CUADRO DE CARACTERÍSTICAS CONTRATO DE: SERVICIOS
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS CONTRATO DE: SERVICIOS
PROCEDIMIENTO: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
EXPEDIENTE: 13/18
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: CONSEJO DE GOBIERNO XXXXX
A) OBJETO DEL CONTRATO. XXXXXX XXX-0000 Y NOMENCLATURA CPV
Servicio de mantenimiento de los programas informáticos Oracle y Fatwire instalados en la Diputación Xxxxx xx Xxxxx
Código de la categoría del servicio: 7
Código de la clasificación estadística CPA-2008: 62.02.30 Código nomenclatura CPV: 72267100-0
Regulación armonizada: SÍ
X
NO
No
División por lotes
B) FORMA DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento Abierto
(Arts.138, 142, 159.1, 160 y 161 TRLCSP)
X
Procedimiento Negociado Sin Publicidad (Arts.138.1, 169 a 178 TRLCSP)
Procedimiento Negociado Con Publicidad (Arts.138.1, 142 y 169 a 178 TRLCSP)
Procedimiento Restringido
(Arts.138.1, 142 y 162 a 168 TRLCSP)
No
C) TRAMITACIÓN DE URGENCIA
Si
D) TRAMITACIÓN ANTICIPADA
E) TIPO DE LICITACIÓN MÁXIMO
TIPO DE LICITACIÓN: 188.529,46 € | IVA: 39.591,19 € |
PRESUPUESTO DEL CONTRATO: 228.120,65 € |
COFINANCIACIÓN EUROPEA: FEDER
FSE OTROS
F) FINANCIACIÓN: ANUALIDADES
AÑO | IMPORTE | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
2018 | 228.120,65 € | La que se dote para mantenimiento de programas informáticos |
G) FORMA DE PAGO
Previo visto bueno a la factura anual por el Jefe del Servicio de Informática o la Directora de Servicios Generales.
En cumplimiento de lo previsto en el Decreto Xxxxx 67/2014 de 30 de diciembre por el que se crea el Registro Contable de Facturas de la Administración Xxxxx y se aprueba el procedimiento para su tramitación, la entidad o entidades adjudicatarias deberán presentar las correspondientes facturas en formato electrónico mediante el procedimiento establecido en el mismo.
Los códigos DIR de facturación serán los siguientes: Oficina Contable: P0100000I
Órgano Gestor: A01010600 Unidad Tramitadora: A01010630
H) GARANTÍAS
GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige | GARANTÍA DEFINITIVA: 5% sobre el importe de adjudicación (excluido IVA) |
GARANTÍA COMPLEMENTARIA (en su caso): No se exige |
I) PORCENTAJE DE VALOR ANORMAL O DESPROPORCIONADO (BAJA TEMERARIA)
No procede
No
J) PRECIOS UNITARIOS (en caso de que se hayan previsto)
CONCEPTO | PRECIO MÁXIMO | IVA | PRECIO TOTAL | UNIDAD DE MEDIDA |
…. | .. EUR | .. EUR | .. EUR | Unidad |
…… | .. EUR | .. EUR | .. EUR | Unidad |
Según el Pliego de Prescripciones Técnicas
K) REVISIÓN DE PRECIOS
No procede
No
L) VARIANTES
M) PLAZO DE ENTREGA DE LAS SOLICITUDES (en su caso) Y PROPOSICIONES
Plazo límite: Quince días naturales desde la recepción de la solicitud de oferta.
En el supuesto de presentar las ofertas por correo se estará a lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
N) LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES (en su caso) Y PROPOSICIONES
Registro General de la Diputación Xxxxx xx Xxxxx. Domicilio: x/ Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx 0, xxxx Localidad y código postal: Vitoria-Gasteiz 01001
O) DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA DEL LICITADOR O HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL EXIGIBLE, EN SU CASO
Las empresas con plantilla igual o superior a 50 personas deberán aportar un certificado en el que conste el número global de personal de plantilla y el número concreto dentro del mismo de personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, a efectos de comprobar el cumplimiento de la reserva de puestos establecida en el art. 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
En caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, deberán presentar una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración de la empresa con las medidas concretas aplicadas.
Solvencia económica y financiera:
Cifra anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, en los tres últimos años, por un importe anual al menos igual al tipo de licitación del presente contrato (IVA excluido).
