Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, TRAMITACION URGENTE, DEL SUMINISTRO POR LOTES DE MATERIALES Y EN SU CASO MAQUINARIA DE LA OBRA AFECTA AL PFEA 2017 “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”. Expediente GEX 2017/1752
INDICE
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. Objeto, naturaleza y calificación del contrato.
2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
3. Órgano de contratación.
4. Presupuesto base de licitación. Valor estimado y precio del contrato. Distribución de lotes.
5. Perfil del Contratante.
6. Aplicación presupuestaria.
7. Duración del Contrato.
8. Garantías exigibles.
II.- PROCEDIMIENTO DE LICITACION
9. Tramitación y forma de adjudicación.
10. Normas de Licitación.
11. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa.
12. Criterios de adjudicación del contrato y elementos de negociación.
13. Confidencialidad.
III.- APERTURA DE SOLICITUDES DE PARTICIPACION Y DE LAS PROPOSICIONES DE LOS CANDIDATOS INVITADOS
14. Mesa de Contratación. Apertura de Solicitudes. Invitaciones. Presentación de ofertas. Apertura de las ofertas.
IV.- ADJUDICACION. FORMALIZACION DEL CONTRATO. PUBLICIDAD DE LA FORMALIZACION
15. Documentación previa a la adjudicación del contrato.
16. Adjudicación del contrato.
17. Formalización del contrato.
X.- XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX
00. Ejecución del contrato.
19. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario.
20. Plazo de Garantía.
21. Modificación del Contrato.
22. Obligación de presentar factura e identificación de órganos.
23. Cumplimiento del Contrato.
24. Penalidades por Incumplimiento.
25. Resolución del Contrato.
26. Prerrogativas de la Administración.
27. Régimen Jurídico del Contrato.
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
I.- ELEMENTOS DEL CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto, naturaleza y calificación del contrato.
El objeto del contrato es el suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de la obra PFEA 2017 denominada “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro tal y como establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP).
El objeto del contrato se divide en los lotes que se indican, pudiendo los licitadores optar a un lote, a varios o a todos los lotes.
La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a lo establecido en este pliego y a las características y especificaciones técnicas que figuran en el pliego de prescripciones técnicas, que tiene carácter contractual.
El código CPV (Vocabulario Común de Contratos Públicos) consiste en vocabulario, aprobado a nivel europeo, para definir el objeto de un contrato que se saca a licitación pública. Debe especificarse tanto por los que necesitan contratar, para encuadrar el objeto u objetos del contrato, así como aconsejable por las empresas a la hora de especificar los diferentes servicios, suministros u obras que ofrecen.
En principio, y a falta de otro criterio, se establecen los siguientes códigos:
− En general, para que los lotes de MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN , ÁRIDOS, MAQUINARIA Y ALQUILER, HORMIGÓN, MATERIAL DE INSTALACIONES, y FERRALLA Y CARPINTERÍA METÁLICA, el código raíz CPV será el 44100000-1 “Materiales de construcción y elementos afines”.
− Para lote de ÁRIDOS, MAQUINARIA Y ALQUILER, también podrán aplicarse los códigos 45500000-2 “Alquiler de maquinaria y equipo de construcción y de ingenieria civil con maquinista”, y el 14200000-3 “Arena y arcilla” y sus afines.
− Para el lote FERRALLA Y CARPINTERÍA METÁLICA, también será de aplicación el código 45421160-3 “Trabajos de cerrajería y carpìntería metálica.“
− Para el lote de SEGURIDAD Y SALUD, serán de aplicación los códigos CPV siguientes: 18100000-0 “Ropa de trabajo, ropa de trabajo especial y accesorios”, el 35000000-4 “Equipo de seguridad, extinción de incendios, policía y defensa”, el 34990000-3 “Equipo de control, seguridad, señalización e iluminación”.
Se incorporan a este Pliego, formando parte del mismo, con carácter contractual el Pliego de prescripciones técnicas donde se detallan las características técnicas de los materiales
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y maquinaria y los precios unitarios máximo, así como el desglose y desarrollo de los CPV.
CLÁUSULA SEGUNDA. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
Mediante la ejecución del contrato a que se refiere este pliego de cláusulas administrativas particulares se satisface la necesidad del material y en su caso de la maquinaria, necesaria para la ejecución del proyecto de referencia, cuya memoria se da por reproducida en este apartado.
CLAUSULA TERCERA.- Órgano de contratación.
De conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP) , el órgano de contratación es el Alcalde, sin perjuicio del régimen de delegaciones específicas o generales aprobadas o que se puedan aprobar durante la licitación y ejecución del contrato, al amparo del artículo 51.2 del TRLCSP.
Los acuerdos de delegación se publicarán en el perfil del contratante y en el BOP.
CLAUSULA CUARTA . Presupuesto base de licitación. Valor estimado y precio del contrato. Distribución de lotes.
4.1.- El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 88 del TRLCSP, coincide con el presupuesto base de licitación y asciende a la cantidad de 62.122,75 € y ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato.
4.2.- El presupuesto base de licitación tiene un importe máximo de 62.122,75 € al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por importe de 13.045,78 €, lo que supone un total de 75.168,53 €, e incluye todos los lotes, con el desglose que se detalla a continuación:
LOTES | PRECIO /€ | IVA/€ | TOTAL/€ |
Lote 1: Materiales de construcción | 28.547,60 | 5.995,00 | 34.542,60 |
Lote 2: Xxxxxx, maquinaria y alquiler | 13.217,02 | 2.775,57 | 15.992,59 |
Lote 3: Hormigón | 5.712,00 | 1.199,52 | 6.911,52 |
Lote 4: Material de instalaciones | 7.031,50 | 1.476,62 | 8.508,12 |
Lote 5: Ferralla y Carpinteria Metálica | 2.848,00 | 598,08 | 3.446,08 |
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Lote 6: Seguridad y Salud | 4.766,63 | 1.000,99 | 5.767,62 |
TOTAL | 62.122,75 | 13.045,78 | 75.168,53 |
4.3.- El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo que deberá incluir como partida independiente el IVA.
