PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CALDERA DE GAS PARA LA FUNDACIÓN TEATRO CALDERÓN DE VALLADOLID
PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CALDERA DE GAS PARA LA FUNDACIÓN TEATRO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX
Expediente nº: 1/2015
1.- CLASE Y OBJETO DEL CONTRATO
Clase de contrato: Suministro
CNAE: 3320 “Instalación de máquinas y equipos industriales”
Objeto: El presente pliego regula la sustitución de la actual caldera y el suministro e instalación de una nueva caldera de gas en el teatro Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx.
Este contrato se rige por las “Instrucciones sobre contratación en las entidades privadas del sector publico adscritas al área de cultura, comercio y turismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx”. Estas instrucciones se pueden consultar en la página Web institucional del perfil del contratante de la Fundación Teatro Xxxxxxxx.
2.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN DEL CONTRATO Y RÉGIMEN DE PAGO.
Presupuesto total (IVA excluido): 25.500 € (veinticinco mil quinientos euros)
Importe del IVA: 5.355.-€ (cinco mil trescientos cincuenta y cinco euros)
Presupuesto (IVA incluido): 30.855 € (treinta mil ochocientos cincuenta y cinco euros) El calendario de pagos será:
- 40% una vez suministrado el material.
- 20% una vez desinstalada la caldera actual.
- 40% después de la instalación y puesta en marcha.
3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.
Se consigna la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto de 2015 para hacer frente a dicho gasto.
4.- GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
Garantía definitiva: 4% del importe de adjudicación, impuestos indirectos excluidos. Se constituirá a disposición de: Fundación Teatro Xxxxxxxx, NIF G47469325
No se establece garantía complementaria.
La acreditación de la constitución de la garantía definitiva podrá realizarse por medios electrónicos.
El adjudicatario podrá solicitar, antes de formalizar el contrato, la constitución de la garantía defini- tiva del mismo mediante «retención del precio» en el importe equivalente a la cuantía de la garantía correspondiente, retención que se realizará en el primer pago que haya de realizar la Fundación al adjudicatario.
5.- REQUISITOS DEL EMPRESARIO RELACIONADOS CON LA APTITUD PARA CONTRATAR.
Podrán contratar con el Fundación Teatro Xxxxxxxx las personas naturales o jurídicas que cumplan las condiciones de aptitud establecidas por el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), concretamente en los arts. 54 y siguientes.
5.1 REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA DEL CONTRATISTA Y MEDIOS DE JUSTIFICACIÓN.
Podrán participar en la licitación que regula este pliego las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener personalidad jurídica y plena capacidad jurídica y de obrar.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el art. 60 del TRLCSP.
- Acreditar solvencia económica, financiera y técnica adecuada y suficiente para ejecutar este contrato, conforme a los criterios establecidos en esta cláusula. Su acreditación sólo se exigirá al contratista propuesto como adjudicatario.
5.1.1 Solvencia económica y financiera:
a. Declaración relativa a la cifra global de los trabajos realizados por la empresa en los tres ejercicios anteriores a la licitación (2012, 2013 y 2014), acreditada mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390), con un volumen de negocio mínimo anual de 50.000 (CINCUENTA MIL) euros. Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente.
5.1.2 Solvencia técnica:
La acreditación de la solvencia técnica se realizará aportando la siguiente documentación:
a. Relación de los principales contratos de características similares al que es objeto de la li- citación, ejecutados por el licitador en los tres últimos ejercicios, acompañadas de certi- ficados o informes de buena ejecución de al menos tres de ellos.
b. Acreditación del material, instalaciones y equipo técnico de que dispone el empresario para la ejecución del contrato. Los recursos humanos a emplear en la legalización de la instalación tendrán que tener título oficial que se requiere para ello según el RI- TE.(Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios)
c. El adjudicatario deberá justificar que dispone de recursos humanos y técnicos suficientes para ejecutar las prestaciones objeto del contrato, sin que esta actividad suponga la afec- tación de la totalidad de sus recursos.
d. Deberá acreditar que cuenta con la calificación de empresa instaladora autorizada según RITE.
Requisitos mínimos de solvencia para cada miembro de la UTE en caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE (art. 59 del TRLCSP), y solvencia mínima del contratista que concurre a la licitación y que desee acreditar parte de la solvencia con medios externos (art. 63 del TRLCSP):
Solvencia económica: estar dado de Alta en el epígrafe del IAE correspondiente a alguna de las prestaciones objeto del contrato y acreditar haber realizado alguna actividad mercantil en dicho sec- tor dentro de los CINCO últimos años.
Solvencia técnica: experiencia en la ejecución de al menos UN contrato en los CINCO últimos años en alguna de las prestaciones objeto de este contrato y Certificado de empresa instaladora eléctrica en Baja Tensión.
En todo caso, cada integrante de la UTE deberá disponer de la solvencia económica y técnica pro- porcional a su porcentaje de participación en la UTE.
6.- REGLAS RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
6.1. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.
La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.
6.2. PUBLICIDAD, INFORMACION Y PLAZOS.
6.2.1 Publicidad e información
La licitación y la formalización serán objeto de la publicidad indicada en las Instrucciones de Contratación, tal y como regula el art. 191.c) del TRLCSP, en concreto se publicitará en:
- Portal web: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxx_xxx_xxxxxxxxxxx
La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación indicando, como mínimo, los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
6.2.2 Plazos.
Todos los plazos que se señalan por días en este Xxxxxx, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales.
