Contrato de Factoring
Este Contrato de Factoring (“Contrato”) regula las condiciones aplicables a Usted, en calidad Empresa Cedente registrada en la Plataforma (“Empresa Cedente” o “Usted”), y Finsmart (en conjunto, las “Partes”), en el marco de las Operaciones de Factoring que Usted se encuentra interesado en solicitar a través de la Plataforma.
Las palabras en mayúscula no definidas en este Contrato tendrán las definiciones establecidas en los Términos y Condiciones.
I. De las Partes
- La información de Finsmart, debidamente representada por Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 00000000, en el Anexo 1 de los Términos y Condiciones, los cuales están disponibles en la Plataforma.
- La información de la Empresa Cedente, de su representante, los fiadores y/o avales, según corresponda, están contenidos en el Anexo A – “Información de la Empresa Cedente”, información que Usted debe mantener actualizada en la sección “Mi Perfil” de su Cuenta en la Plataforma.
II. Consideraciones previas
i. Finsmart administra la plataforma tecnológica xxx.xxxxxxx.xx (Plataforma), la cual facilita el financiamiento entre Inversionistas y Empresas Cedentes a través de Operaciones de Factoring.
ii. Para acceder a los Servicios de Finsmart, Usted se ha registrado como Empresa Cedente interesada en acceder a Operaciones de Factoring, sujetándose a las condiciones establecidas en los Términos y Condiciones y Política de Privacidad, disponibles en la Plataforma, y que se aceptan de manera conjunta con el presente Contrato, adjuntos como Anexo C y D del mismo.
iii. Este Contrato es firmado electrónicamente con ocasión de la primera aprobación de las Facturas Negociables de su titularidad en el marco de las Operaciones de Factoring que se determinen realizar, siendo que las cláusulas generales siguientes (en adelante, “Condiciones Generales”) serán aplicables a la relación que existe entre Usted y Finsmart, y todas las
Operaciones de Factoring que se realicen respecto de las Facturas Negociables originadas por Usted como Empresa Cedente.
iv. Las Condiciones Particulares de cada Operación de Factoring se encontrarán disponibles Cuenta de Usuario de la Plataforma, de acuerdo al formato contenido en el Anexo B – “Hoja Resumen - Condiciones de Factoring” (en adelante, “Condiciones de Factoring”), cuya aceptación se realizará según lo establecido en las Condiciones Generales del presente Contrato.
III. Condiciones Generales
1. Declaraciones, restricciones y garantías de la Empresa Cedente:
La Empresa Cedente deja constancia de las siguientes garantías (hechos que Usted certifica que han ocurrido o no) y declaraciones de conocimiento (hechos que Usted certifica que comprende y acepta), y se sujeta a las siguientes restricciones (supuestos a los que se obliga a hacer o no hacer) frente a Finsmart:
1.1 Usted reconoce que su Cuenta de Usuario y Contraseña son los métodos utilizados por Finsmart para identificarlo y que Usted debe mantener segura dicha información en todo momento, siendo Usted el único responsable de toda la información y actividad realizada en la Plataforma por cualquier persona que utilice su Cuenta de Usuario y Contraseña, asumiendo toda la responsabilidad por ello. Esto incluye el caso del personal de la Empresa Cedente, que ha podido crear la Cuenta de Usuario o realizar acciones dentro de la Plataforma, las que se entenderán confirmadas por la firma electrónica del presente Contrato y el acceso a la Cuenta de Usuario.
Usted notificará de manera inmediata a Finsmart acerca de cualquier violación de la seguridad, la pérdida, robo o uso no autorizado de su Cuenta de Usuario y Contraseña a través de los canales de comunicación de Finsmart, cuando tome conocimiento de tales eventos. Finsmart está facultada a no actuar siguiendo las instrucciones recibidas a través de su Cuenta de Usuario en el supuesto de que sospechemos que la persona que usa su Cuenta de Usuario no es Usted, no se ha hecho un uso autorizado o sospechemos de una actividad ilegal o fraudulenta.
1.2 Declara haber recibido, revisado y tenido acceso a todos los documentos relevantes que importan a las Operaciones de Factoring, incluyendo, pero sin limitarse, los Términos y Condiciones, las Políticas de Privacidad y el presente Contrato, así como conocer cabalmente todas las condiciones establecidas en dichos documentos.
1.3 Es una persona jurídica válidamente constituida y existente de acuerdo a las leyes de la República del Perú, con Registro Único de Contribuyente habilitado y domicilio fiscal habido y activo, sin impedimentos legales para contratar, cuyo representante tiene facultades suficientes para aceptar y cumplir el presente Contrato y los Contratos Generales de Finsmart.
Usted cumple con la Normativa Aplicable a su negocio y los bienes y/o servicios que provee. Esto incluye, pero no se limita a las normas xx xxxxxx de activos, normas anticorrupción, normas tributarias, entre otros. No se encuentra incurso en causal de disolución, insolvencia, quiebra o liquidación, y no tiene procedimientos concursales ordinarios ni preventivos en curso.
1.4 Usted garantiza la veracidad de toda la información que nos proporcione acerca de Usted, sus representantes y su negocio, especialmente de su información económica y financiera.
En esa línea Usted garantiza que no existe vinculación entre Usted y las Empresas Pagadoras, lo que significa que, de acuerdo a la definición de vinculación establecida en la Normativa Aplicable regulada por la SMV: i) la Empresa Cedente y Empresa Pagadora correspondiente no forman parte de un mismo grupo económico; y ii) sus principales funcionarios, socios, personas naturales, entes y personas jurídicas que ejercen control y/o toman decisiones de gestión respecto de la Empresa Cedente y la Empresa Pagadora no son las mismas o no tienen parentesco.
Esta declaración podrá ser exceptuada por Finsmart, a solicitud de la Empresa Cedente, siempre y cuando: i) la vinculación existente entre Empresa Pagadora y Empresa Cedente se comunique a Finsmart por escrito (sólo se entenderá que Finsmart conoce dicha situación si esta emite un comunicado a la Empresa Cedente indicando ello); ii) Finsmart, de acuerdo a su Metodología, apruebe las Facturas Negociables referidas a la Empresa Pagadora vinculada.
