PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE USO PRIVATIVO DEL DOMINIO PÚBLICO DENOMINADO: “CONTRATO DE INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE SISTEMAS DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE TECNOLOGÍA...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE USO PRIVATIVO DEL DOMINIO PÚBLICO DENOMINADO: “CONTRATO DE INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE SISTEMAS DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE TECNOLOGÍA FOTOVOLTAICA SOBRE CUBIERTAS MUNICIPALES” A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
Cláusula 1. Objeto del contrato.
El Ayuntamiento de Alcantarilla, en aras de colaborar con el Gobierno de España en el Plan de Fomento de Energías Renovables, en particular en la promoción de la energía solar fotovoltaica con el fin de obtener un desarrollo energético sostenible, ha seguido hasta la fecha un proceso para convertirse en promotor para la producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica, para lo cual ha presentado ante la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la solicitud para la inscripción en el registro de preasignación de retribución de instalaciones fotovoltaicas, regulado en el Real Decreto 1578/2008 de 26 de septiembre, sin que hasta la fecha se haya obtenido dicha inscripción.
Para presentar dicha solicitud el Ayuntamiento previamente ha realizado los proyectos de las instalaciones necesarias a ubicar en las cubiertas de los edificios municipales, ha obtenido la concesión del acceso y conexión a la red de transporte o distribución por parte de la compañía distribuidora para las mencionadas instalaciones, así como la autorización administrativa de la instalación, en su caso.
Una vez alcanzado este punto el Ayuntamiento de Alcantarilla decide adjudicar la concesión del uso privativo del dominio público destinado a la instalación, mantenimiento y explotación de sistemas de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica sobre cubiertas municipales, siendo compatible dicha concesión con la solicitud realizada por el Ayuntamiento para la inscripción en el registro de preasignación de retribución anteriormente señalada, de tal forma que el concesionario que resulte de la presente licitación se subrogue en la posición del Ayuntamiento en todos y cada uno de los derechos y obligaciones que en su caso sean adquiridos por el Ayuntamiento caso de que dicha inscripción se produzca. Si tal inscripción no se lleva a cabo cuando sea resuelta la convocatoria a la que el Ayuntamiento ha optado, el concesionario deberá llevar a cabo, bajo su titularidad, la mencionada solicitud de inscripción en las siguientes convocatorias que se realicen.
Considerando todo lo expuesto constituye el objeto del presente contrato de concesión administrativa el uso de las cubiertas municipales para la instalación, mantenimiento y explotación de sistemas de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en las cubiertas de los edificios e instalaciones municipales, todo ello con arreglo a los siguientes condicionantes:
a) El concesionario dispondrá para el adecuado desarrollo de la concesión objeto de esta licitación de:
Un espacio para la colocación de paneles fotovoltaicos sobre el tejado/terraza/terreno.
Un espacio o recinto para la colocación del adjudicatario de interruptores, contadores, monitorización y demás elementos principales de la instalación de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en espacios adyacentes a los paneles.
Un espacio de paso para el cableado hasta el punto de conexión a la red eléctrica, y
Un espacio para la colocación de un panel informativo, que quede visible, indicando las características del sistema y nombre y datos del contratista.
b) El concesionario deberá desarrollar las instalaciones de acuerdo a los proyectos de las instalaciones de producción disponibles por el Ayuntamiento y que se adjuntan como Anexos al presente pliego.
c) El concesionario se subrogará en la posición del Ayuntamiento en caso de que éste obtenga la inscripción en el registro de preasignación fotovoltaica a través de la solicitud que tiene cursada en la actualidad, incluidas todas las obligaciones que ello conlleve, con especial referencia a la de presentación de avales o garantías. En caso contrario el concesionario deberá llevar a cabo las actuaciones tendentes a obtener dicho registro bajo su titularidad, siendo de su cuenta todos los costes que ello lleve aparejado.
Cláusula 2. Superficies municipales disponibles.
Las superficies municipales disponibles para la instalación de los sistemas de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica, así como la superficie susceptible de ocupar, son las establecidas en los proyectos de las instalaciones que se adjuntan como Anexos al presente pliego.
Cláusula 3. Canon a abonar al Ayuntamiento.
Por la concesión del uso privativo del dominio público, el concesionario que resulte adjudicatario deberá abonar un canon a favor del Ayuntamiento de Alcantarilla, el cual será como mínimo del 9 % de la producción anual, mejorable al alza por los licitadores.
