RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Junta de Extremadura y Cruz Roja Española para la realización de actuaciones comunes de interés general. (2021061858)
XXXXXXXXXX xx 00 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxx General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Junta de Extremadura y Xxxx Xxxx Española para la realización de actuaciones comunes de interés general. (2021061858)
Habiéndose firmado el día 14 xx xxxxx de 2021, el Convenio Marco de Colaboración entre la Junta de Extremadura y Xxxx Xxxx Española para la realización de actuaciones comunes de interés general, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como anexo de la
presente resolución.
Mérida, 15 xx xxxxx de 2021.
La Secretaria General.
P.D. Resolución de 01/03/2021, DOE n.º 43, de 4 xx xxxxx de 2021 La Jefa de Servicio de Legislación y
Documentación,
M.ª XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y XXXX XXXX ESPAÑOLA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES COMUNES DE INTERÉS GENERAL
Mérida, 14 xx xxxxx de 2021.
REUNIDOS
De una parte, Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Presidente de la Junta de Extremadura, nom- brado por Real Decreto 408/2019, de 26 xx xxxxx, en el ejercido de las facultades atribuidas por el artículo 15 y concordantes del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, y las funciones asignadas en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Co- munidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte, D. Xxxxx Palo Xxxxxxxx, actuando en nombre y representación de Xxxx Xxxx Española en Extremadura, en su calidad de Presidente del Comité Autonómico de Xxxx Xxxx Española en Extremadura, cargo para el que fue nombrado con fecha 11 xx xxxxx de 2016 por el Presidente de Xxxx Xxxx Española, y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por razón de su cargo.
Actuando todas las partes en el ejercicio de la representación que ostentan y reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio Xxxxx
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.1, establece que la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencia exclusiva, entre otras, sobre las siguientes materias:
6. Cooperación transfronteriza e internacional para el desarrollo, en coordinación con el
Estado.
24. Sanidad y salud pública, en lo relativo a la organización, funcionamiento interno, coor- dinación y control de los centros, servicios y establecimientos sanitarios en la Comuni- dad Autónoma. Participación en la planificación y coordinación general de la sanidad. Promoción de la salud y de la investigación biomédica.
26. Infancia y juventud. Protección y tutela de menores.
27. Acción social. En particular, la promoción y protección de los mayores y la prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por cualquier tipo de discapaci- dad, dependencia o cualesquiera otras circunstancias determinantes de exclusión so- cial. Prestaciones económicas de asistencia social diferentes de las de seguridad social.
28. Políticas de integración y participación social, cultural, económica y laboral de los inmi- grantes, en colaboración con el Estado, y participación en las políticas de inmigración estatales.
29. Políticas de igualdad de género, especialmente la aprobación de normas y ejecución de planes para el establecimiento de medidas de discriminación positiva para erradicar las desigualdades por razón de sexo.
30. Protección a la familia e instrumentos de mediación familiar.
33. Políticas y normas adicionales y complementarias de las del Estado en materia de pro- tección medioambiental y lucha contra el cambio climático.
42. Protección civil y emergencias.
45. Asociaciones y fundaciones de todo tipo que desarrollen principalmente sus funciones
en Extremadura. Fomento del voluntariado.
Asimismo de conformidad con el artículo 10, apartado 4 la Comunidad Autónoma de Extrema- dura tiene competencias de desarrollo normativo y de ejecución en «Educación y enseñanza en toda su extensión, niveles,-grados, modalidades y especialidades».
Y de acuerdo con el artículo 11 apartado 7, le corresponden competencias de ejecución en materia de trabajo y relaciones laborales, políticas activas de empleo, la intermediación labo- ral, la seguridad y salud en el trabajo y la formación profesional para el empleo.
Segundo. Que la Xxxx Xxxx Española es una institución humanitaria de carácter voluntario y de interés público que desarrolla su actividad bajo la protección del Estado como auxiliar y colaboradora de las Administraciones Públicas en las actividades humanitarias y sociales impulsadas por las mismas, ajustándose a los Convenios Internacionales sobre la materia suscritos y ratificados por España, al Real Decreto 415/1996, de 1 xx xxxxx, por el que se establecen las normas de ordenación de la Xxxx Xxxx Española, y al resto de la legislación que le sea aplicable, así como a sus propias normas internas. Acomoda su actuación a los siguien- tes principios: Humanidad, Imparcialidad, Neutralidad, Independencia, Carácter voluntario, Unidad y Universalidad.