1.5 Usted es responsable de la información que nos proporcione sobre las Facturas Negociables, las que podrán ser publicadas en la Plataforma dentro de las Oportunidades de Inversión, a fin de que los Inversionistas participen en las Operaciones de Factoring.
En esa línea, a efectos de que Finsmart pueda evaluar las Facturas Negociables, Usted garantiza y declara frente a Finsmart que:
a) Usted únicamente registrará en la Plataforma Facturas Negociables que cumplan con las características descritas en el numeral 2.1 siguiente y que correspondan a operaciones
comerciales y lícitas, esto es, a la prestación de bienes y servicios reales a favor de la Empresa Pagadora correspondiente.
En ese sentido, Usted garantiza la existencia, validez, eficacia, exigibilidad y legitimidad de las Facturas Negociables y de los derechos de crédito representados por las mismas, declarando que han sido emitidas por Usted de acuerdo a sus normas internas.
Asimismo, bajo responsabilidad civil y penal, Usted declara que las operaciones que originan las Facturas Negociables no son fraudulentas y que tiene conocimiento de que la falsedad de la operación comercial que da origen a una Factura Negociable, implica la aplicación de sanciones penales, como es el caso del delito de falsedad ideológica en la que se incurre con la emisión de facturas que corresponden a operaciones falsas o inexistentes.
b) No existe impedimento ni limitación alguna para la Transferencia de las Facturas Negociables a nombre de Finsmart, no existiendo a la fecha de su Transferencia ninguna limitación o condición suspensiva que impida el cobro y posterior pago de las Facturas Negociables por parte de la Empresa Pagadora.
Asimismo, declara que sobre las Facturas Negociables y sobre los derechos representados por las mismas no pesan gravámenes, cargas o imposiciones que las afecten o pudieran afectarlas.
c) Usted declara que no existen conflictos comerciales con la Empresa Pagadora respecto de las Facturas Negociables o los bienes o servicios adquiridos por ellos.
1.6 Las tarifas publicadas por Finsmart en la Plataforma son solo referenciales, por lo que la Empresa Cedente deberá revisar y aceptar respecto de cada Factura Negociable las Condiciones de Factoring ofrecidas por Xxxxxxxx y, de encontrarse conforme, indicar su aceptación a través del acceso a su Cuenta en la Plataforma.
1.7 La Empresa Cedente reconoce que Finsmart no asume ningún tipo de responsabilidad por el procesamiento de transacciones por importes o números errados que hayan sido indicados por la Empresa Cedente, ya sea en referencia a los conceptos contenidos en las Facturas Negociables, sus cuentas bancarias y cualquier otra información.
Asimismo, Xxxxx reconoce que Finsmart no se hace responsable por cualquier interrupción o demora en el procesamiento de las operaciones bancarias que sean necesarias para el desembolso del Adelanto u otros conceptos que sean atribuibles a las empresas del sistema financiero.
1.8 Usted reconoce y acepta que Finsmart, sus representantes, trabajadores y/o asesores, no asumen responsabilidad alguna por la demora, el incumplimiento –total, parcial o tardío– o la imposibilidad en la ejecución de las prestaciones a su cargo, en caso dicha demora, incumplimiento o imposibilidad obedezca a circunstancias de carácter extraordinaria o imprevisible que trascienden de su capacidad de control.
Especialmente, Finsmart no será responsable en caso de que no pudiera, por caso fortuito, fuerza mayor o hecho xx xxxxxxx, hacer efectivos los abonos del Adelanto y/o de la devolución de la Garantía por las Facturas Negociables transferidas. No obstante, Xxxxxxxx tomará las medidas necesarias para efectuar el desembolso, tan pronto desaparezca la causa que determine el impedimento que determina el retraso aludido.
1.9 El hecho de encontrarse registrado como Empresa Cedente en la Plataforma, tener aprobada una Línea de Factoring a su favor, según se señala en el numeral 2.3, e incluso la comunicación de aprobación de la Factura Negociable y las Condiciones de Factoring, no implican en modo alguno una obligación a cargo de Finsmart para realizar Operaciones de Factoring sobre las Facturas Negociables. Ello dependerá, principalmente, de que: i) la Factura Negociable sea publicada como una Oportunidad de Inversión en la Plataforma; y ii) si dicha Oportunidad de Inversión es considerada exitosa, lo que se puede dar cuando Finsmart recaude el Adelanto de la Factura Negociable, a partir de los montos de las Órdenes de Inversión.
1.10 Usted declara conocer que la actividad desarrollada por Finsmart no implica la captación de fondos de ahorro del público, lo que significa que Finsmart no asume la propiedad de los fondos dinerarios colocados en las Operaciones de Factoring, sino que son los Inversionistas los que tienen la titularidad de dichos fondos.
En ese sentido, la Empresa Cedente comprende que al obtener liquidez a través de las Operaciones de Factoring en la Plataforma, está asumiendo una obligación con uno o más Inversionistas que han decidido colocar sus Inversiones en las Facturas Negociables.
Asimismo, Usted reconoce que la actividad de Finsmart se enmarca exclusivamente en las funciones que cumple como mandatario de
Usted como Empresa Cedente y de los Inversionistas, a fin de contactarlos a través de la Plataforma y administrar las Operaciones de Factoring.
1.11 Usted reconoce que como parte del mandato otorgado por los Inversionistas y Usted a Finsmart, éste actúa como tenedor de las Facturas Negociables. En ese sentido, una vez aceptadas las Condiciones de Factoring respecto de las Facturas Negociables informadas en cada caso a través de la Plataforma, se abstendrá de realizar cualquier acto, gestión o procedimiento que pueda perjudicar la titularidad de Finsmart respecto de las Facturas Negociables. Asimismo, una vez producida la Transferencia de las Facturas Negociables a favor de Finsmart, Usted reconocerá a Finsmart como su legítimo titular.
2. Procedimiento de financiamiento a través de Operaciones de Factoring
2.1. Registro de Facturas Negociables
A efectos de que las Facturas Negociables puedan ser evaluadas por el área comercial de Finsmart, la Empresa Cedente deberá proporcionar información sobre las Empresas Pagadoras y las Facturas Negociables.