De conformidad con el artículo 87.2 del TRLCSP, el precio del presente contrato se determina en función de una cantidad por unidad de cada uno de los materiales o elementos a suministrar y se considerarán incluidos los tributos, tasas, y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
4.4.- Los precios máximos unitarios de licitación de los bienes a suministrar, sin incluir el IVA son los señalados en el pliego de prescripciones técnicas.
Los precios unitarios que oferten los licitadores lo serán en formato de dos únicos decimales y en ningún caso se podrán superar los límites fijados en el presente pliego, por lo que aquellas ofertas que contengan precios unitarios superiores a los fijados serán excluidas del procedimiento, no admitiéndose ofertas al alza.
Los precios unitarios de los materiales incluidos en cada uno de los lotes serán los que resulten de las adjudicaciones que se efectúen del contrato e incluirán en partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.5.- El gasto efectivo estará condicionado a las necesidades reales de esta administración, no queda por tanto obligada a llevar a cabo una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del gasto máximo indicativo.
Los gastos de publicidad de esta convocatoria serán por cuenta del adjudicatario.
4.6.- Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 89.1 de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público no procede la revisión de precios en el presente contrato.
4.7.- Los licitadores no podrán proponer variantes ni mejoras
CLAUSULA QUINTA . Perfil del Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
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CLAUSULA SEXTA . Aplicación presupuestaria
6.1.- El proyecto se financia con cargo a la subvención afecta a la financiación de materiales dentro del Programa de Fomento de Empleo Agrario del año 2017 y con cargo a la aportación municipal a este proyecto.
6.2.- Existe crédito suficiente y adecuado para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven del contrato, en la aplicación presupuestaria de gastos 2410-
619.02 “ Inversión reposición Bienes Generales” – Proyecto 2017-2 PER17-3 “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”
CLÁUSULA SEPTIMA . Duración del Contrato
El plazo total de vigencia del contrato de suministro será de CUATRO MESES con efectos desde la firma del contrato, manteniéndose durante ese plazo los precios ofertados.
El contrato será ejecutado durante el plazo total establecido en la presente cláusula, así como de los plazos parciales, que se le señalen por el director de obra para su ejecución sucesiva.
No obstante se irá dejando constancia de cada entrega parcial que se efectúe mediante la firma de los correspondientes albaranes por parte del responsable del contrato y/o en cargado de obras del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
No se admiten prórrogas.
CLAUSULA OCTAVA . Garantías exigibles
• Garantía provisional: No se exige.
• Garantía definitiva: Dado que se trata de bienes consumibles, cuya entrega y recepción debe efectuarse antes del pago del precio, se hace exención de la fianza definitiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 del RDL 3/2011 de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
II PROCEDIMIENTO DE LICITACION
CLAUSULA NOVENA . Tramitación y forma de adjudicación.
La forma de adjudicación del contrato de suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria necesaria para la ejecución de las obra PFEA 2017 denominada “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”, será el procedimiento negociado con publicidad, puesto que el mismo se encuentra incluido en el supuesto previsto en el
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artículo 173 letra f) del TRLCSP, al ser su valor estimado inferior a 100.000 euros, en relación con el artículo 177.2 in fine, al ser su valor estimado superior a 60.000 euros.
La licitación seguirá la tramitación URGENTE prevista en el artículo 112 y 144 del TRLCSP en lo relativo a la reducción de plazos.
En el procedimiento negociado la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos para adaptarlas a los aspectos económicos y técnicos objeto de la negociación, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa.
En el procedimiento negociado con publicidad el órgano de contratación anunciará la licitación del contrato en los correspondientes boletines oficiales y en el Perfil del contratante.
De conformidad con lo establecido en el art. 142.4 del TRLCSP, en los procedimientos negociados seguidos en los casos previstos en el art. 177.2 cuando el valor estimado sea superior a 60.000 euros y cuando la cuantía sea inferior a la indicada en el artículo 173 f) de la misma norma- valor estimado inferior a 100.000 euros- podrá sustituirse la publicidad en el BOE o en diarios oficiales por la del Perfil del Contratante.
CLAUSULA DECIMA. Normas de Licitación.
10.1.- Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar según el artículo 60 del TRLCSP ( redacción dada por la Disposición Final Novena de la Ley 40/2015 de 1 de Octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público ) cuya finalidad o actividad guarde relación con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales.
Los licitadores o candidatos deberán poseer solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional al tratarse de un contrato cuyo valor estimado excede de 35.000 euros, acreditándose dicha solvencia económica y solvencia técnica conforme a lo dispuesto el la cláusula décimo quinta de presente pliego de cláusulas administrativas.
10.2.- Podrá contratarse con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 deL TRLCSP y en los términos establecidos en el apartado anterior.
10.3.- Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por si o representados por persona autorizada mediante poder bastante al efecto, previamente bastanteado por la Secretaria General del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx. En estos casos deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, junto con una copia autentica del Documento Nacional de Identidad del o de los apoderados.
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En el caso de que el representante no posea DNI deberá presentar fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, del documento que le sustituya reglamentariamente (art. 146.1 TRLCSP y 21 RGLCAP).
Si la empresa fuera persona Jurídica, el poder deberá figurar inscrito, en su caso en el Registro Mercantil. Si se trata de un Poder para un acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de conformidad con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
10.4.- Las solicitudes y las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, sito en Plaza de Andalucía 10, en horas de 9 a 14, y en el plazo que se indique en el escrito de invitación.
Así mismo podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante en cuanto a la presentación de documentación ( sobre A) y proposición económica ( sobre B) en sobre cerrado y para quienes tengan la obligación de relacionarse de forma electrónica con la Administración ( sede electrónica del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx), se exime de de dicha obligación ya que la plataforma electrónica no cuenta con la posibilidad de que se encripte la documentación que se presenta en sobre cerrado.
