IFK/CIF P2007400A / TEE/REL 01200697 6423n IV 2013-01
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IFK/CIF X0000000X / TEE/REL 01200697
6423n IV 2013-01
Hiri Mantentze eta Zerbitzuen Zuzendariordetza
Subdirección de Mantenimiento y Servicios Urbanos
Urdaneta, 13 - Tel. 000000000 - 000000000 - Faxa 943481100 - xxx.xxxxxxxx.xxx
20006 Donostia / San Xxxxxxxxx
XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DE RECOGIDA SELECTIVA MEDIANTE CONTENEDORES, TRANSPORTE, RECICLAJE Y VALORIZACIÓN DE ACEITE DOMÉSTICO USADO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente Xxxxxx establecer las condiciones técnicas que servirán de base para contratar la prestación del Servicio de recogida selectiva, transporte, reciclaje y valorización de aceite doméstico usado mediante contenedores cedidos temporal y gratuitamente por el adjudicatario al Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, en el ámbito del término municipal de San Xxxxxxxxx, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente, que tendrá carácter contractual.
2.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE CONTRATO
El servicio de recogida selectiva de aceite vegetal comprende:
La recogida, transporte y reciclado de aceite vegetal usado de origen doméstico depositado por la ciudadanía en los contenedores instalados en la vía pública. La instalación de dichos contenedores correrá a cargo de la empresa adjudicataria, la cual cederá temporal y gratuitamente los contenedores adscritos al cumplimiento del contrato hasta la finalización del presente contrato administrativo, si bien el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de que al finalizar el contrato los contenedores pasen a ser, sin costo, de su propiedad, si ello es de su interés.
La entrega del aceite a un valorizador autorizado para la elaboración de biocombustible homologado (biodiésel) u otros productos.
La limpieza, conservación y mantenimiento integral de los contenedores de aceite instalados en la vía pública.
2.1. RECOGIDA Y TRANSPORTE DEL ACEITE.
Residuo objeto de recogida:
Aceite vegetal comestible (aceite de fritura) usado, de origen doméstico, envasado (dentro de recipientes ligeros que se adaptarán a las bocas de los contenedores), depositados en contenedores especiales instalados en la vía pública.
Características de los contenedores utilizados para el depósito de aceite doméstico usado.
Los contenedores suministrados por la empresa contratista reunirán las siguientes especificaciones técnicas:
El contenedor estará diseñado específicamente para que el/la usuario/a deposite el aceite doméstico usado que previamente ha embotellado en su domicilio, reutilizando envases domésticos ligeros o aquellos que previamente el adjudicatario haya entregado en cada domicilio, preferentemente de plástico.
Para la introducción de los recipientes de aceite el contenedor dispondrá de al menos una boca. Las bocas de carga serán fácilmente accesibles, cómodas de utilizar, podrán ser usadas con una única mano y deberán evitar posibles golpes o atrapamientos.
Los buzones estarán diseñados para permitir la introducción de pequeños bidones o garrafas de aceite doméstico de hasta 5 litros o en el caso de que el adjudicatario sea el que facilite los recipientes, las botellas que éste reparta.
El contenedor estará formado por dos elementos de los cuales la cuba interior será estanca para aceite embotellado. De cualquier manera, el licitador deberá presentar plano de diseño del contenedor ofertado.
El diseño del contenedor será tal que, ante la posible rotura de los envases o recipientes depositados por los usuarios, se garantice completamente su estanqueidad y no permita ni caídas de recipientes fuera de la cuba interior ni que se produzcan derrames de aceite fuera del contenedor por ninguna causa.
En caso de que sus características constructivas y de funcionamiento así lo requieran, el contenedor propuesto deberá contar con el correspondiente marcado CE y el certificado sobre el cumplimiento de las normativas de seguridad de máquinas y equipos. Los contenedores a instalar dispondrán del manual de instalación y manual de uso y de mantenimiento.
