ANEXOS CLAUSULAS ADICIONALES CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N°PS- 656-2020
ANEXOS CLAUSULAS ADICIONALES CONTRATO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES N°PS- 656-2020
En Santa Xxxxx, entre los suscritos, XXXXX XXXXXXX XXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 57.462.212 expedida en Santa Xxxxx, obrando en nombre y representación del Departamento xxx Xxxxxxxxx entidad territorial con Nit. N°.800.103.920-6, en calidad de JEFE DE OFICINA DE CONTRATACIÓN, delegada para asuntos pre-contractuales y contractuales mediante Decreto 0061 del 30 enero de 2020 expedido por el Gobernador del Departamento xxx Xxxxxxxxx; quien en adelante y para efectos del presente contrato se denominará EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra, XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX. mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No.1.082.842.419 quien en adelante y para efectos del presente acuerdo de voluntades se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente documento de cláusulas adicionales, las cuales se entienden incorporadas al Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, suscrito por firma electrónica en SECOP II, a través de mensajes de datos:
1. OBJETO: | PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES POR PARTE DEL CONTRATISTA EN LA SECRETARIA DE SALUD DEL DEPARTAMENTO XXX XXXXXXXXX AREA DE PROMOCIÓN SOCIAL, CON EL FIN DE DESARROLLAR LAS ACCIONES COMO REFERENTE DE LA DIMENSIÓN DIFERENCIAL DE POBLACIONES VULNERABLES EN EL COMPONENTE DE SALUD EN POBLACIONES ETNICAS INDIGENAS |
2. ESPECIFICACIONES DEL OBJETO: | 1. Desarrollar 2 sesiones de capacitación con el TH en salud, para que comprenda cómo realizar el diálogo intercultural con indígenas y para adecuar socioculturalmente las intervenciones colectivas de salud, dirigidas al 100% de los referentes de la Dirección Territorial de Salud. 2. Fortalecimiento xx Xxxx del Sector de la Salud Acto Administrativo. 3. Realizar acompañamiento a los Municipios de Aracataca, Fundación, Ciénaga y Sabanas de San Xxxxx en el proceso de operatividad las Mesa Municipal de Concertación con las Comunidades Indígenas. 4. Ejercer 2 monitores relacionados con la garantía del derecho a la Salud de las comunidades indígenas (Aseguramiento) en los Municipios de Aracataca, Fundación, Ciénaga y Sabanas de San Xxxxx. 5. Realizar Asistencia Técnica a los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Secretarias de Salud Municipales, Autoridades Indígenas, IPS,ESE,EAPB sobre SISPI y normas reglamentarias vigentes aplicable a los pueblos indígenas, con el acompañamiento del Min salud a los Municipios de Aracataca, Fundación, Ciénaga y Sabanas de San Xxxxx. 6. Las asignadas por el Supervisor del contrato. |
3. VALOR: | DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ($10.800.000) M/CTE |
4. FORMA DE PAGO: | Una vez perfeccionado el contrato y cumplidos los requisitos para su ejecución, EL DEPARTAMENTO cancelará al CONTRATISTA en TRES (3) pagos mensuales por valor de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($3.600.000) M/L CTE cada |
uno de conformidad con el informe de la ejecución de las actividades realizadas, previa certificación de cumplimiento de las obligaciones contractuales expedida por parte del Supervisor del contrato, y constancia de pago de los aportes correspondientes a seguridad social, los cuales deberán cumplir las previsiones legales | |
5. CDP: | El valor del presente contrato, se pagará con cargo al presupuesto de la actual vigencia, según el CDP No.460 del 21 xx xxxx de 2020 |
6. PLAZO: | Tres (3) meses |
7. SUPERVISOR: | La supervisión, control y vigilancia del contrato será ejercida por la SECRETARIO SECCIONAL DE SALUD quedando obligado EL CONTRATISTA a suministrarle toda la información que le sea solicitada para verificar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones que contrae, de acuerdo con la Ley 80 de 1993, artículos 4° y 5°. El Supervisor tendrá las siguientes funciones: a) Cumplir con las obligaciones establecidas para el efecto en materia legal. b) Podrá exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria en desarrollo del objeto del contrato. c) Velar por los intereses del DEPARTAMENTO y tendrá las funciones que por la índole y naturaleza del contrato le sean propias. d) Xxxxxxxx y suscribir conjuntamente con el CONTRATISTA las Acta a que haya lugar durante la ejecución del contrato, incluida el Acta de Inicio. e) Xxxxxxx y requerir al CONTRATISTA para que cumpla con las obligaciones que se deriven del objeto del contrato. f) Expedir la Certificación Mensual del Recibido a Satisfacción del cumplimiento del objeto contractual, para efectos de cada pago correspondiente. PARÁGRAFO: Según el Decreto 019 de 2012, artículo 217, en los contratos de prestación de servicios, no será obligatorio su liquidación. |
8. DERECHOS DEL CONTRATISTA | a) Tendrá derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada en la cláusula del presente contrato y a que el valor intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la vigencia del contrato. En consecuencia, tendrán derecho, previa solicitud, a que la administración les restablezca el equilibrio de la ecuación económica del contrato a un punto de no pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a los contratistas. Si dicho equilibrio se rompe por incumplimiento de la entidad estatal contratante, tendrá que restablecerse la ecuación surgida al momento del nacimiento del contrato. b) Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección de los derechos derivados del contrato y la sanción para quienes los desconozcan o vulneren. |
9. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA | a. Encontrarse al día en el pago de los aportes a la seguridad social integral (salud, pensión y riesgos laborales). b. Cumplir de buena fe el objeto contractual y las obligaciones derivadas del mismo. c. Emitir los conceptos que le sean solicitados dentro de los diferentes asuntos que son de competencia de la Oficina d. Sustentar los diferentes asuntos sometidos a su estudio a la dependencia que lo requiera. e. Realizar seguimiento continuo a los procesos y gestiones que le sean asignadas, y hacer los reportes respectivos. f. Mantener actualizados en los archivos de la entidad las informaciones y documentos a su cargo. |
g. Asistir a las reuniones y diligencias que le sean programadas en ejercicio de sus funciones. h. Asistir a las capacitaciones que le sean programadas por la entidad. i. Entregar los informes sobre el cumplimiento de las actividades a su cargo al supervisor del contrato. j. Garantizar la disponibilidad de tiempo y la dedicación necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones. k. Cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, en especial las de salud y seguridad en el trabajo. l. Guardar confidencialidad de los asuntos que le sean delegados. m. Pagar los impuestos y las garantías a las que haya lugar. n. Atender con prontitud y diligencia las solicitudes derivadas del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. o. Las demás derivadas de las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 y demás. p. Durante la ejecución del contrato, cuando las actividades del mismo comporten presencialidad en las instalaciones de la Gobernación o con la comunidad, el contratista se obliga a cumplir con los protolocolos de Bioseguridad y el uso de tapabocas y demás medidas que decrete el Gobierno Nacional en el marco de la Declaratoria del Estado de Emergencia Sanitaria por la pandemia COVID-19 | |
10. DERECHOS DEL CONTRATANTE | Para la ejecución de los fines, y en consonancia con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 80 de 1993, el DEPARTAMENTO: 1. Exigirá del CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. Igual exigencia podrá hacer al garante. 2. Adelantará las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. 3. Solicitará la actualización o la revisión de los precios cuando se produzcan fenómenos que alteren en su contra el equilibrio económico o financiero del contrato. 4. Adelantará las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufran en desarrollo o con ocasión del contrato celebrado. 5. Adoptará las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de proponer en los casos en que se hubiere realizado licitación o concurso, o de contratar en los casos de contratación directa. Para ello utilizarán los mecanismos de ajuste y revisión de precios, acudirán a los procedimientos de revisión y corrección de tales mecanismos si fracasan los supuestos o hipótesis para la ejecución y pactarán intereses moratorios. Sin perjuicio de la actualización o revisión de precios, en caso de no haberse pactado intereses moratorios, se aplicará la tasa equivalente al doble del interés legal civil sobre el valor histórico actualizado. 6. Sin perjuicio del llamamiento en garantía, repetirá contra los servidores públicos, contra el contratista o los terceros responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban pagar como consecuencias de la actividad contractual. 7. Actuará de tal modo que por causas a ellas imputables, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. Con este fin, en el menor tiempo posible, corregirán los desajustes que pudieren presentarse y acordarán los mecanismos y procedimientos pertinentes para precaver o solucionar rápida y eficazmente las diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse. |
11. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATANTE | a. Cancelar al contratista el valor del contrato en la forma y términos establecidos en el mismo. b. Cumplir de buena fe el objeto contractual. c. Suministrar oportunamente la información que requiere el contratista para cumplir sus obligaciones contractuales. d. Realizar la supervisión del contrato. e. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte. f. Las demás que teniendo en cuenta la naturaleza del contrato y las normas legales vigentes le correspondan a la entidad pública. |
12. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA | EL Contratista será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones que desarrolle en el ejercicio de las actividades del presente contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la administración o a terceros. Igualmente será responsable en los términos de la Ley 80 de 1993, artículo 52. |
13. TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO | El DEPARTAMENTO XXX XXXXXXXXX puede terminar, modificar y/o interpretar unilateralmente el contrato, de acuerdo con los artículos 15 a 17 de la Ley 80 de 1993, cuando lo considere necesario para que el Contratista cumpla con el objeto del presente Contrato |
14. CADUCIDAD. | En virtud de esta cláusula, si se presentase alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista previstas en el presente contrato, que afecte de manera grave y directa la ejecución del mismo y evidencie que puede conducir a su paralización, el Contratante aplicará el procedimiento dispuesto en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011. |
15. MULTAS. | En caso de retardo o incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones derivadas del presente contrato por causas imputables al Contratista; El Contratante podrá imponerle multas sucesivas, cuyo valor se liquidará con base en un uno por ciento (1%) del valor total del contrato, por cada día de retardo hasta por 15 días; o en un uno por ciento (1%) del valor estimado del Contrato, por cada situación o hecho constitutivo de incumplimiento parcial; según sea el caso. Las multas y/o sanciones se impondrán de conformidad con lo dispuesto en la ley 1150 de 2007, artículo 17 y el procedimiento para su imposición se aplicará teniendo en cuenta la Ley 1474 de 2011, artículo 86. |
16. CLAUSULA PENAL | En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total de las obligaciones derivadas del presente contrato, el Contratista pagará al Contratante a título xx xxxx pecuniaria, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. La imposición de esta pena pecuniaria se considerará como pago parcial y definitivo de los perjuicios que cause al Contratante. No obstante, el Contratante se reserva el derecho de cobrar perjuicios adicionales por encima del monto de lo aquí pactado, siempre que los mismos se acrediten. Las multas y/o sanciones se impondrán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. PARÁGRAFO. APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES: El valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria se tomará del saldo a favor del Contratista. Si esto último no fuere posible, se cobrará por vía ejecutiva; por lo que el Contratista con la suscripción del presente contrato autoriza de manera irrevocable al Contratante, a deducir de las sumas que le llegaren a |
adeudar por cualquier concepto el valor de las multas y sanciones pecuniarias que llegaren a imponerse. | |
17. GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO | Con fundamento en lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.4.5, que señala: “No obligatoriedad de garantías y la justificación para exigirlas o no debe estar en los Estudios y Documentos Previos”, no se exigirán pólizas para el presente proceso de contratación. |
18. INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA. | El Contratista es independiente del DEPARTAMENTO XXX XXXXXXXXX, y en consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. El Contratista no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre del DEPARTAMENTO XXX XXXXXXXXX ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo. |
19. CESIONES. | EL Contratista no podrá ceder este contrato a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin el consentimiento previo y escrito del Contratante |
20. INDEMNIDAD. | EL Contratista, se responsabiliza y asume por su cuenta y riesgo, y así mismo librará totalmente al DEPARTAMENTO XXX XXXXXXXXX, de cualquier hecho que genere reclamaciones ya sean de carácter civil, penal, policivo, o de cualquier situación, hecho a causa originado por agentes humanos que puedan originar, suscitar o producir responsabilidad contractual o extra contractual derivada de la operación por ellos organizados; deberán mantener al DEPARTAMENTO, indemne y libre de toda perdida, daño y pago de todo reclamo, demandas, litigio, acción legal y reivindicación de cualquier especie y naturaleza que se entable o pueda entablarse contra EL DEPARTAMENTO, por causa de acciones u omisiones en que incurra EL CONTRATISTA o empleados en la ejecución de sus obligaciones en el presente contrato. |
21. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. | Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente contrato, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso fortuito debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana. |
22. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS | Las partes acuerdan someter a la decisión de la Procuraduría General de la Nación, las diferencias que puedan surgir por razón de la celebración del contrato y de su ejecución, desarrollo, terminación o liquidación. |
23. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN | El presente contrato requiere para su perfeccionamiento de la firma de las partes, la expedición del registro presupuestal correspondiente, la suscripción del acta de inicio, la acreditación de encontrarse el Contratista x xxx y salvo por concepto de aportes al sistema de seguridad social integral y la aprobación de la garantía de que trata la cláusula 16 del presente Contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal Contratante la requiera |
24. CONFIDENCIALIDAD. | En caso de que exista información sujeta a alguna reserva legal, las partes deben mantener la confidencialidad de esta información. Para ello, debe comunicar a la otra parte que la información suministrada tiene el carácter de confidencial. |
25. AUSENCIA DE PRESTACIONES. | Por el presente contrato, EL CONTRATISTA no adquiere vínculo laboral alguno con EL DEPARTAMENTO y es el único responsable de la prestación del servicio. En consecuencia, y de conformidad con lo preceptuado en el numeral 3º del artículo 32 |
de la Ley 80 de 1993, no tendrá derecho a reconocimiento de ningún otro emolumento distinto al pago del valor determinado en la Cláusula Tercera de este contrato. | |
26. AFILIACIÓN AL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD SOCIAL. | Con el fin de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 282 de la Ley 100 de 1993, EL CONTRATISTA deberá acreditar que se encuentra afiliado a un sistema de pensión y salud. PARÁGRAFO PRIMERO. De conformidad con lo establecido en la Ley 797 de 2003 y en el Decreto 1703 de 2002, EL CONTRATISTA, deberá afiliarse de manera obligatoria al sistema de pensiones y salud, por un valor que deberá guardar relación con los ingresos efectivamente percibidos por el afiliado. PARÁGRAFO SEGUNDO. Afiliación al Sistemas General de Riesgos Laborales. El CONTRATISTA, en atención a lo señalado en la Ley 1562 del 2012, artículo 2, que modificó el artículo 13 del decreto-ley 1295 de 1994, en su Literal a), numeral 3, está obligado a afiliarse al Sistemas General de Riesgos Laborales |
27. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. | De común acuerdo, las partes contratantes podrán suspender la ejecución de este contrato, mediante la suscripción de un acta en la cual conste el evento sin que para efectos del término de duración del contrato se compute el tiempo de la suspensión. |
28. CAUSALES DE TERMINACIÓN. | El presente contrato se puede dar por terminado cuando: a) se declare la caducidad o la terminación unilateral, de conformidad con la Ley 80 de 1993, Artículos 17 y 18, b) por mutuo acuerdo de las partes. c) cuando se dé cumplimiento del objeto del contrato, y d) por vencimiento del plazo. |
29. SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES. | El presente contrato se encuentra sujeto a las leyes nacionales de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley 80 de 1993. |
30. IMPUESTOS. | Los impuestos y las contribuciones parafiscales que se causen por razón o con ocasión del contrato serán por cuenta del CONTRATISTA, y las retenciones que ordene la ley en relación con sus honorarios serán efectuadas por EL DEPARTAMENTO. |
31. LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL. | Para todos los efectos contractuales y legales atinentes a este compromiso, las partes acuerdan como lugar de ejecucion del contrato el departamento xxx xxxxxxxxx y como domicilio contractual el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Xxxxx. |
32. NOTIFICACIONES. | Los avisos, solicitudes, comunicaciones y notificaciones que las partes deban hacer en desarrollo del presente contrato, deben constar por escrito y se entenderán debidamente efectuadas sólo si son entregadas personalmente o por correo electrónico a la persona dispuesto en el SECOP II, y las constancias emitidas por mensaje de datos en el SECOP II |
Proyectó: XxxxxxxxXxxxxx Abogada Oficina de Contratación