del mismo.R. Aplicar correctivos inmediatos en la operación en los casos necesarios.S. Asistir a las reuniones programadas y que se requieran de su presencia. De conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el...
ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y CONSERJERIA En desarrollo de lo señalado en el estatuto de contratación de TELEPACIFICO, y en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos definitivos que sirvan de soporte para la elaboración de la contratación, de manera que el eventual contratista pueda valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como el de la distribución de riesgos que la entidad propone. TELEPACIFICO es una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden territorial, prestadora de servicios de Televisión en la Región del Occidente Colombiano y en especial considerando que la Sociedad de Televisión xxx Xxxxxxxx está regida por un Régimen especial dada su naturaleza de E.I.C.E prestadora de servicios de Televisión ley 182 de 1995, que en su artículo 37 numeral 3º consagra: “… Los actos y contratos de los canales regionales de televisión, en materia de producción, programación, comercialización y en general sus actividades comerciales, en cumplimiento de su objeto social se regirán por las normas del derecho privado…(subrayado y en negrillas fuera de texto)” Además en el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007 la cual fue modificada por el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011 que al respecto reza: “…estarán sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales…(subrayado y en negrillas fuera de texto)”. La contratación está soportada en los estatutos internos de TELEPACIFICO y en especial lo contenido en esta materia en la Resolución No. 259 de 2016 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN No. 196 DEL 27 XX XXXXX DE 2014 Y SE EXPIDE EL NUEVO MANUAL DE CONTRATACIÓN DE LA SOCIEDAD DE TELEVISIÓN XXX XXXXXXXX LTDA. – TELEPACÍFICO”. Actuando en mi condición de Directora Administrativa de TELEPACIFICO Ltda., y en virtud del principio de planeación y según la naturaleza de la contratación a celebrar se deben realizar estudios de factibilidad del proyecto pretendido en procura de obtener los resultados esperados. Los estudios y documentos previos se pondrán a disposición de los interesados. El Presente estudio se elabora de acuerdo con lo señalado en el artículo 13 de la Resolución 259 de 2016, MANUAL DE CONTRATACIÓN DE TELEPACÍFICO y se desarrolla en los siguientes términos: |
1. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACION: |
Conforme a lo normado en el Estatuto de Contratación de TELEPACIFICO, Resolución de TELEPACIFICO No. 259 de 2016: “POR MEDIO DE LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN No. 196 DEL 27 XX XXXXX DE 2014 Y SE EXPIDE EL NUEVO MANUAL DE CONTRATACIÓN DE LA SOCIEDAD DE TELEVISIÓN XXX XXXXXXXX LTDA. - TELEPACIFICO”, corresponde a la Gerencia de la SOCIEDAD TELEVISIÓN XXX XXXXXXXX LTDA. – TELEPACIFICO el dirigir la acción administrativa del Canal Regional, asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo. LA SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA, a través de la Gerencia, requiere contratar una persona Jurídica, con el fin de contratar la “prestación del servicio de Aseo y Conserjería para TELEPACIFICO”. La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx Ltda. – TELEPACIFICO requiere de de prestación de los servicios de: Aseo, para garantizar las condiciones de limpieza de nuestras instalaciones de tal manera que los visitantes y personal que presta sus servicios a TELEPACIFICO, gocen de un ambiente laboral que cuenta con condiciones dignas de salubridad e higiene; y Conserjería, para garantizar una adecuada atención tanto a visitantes como para el personal que presta sus servicios a TELEPACIFICO, lo que se traduce en una buena imagen corporativa para le entidad. Por lo anterior, y al no existir en la planta de cargos personal que desarrolle las funciones o actividades propias del requerimiento expuesto, se hace necesario adelantar los trámites tendientes a la contratación de una Empresa, para la prestación del servicio de Aseo y Conserjería para TELEPACIFICO, de conformidad a los requerimientos que para tal efecto imparta la entidad. |
2. OBJETO A CONTRATAR: 2.1. OBJETO: Prestación del servicio de Aseo y Conserjería para TELEPACIFICO. 2.2. ALCANCE DEL OBJETO: El contratista de acuerdo a la oportunidad e idoneidad se compromete en la prestación del servicio de Aseo y Conserjería en las instalaciones actualmente ocupadas por TELEPACIFICO. 2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESENCIALES Se requiere prestar el servicio de Aseo y Conserjería de acuerdo con la siguiente descripción: |
Cantidad | Descripción | Horario | ||
1. | Una (01) operaria para el servicio de Aseo y Conserjería con un horario de cuarenta y ocho (48) horas diurnas semanales de lunes a sábado. | Lunes a Viernes de 6:00 AM a 12:00 M y 02:00 PM a 04:00 PM. Sábado de 6:00 AM a 02:00 PM. | ||
1. | Una (01) operaria para el servicio de Aseo y Conserjería con un horario de cuarenta y ocho (48) horas diurnas semanales de lunes a sábado. | Lunes a Viernes de 6:00 AM a 04:00 PM. Sábado de 06:00 AM a 02:00 PM. Dos horas descanso entre semana | ||
1. | Una (01) operario para el servicio de Aseo y Consejería con un horario de cuarenta y ocho (48) horas diurnas semanales de lunes a sábado. | Lunes a Viernes de 10:00 AM a 18:00 PM. Sábado de 06:00 AM a 02:00 PM | ||
4 | Mantenimiento de tres (3) lotes terrenos sin construir, fumigación y guadañada (incluyendo la recolección) por cuatro (4) servicios en el año, los cuales se encuentran ubicados sobre la calle 55C entre carreras 47D y 48B Lotes Q1,Q2,Q3 Ciudad Cordoba, con un área de 7.500 MT2 (2.500MT2 cada uno). | |||
Observación: Los horarios podrán variar durante el desarrollo del contrato, de acuerdo a las necesidades de TELEPACIFICO, obligándose EL CONTRATISTA a cumplir con estos cambios de conformidad con las instrucciones que sobre el particular sean impartidas. | ||||
