PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR LA LICITACIÓN Y LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE GESTION INDIRECTA DEL SERVICIO PUBLICO LOCAL DE HOTEL CON CENTRO DE PROMOCION TURISTICA
AYUNTAMIENTO DE ESCATRÓN
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR LA LICITACIÓN Y LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE GESTION INDIRECTA DEL SERVICIO PUBLICO LOCAL DE HOTEL CON CENTRO DE PROMOCION TURISTICA
Septiembre 2011
------------------------------------
OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del contrato de concesión la gestión indirecta del Servicio Público Local de Hotel con Centro de Promoción Turística de Escatrón, con explotación, mantenimiento y gestión de las instalaciones existentes en las fincas San Xxxxxxxxx 1 y San Xxxxxxxxx 3 de Escatrón. Todo ello de conformidad con el Reglamento del Servicio aprobado por el Ayuntamiento el 24 de septiembre de 2003 y publicado en el B.O.P. xx Xxxxxxxx nº 249 el 28 de octubre de 2003.
El inmueble San Xxxxxxxxx 1, referencia catastral 4238101, tiene 12.069 m2 de parcela y 1.342 m2 construidos en un edificio de 3 plantas. La parcela tiene piscina, tenis y frontón. El edificio cuenta con salones, comedores, 10 habitaciones dobles y suite, cocina y servicios.
El inmueble San Xxxxxxxxx 1, referencia catastral 4238102, tiene 107 m2 de parcela todos ellos ocupados por edificación de 1 planta.
PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
El contrato de concesión se adjudicará por procedimiento abierto con varios criterios y se regirá por el presente pliego de cláusulas administrativas y condiciones particulares y supletoriamente por la legislación de régimen local y la legislación de contratos de las administraciones públicas.
Se trata de los contratos de gestión a que se refiere el art. 8 y en el Título II Capítulo III del Libro IV de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. El contrato que se perfeccione constituirá una concesión administrativa para la subsiguiente gestión del Servicio.
CONDICIONES JURIDICAS PARTICULARES
El inmueble San Xxxxxxxxx 1 consta en el Inventario Municipal y en el Registro de la Propiedad como bien de dominio público adscrito a un servicio público. El inmueble San Xxxxxxxxx 3 es bien patrimonial.
El Ayuntamiento ha aprobado la constitución de un Servicio Público Local de Hotel con Centro de Promoción Turística cuyo Reglamento es vinculante para es concesión.
PLAZO DE LA CONCESION
La concesión se otorgará por un plazo xx XXXX AÑOS a contar de la fecha de notificación de la adjudicación del concurso. Este plazo podrá prorrogarse año a año hasta un total de quince años. La prórroga podrá ser expresa o tácita y automática si ninguna de las partes comunica lo contrario con dos meses de antelación a la fecha de finalización de la concesión o de la prórroga.
OBLIGACIONES BASICAS DEL CONCESIONARIO
Serán obligaciones básicas del Concesionario las siguientes:
Prestar el servicio objeto del contrato en todos sus elementos –hotel, restaurante y centro de Promoción Turística- poniendo en funcionamiento los locales e instalaciones dentro de los 60 días siguientes a la firma del contrato. Podrán ponerse en marcha elementos parciales dentro de ese plazo total. El servicio se prestará de acuerdo con la reglamentación administrativa específica y el Reglamento aprobado por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento podrá dictar instrucciones escritas en todo momento.
Realizar las ampliaciones, reformas, adaptaciones o instalaciones que, siendo necesarias para cumplir las normativas vigentes en materia de hostelería y locales públicos, o que, considerados convenientes en la oferta y aceptados por el Ayuntamiento mejoren la calidad o funcionalidad del inmueble.
Completar los equipamientos de la finca con el material fungible necesario. Se considera material fungible todo aquel menaje que es necesario para la prestación del servicio de acuerdo con la normativa sobre hostales, restaurantes y cafeterías y que no ha sido facilitado por el Ayuntamiento. Señalizar los diferentes servicios, señalizar las rutas de evacuación.