La carcasa exterior del contenedor deberá estar diseñada para evitar vuelcos, movimientos o daños por actos vandálicos.
El licitador deberá presentar relación de materiales utilizados en la fabricación del contenedor.
La cuba interior para la recogida de aceite tendrá una capacidad mínima de 500 litros y será capaz de, una vez llena de envases, soportar su carga.
La cuba será completamente estanca y su diseño y colocación dentro del contenedor no permitirá caídas de recipientes fuera del mismo.
Para mayor seguridad ante eventuales actos de vandalismo, esta cuba o no dispondrá xx xxxxxx, por lo que deberá estar diseñada de tal manera que su extracción y sustitución por parte del personal de recogida se efectúe mediante una traspaleta o similar con la que se levanta del suelo y se extrae del contenedor para ser transportada al vehículo de recogida o, en caso de tener ruedas, el contenedor dispondrá de sistemas que impidan la extracción de la cuba interna aunque la puerta exterior se abriera.
La cuba dispondrá de un diseño que permita su izado y manipulación mediante grúa.
La puerta será robusta y dispondrá de sistemas de seguridad contra actos vandálicos para evitar el acceso indeseado de personal no autorizado a su interior.
El contenedor estará conformado por piezas resistentes a la corrosión, que permitan fácilmente el mantenimiento, reparación o sustitución de elementos que puedan resultar dañados.
Los contenedores dispondrán de dos adhesivos impresos, medidas 100 x 70 cm. aproximadamente, uno de ellos situado en la cara frontal del contenedor y otro en la cara posterior, que incluirán los logotipos que estipule el Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx e información definida por el Ayuntamiento relativa al servicio.
Todos los contenedores dispondrán de un número correlativo identificativo adhesivo en color blanco. Altura del número 10 cm.
El contratista, en su oferta, deberá proponer hasta tres tipos de contenedores, los cuales deberán cumplir las especificaciones arriba descritas. Se valorará su diseño y se buscará que éste sea acorde con el entorno urbano.
El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de que al finalizar el contrato los contenedores pasen a ser de su propiedad, si ello es de su interés.
Ámbito de recogida:
El término municipal de San Xxxxxxxxx.
Ubicación de los contenedores para aceite:
Se estable un número mínimo de contenedores para cada barrio en función del número de habitantes y del grado de dispersión, que se estipula puede dar servicio de manera adecuada a la ciudadanía. En la siguiente tabla se muestra el número mínimo de contenedores de aceite que se instalarán en cada barrio al inicio del contrato.
-
Xxxxx
0
Xxxx
0
Xxxxx
11
Gros
10
Xxxxx Xxxxx
12
Ibaeta
3
Amara
2
Igeldo
1
Antiguo
9
Intxaurrondo
9
Xxxxxx
2
Xxxxxx
3
Ategorrieta – Ulia
3
Martutene
2
Alto Miracruz – Bidebieta
4
Zorroaga-Xxxxxxx
2
Erdialdea – Xxxx Xxxxxxx
00
Xxxxxxx
1
TOTAL
95
Este inicial dimensionamiento del servicio se revisará transcurrido un año de prestación de servicio, y en aras a responder a necesidades puntuales de mayor contenerización el contratista estará obligado a disponer de una cuantía máxima de cinco contenedores, en cualquier momento del contrato.
El contratista presentará un plan de contenerización debidamente expuesto mediante planos con sus ubicaciones, en formato digital. los criterios para la colocación de los contenedores en la vía pública y propuestas concretas de ubicación que, en última instancia, deberán contar con el visto bueno de los servicios técnicos municipales.
Sistema de recogida:
La recogida de aceite vegetal se efectuará a través de un vehículo industrial debidamente equipado y rotulado, atendido por un operario como mínimo.
Dicho personal estacionará el vehículo en las inmediaciones del contenedor de aceite, abrirá la puerta del contenedor de aceite que da acceso a la cuba metálica interior, la extraerá y la reemplazará por otra cuba vacía, completamente limpia.
