MODELO DE CONTRATO DE DEPÓSITO
MODELO DE CONTRATO DE DEPÓSITO
Entre los señores: , portador de la cédula de ciudadanía número
por sus propios derechos, quien en adelante para efectos del presente contrato se denominará DEPOSITANTE por una parte, y por otra, el
señor , portador de la cédula de ciudadanía número
y quien para efectos del presente contrato se denominará DEPOSITARIO, libre y voluntariamente convienen en celebrar el siguiente contrato de depósito, el mismo que se regirá por las siguientes cláusulas, que a continuación se expresan:
Primera. - De los Antecedentes:
El señor_
es propietario de
_ .
_ tiene a bien declarar de manera expresa y voluntaria, que
, colecciones de pinturas realizadas por
Segunda. - De las Partes:
Intervienen en este contrato, por una parte el señor , denominado depositante y por otra parte el señor , por sus propios derechos, denominado depositario.
Tercera. - Contrato de Depósito:
El depositante, hace entrega en este acto de _, colecciones de pinturas realizadas de la época colonial al depositario, por aceptándolo este último en calidad de depósito.
Cuarta. - Obligación del Depositario:
El depositario se obliga a guardar la cosa entregada y especificada en líneas anteriores. a restituirla al depositante o a quien debidamente le represente, al término de este contrato.
Quinta. - Obligaciones del Depositante:
En el caso de que el depositante perdiere la libre administración de sus bienes antes de retirar la cosa depositada, sólo podrá ser ésta restituida a aquella persona que tenga la administración de sus bienes y derechos.
Sexta. - Duración:
La duración del presente contrato será de seis meses contados a partir de la presente fecha. No obstante caso de ser necesario, podrá prorrogarse tácitamente por otro periodo igual, con sólo dejar de reclamar la devolución al término del período de _ meses.
Séptima. - Otras Obligaciones:
Al procederse a la devolución de la cosa referida en la cláusula primera del presente contrato, el depositante se presentará en el domicilio del depositario.
Octava. - Otras Obligaciones:
No obstante lo estipulado en las dos cláusulas anteriores, el depositante podrá retirar el objeto antes de la expiración de los señalados plazos, siempre que le avise con la precisa antelación al depositario.
Novena. - Obligación del Depositante:
El depositante queda obligado a rembolsar al depositario todos los gastos en que éste haya tenido que recurrir por razón de la conservación de la cosa, incluidos los perjuicios que hubiesen podido seguírsele del depósito.
Décima. - Derechos del Depositario:
El depositario podrá retener la cosa depositada hasta que le hayan sido abonados po el depositante, los gastos referidos en la cláusula anterior.
Décima Primera. - Caso de litigio:
En caso de litigio, ambas partes contratantes, renuncian domicilio en forma expresa, y se someten a los jueces competentes de la ciudad de _ , y al trámite señalado por la ley de la materia.
Para constancia de lo cual, firman las partes el presente con trato por triplicado,
en la ciudad de , a los _ del mes de _ del año
_ , encontrándose dispuestas a reconocer sus firmas y rúbricas cuando así lo requiere una de ellas ante un Juez de lo Civil y Mercantil o ante un Notario Público.
_ _
C.C. _ C.C. DEPOSITANTE DEPOSITARIO