2.4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Para el debido cumplimiento del objeto a contratar EL CONTRATISTA se obliga a: X. Xxxxxxxx en perfecto estado de limpieza paredes, paneles o divisiones, vidrios, muebles, sillas, escritorios, teléfonos y equipos de oficina, baños, áreas comunes, salas de juntas, empaque de basuras con base en los mecanismos establecidos por la empresa de servicios públicos para ser recolectadas por los camiones en las instalaciones descritas y en general todas las áreas que se requieran. Es importante establecer que se deben realizar estas actividades de tal forma que no perturben la labor de los funcionarios del Canal. B. Mantener en perfecto estado de limpieza los baños de la entidad, realizando dos (2) veces al día, una en la mañana y otra en la tarde la limpieza de los mismos, la cual debe realizarse así: lavado de tazas, lavamanos, cambio de canecas, limpieza xx xxxxxxx y mesones de lavamanos, trapeado y barrido del área. Es importante establecer que se deben realizar estas actividades de tal forma que no perturben la labor de los funcionarios del Canal. C. Al menos uno de los operarios para el servicio debe ser un hombre que conozca de arreglos o reparaciones menores en baños, llaves, puertas, y se dedique en el arreglo de los baños, limpieza xx xxxxxxx, vidrios y lámparas. El operario debe tener, curso de alturas vigente y renovarlo durante la ejecución del Contrato. |
D. Suministrar los elementos y productos de aseo, como son: tapabocas, traperos, escobas plásticas, chupas, recogedores, tumba telarañas, liquido limpia – vidrios, detergente (jabón) liquido y en polvo, AXION, baldes plásticos, Bayetillas blancas y xxxxx (dulce abrigos), esponjillas tipo sabra, desinfectantes, cremas limpiadoras, jabón líquido para pisos, límpido, ambientadores, ambientador pasta gel, shampoo alfombras, cera liquida antideslizante, espátulas, lijas, desincrustantes, ácido oxálico, cepillos de mano, cepillo para limpiar inodoros, cepillos de mango, guantes industriales Calibre 35, ávidos de prevención y demás elementos necesarios para la prestación de un buen servicio. 4. Mantener en perfecto estado de limpieza los pisos de las instalaciones, realizando una vez al día en las mañanas el barrido de todas las instalaciones y el trapeado de todos los pisos. En el punto de Recepción, se debe realizar encerar y brillar los pisos como mínimo una vez a la semana. Es importante establecer que se deben realizar estas actividades de tal forma que no perturben la labor de los funcionarios del Canal.
E. Suministrar como mínimo dos (2) bebidas calientes diarias (tinto, aromática y/o agua ozonizada) una vez en la mañana y otra en la tarde, a los funcionarios y contratistas del Canal, atender las reuniones que se presenten dentro del horario de prestación del servicio en las diferentes salas de juntas, sala azul Estudio y Teatro Estudio.
F. Mantenimiento de tres (3) lotes terrenos sin construir, fumigación y guadañada (incluyendo la recolección) por cuatro (4) servicios en el año, los cuales se encuentran ubicados sobre la calle 55C entre carreras 47D y 48B Lotes Q1,Q2,Q3 Ciudad Cordoba, con un área de 7.500 MT2 (2.500MT2 cada uno).
G. Cumplir con el objeto contractual dentro del plazo y en el lugar estipulado de acuerdo con las especificaciones técnicas aprobadas por TELEPACIFICO.
X. Xxxxxxxx el valor de la propuesta comercial que sea aprobada por TELEPACIFICO.
I. Cumplir en su totalidad con el objeto y los alcances descritos en la propuesta aprobada.
X. Xxxxxx los gastos por concepto de transporte de los materiales requeridos para el cumplimiento del objeto contractual.
K. Informar oportunamente al supervisor del contrato, de cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del objeto contractual.
L. Sostener los valores unitarios presentados en la propuesta comercial aprobada por TELEPACIFICO.
X. Xxxxxx los imprevistos que se llegasen a presentar durante la ejecución de las actividades propias del objeto contractual.
N. Abstenerse de ceder este contrato.
O. Garantizar la prestación del servicio con un supervisor que se encargara de fomentar la buena comunicación con el cliente para determinar los problemas presentados durante la ejecución del contrato y dar una rápida acción de respuesta.
P. Realizar la verificación del servicio mediante lista de chequeo el cual entregara al cliente con las respetivas acciones y la evaluación del servicio para que el cliente califique el servicio.
Q. Efectuar visitas periódicas a las instalaciones donde se presta el servicio para conocer la calidad
del mismo. R. Aplicar correctivos inmediatos en la operación en los casos necesarios. S. Asistir a las reuniones programadas y que se requieran de su presencia. De conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el Artículo 1° de la ley 828 de 2003, EL CONTRATISTA deberá cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral. Parafiscales (Cajas de compensación familiar, SENA e ICBF). 2.5 LUGAR DE EJECUCIÓN: Se tendrá como lugar de prestación del servicio de Aseo y Conserjería y/o cumplimiento del objeto a contratar, las instalaciones de TELEPACIFICO ubicadas en la Xxxxx 0X Xx. 00X – 14 P.3 X.X. Xxxxxxxx, xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxx, Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxx xxx Xxxxx. 2.6 CLASE DE CONTRATO A CELEBRAR: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS |
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: La Sociedad de Televisión xxx Xxxxxxxx Ltda. - TELEPACÍFICO., podrá celebrar todo tipo de contratos nominados e innominados, típicos o atípicos, rigiéndose por sus Estatutos y por las disposiciones contenidas en el Derecho privado, bajo los principios consagrados por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales como: La ley 182 de 1995; El Código Civil y el Código de Comercio respetando los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y de la Gestión fiscal de que trata el artículo 267 de la misma norma; La Ley 1474 de 2011, Decreto – ley 19 de 2012 (anti trámites); Ley 1150 de 2007, artículo 13 y 14; Decreto 1082 de 2015. El Decreto 115 de 1996, Estatuto Presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, en especial los artículos del 2 al 8, 11, 13, 21, 24, 31, 32 y 37; La Ley 80 de 1993. y en especial lo establecido en la Resolución 259 de 2016 TELEPACÍFICO por su régimen especial no se rige por el Estatuto General de Contratación como bien se desprende de la Ley 182 de 1995, artículo 37.3 y el artículo 14 de la Ley 1150, modificado por el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011, salvo lo dispuesto en el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, por lo que no resulta pertinente hacer alusión a las modalidades de selección para la escogencia del contratista, dispuestas en dicho Estatuto. 3.1. MODALIDAD DE SELECCIÓN 3.1.2 Invitación Pública a cotizar. La escogencia del contratista se efectuará a través de invitación pública cuando el valor del proceso de selección sea mayor a ochenta (80) SMLMV y no proceda la |
contratación directa, ni la contratación de urgencia.