La Empresa Cedente debe ingresar a la Plataforma únicamente Facturas Negociables que presenten las siguientes condiciones:
a) Tener contenido crediticio;
b) Ser de libre disposición de la Empresa Cedente;
c) Encontrarse pendientes de pago y no estar vencidos;
d) Corresponder a bienes ya entregados y/o servicios ya prestados a la Empresa Pagadora, salvo que se haya pactado la entrega o ejecución del bien o servicio de forma diferida;
e) Cumplir con el contenido mínimo establecido en la Normativa Aplicable de Facturas Negociables.
La Empresa Cedente debe presentar las Facturas Negociables de su elección que cumplan con las características señaladas en este numeral a través de la Plataforma. Esta información debe contener:
a) Número de Registro Único de Contribuyente (RUC) de la Empresa Pagadora;
b) Dirección fiscal e información de contacto de la Empresa Pagadora;
c) Número de la Factura Negociable;
d) Fecha de Pago de la Factura Negociable;
e) Monto Neto a pagar, en moneda nacional y/o extranjera;
f) Factura electrónica en formato XML (Extensible Markup Language).
La Empresa Cedente se obliga a informar oportuna y directamente a Finsmart de cualquier circunstancia que haga variar la solvencia de la Empresa Pagadora, así como cualquier reclamo, impugnación o acción que éstos le presenten en relación con la transacción comercial que dio origen a las Facturas Negociables cedidas.
2.2. Aprobación de Facturas Negociables
Para efectos de la aprobación de las Facturas Negociables, Finsmart realiza las evaluaciones correspondientes de acuerdo a su Metodología, la cual es llevada a cabo por su área de riesgos.
Finsmart comunica su aprobación o rechazo, por medio de la sección referida a las Facturas Negociables de la Cuenta de la Empresa Cedente en la Plataforma (en el caso de Facturas Negociables, en “Mis Facturas”) y/o a través de la comunicación realizada por un ejecutivo de Finsmart.
2.3. Línea de Factoring
Finsmart podrá determinar un monto máximo de Operaciones de Factoring a favor de la Empresa Cedente, el cual será fijado en base a los criterios que Finsmart tenga establecidos en su Metodología, incluyendo pero no limitándose a la situación económica o financiera, a la capacidad de pago y oportuno cumplimiento en el pago de las Facturas Negociables objeto de Operaciones de Factoring a través de la Plataforma.
La línea de Factoring será aprobada en Soles o su equivalente en moneda extranjera, que será aplicada a la ejecución de Operaciones de Factoring. Finsmart comunicará a la Empresa Cedente la Línea de Factoring aprobada o cualquier modificación a ésta a través de la Plataforma. La suma total de los Montos Netos de las Facturas Negociables objeto de Operaciones de Factoring no podrá exceder la Línea de Factoring establecida.
2.4. Mandato a Finsmart
A efectos de que las Facturas Negociables objeto de Transferencia puedan ser financiados por los Inversionistas a través de Operaciones de Factoring, mediante la aceptación del presente Contrato, la Empresa Cedente otorga a Finsmart un mandato sin representación, conforme se establece en el artículo 1809 y siguientes del Código Civil.
Bajo dicho mandato, Xxxxxxxx asume, en nombre propio, y en interés y por cuenta de la Empresa Cedente, las siguientes funciones:
i. Iniciar el procedimiento de registro de las Facturas Negociables en el Registro Contable de CAVALI, a fin de obtener la conformidad de las Facturas Negociables de la Empresa Pagadora.
ii. De ser necesario, pueda gestionar, tramitar y obtener un Código Registro Único de Titular (RUT) a su nombre en el registro contable de CAVALI y realizar cualquier otro registro necesario para poder realizar las Operaciones de Factoring que se requieran ante Cavali.
iii. Publicar las Facturas Negociables registradas en el Registro Contable de CAVALI como Oportunidades de Inversión en la Plataforma;
iv. Recibir las Órdenes de Inversión formuladas por los Inversionistas durante el periodo de recaudación de la Oportunidad de Inversión.
v. Formalizar la Transferencia de las Facturas Negociables a favor de los Inversionistas y transferir dichas Facturas Negociables mediante anotación en cuenta a nombre de Finsmart en el Registro Contable de CAVALI.
vi. Administrar a través de la Cuenta de Fondos Usuarios los fondos recaudados de las Inversiones a fin de transferir el Adelanto a favor de la Empresa Cedente.
vii. Realizar las comunicaciones que sean necesarias con los Inversionistas durante el periodo de recaudación de las Oportunidades de Inversión, la ejecución de las Operaciones de Factoring y las acciones de cobranza judicial y extrajudicial correspondientes.
Finsmart gozará de las más amplias facultades para su administración, estando expresamente facultado para obrar del modo que más conveniente le parezca para el éxito de sus funciones, pudiendo ejecutar cualquier gestión que estime pertinente para la consecución de los fines del mandato.
Las obligaciones asumidas por Finsmart son de medios y no de resultados. Siendo ello así, Finsmart prestará y ejecutará las obligaciones a su cargo como un ordenado comerciante, realizando sus mejores esfuerzos para cumplir con lo contemplado en el presente Contrato.
2.5. Aprobación de las Facturas Negociables
Para efectos de la aprobación de las Facturas Negociables, Finsmart realiza las evaluaciones correspondientes de acuerdo a su Metodología, la cual es llevada a cabo por su área de riesgos.
Finsmart comunica su aprobación o rechazo, por medio de la sección referida a las Facturas Negociables en la Plataforma y/o a través de la
comunicación realizada por un ejecutivo de Finsmart a través de sus canales de comunicación.
2.6. Aceptación de las Condiciones de Factoring
Una vez que Finsmart haya aprobado una o varias Facturas Negociables, este comunicará a la Empresa Cedente las Condiciones de Factoring que ha determinado específicamente en cada caso.
Las Condiciones de Factoring serán informadas de acuerdo al Anexo B del presente Contrato y estas deberán ser aceptadas por la Empresa Cedente a través de la Plataforma y/o el correo electrónico registrado en su Cuenta de Usuario.