El vehículo realizará las paradas y maniobras estrictamente necesarias en los puntos de recogida, procurando en todo momento, no entorpecer el normal tránsito de personas y vehículos, adoptando las debidas medidas de seguridad.
Frecuencia de vaciado de los contenedores:
No se establece de antemano una frecuencia mínima de vaciado, pero el licitador deberá hacer una propuesta de frecuencia que será de obligado cumplimiento por el adjudicatario, si bien, durante la vigencia del contrato, el contratista vendrá obligado a adecuar la frecuencia de vaciado a la velocidad de llenado de los contenedores, aumentando si fuera preciso tal frecuencia de vaciado, de acuerdo con las instrucciones que en cada caso dicten los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, para así mantener permanentemente disponible la capacidad de depósito de aceite en los contenedores.
Por motivos de seguridad, la frecuencia de vaciado será aquella que asegure en todo momento, que el material depositado en el contenedor no supere el 67% de su capacidad de llenado. En aquellos casos en los que los Servicios Técnicos del Ayuntamiento comprueben que la frecuencia de vaciado prestada es insuficiente para garantizar una disponibilidad mínima permanente del 33% del volumen de llenado de los contenedores, a requerimiento del Ayuntamiento, el contratista deberá realizar recogidas extraordinarias de vaciado hasta garantizar la disponibilidad exigida o bien dispondrá, de acuerdo con los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, instalar más contenedores en las cercanías.
Estas obligaciones tendrán carácter sustancial de cara a la ejecución correcta del contrato y podrán ser causa suficiente de resolución en caso de incumplimiento.
Ejecución de los trabajos de recogida:
El contratista deberá tener el máximo cuidado en la ejecución del servicio al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas.
El/Los operario/s de recogida procederá de forma inmediata a la completa limpieza de cualquier resto de aceite que pudiera derramarse accidentalmente durante las operaciones de recogida y transporte de aceite, utilizando productos y utensilios adecuados para tal fin.
Presencia de elementos impropios
El contratista se responsabilizará de la retirada y gestión selectiva de cualquier residuo impropio que pudiera aparecer junto con el aceite embotellado o en las inmediaciones del contenedor de aceite. En tales casos, después de efectuar su retirada, pondrá los hechos en conocimiento de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento para la adopción de las medidas que sean necesarias para evitar que se repitan nuevos casos.
Calendario y horario de vaciado de los contenedores:
Los licitadores determinarán en su oferta los días en los que procederá a la recogida y el horario, el cual deberá ser diurno.
Traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines:
Será obligación del contratista, la realización de los siguientes trabajos:
a) La reubicación o la retirada y posterior recolocación de los contenedores de aceite instalados, por cualquier causa justificada en un plazo máximo de 3 días: necesidades del servicio, ejecución de obras en las proximidades, labores de asfaltado, cambios en el tráfico rodado, situaciones de peligrosidad para vehículos o peatones, celebración de acontecimientos sociales, culturales o deportivos, previsión de actos violentos o vandálicos etc.
b) Otros trabajos similares ordenados por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento.
El contratista deberá atender las órdenes dadas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx relativas a este servicio, en el plazo en que éstas se dicten.
Propiedad del aceite depositado en los contenedores:
La totalidad del aceite doméstico usado depositado en los contenedores desde su recogida pasará a ser propiedad del contratista, quien deberá proceder a su transporte a un valorizador o gestor de residuos autorizado.
Todas las obligaciones y responsabilidades que puedan surgir en el proceso de depósito de aceite en los contenedores, recogida, transporte, almacenamiento, acondicionamiento previo y valorización del aceite serán por cuenta del contratista.