Para desarrollar esta modalidad, el Gerente o quien este designe debe invitar públicamente a participar, mediante la utilización de medios tales como Internet, página web de TELEPACÍFICO y en página del SECOP. El aviso contendrá el objeto, la modalidad, el valor, la fecha y el medio por el cual se divulgarán las Reglas de Participación.
Hace parte de esta modalidad la selección de aliados estratégicos para operación logística de eventos y los contratos marco que lleguen a suscribirse con un número plural de empresas, para servicios de hotelería, alimentos y bebidas, transporte, tiquetes aéreos y operadores logísticos en general.
Los interesados podrán formular observaciones a las Reglas de Participación dentro del plazo previsto en las mismas. A su vez dentro del mismo plazo La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx podrá si lo considera necesario celebrar una audiencia con el propósito de precisar el alcance de la contratación, el contenido de los documentos que le sirven de soporte, y resolver las inquietudes a que haya lugar, de lo cual se levantará un acta suscrita por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, que se dará a conocer a todos los interesados.
El plazo para presentar ofertas no podrá ser inferior a cinco (5) días hábiles, contados a partir de la publicación de las Reglas de Participación (condiciones y requisitos)
Las Reglas de Participación podrán establecer la posibilidad de recortar la lista de ofertas a evaluar cuando estas excedan xx xxxx (10), según criterios objetivos que allí se estipulen.
La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx, por medio del comité evaluador, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros previstos en las Reglas de Participación, para determinar las ofertas más favorable para la entidad.
La oferta seleccionada que cumpla con todas las condiciones técnicas, jurídicas y financieras y que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, se comunicará a través en el acta de evaluación de ofertas la cual será publicada en el SECOP.
Si el oferente con quien se decide contratar no acepta dicha decisión o no suscribe el contrato, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, o si dentro del plazo comprendido entre la aceptación de la oferta y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad, La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx desistirá de la aceptación de la oferta y podrá
contratar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su oferta cumpla con la totalidad de los requisitos previstos en las reglas de participación y estuviere vigente a la fecha. Si éste tampoco suscribe el contrato dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta en las condiciones y términos establecidos para el oferente ubicado en el primer lugar. Se aplicarán las mismas reglas hasta el siguiente oferente en el orden de elegibilidad, en tanto cumplan con la totalidad de los requisitos previstos en la invitación.
PARAGRAFO: AUDIENCIA DE ADJUDICACION. El proceso de adjudicación se podrá surtir, solamente cuando el gerente de La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx así lo disponga en AUDIENCIA PUBLICA, la cual se realizara de conformidad a las reglas estipuladas por La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx y presidida por su Gerente o su delegado y según las siguientes consideraciones:
• En la audiencia los oferentes podrán pronunciarse por escrito sobre las respuestas que realizó la entidad respecto a las observaciones presentadas por los oferentes, teniéndose en cuenta que estas observaciones no producirán efectos relativos a modificaciones de la oferta. En el evento de presentarse observaciones que requieran la verificación de los asuntos debatidos y comprobar lo alegado, se podrá suspender la audiencia por parte del Gerente de la Entidad o su delegado hasta por un término de (3) días.
• Se podrá conceder el uso de la palabra al oferente que lo solicite por una sola vez, solamente con el propósito de ejercer su derecho a controvertir las observaciones realizadas por la entidad respecto a la evaluación de su oferta. Las intervenciones solamente podrán ser realizadas por una sola persona que represente al oferente por medio de poder, la duración de estas posibles intervenciones serán enunciadas por el Gerente de La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx o su delegado al instalar la audiencia.
• Durante la celebración de la audiencia los oferentes deberán conservar una conducta respetuosa hacia todos los participantes de la misma, el Gerente o su delegado de La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx tomara las medidas necesarias para preservar el orden durante el desarrollo de la audiencia, además gozara de la facultad de excluir de la misma a quien o quienes alteren el desarrollo normal de la misma.
