Contract
PLIEGO DE CONDICIONES – TIPO PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS CUYO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN SEA SUPERIOR A 50.000 €. E INFERIOR A 200.000
€. (IVA NO INCLUIDO).
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: NEGOCIADO. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE: ORDINARIA.
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL CENTRO DE BAJA TENSIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXX Y RÍA DE PONTEVEDRA: “PESQUERO”
2.- PRESUPUESTO FORMULADO POR LA ADMINISTRACIÓN
BASE IMPONIBLE | 64.000,00 | SESENTA Y CUATRO MIL EUROS |
IVA 21% | 13.440,00 | TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS |
IMPORTE TOTAL: | 77.440,00 | SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS |
3.- GARANTÍA PROVISIONAL. 3% DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA NO INCLUIDO).
NO SE EXIGE
€.
4.- GARANTÍA DEFINITIVA. NO PROCEDE.
5% DEL IMPORTE DE ADJUDICACIÓN (IVA NO INCLUIDO).
En metálico o en valores públicos o privados |
Mediante aval prestado por bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. |
Por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución. |
5% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA NO INCLUIDO).
(CUANDO EL PRECIO DEL CONTRATO SE DETERMINE EN FUNCIÓN DE PRECIOS UNITARIOS).
EUROS
€
5.- GARANTÍA COMPLEMENTARIA.
HASTA 5% DEL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE ADJUDICACIÓN (IVA NO INCLUIDO).5%
NO SE EXIGE.
€
6.- CONTRATO.
FORMALIZADO ANTE EL PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
DERECHO COMÚN
7.- CRÉDITO EXISTENTE Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES (IVA NO INCLUIDO).
EJERCICIO | IMPORTE DE LAS ANUALIDADES | |
(EN LETRA) | (EN NÚMERO) | |
2015 | VEINTICUATRO MIL EUROS | 24.000,00 |
2016 | CUARENTA MIL EUROS | 40.000,00 |
TOTAL | SESENTA Y CUATRO MIL EUROS | 64.000,00 |
8.- PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE TERMINACIÓN DEL SUMINISTRO.
DOCE (12) MESES
9.- PLAZO DE GARANTÍA.
10. PLAZO DE VALIDEZ DE LAS PROPOSICIONES.
TRES (3) MESES |
11.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Los precios de adjudicación del contrato únicamente serán revisados como consecuencia de las variaciones de los precios regulados, que se produzcan desde la adjudicación, que se trasladarán automáticamente a los precios contratados, no siendo objeto de revisión, ningún otro componente del precio. |
12.- CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATISTAS LICITANTES.
GRUPO: | SUBGRUPO: | CATEGORÍA: |
13.- ADMISIÓN DE VARIANTES (Número máximo variantes admitidas).
14.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
Oferta económica: Y = 60
1. Solvencia técnica: X = 40
I. OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO
1º Objeto del contrato
El objeto del Contrato es el suministro e instalación de unidades reseñadas en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego.
2º Documentos contractuales
El presente Xxxxxx, así como los planos, Pliego de Prescripciones Técnicas o relación de unidades, revestirán carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario, simultáneamente a la formalización del contrato.
3º Presupuesto y financiación
3.1. El presupuesto de licitación que figura en el cuadro de características es estima- tivo, dada la naturaleza del suministro, y está calculado para el suministro de energía sobre la base de un consumo de energía similar al del último año.
3.2- El precio de referencia del contrato será el que resulte de la oferta económica presentada por la empresa adjudicataria, aunque el precio final del contrato será el resultado de aplicar los precios unitarios por Kwh. ofertados por el adju- dicatario al consumo realmente producido.
3.3- La cobertura financiera del contrato está amparada por la consignación presu- puestaria correspondiente y por el certificado que acredita la existencia de crédito o compromiso de gasto suficiente para atender el gasto derivado del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 2 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas ge- nerales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y las Auto- ridades Portuarias.
3.4- El presupuesto de licitación está calculado para todos los conceptos facturables, sobre la base de un consumo de energía similar al del último año (2014-2015). Durante el último año el consumo de la energía eléctrica en el centro objeto de este expediente ha sido el que se indica como referencia en el cuadro adjunto. El presupuesto base aproximado y estimado de licitación, atendiendo al coste del
suministro de energía eléctrica durante la anualidad precedente, se estimaría así en 64.000,00 €, de acuerdo con el informe justificativo, cantidad en la que es- tarán incluidos todos los elementos del coste de la energía eléctrica, así como cualquier tipo de impuesto sobre la electricidad, EXCEPTO EL IVA.
Dicho cálculo aproximado se desglosa en la tabla siguiente:
XXXXXX | Xxxxxxx | Xxxxxxxxxx xxxxxxx xxxxx | X0 | X0 | X0 |
Xxxxxxxx | Xxxx | 786.000 Kw | 126.300 | 364.700 | 295.000 |
4º Plazo de ejecución
4.1. El plazo de duración del contrato, será de doce (12) meses, el cual empezará a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato, salvo por razones de urgencia, caso en el cual la ejecución se anticipará a la fecha de adjudicación, si así figura en la notificación de la misma.
