MODELO DE CONTRATO
MODELO DE CONTRATO
REPÚBLICA DE PANAMÁ
SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (SENACYT)
CONTRATO POR MÉRITO No. 201X
Entre los suscritos, a saber: la SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (SENACYT), Institución Autónoma del Estado de la República de Panamá, creada mediante Ley 13 de 15 xx xxxxx de 1997 y modificada por la Ley 50 de 21 de diciembre de 2005 y la Ley 55 de 14 de diciembre de 2007, representada en este acto por su Secretario Nacional, XX. XXXXX XXXXXXXX, varón, panameño, portador de la cédula de identidad personal No. 0-000-000, con oficinas en Xxxxxxx, Ciudad del Saber, Xxxxxxxx 000, xxxxxxx xx xx xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx, xxxxxx xx Xxxxxx, que en lo sucesivo se denominará SENACYT, por una parte; y, por la otra, por la otra, el xxx, sociedad inscrita a la Ficha xxx, Rollo xxx Imagen xxx de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público, representada en este acto, por xxx, varón/mujer, panameño/a, mayor de edad, con cédula de identidad personal Xx.xxx, en su condición de Representante Legal, en adelante EL BENEFICIARIO, han acordado celebrar el presente contrato, sustentado en la Convocatoria Pública para Proyectos xxx , de acuerdo a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
EL BENEFICIARIO se obliga a realizar el Proyecto “xxx” en adelante EL PROYECTO, cuya investigador principal es xxx, tal como consta en la propuesta, y a terminarlo íntegramente, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Convocatoria y la propuesta presentada por EL BENEFICIARIO, que consiste principalmente en:
“Texto del Objeto del Contrato”
EL BENEFICIARIO se obliga a realizar EL PROYECTO dentro del término de duración de (letra y número) (x) meses, tal como está establecido en su propuesta presentada, que en ningún caso será mayor a xxx (xxx) meses contados a partir de la notificación de la orden de proceder del presente contrato.
EL BENEFICIARIO deberá iniciar la ejecución de las actividades programadas a más tardar en el término de quince (15) días hábiles, contados a partir del recibimiento de la orden de proceder. Si incumpliere con esta obligación, SENACYT podrá resolver el presente contrato.
En casos de atrasos en el cronograma de ejecución de la propuesta, SENACYT podrá autorizar la extensión del contrato, por un período no menor al retraso, de acuerdo a la sustentación formal de EL BENEFICIARIO y SENACYT así lo considera.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES DE EL BENEFICIARIO
1. Se compromete a utilizar los fondos otorgados por SENACYT única y exclusivamente para la adquisición de los bienes, obras y servicios necesarios para la ejecución del respectivo proyecto (cualquier reasignación de fondos debe ser previamente consultada y autorizada por SENACYT por medios escritos).
2. El informe financiero deberá ser amparado con la presentación de las facturas originales de los pagos y adquisiciones obtenidas con los fondos del proyecto.
3. Se obliga a proporcionar toda la información que SENACYT solicite sobre la situación financiera y técnica del proyecto.
4. Se compromete a adoptar los criterios de eficiencia y economía en los contratos para la compra de bienes o contratación de obras y servicios.
5. Se compromete a operar y mantener el proyecto de acuerdo con normas técnicas presentadas en su Propuesta de Proyecto y Plan de Trabajo, así como contar con el personal y material necesarios para su efectivo funcionamiento.
6. Se compromete a proveer los recursos (en especie o efectivo) necesarios para el co- financiamiento del proyecto.
7. Se obliga a contratar y pagar con los fondos provistos por SENACYT, el cien por ciento (100%) de los bienes y servicios necesarios para la ejecución del proyecto objeto de este contrato.
8. Se obliga a aceptar que el monto asignado por SENACYT en el presente contrato no sufrirá aumento. Sin embargo, SENACYT podrá modificar la forma y plazos de los desembolsos, sin alterar el monto total de la adjudicación, si las circunstancias lo ameritan y se lo notificará a EL BENEFICIARIO por escrito. Los fondos desembolsados pero no utilizados al terminar la ejecución del presente contrato serán devueltos por EL BENEFICIARIO a SENACYT.
