CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS
CONTRATO DE SERVICIOS EDUCATIVOS
En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los 24 xxxx xx xxxxxx de 2021, suscriben libre y voluntariamente el presente Contrato de Servicios Educativos, por una parte, El señor/a:
…………………………………………………………………………………………………………
………, con cédula de ciudadanía / pasaporte No /
………………………….. respectivamente, con domicilio en la ciudad de Quito, en su calidad de padre, madre o representante legal del alumno/a
……………………………………………………………………….. de
………………………………..; a quien en adelante y para efectos del presente contrato, será denominado como El REPRESENTANTE; y, por otra parte, la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx, representada por el señor Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, en su calidad de Gerente General y Representante Legal; con domicilio en esta ciudad de Quito D. M.; parte que, en adelante y para los efectos de este instrumento, será denominada como LA UNIDAD EDUCATIVA XXXXX XXXX.
1. ANTECEDENTES. -
1.1. La Unidad Educativa Xxxxx Xxxx es una entidad educativa particular y laica, que ofrece educación integral en los niveles Inicial, Básica y Bachillerato. Su actividad se rige por los principios constitucionales, Ley Orgánica de Educación Intercultural, su Reglamento General y demás normativa vigente.
1.2. Conforme lo previsto en las mencionadas normativas, la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx se encuentra debidamente autorizada y avalada por la Autoridad Nacional.
2. DEFINICIÓN DEL CONTRATO. -
El presente es un contrato de cooperación educativa, que obedece a las disposiciones constitucionales y legales; por lo que se hace indispensable una responsabilidad compartida, en la cual concurran obligaciones de los educadores, los padres de familia o representantes legales de los alumnos y de los estudiantes. El presente contrato formaliza la vinculación del alumno al servicio educativo que ofrece la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx.
3. OBJETO DEL CONTRATO. -
El objeto del presente contrato es establecer los compromisos y obligaciones que asumen las partes para procurar la formación integral del estudiante. La prestación del servicio educativo se da en el marco de la ley, su reglamento y demás regulaciones emitidas por la autoridad competente, y en concordancia con la filosofía institucional descrita en la misión, visión y valores de la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx.
El representante contrata los servicios que oferta la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx y matricula a su representado para el año lectivo 2021-2022, sujetándose a las estipulaciones que contiene el presente contrato.
4. SERVICIOS EDUCATIVOS. -
Con estos antecedentes, las partes acuerdan que el/la alumno/a identificado en la cláusula de comparecientes, reciba los servicios educativos en la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx todo el año lectivo 2021-2022.
Los servicios educativos que prestará la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx comprenden servicios educativos básicos como servicios educativos complementarios; estos últimos tienen el carácter de voluntarios.
Los servicios educativos básicos son aquellos con los cuales la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx cumple el programa curricular establecido por el Ministerio de Educación, a través de 200 días de actividad educativa de conformidad al calendario escolar, regulado por la Autoridad Educativa Nacional.
La modalidad de las clases será la que de acuerdo con las circunstancias disponga la autoridad educativa nacional, Modalidad Presencial con clases virtuales en horarios estructurados que contemplan actividades en línea, con interacción entre el docente y sus estudiantes, y otras de trabajo autónomo de los estudiantes con los materiales y tareas entregados por el colegio o modalidad presencial.
5. OBLIGACIONES DEL PRESTADOR. -
La Unidad Educativa Xxxxx Xxxx se obliga para con Él/La REPRESENTANTE, a:
a. Proveer los servicios educativos conforme al Proyecto Educativo Institucional, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y demás normativa vigente.
b. Poner a disposición del alumno/a el cuerpo docente y administrativo, los equipos e instalaciones necesarios destinados para la enseñanza y el material pedagógico, para el adecuado desarrollo de las actividades escolares y salidas pedagógica de ser el caso.
c. Ofrecer los servicios de orientación y bienestar estudiantil, atención médica primaria y de emergencia.
6. OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE. -
El representante del alumno se obliga a:
a. Cumplir, y promover el cumplimiento por parte de su representado del Código de Convivencia y demás regulaciones que se refieran al correcto desarrollo de la propuesta formativa de la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx.
b. Asistir a las reuniones convocadas formalmente por la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx.
c. Utilizar los medios de comunicación apropiados y de manera respetuosa.
d. Pagar puntualmente las pensiones por concepto de colegiatura.
e. Pagar puntualmente los servicios complementarios que voluntariamente hayan sido contratados; servicios que la Institución está debidamente autorizada a ofertar por la entidad de regulación y control respectiva.
f. Pagar y reparar daños ocasionados por su representado a los bienes de la institución o de sus miembros sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que correspondan.
g. Promover el cuidado de los objetos de valor (indispensables) que porte su representado ya que la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx no se responsabiliza por daño o pérdida de los mismos.
7. PLAZO Y RENOVACIÓN. -
El plazo de duración del presente contrato es de un año lectivo. Este contrato no se renovará automática o tácitamente.
El vencimiento del plazo de la relación contractual se generará al concluir el periodo escolar por el año suscrito.
8. VALOR Y FORMA DE PAGO. -
El valor de los servicios educativos básicos en la parte que corresponde al estudiante matriculado, será cubierto por su representante.