Organización del servicio:
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio recogida y transporte del aceite anteriormente descrito con los medios propuestos por cada licitador. Los licitadores definirán en la documentación contenida en el sobre 2) y en documento aparte (este documento tendrá valor contractual obligando al contratista a su cumplimiento), con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Rutas de recogida debidamente justificadas en base al plan de contenerización propuesto que, obligatoriamente, estará basado en la distribución por barrios señalada en el punto 2.1. Estas rutas deberán presentarse reflejadas en planos.
b) Calendario y horario de recogida.
c) Descripción del equipo de traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines, y disponibilidad de dicho equipo.
d) Descripción del sistema de actuación previsto para el aceite que pudiera derramarse accidentalmente durante las operaciones de recogida y transporte de aceite.
e) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio.
2.2. VACIADO DE CONTENEDORES.
Vaciado y reciclaje de envases:
Será obligación del contratista efectuar el vaciado y envío para el reciclaje o reutilización de los envases y/o recipientes domésticos utilizados por los ciudadanos para el depósito de aceite embotellado en los contenedores.
Limpieza xx xxxxx:
Será obligación del contratista efectuar en sus instalaciones una limpieza a fondo de las xxxxx para la recogida de aceite embotellado después de cada uso, utilizando sistemas de limpieza a presión y productos detergentes y desengrasantes apropiados para ello.
2.3. VALORIZACIÓN DEL ACEITE Y LOS RECIPIENTES RECOGIDOS
Será obligación del contratista destinar el aceite recogido, una vez acondicionado, a un valorizador autorizado para la obtención de biocarburante (biodiésel). Cualquier cambio en este destino deberá estar autorizado por la normativa en vigor y ser aprobado previamente por el Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx
La empresa contratista estará obligada a entregar al Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx el documento de recepción del gestor autorizado con periodicidad semestral, así como a presentar anualmente certificado de vigencia de las autorizaciones requeridas en cada momento por la normativa vigente.
Asimismo, en el caso de que los recipientes de deposito de aceite no sean reutilizables, el contratista se verá obligado a garantizar un tratamiento adecuado a todos los envases depositados, sea cual sea su tipología, mediante su entrega al reciclador correspondiente. Sólo se admitirán destinos diferentes al reciclado para los casos en los cuales este no fuera posible y mediante autorización previa y por escrito del Ayuntamiento.
2.4. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES.
2.4.1. LIMPIEZA DE CONTENEDORES.
Objeto:
Para garantizar el perfecto estado higiénico-sanitario y el buen aspecto estético de todos los contenedores, será obligación del contratista realizar una limpieza y desinfección exhaustiva de la totalidad de los contenedores para aceite instalados en el término municipal de San Xxxxxxxxx.
Lugar de limpieza:
Las operaciones ordinarias de limpieza de contenedores se efectuarán “in situ”, es decir, en el propio punto donde estén ubicados los contenedores.
Para ello, el contratista adoptará las medidas adecuadas para evitar cualquier molestia a bienes o personas derivada de las operaciones de limpieza, inclusive del estacionamiento del vehículo de limpieza en las inmediaciones del contenedor.
Frecuencia de limpieza:
Los contenedores se someterán a una limpieza externa con una frecuencia mínima mensual.
Con independencia de dicha frecuencia mínima, puntualmente, a requerimiento de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, el contratista vendrá obligado a efectuar la limpieza de aquellos contenedores que en el período comprendido entre limpiezas presenten signos evidentes de suciedad.
Descripción de las operaciones de limpieza externa de contenedores:
La limpieza externa de los contenedores se realizará mediante el siguiente procedimiento general:
a) En primer lugar se procederá a la retirada manual de cualquier elemento extraño que se encuentre adherido al contenedor (carteles, cintas adhesivas, pegatinas etc.).
b) A continuación, se efectuará un pulverizado manual o mecánico de la superficie externa del contenedor proyectando un producto detergente eficaz. Dicho detergente se dosificará a la concentración recomendada por el fabricante, será biodegradable como mínimo en un 90% y generará una cantidad reducida de espuma.
c) Finalmente, se enjuagará el contenedor con agua fría o caliente, con ayuda de una lanza de alta presión.
Si fuera preciso, aquellas zonas que se resistan a la limpieza mediante la lanza a presión se limpiarán de forma manual.