Los términos que se determinarán principalmente en las Condiciones de Factoring en cada caso son los siguientes:
i) Xxxxx Xxxx: Es el monto neto a pagar por la Empresa Pagadora en la Fecha de Pago de la Factura Negociable, luego de deducir detracciones, retenciones y otros conceptos distintos al Impuesto General a las Ventas (IGV), que de acuerdo a la Normativa Aplicable resulten necesarios deducir.
ii) Monto del Costo de Factoring: Es el monto que refleja el costo total de la Operación de Factoring que resulta de aplicar la Tasa de Costo de Factoring respecto del Xxxxx Xxxx, considerando el plazo entre la Fecha de Desembolso del Adelanto y la Fecha de Pago de la Factura Negociable.
iii) Tasa de Costo de Factoring o Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA): Es la tasa anual que permite conocer el Monto del Costo de Factoring. La Tasa de Costo de Factoring se compone de estos elementos: (i) una comisión expresada en porcentaje por la retribución de los Servicios de Finsmart con arreglo a la tarifa que esta le haya designado (“Comisión de Factoring”) y la Tasa de Interés de Retorno que recibirán los Inversionistas; (ii) comisiones y gastos, en caso resulte aplicable; y, (iii) cualquier otro concepto aplicable que se derive de la relación entre la Empresa Cedente y Finsmart respecto de la o las Facturas Negociables objeto de la Operación de Factoring.
La Tasa de Costo de Factoring será fijada por Finsmart de acuerdo a la evaluación que realice nuestra área de riesgos. Finsmart se reserva el derecho de modificar la Tasa de Costo de Factoring en cualquier momento hasta antes del desembolso del Adelanto, lo cual deberá ser informado a la Empresa Cedente para su conformidad.
iv) Plazo de Vencimiento: Es el plazo expresado en días que transcurre desde la Fecha de Desembolso hasta la Fecha de Pago de la Factura Negociable.
v) Fecha de Pago: Fecha en la que la Empresa Pagadora debe pagar el Monto Neto en su totalidad a favor de Finsmart, computado al término del Plazo de Vencimiento.
vi) Garantía: Es la suma de dinero que Finsmart determina como diferencial entre el Adelanto, el Costo del Factoring y el Monto Neto, a fin de que sirva de garantía del pago de la Factura Negociable. Cuando la Empresa Pagadora realice dicho pago dentro del Plazo de Vencimiento de la Factura Negociable, Finsmart podrá entregar el monto total de la Garantía.
En caso el pago se realice luego de la Fecha de Vencimiento o de manera parcial, Finsmart podrá entregar un monto parcial de la Garantía a la Empresa Cedente, luego de imputar el pago de los cargos correspondientes generados por los días de atraso. En cualquier caso, el monto total o parcial de la Garantía puede ser entregado a la Empresa Cedente, siempre y cuando esta última no registre deudas vencidas pendiente de pago con relación a las Facturas Negociables.
En caso la Empresa Cedente haya ejecutado actos de mala fe u cualquier otro acto que suponga la obtención de financiación por parte de Usted en base a información fraudulenta; dicho suceso, una vez verificado por Finsmart en documentación razonable, habilitará a esta última a conservar el monto de Garantía por concepto de penalidad. Este derecho que se reserva Finsmart no representa impedimento alguno a exigir la reparación de daños ante una autoridad jurisdiccional, de conformidad con el artículo 1341 del Código Civil.
vii) Adelanto: Es la suma de dinero que Finsmart determina entregar a la Empresa Cedente por la Operación de Factoring, sobre la base del Monto Neto de la Factura Negociable, luego de descontar el Monto del Costo de Factoring y la Garantía.
viii) Descuento: Porcentaje que representa el Monto de Costo de Factoring del Xxxxx Xxxx.
ix) Fecha de Desembolso: Es la fecha proyectada en que Finsmart considera que podrá ejecutar la entrega del Adelanto, la cual será el día en que Finsmart ordene la operación de transferencia bancaria desde la Cuenta Fondos Usuarios a la Cuenta de Abono y se encuentra sujeta al procedimiento descrito en las secciones siguientes del numeral 2 de este Contrato.
x) Cuenta de Abono: Es la cuenta bancaria que la Empresa Cedente mantenga registrada en la Plataforma.
xi) Cobro por Pago Atrasado: En caso de que la Empresa Pagadora realice el pago correspondiente fuera del Plazo de Vencimiento, durante los xxxx xx xxxx, Finsmart cobrará el monto que resulte de aplicar la Tasa de Costo de Factoring respecto del Xxxxx Xxxx, salvo que Finsmart determine exigir el cobro de las tasas compensatorias y moratorias permitidas por la Normativa Aplicable.
La aceptación de la Empresa Cedente de las Condiciones de Factoring también alcanza a las modificaciones que se den a las cantidades o números de los conceptos citados del literal i) al xi), en la medida que ello se deba a errores de la Empresa Cedente o ajustes requeridos por la Empresa Pagadora, en función al proceso de anotación de la Factura Negociable en el registro contable de CAVALI. En el caso del literal iii), los cambios se entenderán aceptados en caso Finsmart incurra en gastos por servicios adicionales solicitados por la Empresa Cedente.
Del mismo modo, no se requiere aceptación adicional de la Empresa Cedente respecto a la variación de la Fecha de Desembolso considerada en las Condiciones de Factoring, cuando dicha fecha haya variado en no más de cinco (05) días hábiles, en cuyo caso Finsmart informará a la Empresa Cedente de la variación del Monto del Costo del Factoring y Garantía, en función al ajuste de la Fecha de Desembolso.
A través de la aceptación de las Condiciones de Factoring, la Empresa Cedente ratifica la vigencia y cumplimiento de las declaraciones, garantías y restricciones contenidas en el numeral 1 de este Contrato.Asimismo, al aceptar las Condiciones de Factoring, la Empresa Cedente se sujeta a transferir la titularidad de las Facturas Negociables a nombre de Finsmart, mediante:
a) Cesión de derechos de la Factura Negociable respectiva, conforme se establece en el artículo 1206 y siguientes del Código Civil, la misma que ocurre al momento de que Finsmart determine que una Oportunidad de Inversión es exitosa.
b) La transferencia contable de la Factura Negociable (en tanto se trata de un título valor a la orden representado y transferible mediante anotación en cuenta) respectivo en el Registro Contable de CAVALI se realiza, de acuerdo a la Ley 27287, Ley de Títulos Valores, así como el Reglamento Interno de CAVALI ICLV, aprobado por Resolución CONASEV N° 057-2002-EF/94.10, de acuerdo a la Normativa Aplicable.