Tercero. Que La Orden SBC/801/2019 de 11 de julio (B.O.E. núm. 178 de 26 de julio de 2019) contiene el texto refundido de los Estatutos de Xxxx Xxxx Española, cuyo artículo 5 cita literalmente:
“Artículo 5. Objeto y fines.
Uno. El fin general de Xxxx Xxxx Española es la difusión y aplicación de los Principios Fun- damentales del Movimiento Internacional de la Xxxx Xxxx y de la Media Xxxx Xxxx. Consti-
tuye el objeto institucional de Xxxx Xxxx Española el desarrollo de actividades orientadas a la consecución de los siguientes fines específicos:
1. La búsqueda y fomento de la paz, así como de la cooperación nacional e internacional.
2. La difusión y enseñanza del Derecho internacional humanitario.
3. La difusión y defensa de los derechos humanos fundamentales, la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y la no discriminación por razón de sexo.
4. La actuación, en situaciones de conflictos armados, en favor de todas las víctimas civiles y militares, preparándose para ello en tiempo xx xxx como auxiliar de los ser- vicios de salud pública, en todos los terrenos previstos por los Convenios xx Xxxxxxx y Protocolos adicionales en los que España sea parte.
5. La atención a las personas y colectivos que sufren, previniendo y atenuando el dolor humano.
6. La protección y socorro de las personas afectadas por accidentes, catástrofes, ca- lamidades públicas, conflictos sociales, enfermedades, epidemias y otros riesgos o siniestros colectivos y sucesos similares, así como la prevención de los daños cau- sados por los mismos, participando en las actuaciones que resulten necesarias para ello, en la forma establecida en las leyes y en los planes nacionales o territoriales correspondientes.
7. La promoción y colaboración en acciones de solidaridad, de cooperación al desarrollo y de bienestar social en general y de servicios asistenciales y sociales, con especial atención a colectivos y a personas con dificultades para su integración social, en particular a las personas dependientes y a sus familias, y la protección y mejora del medio ambiente.
8. El fomento y participación en programas de salud y en acciones que por su especial
carácter altruista resulten más convenientes para la salud pública.
9. La promoción de la participación voluntaria y desinteresada de las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, en las actividades y en el sostenimiento de la Institu- ción para el cumplimiento de sus cometidos.
10. El fomento de la participación de la infancia y la juventud en las actividades de la Institución, y la propagación entre ellos de los principios del Movimiento Internacio- nal de la Xxxx Xxxx y de la Media Xxxx Xxxx, del Derecho internacional humanitario y de los derechos humanos fundamentales, así como de los ideales xx xxx, mutuo respeto y entendimiento entre todos los hombres y los pueblos.
11. El desarrollo de acciones formativas encaminadas a la consecución de los anteriores fines.
Dos. Xxxx Xxxx Española, en el marco de su objeto institucional, podrá desarrollar cual- quier tipo de actividad relacionada con sus fines específicos y, en su realización, prestar los siguientes servicios:
1. Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.
2. Fomento de la empleabilidad y de la inserción sociolaboral.
3. Asistencia psicológica y social.
4. Hospitalización, asistencia sanitaria y de rehabilitación, incluso a domicilio y móvil.
5. Transporte sanitario y transporte adaptado a personas.
6. Prevención, vigilancia y atención de situaciones de riesgo, actos culturales y depor- tivos, playas y aguas interiores.
7. Salvamento, socorrismo y asistencia marítima.
8. Teleasistencia y atención domiciliaria.
9. Formación en el campo humanitario, sanitario, social y medio ambiental.
10. Gestión de Centros de Atención, Centros de día, Centros Sociales y Residencias, Centros de Coordinación de Emergencias, así como gestión de programas de inter- vención social.
11. Intervención social con personas afectadas por situaciones de necesidad, depen- dencia, enfermedad, sufrimiento, exclusión social, discapacidad, etc.
12. Programas de atención, prevención y promoción de la salud que resulten más con- venientes para la salud pública, tales como, VIH, adicciones, enfermedad crónica, inmigración, pobreza, prisión, y otros orientados a las personas que viven en situa- ción de vulnerabilidad.