5º Régimen jurídico
Los contratos que regula este Pliego, tendrán la consideración de contratos privados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, modificada por la Orden FOM/1698/2013, de 31 de julio, y por el Real Decreto Legislati- vo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sin que le sean aplicables en ningún caso las normas para contratos sujetos a regulación armonizada; en cuanto a sus efectos y extinción, por la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas ge- nerales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Por- tuarias y por el Derecho Privado.
El órgano de contratación es el Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
6º Recursos y Reclamaciones
El Orden Jurisdiccional Civil será el competente para resolver las cuestiones litigiosas re- lativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contra-
tos. La reclamación en vía administrativa ante el órgano de contratación será requisito previo al ejercicio de la acción civil (Regla 45.2).
La solución de las controversias relativas al cumplimiento, efectos y extinción de los contratos podrá someterse a arbitraje.
Las empresas extranjeras deberán someterse a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extran- xxxx que pudiera corresponderles.
II. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FASES DE LICITACIÓN
7º Procedimiento de adjudicación
7.1. El Contrato se adjudicará por el procedimiento negociado sin publicidad, previsto en las Regla 42 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprue- ban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puer- tos del Estado y Autoridades Portuarias.
7.2. Al objeto de promover la debida concurrencia se solicitará la oferta de empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, sin que su número sea in- ferior a tres, siempre que ello sea posible, con las cuales podrán negociarse todas o alguna de las condiciones del contrato y que se detallan a continuación, dentro de los límites establecidos en la Regla 26 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias y en el presente pliego:
o Oferta económica del término de energía.
o Propuesta de estudios de eficiencia energética ó de modificación en la tarifa a aplicar para las instalaciones portuarias objeto de la presente licitación, que no impliquen coste económico para la Autoridad Portuaria.
8º Licitadores
8.1. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o ex- tranjeras que teniendo plena capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto
en el art. 72 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cum- plan los requisitos establecidos en la Regla 13 de las Normas y Reglas Generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Por- tuarias, y siempre que no estén incursas en las prohibiciones para contratar reco- gidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tal y como dispone la Regla 13.1.c) de las citadas Normas y que se encuentren al co- rriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad Social.
8.2. Serán admitidas a la licitación las uniones temporales de empresarios que se cons- tituyan al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Dichos empresa- xxxx quedarán obligados solidariamente ante la Administración.
La duración de las uniones temporales de empresas será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
8.3. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra su solvencia financiera, económica y técnica o profesional, conforme con los criterios estable- cidos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como su inscripción en un Re- gistro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Es- tado donde están establecidos.
9º Presentación de proposiciones
9.1. La presentación de las proposiciones implica la aceptación de las Condiciones de este Pliego y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
9.2. En las proposiciones que presenten los licitadores se entenderán comprendidos, a todos los efectos, el precio del contrato, así como los demás impuestos y tasas que pudieran corresponder, debiendo especificar separadamente el importe del IVA.
9.3. La documentación para las licitaciones se presentará en sobres cerrados y firma- dos por el licitador o la persona que lo represente, con indicación en su exterior, del título de la licitación a la que concurren, del nombre y apellidos o razón social de la empresa, así como número de teléfono, fax o dirección de correo electróni- co.
9.4. Los sobres a que se refiere el apartado anterior serán entregados en el Registro General de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra o enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado, respetándose, en cualquier caso, el secreto de la oferta.
9.5. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de con- tratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, correo electrónico o tele- grama en el mismo día, a alguna de las siguientes direcciones:
Fax: 000 00 00 00.
Correo electrónico:xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Dirección: Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, x/x. Xxxxx (Xxxxxxxxxx). Código Postal 36900.
Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación fecha de imposición y anun- cio de remisión, ambos dentro del plazo de admisión), no será admitida la docu- mentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fe- cha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse re- cibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso.
9.6. Toda la documentación deberá presentarse en originales o copias debidamente autenticadas o compulsadas.
9.7. La documentación general presentada por los licitadores no adjudicatarios, será devuelta a los mismos una vez formalizada la adjudicación, a petición de aquellos. Transcurrido el plazo de tres meses, a contar desde la comunicación de la adjudi- cación sin que los licitadores que no resulten adjudicatarios hayan retirado la ci- tada documentación, la Autoridad Portuaria podrá proceder a su destrucción.
9.8. Las proposiciones constarán de 3 sobres, incluyendo en cada uno los siguientes documentos:
SOBRE Nº 1
Título:
DOCUMENTACIÓN GENERAL. A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre o razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.
Contenido:
Los documentos a presentar serán los siguientes:
A) Si en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego se exige una determi- nada clasificación, deberán presentarse los siguientes documentos:
a) Certificado de clasificación expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o testimonio notarial del mismo. Este certificado deberá contener; el nombre o razón social del empresario, número de identificación fiscal, domicilio, los grupos y subgrupos en los que se encuentra clasificado, con expresión de la categoría obtenida en cada uno de ellos y fecha del acuer- do de clasificación y plazo de vigencia de la misma.