En esa línea las Partes dejan constancia que, para todos los efectos legales, la comunicación fehaciente sobre la transferencia de la Factura Negociable requerida por el artículo 1215 del Código Civil será formulada por CAVALI de acuerdo a lo establecido en la Normativa Aplicable y el Reglamento Interno de CAVALI o, en su defecto, la comunicación realizada por Finsmart y/o la Empresa Cedente, según lo establecido en el numeral siguiente.
2.7. Comunicación a la Empresa Pagadora y obtención de su conformidad sobre las Facturas Negociables
Una vez que la Empresa Cedente haya aceptado las Condiciones de Factoring, nuestra área comercial solicitará la anotación en cuenta de la o las Facturas Negociables en el registro contable de CAVALI.
En el caso de Facturas Negociables, se seguirá el procedimiento establecido por CAVALI de acuerdo a la Normativa Aplicable, a efectos de que CAVALI registre la conformidad irrevocable de la Empresa Pagadora respecto de la o las Facturas Negociables, ya sea de manera expresa o presunta, de acuerdo a la información proporcionada por la Empresa Cedente y contenida en las Condiciones de Factoring.
La Empresa Cedente debe colaborar en dicho procedimiento en todo en cuanto sea necesario para registrar la transferencia de la o las Facturas Negociables a nombre de Finsmart. Adicionalmente, a requerimiento de Finsmart, la Empresa Cedente comunicará por escrito a la Empresa Pagadora, ya sea por carta o correo electrónico, acerca de la transferencia de la o las Facturas Negociables a nombre de Finsmart, informando asimismo que los pagos de estas Facturas Negociables se deberán realizar directamente a Finsmart, a través de las cuentas bancarias de CAVALI asignadas para dicho efecto o a una de las Cuentas de Fondos Usuarios, según sea el caso. En tal supuesto, la Empresa Cedente deberá entregar a Finsmart una copia de la comunicación remitida a la Empresa Pagadora.
Por su parte, Finsmart podrá cursar una comunicación por escrito a la Empresa Pagadora con la misma finalidad, ya sea por carta o correo electrónico. Finsmart no asume responsabilidad en caso de no optar por esta facultad.
2.8. Financiamiento de la Factura Negociable por Inversionistas
Finsmart publica la o las Facturas Negociables como Oportunidad de Inversión en la Plataforma, lo cual implica una invitación dirigida a los Inversionistas a fin de que estos puedan efectuar sus correspondientes Órdenes de Inversión.
La publicación de la Oportunidad de Inversión se encuentra sujeta a la conformidad de la o las Facturas Negociables de la Empresa Pagadora. La Oportunidad de Inversión permanecerá abierta hasta que se haya recaudado el Adelanto de la Factura Negociable, o durante un periodo máximo de cinco
(05) días hábiles. Si transcurrido el periodo de recaudación, no se han recibido suficientes Órdenes de Inversión para recaudar el Adelanto, este periodo podrá ser prorrogado si así lo convienen las Partes, dejando a tal efecto constancia su voluntad por vía electrónica.
2.9. De la formalización de la Operación de Factoring
En caso se logre recaudar el Adelanto de la o las Facturas Negociables y la Oportunidad de Inversión sea considerada exitosa, Finsmart:
i) Tendrá por configurada la cesión de la o las Facturas Negociables respectivas a nombre de Xxxxxxxx, quien actúa en interés de los Inversionistas titulares de los montos de Inversión aceptados en la Oportunidad de Inversión.
ii) Procederá con la transferencia de la Factura Negociable mediante anotación en cuenta en el Registro Contable xx XXXXXX a su nombre como legítimo tenedor, en virtud al mandato de los Inversionistas.
iii) Realizará las gestiones necesarias para transferir el Adelanto informado en las Condiciones de Factoring a favor de Xxxxx.
Las Operaciones de Factoring requeridas por la Empresa Cedente tienen el carácter de “cesión de crédito con recurso” o “cesión con responsabilidad”, lo que implica que la Empresa Cedente asume el riesgo crediticio de la Empresa Pagadora, lo que significa que ante el incumplimiento del pago del Monto Neto de la Factura Negociable por parte de la Empresa Pagadora, la Empresa Cedente estará obligada a efectuar dicho pago de manera solidaria junto con la Empresa Pagadora.
Asimismo, una vez producida la Transferencia de las Facturas Negociables, la Empresa Cedente reconocerá a Finsmart como el titular de cada uno de dichas Facturas Negociables y se obliga frente a Finsmart y los Inversionistas a colaborar y facilitar todas las actuaciones tendentes a la gestión del cobro de las Facturas Negociables cedidas.
2.10. Desembolso del Adelanto
Finsmart le informará a través de la Plataforma o a través del correo electrónico de su Cuenta de Usuario que la Transferencia se ha producido y ha procedido a transferir el Adelanto. Esta transferencia se realizará a su Cuenta de Abono dentro del plazo de un (01) día hábil luego de que Finsmart haya considerado la Oportunidad de Inversión exitosa, según los horarios de transferencia bancaria o interbancaria respectivos.
En cualquier momento, antes de que Usted reciba el Adelanto, Xxxxxxxx puede dejar sin efecto la Oportunidad de Inversión y la Operación de Factoring respectivas, en caso Finsmart descubra que Usted ha incumplido con los Términos y Condiciones o el presente Contrato.
2.11. Pago de las Facturas Negociables
El pago del Monto Neto de la Factura Negociable se considerará realizado cuando Finsmart haya recibido un depósito por dicho monto en las cuentas bancarias que Finsmart tiene asignadas en CAVALI.
En caso que, por cualquier motivo, el Monto Neto de la Factura Negociable sea abonado en la cuenta de la Empresa Cedente por parte de la Empresa Pagadora, la Empresa Cedente se obliga a transferir el total del importe recibido a Finsmart inmediatamente luego de dicha recepción, de acuerdo con la Normativa Aplicable.