Cuando las ofertas o proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el escrito de invitación.
En todo caso, transcurridos TRES DIAS HABILES siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del TRLCSP.
10.5.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición referida a uno, varios o a la totalidad de los lotes determinados Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
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10.6.- La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
10.7.- Sucesión en el Procedimiento.
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el presente Xxxxxx para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
CLÁUSULA DECIMO PRIMERA. Solicitudes de Participación.
11.1.- El órgano de contratación dispondrá la correspondiente publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante, para la presentación de solicitudes de participación y documentación acreditativa de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o en su caso clasificación.
11.2- Los empresarios que deseen participar en la presente licitación, deberán solicitarlo dentro del plazo de CINCO DIAS NATURALES a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación.
11.3.- Las solicitudes de participación se presentarán en sobre A, cerrado y firmado, con indicación del procedimiento al que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa interesada, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico si se disponer de ellos, así como con la firma del interesado o persona que le represente, según modelo adjunto y deberán ir acompañadas de la de la siguiente documentación (Apartado 4 del artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), según modificación introducida por la Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a emprendedores y su internacionalización ):
• Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (ANEXO I).
En el exterior del sobre se hará constar necesariamente la denominación del sobre y la leyenda «SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO LOS DIVERSOS MATERIALES Y/O MAQUINARIA PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DENOMINADA “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA. Criterios de adjudicación del contrato y elementos de negociación.
Para la negociación de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se utilizará un solo criterio de tanto de ADJUDICACIÓN como de
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NEGOCIACIÓN, que será únicamente el precio, unitario más bajo por lotes, de conformidad con el artículo 150 apartado 1 in fine y apartado 3 f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
- Mejor precio unitario ofertado / lotes hasta 25 puntos.
Este criterio se valorará asignando 25 puntos al mejor precio ofertado posible (IVA excluido), con el límite de la baja temeraria, atribuyéndose a las restantes ofertas la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple inversa
Valores anormales o desproporcionados: El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con los siguientes parámetros objetivos que establece el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado:
1.- Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2.- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3.- Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentas. No obstante, se excluirán para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4.- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5.- Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo ( art. 42.1 del Código de Comercio ) presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo
En tal caso se actuará conforme a lo dispuesto en el artículo 152 del R.D.L 3/2011 de 14 de Noviembre.
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
Los casos de empate se resolverán mediante sorteo público, conforme prevé el artículo 82.7 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
CLAUSULA DECIMO TERCERA. Confidencialidad.
Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
III .- APERTURA DE SOLICITUDES DE PARTICIPÀCION Y DE LAS PROPOSICIONES DE LOS CANDIDATOS INVITADOS
CLAUSULA DECIMO CUARTA. Mesa de Contratación. Apertura de solicitudes, Invitaciones. Presentación de ofertas. Apertura de las ofertas.
14.1 - Mesa de Contratación.
14.1.1 - Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se constituirá la Mesa de Contratación, de conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, en relación con la disposición adicional segunda, apartado 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
14.1. 2.- El / La Secretario/a actuará con voz pero sin voto.
14.1. 3.- La Mesa de Contratación estará integrada o constituida por un Presidente, un Secretario y al menos cuatro vocales, todos ellos designados por el órgano de contratación, debiendo figurar obligatoriamente un funcionario de los que tengan encomendado el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un interventor o a falta de cualquiera de estos, quien tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico o al control económico presupuestario del órgano. La ausencia de cualquiera de sus titulares será sustituida por los respectivos suplentes designados al efecto ( artículo 21del Real Decreto 827/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público).
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Conforman la mesa de contratación los siguientes miembros:
X. Xxxxxx Xxx Xxxxxx que actuará como Presidente de la mesa o persona en quién delegue.
Xx. Xx del Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Vocal (Secretaria-Interventora de la Corporación) Titular. Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Secretaria- Interventora del Ayuntamiento xxx Xxxxxx ( Córdoba) Suplente.
X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx., Técnico Municipal de Urbanismo (Titular). X. Xxxx Xxxxxx Xxxxx, Funcionario Jefe del Negociado de Recaudación del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx ( Suplente).
Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Concejala del Grupo de IU-LV-CA Vocal ( Titular) / Dº. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Concejala del Grupo de IU-LV-CA ( Suplente).
X. Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx, Concejal del Grupo Popular del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx ( Titular)/ Xx. Xxxxxxx Xxx Xxxxxx Concejala del Grupo Popular del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx ( Suplente).
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Funcionaria Jefa del Negociado de Registro General y Secretaría que actuará como Secretaría ( Titular). Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, funcionaria Jefa del Negociado de Urbanismo ( Suplente).
Asesores: X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Arquitecto Redactor del Proyecto de la obra denominada ” URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE “, que actuará con voz pero sin voto.
14.1.4.- La composición de la Mesa de Contratación se publicará en el Perfil del Contratante con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación a la que hace referencia el artículo 146.1 del TRLCSP o en su caso de la declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
En caso de que no hubiera un quórum mínimo (mayoría absoluta) de asistencia en primera convocatoria se entenderá automáticamente convocada 15 minutos más tarde, siendo suficiente en esta segunda convocatoria la asistencia del Presidente y del Secretario o de sus respectivos suplentes y del funcionario que tenga encomendado el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor (control económico presupuestario).
14.2.- Calificación de la documentación administrativa.
14.2.1.- La apertura de las solicitudes de participación deberá efectuarse por la Mesa de Contratación, en el PLAZO MÁXIMO DE TRES DÍAS HÁBILES contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas.
14.2.2.- El Secretario de la Mesa de Contratación expedirá certificado de las empresas o entidades que han presentado su solicitud con expresa indicación de su nombre, día y
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hora de presentación. La Mesa de Contratación declarará excluidas aquellas que no hayan sido presentadas en tiempo, y entrará a examinar las restantes.
14.2.3.- La Mesa de Contratación examinará con carácter previo el contenido del sobre A) y calificará los documentos presentados por los licitadores.