El certificado de clasificación deberá presentarse acompañado de una declara- ción responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las cir- cunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
b) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán aportar la correspondiente fotocopia del Documento Nacional de Identidad debidamente compulsada u autenticada. Las sociedades mediante la presentación de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. Debe constar claramente la vigencia de las facultades de apode- ramiento en el momento de presentación de la oferta. La personalidad del apoderado se acreditará mediante la aportación de fotocopia debidamente autenticada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.
d) Declaración responsable de no hallarse incursas en las prohibiciones para con- tratar recogidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
e) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tri- butarias y con la Seguridad Social.
f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, rela- ción de empresas que integren el grupo de empresas del que forme parte el li- citador.
g) Declaración en la que el licitador haga constar que acepta de manera incondi- cionada el contenido xxx Xxxxxx y que no ha presentado más de una proposi- ción a la misma licitación, ya sea individualmente ya en unión temporal con otro empresario.
h) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se someten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudie- ran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
i) Fianza provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra. En el caso de Uniones Temporales de Empresas, la garantía deberá amparar, conjunta y solidariamente, a todos y cada uno de los miembros de la Unión Temporal de Empresas y así se hará constar en el documento en el que se constituya dicha garantía.
B) En los restantes supuestos y siempre que no se exija clasificación alguna, los docu- mentos a presentar serán los siguientes:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Las personas físicas deberán aportar fotocopia compulsada o autenticada del Documento Nacional de Identidad. Las sociedades mediante la presentación de la escritura de cons- titución y de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
b) Los que acrediten que cuentan con la solvencia técnica, económica y financie- ra conforme a los medios establecidos en los arts. 75 a 79 del Real Decreto Le- gislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundi- do de la Ley de Contratos del Sector Público.
c) Poder notarial suficiente, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando comparezca o firme la proposición como representante y apoderado. Debe constar claramente la vigencia de las facultades de apode- ramiento en el momento de presentación de la oferta. La personalidad del apoderado se acreditará por la Autoridad Portuaria mediante aportación de copia compulsada o debidamente autenticada del Documento Nacional de Identidad.
d) Declaración responsable de no hallarse incursa en las prohibiciones para con- tratar recogidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
e) Declaración expresa y responsable de estar al corriente de las obligaciones tri- butarias y con la Seguridad Social.
f) Declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, o, en su caso, rela- ción de empresas que integren el grupo de empresas del que forme parte el li- citador.
g) Declaración en la que el licitador haga constar que acepta de manera incondi- cionada el contenido xxx Xxxxxx y que no ha presentado más de una proposi- ción a la misma licitación, ya sea individualmente ya en unión temporal con otro empresario.
h) En caso de presentación de ofertas por empresas extranjeras, declaración por la que se someten a la jurisdicción española para todos los litigios que pudie- ran derivarse del contrato; con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
i) Fianza provisional, si se exige, a disposición del Presidente de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra. En el caso de Uniones Temporales de Empresas, la garantía deberá amparar, conjunta y solidariamente, a todos y cada uno de los miembros de la Unión Temporal de Empresas y así se hará constar en el documento en el que se constituya dicha garantía.
C) En el caso de Uniones Temporales de Empresarios:
a) Cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a los apartados anteriores.
b) En el escrito de proposición indicarán los nombres y características de los em- presarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos, y el com- promiso de constituirse en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios, asimismo deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pa- gos de cuantía significativa.
c) La clasificación de la agrupación se verificará, en su caso, mediante la acumu- lación de las clasificaciones individuales de cada una de las empresas que inte- gran la unión temporal expresadas en sus respectivas clasificaciones.
d) Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión em- presarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un estado miem- bro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, fi- nanciera y técnica o profesional.
D) Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea , deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Perma- nente española u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de proce- dencia de la empresa extranjera admite a la vez su participación de empresas espa- ñolas en la contratación con la Administración, y con los Entes, organismos o enti- dades del sector público asimilables a los enumerados en el art. 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga. Será necesario, además que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con de- signación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscri- tas en el Registro Mercantil.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos traducidos de forma oficial al idioma castellano x xxxxxxx.
SOBRE Nº 2
Título:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA. A continuación se consignará el título del Contrato y el nombre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electrónico.
Contenido:
Proposición económica formulada con arreglo al modelo que figura como Anexo al pre- sente Xxxxxx, para cada propuesta. El licitador deberá formular obligatoriamente su proposición para la relación de unidades aprobada por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
La propuesta se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra estime fundamental para considerar la oferta.
SOBRE Nº 3.
Título:
REFERENCIAS TÉCNICAS. A continuación se consignarán el título del Contrato y el nom- bre y razón social del licitador, número de teléfono, fax o dirección de correo electróni- co.
Contenido:
o Propuesta de estudios de eficiencia energética ó de modificación en la tarifa a aplicar para las instalaciones portuarias objeto de la presente licitación, que no impliquen coste económico para la Autoridad Portuaria.
10º Adjudicación
10.1. Procedimiento:
No excediendo el importe del contrato de 200.000 €, las ofertas se abrirán en un acto en el que estarán presentes el Director de la Autoridad Portuaria, el Secretario General y el Responsable del contrato.
En el supuesto de imposibilidad de asistencia de todos o algunas de las personas los in- dicadas, el Órgano de Contratación podrá designar sustitutos.
A los efectos de la calificación de la documentación presentada, y finalizado el plazo de presentación de ofertas, el Director de la Autoridad Portuaria ordenará la apertura de los sobres nº 1, rechazándose aquellas ofertas que no lo hubiesen efectuado en la for- ma debida, por la no presentación de alguno de los documentos exigidos o la presenta- ción de los mismos en forma distinta a la requerida, concediendo un plazo de subsana- ción en el caso de defectos subsanables, y admitiendo provisionalmente las que reúnan, de un primer examen de la documentación presentada, los requisitos exigidos.