Terminadas las intervenciones de todos los asistentes a la audiencia el Gerente de La Sociedad Televisión xxx Xxxxxxxx o su delegado procederá a adoptar la decisión correspondiente mediante
resolución motivada teniendo en cuenta los factores de selección la cual será notificada en la misma audiencia a las partes asistentes |
4. SOPORTE DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 4.1. ESTUDIO DEL SECTOR El mercado objeto del presente documento contiene el segmento de Bienes de Aseo y Cafetería y el segmento de Servicios de Aseo y Cafetería por lo cual el Concejo desarrolla el análisis xxx xxxxxxx para ambos segmentos. En Colombia la prestación de servicios de aseo y limpieza está clasificada dentro del sector de los servicios; los cuales al ser prestados por empresas dedicadas a este tipo de actividades o especializadas cuya actividad se encuentran incluidas en el grupo 74.7 “Actividades Industriales de Limpieza” de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas. El sector de la limpieza en las empresas está viviendo un momento de expansión importante debido al impacto que ha generado las empresas dedicadas a prestar este servicio en cuestión de orden y un mejoramiento interno dentro de la empresa, los servicios de aseo ayudan a la productividad ya que incentivan al mejoramiento de las funciones de los empleadores y a trabajar en un ámbito propicio para desarrollar las actividades laborales de una mejor manera. El segmento de Bienes de Aseo y Cafetería está compuesto por una gran variedad de productos, entre ellos: (a) jabones, detergentes y líquidos limpiadores; (b) elementos y maquinaria para el aseo como escobas, traperos, recogedores, cepillos, esponjillas, limpiones, baldes, carros de limpieza, guantes, tapabocas, canecas de basura, aspiradoras y brilladoras; y (c) productos y maquinaria de cafetería como los vasos desechables, el café, el azúcar, las aromáticas, las grecas y los dispensadores de agua, entre otros. En el segmento de Bienes de Aseo y Cafetería, los Productos de Aseo (jabones, detergentes y líquidos limpiadores) es el grupo más representativo en términos de información xx xxxxxxx. El grupo de Productos de Aseo está inmerso en el sector de aseo y cosméticos. Los gremios, Entidades Estatales y empresas analistas xx xxxxxxx, agrupan estas dos líneas de productos debido a que las Empresas Fabricantes tienen la capacidad de utilizar la misma maquinaria e instalaciones para la producción y comercialización de ambas líneas. Lo anterior da lugar a la combinación de los productos de aseo y cosméticos en informes sectoriales, bases de datos y otras fuentes de información. El sector de aseo y cosméticos ha tenido un comportamiento positivo y cuenta con un buen potencial de desarrollo. La Cámara de Cosméticos y Aseo de la ANDI afirma en su Informe de Sostenibilidad de 2012 que la industria ha experimentado un gran crecimiento, |
demostrando así su potencial como motor de la economía nacional. En concordancia con lo anterior, el Gobierno colombiano incluyó el xxxxxx xx xxxx x xxxxxxxxxx xxxxx xxx 00 xxxxxxxx estratégicos de la Política de Transformación Productiva. A través del documento CONPES 3678 de 2015, el Gobierno Nacional estableció como objetivo: “Desarrollar el potencial del sector a través de la creación de una oferta de productos originales, de alto valor agregado y con base en ingredientes naturales, mediante el aprovechamiento de las ventajas provenientes del uso sostenible de la biodiversidad, el apoyo al fortalecimiento del encadenamiento productivo y la optimización de los esfuerzos e inversiones en torno a los requerimientos específicos en procesos de I+D+i6 para la industria”. En el sector de aseo y cosméticos, la fabricación de Productos de Aseo ha tenido un crecimiento importante en los últimos años. Este grupo aumentó su producción de manera continua desde el año 2002 y creció en un promedio anual del 15% entre los años 2005 y 2009. Lo anterior, gracias a la creciente demanda xxx xxxxxxx nacional soportada en el mayor poder adquisitivo de los colombianos y a los cambios en los patrones de consumo. Los Productos de Aseo dejaron de ser percibidos como bienes lujosos y pasaron al segmento de artículos de primera necesidad.
Colombia Compra Eficiente, en el estudio xx xxxxxxx incluyó el servicio de cafetería pues identificó que las Entidades Estatales demandan generalmente de forma conjunta los servicios de aseo y de cafetería y en consecuencia, las empresas que prestaban el servicio de aseo evolucionaron de acuerdo con la demanda para incluir la prestación del servicio de cafetería en su portafolio de servicios.
Colombia Compra Eficiente consultó la reglamentación para los segmentos de Bienes de Aseo y Cafetería y Servicios de Aseo y Cafetería, la cual está relacionada principalmente con los permisos de funcionamiento y fabricación de los productos, el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería, la protección del medio ambiente, otros temas de calidad y de carácter tributario.
El INVIMA tiene la obligación de ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control a los establecimientos productores de Bienes de Aseo y Cafetería, así como certificar sus buenas prácticas y condiciones sanitarias.
En la Circular de INVIMA 285 de 2002, y en el Decreto Nacional 1545 de 1998, se establecen los parámetros que se deben tener en cuenta al momento de determinar si un producto es de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico o de aseo, higiene y limpieza de
uso industrial.
En el Decreto 1545 de 1998 (Normatividad que regula lo referente a concesión de Registro Sanitario para Productos de Aseo, Higiene y Limpieza de Uso Doméstico), establece una clara diferencia entre estos y los productos de Aseo, Higiene y Limpieza de Uso Industrial. De la siguiente manera:
DEFINICIONES:
Producto de aseo higiene y limpieza de uso doméstico: Es aquella formulación, cuya función principal es aromatizar el ambiente, remover la suciedad y propender por el cuidado de utensilios, objetos, ropas o áreas que posteriormente estarán en contacto con el ser humano.
Producto de aseo higiene y limpieza de uso industrial: Es aquella formulación cuya función principal es remover la suciedad y propender por el cuidado de la maquinaria industrial e instalaciones, centros educativos, hospitalarios, etc., que cumple los siguientes requisitos:
1. Mercado: No está dirigido a productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico.
2. Sistema de distribución y comercialización: está dirigido única y exclusivamente al xxxxxx xxxxxxxxxx.
0. Composición del producto: la cantidad de ingrediente activo es diferente en cuanto a concentración, con respecto a los productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico.
4. Uso del producto: Se realiza única y exclusivamente a través de máquinas, equipos o personal especializados.
Por lo expuesto, todo producto de Aseo, Higiene y Limpieza que se quiera denominar como de Uso Industrial debe reunir los cuatro requisitos antes mencionados, en caso de faltar al menos uno de ellos en sus características el producto será denominado como de Uso Doméstico y por tanto, debe obtener Registro Sanitario, cumpliendo así con lo establecido por el mencionado Decreto 1545 de 1998.
Según lo establecido por el artículo 13 del Decreto 1545 de 1998, los productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico requieren la Notificación Sanitaria Obligatoria- NSO expedida por el INVIMA para su producción, importación, exportación, procesamiento, envase, empaque, expendio y comercialización. Los productos de uso doméstico son formulaciones cuya función principal es aromatizar el ambiente, remover la suciedad y propender por el cuidado de utensilios, objetos, ropas o áreas que posteriormente estarán
en contacto con el ser humano. Otros productos como los alimentos, los tapabocas y el jabón de manos, (este último considerado como Producto Cosmético por el INVIMA), requieren también de la NSO.
El INVIMA está encargado de expedir tanto el certificado de capacidad de producción, como la NSO para cada producto, de acuerdo con la reglamentación correspondiente. Con respecto a los productos importados que requieren una NSO, el INVIMA exige al importador un certificado de libre venta, el cual es emitido por la autoridad sanitaria del país de origen, y con base en este, emite la NSO correspondiente.