Finalizada la operación xx xxxxxx, el estado final del contenedor será tal que su superficie exterior no ofrezca resto alguno de suciedad.
Se prestará también especial atención a la zona situada alrededor del contenedor (calzada, acera…), procediendo a limpiar cualquier posible mancha de aceite que pudiera haber.
Las operaciones xx xxxxxx deberán realizarse mediante procedimientos y detergentes químicos previamente autorizados por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, quienes podrán dictar, en función del grado de limpieza obtenido, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por el contratista. Para ello, el contratista deberá presentar etiquetado de los componentes de los productos a utilizar y efectuar una demostración práctica previa a la iniciación de la prestación del servicio ante los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, con un número reducido de contenedores, para valorar la eficacia del sistema de limpieza propuesto.
Para la limpieza externa manual de los contenedores se destinará un furgón hidrolimpiador o un equipo de alta presión remolcable, de agua fría o caliente, equipado con todos los elementos necesarios para efectuar la limpieza externa mediante el procedimiento descrito.
Estas obligaciones tendrán carácter sustancial de cara a la ejecución correcta del contrato y podrán ser causa suficiente de resolución en caso de incumplimiento.
Horario de limpieza:
Las operaciones de limpieza externa de los contenedores se realizará en horario diurno, no antes de las 8:00 ni después de las 22:00 horas, para evitar así molestias a la ciudadanía.
2.4.2. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES.
Objeto:
El Servicio consistirá en la conservación y mantenimiento integral de la totalidad de los contenedores instalados, para que en todo momento se encuentren en perfectas condiciones de uso, tanto por parte de los usuarios como por parte del servicio de recogida.
Será obligación del contratista la organización y ejecución de la totalidad de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo que requieran los contenedores de aceite instalados.
Programa de conservación y mantenimiento:
El contratista deberá establecer y presentar en su oferta, para el mantenimiento general periódico de los contenedores, un Programa en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo.
Los trabajos de mantenimiento, incluirán como mínimo:
La revisión periódica del estado funcional y de conservación de los contenedores. La periodicidad mínima para efectuar las revisiones será la misma que la periodicidad de vaciado asignada a cada contenedor.
La revisión de las bisagras y cierres de seguridad de la puerta de acceso a la cuba interior.
La revisión de los puntos de atornillado del contenedor al suelo.
La sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso.
La reposición de los adhesivos del contenedor que sean poco legibles o resulten deteriorados.
La eliminación completa de pintadas y graffitis mediante productos de probada eficacia que a su vez no dañen el contenedor.
La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran golpes o impactos que den lugar a abolladuras, deformaciones o desajustes.
La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran rozaduras que den lugar a rayas o zonas con desprendimiento de pintura o material.
Otros trabajos incluidos en el manual de conservación y mantenimiento del fabricante del contenedor.
En los casos de trabajos de mantenimiento no programados, como consecuencia de necesidades sobrevenidas, el contratista deberá solucionar la anomalía detectada, en un plazo máximo de 24 horas.
El contratista destinará al servicio de mantenimiento y conservación de contenedores un furgón de mantenimiento, asistido por un operario cualificado, dotado de los elementos de utillaje, herramientas y repuestos necesarios para realizar "in situ" cualquier operación de mantenimiento preventivo o correctivo.
Lugar para efectuar las operaciones de conservación y mantenimiento:
Los trabajos de mantenimiento podrán efectuarse “in situ”, es decir, en el propio punto donde estén ubicados los contenedores, siempre que estas operaciones no originen ningún trastorno en la vía pública. En caso contrario, los trabajos de mantenimiento se desarrollarán obligatoriamente en instalaciones fijas del contratista o en un área próxima previamente autorizada por el Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx.
Repuestos:
El contratista dispondrá obligatoriamente de un stock suficiente de piezas de repuesto de los contenedores instalados. El contratista asumirá las responsabilidades derivadas de la eventual demora que pudiera producirse en el mantenimiento ordinario o en la reparación de contenedores como consecuencia de la falta de repuestos necesarios.