La aplicación del pago recibido por Finsmart y la Garantía, de ser el caso, se realizará en el siguiente orden de prelación: 1) Pago de la comisión de Finsmart por la retribución de sus Servicios y los gastos que resulten aplicables; 2) Pago del Monto del Costo de Factoring e intereses adicionales generados por los días de morosidad, de ser el caso y de acuerdo a la Normativa Aplicable; 3) Pago del Adelanto.
Según resulte aplicable, Finsmart abonará a la Empresa Cedente la Garantía parcial o total, dentro de los tres (03) días hábiles posteriores a la recepción del pago del Monto Neto de la Factura Negociable respectiva.
En caso Finsmart efectúe un pago indebido o en exceso a la Empresa Cedente por cualquier motivo, la Empresa Cedente se encontrará obligada a restituir dicho concepto a Finsmart de manera inmediata. Finsmart quedará facultado a descontar dicho pago de cualquier abono posterior que debiera efectuar a la Empresa Cedente. De darse ello, Xxxxxxxx informará dicha situación a la Empresa Cedente, el motivo, monto y circunstancias en virtud de lo cual se efectuó el reembolso.
2.12. Sobre los prepagos de las Facturas Negociables
En caso la Normativa Aplicable le confiera al sujeto responsable del pago el derecho al pago anticipado, este puede efectuar pagos anticipados, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, sin perjuicio del pago de la retribución por los Servicios de Finsmart.
En caso la Normativa Aplicable no considere al sujeto responsable del pago el referido derecho de pago anticipado, de tener la intención de prepagar parcial o totalmente lo adeudado por la o las Facturas Negociables, dicho sujeto deberá enviar una comunicación escrita con por lo menos quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha efectiva del prepago comunicando su intención de prepagar y el monto a prepagar.
En este último supuesto, el responsable del pago estará obligado a pagar una comisión por prepago (“Comisión de Prepago”), la misma que será igual al 50% del monto que se dejaría de percibir en caso el pago se haya realizado a la Fecha de Pago.
2.13. Incumplimiento de pago de las Facturas Negociables
En caso de que Finsmart no reciba el pago total del Monto Neto de la Factura Negociable dentro del Plazo de Vencimiento de acuerdo a la Normativa Aplicable, se incurrirá en xxxx automática sin necesidad de requerimiento o intimación alguna a partir del día siguiente de la Fecha de Pago de la Factura Negociable. Finsmart estará facultada para realizar las acciones de cobranza a nivel extrajudicial y judicial desde el primer día xx xxxx en contra de la Empresa Cedente y la Empresa Pagadora, pudiendo remitir comunicaciones en dicho sentido a tales empresas. Finsmart podrá solicitar la constancia de inscripción y titularidad de las Facturas Negociables correspondientes ante CAVALI, que podrá ser reportada ante el Registro de Protestos y Moras de la Cámara de Comercio de Lima. Asimismo, Finsmart podrá reportar a la Empresa Pagadora y la Empresa Cedente sobre el incumplimiento del pago de la Factura Negociable en las centrales de riesgo privadas a nivel nacional.
3. Comisiones y gastos
La retribución por los Servicios de Finsmart a cargo de la Empresa Cedente es determinada por Finsmart por cada Operación de Factoring, la misma que consiste en una comisión expresada en porcentaje (“Comisión de Factoring”) comprendida dentro de la Tasa de Costo de Factoring, informada en las Condiciones de Factoring.
En el caso de que la Empresa Cedente no cumpla con el pago de lo adeudado por las Operaciones de Factoring dentro del Plazo de Vencimiento:
i) La Comisión de Factoring se cobrará como parte de la aplicación de la Tasa de Costo de Factoring por los xxxx xx xxxx, salvo que Finsmart decida exigir la aplicación de las tasas permitidas por la Normativa Aplicable, en cuyo caso la Comisión de Factoring será cobrada dentro de los intereses que resulten exigibles.
ii) Finsmart cargará los costos y gastos correspondientes por las acciones de cobranza a nivel extrajudicial y judicial, lo que incluye los costos de asesoría jurídica, gastos notariales, tasas judiciales, administrativas y demás gastos aplicables.
Finsmart podrá cargar a la Empresa Cedente los gastos operativos en los que se incurra por la anotación y transferencia de las Facturas Negociables en el Registro Contable de CAVALI, según se indique en el tarifario publicado en la Plataforma o, en su defecto, de manera gratuita. Los gastos en que incurra Finsmart para la realización de transacciones financieras necesarias para transferir el Adelanto y, de ser el caso, la Garantía desde la Cuenta de Fondos Usuarios a la Cuenta de Abono, así como cualquier transferencia a favor de la Empresa Cedente serán a cargo de esta última. Las comisiones y gastos pueden ser modificados en cualquier momento a través de la publicación del tarifario de Finsmart en la Plataforma. No obstante, a partir de su entrada en vigencia, dichas modificaciones serán aplicables a las nuevas Facturas Negociables que se presenten en la Plataforma y a las nuevas Operaciones de Factoring que se realicen.
4. Obligaciones de información
La Empresa Cedente se encuentra obligada a lo siguiente:
i) Mantener actualizado el Perfil de su Cuenta de Usuario en la Plataforma, lo que incluye su domicilio y Cuenta de Abono.
ii) Informar a Finsmart sobre cualquier modificación en el régimen de poderes de la Empresa Cedente de los representantes, fiadores y las personas autorizadas en el Anexo A del Contrato, según sea el caso. La comunicación respectiva será válida frente a Finsmart después de dos (02) días hábiles posteriores a la fecha de remisión de la misma.
iii) Facilitar de forma inmediata, a requerimiento de Finsmart, información y documentación sobre la situación económica y fiscal de la Empresa Cedente.
iv) Informar a Finsmart acerca de cualquier hecho, de manera inmediata a la configuración del evento o apenas tome conocimiento del mismo, que: a) implique la modificación o el no cumplimiento de las declaraciones, garantías y restricciones a las que se encuentra sujeto como Empresa Cedente, detalladas en el numeral 1 del presente Contrato y/o; b) que influya en el riesgo de no pago de las Operaciones de Factoring. Entre ellas, pero sin limitarse a éstas, cualquier modificación en la organización de la Empresa Cedente o actos de disposición de sus activos que sean significativos.
5. Resolución del Contrato
Finsmart podrá resolver el presente Contrato de manera automática de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9 de los Términos y Condiciones.
A modo ejemplificativo y no limitativo, la Empresa Cedente incurre en incumplimiento de sus obligaciones por la ocurrencia de cualquiera de los
hechos, eventos o circunstancias que a continuación (“Eventos de Incumplimiento”) se indican:
i) Xx Xxxxxxxx considera que cualquiera de las declaraciones, garantías y restricciones contenidas en el numeral 1 de este Contrato son falsas o inexactas o devienen en no vigentes, incumplidas, nulas o inválidas y no han sido subsanadas por la Empresa Cedente, a criterio de Finsmart.
ii) En el caso de incumplimiento de pago de la Factura Negociable por parte de la Empresa Pagadora, si, a requerimiento de Finsmart, la Empresa Cedente no cumple con el pago de la deuda pendiente de pago correspondiente, dentro del plazo establecido por Finsmart.
iii) Si la Empresa Cedente incumple con cualquiera de las obligaciones de información establecidas en el numeral 4 del presente Contrato.
iv) Si la Empresa Cedente se fusiona, reorganiza bajo cualquier modalidad o acuerda su disolución y liquidación, sin contar con el consentimiento de Finsmart, o si realiza cualquier acto de disposición sobre sus activos hasta por un monto que, a juicio de Xxxxxxxx, afecte significativa y negativamente su patrimonio.
v) Si la Empresa Cedente, alguna de las Empresas Pagadoras de sus Facturas Negociables, sus respectivos funcionarios o empleados, son denunciados por la comisión de delitos tales como el tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, corrupción o cualesquiera otros delitos financieros, tributarios, contra la fe pública o relacionados.
En caso se determine la resolución del Contrato de manera automática, Finsmart podrá dar por vencidos todos los plazos y exigir a la Empresa Cedente el reembolso inmediato de todo y cualquier importe adeudado por la Empresa Cedente, incluyendo principal, intereses compensatorios y moratorios, comisiones y gastos aplicables, según la liquidación que practique Finsmart a la fecha de incumplimiento de la Empresa Cedente. Sin perjuicio de ello, cualquiera de las Partes podrá resolver a su sólo criterio este Contrato, para lo cual deberá notificar por escrito a la otra de su decisión con una anticipación no menor a treinta (30) días calendario. En este último caso, las obligaciones contraídas por las Partes seguirán vigentes sobre aquellas Operaciones de Factoring que aún se mantienen pendientes de pago. Sin embargo, aun después de ello, las siguientes cláusulas de los Términos y Condiciones se mantendrán vigentes: Indemnización e Indemnidad, Obligaciones y Prohibiciones del Usuario, Limitación de Responsabilidad, Resolución de Controversias y cualquier otro aspecto que por su naturaleza sea aplicable luego de terminado los Contratos aceptados por la Empresa Cedente.
6. Personas autorizadas para comunicaciones
Sin perjuicio de lo señalado en el numeral 1.1, la Empresa Cedente puede designar a personas autorizadas para el envío de comunicaciones sobre la negociación, confirmación y coordinaciones sobre las Operaciones de Factoring por vía correo electrónico, asumiendo la responsabilidad respecto de las operaciones que éstas personas realicen. Estas personas autorizadas serán señaladas en el Anexo A.
7. Tratamiento tributario
Todas las obligaciones tributarias, existentes y por crearse serán asumidas por la Parte que la Normativa Aplicable determine es la responsable por el pago del tributo. Cualquier tributo creado o por crearse, a cargo de la Empresa Cedente, que requiera la obligación de retención o detracción por parte de Finsmart, serán detraídas por esta, según corresponda conforme lo establezca la Normativa Aplicable. Entre los Impuestos afectos a las Operaciones de Factoring, Usted declara conocer que estas pueden ser afectas al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). Asimismo, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 75° de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV), la transferencia de las Facturas Negociables no se considerará un supuesto de prestación de servicios gravada con IGV. En ese sentido, lo único que se encuentra sujeto al IGV es el componente de retribución por los servicios que Finsmart le brinda a Usted en calidad de administrador de la Plataforma. No obstante, las Partes declaran conocer que conforme a la Ley de IGV, en el supuesto que la Empresa Pagadora no cumpla con las obligaciones a su cargo frente a Finsmart y deba ser la Empresa Cedente quien honre el contenido crediticio de las Facturas Negociables, la Operación de Factoring adquirirá la naturaleza de un servicio de crédito, la que se configurará a partir del momento en el que la Empresa Cedente asuma el pago de las Facturas Negociables en mérito la Operación de Factoring. Bajo dicho supuesto, Finsmart trasladará a la Empresa Cedente el IGV correspondiente el cual tendrá como base imponible la diferencia entre el Adelanto desembolsado para Transferencia de la Factura Negociable y el Monto Neto, así como todo cargo adicional que por concepto de la Operación de Factoring Finsmart trasladará a la Empresa Cedente.
8. Independencia del Contrato y de la cesión de posición contractual
En tanto Finsmart es ajena a las relaciones comerciales entre la Empresa Pagadora y la Empresa Cedente, cualquier reclamo con relación a la cantidad, calidad, especie, sumas a pagar, u otros aspectos de los productos o servicios prestados será resuelto entre ellos, sin que Finsmart intervenga en tales asuntos, ni asuma responsabilidad alguna en tal relación causal. La Empresa Cedente autoriza a Finsmart a que pueda ceder, sin ninguna restricción, los derechos y obligaciones, total o parcialmente, que resulten a su favor o a su cargo por el presente Contrato, según corresponda, a favor
de cualquier tercero; en cuyo caso dicha cesión surtirá efectos a partir de la fecha de comunicación a la Empresa Cedente a través de los canales de comunicación establecidos en los Términos y Condiciones.