13. Actividades de protección y mejora del medio ambiente en general.
14. Acciones de difusión de los fines y actividades que desarrolla la Institución, y de la problemática de las personas y colectivos a los que atiende, para reducir su vulnerabilidad.
15. Estudios, investigación, desarrollo e innovación en cualquier campo relacionado con
sus fines y actividades.
16. Al objeto de desarrollar sus actividades, podrá diseñar, elaborar y vender publica- ciones y cualquier material de promoción relacionado con los fines de la Xxxx Xxxx.
17. Y, en general, cualquier otro tipo de servicio que la Institución desarrolle para el mejor cumplimiento de sus fines y que sea aprobado por el Comité Nacional o la Asamblea general.”
Cuarto. Que ambas partes estiman altamente positivo establecer un acuerdo marco que les permita colaborar el desarrollo de acciones conjuntas de interés general. Este objetivo se lle- vará a cabo mediante un conjunto de actuaciones de carácter transversal, que pueden afectar al ámbito competencial de diferentes Consejerías de la Junta de Extremadura.
En virtud de lo expuesto, ambas partes firman el presente Convenio Marco, de acuerdo con
las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
Es objeto del presente Xxxxxxxx Xxxxx establecer un marco jurídico general que defina las líneas básicas de colaboración entre la Junta de Extremadura y la Xxxx Xxxx Española en Extremadura, para el apoyo recíproco en el desarrollo de actividades encaminadas a la consecución de los fines especificados en el expositivo Tercero.
Segunda. Ámbitos de cooperación y aportaciones de las partes.
La colaboración entre la Junta de Extremadura y la Xxxx Xxxx Española en Extremadura en los ámbitos que a continuación se enumeran quedará, en todo caso, supeditada a las necesidades y obligaciones operativas de ambas partes en el momento de ejecución. Destacando, entre otras, las siguientes actuaciones por Áreas:
1. Socorros:
• Atención a emergencias reguladas en los planes de protección civil de la Comunidad Au- tónoma de Extremadura.
• Cooperación con Centros Hospitalarios, establecimientos sanitarios o cualquier otra infraestructura establecida para este fin a través de la provisión de apoyo logístico sanitario.
• Apoyo al establecimiento de infraestructuras de atención a la ciudadanía en los supuestos de emergencias, catástrofes o situaciones de calamidad análogas.
• Cobertura de las necesidades básicas originadas por las situaciones anteriormente cita- das
• El fomento de la resiliencia de la población frente a las situaciones de grave riesgo, ca- tástrofe y calamidad pública en materia de salud pública.
• Puesta a disposición de equipos de intervención psicosocial para la asistencia a personas
a intervinientes y colaboración con los servicios públicos de salud mental.
• Atención extraordinaria de los extremeños que se encuentran temporalmente en el ex-
tranjero en caso de urgencia y necesidad.
2. Inclusión Social:
• Suministro de bienes básicos a nivel domiciliario o en otros espacios para la cobertura de necesidades básicas de alimentación, higiene, alquileres, vestuario, transporte o pagos de suministros a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
• Alojamiento a personas sin hogar con condiciones sanitarias y/o sociales que así lo re- quieran.
• Cobertura de necesidades básicas de material educativo y formativo para niños, niñas y
jóvenes.
• Acompañamiento, asistencia, orientación y mediación a personas para el acceso a pres- taciones y ayudas sociales que determine en su momento la administración autonómica.
• Restablecimiento del Contacto Familiar de las personas atendidas en los albergues de
personas sin hogar, recursos de emergencia social y otros recursos sociosanitarios.
• Acceso a recursos, y acciones de acompañamiento, asesoramiento y/o mediación a per- sonas para prevenir la pérdida de su vivienda o conseguir una solución habitacional se- gura y digna.
• Seguimiento de la salud de las personas sin hogar a través de las Unidades de Emergen- cia social.
• Traslados y acompañamientos a personas vulnerables para el desarrollo de actividades
de la vida cotidiana.
• Agendas de información de carácter social, soledad, prevención, seguimiento a personas
vulnerables.
• Atención a personas mayores, dependientes y cuidadoras, mejorar la capacidad de la persona mayor para continuar llevando una vida autónoma, en función a sus circunstan- cias y retrasando en mayor medida su salida del domicilio, posibilitando la realización de algunas actividades básicas e instrumentales con autonomía, dentro y fuera del propio domicilio.