Por otra parte, el Ministerio del Trabajo está encargado de formular, adoptar y orientar la política pública en materia laboral y de garantizar los derechos fundamentales del trabajo. El Código Sustantivo del Trabajo, el decreto de salarios y las demás reglamentaciones laborales vigentes en Colombia cubren las condiciones mínimas laborales que deben cumplir las Empresas de Aseo y Cafetería para con sus empleados.
Continuando con el marco regulatorio, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es responsable de reglamentar el manejo de residuos sólidos y desechos peligrosos. Además, determina los criterios ambientales de calidad, técnicos y de seguridad para la producción y el uso de Bienes de Aseo y Cafetería, tales como: (i) contar con iniciativas de ahorro energético, de consumo de agua, disminución de carga contaminante en las aguas residuales y minimización de las emisiones producidas por el proceso de fabricación; (ii) fabricar detergentes con un contenido bajo en fósforo; (iii) utilizar tintes y colorantes que no impliquen un riesgo tóxico para los organismos acuáticos ni provoquen efectos negativos en el medio ambiente acuático; (iv) preferir envases, embalajes y empaques de los productos que contengan algún porcentaje de material reciclado; (v) brindar capacitación a los empleados sobre el uso, proceso de dilución y adecuada disposición final de las sustancias o materiales de limpieza; (vi) contar con un programa post-consumo para realizar una correcta disposición final y/o aprovechamiento de los envases del producto; y
(vii) utilizar agentes tenso activos que sean biodegradables en su totalidad o mínimo en un 60% de acuerdo a la NTC 513117.
Por último, hay NTC para regular la gestión de calidad y la norma correspondiente a la Aplicación del IVA para las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería.
ANÁLISIS DE LA OFERTA
El siguiente análisis busca definir y estimar las condiciones de la oferta en el mercado de Bienes y Servicios de Aseo y Cafetería.
El mercado de Bienes y Servicios de Aseo y Cafetería está compuesto por 4 eslabones, cada uno con un actor principal:
• Primer eslabón: los proveedores de materias primas. Las industrias de materias primas que participan en el sector son muy diversas dada la amplia gama de productos que requieren las organizaciones para las labores de aseo y cafetería. Algunos de los proveedores son las empresas de la industria química, los productores de aceites y grasas, las empresas papeleras, las empresas de la industria de plásticos, los agricultores, y las empresas de metal y aluminio.
• Segundo eslabón: las Empresas Fabricantes, las cuales utilizan las materias primas para la producción de los Bienes de Aseo y Cafetería. Los fabricantes venden sus productos a las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería y a las Entidades Estatales directamente o a través de Empresas Distribuidoras. Estas últimas garantizan al fabricante un volumen de venta elevado y un menor desgaste administrativo y logístico. Algunas Empresas Fabricantes cuentan incluso con su propia línea distribuidora encargada de integrar el siguiente eslabón de la cadena en el negocio.
• Tercer eslabón: las Empresas Distribuidoras, las cuales tienen la capacidad de abarcar toda la oferta de Bienes de Aseo y Cafetería y ofrecer la totalidad de la gama de productos con el mismo producto en diferentes características y calidad. Las Empresas Distribuidoras venden los Bienes de Aseo y Cafetería a las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería o directamente a las Entidades Estatales.
• Cuarto eslabón: las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería quienes contratan y administran personal para prestar el servicio en las instituciones que lo requieren. De considerarlo conveniente para su negocio, algunas Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería fabrican los insumos que requieren para ejecutar las actividades propias de su actividad económica. Las Empresas Fabricantes, las Empresas Distribuidoras y las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería importan materias primas, insumos, elementos y maquinaria para llevar a cabo sus actividades comerciales. Los insumos importados más relevantes son las materias primas, líquidos limpiadores concentrados, carros exprimidores de traperos, carros de limpieza, carros de bebidas y maquinaria. Por otro lado, los transportadores juegan un papel relevante en el transporte de materias y Bienes de Aseo y
Cafetería, entre los diferentes actores de la cadena de suministro.
Proveedores xxx xxxxxxx de Bienes de Aseo y Cafetería y Servicios de Aseo y Cafetería El Concejo Municipal identificó y clasificó los oferentes de Bienes y Servicios de Aseo y Cafetería así:
(i) Empresas Fabricantes;
(ii) Empresas Distribuidoras; y
(iii) Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería.
(a) Empresas Fabricantes
Las Empresas Fabricantes son variadas en tamaño y actividad comercial. En el mercado participan desde multinacionales como Unilever, Procter and Xxxxxx, y Xxxxxxxx-Xxxxx, hasta empresas informales o caseras. La ANDI estima que en el segmento de Productos de Aseo y absorbentes existen alrededor 700 Empresas Fabricantes. Las Empresas Fabricantes de capital extranjero se enfocan principalmente en la venta de productos con alto valor agregado, dirigidos a grandes superficies y al Mercado del Hogar. Esto debido a que cuentan con la capacidad de desarrollar estrategias publicitarias y de diferenciación de producto que las impulsa a liderar el sector. Por otro lado, las empresas nacionales están especializadas en suplir las necesidades de los mercados de menores ingresos, en el cual prevalecen los productos sin diferenciación y precios bajos. Por lo general, las Empresas Fabricantes están especializadas en líneas de bienes y no necesariamente cuentan con toda la gama de productos requerida por las Entidades Estatales. El concejo Municipal identificó empresas especializadas en:
(i) jabones, detergentes y limpiadores;
(ii) productos especializados para la limpieza de superficies y el cuidado de pisos, muebles y equipos;
(iii) paños y esponjas;
(iv) traperos, escobas, cepillos y brilladores;
(v) productos de papel;
(vi) productos derivados del plástico;
(vii) maquinaria para el aseo; y
(viii) dispensadores.
(b) Empresas Distribuidoras
Las Empresas Distribuidoras cuentan con la capacidad de ofrecer la diversidad de productos que requieren las organizaciones para las labores de limpieza y cafetería, y evitan el
desgaste administrativo de contactar varios proveedores para satisfacer estas necesidades. Las Empresas Distribuidoras pueden ser mayoristas, minoristas o participar en ambos canales de ventas. Las Empresas Distribuidoras pueden tener cobertura únicamente en municipios cercanos a su ubicación, en uno o varios departamentos, o a nivel nacional.
