CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS N° -2007-INADE-PEPP/6211.02
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
N° -2007-INADE-PEPP/6211.02
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte como entidad contratante el Proyecto Especial Pichis Palcazú con RUC Nº 20204060623, debidamente representado por su Director Ejecutivo MSc. ING. PLACENTINO XXXXX XXXXXX TURIN DNI N° 00000000 y designado con Resolución Ministerial Nº 01360-2006-AG, con domicilio institucional en Xx. Xxxx X/x xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxx – La Merced Chanchamayo a quien en adelante se le denominará “EL PROYECTO” y de la otra parte el Xx. XXXX XXXXXXXX, XXXXXX XXXXX, domiciliado en la Xx. Xxxxx Xx “X” Xxxx “X” xxx Xxxxxx Poblado Ciudad Satélite, del Distrito del Perené - chanchamayo identificado con DNI Nº 00000000, RUC Nº 10106828631, a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR en los términos y condiciones siguientes.
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
El Proyecto Especial Pichis Palcazú, es un órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo, que tiene por finalidad impulsar el desarrollo de la Selva Central, abarca los xxxxxx xx Xxxxxx Palcazú, Pachitea, Oxapampa, Satipo y Chanchamayo, mediante la ejecución de programas de desarrollo multisectorial, conforme a los recursos asignados para la ejecución del Plan Operativo 2007 aprobado por el INADE.
Con Resolución Directorial Nº 057-INADE/6201, el Proyecto Especial Pichis Palcazú con fecha 07 xx xxxxx del 2007, aprueba el Expediente Técnico de la Obra “Construcción Camino Rural Aguaruaruna- Xxxxx – Xxxx “, ubicada aproximadamente den el Km. 18 de la Carretera Iscozacin – Puerto Mayro del distrito de Palcazú, provincia de Oxapampa, de la región Pasco, con un prosupuesto de referencial ascendente a S/. 1´350,218.40 Nuevos Soles (Un millón trescientos cincuenta mil doscientos dieciocho y 40/100 Nuevos Soles.)
Con memorando Nº 143-2007 – INADE – 5201 – GPSS, el Gerente de Proyectos en Sierra y Selva del INADE, autoriza el cambio de modalidad de Ejecución Presupuestaria de la Obra “Construcción Camino Rural Aguaruaruna- Xxxxx – Xxxx “.
CLAUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL
Art. 62ª de la Constitución Política del Estado del año 1993, “señala que las partes pueden pactar validamente, según normas de vigentes, y que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase”.
Se Regirá por el título IX Capitulo II del Libro VII en el Art. 1764º y siguiente del Código Civil Peruano Vigente. ”Por locación de servicios el locador se obliga sin estar subordinado al comitente, a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución”. Código Civil Art. 1370 - Rescisión Contractual –1371- Resolución Contractual.
Ley Nº 28927 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007.
Ley Nº 28267 Ley de Contrataciones y Adquisiciones y Reglamento.
CLAUSULA TERCERA: OBJETO Y PLAZO DEL CONTRATO
“PROYECTO” contrata a “EL LOCADOR”, para realizar Servicio de Almacenero de la Obra “Construcción de 9.23 Km. Camino Rural Aguaruna – Xxxxx – Xxxx”, a partir del 04/06/07 al 30/09/07. Para lo cual se le otorga los materiales necesarios, para que culmine satisfactoriamente su servicio
CLAUSULA CUARTA: DE LA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
“EL PROYECTO” se obliga a retribuir a “EL LOCADOR” una retribución total de: S/ 3.600.00 ( Tres Mil Seiscientos y cinco y 00/100 Nuevos Soles) siendo de la siguiente manera:
Mes xx Xxxxx S/. 900.00
Mes de Julio S/. 900.00
Mes xx Xxxxxx S/. 900.00
Mes de Setiembre S/. 900.00
Debiendo realizar las retenciones por concepto de Impuesto a la Renta por trabajo Independiente, previa presentación de una carta donde reporte el servicio efectuado por triplicado una para el Area de Abastecimiento y Servicios Generales, Dirección de Obras y Supervisión y otros para efectuar el pago en Tesorería.
El egreso que ocasiona el contrato, será cargado a la Fuente de Financiamiento:
RECURSOS ORDINARIOS – CONSTRUCCIÓN DE 9.23 KM. CAMINO RURAL AGUARUNA – XXXXX –XXXX
CLAUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Sin perjuicio de las demás cláusulas del presente Contrato, las partes se comprometen a cumplir lo siguiente:
5.1 Obligaciones del PROYECTO
Brindar la colaboración necesaria para la correcta ejecución del servicio por parte de EL LOCADOR.
