CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL
Benefactor: EULEN
Objeto: Temporada 2020/2021
CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL
En Valencia, a 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000
XXXXXXXX
De una parte, el PALAU DE LES ARTS “XXXXX XXXXX”, FUNDACIÓ DE LA
COMUNITAT VALENCIANA, con CIF G-97.544.829 y domicilio fiscal en València, 46013, Xxxx. xxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, xx 1 (en adelante, “LES ARTS” o la “FUNDACIÓN”), representada en este acto por D. XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, Director General, provisto del DNI xxxxxxxxxxxx, en virtud de su nombramiento en sesión de Comisión Ejecutiva celebrada el 28 de diciembre del 2018, publicado en el DOGV nº 8464 (pág 4295), de 15 de enero de 2019, y de conformidad con las facultades conferidas en el artículo 25 de los estatutos vigentes, aprobados igualmente por el Patronato y elevados a escritura pública otorgada ante el Notario de Valencia, X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, el 17 de enero de 2018, bajo su número de protocolo 121.
Y, de otra, EULEN S.A, con domicilio social en 46980 – Paterna (Valencia), xxxxx Xxxxxxxx, 00 x 00 – Xxxxxx Xxxxxxx y CIF Nº X-00000000 (en adelante, la “EMPRESA” o el “BENEFACTOR”), representada en este acto por Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, con DNI Nº xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en su condición de Directora de Zona Cataluña, Levante y Baleares y apoderada.
EXPONEN
I.- Que LES ARTS, en el cumplimiento de sus fines fundacionales, tiene por objeto la programación y gestión de actividades de naturaleza artística en los espacios del Palau de les Arts “Xxxxx Xxxxx” de Valencia.
II.- Que la EMPRESA está interesada en colaborar económicamente con los fines y objetivos de LES ARTS, participando en el fomento de la actividad artística que se desarrolla en el mismo, en particular el acceso a la cultura de los niños y jóvenes para el desarrollo de su formación educativa.
III.- Con base en lo anterior, las partes otorgan el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL, al amparo de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, con sujeción a los siguientes
PACTOS PRIMERO.- OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente convenio es la regulación de la específica colaboración empresarial que, con carácter de mecenazgo y al amparo de la Ley 49/2002, realiza la EMPRESA en beneficio de LES ARTS, y que queda descrita en el siguiente párrafo.
El presente convenio se refiere a la Temporada del Palau de les Arts “Xxxxx Xxxxx” que se desarrollará entre los meses de septiembre de 2020 y julio de 2021, ambos inclusive (en adelante, “la Temporada Ordinaria” o “la Temporada”.
SEGUNDO.- APORTACIÓN ECONÓMICA DE LA ENTIDAD BENEFACTORA Y RÉGIMEN FISCAL APLICABLE.
2.1.- La EMPRESA se incluirá, con respecto de la Temporada 2020/2021 en la categoría de protocolos de patrocinio denominada Benefactor que se corresponde con los patrocinadores que abonan a Les Arts para patrocinio de la Temporada una aportación económica entre 30.000 y 59.999 €.
2.2.- La EMPRESA abonará a LES ARTS, en concepto de aportación económica, con categoría de Benefactor, para la realización de actividades culturales y artísticas la cantidad de 26.500 € (VEINTISEIS MIL QUINIENTESO EUROS).
Como se deduce del presente convenio, el benefactor ha recibido una atención especial por parte xxx Xxxxx de abonar una cantidad inferior a la prevista en los protocolos generales para su categorización, dado que ha venido patrocinando actividades xxx Xxxxx en ejercicios anteriores. En la temporada 2021-2022 se procederá a la regularización de dicha situación, bien incrementando su patrocinio, con lo cual se reclasificará su categoría y, en consecuencia, sus condiciones.
2.3.- La aportación económica pactada será ingresada por la EMPRESA en la cuenta bancaria que LES ARTS tiene abierta en la entidad bancaria BANKIA con el número XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Dicho ingreso se efectuará en un plazo no superior a sesenta días desde la fecha del presente documento.
La vigencia del presente convenio queda supeditada a la efectividad de dicho ingreso.
2.4.- La EMPRESA podrá tener derecho a los incentivos fiscales sobre las cantidades objeto de su aportación económica y, en particular, a lo previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo. A estos efectos, la Fundación se compromete a facilitar a la EMPRESA los documentos y/o información que esta precise para poder aplicar dicho régimen fiscal.