El plazo de presentación de proposiciones es de 10 días, a contar desde la fecha de publicación del anuncio en el perfil.
6.3. PARTICIPACION.
6.3.1. Presentación de proposiciones:
Las proposiciones se deberán presentar en tres sobres cerrados, dirigidos a:
Fundación Teatro Xxxxxxxx
Xxxxx Xxxxxxxxx 0
00000 XXXXXXXXXX
Tf. Contacto: x00 000 000 000
Fax: x00 000 000000
Correo electrónico: xxxx@xxxxxxxxx.xxx
La presentación podrá hacerse por cualquiera de las siguientes vías, y con sujeción a los siguientes requisitos:
- Directamente en las oficinas de la Fundación Teatro Xxxxxxxx, en horario de 9.00 a
14.30 horas.
- Por correo certificado dirigido a dicha Fundación cumpliéndose, a su vez, dos requisitos:
o Deberá constar en el sobre recibido la estampilla de la oficina receptora de Correos o mensajería, haciendo constar la fecha, hora y minuto del depósito.
o Deberá comunicarse, también dentro de plazo, al órgano de contratación, por fax, correo electrónico, telegrama, la remisión de la proposición, indicando el contrato a que se presenta y la identidad y dirección del licitante.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por la Fundación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida de ningún modo.
En ambos casos (presentación directa o por correo) el plazo finalizará a las 14.00 horas del día señalado en el anuncio o anuncios de la licitación como último para la presentación de proposiciones, o el inmediato día hábil si aquél coincidiera con un día inhábil o sábado o fuera el 24 ó 31 de diciembre.
6.3.2. Contenido y forma de las proposiciones.
Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora. Deberán ajustarse a los requisitos que se señalan a continuación:
- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CALDERA EN EL
TEATRO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX". Su contenido será el siguiente (Art. 146 del TRLCSP):
Declaración responsable del licitador según modelo Xxxxx XX en la que se manifieste el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Personalidad jurídica, capacidad de obrar y representación.
- Requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- No estar incurso en la prohibición de contratar y que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
- Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción española, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero en los términos del Art. 146.1.e) del TRLCSP.
- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: PROPUESTA DE CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CALDERA EN EL TEATRO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX.”
Se incluirán aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependen de un juicio de valor y que se especifican como tales en la cláusula 6.5.2.
La documentación aportada en este sobre no excederá de las 40 hojas en formato DIN A4, escritos en tipo de letra ARIAL 12, espaciado sencillo y por una sola cara.
- Sobre número 3: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 3: OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FORMULA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CALDERA EN EL TEATRO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX.”
Contendrá la oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato, debiendo figurar como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La oferta económica se formulará, con arreglo al modelo que se inserta al final del presente Xxxxxx (Xxxxx XXX), e irá firmada por el licitador o su representante.
En este mismo sobre se incluirán los documentos relativos a los criterios de valoración distintos del precio, que deban evaluarse mediante la aplicación de una fórmula y que se especifican en la cláusula 6.5.1.
6.3.3. Reglas Generales.
- Deberán presentarse conjunta y simultáneamente los tres sobres, firmados por el licitador o persona que lo represente.
- La documentación y la oferta se presentarán en idioma castellano.
- El contenido de cada sobre, deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente.
- La presentación de la proposición supone por parte del empresario la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y los documentos de carácter contractual citados en el apartado 2 de la cláusula 13 de este pliego.
- Recibida la proposición no podrá ser retirada por el licitador, una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones.
6.3.4 Causas de rechazo de las proposiciones.
X. Xxxxxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presenta- das por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigi- dos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia.
X. Xxxxxxxx igualmente excluidos los licitadores que constituyan la garantía provisional, cuando excepcionalmente se exija, después de finalizado el plazo de presentación de ofertas, o que no alcance la cantidad prevista en este pliego.
C. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución de la instalación prevista en el contrato correspondiente.
2. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
3. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empre- sarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
4. Presentar proposiciones con variantes o alternativas, salvo que expresamente se prevean para una obra concreta en el Pliego del contrato.
5. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego como modelo o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en este cuadro o el PCAP tipo.
6. Incluir en el sobre “2” y/o “3” datos que deban figurar en el otro sobre de acuerdo con di- cha cláusula.
7. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicados, o no comu- nicar la presentación por correo, por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en la Funda- ción pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
8. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
9. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones del presente pliego o del de prescripciones técnicas, o del proyecto o memoria técnica de la obra, así como el incumplimiento de las Normas, Reglamentos o Instrucciones vigentes aplicables al contrato.
10. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiesta- mente erróneos que no sean meramente aritméticos.
11. Realizar planteamientos técnicamente inviables o manifiestamente defectuosos, o con in- coherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables.
12. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones econó- micas o con anterioridad o posterioridad al mismo, de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
13. Indeterminaciones sustanciales, soluciones técnicas manifiestamente erróneas o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las variantes cuando éstas estén permitidas.
14. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación ofertada por el órgano de contratación a la vista de los in- formes técnicos recabados al efecto.
Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación.
6.4. MESA DE CONTRATACION.
6.4.1 Mesa de Contratación
Para la adjudicación del contrato el órgano de contratación estará asistido por una Mesa integrada del siguiente modo:
Presidente: Vicepresidenta del Patronato de la Fundación Teatro Xxxxxxxx o persona en quien delegue.