Para cubrir el costo de la colegiatura anual, el Representante cancela la matrícula anual y se compromete a cancelar el valor de las pensiones anuales, de acuerdo a la siguiente tabla en Modalidad Presencial:
SECCIÓN | PENSIÓN | Pensión para el año lectivo 2021- 2022 |
Aprobada MINED | ||
Tomasito: Toddlers 2 | 592,94 | 391 |
372* | ||
Xxxxxxxx: Kínder | 592,94 | 444 |
421* | ||
Xxxxxxxx: Primero de Básica | 673,79 | 458 |
435* | ||
Primaria: Segundo de Básica | 673,79 | 519 |
Tercero a Séptimo de Básica | 493* 545 518* | |
Básica Superior: | 673,79 | 594 |
Octavo a Décimo de Básica | 565* | |
Bachillerato: | 693,66 | 619 |
Primero a Tercero de Bachillerato | 588* |
* Valor de la pensión con descuento adicional por pronto pago
estos valores son los aprobados por la Junta Distrital Reguladora de Pensiones y Matrículas para los establecimientos Particulares y Fiscomisionales, Distrito 17D05, y estarán publicados en la cartelera del Colegio y en la página web.
Una vez cancelados los rubros mensuales; los mismos que contendrán el valor de pensión, y otros rubros debidamente autorizados; además de los rubros de libre contratación como refrigerio, transporte y otros; los mismos que serán incorporados previa autorización del representante; la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx, entregará la factura correspondiente.
El representante conoce y acepta los valores descritos anteriormente; así como las modalidades en las cuales por la emergencia sanitaria oferta la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx, por lo que, al ser de conocimiento, acepta los valores y modalidades ofertadas, sin tener que reclamar en lo futuro
9. RETIRO DEL ESTUDIANTE O SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE LIBRE CONTRATACIÓN. -
El Representante declara que conoce los servicios de libre contratación, y acepta expresamente que, si su representado se retira de la institución educativa, no podrá reclamar la devolución de los valores cancelados como matrícula, pensiones por concepto de colegiatura, ni de los valores que cubren el costo de los servicios complementarios contratados.
Para la suspensión temporal o definitiva, de los rubros de libre contratación, el Representante deberá comunicar su decisión por escrito, con por lo menos quince días de anticipación a la emisión de la próxima factura. En caso contrario se obliga a cancelar los valores facturados sin derecho a reclamar sobre los mismos.
10. XXXX EN LOS PAGOS. -
Si el Representante del estudiante incurriera en xxxx en sus obligaciones contractuales, la Unidad Educativa se reserva el derecho de iniciar las acciones legales en contra del representante. En caso xx xxxx los servicios de libre contratación serán suspendidos automáticamente.
11. AUTORIZACIÓN. -
• DE USO DE LA IMAGEN. - Autorizo a la Unidad Educativa Xxxxx Xxxx a publicar imágenes o videos de mi representado en las que aparezca individualmente o en grupo realizando actividades relacionadas con la vida cotidiana de la institución. Esta autorización es válida para los canales de comunicación oficiales de la institución (web, redes sociales, anuarios, entre otros similares). Para otro tipo de usos, la UETM solicitará la autorización respectiva.
• Autorizo a la UETM para que pueda inspeccionar el casillero y/o las mochilas de mi representado, siguiendo los procedimientos establecidos.
12. DECLARACIONES Y ACEPTACIÓN. -
La documentación a la que hace referencia este numeral, se encuentra a disposición de los contratantes en el portal de la UETM, destinado para los usuarios autorizados a través de la asignación de contraseña.
• Declaro haber leído y conocer las prescripciones del acuerdo ministerial MINEDUC- 2018-00021-A, y, en consecuencia, me comprometo a ingresar al campus escolar sin portar cigarrillos, bebidas alcohólicas ni sustancias sujetas a fiscalización, tal como lo indica el artículo 3 del mencionado acuerdo.
• Declaro haber leído y conocer el reglamento de movilización de estudiantes de la UETM y, en consecuencia, me comprometo a cumplir con los protocolos de movilización de estudiantes.
o Me comprometo a cumplir con las prescripciones del acuerdo ministerial MINEDUC- 2018-00030-A, entre las que se encuentran:
Seguir rigurosamente los procesos de entrada y salida de estudiantes de acuerdo a lo que especifican los artículos 4, 5 y 6 en lo que compete a las familias.
Cumplir con el proceso para el retiro anticipado de los estudiantes.
Seguir los protocolos para comunicar a la UETM cuando mi representado va a salir de la institución con una persona distinta a las autorizadas en el registro de matrícula.
• Me comprometo a cumplir con las políticas de uso de transporte escolar.
13. DÉCIMA TERCERA: Especial. Los representantes aceptan y reconocen la modalidad presencial ofertada por la Institución Educativa, la misma que si por temas de fuerza mayor o caso fortuito, es suspendida por el Ministerio de Educación o el Gobierno Nacional, los representantes aceptan los valores fijados en este contrato de servicio educativo, quedando en la libertad y autonomía de la Institución Educativa ofrecer descuentos o becas a los representantes que así creyere pertinente.
Los representantes conocen y aceptan que en caso que, de fuerza mayor o caso fortuito, el Ministerio de Educación cambia a una modalidad abierta, semipresencial o virtual; la institución Educativa deberá acatar las disposiciones del ente rector en materia educativa; por lo que renuncia a cualquier tipo de reclamo o divergencia en contra de la institución Educativa.
Los representantes declaran que envían a su representado en óptimas condiciones de salud, y que en su círculo familiar han guardado las condiciones de seguridad para evitar un posible contagio referente al virus COVID19; por lo que, al conocer que el virus de fácil propagación deslindan a la Institución Educativa de cualquier responsabilidad en caso que su representado o algún estudiante resulte positivo al referido virus; autorizan al colegio a efectuar los protocolos definidos como aislamiento y pruebas covid hacia su representado.
14. RATIFICACIÓN. -
Las partes se afirman y ratifican en el total contenido del presente contrato, en forma libre y voluntaria y por así convenir a sus intereses, para constancia de lo cual lo suscriben en la ciudad de Quito, D.M., a 24 xx xxxxxx de 2021.
El Representante La Unidad Educativa Xxxxx Xxxx Gerente General