3. Fomento del Empleo:
• Acercamiento al mercado laboral de las personas que lo tienen más difícil, mejorando su empleabilidad a través del refuerzo de competencias profesionales potenciando sus posi- bilidades de acceder a un puesto de trabajo y promoviendo la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo.
• Fomento de la empleabilidad y de la inserción laboral.
• Información de carácter laboral sobre recursos sociolaborales (jurídico laborales), recur- sos laborales, nuevos yacimientos xxx xxxxxxx laboral, competencias requeridas, etc.
• Asesoramiento en materia de reactivación y apoyo a las iniciativas de autoempleo o generación de nuevas (marca de negocio, diversificación clientes, apoyo en gestión de fondos, minimizar riesgos, etc.).
4. Salud:
• Promoción de la salud, a través de la educación y la sensibilización de la población, para la adquisición y mantenimiento de hábitos saludables en alimentación, actividad física y otros hábitos.
• Prevención de las enfermedades y accidentes de todo tipo, mediante la promoción de los hábitos saludables y la evitación de las conductas de riesgo.
• Promoción de la donación de sangre.
• Sensibilización y prevención sobre la responsabilidad individual sobre la salud personal y
pública.
• Información sobre las campañas de salud pública y preventiva.
5. Educación:
• Difusión de los primeros auxilios, la reanimación cardiopulmonar y la desfibrilación semiautomática como eslabones de vital importancia en la Cadena de Supervivencia, promoviendo su enseñanza entre la población en general y entre los más jóvenes en particular.
• Reducción de la Brecha Digital con el desarrollo de sesiones de habilidades y competen- cias digitales a niños, niñas, jóvenes y personas en situación de vulnerabilidad.
• Acompañamiento social y educativo, capacitación, orientación psicológica y/o orientación
social
6. Medio Ambiente:
• Difusión de buenas prácticas, recomendaciones de ahorro y sostenibilidad doméstica
• Aumento en la toma de medidas para paliar la pobreza energética.
• Desarrollo de acciones de difusión, formación y participación de la población.
7. Cooperación Internacional y Educación para el desarrollo:
• Promoción y divulgación del conjunto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030
• Educación para la Ciudadanía Global, con el objetivo de compromiso del bienestar de la Humanidad y la protección del planeta y proporcionarte recursos para poder transmitir estos conocimientos.
• Cooperación para el desarrollo
• Ayuda Humanitaria. El suministro de ayuda humanitaria y la mediación a favor de las víc- timas de desastres y conflictos armados mediante acciones enmarcadas en la respuesta y recuperación temprana tras desastres y crisis, integrando en la medida de lo posible las necesidades a medio y largo plazo en salud y agua y saneamiento, reducción de riesgo ante desastres y seguridad alimentaria y medios de vida.
8. Todas cuantas acciones de interés general consideren las partes a tenor de lo especificado en la exposición de motivos en los puntos segundo y tercero del presente Convenio Xxxxx.
Tercera. Planes de Acción Anual.
1. Anualmente se elaborará y propondrá para su aprobación Planes de Acción Anual entre la Junta de Extremadura y Xxxx Xxxx Española, con sus prioridades o directrices de actuación y su financiación.
2. Cada Plan de Acción Anual habrá de elaborarse en el primer trimestre de cada año anterior al que corresponda, al objeto de poder trasladar, por medio de adenda, dichas prioridades o directrices de actuación y su financiación a los convenios específicos que se suscriban al amparo del presente Convenio Marco.
Cuarta. Convenios específicos derivados del Convenio Marco.
1. Para el desarrollo de este Convenio Marco, se podrán establecer los correspondientes Con- venios Específicos donde se recojan actividades y proyectos de actuación concreta y en los que se determinarán los fines propuestos y los medios necesarios para su realización, de acuerdo con los requisitos establecidos en el correspondiente Plan de Acción Anual.
2. Asimismo, los convenios específicos que se suscriban al amparo de presente Convenio Mar- co establecerán, como contenido obligatorio de éstos, las fuentes de financiación, cuantía y demás compromisos de contenido económico que requiera la ejecución de las actuaciones objeto del mismo.
