LEY B - N° 3.467
LEY B - N° 3.467
Artículo 1º.- Apruébese el Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxx suscripto entre el Gobierno de La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el Jefe de Gobierno, Ing. Xxxxxxxx Xxxxx y la Universidad de Buenos Aires, representado en dicho acto por el Rector, Xx. Xxxxx Xxxxx, con fecha de 11 de diciembre de 2009, registrado bajo el Nro 33/2009, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.
ANEXO X XXX B - Nº 3.467
XXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX Y LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
Entre la Universidad de Buenos Aires, en adelante "UBA", con domicilio legal en Xxxxxxxx 000 xx xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representada en este acto por su Rector, Xx. Xxxxx Xxxxx, por una parte, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "GCBA" con domicilio legal en Xx. xx Xxxx 000 xx xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, representado en este acto por su Jefe de Gobierno, Ing. Xxxxxxxx Xxxxx, por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio marco de Pasantías Educativas, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente convenio marco tiene por objeto implementar, dentro de los términos establecidos en la Ley Nº 26.427 #, un sistema de pasantías educativas en el ámbito del "GCBA".- A los fines del presente convenio se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo en instituciones de carácter público o privado, según los decretos reglamentarios de la Ley Nº 26.427 #.-
SEGUNDA: La situación de pasantía educativa no generará ningún tipo de relación jurídica entre el pasante y el "GCBA", cualquiera sea la repartición donde el pasante efectúe la práctica educativa, siendo ésta de carácter voluntario.-
TERCERA: El programa de pasantías a implementarse en las dependencias del "GCBA" tendrá por objeto: a)profundizar la valoración del trabajo como elemento indispensable y dignificador para la vida, desde una concepción cultural y no meramente utilitaria; b)realizar prácticas complementarias a su formación académica, que enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursan; c) incorporar saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo;
d) adquirir conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de inserción en el ámbito laboral; e)aumentar el conocimiento y manejo de tecnologías vigentes; f) contar con herramientas que contribuyan a una correcta elección u orientación profesional futura; g) beneficiarse con el mejoramiento de la propuesta formativa, a partir del vinculo entre las instituciones educativas y los organismos y empresas; h) progresar en el proceso de orientación respecto de los posibles campos específicos de desempeño laboral.-
CUARTA: Para acceder al programa de pasantías a desarrollarse en el "GCBA", se deberá: a)ser alumno regular de grado de la "UBA"; b) no estar asignado a otra pasantía; c) ser mayor de
dieciocho (18) años; d) ser preseleccionados por las unidades académicas específicas de la "UBA", teniendo en cuenta sus antecedentes académicos, características, perfiles y especialización acordados con el "GCBA", y asegurando las condiciones pedagógicas que requiere la formación del pasante, según la pertinencia de las tareas y actividades, quedando la selección final a cargo del "GCBA".-
A tales fines, únicamente se podrán seleccionar alumnos regulares en las facultades a las cuales pertenezcan. Los alumnos no podrán realizar pasantías a través de otra unidad académica que no sea la propia debido a que el control de la pertinencia de las tareas a realizar sólo puede ser llevado adecuadamente por la unidad académica de la cual depende la xxxxxxx xx xxxxx del estudiante.-
QUINTA: El "GCBA" designará un tutor con experiencia laboral específica y capacidad para planificar, implementar y evaluar propuestas formativas. La "UBA" por su parte, a propuesta de la facultad correspondiente, designará un docente guía quién sepervisará el cumplimiento de los aspectos formativos de las tareas de los pasantes. Ambos deberán elaborar un plan de trabajo que determine el proceso educativo del estudiante para alcanzar los objetivos pedagógicos. Dentro de los treinta (30) días posteriores a la finalización de cada pasantía deberán elevar un informe acerca de la actuación del pasante.
