cada luminaria.
Se dispondrá de un almacén de materiales, con repuestos en cantidad equivalente al 10% del material instalado. Asimismo, la disponibilidad de materiales en stock deberá garantizar el cumplimiento de los tiempos de resolución en la ejecución de las averías establecidos en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
CAPITULO X.- INSTALACIONES FIJAS
29.-OFICINAS, ALMACENES, TALLERES Y MEDIOS INFORMÁTICOS
No será obligatorio que las Empresas licitadoras dispongan de oficinas, almacenes y talleres.
El Ayuntamiento pondrá a disposición de la Empresa Contratista un espacio, en los almacenes municipales, para el almacenaje del stock referido en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Sí será necesario que dispongan de teléfono móvil para la localización inmediata para poder contactar directamente desde el Ayuntamiento.
La posesión de oficinas, almacenes y talleres, si las hubiere, se reflejará en el Proyecto de organización y gestión para el desarrollo del servicio de la oferta, así como su ubicación, dimensiones y características, debiendo todos ellas cumplir las condiciones que la legislación laboral dispone al respecto.
30.-UNIFORMIDAD E IMAGEN
El personal llevará el equipo de trabajo exigido por la normativa de Seguridad e Higiene.
Al finalizar el contrato se retirarán de todos los vehículos, maquinaria, vallas y contenedores propiedad de la Empresa Contratista, todo logotipo, escudo o anagrama que haga referencia al Ayuntamiento de Alonsotegi.
CAPITULO XI.- DIRECCIÓN, INSPECCIÓN Y CONTROL
31.- DIRECCIÓN
La Dirección de los trabajos, organización y correcta ejecución corresponde a la Empresa adjudicataria, y sobre ella recaerá la misión y responsabilidad de dirigir y controlar que los trabajos se realicen conforme al presente Pliego de Condiciones técnicas y demás disposiciones legales y a las normas de buena construcción.
32.- INSPECCIÓN
Los servicios contratados, estarán sometidos permanentemente a la inspección del Ayuntamiento, quien podrá realizar las revisiones e inspecciones del personal y material que estime oportunas en cualquier momento y lugar o de las obras que a tal efecto se estén realizando.
33.- DISPOSITIVOS DE CONTROL
Dentro de la organización propuesta, la Empresa contratista deberá prever unos mecanismos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por el Ayuntamiento, para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que sean convenientes sobre el servicio propuesto.
Estos dispositivos y sistemas serán compatibles con los actualmente disponibles en el Ayuntamiento, sean informáticos o de otra naturaleza.
34.- REMISIÓN DE PARTES DE TRABAJO
Una vez realizados los trabajos de mantenimiento por el personal, estos deberán de presentar los Partes de Trabajo al personal encargado del servicio en el Ayuntamiento, para que este dé su visto bueno y los firme.
Semanalmente, la Empresa Adjudicataria remitirá al Ayuntamiento los partes de trabajo firmados por el Encargado de Mantenimiento municipal, o persona en quien delegue, donde se reflejen:
- Incidencias ocurridas durante el periodo, con indicación de las intervenciones realizadas y su alcance, fecha y hora de la notificación de la incidencia, fecha y hora de la intervención, lugar (numeración del punto de luz, ubicación) motivo, y materiales empleados.
35.-REMISIÓN DE PARTES INFORMATIVOS RESPECTO AL GRADO DE DETERIORO DE COMPONENTES DE LA INSTALACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO
Semanalmente, la Empresa Adjudicataria elaborará y remitirá al Ayuntamiento los partes informativos sobre los deterioros observados, así como las anomalías recogidas por denuncias de los usuarios u otras organizaciones de ámbito municipal debiendo de reflejarse en ellos lo siguiente:
a) Localización y detalle de la anomalía observada o denunciada, con referencia al inventario.
b) Descripción y afección al desenvolvimiento cotidiano municipal, indicando los inconvenientes, perjuicios, etc.
c) Medición, valoración y medios precisos para llevar a cabo la reparación o reposición.
Mensualmente presentarán resumen de las informaciones remitidas, para su examen y contraste por los responsables municipales (Responsable de mantenimiento o persona en quien delegue). A la vista de dicho documento, se decidirá la conveniencia o no de una actuación inmediata o su programación dentro de los planes de mantenimiento correctivo o a demanda que se establezcan.
Semestralmente presentarán una memoria-informe que especifique el historial de reparaciones de cada punto de luz, indicando el punto de luz, todas las intervenciones practicadas en ese semestre y la razón de la intervención y la solución acometida.
36.- PLAN DE ACTUACIÓN
En el Sobre B se presentará un Plan de organización y gestión para el desarrollo del servicio en el que se pueda conocer la planificación total de los servicios ofertados y tener un conocimiento de su funcionamiento. El mismo se referirá a la organización y medios que se ofertan para el cumplimiento del contrato, distinguiéndose lo que se propone para atender a la Conservación Básica, las Averías Ligeras y las Averías Gruesas, con citación expresa de la plantilla de personal, vehículos, así como número de teléfono de asistencia 24 horas y cualquier otro sistema de localización o control que permita establecer rápida e inequívocamente los contactos precisos.
La Empresa contratista deberá colaborar con el Ayuntamiento en la vigilancia e inspección del estado del alumbrado público y para ello pondrá en su conocimiento cualquier anomalía que detecte en las instalaciones de su conservación.
Semanalmente, deberán confeccionarse y entregarse al Ayuntamiento, los partes de trabajo de los servicios realizados firmados por el/la Regidor-presidente/a de la Junta Administrativa correspondiente.
Mensualmente deberá igualmente, presentarse un resumen de los mismos, recogiendo todas las incidencias habidas.
El control de dichos partes se podrá realizar por medios informáticos, con objeto de tener una mayor celeridad de respuesta.
Independientemente de lo anterior, será obligación de La Empresa adjudicataria, poner en conocimiento del Ayuntamiento, de inmediato, cualquier intervención de carácter de extrema urgencia o cualquier incidencia habida o descubierta que exija su intervención o no tenga carácter normal dentro del funcionamiento continuo.
37.- HORARIOS
El servicio de mantenimiento básico o correctivo se prestará como mínimo durante 1 jornada semanal de siete horas y se realizará en horario diurno, de acuerdo con el horario del personal de Brigada del Ayuntamiento. Por la naturaleza semanal del servicio de mantenimiento básico o correctivo, no se requerirá que se curse petición de ejecución al contratista.
El resto de tareas se realizarán a demanda del Ayuntamiento, en días diferentes a los de mantenimiento básico, a ser posible en horario de trabajo del Personal del Ayuntamiento (07:15 a 14:15 horas), para la correcta supervisión de los trabajos y posibilitar la firma de los partes de trabajo y materiales utilizados. En caso de que se considere más oportuno otro horario para la mayor eficacia y rapidez de los servicios y con objeto de evitar entorpecimientos al tráfico o molestias al tráfico viario y a las personas residentes, se dará traslado al Ayuntamiento previamente de las actuaciones a realizar y los horarios previstos para su inicio y finalización.
El horario establecido, no prevalecerá sobre las actuaciones de carácter urgente en las que será obligatoria una intervención inmediata.
CAPITULO XII.- FACTURACIÓN Y ABONO DE LOS SERVICIOS.
38.- FACTURACIÓN SERVICIO DE MANTENIMIENTO BÁSCIO Y CORRECTIVO DEL ARTÍCULO 8
Con periodicidad mensual se certificará el importe por la prestación del servicio de conservación y mantenimiento de las instalaciones, que corresponderá a las labores indicadas en el Art. 9º, Mantenimiento Básico o correctivo. La factura comprenderá todas las actuaciones de mantenimiento correctivo, incluyendo costes de personal, maquinaria, seguros, etc…
El importe de facturación deberá corresponder a la doceava parte de la indicada por este concepto en la licitación como coste anual.
Costes Materiales
Con periodicidad mensual se certificará el importe de los materiales empleados, el Beneficio Industrial, los Gastos Generales y el IVA correspondiente.
La liquidación de los Costes Materiales, se abonará mediante facturas mensuales por las cantidades detalladas por los materiales empleados, a los que se entenderá incluido el Beneficio Industrial, los Gastos Generales, se aplicará la baja de adjudicación, y se añadirá el IVA correspondiente.(Anexo VII.II).
Todas aquellas reposiciones de materiales o equipos cuyo coste suponga más de 500€, estarán sujetas a la presentación de presupuesto con carácter previo a la ejecución para su aprobación por el responsable municipal.
39.- FACTURACIÓN MANTENIMIENTO PREVENTIVO O A DEMANDA.