9. Aplicación supletoria de los Términos y Condiciones
Para todos los términos, las definiciones, las obligaciones y derechos de Finsmart y la Empresa Cedente, así como cualquier otro asunto no regulado expresamente en el presente Contrato, se entenderá que se aplica lo dispuesto en los Términos y Condiciones. En el supuesto que existan discrepancias o contradicciones entre lo dispuesto en los Términos y Condiciones y el presente Contrato, primará lo establecido en este último.
El documento electrónico en que se formalice el presente Contrato será archivado en la base de datos de Finsmart.
Firmado a los días del mes de de 202_.
Fecha de aceptación:
Empresa Cedente
Nombre:
Documento de Identidad:
Correo electrónico de la Cuenta de la Plataforma:
Finsmart SAC
Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Representante Legal
Anexo A
“Información de la Empresa Cedente”
Nombre o Denominación Social | |||
Actividad Económica de la Empresa Cedente | |||
RUC | Datos de inscripción en Registros Públicos | ||
Partida electrónica N° del Registro de Personas Jurídicas de | |||
Domicilio (dirección, distrito, provincia y departamento) | |||
Correo electrónico de la Cuenta de Usuario | |||
Representante(s) Legal(es) | Cargo | Documento Oficial de Identidad | Correo electrónico |
Persona(s) Autorizada(s) | Cargo | Documento Oficial de Identidad | Correo electrónico |
Fiadores y/o Avales | Documento Oficial de Identidad | ||
Domicilio de Fiadores y/o Avales (dirección, distrito, provincia y departamento) | |||
Anexo B
“Hoja Resumen - Condiciones de Factoring”
Tasa de Costo Efectivo Mensual (TCEM) | [[%] =[(Cobros +Descuento)/Monto a financiar)*(30/Días)] |
Xxxxx Xxxx | [●] |
Garantía | [●] |
Adelanto | [●] |
Monto a abonar al pago | [●] |
Descuento estimado | [●] (*) Estimado |
Costo de Financiamiento | [●] |
Comisión Finsmart | [●] |
IGV (Comisión Finsmart) | [●] |
Monto de Costo de Factoring | [Costo de Financiamiento + Comisión Finsmart + IGV] |
TCEA | [ %] |
Otros cobros | Usted podri revisar otras comisiones en nuestro tarifario publicado en: xxxxx://xxxxxxx.xx/xxxxx/ |
Garantías adicionales | [En caso existan garantías como letras o pagarés, los alcances y obligaciones serin precisados por Finsmart mediante correo electrónico adicional] |
Empresa Pagadora | [Denominación Social] |
RUC | [●] |
Fecha de Desembolso | [día/mes/año] (*) Estimado |
Fecha de Pago | [día/mes/año] (*) Estimado |
Plazo | [en ([●]) días] (*) Estimado |
Número de Factura Negociable (Código de Factura) | [●] |
Cuenta de Abono vigente registrada de la Empresa Cedente | [Nombre del banco] [Moneda] [Código de cuenta bancario] [Código de cuenta interbancario] |
Importante:
1. El ingreso con su clave secreta a la Cuenta de Usuario y los clics que realice en señal de aceptación representarán una firma electrónica. Asimismo, la aceptación solicitada por correo electrónico nos servirá para conservar su aceptación en nuestros registros.
2. Con la aceptación de las Condiciones de Factoring, está sujetándose a transferir las Facturas Negociables descritas en esta Hoja Resumen a favor de Finsmart, cuando esta determine que una Oportunidad de Inversión es exitosa (al recaudar los fondos de los Inversionistas). Esta transferencia se realiza por: i) cesión de derechos, conforme al artículo 1206 y siguientes del Código Civil; y ii) transferencia contable en el Registro Contable de CAVALI ICLV, de acuerdo a la Normativa Aplicable.
3. En ese sentido, una vez que Finsmart haya determinado la transferencia de las Facturas Negociables a su favor, la Empresa Pagadora se encontrará obligada a realizar directamente el pago de tales Facturas Negociables a favor de Finsmart, a través de las cuentas bancarias de CAVALI destinadas al servicio de recaudaciones de fondos o las cuentas bancarias de Finsmart.
4. Los conceptos indicados con la palabra “Estimado” estarán disponibles de manera definitiva en la Plataforma una vez que se hayan recaudado los fondos necesarios con los Inversionistas en Plataforma. Asimismo, sobre los demás conceptos podrán existir variaciones en la medida que se refieran a errores de la Empresa Cedente, ajustes requeridos por la Empresa Pagadora, gastos por servicios adicionales solicitados por la Empresa Cedente o se deban a un cambio de la Fecha de Desembolso en no más de 05 día útiles, según el Contrato de Empresa Cedente.
5. Con la aceptación de las condiciones informadas en esta Hoja Resumen, la Empresa Cedente ratifica la vigencia y cumplimiento de las declaraciones, garantías y restricciones contenidas en en el numeral 1 del Contrato de Empresa Cedente.
6. En caso de ser considerado consumidor, la Empresa Cedente tiene derecho a efectuar al pago anticipado de la o las Facturas Negociables objeto de la presente Hoja Resumen, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, sin perjuicio del pago de la retribución por los Servicios de Finsmart.
7. De acuerdo a la Ley de Títulos Valores, la Empresa Cedente es responsable solidaria junto con la Empresa Pagadora del pago de la Factura Negociable respectiva. Así, en caso de incumplimiento del pago de la Factura Negociable por parte de la Empresa Pagadora, Usted deberá realizar el pago adeudado a Finsmart (el total del saldo impago por las Factura Negociable, incluyendo intereses, tributos, gastos y comisiones, según el Tarifario de Finsmart), sin perjuicio de las acciones que Usted pueda realizar en contra de la Empresa Pagadora.
8. En caso de incumplimiento de su parte, se resolverá el Contrato de Empresa Cedente y ejecutará las garantías otorgadas, en caso hubieran, reportándose lo adeudado a las centrales privadas de riesgo. Finsmart puede accionar en contra de Usted y/o la Empresa Pagadora (de manera individual o conjunta), por las vías judiciales respectivas a fin de ejecutar el cobro de la Factura Negociable.
9. Serán de cargo exclusivo de la Empresa Cedente todos los tributos existentes y por crearse que afecten y/o se deriven de las Operaciones de Factoring.