La coordinación, supervisión y registro de este convenio y de las pasantías individuales estará a cargo de la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil de la "UBA".-
SEXTA: Los pasantes percibirán una retribución mensual en calidad de "asignación estímulo" con fondos provenientes del "GCBA". El monto mínimo será calculado sobre la clase inicial del agrupamiento "S" de la Carrera Administrativa del "GCBA", y será proporcional a la carga horaria de la pasantía. Los pasantes recibirán, conforme a las características de las actividades que realicen, todos los beneficios regulares y licencias que acuerden al personal.-
SÉPTIMA: El "GCBA", se compromete a depositar mensualmente, un cinco por ciento (5%), calculado sobre el importe total de las asignaciones estímulo abonadas a los pasantes en el mismo período en concepto de gastos administrativos. Asimismo, el GCBA depositará la suma de pesos treinta ($30) mensuales por pasante a fin de solventar el costo de la designación del/los docentes guía. El pago deberá realizarse del 1 al 10 de cada mes.-
OCTAVA: El "GCBA" a través de la Dirección General de Tesorería dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, transferirá los fondos para dar cumplimiento a las liquidaciones mensuales de las cláusulas SEXTA y SÉPTIMA, a una cuenta corriente y/o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires que a tal efecto tendrá la "UBA".-
NOVENA: La duración de las pasantías será de un plazo mínimo de dos (2) meses y un máximo de doce (12) meses, con una carga semanal de hasta veinte (20) horas. Cumplido el plazo máximo establecido, una vacante de pasantía educativa puede renovarse a favor del mismo pasante, por periodo de hasta seis (6) meses adicionales, debiéndose firmar un nuevo acuerdo individual entre todas las partes.-
La pasantía podrá revocarse o suspenderse, si a juicio del responsable del "GCBA", y con intervención del docente guía, el pasante no cumple con las obligaciones asumidas o el régimen disciplinario establecido; asimismo la "UBA", podrá rescindir el convenio si las tareas encomendadas al pasante no corresponden a lo convenido en su caso.-
La renovación, rescisión o suspensión de la pasantía, por parte del "GCBA", o la "UBA", según corresponda de acuerdo con lo expuesto precedentemente, deberá informarse al pasante con una antelación no menor a treinta (30) días, previo aviso a la otra parte.-
DÉCIMA: El "GCBA", a través de sus Ministerios y Secretarías del Área Jefatura de Gobierno y la "UBA", a través del Rectorado y sus Facultades serán los responsables de: a) establecer programas de pasantías con las dependencias que así lo soliciten, a través de la firma de los convenios específicos correspondientes; b) coordinar el presente convenio; y c) realizar su seguimiento.-
DÉCIMO PRIMERA: Una vez formalizado el programa de pasantías educativas, las partes celebrarán con cada pasante un acuerdo individual de pasantía, en tres (3) ejemplares que serán a su vez rubricados por la "UBA" y cuyo texto se anexa al presente como Anexo I. El acuerdo individual de pasantía deberá determinar: a) datos de las partes; b) derechos y obligaciones de las partes; c) plan de pasantía educativa; d) duración, horarios y sede de realización de la pasantía educativa; e) monto, fecha y lugar de pago de la asignación estímulo; f) enumeración de las tareas asignadas al pasante; g) datos de los tutores y de los docentes guías.-
DÉCIMO SEGUNDA: Las actividades de las pasantías educativas se llevarán a cabo en las instalaciones del "GCBA". Dichos ámbitos reunirán las condiciones de higiene y seguridad dispuestas por la Ley 19.587 # -Ley de Higiene y Seguridad del Trabajo- y sus normas reglamentarias. Asimismo, el "GCBA" incorporará a los pasantes al ámbito de aplicación de la Ley
24.557 # - Ley de Riesgos de Trabajo y sus normas reglamentarias y lo acreditará a la "UBA".- Asimismo el "GCBA", otorgará a los pasantes una cobertura de salud, cuyas prestaciones serán las previstas en la Ley 23.660 # de Obras Sociales.-
DÉCIMO TERCERA: Las partes firmantes extenderán en todos los casos a los pasantes un certificado de pasantía educativa en el que constará: la duración de la pasantía y las actividades desarrolladas. Asimismo, a su solicitud se extenderán certificaciones de las funciones cumplidas a los docentes guías y tutores, indicando cantidad de pasantes y tiempo de dedicación.-
