TERMINOS Y CONDICIONES GENERALES PARA ORDENES DE COMPRAS DE SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA EL ABRA
TERMINOS Y CONDICIONES GENERALES PARA ORDENES DE COMPRAS DE SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA EL ABRA
1. Envío del Producto: La entrega de los productos adquiridos bajo este documento estará siempre acompañado por la correspondiente guía de despacho, factura o documento equivalente, de acuerdo con la legislación actual y a lo indicado por SCMEA. Dicho documento deberá ser entregado como original, en ellos se indicará el número de orden de compra, el número del artículo del pedido y la cantidad del material, la descripción y el código asignados por la compañía.
2. Documentos adicionales de entrega: La entrega de los productos adquiridos bajo este documento estará siempre acompañado, además de la guía de despacho o factura impresa o documento equivalente, de las respectiva Hoja de Seguridad según lo indica la Xxxxx Xxxxxxx 2245/2015 del Ministerio de Salud de acuerdo con la legislación actual, esto para todos los productos que aplique según lo indica la norma.
3. Garantía: Los productos incluidos en este pedido están garantizados por el Proveedor y / o el fabricante contra cualquier defecto de fabricación y / o falla material por un período de 3 meses o superior, según lo ofertado por el Proveedor, siendo el de mayor plazo el que prime sobre la garantía legal que indique el Proveedor.
4. Condiciones de Entrega: Las fechas de entrega dispuestas en cada pedido deben seguirse estrictamente. La compañía se reserva el derecho de cancelar esta orden, total o parcialmente, en caso de incumplimiento de las fechas de entrega previamente pactadas, sin perjuicio de las multas que se pueden aplicar de acuerdo a lo indicado en el N°6 del presente instrumento.
5. Visitas a las Instalaciones: En caso de necesidad de una visita a la instalación de la compañía por parte del Proveedor, el Proveedor deberá contar previamente con todas las autorizaciones de ingreso necesarias, las cuales deberán ser tramitadas por cuenta y cargo del Proveedor. El Proveedor declara conocer y aceptar la normativa que se aplica a la faena xx XXXXX, la cual indica los requisitos que deben ser cumplidos para poder acceder a la faena.
6. Multas por Retraso: De no cumplir con los términos de entrega dispuestos sin razón, la compañía puede imponer una multa del 0,3% del valor de los productos pendientes de la entrega, para cada día de atraso en la entrega, con un máximo equivalente al total pago de la entrega de valor.
7. Facturación: El Proveedor deberá facturar de acuerdo con lo indicado en la respectiva Orden de compra, procurando que la información sea correctamente transmitida por su sistema electrónico de emisión de documentos tributarios electrónicos, siendo su responsabilidad que estos sean recibidos en la casilla de El Abra destinado para estos efectos, tal como dispone el Servicio de Impuestos Internos.
a. Consulta de Estado de Factura: Los servicios de información sobre el estado de la factura del Proveedor están disponibles, para el Proveedor, que debe auto registrarse en nuestro sitio web: xxxx://xxxxxxxx.xxx.xxx/.
b. Política de Pago: La política de pago de la compañía es cumplir con las fechas pactadas previamente, para todas las facturas correctamente recibidas en la unidad Cuentas por Pagar.
c. La compañía pagará las facturas del Proveedor a través de depósito en la cuenta corriente informada por el Proveedor. En caso de que la compañía no tenga dicha información, pagará vía Vale Vista nominativo a retirar en cualquiera de las Sucursales del Banco BCI.
d. Pago por adelantado: La compañía ofrece la posibilidad de adelantar los pagos a su vencimiento, para esto el Proveedor contactará con la unidad de pago de las cuentas y establecerá las condiciones del pago por adelantado.
8. Documentación en la Xxxx xx Xxxxxx: Si es aplicable, el Proveedor deberá entregar la factura Zofri, la lista de empaque y todo documento relacionado al agente aduanero de la compañía en Iquique (Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx - San Xxxxxx # 255 -office # 12- floor empresarial - teléfono: (57) 414930/38/690 -fax: (57) 414696) y envíe por fax (0) 0000000, una copia de la misma documentación a nuestras importaciones jefe oficial en Santiago.