14.2.4.-Si la Mesa observarse defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre nº A, lo comunicará vía fax o correo electrónico a los interesados, concediéndose UN PLAZO DE NO SUPERIOR A TRES DÍAS NATURALES para que los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación. Si la documentación de algún interesado contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido al procedimiento de adjudicación.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
14.2.5.- La Mesa de Contratación una vez comprobada la personalidad y solvencia de los solicitantes, propondrá razonadamente al órgano de contratación la selección de solicitantes que deban ser invitados a presentar ofertas.
14.3.- Invitaciones.
14.3.1.- El órgano de contratación, a propuesta de la Mesa de Contratación, seleccionará a los candidatos que deban pasar a la siguiente fase, a los que invitará simultáneamente y por escrito a que presenten su proposición u oferta ( SOBRE B).
14.3.2.- Las invitaciones contendrán una referencia al anuncio de licitación publicado e indicarán la fecha límite para la recepción de ofertas que no será inferior a OCHO DIAS NATURALES contados desde la fecha del envío de la invitación (artículo 165 y 167 TRLCS en relación con el 112 del mismo texto legal ), la dirección a la que deban enviarse y la lengua en que deban estar redactadas, si se admite alguna otra además xxx xxxxxxxxxx, los criterios de adjudicación del contrato que se tendrán en cuenta y su ponderación relativa o, en su caso, el orden decreciente de importancia atribuido a los mismos, si no figurasen en el anuncio de licitación, y el lugar, día y hora de la apertura de proposiciones.
14.3.3.- La invitación a los candidatos incluirá un ejemplar de los pliegos y copia de la documentación complementaria, o contendrá las indicaciones pertinentes para permitir el acceso a estos documentos, cuando los mismos se hayan puesto directamente a su disposición por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
14.3.4.- El número mínimo de empresarios a los que se invitará a participar en el procedimiento será de tres. Cuando el número de candidatos que cumplan los criterios de selección sea inferior a ese número mínimo el órgano de contratación podrá continuar el procedimiento con los que reúnan las condiciones exigidas, sin que pueda invitarse a empresarios que no hayan solicitado participar en el mismo o a candidatos que no posean esas condiciones.
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14.4.- Forma en que deben presentarse las ofertas
Los empresarios invitados a la licitación presentarán sus ofertas en sobre cerrado (B) que contendrá la oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe del IVA.
En el exterior del sobre se hará constar necesariamente la denominación del sobre y la leyenda «PROPOSICION ECONOMICA PARA LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO LOS DIVERSOS MATERIALES Y/O MAQUINARIA PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DENOMINADA “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE” . LOTE Nº ””
Dicho sobre B contendrá la siguiente documentación:.
1. Proposición económica, firmada por el licitador o persona que le representen, en la que se expresará IMPORTE OFERTADO (ANEXO II).
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa.
Los licitadores presentarán tantos sobres B como lotes a los que formulen proposición económica
14.5.- Apertura de Ofertas.
14.5.1.- La Mesa de Contratación se constituirá a las 9,00 horas del TERCER día hábil tras la finalización del plazo de presentación de ofertas ( art. 112.2 b) en relación con el artículo 160.1 del TRLCSP ) y procederá en acto público a la apertura y examen de los de las proposiciones contenidas en el sobre B “ PROPOSICION ECONOMICA PARA LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO LOS DIVERSOS MATERIALES Y/O MAQUINARIA PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DENOMINADA “ URBANIZACIÓN
CALLE EMPEDRADA 1ª FASE” . LOTE Nº ” de aquellas empresas que hayan sido
admitidas en el procedimiento.
En todo caso la apertura de la oferta económica se realizará en acto público.
14.5.2.- La Mesa de Contratación valorará las ofertas presentadas pudiendo solicitar la evacuación de los informes técnicos que se consideren oportunos para realizar esta valoración o los cálculos que estime necesarios. Igualmente, podrá solicitar cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con el artículo 160.1 del TRLCSP.
14.5.3.- El órgano de contratación negociará con los licitadores cuyas ofertas reúna los requisitos exigidos, las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios con el fin de
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identificar la oferta económicamente más ventajosa.
En todo caso se garantizará la confidencialidad de la documentación presentada y de las ofertas. A tal fin, tras la solicitud de documentación de un licitador por otro competidor, se solicitará la conformidad de aquél para facilitarla.
14.5.4.- Las comunicaciones en la fase de negociación, incluida la comunicación para presentar la oferta final, podrán realizarse mediante correo electrónico de lo que se dejará constancia en el expediente, al que se acompañará si se estima apropiado, de una comunicación telefónica comunicando el envío.
14.5.5- No se aceptarán aquellas proposiciones que:
− Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
− Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida.
− Presenten un canon superior al mínimo base de licitación.
− Comporten error manifiesto en el importe de la proposición cuando no sean objeto de valoración las bajas en el precio del contrato.
− Las que varíen sustancialmente el modelo de proposición establecido que figura como Anexo a este pliego.
− Aquellas en las que exista reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
14.5.6.-.- Presentación de ofertas finales.
Finalizada la fase de negociación, se solicitará a las empresas participantes que presenten por escrito su oferta final que deberá responder al resultado de la negociación realizada. El plazo para la remisión de esta oferta final vendrá fijado en la invitación.
14.5.7.- Valoración de las ofertas y clasificación.
A los efectos de determinar la oferta económicamente más ventajosa, la Mesa de Contratación , valorará las proposiciones y formulará la correspondiente propuesta al órgano de contratación.
IV.- ADJUDICACION. FORMALIZACION DEL CONTRATO. PUBLICIDAD DE LA FORMALIZACION
CLAUSULA DECIMO QUINTA. Documentación previa a la adjudicación del contrato.
15.1.- El órgano de contratación en resolución motivada requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo de CINCO
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XXXX XXXXXXX, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiere recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica del empresario:
• Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI.