DÉCIMO CUARTA: El pasante deberá: 1º) ajustarse a los horarios, normas y reglamentos internos del "GCBA", que figurarán como anexo del acuerdo individual de pasantías, en un todo de acuerdo a la legislación vigente; 2º) considerar toda información confidencial que así le sea clasificada fehacientemente por el responsable del organismo y 3º) presentar un informe final sobre las tareas realizadas. El incumplimiento de estos puntos será causal suficiente para que el "GCBA", en forma fundada, deje sin efecto la pasantía, previa comunicación a la "UBA".-
DÉCIMO QUINTA: Este acuerdo tiene una duración de cuatro (4) años contados a partir de la firma del presente, pudiendo renovarse automáticamente por períodos iguales. Las partes quedan en libertad de suspenderlo o rescindirlo mediante aviso previo a la contraparte, con una anticipación no menor a treinta (30) días, cuando se incurra en su incumplimiento, dentro de los quince (15) días de producido y comprobado el motivo que provocó la situación.-
Ambas partes podrán rescindir el presente convenio unilateralmente, notificando en forma fehaciente dicha decisión, con treinta (30) días corridos de antelación, no generando ello derecho a reclamo alguno para la otra parte.
DÉCIMO SEXTA: Los derechos intelectuales que se originen como consecuencia de las tareas realizadas por los pasantes en el marco del presente convenio, sean totales o parciales serán de propiedad común y en igualdad de condiciones y derechos para ambas partes. Respecto de los pasantes, el régimen de la propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones será el previsto por los artículos 82 y 83 de la Ley 20.744 # (t.o 1976) y sus modificatorias de conformidad con lo establecido en el artículo 3º, párrafo 3º de la Resolución Conjunta Nº 825/09 # MTESS y 338/09 # ME.-
DÉCIMO SÉPTIMA: El cumplimiento del presente convenio no implicará para la "UBA" erogación alguna.-
DÉCIMO OCTAVA: En todo aquello no previsto en el presente convenio, se aplicará lo dispuesto en la Ley 26.427 #, sirviendo ésta de fuente interpretativa directa de las cláusulas aquí pactadas.-
DÉCIMO NOVENA: A todos los efectos de este convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Buenos Aires y constituyen sus domicilios en lo señalado
en el encabezamiento del presente, dejando constancia que las notificaciones judiciales al "GCBA" deberán ser realizadas en el Departamento Oficios Judiciales y Cédulas de la Procuración General, sito en Xxxxxxx 000 xx xxxx Xxxxxx.-
XXXXXXXX: El presente convenio se firma, "ad-referéndum" de su aprobación por parte del Consejo Superior de la "UBA".-
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 11 días del mes de diciembre de 2009
ANEXO A
ACUERDO INDIVIDUAL DE PASANTÍAS
En el marco del CONVENIO DE PASANTÍAS, resolución CD Nº------------------------ de fecha-----------
-------, acordado entre la Facultad de --------- en adelante LA FACULTAD, con domicilio en ------------
----------------, representada por ------------------------- y -----------------------, en adelante el/la
(organismo) -------------------------- con domicilio en , de esta ciudad, representada
por
en su carácter de
, y , alumno/a regular
de la carrera de ---------------------- de LA FACULTAD, titular del DNI Nº --------------------, fecha de
nacimiento:
, teléfono Nº
, CUIL Nº
Con domicilio real en
, en adelante EL
XXXXXXX, manifiestan y acuerdan las siguientes cláusulas:
1- A los fines del presente acuerdo se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo en instituciones de carácter público o privado, según los decretos reglamentarios de la Ley Nº 26.427 #.-
2- La presente pasantía no constituye una relación laboral ni crea otro vínculo para el pasante más que el existente entre éste y LA FACULTAD, no generándose tampoco relación jurídica alguna con-
(organismo), y el pasante.-
3- OBJETIVO DE LA PASANTÍA
Conforme al plan de pasantías elaborado por el Docente Guía y el Tutor. EL PASANTE durante el desarrollo de la pasantía deberá alcanzar el objetivo siguiente:
4-TAREAS DEL PASANTE
Para alcanzar dicho objetivo, EL PASANTE realizará las siguientes tareas:
(Especificar las tareas)
5- LUGAR, DURACIÓN Y HORARIO DE LA PASANTÍA
La pasantía se desarrollará en las instalaciones de -------------------- (organismo), sito en ----------------
-----------, de la Ciudad de Buenos Aires, la que comenzará el y terminará
el -------------------------------- El pasante deberá concurrir ----------- (-----------) horas semanales. El
xxxxxxx será de a hs.