9. Embalaje xx Xxxxxx para Importación y/o Exportación: Si es aplicable, y cuando se utiliza el embalaje xx xxxxxx más grueso que 5mm, considere la resolución no 133 del ministerio agrícola de chile, que requiere lo siguiente:
a. Para el embalaje con madera de más de 5 mm de espesor, utilizado para el transporte de cualquier entrega en el extranjero o en tránsito a través del territorio nacional, incluyendo la carga peligrosa, se fabricará bajo los términos y condiciones generales respecto a tratamiento de las maderas:
1. Tratamiento térmico: el paquete xx xxxxxx será calentado en hornos de acuerdo con una curva de temperatura / tiempo específico mediante la que el centro de la madera alcanza una temperatura mínima de 56 centígrados en un período mínimo de 30 minutos. el secado en una estufa y la impregnación química a presión puede ser considerado un tratamiento térmico en el que se cumple con las especificaciones del tratamiento térmico.
2. Fumigación con bromuro xx xxxxx: cumplirá con la regla mínima del tratamiento de fumigación con bromío xx xxxxx. la temperatura mínima no debe ser menor a 10 centígrados y un mínimo de 16 horas de exposición.
b. Cualquier paquete xx xxxxxx que entra en el país debe mostrar a la marca certificando que ha sido presentado en uno de los tratamientos fitosanitarios aprobados. esta marca será negra, xxxx x xxxxxx oscuro, según corresponda, legible,
permanente y no transferible. esta marca estará estampada al menos dos lados visibles externos en cada unidad de embalaje desde el extranjero y cada unidad de carga perjudicada.
10. Embalaje Especial para Categorías Especiales: El principal objetivo es preservar en el tiempo las condiciones físicas del bien, bajo condiciones climáticas desérticas, con alta radiación UV durante todos los días del año y de altura geográfica, además de evitar en su traslado todo daño a las personas, medio ambiente y equipos. para esto se han definido las siguientes categorías especiales:
a) Rodillos o Polines: deben ser despachados en paquetes y rotulados por ítem en xxxxx xx xxxxxx sobre pallets. la caja xx xxxxxx debe tener tapa sólida, con bisagras, y debe ser ranurada a los costados para poder visualizar el material para conteos y estado del mismo. debido al peso que tiene cada cajón, se recomienda que, en su traslado, estos no sean apilados, uno sobre otro, evitando que el traslado deforme o debilite el embalaje.
b) Motores: deben ser provistos con embalaje plástico con filtro UV y que resista a los factores externos, con base metálica, y accesorios para el descargue con grúa. para el transporte debe contar con estructuras metálicas de preferencia ovoidal o hexagonal, para evitar energía acumulada, por movimiento del vehículo en su traslado.
c) Transformadores: deben ser provistos en caja xx xxxxxx sólida sobre base contenedora de derrame, adicionalmente, debe contener material preservante contra la humedad, flechas de posición de motor para evitar derrames de fluidos - peso, medida y rotulado y ventana con bisagra para acceder a placa de información. para evitar derrames en su traslado, el aceite debe ser drenado de sus compartimientos y debe ser trasladado en tambores.
d) Ejes para motores y bombas: repuesto de este tipo sobre un metro de largo, deben ser provistos en xxxxx xx xxxxxx rectangular y apoyos según medida del eje, se recomienda un eje por caja. en la parte roscada del eje debe tener su funda protectora. debe llegar lubricado, con preservante y el embalaje debe evitar derrames de fluidos y grasa. para evitar el movimiento del eje dentro de su embalaje, éste debe estar fijado a la estructura de su embalaje, reforzado con tacos xx xxxxxx.
e) Aisladores Eléctricos: repuestos de este tipo deben ser provistos en caja xx xxxxxx con separadores para evitar daños en la manipulación y transporte. debe llegar un solo modelo por caja. el embalaje debe ser reforzado en su interior, protegiendo la pieza de golpes y vibraciones externas, propias de un vehículo en movimiento.
f) b: deben ser provistos en caja xx xxxxxx/cartón especial con plástico herméticamente sellado según el tamaño. debe llegar lubricado, con preservante y el embalaje debe evitar derrames de fluidos y grasa, para cajas pequeñas deben ser contenidas en bins o jaulas para evitar el daño por contención de amarras en los vehículos. piezas de mayor tamaño su embalaje debe ser xx xxxxxx sobre pallet.
g) Empaquetaduras de abrazaderas Vitaulic o tipo Vitaulic: deben ser provistos en cajas sobre pallet, cubiertas contra el sol (filtros UV) y factores externos, con base metálica, y accesorios para el descargue con grúa.
h) b: deben ser provistas en atriles metálicos, cubiertas contra el sol (filtros UV) y factores externos, con base metálica, y accesorios para el descargue con grúa. las estructuras metálicas deben ser preferencialmente ovoidal o hexagonal, para evitar energía acumulada, por movimiento del vehículo en su traslado.
i) Bridas o flanges con sellos en el interior: el embalaje que se utilice debe procurar fijar las piezas en su interior con tacos o bases xx xxxxxx, evitando el movimiento y roce de las piezas entre sí.
j) Cables para palas: deben ser provistos en carretes, paletizados, revestidos y en posición vertical (pallet debe ser proporcional al peso y fleje metálico), deben ser trasportados siempre en posición vertical, no apoyar sobre sus caras, para evitar el rodado se debe asegurar la carga con cuartones xx xxxxxx.
k) Material reparado (motores, moto reductores, poleas y similares): deben ser despachados sobre base contenedora de derrames metálica y plastificados con protección UV, con placa que indique (número de material, orden de compra, guía de remisión del Proveedor y placa con fecha de reparación) para condición de traslado normal sobre superficie plana, embalaje debe ser adecuado para permitir
amarras de cualquier tipo.
l) Áridos/graneles: deben despacharse en maxi sacos, con la cantidad de asas necesarias según el peso, sobre pallet adecuado al peso, y con un embalaje externo resistente a los rayos UV, con rotulado que indique número de material, orden de compra, guía del Proveedor. él debe ser puesto sobre pallet resistentes, material debe estar fijado a estos pallets mediante zunchos.
m) Cilindros hidráulicos: deben ser provistos en caja xx xxxxxx sobre base contenedora de derrames con tapa sólida con bisagras, con plástico de protección para evitar el polvo e ingreso de humedad, agua y rayos uv; adicionalmente, debe contener material preservante contra la humedad, flechas de posición para evitar derrames de fluidos – peso, medida y rotulado. para evitar en movimiento dentro de su embalaje, éste debe contar con tacos o soportes xx xxxxxx.
n) Tuberías: para el despacho de estos bienes el Proveedor debe procurar siempre que estas estén uniformemente apoyadas en toda su longitud:
a. Tubería HDPE con 5 amarres cuadrado de 1.20mts para largo tubería 12 mts. la cantidad de tuberías según su diámetro, este amarre consiste en un xxxxxxxx xx xxxxxx clavada palo de 3”x3” además a su alrededor con zuncho xx xxxxx de 19mm para evitar que se suelten los palos.
b. Para tubería de mayor diámetro deben venir sobre una base palo 3” x 3” con cuñas y amarres que no dañen los tubos.
c. Al usar distanciadores xx xxxxxx, estos no deben separar más de 2 mts. entre sí, tablones xx xxxxxx de 2” x 8” x 2.4 mts.
d. deben ser trasladadas donde no excedan el largo del vehículo, el cual debe estar acondicionado con perfiles laterales para evitar desplazamientos durante el traslado.
o) Poleas: deben ser provistas con recubrimiento en ejes para evitar corrosión, sobre bases y cubierta de los rodillos. deben llegar en bandeja contenedora de derrames que soporten el peso respectivo, con tacos. para evitar el movimiento de la polea dentro de su embalaje, éste debe estar fijado a la estructura de su embalaje, reforzado con tacos xx xxxxxx, sus descansos o ejes debe estar apoyados uniformemente sobre soportes xx xxxxxx.
11. Aceptación de la Orden de Compra: el Proveedor deberá confirmar el recibo y la aceptación de este pedido por correo electrónico dentro del plazo de tres (3) días hábiles después del recibo por correo electrónico. La compañía considerará que el pedido está completamente aceptado por el Proveedor si no recibe ninguna observación sobre sus términos y condiciones dentro del término mencionado antes.
