Núm. 40 Jueves 16 de febrero de 2023 Sec. III. Pág. 23969
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III. OTRAS DISPOSICIONES
XXXXXXXXXX XX XXXXXXX X XXXXXXXX XXXXXX
0000 Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo relativo al Convenio colectivo general del sector de la construcción.
Visto el texto del Acta de 20 de diciembre de 2022 en la que se contiene el acuerdo relativo a cómo proceder con el 1% dispuesto en el artículo 52 bis.3.a) del Convenio colectivo general del sector de la construcción (código de convenio núm. 99005585011900), Acta que fue suscrita de una parte por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO. del Hábitat y UGT-FICA en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 xx xxxx, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de febrero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
ACTA DE LA 13.ª REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VII CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
En representación laboral:
CC.OO. del Hábitat, don Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx y don Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
XXX-XXXX, xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxx, xxx Xxxxxxxxxxx Mostaza Xxxxxxxx y don Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
cve: BOE-A-2023-4220
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
FCM-CIG, xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y xxx Xxxxxxx Valencia Xxxxxxxxx. En representación empresarial:
CNC, xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, xxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxx, xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, xxx Xxxxxx Xxxx Xxxx, xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx y xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
En Madrid, a veinte de diciembre de dos mil veintidós, de forma mixta, presencial y por videoconferencia, conforme se establece en el artículo 3 del Real Decreto- ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, previamente convocados, se reúnen los relacionados al margen, en la representación que en el mismo consta.
El representante de ELA Industria Eraikuntza debidamente convocado no comparece.
La reunión tiene por objeto continuar con la reunión de esta Comisión Negociadora aplazada, en primer lugar para el día 16 de diciembre a las 9:00 horas y, posteriormente siguiendo la reserva de fechas previstas en la última reunión, para el día 20 de diciembre a las 16:00 horas referida a la negociación del VII Convenio General del Sector de la Construcción (CGSC) (número de Código 99005585011900). Se procede por los asistentes al estudio de los diferentes puntos del orden del día:
1. Constitución de la Comisión Promotora del Plan de Pensiones conforme a lo establecido artículo 69 del Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de los Fondos y Planes de Pensiones.
En este punto la Comisión Negociadora entiende necesario seguir profundizando en el estudio del Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones y decide aplazar la reunión para proseguir con ella el próximo día 13 de enero de 2023, a las 9:00 horas.
2. Fijación del calendario de reuniones de la Comisión Promotora.
Para una correcta promoción y formalización del citado Plan de Pensiones se acuerda dejar sin efecto la anterior reserva de fechas efectuada en la pasada reunión y hacer una nueva reserva de fechas para futuras reuniones:
– 13 de enero de 2023, 9:00 h.
– 17 de enero de 2023, 9:00 h.
3. Cómo proceder con el 1% dispuesto en la letra a) de apartado 3 del artículo 52 bis del VI Convenio General del Sector de la Construcción.
Las partes firmantes del Convenio General del Sector de la construcción llegan al siguiente acuerdo:
Acuerdo único:
En virtud de lo dispuesto en el artículo 52 bis, apartado 4, del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, se acuerda que el 1 por ciento a que se refiere el apartado 3.a) del indicado artículo se destinará al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado Sectorial de la Construcción, cuya promoción y formalización se acordó iniciar en la reunión de la Comisión Negociadora del citado Convenio celebrada el día 2 de diciembre del presente año.
El ingreso de la contribución correspondiente al indicado 1 por ciento se efectuará dentro de los 90 días siguientes a que dicho Plan de Pensiones se haya integrado en el Fondo de Pensiones que se determine y se hayan cumplido los trámites y requisitos establecidos en la normativa de aplicación.
cve: BOE-A-2023-4220
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
La representación de FCM-CIG manifiesta: «El 1% de aportaciones al plan de pensiones para el 2022 pase a tablas salariales de ese año y que para el 2023 que se aplique la aportación del acuerdo más un 1% a mayores por la parte empresarial». El representante de FCM-CIG manifiesta su desacuerdo con este acuerdo.
4. Xxxxxx y preguntas.
No hay asuntos que tratar en este punto.
cve: BOE-A-2023-4220
Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Y sin más asuntos que tratar, previa redacción y aprobación de la presente acta, firmada esta acta por un representante de cada organización, se acuerda su remisión por el Secretario de esta Comisión Negociadora, xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, a efectos de su registro y posterior publicación del acuerdo que contiene en el «Boletín Oficial del Estado».
xxxxx://xxx.xxx.xx BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X