(c) Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería
Las Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería prestan el servicio de aseo o el Servicio de Aseo y Cafetería con su personal. Según la preferencia del cliente y la capacidad de la empresa oferente, el servicio incluye actividades xx xxxxxx de fachadas, fumigación, jardinería y mantenimientos varios. La modalidad más utilizada en el mercado es la contratación del Servicio Integral de Aseo y Cafetería, en la cual la empresa contratista presta el servicio con su personal y está encargada de poner a disposición todos los Bienes de Aseo y Cafetería necesarios para cumplir el contrato.
(d) Transportadores Algunas Empresas Fabricantes,
Empresas Distribuidoras y Empresas de Servicios de Aseo y Cafetería cuentan con vehículos y personal para transportar las materias primas y Bienes de Aseo y Cafetería a lo largo de la cadena de suministro. Otras prefieren contratar este servicio con un tercero especializado o utilizar una combinación de vehículos propios para los municipios en donde están ubicadas y contratos con terceros para envíos a lugares alejados de los puntos de distribución de la empresa.
ANÁLISIS DE LA DEMANDA
Una vez analizados algunos de los procesos que fueron publicados en la página que reflejan l objeto, la cuantía y el estado; el sector de servicios generales presenta unas fortalezas importantes para mejorar la competitividad entre sectores, por ejemplo, se genera una gran cantidad de empleo para el país, junto con intermediación financiera los servicios en general en Colombia contribuyeron en un alto porcentaje al aumento del empleo total.
Con ocasión del proceso de selección que se requiere, se procedió a realizar un análisis de la demanda que se presenta sobre este tipo de servicios en otras entidades estatales del país, a través de la información que se puede extraer de los procesos contractuales publicados en el SECOP y que tienen relación directa con el objeto del proceso contractual que nos ocupa.
De la búsqueda realizada se identificaron los procesos que se relacionan en las siguientes tablas: Tabla No.1. Colombia Compra Eficiente | ||||||||
AÑO | ENTIDAD | OBJETO | NUMERO DE OPERARI | PLAZO DE EJECUCCI | VALOR TOTAL | VALOR /OPERARIO | ||
2016 | CONCEJO MUNICIPAL DE SANTIAGO DE CALI | Prestación de servicio de aseo y cafetería incluyendo elementos e insumos | 10 | 11 Meses | $ 212,351,832 | $ 1,930,471 | ||
0000 | XXXXXXXXXXX XXX XXXXX XXX XXXXX | Prestar el servicio integral de aseo, limpieza y mantenimiento en las instalaciones de la gobernación del valle del cauca y la asamblea departamental. | 25 | 6 Meses | $ 349,000,586 | $2,326,671 | ||
2016 | SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA. – TELEPACIFICO | Prestación del servicio de Aseo y Conserjería para TELEPACIFICO | 3 | 10 Meses | $ 48,110,000 | $ 1,603,667 | ||
2017 | TELEPACIFICO | Prestación del servicio de aseo y cafetería incluyendo operarios, maquinaria y suministro de elementos para la ejecución del mismo en las dependencias y zonas comunes de los edificios de propiedad de la | 3 | 10.5 Meses | $ 54.619.104 | $ 1.655.124 | ||
Valor Promedio / Operario (2017) | $ 1,878.983 |
Valor Final Operario (2018) Nota. Para el cálculo del valor del 2018 se tiene en cuenta el aumento del SMMLV equivalente al 5.9% | $ 1.989.843 | ||
Para establecer el valor estimado para la realización de la contratación objeto del presente estudio, se tomó como referente las propuestas económicas presentadas por las siguientes firmas: • SERVIESPECIALES S.A.S. • BRILLANTEX MULTISERVICIOS S.A.S. • ASEOS Y SERVICIOS INTEGRALES OUTSOURCING S.A.S. De igual forma se tuvo en cuenta el valor promedio que sobre horas extras se canceló durante la vigencia 2016. Con base a lo antes expuesto, se relacionan a continuación los valores estimados para esta contratación: PROPONENTE BRILLANTEX MULTISERVICIOS S.A.S El siguiente el presupuesto mensual del proyecto: Valor Unitario Operario: $ 1.915.612 (Incluye Insumos) Cantidad de Operarios: 3 Valor Total Operarios: $ 5.746.836 (Incluye Insumos) Valor Mensual Total de Servicio: $ 5.639.682 AIU (10%): $ 563.968 IVA (19% del AIU): $ 107.154 Valor Total: $ 5.746.836.00 |
PROPONENTE SERVIESPECIALES | |
El siguiente el presupuesto mensual del proyecto: | |
Valor Unitario Operario: | $ 1.934.207 (Incluye Insumos) |
Cantidad de Operarios: | 3 |
Valor Total Operarios: | $ 5.802.620 (Incluye Insumos) |
Valor Mensual Total de Servicio: | $ 5.694.426 |
AIU (10%): | $ 569.443 |
IVA (19% del AIU): | $ 108.194 |
Valor Total: | $ 5.802.620.00 |
PROPONENTE ASEOS Y SERVICIOS INTEGRALES OUTSOURCING S.A.S: El siguiente el presupuesto mensual del proyecto: Valor Unitario Operario: $ 1.899.866 (Incluye Insumos) Cantidad de Operarios: 3 Valor Total Operarios: $ 5.699.599 (Incluye Insumos) Valor Mensual Total de Servicio: $ 5.593.326 AIU (10%): $ 559.333 IVA (19% del AIU): $ 106.273 Valor Total: $ 5.699.599.00 ANÁLISIS ECONÓMICO Para la vigencia del año 2017 la SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA. – TELEPACIFICO contrató el servicio de aseo y cafetería incluyendo en el mismo proceso de selección no solo la prestación del servicio de cafetería y aseos, sino que el mismo |
proveedor de servicios suministrara los bienes requeridos para tal fin, en ese sentido para determinar el valor promedio del servicio de aseo y cafetería la SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA. – TELEPACIFICO, solicitó a diferentes empresas del sector que cotizaran el aludido servicio por un término de once (11) meses y así poder determinar la cuantía del proceso de selección a iniciar. A continuación se relacionan las empresas que ofertaron el servicio: PROPONENTES | ||||