12. Condiciones para la Emisión Automática: En el caso de OC´s emitidas en forma automática, estas condiciones fueron previamente definidas de común acuerdo, el Proveedor al aceptar este documento se obliga a cumplir con las condiciones específicas respecto plazo y lugar de entrega, embalajes y facturación.
13. Información Confidencial: El Proveedor se obliga a no divulgar ni usar para fines distintos a los relacionados con el suministro encomendado, la información aportada por SCMEA. Asimismo, tampoco podrá divulgar antecedentes de su trabajo o resultantes de éste, obligación que se hace extensiva a todos sus trabajadores. El Proveedor se abstendrá de efectuar comunicados de prensa o promocionar de modo alguno el hecho de haber suscrito el contrato o de mantener una relación comercial con SCMEA o con Freeport-McMoran South América Limitada, sin autorización previa y por escrito xx XXXXX. Durante o después de la vigencia del servicio, el Proveedor no revelará a ninguna persona, firma, corporación o asociación en forma escrita ni verbal, sin el consentimiento previo por escrito xx XXXXX, ninguna información relacionada en algún modo con suministros, propiedades, instalaciones, operaciones y negocios xx XXXXX, adquirida o conocida por el Proveedor en la ejecución de este contrato o en cualquier otra forma.
14. Política Anticorrupción: El Proveedor declara haber tomado conocimiento de las disposiciones contenidas en la ley 20.393, por lo que se compromete a informar x XXXXX, a través del encargado de prevención de delitos xx XXXXX, si toma conocimiento de que algún empleado xx XXXXX pudiera estar involucrado en la comisión de los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento de terrorismo y cohecho de funcionario público, dentro del ámbito de sus atribuciones y responsabilidades, de acuerdo a lo establecido en la normativa nacional e internacional. asimismo, SCMEA declara ser una sociedad filial o subsidiaria de una empresa con sede en estados unidos de Norteamérica, por lo que, a fin de dar estricto cumplimiento a las normas y exigencias
establecidas por la ley federal denominada Foreign Corrupt Practice Act (conocida por su sigla en inglés “FCPA”) sólo contratará los servicios de Proveedores quienes mantengan los más altos estándares de honestidad, ética y profesionalismo en la gestión de sus negocios. SCMEA tomará muy en serio e investigará cualquier indicio, denuncia, sugerencia o evidencia que indique que el Proveedor está involucrado en prácticas prohibidas o indebidas de corrupción, o en caso que éste haya ejercitado actos coercitivos indebidos, incentivos indebidos, ofertas indebidas, extorsión o violencia, para obtener ventaja contractual. estas son prácticas que SCMEA rechaza, por lo que SCMEA no efectuará ningún tipo de negocio o contrato con aquellas organizaciones que se gestionen con esas prácticas indebidas. en caso que SCMEA descubriera que un Proveedor está involucrado en tales prácticas, XXXXX estará facultada para poner término inmediato al contrato, sin necesidad de invocar causal alguna para ello. en particular, XXXXX prohíbe expresamente a todos sus Proveedores, cualquier conducta relacionada con realizar ofrecimientos, o prometer cualquier pago ilegal, impropio o indebido, o transferir cualquier bien o valor a favor de cualquier autoridad (internacional, nacional, regional o local), tercera parte, o trabajador xx XXXXX, a fin de sostener o entablar negocios con SCMEA. XXXXX exige asimismo que toda documentación que le sea remitida, incluyendo la documentación por reembolso de gastos o facturas sean completas y ajustadas a los montos reales y acordes con la naturaleza de los servicios prestados o gastos incurridos. el Proveedor acuerda cooperar con SCMEA en remitirle cualquier documentación o justificación derivada del contrato que le sea requerida al Proveedor sobre el particular, en forma inmediata. SCMEA no realizará pagos al Proveedor contra facturas o solicitudes de pago que no estén debidamente sustentados. el Proveedor garantiza que, en relación con el presente contrato, no ha realizado, directa o indirectamente, ofrecimiento o promesa, y se obliga a no realizar ofrecimiento alguno
o promesa, pago o transferencia ilícita de cualquier valor o bien, a cualquier autoridad (nacional o internacional), terceras partes, o trabajadores xx XXXXX; y, asimismo, el Proveedor se obliga a cumplir con las normas legales aplicables a la ejecución de los servicios. el incumplimiento de estas obligaciones o la remisión de información falsa, darán lugar a la resolución inmediata del contrato, sin perjuicio de los demás recursos y remedios establecidos en el presente contrato.