Pagar oportunamente el monto de la retribución económica según lo establecido en la Cláusula Cuarta.
5.2. Obligaciones de EL LOCADOR
Cumplir estrictamente, y con la debida diligencia, lo estipulado en la Cláusula Tercera del presente contrato.
Presentar los reportes mensuales del movimiento xx xxxxxxx de obra, a la Unidad de Abastecimiento y SS .GG.
Dar aviso inmediato de cualquier hecho que pudiera afectar la prestación oportuna del servicio a prestarse, bajo responsabilidad.
CLÁUSULA SEXTA: DE LA SUPERVISIÓN
El servicio a prestarse estará bajo la Supervisión del Residente de Obra, quien tendrá la obligación de exigir al locador el fiel cumplimiento del servicio contratado, en representación del locatario.
CLAUSULA SEPTIMA: RESCISION DE CONTRATO
El Contrato se rescindirá por presentar información falsa presentada en su Curriculum Vitae, y la correspondiente denuncia penal por el delito contra la fe publica.
CLAUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato podrá resolverse en cualquier momento por:
a) Mutuo acuerdo.
b) Por restricción Presupuestal de EL PROYECTO
c) Por incumplimiento de las prestaciones de servicios por EL LOCADOR, sustentado por el informe de supervisión.
d) Por la apropiación de bienes que se le haya otorgado ó sustracción de bienes del Proyecto.
e) Por presentar un servicio deficiente, que no logre el resultado del objeto del convenio.
CLAUSULA NOVENA: DISPOSICIONES FINALES
EL LOCADOR pacta sus servicios en forma independiente, por lo que no genera ningún vínculo laboral con EL PROYECTO.
Las partes contratantes, se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la Ciudad de La Merced – Provincia de Chanchamayo, renunciando al fuero de sus propios domicilios.
En señal de aceptación del contenido de las nueves (09) cláusulas del presente Contrato de Locación de Servicios, donde firman las partes intervinientes en la ciudad de La Merced, a los 06 días del mes de Julio del Dos Mil Siete.
____________________________________________ ______________________________________________
XXx.Xxx. PLACENTINO XXXXX XXXXXX TURÍN Xx. XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX Director Ejecutivo DNI. 00000000
“PEPP” “LOCADOR”
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
N° -2007-INADE-PEPP/6211.02
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte como entidad contratante el Proyecto Especial Pichis Palcazú con RUC Nº 20204060623, debidamente representado por su Director Ejecutivo MSc. ING. PLACENTINO XXXXX XXXXXX TURIN DNI N° 00000000 y designado con Resolución Ministerial Nº 01360-2006-AG, con domicilio institucional en Xx. Xxxx X/x xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxxx – La Merced Chanchamayo a quien en adelante se le denominará “EL PROYECTO” y de la otra parte el Xx. XXXX PEÑA XXXXXXX XXXXXXX, domiciliado en el pasaje los Tangüelos S/N urbanización Pampa Huasahuasi -chanchamayo identificado con DNI Nº 00000000, RUC Nº 10205548756, a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR en los términos y condiciones siguientes.
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
El Proyecto Especial Pichis Palcazú, es un órgano desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo, que tiene por finalidad impulsar el desarrollo de la Selva Central, abarca los xxxxxx xx Xxxxxx Palcazú, Pachitea, Oxapampa, Satipo y Chanchamayo, mediante la ejecución de programas de desarrollo multisectorial, conforme a los recursos asignados para la ejecución del Plan Operativo 2007 aprobado por el INADE.
Con Resolución Directorial Nº 057-INADE/6201, el Proyecto Especial Pichis Palcazú con fecha 07 xx xxxxx del 2007, aprueba el Expediente Técnico de la Obra “Encauzamiento y Defensa Xxxxxxxx Xxx Xxxxx“, - Xxxxxx Xx Xxxxxx - xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxx Junín, con un prosupuesto de referencial ascendente a S/. Nuevos Soles (Un millón trescientos cincuenta mil doscientos dieciocho y 40/100 Nuevos Soles.)
Con memorando Nº 143-2007 – INADE – 5201 – GPSS, el Gerente de Proyectos en Sierra y Selva del INADE, autoriza el cambio de modalidad de Ejecución Presupuestaria de la Obra “Encauzamiento y Defensa Ribereña Río Garou“- Sector la Merced.
CLAUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL
Art. 62ª de la Constitución Política del Estado del año 1993, “señala que las partes pueden pactar validamente, según normas de vigentes, y que los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase”.
Se Regirá por el título IX Capitulo II del Libro VII en el Art. 1764º y siguiente del Código Civil Peruano Vigente. ”Por locación de servicios el locador se obliga sin estar subordinado al comitente, a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución”. Código Civil Art. 1370 - Rescisión Contractual –1371- Resolución Contractual.
Ley Nº 28927 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2007.
Ley Nº 28267 Ley de Contrataciones y Adquisiciones y Reglamento.
CLAUSULA TERCERA: OBJETO Y PLAZO DEL CONTRATO
“PROYECTO” contrata a “EL LOCADOR”, para realizar Servicio de Almacenero de la Obra “Encauzamiento y Defensa Ribereña Río Garou” Sector- La Merced, a partir del 27-06-2007 al 27/07/2007. Para lo cual se le otorga los materiales necesarios, para que culmine satisfactoriamente su servicio
CLAUSULA CUARTA: DE LA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
“EL PROYECTO” se obliga a retribuir a “EL LOCADOR” una retribución total de: S/ 3.600.00 (Tres Mil Seiscientos y cinco y 00/100 Nuevos Soles) siendo de la siguiente manera:
Debiendo realizar las retenciones por concepto de Impuesto a la Renta por trabajo Independiente, previa presentación de una carta donde reporte el servicio efectuado por triplicado una para el Area de Abastecimiento y Servicios Generales, Dirección de Obras y Supervisión y otros para efectuar el pago en Tesorería.
El egreso que ocasiona el contrato, será cargado a la Fuente de Financiamiento:
RECURSOS ORDINARIOS – CONSTRUCCIÓN DE 9.23 KM. CAMINO RURAL AGUARUNA – XXXXX –XXXX
CLAUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Sin perjuicio de las demás cláusulas del presente Contrato, las partes se comprometen a cumplir lo siguiente:
5.1 Obligaciones del PROYECTO
Brindar la colaboración necesaria para la correcta ejecución del servicio por parte de EL LOCADOR.
Pagar oportunamente el monto de la retribución económica según lo establecido en la Cláusula Cuarta.
5.2. Obligaciones de EL LOCADOR
Cumplir estrictamente, y con la debida diligencia, lo estipulado en la Cláusula Tercera del presente contrato.
Presentar los reportes mensuales del movimiento xx xxxxxxx de obra, a la Unidad de Abastecimiento y SS .GG.
Dar aviso inmediato de cualquier hecho que pudiera afectar la prestación oportuna del servicio a prestarse, bajo responsabilidad.
CLÁUSULA SEXTA: DE LA SUPERVISIÓN
El servicio a prestarse estará bajo la Supervisión del Residente de Obra, quien tendrá la obligación de exigir al locador el fiel cumplimiento del servicio contratado, en representación del locatario.
CLAUSULA SEPTIMA: RESCISION DE CONTRATO
El Contrato se rescindirá por presentar información falsa presentada en su Curriculum Vitae, y la correspondiente denuncia penal por el delito contra la fe publica.
CLAUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato podrá resolverse en cualquier momento por:
a) Mutuo acuerdo.
b) Por restricción Presupuestal de EL PROYECTO
c) Por incumplimiento de las prestaciones de servicios por EL LOCADOR, sustentado por el informe de supervisión.
d) Por la apropiación de bienes que se le haya otorgado ó sustracción de bienes del Proyecto.
e) Por presentar un servicio deficiente, que no logre el resultado del objeto del convenio.
CLAUSULA NOVENA: DISPOSICIONES FINALES
EL LOCADOR pacta sus servicios en forma independiente, por lo que no genera ningún vínculo laboral con EL PROYECTO.
Las partes contratantes, se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la Ciudad de La Merced – Provincia de Chanchamayo, renunciando al fuero de sus propios domicilios.
En señal de aceptación del contenido de las nueves (09) cláusulas del presente Contrato de Locación de Servicios, donde firman las partes intervinientes en la ciudad de La Merced, a los 06 días del mes de Julio del Dos Mil Siete.
____________________________________________ ______________________________________________
XXx.Xxx. PLACENTINO XXXXX XXXXXX TURÍN Xx. XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX Director Ejecutivo DNI. 00000000
“PEPP” “LOCADOR”