6- ASIGNACIÓN ESTÍMULO Y SEGURO
Durante el tiempo de esta pasantía, EL PASANTE percibirá de el (organismo),
una asignación estímulo mensual de PESOS------------------------ ($--------------) y contará con la cobertura de salud cuyas prestaciones serán las previstas en la Ley Nº 23.660 # de Obras Sociales y será incorporado al ámbito de aplicación de la Ley Nº 24.557 #- Ley de Riesgos del Trabajo - y sus normas reglamentarias.
7- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PASANTE
El seguimiento de la pasantía, el control de la actividad de EL PASANTE y su evaluación estarán, por parte de-----------------------(organismo), bajo la responsabilidad de ----------------------------------------
---------------------------(NOMBRE Y APELLIDO Y NUMERO DE CUIL/CUIT) en calidad de Tutor, y por parte de LA FACULTAD,------------------------------------------------(NOMBRE Y APELLIDO Y NUMERO
DE CUIL/CUIT) en su carácter de Docente Guía.-
8- BENEFICIOS REGULARES Y LICENCIAS:
EL PASANTE recibirá todos los beneficios regulares y licencias que se acuerden al personal de el--
--------------------------------------- (organismo), según se especifique en la implementación de la Ley de Pasantías Nº 26.427 #.-
9- RESPONSABILIDADES Y CONFIDENCIALIDAD
EL PASANTE se compromete a:
1) Ajustarse a los horarios, normas y reglamentos internos del (organismo).
2) Observar las normas de seguridad, higiene y disciplina, que rigen en ella, en un todo de acuerdo con la legislación vigente.
3) Considerar como confidencial toda información que reciba o llegue a su conocimiento, relacionada con la actividad que así le sea calificada por el Tutor o el Docente Guía, ya sea que
tenga acceso a ella en forma directa o indirecta, sea durante su período de pasantía o posteriormente.
4) Presentar un informe al finalizar la pasantía sobre las tareas realizadas.-
10- INFORME FINAL
El pasante se comprometerá a entregar al Docente Guía y al Tutor un (1) informe de su entrenamiento al finalizar la pasantía.-
Dichas personas realizarán una evaluación de la pasantía y remitirán sus conclusiones a la Secretaría/Subsecretaría de LA FACULTAD, sita en ---------, Ciudad Autónoma de Bs. As. Dichos informes serán incorporados al legajo del estudiante en LA FACULTAD.-
11- Este acuerdo individual es parte integral del convenio oportunamente suscripto entre LA FACULTAD y el (organismo), por lo que, en todo aquello no previsto en el
presente, se estará a lo acordado en el convenio mencionado.-
En prueba de conformidad se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. En la ciudad de Buenos Aires, a los ---------------días del mes de ----------------- de ------------------------------
Pasante (Organismo) Fa cultad
Observaciones Generales:
# La presente Norma contiene remisiones externas #