15. Política de Diversidad, Inclusión, Igualdad de Género y Conciliación de la Vida Laboral, Familiar y Personal NCH3262.
El proveedor declara que ha leído, comprende y se ajustará, y ha exigido que todo su personal y Sub Contratos lean, comprendan y se ajusten a la política de diversidad, inclusión, igualdad de género y conciliación de la vida laboral, familiar y personal xx XXXXX. asimismo, se compromete, durante la vigencia de este contrato, él mismo, su personal y las demás personas que presten servicios para él con ocasión de este contrato, incluyendo los Sub Contratos si los hubiere, a dar cumplimiento a todos los aspectos normativos y legales respecto de la igualdad de género y la conciliación de la vida laboral y personal de quienes trabajan en el abra y sus instalaciones.
el proveedor informará x XXXXX de todas las quejas de terceros en materia de política de diversidad, inclusión, igualdad de género y conciliación de la vida laboral, familiar y personal xx XXXXX asociadas al cumplimiento del proveedor bajo el contrato.
16. Política de Derechos Humanos.
El proveedor reconoce y conviene en que ha leído la Política de Derechos Humanos xx Xxxxxxxx (copia de la cual puede obtenerse siguiendo el enlace para la Política de Derechos Humanos de la Compañía ubicado en esta página web: xxxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx#xxxx) y que la Política de Derechos Humanos exige que el proveedor respete los Derechos Humanos Internacionales. Consecuentemente con lo expuesto, el proveedor garantiza y conviene en que, en la realización de todas las actividades contempladas bajo el Contrato u Orden de Servicio, el proveedor y cualquiera de sus Proveedor, y sus respectivos empleados, directores, ejecutivos y demás representantes que realicen trabajo a nombre de, o bajo las instrucciones del proveedor, deberán respetar y cumplir con la Política de Derechos Humanos xx Xxxxxxxx y cualquier Derecho Humano Internacional. El proveedor por el presente representa y conviene en que:
a) Investigará sin demora toda acusación de violaciones a los Derechos Humanos Internacionales presuntamente causadas por el proveedor o cualquier Proveedor y sus respectivos empleados, directores, ejecutivos y demás representantes;
b) Notificará x XXXXX y le entregará los resultados de dicha investigación; y
c) Tomará las medidas correctivas adecuadas en el caso de que tales investigaciones confirmen la ocurrencia de violaciones a los Derechos Humanos Internacionales.
El proveedor informará x XXXXX de todas las quejas de terceros en materia de Derechos Humanos asociadas al cumplimiento del proveedor bajo el Contrato u Orden de Servicio. La falta del proveedor en cuanto a ajustarse a esta sección será considerada un incumplimiento grave del Contrato u Orden de Servicio, facultando x XXXXX para poner término al mismo.
El proveedor proporcionará una copia de la Política de Derechos Humanos xx XXXXX a cada proveedor, a todos los sub-Contratos, y a los respectivos empleados y representantes de cada uno de los anteriores.
El proveedor reconoce y conviene en que ha leído la Política Comunitaria xx Xxxxxxxx (copia de la cual puede obtenerse siguiendo el enlace para Política Comunitaria xx Xxxxxxxx ubicado en esta página web: xxxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx#xxxx). El proveedor entiende y conviene en que se espera que el proveedor y sus proveedores y sub-Contratos conduzcan todas las operaciones relacionadas con el Servicio de manera consecuente con la Política Comunitaria xx Xxxxxxxx.
17. Prevención de Delitos.
El proveedor se obliga a cumplir de manera estricta y de buena fe con todas las leyes, regulaciones y normas aplicables al trabajo, servicio, producto, equipo o de cualquier otra prestación que tenga que entregar x XXXXX.