Vocal 1: El responsable del Departamento de Administración de la Fundación.
Vocal 2: El Encargado de Servicios Generales de la Fundación .
Secretario: El secretario del Patronato de la Fundación Teatro Xxxxxxxx.
Para la válida constitución de la mesa, deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario y un vocal.
De todas las reuniones de la Mesa de contratación se levantará acta sucinta reflejando lo acaecido.
6.5. ADJUDICACION.
6.5.1. Criterios de adjudicación con valoración matemática. (70 puntos)
a. El Precio : 30 puntos
La valoración se hará calculando la baja que se realice sobre el precio de licitación (en ambos casos IVA excluido). La mayor cantidad de baja ofertada sobre el precio total del contrato (IVA excluido), será valorado con la máxima puntuación establecida para este criterio; la oferta que no realice ninguna baja con 0 puntos, atribuyéndose a los restantes importes (cantidades) de baja ofertados la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa.
La formulación matemática de este sistema de valoración es la siguiente: Bmax = Vmax
Si Bi = tipo de licitación, entonces VBi = 0 puntos Si Bi< tipo de licitación
VBi = Bi • Vmax / Bmax
Bmax= Baja máxima
Bi= Baja del licitador que se valora
VBi= valoración (puntos) que corresponden a la baja que se valora Vmax= valoración (puntos) que corresponden a la baja máxima
b. Rendimiento de la caldera: 10 puntos.
Corresponderá la máxima puntuación al mayor rendimiento producido en la caldera ofertada y 0 puntos a la oferta que proponga el menor rendimiento, distribuyéndose la puntuación
proporcionalmente a las restantes ofertas mediante regla de tres simple directa, según la siguiente fórmula:
POv= K x (Ov/Oma)
Donde POv Es la puntuación correspondiente a la oferta que se está valorando.
K es la puntuación máxima que corresponde al apartado
Oma es el rendimiento de la oferta más alta de las presentadas. y Ov Es el rendimiento de la oferta que se evalúa.
c. Emisión mínima de contaminantes. 10 puntos.
Corresponderá la máxima puntuación a la oferta que presente la menor emisión de contaminantes NOx, 0 puntos a la oferta que proponga la caldera con la mayor emisión, distribuyéndose la puntuación proporcionalmente a las restantes ofertas mediante regla de tres simple directa según la fórmula especificada en el apartado b.
d. Aumento del plazo de garantía. 10 puntos
Corresponderá la máxima puntuación al mayor aumento del plazo de garantía propuesto sobre el mínimo establecido en el pliego, 0 puntos a la oferta que no proponga ningún aumento, distribuyéndose la puntuación proporcionalmente a las restantes ofertas mediante regla de tres simple directa según la fórmula especificada en el apartado b.
Las ofertas que ofrezcan una ampliación del plazo de garantía superior al triple del mínimo establecido en el pliego, se considerarán anormales o desproporcionadas, con los efectos previstos en el artículo 152 del TRLCSP.
e. Reducción en el plazo de ejecución establecido en el pliego. 10 puntos.
La máxima puntuación corresponderá a la oferta que presente mayor reducción de días en la ejecución del contrato, 0 puntos a la oferta que no proponga ninguna reducción, distribuyéndose la puntuación proporcionalmente a las restantes ofertas mediante regla de tres simple directa según la fórmula especificada en el apartado b.
Las proposiciones que ofrezcan una reducción del plazo de ejecución en más de un tercio sobre el máximo establecido en este pliego, se considerarán anormales o desproporcionadas, con los efectos previstos en el artículo 152 del TRLCSP.
6.5.2.- Criterios evaluables mediante juicio de valor. (30 puntos)
Aquellos licitadores que no obtengan una puntuación superior al 50 por cien de la valoración otorgada a los criterios evaluables mediante juicio de valor, no podrán pasar a la fase de apertura y valoración del sobre nº 3.
a. Características técnicas de los materiales suministrados y garantía de la
operatividad del sistema. 25 puntos
En este apartado ser valorará:
- Características técnicas y calidad de los equipos propuestos. Hasta 10 puntos.
- Operatividad del sistema: Estudio previo de la secuencia, demandas e histéresis de los generadores de calor, para que el funcionamiento del conjunto sea el más eficiente. Hasta 10 puntos.
- Implementación en la telegestión y visualización de variables. Hasta 5 puntos.
El análisis de estos aspectos se realizará en un informe técnico motivado, encargado por la Mesa de contratación o directamente por los técnicos que integren la misma que valorará el grado de detalle en el análisis efectuado.
Corresponderá la máxima puntuación en la valoración de cada aspecto a la oferta que reciba la calificación de “muy buena”, la mitad de esa puntuación a la considerada como “buena”, un tercio a la calificada como “regular” y cero puntos a la calificada como “mala”. En aquellos casos en los que a juicio de la Mesa de contratación o del técnico que realice la valoración se estime necesario realizar una ponderación más precisa o con mayores escalas, se podrá optar por otro tipo de calificación debidamente justificada.
b. Medios humanos destinados a la instalación. 5 puntos
En este aspecto se tendrá en cuenta la mayor cualificación profesional de los medios personales que se adscriban a la ejecución del contrato, en atención a su titulación y experiencia acreditada en trabajos similares.
El personal no se identificará en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al puesto de trabajo y/o funciones.