No. Personas | Servicio | Aseos y Servicios Integrales | SERVI ESPECIALES | BRILLANTEX MULTISERVICIOS |
3 | Personas para servicios de aseo y desinfección en horario de 48 horas semanales de Lunes a Sábado. Incluye productos de Aseo, para las instalaciones de TELEPACIFICO, incluido IVA | $ 5.699.599.00 | $ 5.802.620.00 | $ 5.746.836.00 |
Horas extras promedio mensual 2017 | $ 484.193.00 | $ 484.193.00 | $ 484.193.00 | |
Servicio de Guadañada y fumigada 3 lotes terrenos de Telepacifico (4 veces en el año)Incluido IVA | $1.780.000.00 | $1.780.000.00 | $1.780.000.00 | |
INDICADORES FINANCIEROS Y ORGANIZACIONALES Los indicadores de capacidad financiera buscan establecer unas mínimas condiciones que reflejan la salud financiera de los proponentes a través de su liquidez y endeudamiento. Estas condiciones muestran la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato. La capacidad financiera requerida en un proceso de contratación debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza y el valor del contrato. Dada la naturaleza de este tipo de contratos, en los cuales el posible contratante debe contar con insumos en stock y por la forma de pago que se establece para los mismos en el mercado, con el fin de verificar su capacidad financiera y de organización y pago de salarios, se hace necesario conocer los siguientes indicadores. |
✓ Índice de liquidez: (Activo Corriente / Pasivo Corriente) ≥ 3
✓ Nivel de Endeudamiento: (Pasivo Total / Activo Total) ≤ 40%
✓ Razón de Cobertura de Intereses: Utilidad Operacional / Gastos de Intereses) ≥ 20
Capacidad Organizacional
✓ Rentabilidad del Patrimonio (ROE): (Utilidad Operacional / Patrimonio) ≥ 20%
Rentabilidad del Activo (XXX): (Utilidad Operacional /Activo Total) ≥ 20%
Con base a lo antes expuesto, se relacionan a continuación los valores estimados para esta contratación:
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
4.2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: El valor promedio de acuerdo al estudio de mercadeo es
$6.233.878,00 mensual, mas el valor de limpieza de los 3 lotes terrenos incluido IVA cuatro veces en el año para un valor total de febrero a diciembre 31 de 2018, de $75.700.000.00.
Para todos los efectos legales y fiscales el valor del Contrato se estima en la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS MCTE. ($75.700.000,00) incluido el impuesto de
valor agregado IVA.
FORMA DE PAGO: LA SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA. – TELEPACIFICO
cancelará la facturación a EL CONTRATISTA, previa certificación expedida por el Supervisor del contrato y presentación de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social, correspondiente al periodo facturado. Una vez dicha factura se encuentre debidamente legalizada se pagará dentro de los quince (15) días siguientes, de acuerdo a los servicios prestados.
4.4. INFORMACIÓN CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL.
CDP Número: 169
Fecha de Expedición: Enero 02 de 2018. Fecha de vencimiento: Enero 31 de 2018.
Valor: SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS MCTE. ($75.700.000,00)
incluido el impuesto de valor agregado IVA.
Rubros Presupuestales No.:1220202 Aseo y Cafetería, de la vigencia fiscal del año 2018.
5. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MAS FAVORABLE:
LA SOCIEDAD TELEVISIÓN XXX XXXXXXXX LTDA realizará la selección del contratista del servicio de aseo y consejería , previo estudio de las ofertas y el análisis comparativo de las mismas. La decisión se basará en la conveniencia de la Entidad en términos de la evaluación económica, siendo el precio y la garantía de calidad de las especificaciones técnicas, el fundamento de dicha evaluación, en concordancia con la normatividad existente.
Las propuestas serán calificadas con base en la siguiente matriz:
FACTOR | PUNTAJ E |
Oferta económica | 60 |
Ofrecimientos adicionales | 40 |
TOTAL | 100 |
OFERTA ECONOMICA. SOBRE 60 PUNTOS
Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Para la aplicación de este método TELEPACIFICO procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje i = {[Incluir el valor del máximo puntaje] ∗ (VMIN)
Vi
Donde,
VMIN = Menor valor de las Ofertas válidas.
vi = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i. i = número de ofertas
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
OFRECIMIENTOS ADICIONALES. SOBRE 40 PUNTOS
Al proponente que suministre los siguientes servicios adicionales y que cumplan con el anexo técnico del objeto del presente estudio, se le asignará la puntuación máxima de 40 puntos, relacionada, así:
ÍTEM | SERVICIO ADICIONAL | PUNTOS MÁXIMOS |
1 | Refuerzo cada dos (2) meses al mantenimiento de las instalaciones del Canal, con una brigada de aseo para tal fin, la cual incluirá tanto la maquinaría como el personal requerido. | 15 |
2 | Mantenimiento a plantas ornamentales de TELEPACIFICO. | 10 |
3 | Dos (2) servicios de fumigación contra insectos rastreros, voladores y roedores, haciendo entrega del respectivo certificado de fumigación. | 10 |
4 | Dos (2) servicios xx xxxxxx a las sillas de tela propiedad de TELEPACIFICO. | 5 |
La ponderación se realizará a través de la siguiente fórmula Aritmética:
𝑷𝒎𝒂𝒙𝒌 ∗ 𝑺𝒊𝒌
Donde,
𝑷𝒊𝒌 = (
𝑺𝒎𝒂𝒙𝒌 )
Pik = Puntaje parcial de proponentes i por el ítem k, con el proponente i=1…hasta el número total de proponentes; mientras el número de ítem k=1…hasta 4.
Pmaxk = Valor Puntaje Máximo por cada k item.
Sik = número de la cantidad se servicios adicionales ofrecidos por el proponente i.