Los licitadores deberán proponer distintos planteamientos relacionados con el pago del mismo al Ayuntamiento.
Cláusula 4. Derechos y obligaciones del concesionario.
El concesionario se compromete a asumir las siguientes obligaciones:
- El concesionario debe instalar los paneles solares en el tejado o terraza o terreno, de acuerdo a las buenas prácticas, la legislación vigente y la reglamentación técnica aplicable. Todas las adiciones materiales o los
servicios adicionales que sean necesarias para instalar, explotar y mantener el Sistema de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica correrán a cargo del contratista como, por ejemplo, nuevos pararrayos, protecciones contra incendios, vallas protectoras o demás requisitos normativos o servicios.
- El concesionario debe realizar los trabajos e instalaciones complementarios necesarios para que los sistemas de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica viertan a la red de transporte o distribución, corriendo a su cargo la totalidad de los gastos de estos trabajos e instalaciones.
- La infrautilización de la instalación de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica por parte del concesionario no le exime de las obligaciones contraídas por el presente contrato objeto de licitación.
- Los permisos y licencias para la instalación y operación del sistema de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica, correrán igualmente a cargo del concesionario.
- El concesionario deberá mantener y revisar el sistema de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica de forma regular y reparar cualquier anomalía o daño que se produjera sobre el propio sistema o sobre el edificio/terreno/instalación, objeto de la concesión.
- El mantenimiento del tejado, azotea o parte del espacio objeto de la concesión administrativa, que ocupe la instalación de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica, incumbe al concesionario, que deberá avisar inmediatamente al Ayuntamiento de cualquier defecto o daño que observe.
- A la expiración del contrato, el concesionario cederá al Ayuntamiento la titularidad de la instalación de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica, para su posterior utilización y explotación. En el caso de que el Ayuntamiento no tenga interés en la adquisición de las instalaciones, el concesionario deberá dejar, a su cargo, el espacio objeto de la concesión en las condiciones previas a la instalación de dichos sistemas, a las tres semanas de la finalización del contrato.
En cuanto a los derechos del concesionario:
- El concesionario tiene derecho a inyectar la electricidad generada en la red y recibir la compensación económica por ello, que esté legalmente estipulada.
- El concesionario tiene derecho a realizar lecturas periódicas de los contadores e instrumentos de las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica.
- Igualmente, el concesionario podrá colocar un panel informativo o un letrero en un lugar visible, donde se describan las características de las
instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica y el nombre y datos de la empresa adjudicataria.
Cláusula 5. Derechos y deberes del Ayuntamiento.
En cuanto a los derechos del Ayuntamiento:
- Cualquier modificación a las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica que el adjudicatario desee realizar con posterioridad a su montaje, según el proyecto inicial, requerirá la aprobación escrita del Ayuntamiento cuando implique cambios sustanciales de las condiciones iniciales tenidas en cuenta para la firma del contrato.
- El Ayuntamiento tiene derecho al uso temporal del espacio objeto de concesión administrativa, para proceder a reparaciones, renovaciones o demoliciones en las zonas donde se localizan las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica o próximas a ellas, siempre y cuando haya dado aviso previo al concesionario de 6 semanas. En estos casos, el Ayuntamiento deberá compensar al concesionario por el periodo sin generar electricidad, y correrá con los gastos que quedan debidamente acreditados ante el Ayuntamiento, en caso de que hubiese que desplazar o almacenar los componentes de las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica en otro lugar.
- El Ayuntamiento tendrá derecho a disponer de los datos de funcionamiento de las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica para su evaluación o supervisión.
En cuanto a los deberes que asume el Ayuntamiento:
- El tráfico de personas que visitan las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica por parte del concesionario se controlará por el Ayuntamiento por motivos de seguridad, por lo que se requerirá el permiso del Ayuntamiento para tener acceso al espacio donde se alojan las instalaciones, en la forma que acuerde con el concesionario. Este tráfico debe limitarse al menor número de personas posibles para minimizar los posibles daños del edificio o superficie objeto de la concesión. El Ayuntamiento, dentro del ámbito regulado por la presente concesión y de los controles que al efecto se establezcan, concede al concesionario un derecho de paso continuo a través de su propiedad y, en su caso, de zonas comunes con edificios o terrenos contiguos, tanto para poner en funcionamiento el sistema como para su posterior mantenimiento. Tal derecho sólo se concede a través de las zonas señaladas en el presente pliego. En consecuencia, el Ayuntamiento entregará al concesionario las llaves necesarias o el sistema de identificación para el acceso a dichas zonas.