El volumen de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el Registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica:
Una relación de los principales servicios similares realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una
declaración del empresario, por un importe anual al menos igual al tipo de licitación del presente contrato (IVA excluido). Para determinar la similitud de los servicios acreditados se estará a lo dispuesto en el art. 67.7.b.3º del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
P) CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
Grupo | Subgrupo | Categoría |
Q) DOCUMENTACIÓN REQUISITOS TÉCNICOS
Documentación adicional. Compromiso art. 64.2 TRLCSP
(Anexo VIII)
Medios materiales:
---
---
Medios personales:
---
---
Según el Pliego de Prescripciones Técnicas
No
R) PROGRAMA DE TRABAJO (en su caso)
No
S) MESA DE CONTRATACIÓN (en su caso)
T) LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA DE PROPOSICIONES
X
No procede
En caso de ser de aplicación el artículo 150.2 TRLCSP el sobre C se abrirá según lo indicado en la casilla anterior y el A:
U) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
(indicar composición)
Comité de expertos
Evaluables mediante fórmulas:--------
No evaluables mediante fórmulas:-----------
Aspectos negociables (en su caso):
El precio
Condiciones técnicas
Empates:
Tendrán preferencia en la adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de personas con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. Si varias empresas licitadoras de las que hubieran empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la que disponga del mayor porcentaje de personal fijo con discapacidad en su plantilla. De persistir el empate, resultará seleccionada la empresa cuya proposición sea la de precio más bajo. Si todas tienen el mismo precio, la adjudicación se decidirá por sorteo.
V) PLAZO DE EJECUCIÓN Y/O ENTREGA. PLAZOS PARCIALES (en su caso). PRÓRROGAS
El plazo de ejecución del contrato se extenderá desde el 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018. |
PRÓRROGAS: No proceden |
W) LUGAR DE ENTREGA Y/O PRESTACIÓN (en su caso)
X) CUANTÍA DE PENALIDADES
CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS O CONDICIONES ESPECIALES:
DEMORA :
Las determinadas por el artículo 212.4 TRLCSP
Se establecen penalidades distintas a las del artículo 212.4 TRLCSP:
INCUMPLIMIENTO:
Se establecen penalidades:
- En caso de incumplimiento de la obligación de uso no sexista del lenguaje, se impondrá una penalidad del 0,1% del importe del contrato correspondiente al ejercicio en que se produzca el incumplimiento.
- En caso de no acreditar la existencia en la empresa de un protocolo frente al acoso sexual o por razón de sexo, se impondrá una penalización del 0,1% del importe del contrato correspondiente al
x
X
ejercicio en que se produzca el incumplimiento por cada mes o fracción de retraso en la presentación del mismo tras finalizar el plazo contenido en el requerimiento de la DFA.
- En caso de no acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley 3/2007 (cuando la acreditación sea exigible por el número de personas de plantilla de la empresa) se impondrá una penalización del 0,1% del importe del contrato correspondiente al ejercicio en que se produzca el incumplimiento por cada mes o fracción de retraso en la acreditación tras el requerimiento de la DFA.
- En caso de incumplimiento de la obligación de abono al personal xxx xxxxxxx que le corresponda según el convenio colectivo de aplicación, se impondrá una penalidad del 10% del importe del contrato correspondiente al ejercicio en que se produzca el incumplimiento por cada mes en que ocurra. En el supuesto de imposición de tres penalidades consecutivas o de cinco alternas por este concepto, se procederá a la resolución del contrato.
- En caso de incumplimiento de la obligación de proporcionar a la Diputación Xxxxx xx Xxxxx la información que ésta requiera sobre las condiciones de trabajo que efectivamente se apliquen por la empresa adjudicataria a su personal, se impondrá una penalización del 10% del importe del contrato correspondiente al ejercicio en que se produzca el incumplimiento por cada mes o fracción de retraso en la presentación de la misma tras finalizar el plazo contenido en el requerimiento de la DFA. En el supuesto de producirse un retraso superior a los tres meses, se procederá a la resolución del contrato.
Y) CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO (Anexo VIII)
De tipo Social: La empresa adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del lenguaje en toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere como consecuencia de la ejecución del contrato, evitando cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentando una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
La empresa adjudicataria deberá acreditar que dispone de un protocolo para hacer frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo, dotado de recursos suficientes para atender integralmente a las potenciales víctimas y su entorno laboral y familiar desde el punto de vista laboral, sanitario y judicial.
Si la empresa adjudicataria cuenta con más de 250 personas en la plantilla, deberá acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley 3/2007.
La empresa adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que les corresponda a las personas que desarrollen el servicio, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a facilitar a la Diputación Xxxxx xx Xxxxx cuanta información se le requiera sobre las condiciones de trabajo que se apliquen efectivamente al personal prestador del servicio.
El presente contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.