6.6. REGLAS DE PROCEDIMIENTO
Una vez terminado el plazo de presentación de proposiciones, el técnico encargado de la tramitación del expediente expedirá relación certificada de las proposiciones recibidas o, en su caso, de la ausencia de licitadores.
Dentro de los tres días hábiles siguientes al de terminación del plazo de presentación de proposiciones, o del inmediato siguiente si el último día hábil fuera sábado o 24 ó 31 de diciembre, se constituirá la Mesa de Contratación y calificará los documentos presentados en tiempo y forma, a cuyo efecto el Presidente ordenará la apertura del SOBRE NÚM 1 y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. La Mesa se pronunciará sobre el resultado de la calificación, expresando las proposiciones rechazadas y causas de inadmisión y las proposiciones admitidas. Si observare defectos materiales en la documentación presentada concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador lo subsane. Seguidamente, se procederá a la apertura del SOBRE NUM. 2 que contiene la documentación correspondiente a los criterios evaluables mediante juicios de valor de las proposiciones admitidas. En este acto solo se abrirá el sobre número 2, entregándose al técnico u órgano encargado de su valoración la
documentación contenida en el mismo; asimismo, se dejará constancia documental de todo lo actuado. La valoración deberá realizarse en el plazo máximo de veinte días.
Una vez valorados los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. La mesa de contratación procederá, en acto público, en el lugar y días señalado mediante anuncio publicado en el perfil de contratante, en primer lugar, a dar lectura a la valoración de los aspectos técnicos de las proposiciones a las que se refiere el sobre número 2. Y se procederá a continuación a la apertura del SOBRE NÚMERO 3.
Posteriormente la Mesa, previos los informes técnicos que considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato, propondrá al órgano de contratación la adjudicación del contrato al licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa.
6.7. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
La unidad que tramita el expediente de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
- Documentos acreditativos de la personalidad, capacidad y solvencia exigidos en el apartado 6.3.2 de este pliego.
- Justificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
- Justificación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
- Cualquiera otro documento acreditativo de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al art. 64.2 del TRLCSP.
- La constitución de la garantía definitiva.
- El estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas cuando se ejerzan actividades sujetas a dicho impuesto, se acreditará mediante la presentación del alta y del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas acompañado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en el citado impuesto. Los licitadores que no estén obligados al pago del impuesto acreditarán esta circunstancia mediante declaración responsable.
La documentación se ha de presentar en documentos originales o copias autenticadas. En todo caso, los datos que acredite esa documentación han de estar vigentes en el momento de finalizar el plazo de presentar ofertas.
Los propuestos como adjudicatarios que sean contratistas de la Fundación Teatro Xxxxxxxx, por tener contrato en vigor, no tendrán que presentar la documentación que ya estuviera en poder de
esta entidad, siempre y cuando estuvieren vigentes.
En caso de que el contratista propuesto como adjudicatario no aportase la documentación exigida en el plazo establecido o de la misma se dedujese que no cumple los requisitos para realizar este contrato, decaerá automáticamente en su derecho a la adjudicación y la propuesta será realizada a favor del siguiente contratista cuya oferta haya obtenido la siguiente mejor valoración. Esta operación se repetirá sucesivamente hasta que alguno de los contratistas cumplimente los requisitos exigidos. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales que puedan reclamarse frente a los candidatos que hayan incurrido en falsedad al realizar su declaración responsable para participar en la esta contratación.
6.8. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación indicada en el apartado anterior.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
En particular expresará los siguientes extremos:
- En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
- Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
- En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
7. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
La formalización del contrato se realizará en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación del contrato.
Previamente el adjudicatario deberá presentar ante la Fundación Teatro Xxxxxxxx los siguientes documentos originales o fotocopias debidamente autenticadas:
a) Póliza de seguro de responsabilidad civil, frente a terceros, derivado del objeto del contrato (responsabilidad civil de explotación)
b) Póliza de responsabilidad civil con cobertura de riesgos profesionales, bien como póliza inde- pendiente o con cobertura incluida en la póliza de seguros de responsabilidad civil general (res- ponsabilidad civil patronal y responsabilidad civil post-trabajos)
c) Cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación, entre los que se incluirán los necesarios para el desarrollo de la coordinación de las funciones preven- tivas en materia de prevención de riesgos laborales.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN. CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
8.1 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo máximo para el suministro de los materiales es de un mes desde la firma del contrato. En caso contrario se deberá acreditar el motivo de la demora por parte del adjudicatario y el fabricante de los equipos, que en ningún caso superará los 40 días.
El plazo máximo de instalación de 10 días hábiles desde el momento en que se acuerde el inicio de la instalación con el personal de la Fundación Teatro Xxxxxxxx.
La fecha de inicio de los trabajos se establecerá de acuerdo con el personal del teatro de tal forma que se minimice la interferencia con el normal funcionamiento del mismo.
La ejecución de la instalación está sujeta al Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios - RITE y se realizará por empresas instaladoras habilitadas.
8.2. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES DE ESTE CONTRATO QUE PUEDEN SER CAUSA DE RESOLUCIÓN. PENALIDADES.