- El citado derecho de paso se entiende cedido por el Ayuntamiento a favor del concesionario y de sus empleados debidamente acreditados, para lo cual deberá comunicar por escrito los nombres de las personas que tendrán acceso y derecho al paso.
- El Ayuntamiento autoriza al concesionario a la realización de las obras necesarias para la colocación de los equipos necesarios para las instalaciones producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica, con todas las estructuras, soportes, cableado y cualesquiera otras necesarias o convenientes para la instalación y correcto funcionamiento de dichos sistemas.
- El Ayuntamiento se compromete a no realizar en la finca modificaciones u obras que obstaculicen o impidan el normal funcionamiento de las instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología fotovoltaica.
- En el caso de que el Ayuntamiento proceda a la venta de la totalidad o parte de la finca objeto del presente contrato, durante la vigencia del mismo, se compromete a poner en conocimiento la compradora, así como imponerle el compromiso de mantener plenamente vigente el mismo hasta la fecha de su vencimiento en las condiciones pactadas.
ANEXOS
PROYECTOS DE LAS INSTALACIONES DE PRODUCCION
1. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 20 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA LAS TEJERAS, CON EMPLAZAMIENTO EN AVDA. EJÉRCITO DEL AIRE, Nº 40.
2. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 35 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA SAN XXXX XXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ TERMINACIÓN, Nº 1.
3. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 40 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL XXXXXXX XXXXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ PERITO AGRÍCOLA XXXX XXXXX, Nº 35.
4. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 60 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA VISTABELLA, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ PUERTO RICO, Nº 7.
5. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 100 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCIÓN, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ XXXXXX, Nº 18.
6. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 100 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA XXXXXXX XXXXXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ ALCALDE XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Nº 2.
7. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 40 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA NUESTRA SEÑORA DE LA SALUD, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ MADRID, Nº 92.
8. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 60 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA CAMPOAMOR, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ FARMACÉUTICO XXXX XXXXX XXXXX XXXX, Nº 25.
9. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 40 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA XXXX XXXXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ MÉDICO XXXX XXXXX, Nº 2.
10. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 40 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE ENSEÑANZA INFANTIL Y PRIMARIA NUESTRA SEÑORA DE LA SALUD, CON EMPLAZAMIENTO EN PLAZA SABIO XXXXXXX, Nº 2.
11. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 100 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN ANTIGUO COLEGIO SANJE, CON EMPLAZAMIENTO EN AVDA. XXXXXXXX XXX, EL SANTO, Nº 30.
12. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 70 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN PABELLÓN POLIDEPORTIVO XXXXXX XXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ MAESTRA XXXX XXXXXXXX, Nº 1.
13. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 60 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN PABELLÓN POLIDEPORTIVO XXXX XXXXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ ESTACIÓN XX XXXXX, Nº 6.
14. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 80 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN PABELLÓN POLIDEPORTIVO XXXXXXXX XXXXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ SAN XXXXXXXXX, Nº 59.
15. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 60 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN PABELLÓN POLIDEPORTIVO NUESTRA SEÑORA DE LA SALUD, CON EMPLAZAMIENTO EN AVDA. PRÍNCIPE, Nº 166.
16. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 80 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ VOLUNTARIADO, Nº 1.
17. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 20 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO INTEGRAL SAN XXXX XXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ MAR MENOR, Nº 2.
18. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 12,40 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO SOCIAL CABEZO VERDE, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ TOLEDO (JARDÍN).
19. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 40 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO DE DÍA XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, Nº 4.
20. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 20 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN CENTRO CULTURAL INFANTA XXXXX, CON EMPLAZAMIENTO EN C/ CARROS, Nº 37.
21. PROYECTO TÉCNICO DE INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA DE 50 KW SOBRE CUBIERTA CONECTADA A RED EN DEPÓSITOS MUNICIPALES DE AGUA, CON EMPLAZAMIENTO EN X/ XXXXXX XX XXX XXXXX, Xx 00.