El Servicio, con todos sus elementos, se prestará durante todo el año a lo largo de toda la concesión.
Serán por cuenta del concesionario todos los gastos que en general origine el funcionamiento del Hotel y del Centro de Promoción Turística y el abono de los suministros. El Ayuntamiento no responderá de los gastos y suministros del concesionario salvo que hayan sido expresamente autorizados así. El concesionario responderá del pago de los tributos referidos a la explotación, I.V.A., I.A.E. y renta. Abonará el importe del I.B.I.
Conservar las construcciones, instalaciones y mobiliario y mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene hasta que, por conclusión de la concesión y sus prórrogas en su caso, deban entregarse en condiciones para la adecuada prestación del servicio. No enajenar ni gravar los bienes e instalaciones adscritos al servicio. Reponer las pérdidas por cualquier causa. Reparar los desperfectos. Pintar el interior del edificio al menos una vez al año en planta baja y cada dos años la superior.
El concesionario suscribirá a favor del Ayuntamiento de Escatrón una póliza de seguro a todo riesgo.
Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios sin discriminaciones, mediante el abono en su caso de las tarifas aprobadas.
Responder ante terceros de los daños que puedan producirse por el funcionamiento del servicio salvo que respondan a condiciones u órdenes directas del Ayuntamiento.
Obtener las correspondientes licencias y específicamente las licencias urbanísticas ante el Ayuntamiento y las autorizaciones para funcionar como hotel y restaurante, etc. ante la Diputación General. Deberá cumplir las correspondientes reglamentaciones administrativas en las materias en las que ejerza o haya obtenido calificación. El hotel deberá ser de 3 estrellas.
Prestar el servicio por sí mismo. La contratación o subcontratación de partes del servicio deberá ser comunicada al Ayuntamiento.
El concesionario se obliga a mantener como mínimo el número de puestos de trabajo ofertados hasta el final de la concesión.
Durante el mes xx xxxxx de cada año el concesionario remitirá al Ayuntamiento una memoria explicativa del funcionamiento del Servicio con datos sobre nº de usuarios de cada elemento y medidas de mejora.
DERECHOS BASICOS DELCONCESIONARIO
Son derechos del concesionario:
Utilizar los bienes de dominio público necesarios para el servicio.
Percibir las retribuciones correspondientes por la prestación del servicio. Las tarifas y precios máximos serán aprobados por el Ayuntamiento. Este dará su conformidad inicial a los precios y tarifas propuestos por el adjudicatario en su oferta. Estos precios y tarifas serán actualizables cada año hasta el incremento máximo del I.P.C. interanual a petición del concesionario. Las tarifas y precios que se refieran a nuevos servicios deberán ser aprobados por el Ayuntamiento.
Obtener la adecuada compensación para mantener el equilibrio económico de la concesión en el supuesto de modificaciones del servicio impuestas por la Corporación que aumenten los costos o disminuyan la retribución. La gestión se hace a riesgo y xxxxxxx del concesionario por lo que el equilibrio inicial de la concesión sólo puede alterarse por modificaciones impuestas que dan lugar en su caso a compensación.
BIENES AFECTOS A LA CONCESION
El Ayuntamiento de Escatrón pone a disposición del adjudicatario, dentro de los diez días siguientes al de la adjudicación, los siguientes bienes:
Solar de 12.069 m2 con edificio de residencia de 1.342 m2 construidos sito en X/. Xxx Xxxxxxxxx 0 que tiene sótano, planta baja, planta primera y planta baja cubierta.
Solar de 107 m2 con edifico construido en toda su superficie con 1 planta.
PRECIOS Y TARIFAS
Los precios y tarifas constituyen la retribución del concesionario por la prestación del servicio de conformidad con lo establecido en la cláusula 6.b). Las aprueba el ayuntamiento a propuesta del concesionario tanto al inicio del contrato como en las sucesivas modificaciones por ampliación, modificación de servicios o por actualización económica relacionada con los índices de precio al consumo o similares interanuales.
A tal efecto las propuestas para concursar contendrán los cuadros de precios y tarifas propuestos inicialmente con expresión de cuantos descuentos por razones personales o de temporada se ofrezcan.