La Entidad adjudicataria suscribirá el programa de seguros obligatorios que se determinan a continuación. Los contratos de seguros deberán mantenerse vigentes durante el período de duración del contrato, y hasta la extinción de la responsabilidad de conformidad con la normativa vigente. La Empresa adjudicataria responderá de todos los daños y perjuicios que pueda causar, por sí o por su personal y/o por sus proveedores o subcontratistas a terceros, y a personas y bienes de la Fundación como consecuencia de la ejecución del contrato adjudicado, debiendo suscribir los programas de seguros que cubran todos los riesgos inherentes al objeto del contrato que se le adjudica, entre los cuales se destacan:
Seguro de Todo Riesgo de Daños Materiales en donde la Fundación Teatro Xxxxxxxx figu- re como beneficiaria en la reparación de los daños a los bienes que sean de su titularidad.
Seguro de Responsabilidad, en el que se incluya como Asegurado Adicional a la Funda- ción sin perder su condición xx xxxxxxx.
De Accidentes de Trabajo y seguros sociales de todos sus trabajadores asignados a los tra- bajos conforme a la legislación en vigor.
Seguro especial por riesgos medioambientales.
Seguros de suscripción obligatoria de acuerdo con la legislación vigente, en especial los indicados en el RITE.
Tendrán en todo caso la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las derivadas de los criterios de adjudicación en los términos que hayan sido propuestos en la oferta del adjudicatario, las obligaciones establecidas en el presente pliego.
A. PERSONAL DEL SERVICIO
1. El contratista realizará todos los servicios incluidos en este contrato con el personal previsto en el PPT y/o en su oferta, y garantizará que en todo momento el servicio se presta con el personal preciso, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, licencias) o de las bajas que se produzcan.
2. El personal que el adjudicatario destine a la ejecución de este contrato deberá tener la for- mación y experiencia exigido en su caso en el PPT particulares del contrato y/o ofertado por el adjudicatario, en todo caso adecuado a las tareas que va a desarrollar en ejecución de este contrato. Este personal no se identificará en la oferta ni en el contrato con datos personales, sino por referencia al puesto de trabajo y/o funciones.
3. La movilidad por parte del adjudicatario del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación a la Fundación Teatro Xxxxxxxx, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad, unas condiciones de trabajo que resulten más gravosas o una formación inferior que los contratados inicialmente para ejecutar este contrato.
4. Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de es- te contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación la- boral con el Fundación Teatro Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx. Se destinará a la ejecución de este contrato preferentemente personal ya integrado en la plantilla de la empresa. Cuando pun- tualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá hacerlo bajo alguna modalidad de contratación que vincule a los trabajadores direc- tamente con la empresa adjudicataria del mismo, incluyendo, siempre que sea posible, una cláusula de movilidad geográfica en los respectivos contratos laborales. La Fundación Tea- tro Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna intervención en la selección de este personal.
5. En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que sus- cribe con este Fundación Teatro Xxxxxxxx de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de la actividad de la empresa.
B. PENALIZACIONES E INDEMNIZACIONES
1. Las obligaciones establecidas en esta cláusula tienen el carácter de «esenciales» a los efectos de ser causa de resolución del contrato. No obstante, cuando se considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la resolución del contrato no resulta convenien- te para el interés de servicio en cuestión, se podrá eludir la resolución por la imposición de las penalidades coercitivas de entre el 1 y el 5% del precio de adjudicación IVA incluido, por cada infracción, en función de gravedad, reincidencia y mala fe en la comisión de la infrac- ción.
Los incumplimientos por parte del adjudicatario de aspectos de su oferta se considerarán incumplimiento contractual muy grave, con una penalización de entre el 1 y el 5% del precio de adjudicación del contrato, en función de su gravedad e incidencia del aspecto de que se trate en la adjudicación del contrato. En estos casos, la indemnización que se exigirá al contratista incorporará la diferencia que en su caso haya existido entre su oferta y la del siguiente contratista al que se hubiese adjudicado el contrato sin tener en cuenta el criterio que no ha cumplido el adjudicatario.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquier otra de sus obligaciones contractuales o su cumplimiento defectuoso, conllevará igualmente una multa coercitiva de entre el 0.5% al 1% del precio del contrato, en función de su mayor o menor gravedad y reincidencia.
2. Estas penalizaciones son independientes de la obligación del contratista de indemnizar por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione al Fundación Teatro Xxxxxxxx o a terceros con derecho a repetir contra el Fundación Teatro Xxxxxxxx, incluidos como mínimo el pago de salarios, cotizaciones sociales o tributarias, incluido el coste de despidos que el Fundación Teatro Xxxxxxxx tuviese que realizar si resulta condenado por cesión ilegal de trabajadores. Igualmente será indemnizable el sobre coste que, en caso que por resolución judicial se determine el derecho a la subrogación del personal afecto al contrato en una nue- vo adjudicatario en aplicación del artículo 44 del ET, haya de soportar el directa o indirec- tamente este Fundación Teatro Xxxxxxxx como consecuencia de la negociación por parte del contratista de incrementos retributivos a este personal por encima del convenio nacional de sector.
3. Para la imposición de estas penalizaciones e indemnizaciones por incumplimientos contrac- tuales se seguirá un expediente contradictorio sumario, en el que se concederá al contratista un plazo de alegaciones de 5 días naturales tras formularse la denuncia. Dichas alegaciones y el expediente sancionador será resuelto, previo informe del responsable del servicio e in- forme jurídico, por el Presidente de la Mesa de Contratación o persona en quien delegue, resolución que pondrá fin a la vía administrativa.