De tipo Medioambiental: Adscripción de medios: Subcontratación obligatoria:
Z) PORCENTAJE MÁXIMO DE SUBCONTRATACIÓN
Porcentaje máximo: No se admite subcontratación
Obligación de subcontratación previsto en el artículo 227.7 TRLCSP: | ||
Porcentaje: Obligación del licitador de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, según el art. 227.2 a) TRLCSP |
AA) PLAZO DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACION
Plazo: Un mes desde la entrega o realización del objeto del contrato
AB) CONTRATOS DE SEGURO EXIGIDOS
No se exigen
AC) PLAZO DE GARANTÍA
No procede
AD) INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Perfil de contratante-Portal de la Administración: xxx.xxxxx.xxx
Servicio de Secretaría Técnica de Servicios Generales. X/ Xxxxxxxxx 00 – 0x, 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
Telf.: 000.00.00.00 Ext. 54581
Fax: 000.00.00.00
Presentación de la solicitud de remisión de los pliegos e información complementaria: 10 días desde la recepción de la solicitud de oferta
Presentación de la solicitud de información adicional: 10 días desde la recepción de la solicitud de oferta
No
AE) ABONOS A CUENTA
Operaciones susceptibles de abonos a cuenta:
Criterios y forma de valoración de las operaciones preparatorias: Plan de amortización de los abonos a cuenta:
Garantía a prestar:
AF) MODIFICACIONES
Posibilidad de modificación del contrato: SÍ
En caso afirmativo indicar:
Condiciones, alcance y límite de las modificaciones: (supuesto de hecho objetivo que debe de darse para que se produzca la modificación, elementos del contrato a los que afectará, reglas de tramitación que se seguirán para determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevo plazos ).
Porcentaje máximo del precio del contrato al que pueda afectar.
NO
X
OBSERVACIONES
CLAUSULADO SOCIAL.
La empresas licitadoras deberán indicar en la documentación técnica de sus sobres C el convenio colectivo que será de aplicación al personal de las mismas que vaya a desarrollar la actividad del contrato en el caso de resultar adjudicatarias.
Las empresas licitadoras deberán incluir en sus sobres C una declaración de que aceptan dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución del contrato, hasta su finalización.
La empresa adjudicataria quedará obligada a aportar y mantener los equipos y medios auxiliares precisos para la correcta prestación del servicio.
El personal de la empresa adjudicataria adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la misma, que será la única que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora. A tales efectos la empresa adjudicataria asumirá las siguientes obligaciones:
1.- Corresponderá exclusivamente a la empresa adjudicataria la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la Administración contratante del cumplimiento de aquellos requisitos.
2.- La empresa adjudicataria procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la Administración contratante.
3.- La empresa adjudicataria asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a toda empresa. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones del personal en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
4.- La empresa adjudicataria velará especialmente porque el personal adscrito a la ejecución del contrato desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
5.- La empresa adjudicataria deberá designar al menos una persona coordinadora técnica o responsable, perteneciente a su plantilla de personal, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
- Actuar como persona interlocutora de la empresa adjudicataria frente a la Administración contratante, canalizando la comunicación entre la empresa adjudicataria y el personal
integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la Administración contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
- Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartirle las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
- Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
- Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa adjudicataria con la Administración contratante a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
- Informar a la Administración contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones, salvo que la necesidad de prestar los servicios en dependencias de la Administración contratante estuviera prevista en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y así se hubiera autorizado expresamente. En este caso, la Administración contratante pondrá a disposición de la empresa adjudicataria espacios de trabajo diferenciados de los que ocupa el personal empleado público, correspondiendo a la empresa adjudicataria velar por el respeto por parte de su personal trabajador adscrito a tales servicios de la ubicación asignada.
Si la naturaleza del objeto del contrato demandara que los servicios se prestasen de manera continuada en instalaciones ubicadas en los centros de trabajo de la Administración contratante, la empresa adjudicataria vendrá obligada, además, a acreditar, con carácter previo al inicio de la prestación, la afiliación y alta en la Seguridad Social del personal adscrito a la ejecución del contrato.
Si a consecuencia del incumplimiento por la empresa adjudicataria de las obligaciones asumidas en virtud del clausulado anterior, la Administración contratante fuera condenada al pago de cantidades con carácter solidario con la empresa adjudicataria, se repercutirá en ésta la suma satisfecha, a cuyos efectos las Administraciones contratantes se reservan el ejercicio de cualesquiera acciones, administrativas o judiciales, que sean adecuadas y convenientes hasta la total recuperación de las cantidades pagadas.
CONTENIDO DEL SOBRE B.
De acuerdo con lo establecido en la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, y en el Reglamento de ejecución UE 2016/7 de la Comisión, la presentación del Documento Europeo Único de Contratación tendrá el efecto de acreditación preliminar suficiente de no estar incurso en ninguna de las situaciones que podrían excluir al licitador del procedimiento y de cumplir con los criterios de exclusión y selección.
Alternativamente, en virtud de la modificación del Art. 146 TRLCSP efectuada mediante la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, la aportación en el sobre B de la documentación establecida en la cláusula 6.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares se podrá sustituir por una Declaración Responsable de la empresa licitadora indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración contenidas en el Cuadro de Características y en el pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de la presente contratación, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo XI del documento de Anexos.
En caso de concurrir a la licitación agrupadas en Unión Temporal de Empresas, la aportación de la anterior declaración responsable se realizará por cada una de las empresas que formen la Unión Temporal, debiendo presentar asimismo el documento en el que se indique el nombre y circunstancias de las empresas que la constituyan y la participación de cada una de ellas, la designación del
representante o apoderado único de la Unión, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato, conforme a lo establecido en el art. 59.2 del TRLCSP.