Si se observara defectos en la documentación aportada y estos fueran subsanables, se concederá a los licitadores un plazo para ello que, como mínimo, será de 3 días hábiles.
La falta de acreditación de capacidad o solvencia impedirá la apertura del resto de so- bres, previo pronunciamiento expreso y motivado de los asistentes al acto.
Acto seguido, en su caso, se abrirá el sobre nº 3 por el Director de la Autoridad Portua- ria, junto con el Secretario General y el Responsable del contrato. Esta documentación será remitida para su examen a la Comisión Técnica formada a tales efectos con arreglo a lo previsto en las Reglas 4 y 39 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que
se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, finalizado lo cual se levantará la sesión.
Solo se procederá a la apertura de las proposiciones económicas cuando el Director tenga en su poder la valoración técnica de las ofertas, presentadas y admitidas efectua- da por la Comisión Técnica.
En el lugar, día y hora indicados en anuncio, se procederá en acto público, a la apertura de las proposiciones económicas (Sobre nº 2), dando lectura a las mismas.
La documentación económica será remitida a la Comisión Técnica para su valoración y para que, concluida, en su caso, la negociación con los interesados, elabore la propues- ta motivada de adjudicación (informe de evaluación global).
Los informes emitidos por la Comisión Técnica se incorporarán al expediente de contra- tación.
Sobre la base de la propuesta y evaluación global realizada por la Comisión Técnica, el Órgano de Contratación de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra resol- verá la iniciación de los trámites procedentes para la adjudicación o la declaración del procedimiento de contratación desierto.
El plazo máximo para la adjudicación, desde la apertura de las ofertas económicas, será de tres meses.
10.2. Criterios de valoración de las ofertas.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del Anexo III de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (Importe del contrato inferior a 200.000 €), se atiende a los criterios que se dirán, directamente vinculados al objeto del contrato e incluyendo el precio como criterio de adjudicación.
Para el estudio y valoración de las proposiciones, los criterios a tener en cuenta serán los siguientes:
A) PRECIO DEL CONTRATO.
Para obtener las puntuaciones económicas, PE, de las ofertas se procederá de la si- guiente forma: se le asignaran 100 puntos a la oferta más económica y a las ofertas res- tantes se les asignará la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:
Puntuación económica de la oferta (PE) = [ (40 × Baja de la oferta) / Baja de la oferta más económica ] + 60
Se entiende por baja de una oferta la diferencia entre el presupuesto base de licitación y el presupuesto de la oferta correspondiente, en tanto por ciento. Se considera oferta más económica a la oferta más baja de las presentadas no incursa definitivamente en anormalidad por su bajo importe.
La puntuación económica se redondeará al segundo decimal. Presunción de anormalidad por bajo importe de una oferta:
Siendo:
BO: Baja de la oferta económica (%).
BR: Baja de Referencia, calculada como se indica a continuación (%). BM Baja Media (%), calculada como se indica a continuación.
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo impor- te, aquéllas cuyas BO correspondientes superen los siguientes valores:
a) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» mayor o igual que cinco (5):
BO > BR + 4
b) Para un número n de ofertas económicas «contemplables» menor que cinco (5): BO > BM + 4
Se denominan ofertas económicas «contemplables», a las ofertas admitidas administra-
tiva y técnicamente, una vez excluidas aquellas correspondientes a las propuestas si- tuadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable, así como aquellas que, a estos efectos, no deban ser consideradas por pertenecer a un mismo grupo.
Los cálculos de la Baja Media (BM) y de la Baja de Referencia (BR) se realizarán de la forma siguiente:
Ofj = Importe de la oferta genérica «contemplable» j (incluida en el conjunto de las cita- das n ofertas «contemplables») y
PB = Presupuesto Base de Licitación, que figura en el Cuadro de Características del Plie- go.
Se obtendrá, para cualquiera número, n, de ofertas: BOj = 100 [ 1 - ( Ofj / PB ) ] y
BM = (1 / n) ∑ j=1 j=n BOj Además, para n ≥ 5, se obtendrá:
Entre las mencionadas n ofertas económicas «contemplables» se elegirán aquellas n'
ofertas, tales que a cualquiera de ellas, de importe expresado genéricamente como Ofh, le corresponda un valor BOh [ BOh = 100 (1 - (Ofh/PB) ) ], que cumpla la condición:
|BOh - BM| ≤ σ.
Y contando sólo con dichas n' ofertas, se calculará el valor BR, llamado «Baja de Refe- rencia», del modo siguiente:
Dicho valor de BR servirá, cuando n ≥ 5 para determinar los límites de la presunción de anormalidad anteriormente citados.
B) EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA.
Para valorar la calidad técnica de cada propuesta se analizarán y puntuarán, en su caso, los aspectos de la misma que se relacionan seguidamente:
o Propuesta de estudios de eficiencia energética ó de modificación en la tarifa a aplicar para las instalaciones portuarias objeto de la presente licitación, que no impliquen coste económico para la Autoridad Portuaria.