El inicio del expediente para la imposición de estas penalidades por el Fundación Teatro Xxxxxxxx se realizará en el momento en que tenga conocimiento por escrito de los hechos. No obstante, si se estima que el incumplimiento no va a afectar a la ejecución material de los trabajos de manera grave o que el inicio del expediente sancionador puede perjudicar más a la marcha de la ejecución del contrato que beneficiarla, podrá iniciarse el expediente sancio- nador en cualquier momento anterior a la terminación del plazo de garantía del contrato.
4. Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Fundación Teatro Xxxxxxxx tenga pendientes de abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de la sanción, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio por considerarse ingreso de derecho público
9. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y EN SU CASO, ALCANCE, LÍMITES, CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN.
No se contempla la posibilidad de que el contrato sea modificado.
10. MEDIDAS EN CASO DE RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
Cuando sea imprescindible continuar con la ejecución del suministro por razones objetivas de interés público, de seguridad, o exista riesgo de daño grave de lo ejecutado, el órgano de contratación podrá adoptar las medidas que estime necesarias para salvaguardar el interés público o evitar los riesgos detectados. Estas medidas se tomarán previa comprobación y liquidación de los trabajos efectuados por el contratista, salvo que resulte imprescindible adoptar medidas urgentes para la seguridad de las personas o la continuidad del servicio, en cuyo caso se realizará dicha medición y liquidación con posterioridad a la adopción de las medidas urgentes necesarias. En este caso el Fundación Teatro Xxxxxxxx podrá acordar la continuación del servicio por el contratista siguiente en el orden de adjudicación del contrato si no hubiese transcurrido más de un año desde la adjudicación del contrato en cuestión, iniciar un nuevo procedimiento de contratación, o ejecutar los trabajos pendientes por la propia entidad. Todo ello sin perjuicio de los derechos que asisten al contratita de mostrar su oposición a la resolución anticipada del contrato y/o a la valoración de la liquidación efectuada por el Fundación Teatro Xxxxxxxx, y a los derechos indemnizatorios que, en su caso, le puedan corresponder.
11. DATOS Y REQUISITOS PARA EL PAGO DE LAS FACTURAS Y CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
1. Las facturas, habrán de ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de no- viembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de factura- ción. Deberán especialmente recoger con claridad el alcance de los trabajos que incluye y el pe- riodo de tiempo al que se corresponde.
Se acompañará la factura correspondiente los documentos justificativos correspondientes del pago de las cuotas a la Seguridad Social, retención del IRPF y salarios de los trabajadores directamente relacionados con la ejecución de los trabajos objeto de facturación.
Destinatario de la factura: Departamento de Administración Fundación Teatro Xxxxxxxx
- Fecha de presentación de la factura: La factura deberá ser presentada en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL FUNDACIÓN TEATRO XXXXXXXX XX
XXXXXXXXXX una vez ejecutadas las prestaciones que se liquidan, y en todo caso dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de realización efectiva de los suministros o trabajos que se facturan.
2. Con carácter previo a la cancelación de la garantía definitiva se solicitará por la unidad admi- nistrativa responsable del contrato un informe a la asesoría jurídica sobre la existencia de re- clamaciones de responsabilidad patrimonial derivadas de actuaciones de ejecución del contrato en cuestión
12. JURISDICCIÓN.
Todas las cuestiones o divergencias que puedan surgir en relación con la preparación, adjudicación, ejecución, efectos y extinción del contrato al amparo del presente pliego se resolverán por los Juzgados y Tribunales competentes con fuero en el Municipio xx Xxxxxxxxxx. La concurrencia a procedimientos de adjudicación de estos contratos supone la renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder a los licitadores o candidatos.
13.- REGIMEN APLICABLE.
13.1 NATURALEZA.
El presente contrato tiene naturaleza de contrato de suministros y se ha de someter al régimen y normas de derecho privado.
El contrato se regirá, en primer lugar, por lo establecido en este pliego y en los restantes documentos contractuales citados en el apartado 2 de esta cláusula. En lo no regulado expresamente en dichos documentos contractuales, se regulará este contrato por lo dispuesto por las “Instrucciones sobre contratación en las entidades privadas del sector público adscritas al Área de cultura, comercio y turismo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx”. Estas instrucciones se pueden consultar en la página Web institucional del perfil del contratante de la Fundación Teatro Xxxxxxxx.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho privado.
El desconocimiento por el adjudicatario de cualquiera de los documentos contractuales o de la norma directa o indirectamente aplicable al contrato no le exime de su cumplimiento.
13.2 DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El presente pliego de cláusulas administrativas particulares y sus anexos.
El pliego de prescripciones técnicas.
La oferta económica y técnica que resulte adjudicataria del contrato.
El documento de formalización del contrato.
En caso de discrepancia entre los distintos documentos contractuales no salvable por una interpretación sistemática de los mismos, prevalecerá lo establecido en este pliego de cláusulas administrativas particulares, salvo que se deduzca que se trata de un evidente error de hecho o aritmético
13.3 PRERROGATIVAS DE LA FUNDACIÓN EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO
El órgano de contratación ostenta, en relación con el contrato que regula el presente pliego, las prerrogativas de interpretarlo y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, resolverlo y determinar los efectos de esta resolución, así como todas aquéllas reconocidas en la legislación vigente en relación con este contrato en el presente pliego y en los restantes documentos que tengan carácter contractual.
13.4 DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
El órgano de contratación cuidará que no se divulgue la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación que consideren tiene este carácter.