Los precios por la utilización de los servicios que se propongan, los precios de restauración, que incluirá menú del día o plato del día para los siete días de la semana, los precios de pernoctación, etc. contendrán todas las especificaciones, características y condiciones que se consideren oportunas y deberán abarcar la totalidad de los servicios ofertados.
CANON QUE SATISFARA EL CONCESIONARIO
El concesionario satisfará anualmente un canon que se abonará a trimestre vencido durante los primeros 10 días del siguiente trimestre. Cada trimestre se abonará una cuarta parte del canon anual. El importe del canon se actualizará cada año con el I.P.C. interanual correspondiente.
Se fija un canon inicial mínimo de NUEVE mil euros (9.000 €). En las ofertas se incluirá el canon anual que podrá ser mejorado al alza.
El canon se abonará a partir del 1 de enero de 2012.
RELACIONES CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO
Las relaciones entre el concesionario y los usuarios se ajustarán al Reglamento inicialmente aprobado y a sus actualizaciones. Los usuarios podrán recurrir o reclamar ante el Ayuntamiento por el funcionamiento del servicio.
RELACION CON EL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento se reserva la potestad reglamentaria de inspección y disciplinaria del servicio. Las actuaciones municipales se harán a través de la Alcaldía sin perjuicio de las delegaciones establecidas en cada momento.
El Ayuntamiento se reserva la contratación y autorización de la publicidad exterior del edificio y entorno. El concesionario gestiona y decide sobre la publicidad que no pueda ser vista u oída desde el exterior.
CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten solvencia económica, financiera y técnica en los términos del Capítulo II del Título II del Libro I de la Ley de Contratos del Sector Público y no estén afectas por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 20 de la misma ley en su redacción actual.
La Administración podrá contratar con Uniones de Empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación) las cuales responderán solidariamente ante el Ayuntamiento y ante el cual se nombrará un representante o apoderado único.
GARANTIAS
Se fija una garantía provisional de 3.000 € para participar en el concurso. El adjudicatario deberá depositar una garantía de 9.000 € para responder de la ejecución del contrato. La garantía definitiva puede depositarse en cualquiera de las formas previstas en la Ley de Contratos. Se devolverá la garantía tres meses después de finalizado el contrato a petición del interesado y una vez que se hayan comprobado el estado de los servicios y equipamientos.
La garantía definitiva deberá depositarse en el plazo de 15 días desde la comunicación de la adjudicación y en todo caso con anterioridad a la firma del contrato.
PRESENTACION DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO, DOCUMENTACION Y FORMALIDADES
Lugar y plazo: las proposiciones se presentarán en el Registro del Ayuntamiento en mano, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, hasta las 14 horas del 31 de octubre de 2011. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá comunicar por fax esta circunstancia y en todo caso solo se admitirán las proposiciones depositadas y selladas en las oficinas de correos antes de las 14 horas del día que finalice el plazo.
Documentación y formalidades: Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en el exterior de cada uno deberá figurar el contenido del mismo y el nombre del licitador.
1. “SOBRE A. DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA Y DE LA EMPRESA CORRESPONDIENTE AL CONCURSO PARA CONCESION DE LA GESTION DEL SERVICIO DE HOTEL CON CENTRO DE PROMOCION TURISTICA DE ESCATRON PRESENTADA POR .............”
Contenido:
Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y, en su caso, la representación del firmante de la proposición
Documento Nacional de Identidad en fotocopia compulsada del firmante de la proposición y del empresario en su caso.
Fotocopia compulsada de la escritura de constitución de la empresa y de los poderes.
En caso de acudir varias empresas en unión temporal cada una de ellas debe acreditar su personalidad y capacidad designando a la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante el Ayuntamiento.
Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía provisional de 3.000 €.
Declaración de no estar la empresa incursa en las causas de prohibición para contratar ni en situaciones de incompatibilidad.
Certificaciones de hallarse la empresa al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Informes y/o certificados sobre solvencia económica, financiera y técnica.