Smaxk = número máximo de cantidad de k-ésimo servicios adicionales entre los proponentes.
Puntaje total de cada proponente:
Donde,
𝟒
𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆𝒋 = ∑ 𝑷𝒋𝒌
𝒌=𝟏
Pj = Puntaje Total del proponente Pj, con j=i=1…hasta n, donde n es el número total de proponentes; Mientras que k número de ítem k=1…hasta 4.
8.1 PROCEDIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE
Sólo se asignara puntaje a las propuestas que cumplan los requisitos mínimos establecidos. El valor total de la propuesta se indicará en número y letras, incluyendo el IVA. En caso de que no se discrimine este impuesto, se entenderá incluido dentro del monto total ofrecido. La propuesta económica deberá incluir todos los costos y gastos asociados con las tareas a contratar. Cada proponente sufragará todos los costos, directos e indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual TELEPACIFICO no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de selección. El proponente deberá determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, así como los demás gastos tributarios a que hubiere lugar y de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato, para lo cual se recomienda a los proponentes obtener asesoría calificada. Al formular la propuesta, el proponente debe tener en cuenta que todos los impuestos estén identificados e incluidos en la propuesta, por ser de cargo exclusivo de éste. La Empresa efectuará a las cuentas de cobro del contratista las deducciones que en materia de impuestos tenga establecida la ley, vigente al momento del pago. La moneda base para presentar los precios de la propuesta será el peso colombiano. La Empresa no aceptará presentación de precios en moneda distinta a la aquí exigida.
8.2 CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de empate entre dos o más ofertas y al no existir parámetros de desempate en el manual interno de contratación Resolución 196 de 2014, la entidad dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del decreto 1082 de 2015, en caso de llegar hasta el numeral 5to se utilizará el método de balotas para la adjudicación.
6. ANALISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO:
Teniendo en cuenta el alcance del Contrato, se estima que en la ejecución del mismo se pueden presentar los siguientes riesgos:
TIPIFICACIÓN | ESTIMACIÓN | ASIGNACIÓN / MITIGACION | ||||||
PROBABILIDAD | IMPACTO | |||||||
TIPO DE RIESGO | DESCRIPCIÓN | ALTA | MEDIA | BAJA | ALTA | MEDIA | BAJA | |
OPERACIONAL | LOS EFECTOS CAUSADOS A TERCEROS POR DAÑOS O ACCIDENTES OCURRIDOS EN OCASIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. | X | X | CONTRATISTA | ||||
ECONOMICOS | LOS EFECTOS FAVORABLES O DESFAVORABLES DERIVADOS DE LAS VARIACIONES EN LOS PRECIOS XX XXXXXXX DE LOS INSUMOS, MANO DE OBRA Y DEMÁS NECESARIOS PARA CUMPLIR CON EL OBJETO CONTRACTUAL Y SUS OBLIGACIONES. | X | X | CONTRATISTA | ||||
EVENTOS DE CAMBIO DE LEGISLACIÓN, DE SITUACIÓN POLÍTICA O DE CONDICIONES MACROECONÓMIC AS QUE TENGAN IMPACTO NEGATIVO y RIESGO ECONÓMICO: IMPOSICIÓN DE NUEVOS TRIBUTOS, CAMBIOS EN EL MARCO DE NORMATIVIDAD, INFLACIÓN, IVA, ETC., QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO CONTRACTUAL. | LOS EFECTOS FAVORABLES O DESFAVORABLES, DE LAS VARIACIONES EN LA LEGISLACIÓN, LA CREACIÓN DE NUEVOS EMOLUMENTOS, MULTAS, TASAS. LA SUPRESIÓN O MODIFICACIÓN DE LOS EXISTENTES, Y EN GENERAL CUALQUIER EVENTO QUE MODIFIQUE LAS CONDICIONES EXISTENTES AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, ES ASUMIDO POR CUENTA Y RIESGO DEL FUTURO CONTRATISTA. | X | X | CONTRATISTA | ||||
ERRORES U OMISIONES | LAS SITUACIONES GENERADAS POR EL CONTRATISTA QUE AFECTEN LA CORRECTA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL, ASÍ COMO LOS DAÑOS GENERADOS POR ACCIÓN U OMISIÓN | X | X | CONTRATISTA |
6. LAS GARANTIAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL EXIGIDAS DENTRO DEL PROCESO DE SELECCION:
Para eventuales incumplimientos contractuales por parte del Contratista, este deberá suscribir una póliza de garantía única constitutiva a favor de TELEPACIFICO, a través de póliza expedida por compañía de seguros, con los siguientes amparos: A) Garantía de Cumplimiento: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato y con una vigencia igual a la del contrato y seis (06) meses más, contados a partir de la legalización del mismo. El valor de las primas y el valor que se cause por la ampliación de las sumas aseguradas o de la vigencia de la garantía, correrá a cargo del Contratista. Toda prórroga del plazo dará lugar a la correspondiente ampliación de las garantías señaladas, con el fin de mantener la cuantía porcentual y la vigencia pactada. PARÁGRAFO I. El costo de las primas y demás gastos que demande la constitución, prórrogas y modificaciones de la garantía única y pólizas de que se trata, correrán por cuenta de EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO II. La garantía única y pólizas se entenderán vigentes hasta la terminación del contrato garantizado y la prolongación de sus efectos no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.: B) Salarios y Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Por cuantía equivalente al cinco por ciento (5%), con una vigencia al vencimiento del contrato y tres (03) años más. C) Responsabilidad Civil Extracontractual: El Contratista constituirá dicha póliza por un valor equivalente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia al vencimiento del contrato y seis (06) meses más, la cual se constituye mediante amparo autónomo. El Contrato de igual manera tendrá incorporado las cláusulas excepcionales contempladas en la normatividad de Contratación Estatal. |
7. ACUERDO COMERCIAL Se deja constancia que en el presente proceso de contratación no está cobijado por un Acuerdo Comercial. |
ORIGINAL FIRMADO XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX. DIRECTORA ADMINISTRATIVA SOCIEDAD TELEVISION XXX XXXXXXXX LTDA. TELEPACÍFICO Elaboro y Proyecto: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX |