RIESGOS Y CONDICIONES DE PRÉSTAMOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD
RIESGOS Y CONDICIONES DE PRÉSTAMOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD
1. INFORMACIÓN RELACIONADA A LOS SEGUROS OFERTADOS (BANCA- SEGUROS).
Políticas para la contratación de Pólizas de Seguros:
Cuando se toma un préstamo, el Banco podrá contratar por cuenta del solicitante xxx xxxxxxxx una póliza de seguro de desgravamen a nombre del titular y/o cónyuge. Ud. también podrá contratar por su cuenta (no a través de nuestro Banco) la póliza de seguro según el siguiente detalle:
Para el caso del seguro de desgravamen: Usted podrá endosar una póliza de seguro de vida y accidentes cuya suma asegurada sea al menos el monto xxx xxxxxxxx que solicita (si el seguro de desgravamen solicitado es del tipo mancomunado adicionalmente su conyugue deberá endosar una póliza con cobertura y suma asegurada similar).
Si la elección es una póliza contratada por Ud., debe tener en cuenta lo siguiente:
Los Seguros deben cumplir con las condiciones previamente informadas y que el Banco le exige
Los Seguros deben ser cedidos (endosados) a favor del Banco
Los Seguros deben estar vigentes durante todo el plazo xxx Xxxxxxxx. Si fuera el caso, Ud. es responsable de renovar el seguro las veces que sea necesario.
Si los Seguros fuesen variados, modificados o suprimidos, Usted debe comunicar este hecho al Banco tan pronto como tenga conocimiento del mismo. Si la Compañía de Seguros le solicite a Usted cumplir nuevos requerimientos, Usted debe cumplirlos; en caso de no hacerlo, será de su exclusiva responsabilidad no contar con el seguro correspondiente.
Si Usted no presenta de manera oportuna la renovación de la póliza en los términos y condiciones pactados por el Banco, será facultad de este la contratación de la misma y la inclusión de la prima dentro de las cuotas mensuales.
La falta de contratación o renovación de los Seguros por parte del Banco no genera responsabilidad alguna para este último, pues es responsabilidad de Usted contratar y mantener vigentes los Seguros.
2. QUÉ OCURRE SI USTED NO PAGA LAS CUOTAS EN LA FECHA DE VENCIMIENTO.
Si las Cuotas no son pagadas a más tardar en las fechas de pago previstas en el Cronograma de Pagos (fecha de vencimiento), Usted tendrá que pagar una Penalidad por Incumplimiento de Pago desde el primer día de atraso por cada cuota vencida.
Para préstamos en soles será de S/50 hasta el segundo día de atraso, S/70 hasta el cuarto día de atraso y S/80 a partir xxx xxxxxx día de atraso; y en dólares será de $ 20 hasta el segundo día de atraso, $28 hasta el cuarto día de atraso y $32 a partir xxx xxxxxx día de atraso.
Adicionalmente, de ser el caso, Usted tendrá que pagar los tributos, los gastos (notariales y judiciales) y las comisiones que resulten aplicables según el cronograma de pagos.
Ante el incumplimiento en el pago por obligaciones ante el Banco,
se le reportará a la Central de Riesgos con la calificación correspondiente, de conformidad con el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente. Además, se iniciarán las acciones legales de recupero y ejecución de garantías respectivas, de ser el caso. Asimismo, al refinanciar o reestructurar una deuda y firmar el contrato respectivo, la clasificación de riesgo del cliente deudor deberá mantenerse en la categoría en que se encontraba clasificado, salvo aquellos casos cuya clasificación era “ Normal”, los cuales deberán ser reclasificados como “CPP”.
3. EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LAS COBERTURAS DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN.
En caso de un siniestro, el titular o sus beneficiarios deberán entregar a la Aseguradora o en cualquiera de las oficinas del BBVA Continental, los siguientes documentos en original o en copia legalizada:
PARA LAS COBERTURAS POR FALLECIMIENTO E INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR RENTA ESTUDIANTIL:
Acta de defunción.
Certificado de defunción.
Copia del documento de identidad del ASEGURADO (Cliente) fallecido y de todos sus Beneficiarios (partida de nacimiento en caso ser menores de edad). Aplica sólo para modalidad de cobertura sobre monto inicial del crédito.
Declaración Jurada de Xxxxxxxxx y legalizado por un Notario o ante notaria a fin de poder abrir la Cuenta de ahorros si hubiera Beneficiarios menores de edad.
Copia de la Historia Clínica fedateada y recateada del ASEGURADO
Estado de cuenta xxx xxxxxxxx a la fecha del siniestro.
Solicitud / Certificado del Seguro de desgravamen.
EN CASO DE FALLECIMIENTO A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE, INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR MUERTE DEL ASEGURADO EN ACCIDENTE AÉREO O DESAMPARO FAMILIAR SÚBITO, SE DEBERÁN PRESENTAR TODOS ESTOS DOCUMENTOS ADICIONALES A LOS DETALLADOS EN CASO DE FALLECIMIENTO:
Atestado policial completo o diligencias fiscales, según corresponda
Protocolo de Necropsia completo.
Análisis toxicológico con resultados de alcoholemia y toxinas.
Dosaje etílico en caso de tratarse de accidente de tránsito.
EN CASO DE ANTICIPO POR ENFERMEDADES TERMINALES:
Informe escrito, sellado y firmado por el médico tratante del ASEGURADO donde se expresa el diagnóstico de enfermedad terminal y la esperanza de vida.
Documentación sustentatoria del informe escrito:
o Estudios Clínicos
o Estudios Radiológicos
o Estudios Histológicos
o Estudios de Laboratorio.
Historia Clínica foleada y fedateada que incluya el resultado de análisis anatomo patológico donde se diagnostica la enfermedad.
Copia del documento de identidad del ASEGURADO y de todos sus Beneficiarios (partida de nacimiento en caso ser menores de edad).
Estado de cuenta xxx xxxxxxxx a la fecha del siniestro.
Solicitud / Certificado del Seguro de Desgravamen firmado por el ASEGURADO.
EN CASO DE INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE POR ENFERMEDAD:
Copia del documento de identidad del ASEGURADO.
Dictamen de Invalidez emitido por la Comisión Médica de Essalud o el Ministerio
de Salud (MINSA) o EPS o la Comisión Médica correspondiente de las Fuerzas Armadas o Policiales si corresponde.
Copia de la Historia Clínica foliada y fedateada de todos los centros médicos donde se atendió antes y durante la enfermedad que generó la Invalidez Permanente Total.
Estado de cuenta xxx xxxxxxxx a la fecha del siniestro.
Solicitud / Certificado del Seguro de Desgravamen firmado por el ASEGURADO.
EN CASO DE INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE POR ACCIDENTE:
Copia del documento de identidad del ASEGURADO.
Historia Clínica foliada y fedateada de todos los centros médicos que le brindaron atención a consecuencia del accidente que generó la Invalidez Permanente Total e Informes Médicos sobre atenciones y/o tratamientos relacionados al accidente y estado de Invalidez.
Atestado policial o diligencias fiscales según corresponda, Análisis toxicológico con resultados de alcoholemia y toxinas y el Dosaje etílico en caso de tratarse de accidente de tránsito.
Estado de cuenta xxx xxxxxxxx a la fecha del siniestro.
Solicitud / Certificado del Seguro de Desgravamen firmado por el ASEGURADO.
EN CASO DE DESEMPLEO INVOLUNTARIO E INCAPACIDAD TEMPORAL:
COBERTURA DE DESEMPLEO INVOLUNTARIO:
TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO:
Copia del DNI o documento oficial de identidad del ASEGURADO.
Carta de despido de la empresa (sellada y firmada). Podrá aceptarse copia de la carta de renuncia del trabajador, si en la liquidación de beneficios sociales, firmada y sellada por el empleador, el ASEGURADO cumple con acreditar haber recibido una compensación o bonificación extraordinaria equivalente como mínimo a un (1) sueldo remuneratorio mensual.
En caso de no contar con la carta de despido formalmente cursado por el empleador, según lo indicado en el párrafo precedente, se deberá presentar la Constatación Policial o de la Autoridad Administrativa de Trabajo que den cuenta del despido de hecho producido.
Liquidación de beneficios sociales por despido y constancia del pago. Se verificará el pago de 1,5 remuneraciones por cada año trabajado (o por cada mes pendiente de ejecución si fuera un contrato de trabajo con plazo determinando) más los beneficios xx Xxx.
Certificado de trabajo. Este documento detalla el periodo laborado por el trabajador cesado y los motivos de cese.
Certificado de aportaciones a la AFP o a la ONP correspondiente al mes siguiente del cese.
Carta para la libre disponibilidad de la cuenta CTS por cese, debidamente firmada y sellada por el empleador.
Declaración jurada en formato de LA ASEGURADORA manifestando que a la fecha del siniestro el ASEGURADO se encuentra en situación de Desempleo.
TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO EN GENERAL Y EN PARTICULAR DEL SECTOR EDUCATIVO:
Copia del DNI o documento de identidad del ASEGURADO.
Número del CUSSP (seguridad social).
Resolución de cese en la que consten los motivos del cese del trabajador no imputable a los casos no cubiertos por la Póliza.
Liquidación de beneficios por cese (o documento similar expedido por la entidad pública).
Declaración jurada en formato de la ASEGURADORA manifestando que a la fecha del siniestro el ASEGURADO se encuentra en situación de Desempleo.
MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIALES:
Copia del DNI o documento oficial de identidad del ASEGURADO.
Resolución de cese o documento expedido por el Ministerio de Defensa.
Liquidación de beneficios por cese (o documento similar expedido por su Institución).
Declaración jurada en formato de la ASEGURADORA manifestando que a la fecha del siniestro el ASEGURADO se encuentra en situación de Desempleo.
COBERTURA DE INCAPACIDAD TEMPORAL:
Copia del DNI o documento de identidad del ASEGURADO.
Autorización del ASEGURADO para revisión de las historias clínicas.
Certificado xx xxxxx de 4ta Categoría.
Declaración Jurada xx Xxxxx de 3era Categoría en caso de empresa individual de responsabilidad limitada.
Certificado médico en el que conste información sobre los días requeridos de reposo por Incapacidad Temporal, detallando:
o Causas de la incapacidad.
o Diagnóstico definitivo.
o Tratamiento realizado.
o Pronóstico.
o Días de descanso.
o Número de historia médica.
o Clínica u Hospital donde recibió la atención.
o Nombre completo del Médico tratante.
o Fecha de atención.
o Sello y firma de médico tratante con indicación de su número de colegiatura.
4. EL PROCEDIMIENTO APLICABLE PARA AFILIARSE AL SISTEMA DE DÉBITO AUTOMÁTICO, EN CASO LA EMPRESA BRINDE ESTA ALTERNATIVA A SUS CLIENTES, ASÍ COMO EL PROCEDIMIENTO PARA DEJAR SIN EFECTO UNA AUTORIZACIÓN DE DÉBITO AUTOMÁTICO.
El cliente deberá señalar una cuenta de pagos para poder realizar el pago xxx xxxxxxxx en el Banco (débito automático). De no tener una cuenta en el Banco, deberá abrir una (ejemplo: Cuenta Asociada a Préstamo).
Por condiciones del producto, las cuotas mensuales siempre serán cargadas a esta cuenta asociada al Préstamo de Libre Disponibilidad, no siendo posible afiliarse al Débito Automático de otra cuenta o desafiliarse de la misma.
5. EL PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS FIADORES DE LOS USUARIOS.
Con la suscripción del contrato xx Xxxxxxxx de Libre Disponibilidad con el Banco, su fiador firmará una Fianza Solidaria, con la cual se compromete a garantizar el cumplimiento de la obligación adquirida por Usted, sin derecho al beneficio de la excusión o división. Asimismo, una vez canceladas las obligaciones que fueron garantizadas mediante la Fianza Solidaria, el Fiador tiene el derecho a que le levante dicha garantía adquirida con el Banco en solidaridad con Usted.
6. EL PROCEDIMIENTO APLICABLE PARA RECUPERAR EL MONTO CANCELADO POR CONCEPTO DE PAGOS EN EXCESO, DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL CÓDIGO.
En caso Usted haya realizado un abono superior al monto de la cuota mensual de su Préstamo de Libre Disponibilidad, podrá
retirar y/o hacer uso del dinero en exceso usando su Tarjeta de Débito y clave secreta por los siguientes canales:
En Ventanilla de las oficinas a nivel nacional.
Cajeros Automáticos (BBVA Continental)
Agentes Express.
Banca por Internet y Banca por Teléfono
Recuerde que podría haber comisiones aplicables dependiendo del tipo de cuenta asociada al préstamo que Usted mantenga con el Banco. Si desea mayor información acerca de las comisiones puede visitar nuestra página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx, acercarse a cualquiera de nuestras Oficinas a nivel nacional o llamar a Banca por Teléfono al (00) 000-0000.
7. EL PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN Y ATENCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Si Usted quiere resolver el contrato xx Xxxxxxxx de Libre Disponibilidad que mantiene con el Banco, deberá entregar una carta en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional solicitando la resolución del mismo y deberá pagar íntegramente el préstamo.
En la carta deberá indicar la cuenta en la cual se debitarán los gastos de la operación y los datos de contacto para la toma de firmas. La Notaría asignada por el Banco se pondrá en contacto con Usted para la toma de firmas correspondientes por la resolución del contrato.
8. USTED PUEDE REALIZAR PAGOS ANTICIPADOS
Usted tiene derecho a efectuar pagos anticipados, en forma total o parcial. Si lo hace, los intereses que el Banco cobra se reducirán proporcionalmente al día de pago y se deducirán las comisiones y gastos que pudieran corresponder a esa fecha.
Usted puede realizar un pago anticipado parcial, eligiendo previamente disminuir el monto de las cuotas o reducir el plazo xxx xxxxxxxx, para lo cual, en ambos casos, se emitirá un nuevo Cronograma de pago en caso Usted lo solicite. También podrá
pagar su cuota antes del vencimiento, lo que se considera un Adelanto de Cuota.
Los pagos anticipados y los adelantos de cuotas se pueden realizarse en cualquiera de las oficinas a nivel nacional solicitando el pago en cualquiera de las ventanillas.
Las diferencias entre ambas formas de pago son las siguientes:
Usted podrá realizar el pago anticipado o el adelanto de cuotas, siempre que, se encuentra al día en el pago de sus cuotas del cronograma y de su(s) seguro(s).
9. LA MONEDA EN QUE SE DEBE PAGAR EL PRÉSTAMO
Usted debe pagar las cuotas xxx xxxxxxxx en la moneda xxx Xxxxxxxx. Esto quiere decir que, si Xxxxx recibió el préstamo en soles, debe pagar las cuotas en soles; mientras que si Xxxxx recibió el préstamo en dólares (o en otra moneda), debe pagar las cuotas en dólares (o en la moneda en la que recibió el préstamo).
Si el dinero que Usted tiene para pagar las cuotas está en una moneda distinta a la moneda xxx Xxxxxxxx, el Banco podrá comprar con ese dinero la moneda xxx xxxxxxxx, aplicando el tipo de cambio que tenga vigente en el momento de la compra. Es decir, si su cuota está en dólares y en sus cuentas tiene soles en cantidad suficiente, el Banco podrá comprar con esos soles los
dólares necesarios, según el tipo de cambio que el Banco tenga establecido, para hacer efectivo el pago de su cuota.
10. LA RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD EN CASO DE OPERACIONES DE PAGO NO AUTORIZADAS O EJECUTADA DE FORMA INCORRECTA.
En caso de operaciones de pago no autorizadas o ejecutadas de forma incorrecta la responsabilidad es asumida por el Banco, siempre y cuando se deba a errores operativos o fallas de sus servicios. El Banco no será responsable por los daños derivados de errores operativos o de fallas de sus servicios que se originen por causas no imputables al Banco.
11. LOS MECANISMOS EXISTENTES PARA QUE EL USUARIO NOTIFIQUE A LA EMPRESA CUALQUIER OPERACIÓN DE PAGO NO AUTORIZADA O EJECUTADA DE FORMA INCORRECTA.
El cliente deberá acercarse a cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional para dar aviso de este error y poder solicitar la corrección.
En el caso que por error Usted haya depositado el monto de su cuota en una cuenta de la cual no es Titular, deberá tener en cuenta lo siguiente:
El extorno de la operación será posible siempre y cuando el cliente adjunte a su solicitud el Xxxxxxx original de la operación más la autorización expresa y por escrito del titular de la cuenta que se afectará con el extorno.
12. INFORMACIÓN RESPECTO A LAS INSTANCIAS ANTE LAS QUE PUEDEN RECURRIR LOS USUARIOS PARA PRESENTAR RECLAMOS Y/O DENUNCIAS POR LAS OPERACIONES Y SERVICIOS QUE REALICEN, TALES COMO LA PROPIA EMPRESA, EL INDECOPI Y LA SUPERINTENDENCIA, ENTRO OTROS.
Si usted no se encuentra conforme con algún producto o servicio puede ingresar su reclamo llamando por teléfono al (01) 000- 0000 opción 9, a través de la página web:
xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx / Atención al cliente / Libro de Reclamaciones o acercándose a cualquier oficina del BBVA Banco Continental. En caso no se encuentre conforme con la respuesta brindada, puede dirigirse a la Defensoría del Cliente Financiero (DCF), a la Plataforma de Atención al Usuario (PAU) de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) o a INDECOPI.