Puntuación de los criterios técnicos anteriormente enumerados:
La valoración técnica a alcanzar en cada uno de los aspectos o criterios técnicos será la siguiente:
ASPECTOS | VALORACIÓN |
Propuesta de estudios de eficiencia energética ó de modificación en la tarifa a aplicar para las instalaciones portuarias objeto de la presente licitación, que no impliquen coste económico para la Autoridad Portua- ria. | 100 |
100 |
La valoración de la calidad técnica total (VT) de cada propuesta será la resultante de la suma de las valoraciones técnicas obtenidas para los distintos aspectos de ella, según los criterios anteriores y se redondeará al segundo decimal.
El método a seguir para determinar la puntuación técnica de cada oferta (PT) será el si- guiente:
a) Las ofertas de los licitadores admitidos administrativamente quedarán encuadradas en dos intervalos:
Ofertas con calidad técnica inaceptable: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea infe- rior a 60 puntos sobre 100.
Ofertas con calidad técnica suficiente: aquellas cuya valoración técnica (VT) sea superior o igual a 60 puntos sobre 100.
b) Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable no serán tomadas en consideración para el cálculo de las ofertas anormalmente bajas ni para la determi- nación de la oferta más ventajosa, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el otro intervalo, se procederá a declarar desierta la licitación, al no haber concurrido al mismo ofertas de calidad técnica suficiente.
En lo que sigue, no se hace referencia a las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inaceptable, ni a las calificadas definitivamente como anormalmente bajas que no son ya tomadas en consideración.
Las puntuaciones técnicas de las ofertas coincidirán con las valoraciones técnicas (PT = VT), con un mínimo de 60 puntos según lo establecido en los párrafos anteriores.
La puntuación técnica se redondeará al segundo decimal, en su caso.
Evaluación global.
La evaluación global de las ofertas encuadradas en el intervalo de calidad técnica sufi- ciente se calculará con arreglo a la siguiente expresión:
Ponderación de la calidad técnica de la propuesta (X%):
Para la determinación de esta ponderación se empleará la condición: X ≤ 40
Ponderación de la oferta económica de la propuesta (Y%):
Para la determinación de esta ponderación se empleará la condición: Y ≥ 60.
Los valores de X e Y, cuya suma deberá ser siempre igual a 100 (X + Y = 100), serán los establecidos en el Cuadro de Características xxx Xxxxxx.
Puntuación global de las ofertas:
La puntuación global, PG, relativa a una propuesta cualquiera será la siguiente: PG = (X / 100) PT + (Y / 100) PE
Siendo PT la «puntuación técnica» y PE la «puntuación económica».
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 11º Documentación a presentar
11.1. Antes de la adjudicación del Contrato, el adjudicatario deberá presentar, si no lo hubiera hecho en la fase de licitación, los documentos acreditativos de estar al co- rriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
11.2. Igualmente, el adjudicatario deberá aportar los documentos probatorios de la personalidad y capacidad para contratar con la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra del firmante de contrato, cuando sea una persona distinta a la que presentó en su día la oferta correspondiente, así como los justificantes de haber constituido la fianza definitiva, en su caso.
12º Garantía definitiva
12.1. El adjudicatario está obligado a constituir, ante la Autoridad Portuaria, la garant- ía señalada en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 14.5 de la de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de ju- lio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
12.2. Esta garantía se consignará a disposición del Presidente de la Autoridad Portua- ria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra y podrá constituirse en cualquiera de las for- mas establecidas por el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso el aval o seguro de caución deberán presentarse en documento bastanteado por los servicios jurídicos del Estado o por el asesor jurídico de la Autoridad Portuaria.
12.3. La fianza podrá ser otorgada por persona o entidad distinta del adjudicatario, entendiéndose, en todo caso, que la garantía queda sujeta a las mismas respon- sabilidades que si fuese constituida por el mismo. Se entenderá que el aval debe prestarse con renuncia al beneficio de excusión a que se refiere el Artículo 1.830 del Código Civil, a primer requerimiento, así como el seguro debe constituirse con renuncia del asegurador a oponer al asegurado las excepciones que pudie- ran corresponderle contra el tomador.
12.4. En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la notificación de la ad- judicación, deberá acreditarse ante la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, la constitución de la fianza anteriormente señalada y responderá del cumplimiento íntegro por el contratista de las obligaciones asumidas en vir- tud del propio contrato. Deberá reponerse su importe en los quince días siguien- tes al momento en que se hubiera ejecutado en todo o en parte. Será devuelta al contratista una vez concluido el plazo de garantía.
12.5. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente va- riación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado en el plazo de veinte días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modifi- cación.
13º Documento de formalización
El Contrato se formalizará dentro del plazo de quince días naturales siguientes al de no- tificación de la adjudicación.
El adjudicatario podrá exigir su formalización en escritura pública, en cuyo caso serán de su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
14º Resolución de la licitación.
14.1 En el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de apertura de las pro- posiciones económicas, el órgano de contratación adjudicará la licitación median- te resolución motivada.
14.2 La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra comunicará la resolución de la licitación al adjudicatario, a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación de la adjudicación expresará los extremos señalados en la Regla 39.5
14.3 Los licitadores no adjudicatarios podrán retirar la documentación general, en el Registro General de la Autoridad Portuaria, contra entrega del recibo justificativo. En el supuesto de que los licitadores no retiren la documentación general en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Autori- dad Portuaria podrá proceder a su destrucción.
IV. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO 15º Condiciones a que debe ajustarse la ejecución del contrato.