• Los empresarios personas jurídicas, la escritura o documentos en que conste la constitución o modificación de la entidad, en su caso , inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable; si no lo fuere, la escritura o documentos de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso , en el correspondiente Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate ( art.
72.1 y 146.1 a) del TRLCSP.)
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propios, cuestión que deberá quedar acreditada en la documentación aportada.
2º) Documentos acreditativos de la representación:
• Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder de representación bastanteado por el Secretario/a General de la Corporación.
• Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
• Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente de su Documento Nacional de Identidad, o en su defecto, el documento que haga sus veces.
3º) Constitución formal de la Unión Temporal de Empresarios- UTE, cuando dos o más empresarios acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban y la participación de cada uno de ellos ( art. 59 del TRLCSP y art. 24 del RGLCAP).
4º) Documentos acreditativos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse, a criterio del órgano de contratación, en función del objeto del contrato, de su importe y de sus características por uno o varios de los medios
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siguientes:
Solvencia económica y financiera que deberá acreditarse por cualquiera de estos medios:
a) Volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años (2014, 2015 y 2016), por importe igual o superior 35.000,00 €.
Se acreditará por cualquiera de los siguientes medios:
a.1.- Cuentas anuales aprobadas (Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias),
referidas al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años:
1. Depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
2. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil
a.2.- Modelo 200 del Impuesto de Sociedades, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años
a.3.- Modelo 390 Resumen Anual del IVA, referidas al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a 35.000 €.
Se acreditará por cualquiera de los siguientes medios:
b.1.- Cuentas anuales: Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. b.2.- Modelo 200 del Impuesto de Sociedades
Solvencia técnica en los contratos de suministro que se acreditará por cualquiera de los siguientes medios:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años del mismo tipo o naturaleza al objeto de la licitación, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos por importe total igual o superior a 50.000,00 € en cómputo global referido a los cinco últimos años. A tal efecto se entenderán como suministros del mismo tipo o naturaleza los que se encuentren comprendidos en el
/los CPV del contrato.
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ACREDITACION: Mediante certificados de los suministros efectuados, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.
e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
5º) Documento acreditativo de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP (ANEXO III).
6º) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o en su caso autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
a) Obligaciones Tributarias.
• Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, y de acuerdo a la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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• Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad.
• Certificación positiva, expedida por la Entidad Local contratante justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
b)Obligaciones con la Seguridad Social.
• Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
7º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: Para la empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante,
8º) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración responsable de encontrarse exento.
9º) Aquellos empresarios que se encuentren inscritos en el registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía ( Decreto 39/2011 de 00 xx xxxxxxx XXXX Xx 52 DE 15/03/2011) no necesitan aportar los documentos a que se refieren los apartados 1º), 2º) y 3º) anteriores, aportando tan solo la certificación expedida por dichos registros acompañada por una declaración responsable formulada por el licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas no han experimentado variación, conforme a los modelos de los ANEXOS IV y V
15.2.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
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El propuesto como adjudicatario, estará exento de presentar la documentación que conste en el Ayuntamiento, siempre que estuviese vigente, debiendo a tal efecto, formular declaración responsable haciendo constar que dicha documentación se encuentra vigente y no ha sufrido ninguna modificación.
CLAUSULA DECIMO SEXTA . Adjudicación del contrato
16.1.- El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los TRES DIAS HABILES siguientes a la recepción de la documentación indicada en la cláusula anterior.
En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante, sin perjuicio de la obligaciones que en materia de contratos establece la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
El órgano de Contratación puede apartarse de la propuesta y no adjudicar el contrato de acuerdo con la propuesta formulada, en cuyo caso debe motivar su decisión
La adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa no procederá cuando el Órgano de Contratación, presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, conforme se determina en la legislación vigente, atendiendo a la existencia de informes en los que se especifique la imposibilidad de cumplir la prestación objeto de contratación conforme a la oferta presentada.
16.2.- La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, con el contenido que señala el apartado cuarto del artículo 151 de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
1. En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
2. Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
3. En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En todo caso, en la notificación y en el Perfil del Contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
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La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en la Ley 11/2007, de veintidós xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público , será de cinco días.
16.3.- La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente al Ayuntamiento.
16.4.- El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego, salvo que el Comité de expertos o informe técnico valore con cero puntos los criterios sometidos a su consideración.
16.5.- Casos de empate: Se resolverán mediante sorteo. CLAUSULA DECIMO SEPTIMA . Formalización del contrato
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo el documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. Al propio tiempo, el adjudicatario suscribirá los Pliegos.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. En estos casos el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma se procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse en el plazo máximo de los OCHO DÍAS HÁBILES, contados desde el siguiente al de la recepción por el adjudicatario de la notificación de la adjudicación.
V .- EJECUCION DEL CONTRATO
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CLÁUSULA DECIMO OCTAVA . Ejecución del contrato
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva, por la dirección de la obra. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las del de Prescripciones Técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista.
El contratista será responsable de la calidad de los suministros y trabajos de colocación que entregue, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración o para terceros por las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
Se incluye en el presente contrato el suministro, transporte y descarga de los materiales de todos los lotes especificados en el lugar que se indique (obra o almacén) dentro del término Municipal de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx (Córdoba).
Los suministros se realizarán por pedido del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx a través del Encargado de Obras del Ayuntamiento, designado al efecto.
La entrega se efectuará en el lugar indicado en el pedido. El responsable del contrato y/o encargado del contrato de suministro, firmará en caso de conformidad los albaranes de entrega y recibirá copia del mismo
En el caso de imposibilidad transitoria por parte del suministrador para atender el pedido en el plazo señalado, el Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, podrá, sin derecho a reclamación alguna por parte del adjudicatario, adquirir libremente los productos necesarios.
Si esta imposibilidad se repitiera frecuentemente, o no pudiera mantenerse por el suministrador la deseada regularidad en el suministro, el Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx podrá resolver el contrato, y adjudicarlo sin nueva licitación a la siguiente proposición más ventajosa.