La facturación de las labores recogidas en el art. 10º Mantenimiento preventivo o a demanda se realizará una vez efectuadas las actuaciones demandadas por el Ayuntamiento, previa aceptación del presupuesto presentado por la empresa, que deberá regirse por los precios ofertados en los anexos VII.I, VII.II, VII.III referidos a la mano de obra y los materiales.
40.- FACTURACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES
El coste de la realización de los Servicios Especiales, tales como ornamentación navideña, enganches temporales por eventos festivos, situaciones de emergencia, etc…relacionados en el art. 11º, estará incluido en el precio del contrato.
41.- REVISIÓN DE PRECIOS
No se aplicará revisión de precios a los servicios prestados conforme a lo indicado en el artículo correspondiente del PCAP.
CAPITULO XIII.-PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
42.-PRESENTACIÓN Y CONTENIDO
La documentación técnica y económica se estructurará de acuerdo con el contenido en el Pliego de Condiciones Administrativas que regulan la contratación del servicio.
43.- VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
La valoración de las ofertas se establece en el Pliego de Condiciones Administrativas que regulan la contratación del servicio.
CAPITULO XIV.- EJECUCIÓN Y ABONO DEL CONTRATO
44.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de este contrato será de dos años, sin posibilidad de prórroga.
45.- INICIO DE LOS TRABAJOS
Resuelta la licitación, la empresa adjudicataria deberá comenzar los trabajos el siguiente día natural de la firma del contrato.
46.- CERTIFICACIÓN
El abono de todos los trabajos señalados o requeridos de la Empresa Adjudicataria en el presente Pliego de Condiciones, se realizará en forma de Certificación mensual y comprenderá los trabajos ejecutados durante el mes natural.
Los precios unitarios contemplados en la oferta del adjudicatario, serán los considerados en las sucesivas certificaciones, en los que se encontrará incluido los gastos generales y el beneficio industrial.
CAPITULO XV.-INFRACCIONES, SANCIONES Y RESCISION DEL CONTRATO
47.-INFRACCIONES AL SERVICIO
Se considerarán infracciones muy graves:
1.- La demora en el comienzo de la prestación de los servicios superior a siete días sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor.
2.- Paralización o interrupción de la prestación de los servicios de conservación y mantenimiento, salvo causas de fuerza mayor.
3.- La no intervención inmediata tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación de urgencia.
4.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios.
5.- El retraso sistemático en el tiempo de respuesta al aviso, no utilización de los medios mecánicos establecidos o mal estado de conservación de los mismos.
6.- Desobediencia a las órdenes oficiales de la persona responsable del Ayuntamiento, relativas al orden, forma y régimen de los servicios, y en general, a las normas que regularán la prestación de los mismos.
7.- El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Pliego sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
Tendrán la consideración de infracciones graves:
1.- El retraso, sistemático, en la prestación de los servicios.
2.- Los incidentes del personal afecto a la empresa adjudicataria con el vecindario, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del Servicio.
3- El no cumplimiento justificado de los plazos de actuación, la no presentación puntualmente de partes, y sus deficiencias en cuanto a veracidad y falta de información.
4.- La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. Tendrán la consideración de infracciones leves:
Todas las demás no previstas anteriormente y que de algún modo, signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.
48.-SANCIONES
Las sanciones que podrá imponer la Corporación a la Empresa Contratista serán las siguientes:
a) Por cometer infracción calificada de muy grave, multa de 1.000 €. (mil euros). El cometer dos infracciones muy graves, podrá ser sancionado con la rescisión de contrato, pérdida de la fianza e indemnización por daños y perjuicios.
b) Por la comisión de infracción grave, multa de 300 a 600 €. (Trescientos a seiscientos euros) la comisión de cinco infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, pérdida de la fianza e indemnización por daños y perjuicios.
c) Las faltas leves, podrán ser sancionadas con multa de 100 a 300 € (Cien a trescientos euros)
49.- RESCISIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El Ayuntamiento, podrá rescindir la contratación con La Empresa Adjudicataria, además de en los supuestos previstos legalmente, en los casos establecidos expresamente en el presente Pliego y por incumplimiento de las condiciones del mismo.
50.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
A la finalización del Contrato, La Empresa Adjudicataria deberá eliminar en el plazo de dos semanas, toda identificación que la vincule con el Ayuntamiento de Alonsotegi.
El incumplimiento de esta condición podrá dar lugar a la pérdida, para la empresa Contratista, de la fianza depositada al inicio de la vigencia del Contrato, sin perjuicio de las sanciones y reclamaciones que le pudiera corresponder ejercer al Ayuntamiento.
ANEXO V
RELACION DE SUMINISTROS OBJETO DEL CONTRATO
Nº CONTRATO | TIPO | PUNTO SUMINISTRO | CUADRO | TARIFA | CONTRATO | POTENCIA CONTRATADA |
393.228.551 | AP | Plza. XXXXX XXXX XXXXXXXXXX, 2 | S06 | TL2E | 2.1 DHA | 13,2 |
393.334.995 | AP | Xxxxxx xxxxx, 0-xxx | X00 | XXXXX | 3.0A | 15,001 |
364.141.566 | XX | Xxxxx, 00 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 3,3 |
393.346.882 | AP | Xxxxxx xxxxxx, 00 | S16 | TL2E | 2,1 DHA | 10,392 |
393.363.296 | AP | Areitzo, 4 | S05 | TL2E | 2,1 DHA | 10,392 |
296.248.952 | AP | Xxxx. XXX XXXXXXX, 0 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 9,9 |
296.227.584 | AP | Bº XXXXX, 0 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 9,5 |
296.227.572 | AP | Xxxxxxx Xxx. Xx xx xxxx, 000 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 9,5 |
296.227.596 | AP | Xxxxxxxxxx, 00 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 1,9 |
393.318.448 | AP | Lasao, 9 | S01 | TL2E | 2.1 DHA | 13,85 |
393.353.229 | AP | Xxxxxx xxxxxx, 00 | S15 | TL2E | 2.1 DHA | 11,4 |
389.872.696 | AP | Errota bidea, 4 | S23 | TUR2P | 2.0 DHA | 4,5 |
551.524.431 | AP | Koskojales, 22 | 0 | TUR2P | 2.0 DHA | 5,196 |
296.230.984 | AP | Pertxeta, 5 | S14 | TUR2P | 2.0 DHA | 5,7 |
378.392.657 | XX | Xxxxxx, 00 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 5,196 |
296.230.972 | AP | Xxxxxxxx, 000 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 1,9 |
302.991.141 | AP | Xxx Xxxxxx, 000 | X00 | XXX0X | 2.0 DHA | 1,9 |
344.246.796 | AP | Linaza, 15 | S21 | 0 | 2.0 DHA | 2,2 |
302.991.153 | AP | Xxxxxx xxxxxxxxx, 000 | X00 | 0 | 2.0 DHA | 1,9 |
393.224.946 | ED | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, 0 | - | XXXXX | 3.0 A | 44 |
393.346.389 | ED | Escuelas Lasao, 26 bajo | - | TL1E | 2.1 A | 13,3 |
393.264.749 | ED | Ayto. Plza. Doctor Xxxxxxxxxxxx | - | TLPLV | 3.0 A | 25 |
393.327.693 | XX | Xxxxx futbol-Bazteita, sn bj. | - | TLPLV | 3.0 A | 46 |
302.704.711 | ED | Escuela Ntra. Sra. De la guía, 885 | - | TUR20 | 2.0 A | 3,8 |
387.694.109 | XX | Xxxxxx bidea, 2 | - | TL2E | 2.1 DHA | 11,5 |
393.318.760 | ED | Albergue san Xxxxxx, 30 | - | TLPLV | 3.0 A | 15,001 |
393.270.610 | XX | Xxxxxxx-xxxxx, 00 xxxx 0 | - | XXXXX | 3.0 A | 15,001 |
524.755.164 | XX | Xxxxxxx-xxxxx, 15 | - | TUR20 | 2.0 A | 6,928 |
382.724.112 | ED | Centro salud | - | TLPLV | 3.0 A | 41,5 |
393.246.280 | XX | Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxx, 0 xxxx 0 | - | XXXXX | 3.0 A | 15,001 |
393.210.418 | ED | Escuelas lasao, 26 bajo 1 | - | TL1E | 2.1 A | 13,3 |
362.004.882 | XX | Xxxx ordenadores-Areitzo, 2 bajo | - | TUR20 | 2.0 A | 9,9 |
302.704.747 | ED | Biblioteca-plza. Doctor Xxxxxxxxxxxx | - | TUR20 | 2.0 A | 5,5 |
345.015.368 | XX | Xxxxxx-Xxxxxxx, 000 xxxx 0 | - | XXX00 | 2.0 A | 9,9 |
363.274.893 | ED | Telecomunicaciones-eskolaren | - | TUR20 | 2.0 A | 1,1 |