13.5 PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Cuando en cualquier aspecto de la ejecución del contrato se realice algún tratamiento de datos de carácter personal protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999 y el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, o normativa que la sustituya o complemente, el adjudicatario y todo su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto de dichos datos, en los términos de dicha normativa, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la citada Ley (disposición adicional 26ª del TRLCSP).
El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Valladolid, a 19 de octubre de 2015 Fdo.: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx
Directora Económico – Administrativa Fundación Teatro Xxxxxxxx
ANEXO I
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
DECLARACIÓN JURADA
CUMPLIMIENTO NORMATIVA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
D./Xx ……………………….con domicilio en……………………. y provisto de DNI/NIF nº…………………… como representante y/o administrador de la empresa con
NIF nº……………………. , y domicilio social en…………………… , teléfono de contacto……………………… y dirección de correo electrónico……………………….. , en adelante la empresa.
DECLARA Y ACREDITA:
Que la empresa cuenta con una organización preventiva con recursos propios o ajenos, cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y dispone de un Plan de Prevención acorde con lo requerido por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo.
Que la empresa ha realizado para los servicios contratados, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva.
Que la empresa informará por escrito cuando genere riesgos calificados como graves o muy graves, según la redacción dada en el Art. 22 bis 1 y 8 (introducido por el R.D. 604/2006, de 19 xx xxxx) y en el Anexo I del R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Que la empresa, en cuanto a la presencia de recursos preventivos, ha cumplido las indicaciones del Art. 22 bis del R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Que la empresa realiza el estudio y control de la siniestralidad de sus trabajadores e informará a la Fundación Teatro Xxxxxxxx de los accidentes que sufran los trabajadores y toda situación de emergencia que se produzca o que sea susceptible de afectar a la salud y la seguridad del resto de trabajadores.
Que la empresa ha informado a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades para el Fundación Teatro Xxxxxxxx acerca de los riesgos para la Seguridad y la Salud a los que estarán
expuestos durante el desempeño de sus funciones y las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
Que la empresa ha formado a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades para el Fundación Teatro Xxxxxxxx en los aspectos de Seguridad y Salud relacionados con las tareas que vayan a llevar a cabo.
Que la empresa facilitará a los trabajadores que llevarán a cabo las actividades en o para la Fundación Teatro Xxxxxxxx los medios de protección y equipos de trabajo apropiados y necesarios para las tareas que vayan a llevar a cabo, y que éstos se ajustan a los criterios legales establecidos y en vigor para los equipos de protección individual y equipos de trabajo (autorización de uso de maquinaria a los trabajadores cualificados para su manejo).
Que la empresa garantiza a los trabajadores a su servicio la Vigilancia de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, respetando en todo momento la legislación vigente en esta materia: calificación de aptitud de los trabajadores, calificación de aptitud limitada o de trabajador especialmente sensible.
Lo que declaro a los efectos legales procedentes comprometiéndome en el momento de la firma del contrato o aceptación de presupuesto u oferta y antes del inicio de la prestación de la obra o servicio contratado, a la acreditación por medio documental del cumplimiento de los puntos anteriores.
En Valladolid, a de de 2015
Fdo:
ANEXO II
CONTRATO DE ACCESO A DATOS POR CUENTA DE TERCEROS
REUNIDOS
De una parte,
, en representación de la Fundación Teatro Xxxxxxxx, con CIF X00000000, y dirección en Xxxxx Xxxxxxxxx 0, 00000 Xxxxxxxxxx. En adelante, PRESTATARIO
Y de otra parte,
, en representación de la empresa , con NIF : …………………… y domicilio en…………………. En adelante, EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal bastante para suscribir este Contrato y quedar obligadas en la representación en que respectivamente actúan.
ACUERDAN
I.- Que EL PRESTATARIO y EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO mantienen una relación de prestación de servicios. Para la realización de dichos servicios es necesario que EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO acceda a información contenida en los ficheros cuya titularidad es de PRESTATARIO, y que contienen datos de carácter personal.
II.- La finalidad del tratamiento indicado en la cláusula anterior es la del
III.- EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO tratará los datos de conformidad con las instrucciones de PRESTATARIO y sólo con las finalidades y los usos exclusivamente necesarios para la prestación de los servicios para los que fue requerido, no pudiendo usar los mismos para un fin distinto.
IV.- Los datos personales a los que tenga acceso EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO no serán comunicados a terceros, ni siquiera para su conservación.
V.- EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá a la finalización de la prestación de servicios, cuantos soportes o documentos contengan datos de carácter personal derivados de dicha prestación, procediendo al borrado de aquellos que se encuentren en su poder por cualquier medio, ya sea manual o automatizado, de forma que se garantice plenamente la devolución de los datos a
PRESTATARIO.
VI.- EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO se compromete a adoptar las medidas de índole técnico y organizativo, necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal a los que tenga acceso y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En concreto deberá aplicar las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007 en función del tipo de datos tratados en cada caso.
VII.- EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO se obliga al secreto profesional respecto a los datos de carácter personal objeto del tratamiento debiendo guardar secreto durante el tratamiento y con posterioridad a la finalización del mismo respondiendo frente al PRESTATARIO en caso de incumplimiento sin perjuicio de las responsabilidades que se pudieran derivar ante la Agencia Española de Protección de Datos o directamente del interesado.
EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO se compromete a comunicar y hacer cumplir a sus empleados, incluidos trabajadores de empresas de trabajo temporal, las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y, en concreto, las relativas al deber xx xxxxxxx y medidas de seguridad, respondiendo frente a PRESTATARIO en caso de incumplimiento, sin perjuicio de las responsabilidades que se pudieran derivar ante la Agencia Española de Protección de Datos o directamente del interesado.
VIII.- EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO responderá directamente ante la Agencia de Protección de Datos de los incumplimientos que se pudieran derivar de las condiciones anteriores.
IX.- La duración inicial de este contrato estará supeditada a la de la prestación de servicios de la que traiga causa.
X.- Ante cualquier controversia, reclamación o ejecución sobre los términos de este contrato, las partes se someten a los Jueces y Tribunales de la ciudad abajo indicada.
En Valladolid a…………….
PRESTATARIO, EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
En representación de la Fundación Teatro Xxxxxxxx Representante de la empresa
MODELO DE PROPOSICIÓN SIN VARIANTES.
D./Xx. (nombre y apellidos del/de la firmante), mayor de edad, con domicilio en , calle , y correo electrónico …………….con D.N.I. núm. , en (nombre propio; o representación de [nombre la persona representada], según [poder o documento acreditativo] otorgado [identificación del documento]), enterado/a de que la Fundación Teatro Xxxxxxxx pretende contratar el suministro e instalación de una caldera de gas PARA LA FUNDACIÓN TEATRO XXXXXXXX, se somete a las normas legales y reglamentarias aplicables a este tipo de contrato, acepta las condiciones xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y demás documentos contractuales aprobados al efecto y ofrece realizar el contrato, en las siguientes condiciones:
1. Precio (IVA excluido):
2. Importe del IVA:
3. Rendimiento de la caldera:
4. Emisión de contaminantes:
5. Aumento del plazo de garantía (en días):
6. Reducción en el plazo de ejecución (en días): (Lugar, fecha y firma)
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D………………………….………., con DNI nº………………, en nombre de la sociedad (o en nombre propio)…………………………………………………………., con NIF nº…………………, de acuerdo con la escritura de poder ……………………………………………………..………………….(o documento que lo habilite para actuar en nombre de la persona jurídica la que representa, en su caso), a efectos de contratar con la Fundación Teatro Xxxxxxxx,
DECLARO, bajo mi responsabilidad:
1º.- Que la empresa a la que represento dispone de capacidad de obrar y jurídica y de la habilitación profesional, necesaria para concertar con la Fundación Teatro Xxxxxxxx el SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CALDERA DE GAS PARA EL TEATRO XXXXXXXX. El objeto
social de la empresa comprende la actividad objeto de este contrato, de acuerdo con lo recogido en el artículo ..… de sus estatutos sociales, estatutos que se hallan correctamente inscritos en los Registros correspondientes.
2º.- (Alternativamente). Que dicha empresa dispone de la solvencia requerida para dicha contratación. /Que dicha empresa dispone de los requisitos mínimos de solvencia establecidos para concurrir a dicha contratación, complementándola por el medio siguiente (marcar el que proceda):
a. Formando una unión temporal de empresas para concurrir a la licitación con la mercantil……., adquiriendo el compromiso expreso de constituir dicha UTE en caso de resultar nuestra oferta adjudicataria del contrato (en este caso, la declaración ha de ser suscrita por cada una de la empresa que integrarán la futura UTE).
b. Disponiendo de medios externos para ejecutar las prestaciones siguientes…..
Dichos medios externos consisten en…… y serán aportados por ..……. A tal efecto se ha suscrito con dicha empresa un ………
3º.- (Alternativamente) Que a esta licitación NO concurre ninguna otra empresa del grupo empresarial al que pertenece la que represento / Que a esta licitación presentarán ofertas las siguientes empresas integradas en el mismo grupo empresarial del que forma parte la que represento: …………………….
(Se ha de entender por sociedades de un mismo grupo empresarial aquellas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio).
4º.- Que ni yo personalmente ni ninguno de los administradores de la persona jurídica en cuyo nombre actúo estamos incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector
Público.
5º.- Que la empresa a la que represento está al corriente de todas sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6º.- Que la empresa a la que represento NO / SI (márquese lo que proceda) tiene un número de 50 o más trabajadores, siendo el número de trabajadores con discapacidad en la empresa de…., lo que supone un …..% trabajadores pertenecientes a este colectivo,
(o), significando que se ha suplido la exigencia legal de disponer en la plantilla con más del 2% de trabajadores con discapacidad por las medidas alternativas legalmente previstas siguientes:…..
7º.- Que la oferta que presento garantiza, respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en la elaboración de los productos y/o servicios, así como en la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales derivadas de los convenios colectivos aplicables, el Derecho español y de la UE, así como de las disposiciones de Derecho internacional sobre estas materias suscritas por la Unión Europea.
8º.- Que el correo electrónico para recibir todas las comunicaciones relacionadas con el presente expediente es…………….
9º.- (En su caso, para empresas extranjeras) Que la empresa que represento se somete a la jurisdicción española, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero en los términos del Art. 146.1.e) del TRLCSP.
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art.146 del TRLCSP, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de Tramitación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA CALDERA DE GAS PARA EL TEATRO XXXXXXXX., indicando
que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente a la Fundación a su verificación directa.
En Valladolid, a …. de …………… de ………..
Fdo: ………………………………………..