15.1 La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, designará un Responsable del Contrato que desempeñara una función de impulso, inspección y control de la ejecución del contrato, siendo el cauce normal de comunicación, encargos técni- cos e intercambio de información con el adjudicatario, y encargado de dirigir al contratista las instrucciones que, en interpretación técnica de la relación de uni- dades, resulten procedentes para la debida ejecución del contrato.
15.2. El contratista será responsable, mientras dure la ejecución del contrato y hasta tanto haya transcurrido el plazo de garantía, de los daños y perjuicios causados a terceros, a la propia entidad contratante o al personal de la misma.
16º Responsabilidades del Contratista
16.1. El Contratista, empresa o Unión Temporal de Empresas adjudicataria del contrato, será responsable del correcto desarrollo y ejecución de las soluciones previstas en la relación de unidades hasta la terminación satisfactoria del suministro, con suje- ción a la relación de unidades que constituye parte integrante del contrato.
16.2. La sola presentación de oferta implica la declaración por parte del Contratista de tener conocimiento de las condiciones del suministro, de haber estudiado deteni- damente los documentos de la relación de unidades, base de la oferta y que con- sidera suficientes tanto para responsabilizarse de su oferta como para el posterior desarrollo de los trabajos y, en consecuencia, que se responsabiliza de la ejecu- ción hasta su entrega en perfectas condiciones de uso y en la forma, plazo y con- diciones convenidas.
16.3. El Contratista es especialmente responsable de las condiciones de seguridad en los trabajos, estando obligado a adoptar y hacer aplicar, a su xxxxx, las disposicio- nes vigentes sobre esta materia y las que se promulguen durante la ejecución del contrato, así como las medidas que dicten la Inspección de Trabajo y demás Orga- nismos competentes y las normas de seguridad que correspondan a las caracterís- ticas del suministro. Asimismo, estará obligado, con respecto al personal que em- xxxx, al cumplimiento de las disposiciones de aplicación en cada momento en ma- teria laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales, respon- diendo de cualquier perjuicio que por tales incumplimientos pudiera ocasionar a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra o a terceros.
16.4. Será responsabilidad del Contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que cause a terceros, a la propia Autoridad Portuaria o al personal de la misma, mien- tras dure la ejecución del contrato y hasta tanto haya transcurrido el plazo de ga- rantía.
16.5. Corresponde al Contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para ejecución del contrato.
17º Obligaciones del Contratista
Durante el período de garantía, reparar las averías y efectuar los trabajos de manteni- miento o conservación y responder de los daños o deterioros imputables al contratista, producidas o que se pongan de manifiesto con el uso normal del objeto del contrato.
17.1. El contratista y los posibles subcontratistas que intervengan en el suministro, están obligados al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral,
prevención de riesgos laborales, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en especial aquellas disposiciones que con carácter general establezca el Gobierno en materia de contratación fija, incorporación de la mujer y trabaja- dores minusválidos, al mercado laboral de la construcción.
18º Gastos exigibles al Contratista
18.1. Son de cuenta del Contratista los gastos e impuestos derivados, en su caso, de formalización del contrato, los de suscripción de las pólizas de seguros exigidas, los de señalización y en general, cualesquiera otros que se deriven de la ejecución del contrato o resulten de aplicación según el presente Pliego o las disposiciones vigentes.
18.2. Serán de cuenta y a xxxxx del Contratista los gastos que se requieran para la ob- tención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier información de or- ganismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
18.3. Será por cuenta del Contratista indemnizar los daños que se origine a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, re- levando a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra de toda responsa- bilidad o reclamación que le fuese exigida al respecto. El Contratista no sólo res- ponderá de sus propios actos, sino también de los subcontratistas, en su caso, de los del personal que preste sus servicios y de los de las demás personas por quien deba responder, de acuerdo con la legislación vigente.
19º Obligaciones laborales y sociales
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia la- boral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de las condi- ciones de carácter social dictadas por el Ministerio de Fomento para la contratación pública.
20º Precio y forma de pago
20.1 El precio del contrato será el de la oferta seleccionada.
20.2 El pago se realizará en el plazo y condiciones establecidas en la Regla 17 la de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autori- dades Portuarias, ampliándose expresamente hasta 60 días el plazo máximo, si así
se establece en el documento anexo Relación de unidades o en el contrato. El precio comprende la totalidad de los gastos que tenga que hacer el adjudicatario para la ejecución del Contrato, así como todos los impuestos, derechos y gastos que sean consecuencia del mismo, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, y sin que pueda imputarse a la Autoridad Portuaria ningún pago por estos concep- tos.
21º Cumplimiento de plazos y penalidades por xxxx
21.1. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato y, en su caso, de los plazos parciales establecidos.
21.2. Si el adjudicatario incurre en xxxx por causa imputable al mismo, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra podrá optar indistintamente por la reso- lución del Contrato, con pérdida de la garantía o por conceder la ampliación del plazo, pudiendo en este caso imponer penalidades (0,20 por cada 1000 euros del importe del contrato por cada día de demora), de acuerdo con la regla 18 de las Normas y Condiciones Generales para la contratación de las Autoridades Portua- rias.
21.3. Si el retraso fuera producido por causas no imputables al contratista, y éste ofrece cumplir su compromiso dándole prórroga del tiempo que se la había señalado, se concederá por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra un plazo, que será por lo menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista pida uno me- nor.
21.4. En todo caso, la constitución xx xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimidación previa por parte de la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Ponte- vedra.
22º Modificación del contrato
En ningún caso el Responsable del Contrato o el adjudicatario podrá introducir o reali- zar modificaciones a que se refiere el Contrato, sin la debida aprobación de la modifica- ción y del presupuesto resultante como consecuencia de ella, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Regla 16 de las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, y sin perjuicio de lo dis- puesto en la condición 33.3.
23º Suspensión del contrato.
23.1 En caso de que se acordase la suspensión del contrato, ya sea temporal o defini- tiva, deberá levantarse la correspondiente Acta de Suspensión, que debería ir fir- mada por el Responsable del contrato y el Contratista, y en la que hará constar el acuerdo de la Autoridad Portuaria que originó la suspensión, definiéndose concre- tamente la parte o partes o la totalidad del suministro afectado.
23.2 29.2. Al Acta se debe acompañar, como anexo y en relación con la parte o partes suspendidas, la medición del suministro ejecutado.
23.3 29.3. La Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra podrá acordar la sus- pensión temporal del contrato por razones objetivas derivadas de las necesidades de coordinación con la explotación portuaria, sin que el contratista pueda formu- lar reclamación alguna por este concepto si la suspensión temporal no supera una quinta parte del plazo total de ejecución previsto en este pliego de bases, o en to- do caso, 6 meses.
24º Resolución del contrato.
24.1 Son causas de resolución las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual, sin perjuicio de que pueda acordarse la continuación del contrato con los herederos o su- cesores. La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto en el art. 85 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
b) El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, calificadas co- mo tales en el pliego o en el contrato.
c) La demora en el cumplimiento de los plazos imputable al contratista, sin nece- sidad de intimación y salvo los casos en que el órgano de contratación acuerde una ampliación del plazo.
d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pacta- dos o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea po- sible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en la regla 16.
e) El mutuo acuerdo con el contratista previa justificación en el expediente de las razones de interés público que hacen innecesaria o inconveniente la continui- dad del contrato.
f) El desistimiento o la suspensión de la ejecución del contrato por un plazo su- perior a ocho meses acordada por la entidad contratante.
g) La falta de acuerdo sobre las modificaciones del contrato en los términos pre- vistos en la regla 16.5.
24.2 Cuando, previa audiencia del contratista, el órgano de contratación dicte acuerdo motivado de resolución del contrato por la concurrencia de alguna causa de reso- lución por incumplimiento imputable al contratista, incautará la garantía definiti- va constituida, y en su caso, la complementaria, dando asimismo audiencia previa al avalista o asegurador. Lo anterior se entenderá sin perjuicio del derecho del órgano de contratación de reclamar del contratista el importe de los perjuicios que dichas garantías no alcanzaran a cubrir y del derecho del contratista a ejercer las acciones que le correspondan.
25º Cesión y subcontratación.
El adjudicatario podrá contratar con terceros la realización parcial del contrato de acuerdo con lo dispuesto en la Regla 21 Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
26º Recepción y liquidaciones
La recepción y liquidación se hará con sujeción a lo que disponen las Reglas 19 y 20 de la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
27º Plazo de garantía
El plazo de garantía será el señalado en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, y se computará a partir de la recepción, ya sea total o parcial; en todo caso el plazo de garantía será como mínimo de UN AÑO.
28º Devolución de garantías
28.1 Las garantías depositadas, definitivas o adicionales, se devolverán al Contratista, de oficio o a instancia del mismo, previa diligencia de extinción de todas las con- tingencias amparadas por aquélla y de las responsabilidades pendientes en contra del Contratista.
28.2 La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el venci- miento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del Contratista.
29º Gastos de entrega y transporte.
Serán de cuenta del contratista los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto de suministro hasta el lugar fijado para la entrega.
30º Vicios o defectos durante el plazo de garantía.
Respecto de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos que durante el plazo de garantía se detecten en los bienes, se establece lo siguiente:
1. La Autoridad Portuaria podrá reclamar al contratista la reposición de los que re- sulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
2. Durante el plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.
3. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo de- recho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
4. Terminado el plazo de garantía sin que se haya formalizado alguno de los reparos o denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 de esta norma, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
31º Perfil del contratante
El acceso al perfil del contratante se podrá realizar a través de la página web de la Auto- ridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx
32º Protección de datos de carácter personal
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, con domicilio social en Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, x/x, 00000 Xxxxx - Xxxxxxxxxx, informa a los interesado de que dicha entidad es responsable de
los tratamientos en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para participar en la licitación para la contratación de las prestaciones objeto del pre- sente Pliego de Condiciones con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, elaboración del acta de apertura de ofertas, valoración, en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos en el Pliego de Condiciones, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de informa- ción, comunicar el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, pro- ceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación administrativa aportada y de la garantía provisional depositada, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como cualquier otro trámite previsto confor- me a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos.
De conformidad con la legislación vigente, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría xx Xxx- tevedra deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de contra- tación a los siguientes Organismos y terceros: Jueces y Tribunales, en su caso, cuando fuera requerido legalmente para ello, Organismo Público Puertos del Estado (OPPE) y Cuerpo de Inspección del Ministerio de Fomento, Junta Consultiva de Contratación del Ministerio de Economía y Hacienda, Intervención General de la Administración del Esta- do (IGAE) para realización de las auditorias de cuentas correspondientes y en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra tuviese la obli- gación de comunicar los datos. Igualmente los datos relativos a la identidad del licitador e importe de la proposición económica podrá ser cedidos a cualquier tercero que lo so- licite, así como, en función del procedimiento de aplicación, la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra procederá a la publicación de información relativa a la adju- dicación de la contratación en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El interesado consiente expresamente el tratamiento citado mediante la presentación de su oferta y la entrega a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra de toda aquella documentación en que haga constar sus datos personales.
Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra cualquier modifica- ción en sus datos de carácter personal.
Por otro lado, el LICITADOR/CONTRATISTA en su calidad y condición de responsable del tratamiento respeto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su objeto social, se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa comple- mentaria y de desarrollo vigente en cada momento.
En particular, y a tales efectos en el caso en que el LICITADOR/CONTRATISTA aporte do- cumentos que contengan datos de carácter personal, ya sea en fase de licitación o de ejecución del contrato, queda obligado en cumplimiento de la LOPD a declarar de forma previa el tratamiento de datos de que se trate ante el Registro General de Protección de Datos y a cumplir con todas las garantías previstas en la citada norma respecto del de- recho de información y consentimiento de los interesados para llevar a cabo la cesión de datos a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra. A tales efectos, en el supuesto de que se incluyan en cualquier documento o se comuniquen por cualquier medio por cuenta del interesado datos de carácter personal referentes a terceras(s) persona(s), se entenderá que el LICITADOR/CONTRATISTA está legitimado para ello, ha obtenido, con carácter previo a la comunicación de datos a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, el consentimiento de los mismos, y que ha informado al/los tercero(s) afectado(s) sobre el contenido del tratamiento de sus datos por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra y las finalidades del mismo, así como de los de- rechos que le asisten y dirección para su ejercicio, siendo el interesado igualmente res- ponsable de la legitimidad de los mismos, respecto de la veracidad y corrección de los datos. En otro caso, el LICITADOR/CONTRATISTA no deberá comunicar a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra datos de terceros afectados.
Marín, 30 de septiembre de 2015.
EL PRESIDENTE,
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
CONFORME DEL ADJUDICATARIO CON EL CONDICIONADO
Nombre:
D.N.I:
En representación de: Fecha:
Firma:
A N E X O I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ........................................................................................................ con residencia en
................................. provincia de ................................ c/
.........................................................
nº ..........., con DNI nº , enterado y de acuerdo con las condiciones y
requisitos que la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra exige para la adjudi- cación del contrato de
................................................................................................................ me comprometo
en nombre propio o de la empresa a quien represente, , a
llevar a cabo su ejecución, por importe de euros, EXCLUIDO EL IVA, con estricta
sujeción a los requisitos y condiciones que se exigen para la citada licitación y adjudica- ción, por los precios que figuran a continuación:
TÉRMINO ENERGÍA:
Componente ofertada: Céntimos € (3 decimales) / Kwh.
XXXXXX | XXXXXX | X0 | X0 | X0 |
Xxxxxxxx | 3.0A | 310 kw | 310 kw | 310 kw |
Los importes consignados en las tablas incluirán todos los conceptos de los que se com- pone el coste de la electricidad en el mercado liberalizado, excepto los correspondien- tes a la tarifa de acceso y el IVA
A todos los efectos, esta proposición supone una aceptación incondicional del conteni- do xxx Xxxxxx de Condiciones y Prescripciones técnicas.
..............................., ............. de .............................. de ……........
(Fecha y firma del licitador o su representante).
A N E X O I I
MODELO DE AVAL
La Entidad , con NIF , y con domicilio en y en su nombre y representación D con facultades suficientes para obligarles en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha de de ante Notario de D. y bastanteado por la Abogacía del Estado de esta Provincia el día de de y con núm. , por el presente documento, que quiere tenga fuerza ejecutiva y carácter preferen- te, AVALA ante el PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXX Y RÍA DE PONTEVE-
DRA con carácter solidario y renuncia expresa a los beneficios de división y excusión de bienes de cualquier deudor principal, a la Empresa con N.I.F. y domicilio fiscal , hasta la cantidad de EUROS (
€.-), en concepto de fianza para responder de las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato, correspondiente a los trabajos:
“……………………………………………………………………………………”
La presente garantía se establece con CARÁCTER (INDEFINIDO/PROVISIONAL), debiendo consi- derarse vigente en tanto no se cancele formalmente por la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra.
La Entidad garante hará efectiva la Garantía a requerimiento el Presidente de la Autoridad Por- tuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra sin que el afianzado pueda oponerse al pago que será libe- ratorio para la Entidad garante, sin perjuicio de las acciones que correspondan al afianzado fren- te a la Autoridad Portuaria xx Xxxxx y Ría de Pontevedra, beneficiaria de esta Garantía.
El presente afianzamiento, ha sido inscrito en con fecha en el Registro de Avales con el núm.
Y para que conste, y podamos ser compelidos al pago, firmamos la presente en a de de
(NOTA: EL AVAL O SEGURO DE CAUCIÓN DEBERÁ PRESENTARSE EN DOCUMENTO BASTANTEADO POR LOS SERVICIOS JURÍDICOS DEL ESTADO).