9. Se compromete a entregar copias (en formato digital o papel) y/o muestras de los productos generados u otras entregas adicionales que requiera SENACYT como evidencia de cumplimiento de la labor beneficiada. Tal como se encuentran identificadas en la cláusula quinta del presente contrato.
10. EL BENEFICIARIO se compromete a colaborar con SENACYT y/o los evaluadores externos del programa, para la realización de las evaluaciones externas del Proyecto. EL BENEFICIARIO se obliga a brindar toda la información solicitada para las evaluaciones externas o cualquier otra actividad que establezca SENACYT, durante el contrato y hasta un máximo de cinco (5) años después de la culminación del Proyecto, con la finalidad de medir el éxito e impacto, entre otros, en los ámbitos técnico, económico, social, información sobre el desarrollo del producto, proceso o servicio, números de empleos generados, ganancias obtenidas y cualquiera otra información necesaria que establezca SENACYT, producto de la gestión del proyecto desarrollado con financiamiento de ésta entidad oficial.
11. En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato de asignación de recursos financieros, SENACYT podrá terminar el contrato y exigir a EL BENEFICIARIO que devuelva el monto total recibido que sea sujeto de incumplimiento en un plazo no mayor de tres
(3) meses. En dicho caso también podrá exigir el pago de una multa de veinticinco por ciento (25%) de los fondos entregados a EL BENEFICIARIO La devolución del dinero no lo eximirá de otras responsabilidades legales posibles.
CLÁUSULA TERCERA: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Para la ejecución del Proyecto “xxx”, EL BENEFICIARIO quedará sujeto a cumplir con la metodología presentada en su propuesta, como sigue:
ACTIVIDADES:
ACTIVIDADES DE LA ETAPA I:
1. xxx
2. xxx 3………
1. xxx
2. xxx 3………
1. xxx
2. xxx 3………
ACTIVIDADES DE LA ETAPA II:
ACTIVIDADES DE LA ETAPA III:
EL BENEFICIARIO quedará sujeto a la entrega de los siguientes productos esperado del proyecto, objeto de este contrato:
PRODUCTOS ESPERADOS: PRODUCTOS DE LA ETAPA I
• xxx
PRODUCTOS DE LA ETAPA II
• xxx
PRODUCTOS DE LA ETAPA III
• xxx
CLÁUSULA CUARTA: PRESENTACIÓN DE INFORMES Y COMUNICADOS
Cumplida cada etapa del proyecto, especificada en el presente contrato, EL BENEFICIARIO remitirá a SENACYT un reporte detallado de ejecución, el cual compruebe materialmente que se ha cumplido en su totalidad (calidad, cantidad y resultados esperados) la etapa correspondiente.
EL BENEFICIARIO deberá presentar a SENACYT, los informes técnicos y financieros por etapa, así como el informe final, usando el formato provisto por SENACYT.
El beneficiario deberá resaltar y distinguir la ayuda recibida de SENACYT, para lo cual se le permite utilizar el logo distinto.
Todos los actos y hechos relevantes relacionados con este contrato, tales como el cumplimiento de las etapas pactadas y la propia ejecución y terminación de las actividades que hayan sido
previstas, también deberán ser comunicadas a SENACYT en el preciso momento en que ocurran. EL BENEFICIARIO debe participar en las reuniones de seguimiento y difusión que convoque SENACYT.
EL BENEFICIARIO estará obligado a incluir en aquellos medios de divulgación escritos o hablados, donde se haga referencia al proyecto, que éste ha recibido apoyo total o parcial de SENACYT, para ello deberá incluir el logo de SENACYT en todos los actos de divulgación del proyecto.
EL BENEFICIARIO se obligará a informar a SENACYT sobre el otorgamiento de fondos adicionales, provenientes de otras fuentes que apoyen al proyecto y se compromete a permitir que SENACYT ajuste financieramente los términos del presente contrato, a objeto de no duplicar asistencias económicas para un mismo proyecto.
CLÁUSULA QUINTA: PRINCIPIO DE INTEGRACIÓN DEL CONTRATO
Quedan incorporados y forman parte integrante de este contrato y, por tanto, obliga a EL BENEFICIARIO, lo dispuesto en los siguientes documentos:
1. El Reglamento de la Convocatoria.
2. La propuesta (Plan de Trabajo) y el presupuesto acordado entre EL BENEFICIARIO y SENACYT
(Anexo 1).
3. La información y especificaciones técnicas (descritas en el Anexo 1).
4. Cualquier otro anexo o documento que apruebe SENACYT para ampliar y clarificar los documentos anteriores.
5. El Acuerdo de Negociación del presente proyecto se anexa al presente contrato como Anexo I y forma parte integral del mismo.
6. Las modificaciones a que lleguen de común acuerdo las partes.
CLÁUSULA SEXTA: FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
SENACYT se constituye en organismo fiscalizador de la ejecución del proyecto, y en consecuencia, tendrá derecho a:
a. En forma previamente coordinada y sustentada, SENACYT podrá usar sin costo los resultados y equipos financiados de acuerdo a este contrato, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual y demás derechos que se desprendan del presente contrato.
b. Solicitar a EL BENEFICIARIO informes periódicos (informe técnico y financiero) sobre la realización de las actividades financiadas con los fondos, así como el informe final de la actividad. El informe financiero deberá ser amparado con la presentación de las facturas de pago realizadas y deberá ser presentado a más tardar treinta (30) días hábiles a partir del último día de la actividad.
c. Requerir información detallada del proyecto y de la persona (natural o jurídica) responsable del mismo, durante su ejecución e incluso luego de la finalización del mismo, hasta un término de cinco (5) años.
d. Inspeccionar la ejecución del proyecto cuando así lo crea conveniente, para cerciorarse que el proyecto se está implementando de acuerdo a los lineamientos preestablecidos.
e. Realizar o solicitar auditorías al proyecto.
f. SENACYT solo financiará los rubros que, por considerarse fundamentales para la investigación acordada, no hayan sido excluidos por los miembros del panel de evaluadores expertos, durante el proceso de evaluación y aval de las propuestas seleccionadas para la adjudicación de fondos.
Parágrafo: SENACYT no se hace responsable por daños causados en la ejecución del presente proyecto ni de los causados por el equipo adquirido a través del presente contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL
Los derechos xxxxxxx y materiales derivados del registro bajo el régimen de propiedad intelectual y de derecho de autor de los resultados de la investigación financiada por este contrato pertenecen a EL BENEFICIARIO. Sin embargo, EL BENEFICIARIO otorgará a SENACYT una licencia gratuita, no exclusiva e irrevocable de uso para capacitación interna, con fines académicos y, en general, cualquier uso sin fines de lucro de cada material protegido o susceptible de ser protegido como resultado de la investigación, incluyendo la publicación y reproducción del mismo para los fines antes expresados. Al utilizar estos materiales, SENACYT acepta reconocer los créditos al tenedor original de los derechos de autor. EL BENEFICIARIO hará, en debida forma, un reconocimiento de la ayuda proporcionada por SENACYT y limitará la responsabilidad de ésta en cualquier obra escrita o publicada en la que se den a
conocer los resultados de la investigación y las actividades desarrolladas con los fondos del presente contrato.
En general, todos los derechos de invención, descubrimientos, materiales biológicos o programas de computadora creados durante las actividades desarrolladas bajo este contrato serán propiedad de EL BENEFICIARIO y su disposición será sometida a la sola discreción de EL BENEFICIARIO, con excepción de aquellos casos en que el resultado de la investigación pueda resultar perjudicial para la sociedad en general, la economía y la ecología, en cuyo caso EL BENEFICIARIO renuncia a los derechos patrimoniales derivados de la invención y cede dichos derechos patrimoniales, en su totalidad, a SENACYT.
CLÁUSULA OCTAVA: DESEMBOLSOS Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
SENACYT se obliga a desembolsar a EL BENEFICIARIO, como único monto para la realización del proyecto contemplado en este contrato, la suma global de (letra y número).
Este desembolso se hará efectivo a favor de EL BENEFICIARIO hasta la concurrencia del monto único, el cual será por etapas y de la siguiente manera:
• PRIMER DESEMBOLSO: Hasta la suma de (letra y número), a la firma del presente contrato y presentación satisfactoria del cronograma de actividades y Plan de Trabajo con las etapas definidas de avance y culminación del proyecto.
• SEGUNDO DESEMBOLSO: Hasta la suma de (letra y número), a la comprobación de haber culminado satisfactoriamente la Primera Etapa del proyecto, a través de la entrega de un informe técnico-financiero, empleando el formato provisto por SENACYT.
• TERCER DESEMBOLSO: Hasta la suma de (letra y número) a la comprobación de haber culminado satisfactoriamente la Segunda Etapa del proyecto, a través de la entrega de un informe técnico-financiero, empleando el formato provisto por SENACYT.
Luego de efectuado el xxx desembolso correspondiente a la entrega de xxx, el proyecto continuará con el desarrollo de la xxx Etapa prevista en su plan de trabajo.
El primer, segundo, tercero y cuarto desembolso será imputable a la Partida Presupuestaria No. xxx de la vigencia fiscal xxx.
EL BENEFICIARIO acepta que la suma asignada no sufrirá aumento.
SENACYT tendrá la potestad de modificar la forma de pago o la correspondencia prevista entre avances en el proyecto y los desembolsos, sin alterar el monto total de la adjudicación, si las circunstancias lo ameritan y siempre en forma sustentada por escrito. Los fondos desembolsados pero no utilizados al terminar la ejecución del presente contrato serán devueltos por EL BENEFICIARIO a SENACYT.
Al finalizar la última etapa, EL BENEFICIARIO entregará un informe final que contenga información del proyecto completo (desde la Primera Etapa hasta la última Etapa). EL BENEFICIARIO debe presentar formalmente un resumen de la ejecución de su proyecto y los resultados del mismo. Esta presentación será en el lugar que establezca SENACYT; y, EL BENEFICIARIO deberá contar con información visual e impresa de su presentación para beneficio de los asistentes.
EL BENEFICIARIO acepta que este contrato, no podrá ser cedido, ni parcial ni totalmente a menos que así sea acordado de manera conjunta entre SENACYT y EL BENEFICIARIO, en cuyo caso aplica lo establecido en esta materia por el texto único de la Ley 22 de 2006 de contrataciones Públicas y sus reglamentaciones.
CLÁUSULA NOVENA: INCUMPLIMIENTO
1. INCUMPLIMIENTO JUSTIFICADO: Los retrasos que fueran producidos por causas no imputables a EL BENEFICIARIO y que no se encuentren calificados dentro de los supuestos establecidos en la presente cláusula, dará derecho a que se extienda el plazo del contrato por un periodo no menor al retraso.
2. INCUMPLIMIENTO INJUSTIFICADO: Si EL BENEFICIARIO por negligencia, omisión o descuido voluntario incumpliere las estipulaciones acordadas en el presente contrato o cualquier compromiso conexo al mismo, no se le suministrará recursos económicos y/o materiales, contemplados en el presente contrato y que no hayan sido hasta ese momento desembolsados a EL BENEFICIARIO. En estos casos, SENACYT también podrá terminar el contrato y exigir al proponente favorecido que devuelva el monto total recibido que sea sujeto de incumplimiento
en un plazo no mayor de tres (3) meses. En dicho caso también podrá exigir el pago de una multa de veinticinco por ciento (25%) de los fondos comprometidos. La devolución del dinero no lo eximirá de otras responsabilidades legales posibles.
El incumplimiento injustificado de EL BENEFICIARIO, por acción u omisión, podrá inhabilitar a los interesados de concursar para cualquier tipo de apoyo dentro de cualquier otro Programa, Convocatoria u oportunidad de SENACYT.
3. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Se entenderá por caso fortuito los hechos que provienen de acontecimiento de la naturaleza que no hayan podido ser previstos y se entenderá por fuerza mayor aquellas situaciones producidas por hechos del hombre, a los cuales no haya sido posible resistir. En los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor todos los plazos y obligaciones que se indican en el Contrato y que se relacionan con el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por las partes, se podrán prorrogar por el término que duraren tales supuestos.
CLÁUSULA DÉCIMA: CAUSALES DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Serán causales de resolución administrativa las siguientes:
1. El incumplimiento de las cláusulas pactadas.
2. La muerte de EL BENEFICIARIO, en los casos en que deba producir la extinción del contrato si no se han previsto que terceras personas puede continuar con el presente contrato.
3. La quiebra o el concurso de acreedores de EL BENEFICIARIO, o por encontrarse éste en estado de suspensión o cesación de pagos, sin que se haya producido la declaratoria de quiebra correspondiente.
4. La incapacidad física permanente de EL BENEFICIARIO, certificada por un médico idóneo, que le imposibilite la realización del proyecto, si fuera personal natural y los sucesores.
5. La disolución de EL BENEFICIARIO, cuando se trate de persona jurídica, o de alguna de las sociedades que integran un consorcio o asociación accidental, salvo que los demás miembros de consorcio o asociación puedan cumplir el contrato y así lo manifiesten formalmente a SENACYT.
Las causales de resolución administrativa establecidas en el texto único de la Ley 22 de 2006, se entienden incorporadas a este contrato por ministerio de la Ley, aún cuando no se hayan incluido expresamente.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Dará lugar a resolución administrativa del contrato el incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL BENEFICIARIO, la cual se efectuará por medio de acto administrativo debidamente motivado.
La resolución administrativa del contrato se ajustará a lo establecido en el artículo 115 y con sujeción a las reglas establecidas en el Artículo 116 del texto único de la Ley No. 22 del 27 xx xxxxx de 2006.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: RENUNCIA A RECLAMACIÓN DIPLOMÁTICA
EL BENEFICIARIO relevará a SENACYT y a sus representantes de toda acción derivada del cumplimiento de este contrato tal como lo establecen los Términos de Referencia y renuncia a invocar la protección del Gobierno Extranjero a intentar reclamación diplomática en lo tocante a los deberes y derechos originados en contrato, salvo en el caso de denegación de justicia.
EL BENEFICIARIO bajo gravedad de juramento declara que no es nacional de un país al que se le aplica las medidas de retorsión conforme lo establece la Ley 58 de 2002.
EL BENEFICIARIO acepta que todos los pronunciamientos de SENACYT, en cuanto a la interpretación y ejecución de este contrato, tienen naturaleza de actos administrativos.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: TIMBRES FISCALES
Declara EL BENEFICIARIO que adhiere timbres fiscales por la suma de (letra y número) de conformidad con lo establecido en el artículo 967 del Código Fiscal.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: REFRENDO
El presente contrato requiere, para su validez, del refrendo de la Contraloría General de la República.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: VIGENCIA
El presente contrato por mérito entrará en vigencia una vez cuente con todas las aprobaciones legalmente establecidas en el texto único de la Ley 22 de 2006 con sus respectivas reglamentaciones.
Fundamento Legal: Ley 13 de 1997, Ley 50 de 2005, Ley 55 de 2007, texto único de la Ley 22 de
2006, Resolución de Gabinete 12 de 2 de febrero de 2007 y Resolución de SENACYT 056 de 22 xx xxxxx de 2010.
Para constancia de lo convenido se firma el presente contrato, en la ciudad de Panamá, a los
( ) días del mes de de 201X.
POR SENACYT POR EL BENEFICIARIO
Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX
Secretario Nacional de Ciencia, Representante Legal Tecnología e Innovación
REFRENDO
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
ANEXO I
FASE DE NEGOCIACIÓN
De conformidad con lo establecido en la Sección 8 de la Resolución 056 de 22 xx xxxxx de 2010 , le corresponde a la SENACYT realizar la fase de negociación de las contrataciones por mérito. Por lo que La SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (SENACYT), por una parte; y, por la
otra, xxx, en adelante EL BENEFICIARIO, con sustento en la Convocatoria Pública para Proyectos xxx, del Programa Fomento a la Innovación en el Aprendizaje de Ciencias, para la ejecución del Proyecto “xxx” de común acuerdo establecen que el Contrato por Mérito esté sujeto a las siguientes clausulas: