CONTRATO DE ABONO A SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
CONTRATO DE ABONO A SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
ENERGÍA LIBRE COMERCIALIZADORA S.L.U., Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 00, 0x Mod 2.1 - 00000 Xxxxxxx. Inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxx, xxxx 5864, folio 170, hoja SE-101402. CIF X00000000
CONDICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. El objeto del presente Contrato es la prestación al Cliente de los Servicios de TELEFONÍA MÓVIL, y/o acceso a INTERNET, TELEFONO FIJO y TV al público de forma permanente, a través de tecnolo- gía de fibra óptica por ENERGÍA LIBRE COMERCIALIZADORA, S.L.U., en adelante Yaluz.
1.2. El OPERADOR de red es , con domicilio en y CIF , en
adelante el operador.
1.3. Mediante la firma del presente Contrato el Cliente asume todas las obligaciones derivadas del mismo, y declara conocer y aceptar la totalidad de las condiciones generales a las que se somete, a su disposición en xxx.xxxxx.xx
2. DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS
Servicio Telefónico Móvil: Este Servicio comprende la prestación del Servicio Telefónico de llamadas desde Móvil y los Servicios asociados de comunicaciones electrónicas (incluyendo el Servicio de Acceso a Internet desde móvil). Si el Cliente no dispone de numeración, Yaluz le asignará una. El Servicio Móvil incluye la portabilidad del número de teléfono que el Cliente tuviera con su anterior operador. Para ello, el cliente deberá solicitarla mediante la cumplimentación de la Solicitud de Portabilidad.
Servicios de Internet: La prestación del Servicio de Acceso a Internet consiste en proporcionar al Cliente, de acuerdo a la configuración fijada en el presente contrato, el acceso a internet de forma permanente, a través de tecnología de fibra óptica.
3. TARIFAS, FACTURACION Y PAGOS
3.1. El cobro de las facturas se efectuará mediante orden SEPA a partir de la fecha de vencimiento de las mismas, que como mínimo será igual a CINCO (5) DÍAS desde su fecha de emisión. La factura será mensual y desglosará los servicios contratados por conceptos facturados dentro de cada Servi- cio, incluyendo los correspondientes a los supuestos de venta o cesión/alquiler de equipos.
3.2. Yaluz podrá ordenar la suspensión del servicio de Telefonía móvil si transcurrido el plazo de pago y el previo requerimiento al Cliente para que proceda a su puesta al corriente en un plazo máxi- mo xx XXXX DÍAS (10) días desde la notificación, éste no hubiese hecho efectivo el pago íntegro de las facturas vencidas. La suspensión del Servicio de Internet podrá producirse desde el día siguiente al impago de la factura, previo requerimiento al Cliente.
3.3. La devolución de un recibo o la xxxx en el pago podrá devengar a favor xx Xxxxx una indemni- zación por los costes de cobro de (10) EUROS por factura impagada.
3.4. Yaluz podrá suspender el servicio de telefonía fija y móvil en el caso de impago con las siguien- tes condiciones: serán suspendidas solo las llamadas salientes salvo las de emergencia durante un plazo de 3 meses, pasado el mismo, podrá cancelar definitivamente el servicio de todas las llamadas y la baja definitiva de las líneas.
3.5. Cuando tras la suspensión del servicio de Telefonía móvil por impago, procediese la reactivación del mismo, ésta estará sujeta a un cargo de 10 Euros por factura que serán repercutidos al cliente en la factura inmediatamente posterior a la reactivación.
3.6. En caso de impago, Yaluz podrá hacer una evaluación de riesgo de insolvencia y exigir al Clien- te, en base al resultado de la misma, un depósito para seguir adelante con el contrato.
4. DURACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO.
4.1. El Contrato entrará en vigor el día de su firma y tendrá la duración indicada en las condiciones particulares, con un mínimo de 12 meses a contar desde la fecha de inicio del servicio, si ninguna de las partes manifestara lo contrario. El Contrato será prorrogado por anualidades sucesivas, si ninguna de las partes manifestara su voluntad de rescindirlo, como mínimo, con QUINCE (15) DÍAS naturales de antelación a la fecha de su vencimiento o a la de cualquiera de sus prórrogas por un medio que permita dejar constancia de la recepción.
4.2. El desistimiento unilateral del servicio de Internet por el Cliente antes de transcurrir el plazo indi- cado, dará derecho a una compensación económica a favor xx Xxxxx que comprenderá el abono de la cantidad de 150€ si la baja se produce antes de finalizar el primer año de duración del contrato.
La resolución del servicio de telefonía no está sujeta a compensación económica alguna salvo que se hubiese dispuesto lo contrario en las condiciones particulares firmadas por el Cliente.
4.3. Durante la vigencia del contrato, Yaluz podrá resolverlo unilateralmente, comunicándolo al Clien- te con una antelación de 15 días cuando se produzca una situación de impago, concurso, o no concurran las condiciones de solvencia financiera adecuadas para la contratación.
4.4 En caso contratos de telefonía asociados a la adquisición o cesión de un terminal o equipamiento a precio promocional, si el cliente incumple los plazos de permanencia a los que se hubiere comprometi- do contractualmente, por darse de baja del servicio antes del plazo estipulado, se le cobrará un cargo por incumplimiento de dicho compromiso, en concreto las cuotas que se hubieran generado en el tiempo que quede pendiente de cumplimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en las condiciones particulares.
5. RESPONSABILIDADES.
Yaluz no será responsable en caso de imposibilidad de dar servicio si ello se debe a interrupciones prolongadas del suministro (eléctrico, líneas de telecomunicaciones, etc), y, en general, todos los su- puestos de fuerza mayor. El cliente estará obligado a comunicar a Yaluz de forma inmediata cualquier incidencia relacionada con la prestación del servicio, de forma que pueda proceder a solventar el problema en el plazo más breve posible, aminorando los posibles daños que pudieran irrogarse por esta causa al cliente.
6. EQUIPOS NECESARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS. DEVOLUCIÓN. El cliente disfrutará de los equipos necesarios para el acceso a los servicios contratados en régimen de alquiler del equipo. Al producirse la finalización del contrato, cualquiera que fuera su causa, el cliente deberá devolver a la empresa en buen estado de funcionamiento los equipos con sus acceso- xxxx que no hubieran sido adquiridos por haber sido alquilados.
En el caso de que el cliente no devuelva a la empresa los equipos requeridos en dicho plazo, o los devuelva en estado de no funcionamiento, la empresa se reserva el derecho a facturar al cliente la cantidad correspondiente al valor residual del equipo (con una depreciación de un 10% anual), cuyo precio viene determinado en las condiciones particulares.
En caso de equipos router para acceso a internet, cuando el cliente no hubiese realizado la devolu- ción de los mismos transcurrido un mes desde la fecha de extinción del contrato, o hubiese devuelto el equipo en estado de no funcionamiento, el importe a abonar será de 100€ por equipo, cantidad que será facturada directamente por Yaluz.
7. ADQUISICIÓN DE EQUIPOS
Cuando junto con la contratación de telefonía móvil, televisión o fibra, Yaluz hubiese hecho entrega de terminales móviles u otros equipos adquiridos por el cliente, se entenderá siempre que Yaluz o, en su caso, la Entidad Bancaria correspondiente, han adquirido la propiedad de los equipos con la exclusiva finalidad de cederlos al usuario en arrendamiento con opción a compra.
Los terminales o equipos descritos en el correspondiente Anexo de Adquisición, que es complemen- tario a las presentes Condiciones Generales, son entregados directamente por Yaluz al Cliente, y se entenderá que presta su conformidad con los mismos en cuanto no manifestase su oposición expresa.
En los casos anteriores, el Cliente declara conocer que Yaluz ha vendido el dispositivo o terminal arrendado a BNP PARIBAS LEASE GROUP, S.A. sucursal en España, con C.I.F. W0013547E, y domi- cilio sito en Xxxxx xx xxx Xxxxxxxxxxxx 00 X 00000 Xxxxxx, asumiendo Yaluz el deber de asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de este contrato ante El Cliente.
Yaluz ha cedido de forma irrevocable los derechos de cobro generados exclusivamente de la ad- quisición del dispositivo o terminal por el Cliente a BNP PARIBAS LEASE GROUP SA SUCURSAL EN ESPAÑA, con CIF: X0000000X, en lo sucesivo también denominado EL CESIONARIO, quedando EL CESIONARIO subrogado en todos los derechos y obligaciones, excepto en las cuestiones relaciona- das con el dispositivo adquirido, que serán asumidas por el cedente-Yaluz. Con la firma del presente contrato el arrendatario y los fiadores, en su caso, aceptan la cesión sin reserva alguna.
No obstante la cesión, el cesionario ha otorgado a favor xx Xxxxx un mandato de cobro, por lo que las mensualidades derivadas de la adquisición de los dispositivos o terminales por el Cliente deberán seguir siendo abonadas por éste a Yaluz mientras no reciba una carta de BNP PARIBAS LEASE GROUP SA sucursal en España comunicándole la revocación del mandato de gestión de cobro otorgado a favor del arrendatario original. Recibida de BNP PARIBAS LEASE GROUP SA sucursal en España una carta notificando la revocación del mandato de gestión de cobro, deberá el Cliente abonar las mensualidades derivadas del arrendamiento en la cuenta que a tal efecto les señale BNP PARIBAS LEASE GROUP SA sucursal en España.
8. DERECHO DE DESISTIMIENTO
El cliente tiene derecho a desistir libremente de la contratación en el plazo de catorce días naturales des- de la fecha de celebración del contrato. Para el ejercicio del derecho de desistimiento, el cliente deberá remitir mediante email o correo postal, al departamento de atención al cliente (xxxxxxxxx@xxxxx.xx), una declaración escrita de solicitud de desistimiento, pudiendo emplear al efecto el formulario disponible en la página web xx Xxxxx, xxx.xxxxx.xx.
De acuerdo con la normativa vigente, en caso de que antes del transcurso de los 14 días citados el servicio se encuentre activo y, por tanto, completamente ejecutado, con su consentimiento expreso, no será de aplicación el citado derecho de desistimiento.
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9. PROTECCIÓN DE DATOS
Mediante la firma del contrato, el cliente declara conocer y aceptar la política de privacidad de datos xx Xxxxx, la cual puede consultar en xxx.xxxxx.xx desarrollada para asegurar un tratamiento de datos lícito, xxxx y transparente, cumpliendo con la normativa vigente. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación o portabilidad, el cliente puede contactar con el Delegado de Protección de datos escribiendo a xxx@xxxxxx.xx
En , a de de
Fdo. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
versión: O
900 908 178
Madrid | Sevilla | Barcelona
Fdo.
El cliente/Representante ENERGÍA LIBRE COMERCIALIZADORA S.L.U.