Los repuestos utilizados para la sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso serán siempre originales, es decir, suministrados por la casa fabricante de los contenedores y serán abonados por cuenta del contratista.
Organización del servicio de limpieza y de mantenimiento y de conservación de contenedores:
Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio de limpieza y de mantenimiento y de conservación de contenedores, con los medios propuestos.
Los licitadores definirán en su propuesta, concretamente en documento adicional contenido en el sobre 2) (este documento tendrá valor contractual obligando al contratista a su cumplimiento), con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
a) Limpieza de contenedores:
- Descripción detallada de las operaciones de limpieza de los contenedores.
- Descripción y etiquetado de los componentes de los productos a utilizar.
- Rutas xx xxxxxx debidamente justificadas y contenedores objeto xx xxxxxx.
- Calendario y horario xx xxxxxx.
b) Mantenimiento y conservación de contenedores:
- Plan de mantenimiento y conservación, preventivo y correctivo, de los contenedores de aceite.
- Descripción detallada de las operaciones de mantenimiento a efectuar y forma de realización de las mismas.
- Descripción del stock de piezas de repuesto de los contenedores.
c) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio, incluidos los tiempos de reacción y subsanación.
3.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. nº 269, de 00 xx xxxxxxxxx xx 0000), xx Xxxx Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (B.O.E. nº 27, de 31 de enero de 1997), el Real Decreto171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales y demás legislación relacionada con la Seguridad y Salud en el Trabajo. En consecuencia, será obligación del contratista:
• Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
• Realizar la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias.
• Evaluar los riesgos laborales.
• Planificar la acción preventiva a partir de los resultados de la evaluación de los riesgos.
• Asegurarse de que los medios de trabajo garanticen la seguridad de los trabajadores.
• Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar, cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente.
• Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las medidas y actividades de protección aplicables y las medidas de emergencia adoptadas.
• Consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud laborales.
• Garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada en materia preventiva.
• Informar y adoptar medidas, cuando los trabajadores pueden estar expuestos a un riesgo grave e inminente.
• Garantizar la vigilancia médica periódica de la salud de los trabajadores.
• Designar a uno o varios trabajadores para ocuparse de la prevención de riesgos profesionales, constituir un servicio de prevención o concertar dicho servicio con una entidad especializada.
El Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx adoptará las medidas de vigilancia oportunas para verificar el cumplimiento por parte del contratista de las obligaciones de prevención que le son exigibles.
4.- PERSONAL
El contratista dispondrá en todo momento del personal necesario para prestar el servicio, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares.
El contratista deberá disponer los medios humanos necesarios para asegurar en todo momento la eficaz ejecución del servicio objeto del contrato y cubrir eventualidades tales como bajas por enfermedad o accidente, permisos, labores sindicales, vacaciones y otras causas debidamente justificadas, así como todo tipo de bajas imprevistas y absentismo. Dichas ausencias o bajas del personal deberán ser cubiertas de forma inmediata por parte del contratista.
El Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx no tendrá relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal del contratista, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de este contrato.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
En caso de huelga o conflicto de empresa, ésta deberá acatar y llevar a cabo los servicios mínimos que el Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx u otros organismos competentes establezcan.
Xxxxxxx presentar en su oferta la relación de personal que estimen necesario identificando su cualificación profesional. En cualquier caso deberán designar una persona responsable de la empresa que será el interlocutor permanente con el Ayuntamiento.
5.- VEHÍCULOS, MAQUINARIA INSTALACIONES FIJAS.
El adjudicatario deberá aportar cuantos medios materiales sean necesarios para la correcta prestación del servicio.
Los medios materiales destinados a la ejecución del servicio, asegurarán en todo momento la prestación de los mismos con margen suficiente para llevar a término puntualmente el plan de trabajo y solventar los imprevistos que pudieran producirse.
El material móvil a utilizar, será el más adecuado a las exigencias del Servicio.
Todos los medios materiales afectos a la contrata, serán puestos al servicio de la Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx a tiempo parcial, es decir, únicamente en los momentos de prestación del Servicio.
La totalidad del material móvil, la maquinaria y herramienta específica a emplear y los locales y dependencias del servicio a utilizar, deberá ser minuciosamente descrita por los licitadores en la propuesta (sobre 2), con indicación de sus características técnicas, equipamientos, antigüedad, etc. y con aportación de todo tipo de planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos crean necesarios aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos. También la ubicación y características de las instalaciones fijas
6.- ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS DE CONTROL.
Dentro de la organización propuesta, el contratista dispondrá de unos dispositivos informáticos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por el Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, en orden a la justificación de los trabajos realizados y para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea conveniente sobre el servicio contratado. Estos dispositivos y sistemas serán compatibles con los disponibles por el Ayuntamiento.
Mensualmente el contratista proporcionará al Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, datos relativos a los contenedores objeto de vaciado, fechas de vaciado, niveles de llenado de los contenedores, cantidad estimada de aceite recogido por punto y cantidad total de aceite recogido, incidencias en el servicio etc. Dichos datos serán presentados conforme al modelo de ficha que aportará el Servicio Técnico del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx.
Bimestralmente, el contratista proporcionará al Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, datos relativos a contenedores objeto de limpieza, fechas xx xxxxxx, incidencias en el servicio etc.
Bimestralmente, el contratista proporcionará al Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, datos relativos a contenedores objeto de acciones de mantenimiento y conservación, fechas de actuación, trabajos efectuados, etc.
El contratista deberá presentar una memoria anual en el plazo máximo de un mes tras la finalización del año natural que incluya:
Un resumen de datos mensuales de cantidades de aceite recuperado y reciclado, total y por puntos de depósito.
Un listado actualizado de los puntos de depósito con indicación de las posibles altas y bajas del año, así como su representación gráfica en planos.
Toda la información relativa al ciclo de recuperación del aceite y otros materiales recogidos, con indicación de las empresas gestoras en cada una de las fases, incluyendo los documentos de aceptación y entrega del residuo.
Un resumen de actuaciones desarrolladas en materia de información y concienciación ciudadana.
El servicio contratado estará sometido permanentemente a la inspección y vigilancia del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, a través de sus Servicios Técnicos, quienes podrán realizar las revisiones que estimen oportunas, en cualquier momento y lugar. La inspección que al efecto designe el Ayuntamiento, tendrá acceso a los vehículos y a los locales y dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise. La Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx podrá dictar, en función de la inspección realizada, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por el contratista.
El contratista queda obligado a exhibir cuantos documentos le sean solicitados por la Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx, y en especial, los relativos a seguros sociales, prevención de riesgos laborales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros, instalaciones y material, y en general, a permitir todas aquellas actuaciones encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria del Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx.
El contratista queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio le sean ordenados por la Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx. Al Ayuntamiento podrá exigir al contratista que los datos de generación de aceite los deba también el contratista enviar directamente a otras entidades (mancomunidad…) que puedan necesitarla para la elaboración de estadísticas.
7.- PLAN DE COMUNICACIÓN.
La implantación de los contenedores en la vía pública para la recogida de aceite usado doméstico deberá ira acompañada de acciones de comunicación, propaganda y motivación para el que el contratista deberá presentar un plan detallado de las actuaciones que con dicho fin propone y cuyo coste asume.
Asimismo, y de cara a una fase posterior de consolidación, para la cual se prevé va a ser importante incidir en la sensibilización, concienciación y motivación el contratista deberá realizar un plan de campaña de refuerzo que se deberá desarrollar a los largo del contrato y que deberá ser costeado por el adjudicatario.
Ambos planes deberán consensuarse con el Ayuntamiento, tanto en lo referente a contenidos como en lo referente a imagen corporativa
8.- MEJORAS.
Los mínimos establecidos en el presente pliego referidos a las condiciones en que se debe prestar el servicio pueden ser mejorados por el contratante, bien sea con objeto de obtener mayor rendimiento o mayor calidad del servicio a prestar o con objeto de tener una repercusión en menores costes ambientales.
Las mejoras propuestas que, ofertadas por el contratante, sean valoradas como tal por el Ayuntamiento pasarán a ser de obligado cumplimiento para el contratante y no así los que no cuente con tal valoración por parte del Ayuntamiento.
9.- PRECIO.
El coste de la disposición de contenedores, su mantenimiento y la prestación del servicio serán por cuenta del contratista.
El Ayuntamiento cederá sin coste todas las cantidades de aceite al contratista (y envases, en el caso de se opte por el sistema multienvase). No obstante, este podrá proponer una cantidad económica por tonelada a abonar al Ayuntamiento durante la vigencia del contrato.
En el supuesto de que el retorno económico que el contratista obtenga en el mercado aumente o disminuya por encima del 25% respecto a la situación al inicio de contrato, la cantidad propuesta podrá ser modificada en la misma proporción para períodos anuales respecto a la fecha de contratación, aunque sin ninguna posibilidad de abono alguno en este concepto por parte del Ayuntamiento. El ayuntamiento tendrá la facultad de revisar y auditar los datos facilitados por el contratista y al respecto el contratista queda obligado a acreditar los datos que el Ayuntamiento le requiera. A modo de ejemplo, si varía en un 28% se variará el canon propuesto por el adjudicatario en un 28%.
En el supuesto de que la reducción del valor económico del aceite usado fuese de una magnitud tal que hiciese inviable económicamente el servicio, el contratista, previa autorización por escrito del Ayuntamiento, podrá utilizar el soporte para la inclusión de publicidad. Para ello el contratista deberá justificar debidamente tal inviabilidad o necesidad de financiación.
10. ENTREGA CONTENEDORES
Los contenedores de recogida deberán ser entregados e instalados en los puntos en los que determine la Ayuntamiento de San Xxxxxxxxx en un plazo máximo de 30 días contados a partir de la firma del contrato administrativo.
11.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL SOBRE 2)
Organización del servicio de recogida
Proyecto de organización con rutas de recogida; calendario y horario de recogida, frecuencia, descripción del equipo de traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines y disponibilidad de dicho equipo; descripción del sistema de actuación previsto para el aceite que pudiera derramarse accidentalmente y otras medidas para la mejor prestación del servicio.
Organización del servicio de limpieza y mantenimiento de contenedores:
Proyecto de organización de limpieza de contenedores; de mantenimiento y conservación de contenedores y de otras medidas que incidan en la limpieza y mantenimiento de contenedores (tiempos de reacción y subsanación)
Medios humanos
Relación de medios humanos adscritos al servicio y su organización
Medios materiales
Relación detallada de medios materiales adscritos al servicio, con indicación de sus características técnicas, equipamientos, antigüedad, etc. y con aportación de todo tipo de planos, croquis, esquemas, fotografías, fichas técnicas, gráficos, normas y certificados de calidad y cuantos datos crean necesarios aportar para facilitar su descripción. Cuantía y condiciones de seguro contratado. Descripción y ubicación de las instalaciones fijas.
Sistemas de control
Proyecto de tratamiento y comunicación de datos relativos a vaciado de contenedores, fechas de vaciado, niveles de llenado de los contenedores, cantidad de aceite recogido, limpieza y mantenimiento de contenedores, fechas, incidencias en el servicio etc.
Comunicación y motivación
Proyecto de comunicación que incluya una campaña inicial o de implantación y una campaña de seguimiento o refuerzo
Mejoras
Relación de mejoras que contribuyan al rendimiento y la calidad del servicio a prestar. Mejoras que impliquen una repercusión en costes ambientales.
En San Xxxxxxxxx, a 16 de julio de 2013
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