CLÁUSULA DECIMO NOVENA . Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
a) El contratista está obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
b) El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley
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de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
c) El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para los supuestos de subcontratación.
d) La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
e) El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
f) El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato, quedando el Ayuntamiento exonerado de cualquier responsabilidad por este incumplimiento.
g) Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
Salvo pacto en contrario, los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
h) sucesión en la persona del contratista. En casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas continuará el contrato con la entidad resultante, que quedara subrogada en los derechos y obligaciones dimanante del mismo, si se producen las condiciones exigidas en el artículo 85 del TRLCSP.
Es obligación del contratista comunicar fehacientemente a la Administración cualquier cambio que afecte a su personalidad Jurídica, suspendiéndose el computo de plazos
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legalmente previstos para el abono de las facturas correspondientes hasta que se verifiquen los mismos.
Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el contrato considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del contratista.
Los derechos del contratista serán:
a) El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
CLÁUSULA VIGESIMA . Plazo de Garantía
Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha de terminación del contrato/ entrega de los bienes, si durante el mismo se acredita la existencia de vicios o defectos en el suministro, la Administración tendrá derecho a reclamar la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
CLÁUSULA VIGESIMO PRIMERA . Modificación del Contrato
De conformidad con lo establecido en el artículo 219 del TRLCSP los contratos administrativos sólo podrán ser modificados por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en los artículos 105 a 108 y sin perjuicio de lo que en materia de procedimiento establece el artículo 211 del TRLCSP
Así, la normativa de contratación nos permite modificar los contratos del sector público:
1. Siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido expresamente de esta posibilidad y se haya detallado de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrán hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de las modificaciones que pueden acordarse con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar, y el procedimiento que haya de seguirse para ello.
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2. Si no se ha previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación, solo podrán efectuarse modificaciones cuando se justifique la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
• Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.
• Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas.
• Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
• Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
• Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 TRLCSP
CLAUSULA VIGESIMO SEGUNDA. Obligación de presentar factura e identificación de órganos.
Según dispone el artículo 293 del TRLCSP, el contratista tendrá derecho al abono del precio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por el Ayuntamiento.
Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (según redacción dada por la Disposición Adicional 7.5 de la Ley 11/2013 de 26 de Julio de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo) el contratista tendrá obligación de presentar la factura que haya expedido por los bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
A las facturas se adjuntarán los albaranes de entrega, debidamente cumplimentados y con el recibí/conforme del responsable y/o encargado del contrato de suministro.
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Así mismo en las facturas, los suministros realizados irán detallados por el grupo y lote donde están clasificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En las facturas se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el artículo 72 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la identificación del órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública, el órgano de contratación y el órgano administrativo destinatario de la factura.
A tal efecto se indica lo siguiente:
• El órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública es la Secretaría Intervención Municipal.
• El órgano de contratación en el procedimiento que nos ocupa es el Alcalde Presidente.
• El órgano administrativo destinatario de la factura es el Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CLAUSULA VIGESIMO TERCERA. Cumplimiento del Contrato
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia máxima total, se haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la administración la totalidad de su objeto.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en xxxx al recibirlos.
Dentro del mes siguiente a la finalización del objeto del contrato se procederá, mediante acto formal, a la recepción de los bienes objeto del suministro.
Si los bienes y trabajos de instalación se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones técnicas, el Alcalde, Concejal y/o persona encargada, los dará por recibidos, levantándose la correspondiente acta, comenzando entonces el cómputo del plazo de garantía.
Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
Así mismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser ofrecidas por partes y utilizadas de forma independiente.
CLÁUSULA VIGESIMO CUARTA. Penalidades por Incumplimiento
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24.1.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
24.2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
24.3.- El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista.
24.4.- Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
24.5.- El Ayuntamiento podrá imponer penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 64 y 118.1 del TRLCSP. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
24.6.- Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGESIMO QUINTA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, ( en caso de haberse prestado ) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
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CLÁUSULA VIGESIMO SEXTA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA VIGESIMO SEPTIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Xxxxxxx 000/0000, xx 0 xx xxxx, x xx Xxxx Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La Secretaria Interventora Fechado y Firmado electrónicamente.
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MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
Don , con DNI núm. , en nombre propio (o en representación de la empresa , con domicilio en
y CIF núm. .
MANIFIESTA, que estando enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado con publicidad, tramitación urgente, del contrato de suministro denominado “suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de la obra PFEA 2017 denominada “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”. Expediente GEX 2017/1752
SOLICITA LA PARTICIPACIÓN en dicho procedimiento, ajustándose en todo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al de Prescripciones Técnicas que declara conocer.
(lugar, fecha y firma)
DATOS DE CONTACTO
Nombre persona de contacto: Cargo:
Teléfono: Fax:
Dirección: Localidad: Provincia:
e-mail:
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO I DECLARACION RESPONSABLE
Presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos (artículo 146.4 del TRLCSP)
D. | |
Domicilio: | |
DNI: | |
Dirección correo electrónico: | |
Teléfono: | Fax: |
En Nombre propio
Marcar con una X
En representación de: | |
Domicilio: |
MANIFIESTO, que estoy enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado con publicidad, tramitación URGENTE, del contrato de suministro denominado “suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de la obra PFEA 2017 denominada “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE” Expediente GEX 2017/1752
Que igualmente conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el de Prescripciones Técnicas y DECLARO RESPONSABLEMENTE ante el órgano de contratación:
• Tener plena capacidad de obrar y hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
• No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
• Que se compromete a acreditar documentalmente ante el Órgano de Contratación, en el caso de resultar propuesto como adjudicatario, todos y cada uno de los extremos requeridos por la ley ( art. 146.1 TRLCSP) y los pliegos con anterioridad a la adjudicación, en el plazo conferido al efecto en el requerimiento.
• El sometimiento la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. (Sólo en caso de empresas extranjeras).
Y para que así conste y surta sus efectos ante el órgano de contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 146,4 del TRLCSP, firma la presente,
Montalbán, a de de 2017
Fdo.: D.