XXXXX ha adoptado un Código de Conducta para Proveedores que deberá ser observado por todos quienes contraten con SCMEA (una copia del cual puede obtenerse siguiendo el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx#xxxx). Asimismo, el proveedor declara que ha leído, comprende y se ajustará, y ha exigido que todo su personal y Sub Contratos lean, comprendan y se ajusten a los principios contenidos en el Código de Conducta para Proveedores xx XXXXX. SCMEA sólo hará negocios con empresas que adhieran a las más altas normas de honestidad, ética y profesionalismo en la conducción de sus negocios. SCMEA toma muy en serio e investigará cualquier sugerencia o evidencia de que una empresa ha incurrido en prácticas de negocios corruptas o impropias, o ha utilizado coerción, alicientes indebidos, ofertas de alicientes indebidos o violencia para obtener una ventaja contractual. Estas son prácticas que SCMEA no permite, y evitará todo trato directo o indirecto con empresas que conduzcan sus negocios de esta forma. Si SCMEA descubre que el proveedor ha incurrido en tales prácticas, tendrá derecho a poner término a este Contrato, a retener aquellos dineros a los que el proveedor tenga derecho y/o a no efectuar cualquier reembolso o recompensa al que el proveedor tenga derecho. Estas políticas serán exigidas en forma estricta.
En este mismo sentido, el proveedor declara conocer que SCMEA ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos según disponen los artículos 3° y 4° de la Ley 20.393/2009, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos que indica dicha normativa.
Asimismo, el proveedor declara que ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos en los términos de la Ley 20.393 o que, al menos, cumple con sus deberes de dirección y supervisión, implementando mecanismos de vigilancia que impidan la comisión de los delitos indicados, por sus dueños o empleados. El proveedor se obliga, entonces, a tomar todas las medidas que sean necesarias a fin de asegurar que sus trabajadores, colaboradores, Proveedores, proveedor o sub-Contratos no comentan tales delitos, ni acto alguno que pueda generar responsabilidad penal para SCMEA. Por lo anterior, el proveedor se compromete a informar x XXXXX, a través de su encargado de prevención de delitos, de cualquier acto potencial o ejecutado por alguno de sus dueños, empleados o dependientes que constituya alguno de los delitos contenidos en el artículo 1 de la Ley N° 20.393 dentro del ámbito de sus atribuciones y responsabilidades, de acuerdo a lo establecido en la normativa nacional e internacional. A mayor abundamiento, el proveedor se obliga a no realizar ninguna actividad que pueda ser considerada como constitutiva de delito.
XXXXX exige asimismo que toda documentación que le sea remitida, incluyendo la documentación por reembolso de gastos o facturas sean completas y ajustadas a los montos reales y acordes con la naturaleza de los servicios prestados o gastos incurridos. El proveedor acuerda cooperar con SCMEA en remitirle cualquier documentación o justificación derivada del Contrato que le sea requerida al proveedor sobre el particular, en forma inmediata. SCMEA no realizará pagos al proveedor contra facturas o solicitudes de pago que no estén debidamente sustentados.
El proveedor garantiza que, en relación con el presente Contrato, no ha realizado, directa o indirectamente, ofrecimiento o promesa y se obliga a no realizar ofrecimiento o promesa alguna, de pago o transferencia ilícita de cualquier valor o bien, a cualquier empleado o funcionario público (nacional o extranjero), terceras partes, empleados o mandatarios xx XXXXX. El incumplimiento de estas obligaciones o la remisión de información falsa, darán lugar a la resolución inmediata del Contrato, sin perjuicio de los demás recursos y remedios establecidos en el presente Contrato.
El proveedor certifica que ni él ni ninguno de sus mandantes o propietarios, ni ninguno de sus Subcontratos y sus mandantes o propietarios, ni ninguna otra persona que vaya a prestar servicios bajo este Contrato figura en las listas de Nacionales Especialmente Designados, Terroristas Especialmente Designados y/o Narcotraficantes Especialmente Designados mantenidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento xxx Xxxxxx de los Estados Unidos. El proveedor certifica que ni él ni ninguno de sus mandantes o propietarios, ni ninguno de sus sub Contrato y sus mandantes o propietarios, ni ninguna otra persona que vaya a prestar servicios bajo este Contrato, ni ninguna institución financiera a la cual o a través de la cual se vayan a transferir fondos en pago de una porción de este Contrato, figuran en ningún otro programa de sanciones de los Estados Unidos, o están sujetos a una orden de bloqueo o denegación emitida por el gobierno de los Estados Unidos.