2. “SOBRE B. PROPUESTA DE GESTION DEL SERVICIO DE HOTEL CON CENTRO DE PROMOCION TURISTICA DE ESCATRON PRESENTADA POR .....................”
Contenido:
Solicitud de participar en la licitación según este modelo
“D./.Xx. ___________________ con D.N.I. ____________ y domicilio en ___________________________ en nombre propio (o en representación de _______________ con N.I.F. ____________ y domicilio en ____________ según poder de _______________ ante ____________)
enterado del procedimiento abierto para adjudicar la gestión indirecta del servicio de hotel con centro de promoción turística de Escatrón mediante concesión se compromete a asumir dicha concesión con arreglo al Reglamento del Servicio y al Pliego de Cláusulas Administrativas particulares aprobadas por el Ayuntamiento de Escatrón en su sesión de 28 de julio de 2011 y a las características que acompañan esta solicitud en cuanto a mejora de los servicios, canon a abonar a la Corporación y tarifas y precios a percibir.
En ___________ a ___ de __________ de 2011
(firma) ”
Características de la oferta. Con el siguiente esquema
Canon a abonar anualmente. El importe del primer año en letra y número.
Organización del servicio.
Organización básica
Nº de personas con sus funciones destinadas al servicio. Indicar el nº de horas/año de cada contrato o puesto de trabajo.
Características de la prestación de los servicios básicos. Horarios en su caso. Procedimiento para el acceso a los servicios.
2.2.2. Precios y tarifas propuestos para cada servicio con las especificaciones que se consideren oportunas en cuanto a descuentos, precios especiales, temporadas, abonos, etc. Propuesta de clasificación según decreto 81/1999 de la Diputación General.
Mejoras
2.2.3.1. Reformas, ampliaciones o instalaciones a realizar indicando sus características principales, dimensiones, ubicación e importe aproximado de su ejecución. Cuadros de amortización en su caso.
Equipamientos a adscribir al servicio indicando los que al terminar el contrato revertirán al Ayuntamiento y los que no. Valor de los nuevos equipamientos o instalaciones con sus respectivos cuadros de amortización.
2.2.3.3. Actividades complementarias de dinamización turística o social que se proponen. Coste y características de las actividades complementarias. Precios que se proponen.
Para todas y cada una de las mejoras (2.2.3.1., 2.2.3.2. y 2.2.3.3.) se incluirá un cronograma de implantación indicando fases, condicionantes, etc. en su caso. Fechas previstas.
Experiencia profesional.
En gestión de hoteles y/o restaurantes. En trabajos relacionados con la hostelería y especialmente en relaciones contractuales con administraciones públicas. Se aportarán certificados.
Vinculación con la zona geográfica de Escatrón.
2.4.1 Documentación que justifique las relaciones empresariales o personales con la zona geográfica de Escatrón.
2.4.2. Contratación de parados empadronados en Escatrón.
A fin de acreditar este criterio, deberán acompañar certificado de empadronamiento de las personas a contratar, y/o escrito de compromiso y/o declaración jurada de realizar dicha contratación en caso de resultar adjudicatario.
MESA DE CONTRATACION
La Mesa de Contratación estará constituida por
- Xx. Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx, que actuará como Presidente de la Mesa.
- D. Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Secretario de la Corporación).
- X. Xxxx Xxxx Xxxxxxx, Vocal.
- X. Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Vocal.
- X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Vocal.
- Xx. Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, que actuará como Secretaria de la Mesa.
CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION DEL CONCURSO
Los criterios objetivos que se ponderarán para la adjudicación del concurso serán los siguientes con expresión del criterio de valoración y la puntuación máxima de cada criterio sobre 100:
El canon a abonar al Ayuntamiento. Se adjudicará 1 punto por cada 1.000 € de incremento sobre 9.000 € que sirve de base para el primer año (2012). Hasta un máximo de 15 puntos. No hay fracciones.
Las mejoras que se propongan en los diferentes elementos del servicio o en otros que hagan más atractiva la estancia o el uso. Mejoras en los equipamientos. Se adjudicarán hasta un máximo de 20 puntos. Las mejoras que se propongan deberán estar especificadas indicando el plazo de implantación y el valor económico de cada una de ellas. Sólo computarán las mejoras a introducir en los cinco primeros años. Se adjudicará 1 punto por cada 5.000 € de mejora en los 5 años. No se fracciona.
Número de personas dedicadas al servicio. Se atribuirán 2 puntos por cada 1.700 horas al año de trabajo. Todos los contratos, todos los puestos de trabajo se traducirán, con independencia de sus características legales al cómputo horas/año. Se adjudicarán hasta un máximo de 20 puntos. No hay fracciones.
Experiencia profesional. Para las personas jurídicas se adjudicarán 2 puntos por cada año completo de experiencia probada en gestión de hotel y/o restaurante. Para las ofertas presentadas por persona física se computará 1 punto por cada año completo de trabajo en cualquier actividad relacionada con la hostelería. Si se trata de empresas de nueva creación se podrá computar la experiencia personal de uno de sus integrantes o directivos. Hasta 20 puntos.
Vinculación de la empresa con la zona geográfica de Escatrón. e.1.- Se valorará la relación de la empresa o de las personas que la constituyen con la zona para priorizar las iniciativas endógenas. Hasta 10 puntos.
e.2.- Por cada trabajador contratado a jornada completa, demandante de empleo y empadronado en Escatrón 3 puntos. Hasta 15 puntos.
APERTURA DE PROPOSICIONES
A las 11 horas del 5º día hábil siguiente a la finalización del plazo para presentar oferta se procederá a la apertura de las proposiciones. Tras examinar las documentaciones se declararán los admitidos y excluidos al concurso así como las deficiencias subsanables en su caso concediendo un plazo para subsanarlas.
La Mesa de Contratación además de esta sesión se reunirá cuantas veces sea necesario para calificar las propuestas. La Mesa podrá solicitar por escrito aclaraciones a los concursantes que deberán responder también por escrito.
La Mesa de contratación se reserva el derecho de declarar desierto el concurso, cualquiera que sea el resultado de la presentación de proposiciones y por los motivos que estime procedentes, debidamente justificados.
ADJUDICACION
El Pleno del Ayuntamiento a propuesta de la Mesa de Contratación procederá a adjudicar el contrato. El adjudicatario deberá constituir fianza definitiva antes de firmar el contrato.
SANCIONES
Las infracciones en que incurra el contratista por incumplimiento de las plazas contractuales se sancionarán de conformidad con lo dispuesto en los arts. 235 y 261 de la Ley 30/2007.
Por cada día de demora en el comienzo de la prestación del servicio, cláusula 5.a), 60 €.
Por cada día de suspensión del servicio o alguno de sus elementos sin causa justificada, 60 €.
El incumplimiento de alguno de los criterios objetivos que se ponderarán para la adjudicación del concurso será considerado como falta muy grave.
Los incumplimientos graves podrán ser sancionados con multa de hasta 300 € y los muy graves con multa de hasta 600 € e incluso con la resolución del contrato, que conllevará la pérdida de la fianza, la inhabilitación del contratista y el resarcimiento de los daños y perjuicios.
La tipificación de las faltas leves, graves y muy graves se encuentra en el Reglamento del Servicio aprobado por el Pleno del Ayuntamiento.
CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Además de las causas incluidas en los artículos 262 y 263 de la ley de Contratos del Sector Público se incluyen las siguientes:
La subcontratación, subarriendo o traspaso de la gestión del Hotel con Centro de Promoción Turística o de alguno de sus elementos principales.
El retraso de dos trimestres en el pago del canon al Ayuntamiento.
La reiteración de incumplimiento en alguno de los criterios objetivos que se ponderarán para la adjudicación del concurso.
En caso de resolución del contrato por causas imputables al contratista dará lugar a la reversión de todos los bienes, servicios y equipamientos al Ayuntamiento.
JURISDICCION COMPETENTE
La jurisdicción Contencioso-administrativa xx Xxxxxxxx
Diligencia. Este Pliego ha sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Escatrón el 15 de septiembre de 2011.
El Secretario-Interventor,