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO II PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. | |
Domicilio: | |
DNI: | |
Dirección correo electrónico: | |
Teléfono: | Fax: |
En Nombre propio
Marcar con una X
En representación de: | |
Domicilio: |
MANIFIESTO, que estoy enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado con publicidad, tramitación URGENTE, del contrato de suministro denominado “suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de las obra PFEA 2017 denominada “URBANIZACIÓN XXXXX XXXXXXXXX 0x XXXX ” Xxxxxxxxxx GEX 2017/1752 .
Hago constar que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como el de Prescripciones Técnicas que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe:
Nº LOTE | IMPORTE (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
XXXX 0 | |||
XXXX 0 | |||
XXXX 0 | |||
XXXX 0 | |||
XXXX 0 | |||
XXXX 0 |
Xxxxx Xxxxxx detallados por precio unitarios
En Xxxxxxxxx a de de 2017 Firma del licitador:
Fdo.: .
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO II
LOTE 1: MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN
Proyecto: “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE ”
IMPORTE LOTE 1 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
UD. | CONCEPTO | CANTIDAD | PRECIO MAX. LICITACIÓ N | PRECIO (€) | IMPORTE (€) |
M3 | HORMIGON HM-20/B/40/l servido en cuba | 3,000 | 48,00 | ||
M3 | ARENA de rio ligada (gruesa y fina) | 62,000 | 24,00 | ||
Ud | LADRILLO ceramico PERFORADO, 24x11x11 | 2.800,000 | 0,10 | ||
Ud | CEMENTO CEM II BP 32.5, EN SACOS DE 25 kg | 53,000 | 3,20 | ||
m2 | Adoquín granito 10 cm | 802,000 | 33,00 | ||
Ud | Partida Alzada de pequeño material | 0,000 | 120,00 | ||
TOTAL (sin IVA) |
El precio unitario de cada material será igual o menor al que figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo la suma de éstos no podrá superar el total de la licitación.
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO II
LOTE 2: ÁRIDOS, MAQUINARIA Y ALQUILER Proyecto: “URBANIZACIÓN XXXXX XXXXXXXXX 0x FASE “
IMPORTE LOTE 2 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
UD. | CONCEPTO | CANTIDAD | PRECIO MAX. LICITACIÓN | PRECIO (€) | IMPORTE (€) |
UD | Retroexcavadora giratoria( equivalencia aprox. 120 h) | 76,000 | 52,27 | ||
ud | RETROEXCAVADORA CON MARTILLO COMPRESOR (equiv. Aprox. 30h) | 24,000 | 48,00 | ||
ud | Contenedor para escombros de 5 m3 | 100,000 | 60,00 | ||
M3 | Zahorra Z-2 silícea | 155,000 | 13,50 | ||
Ud | Partida alzada de alquiler de pequeña maquinaria | 0,000 | 100,30 | ||
TOTAL (sin IVA) |
*
El precio unitario de cada material será igual o menor al que figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo la suma de éstos no podrá superar el total de la licitación.
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO II LOTE 3: HORMIGÓN
Proyecto: “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE ”
IMPORTE LOTE 3 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
UD. | CONCEPTO | CANTIDAD | PRECIO MAX. LICITACIÓN | PRECIO (€) | IMPORTE (€) |
M3 | Hormigón HA-25/B/20B/lla en obra | 119,000 | 48,00 | ||
TOTAL (sin IVA) |
*
El precio unitario de cada material será igual o menor al que figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo la suma de éstos no podrá superar el total de la licitación.
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO II
LOTE 4: MATERIAL DE INSTALACIONES Proyecto: “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE ”
IMPORTE LOTE 4 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
UD. | CONCEPTO | CANTIDAD | PRECIO MAX. LICITACIÓN | PRECIO (€) | IMPORTE (€) |
Ml | Tub.Polietil.AD90/10Atm | 210,000 | 4,00 | ||
Ud | Tapa de fundición para pozo diam. 60 cm. | 4,000 | 90,00 | ||
ud | Materiales acometida red general agua ABS (incluye todas las piezas necesarias) | 4,000 | 80,00 | ||
ud | Codo Latón 32x32 mm | 28,000 | 7,00 | ||
ud | Enlace Rosca Macho (ERM) Xxxxx, diam. 1” | 56,000 | 3,50 | ||
ud | Collarin toma fundiccion 90x1” | 28,000 | 14,50 | ||
ud | Llave de esfera 1” cuadradillo | 28,000 | 7,00 | ||
ud | Tapa de refistro fundicion de 20x20 cm | 28,000 | 5,50 | ||
Ml | Tub. Polietil. BD32/10Atm | 140,000 | 1,05 | ||
ud | Boca riego e hidrante D=45 mm | 2,000 | 70,00 | ||
ml | XxxXxxxxxxx.XX 50/10Atm | 4,000 | 3,00 | ||
ud | Enlace Rosca Macho (ERM) Xxxxx, diam. 1,5” | 4,000 | 8,00 | ||
ud | Collarin de toma para D=90 mm | 2,000 | 15,00 | ||
Ml | Tubo PVC corrugado= 90 mm | 430,000 | 1,00 | ||
Ud | Tapa de fundicion 400x400 | 12,000 | 14,00 | ||
Ud | Trampillon de fundicion para válvulas CCE | 6,000 | 10,00 |
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VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ud | Válvula de compuerta y cierre elástico (CCE) completa, (incluso tornillos, bridas y gomas) | 4,000 | 135,00 | ||
UD | ARQUETA DE PVC DE 40x40 | 6,000 | 20,00 | ||
Ud | Arqueta sumidero PVC imbornal, con cerco y tapa fundicion | 6,000 | 50,00 | ||
Ml | TUBO PVC CORRUGADO DE 200 MM | 121,000 | 4,50 | ||
ML | TUBO PVC CORRUGADO DE 400 MM | 115,000 | 16,00 | ||
Ud | Partida alzada alquiler pequeña maquinaria y herramientas | 0,000 | 424,83 | ||
TOTAL (sin IVA) |
* El precio unitario de cada material será igual o menor al que figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo la suma de éstos no podrá superar el total de la licitación.