3. Los convenios específicos deberán prever igualmente la ejecución de aquellas actuaciones o proyectos en situaciones extraordinarias de necesidad de atención inmediata y urgente, relacionada con el objeto del presente Convenio Marco, aun cuando no estén previstas en el correspondiente Plan de Acción, comunicándolo posteriormente a la Comisión de Seguimiento.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Se constituye, para el desarrollo del presente Convenio Marco, una Comisión mixta xx xxxxx- miento que se reunirá como mínimo semestralmente, alternativamente en la sede de cada una de las Partes, siendo la primera que tendrá carácter constitutivo, en la sede Presidencia de la Junta de Extremadura, y cuya composición será la siguiente
Por parte de la Junta de Extremadura las personas titulares de los siguientes cargos públicos,
o personas en quien deleguen:
• Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública que ejercerá las funciones de Presidenta de la Comisión.
• Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
• Secretaría General de la Presidencia (que actuará además como secretario de la Comisión).
• Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
• Representante de la Junta de Extremadura ante el Comité Autonómico de Xxxx Xxxx Es- pañola.
Por parte de Xxxx Xxxx Española:
• Presidencia Autonómica de Xxxx Xxxx Española en Extremadura o persona en quien de- legue.
• Secretaría General de Xxxx Xxxx Española en Extremadura
• Coordinación de Xxxx Xxxx Española en Extremadura
• Dirección de la Unidad de Emergencias de Xxxx Xxxx Española en Extremadura.
• Dirección de Desarrollo Local de Xxxx Xxxx Española en Extremadura.
La citada Comisión podrá contar con la asistencia de los técnicos y asesores que de común
acuerdo se designen.
La Comisión Mixta tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Proponer a la aprobación por las Partes de la memoria de actividades del ejercicio an- terior y la correspondiente rendición de cuentas relativa a la aplicación financiera de las respectivas aportaciones económicas, quedando sujetas las cantidades no aplicadas o no suficientemente justificadas a la obligación de reintegro.
b) Elaborar y proponer para su aprobación los Planes de Acción entre la Junta de Extremadura y Xxxx Xxxx Española, con sus prioridades o directrices y su financiación.
c) Xxxxxxxx y proponer cualquier otra actividad conjunta relacionada con la promoción y protección de la salud en toda circunstancia, la prevención de las enfermedades, la edu- cación para la salud y la promoción de hábitos saludables.
d) Resolver todas aquellas cuestiones que pudieran plantearse como consecuencia de la ejecución de los Planes de Acción y la aplicación del presente Convenio Marco.
Además de la función genérica de vigilancia y seguimiento de la ejecución del presente Con- venio Xxxxx, la Comisión resolverá las dudas que pudieran surgir en la interpretación y apli- cación del mismo, ajustando su funcionamiento en todo lo no específicamente previsto a las normas sobre órganos colegiados previstas en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Vigencia.
El presente Convenio Xxxxx, que entrará en vigor en el momento de su firma, extenderá sus efectos durante cuatro años, y podrá ser denunciado por cualquiera de las partes mediante comunicación escrita y fehaciente a la otra con un plazo no superior a seis meses xx xxxxxx- ción a la fecha en que se desee dar por terminado. En este supuesto deberán finalizarse los trabajos de colaboración que se estén realizando derivados de los correspondientes Planes de Acción en vigor.
Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, en cualquier momento y antes de la finalización del mismo, las partes firmantes pueden acordar de forma unánime su prórroga por igual período o su extinción.
Séptima. Extinción y efectos.
Serán causas de extinción de este Convenio Marco, el incumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, así como la concurrencia de alguna de las causas de resolución esta- blecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los efectos de la resolución del Convenio Xxxxx se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación.
Octava. Régimen jurídico y discrepancias.
El presente documento tiene la consideración de protocolo general, de acuerdo con lo dis- puesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico administrativo.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, reso- lución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio Xxxxx serán resueltas por la Comisión Mixta prevista en la cláusula quinta.
Novena. Confidencialidad y Protección de datos.
Será obligación de las partes adoptar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la confidencialidad de los datos a los que se tenga acceso, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa que resultare de aplicación.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio Xxxxx en dupli- cado ejemplar, para que surta los efectos oportunos en el lugar y fecha al comienzo indicados.
El Presidente de la Junta de Extremadura, | El Presidente de Xxxx Xxxx Española en Extremadura, |
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX | XXXXX PALO XXXXXXXX |
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