TERCERO.- OBLIGACIONES DE LA FUNDACIÓN
3.1.- La Fundación adquiere, frente a la EMPRESA, las obligaciones que derivan del protocolo que para dicho tipo de mecenazgo tienen previstas. A tal efecto, se adjunta dicho protocolo a este convenio el cual, firmado por ambas partes, pasa a formar parte del mismo.
3.2.- Los derechos que adquiere la empresa, detallados en documento adjunto, son utilizables por la EMPRESA mientras el presente convenio de colaboración empresarial esté vigente. Específicamente, se insiste en que, para el supuesto de que no se renovara la vigencia del mismo, la EMPRESA dejará de ostentar su condición de Benefactor y no podrá hacer uso de la misma ni publicitarla, ni en su documentación, ni en sus comunicaciones de cualquier tipo y sobre cualquier soporte.
3.3.- A todos los efectos de implementación de los servicios que LES ARTS facilita a la EMPRESA, y a todos los efectos de las relaciones de la EMPRESA con LES ARTS, las personas de contacto de ambas entidades serán los siguientes:
A.- Por Palau de les Arts “Xxxxx Xxxxx”:
Nombre: Xxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxx
Dirección postal: Xxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx (Xxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxx), xx0.00000, Xxxxxxxx
Dirección electrónica: xxxxxxxxxxxxxxx Teléfono xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
B.- Por EULEN S.A.:
Nombre: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Dirección postal: Xxxxx Xxxxxxxx, 00 y 42 – Parque Táctica – 46980 Paterna (Valencia)
Dirección electrónica: xxxxxxxxxxxx Teléfono: xxxxxxxxxxxxxxxxx
Fax: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
CUARTA.- El presente convenio sustituye a cualquier otro sobre el mismo objeto que con anterioridad al presente tuviere otorgado la EMPRESA con LES ARTS.
QUINTA.- Transparencia
En cumplimiento de la Ley 2/2015, de 2 d’abril, de la Generalitat, de Transparència, Bon Govern i Participació Ciutadana de la Comunitat Valenciana, se procederá a publicar en el Portal de Transparencia de Les Arts el presente convenio, así como su texto íntegro.
SEXTA.- Ley aplicable y jurisdicción.
La normativa aplicable al presente convenio es la legislación española y la jurisdicción la de los Tribunales de València con renuncia expresa de cualquier otro fuero.
En los términos que anteceden firman el presente convenio por duplicado y a un solo efecto, las partes, en lugar y fecha ut supra.
PALAU DE LES ARTS “XXXXX XXXXX”, XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX
Xxx: X. Xxxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxx
EULEN S.A.
Fdo : Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
“De acuerdo con la normativa sobre protección de datos aplicable, se ha procedido a eliminar la referencia a la firma manuscrita de los firmantes del convenio. La versión original del convenio se encuentra debidamente firmada”.
Benefactor: EULEN
Objeto: Temporada 2020/2021
PROTOCOLO DE PRESTACIONES QUE RECIBE EL BENEFACTOR DE LA TEMPORADA 2020/2021. CONTRAPRESTACIÓN DE 30.000 A 59.999 EUROS.
Este documento forma parte del convenio de colaboración empresarial suscrito entre Palau de les Arts “Xxxxx Xxxxx”, Fundació de la Comunitat Valenciana y EULEN en València, a 1 de septiembre de 2020:
Reproducción de logotipo y marca: libro de temporada, programas de mano y web.
Publicidad: descuentos en tarifas vigentes: 15% en programas y 20% en libro de temporada
Posibilidad de organizar visitas guiadas (hasta máx. 10 personas): 2
Acceso a localidades de espectáculos de la programación de la temporada de Les Arts: se podrán proporcionar puntualmente según disponibilidad (como deferencia, se respetan las mismas condiciones que ya se percibían en temporadas anteriores).
Se facilitará la adquisición de abonos y se aplicará descuento del 20% en adquisición de localidades (max 4). Asimismo, se podrán facilitar 2 invitaciones para Ensayo General según disponibilidad.
Disponibilidad de espacios para la celebración de actos/eventos: 2 cesiones gratuitas xx Xxxx VIP y 30% descuento en otros espacios.
Posibilidad de acudir a las ruedas de prensa.
Servicios: Aparcamiento y acceso a zona exclusiva de restauración durante el entreacto de funciones.
*Las partes acuerdan la sustitución de esta contraprestación por la posibilidad de ampliar otra de las contraprestaciones incluidas en el listado, siempre y cuando se respete el valor económico establecido para dichas contraprestaciones.