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
pie_firma_corto_dipu_01
35
Código seguro de verificación (CSV):
CDF5 4376 B1DA 4F60 B282
CDF54376B1DA4F60B282
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO II
LOTE 5: FERRALLA Y CARPINTERIA METALICA Proyecto: “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE ”
IMPORTE LOTE 5 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
UD. | CONCEPTO | CANTIDAD | PRECIO MAX. LICITACIÓN | PRECIO (€) | IMPORTE (€) |
M2 | Mallazo electrosoldado 15x15 d=8 | 890,000 | 3,20 | ||
TOTAL (sin IVA) |
* El precio unitario de cada material será igual o menor al que figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo la suma de éstos no podrá superar el total de la licitación
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
pie_firma_corto_dipu_01
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO II
LOTE 6: SEGURIDAD Y SALUD
Proyecto: “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE ”
IMPORTE LOTE 6 (€) | IVA (€) | TOTAL (€) |
UD. | CONCEPTO | CANTIDAD | PRECIO MAX. LICITACIÓN | PRECIO (€) | IMPORTE (€) |
Ud | Chaleco reflectante | 50,000 | 2,10 | ||
ud | Cuadro general obra pmax. 15 kW | 1,000 | 350,00 | ||
ud | Extintor polvo ABC 6 Kg | 1,000 | 43,25 | ||
ud | Botiquin de obra | 2,000 | 25,00 | ||
ud | Señal circular D=600 mm y soporte metalico | 3,000 | 43,00 | ||
ud | Cartel xx xxxx permanente | 3,000 | 6,70 | ||
ud | Cartel combinado de 100x70 cm | 2,000 | 15,70 | ||
Ud | Valla contencion peatones | 18,000 | 50,00 | ||
ml | Cinta de balizamiento reflec. | 1.026,000 | 0,03 | ||
Ud | Célula fotoeléctrica y bateria | 4,000 | 16,50 | ||
Ud | Casco de seguridad homologado | 5,000 | 4,10 | ||
Ud | Gafas contra impactos | 10,000 | 3,80 | ||
Ud | Mascarilla antipolvo | 87,000 | 0,36 | ||
Ud | Protectores auditivos | 3,000 | 8,36 | ||
Ud | Mono de trabajo | 2,000 | 13,70 | ||
Ud | Traje de agua amarillo-verde | 5,000 | 6,42 | ||
Ud | Tapones antiruido | 10,000 | 0,25 | ||
Ud | Par de Guantes de goma | 6,000 | 0,80 | ||
Ud | Par Guantes piel de vacuno | 87,000 | 1,90 | ||
Ud | Par de botas de agua | 6,000 | 5,35 | ||
Ud | Par de botas seguir.con punt/plan | 87,000 | 21,90 | ||
M2 | Tapa provisional huecos | 16,000 | 18,00 | ||
Ud | Partida alzada MATERIAL SEGURIDAD S y S | 0,000 | 14,35 | ||
Ud | Plataforma metálica con barandilla y rodapie de 2,00x0,60 | 2,000 | 234,35 | ||
TOTAL (sin IVA) |
pie_firma_corto_dipu_01
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Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
* El precio unitario de cada material será igual o menor al que figura en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo la suma de éstos no podrá superar el total de la licitación
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
pie_firma_corto_dipu_01
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Código seguro de verificación (CSV):
CDF5 4376 B1DA 4F60 B282
CDF54376B1DA4F60B282
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
XXXXX XXX DECLARACION RESPONSABLE
SOBRE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR Proyecto: “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE ”
D. | |
Domicilio: | |
DNI: | : |
Dirección correo electrónico: | |
Teléfono: | Fax: |
En Nombre propio
Marcar con una X
En representación de: | |
Domicilio: |
MANIFIESTO, que estoy enterado del expediente de contratación y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento negociado con publicidad, tramitación URGENTE del contrato de suministro denominado “suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de las obra PFEA 2017 denominada “ URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE ”
Declara bajo su responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato:
1º.- No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
pie_firma_corto_dipu_01
39
Código seguro de verificación (CSV):
CDF5 4376 B1DA 4F60 B282
CDF54376B1DA4F60B282
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL ESTADO.
Proyecto: “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”
D. con residencia en , provincia de , calle , según Documento Nacional de Identidad nº , en nombre, propio o de la empresa inscrita en el Registro Oficial de licitadores y empresas clasificadas del Estado, al objeto de participar en la contratación del suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de la obra de PFEA 2017, “URBANIZACIÓN XXXXX XXXXXXXXX 0x XXXX” xxxx su personal responsabilidad declara
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el citado Registro de Licitadores, han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose las demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
pie_firma_corto_dipu_01
40
Código seguro de verificación (CSV):
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CDF54376B1DA4F60B282
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017
ANEXO V
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
Proyecto: “URBANIZACIÓN CALLE EMPEDRADA 1ª FASE”
D. con residencia en , provincia de , calle , según Documento Nacional de Identidad nº , en nombre, propio o de la empresa en el Registro de licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al objeto de participar en la contratación del suministro de los materiales y en su caso de la maquinaria para la ejecución de la obra de PFEA 2017, “URBANIZACIÓN XXXXX XXXXXXXXX 0x XXXX” xxxx su personal responsabilidad declara:
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el citado Registro de Licitadores, han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose las demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta
En Xxxxxxxxx a de de 2017.
Firma del licitador:
Fdo.:
pie_firma_corto_dipu_01
41
Código seguro de verificación (CSV):
CDF5 4376 B1DA 4F60 B282
CDF54376B1DA4F60B282
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por Secretaria Interventora XXXXX XXXXX XXXXX XXX XXXXXX el 5/12/2017
VºBº xx Xxxxxxx: X. XXX XXXXXX XXXXXX el 7/12/2017