PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA DE LA GESTIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA DE LA GESTIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
1. EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES
El contratista queda obligado al desarrollo de los trabajos en las condiciones que resultan xxx Xxxxxx de descripciones técnicas y de la propuesta seleccionada. Tanto la empresa que resulte adjudicataria como los trabajadores de la misma, quedan vinculados por las obligaciones descritas en el presente Xxxxxx. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones descritas, podrá dar lugar a la resolución del contrato con incautación de la fianza, o bien a la imposición de penalizaciones económicas, ello con independencia del resarcimiento por daños y perjuicios correspondientes. Estas cantidades podrán ser descontadas de la facturación.
2. HORARIO DE APERTURA DE LAS INSTALACIONES: Polideportivo:
• De lunes a jueves: 10:00-13:30; 16:30-22:30.
• Viernes: 10:00-13:30; 15:30-22:30.
• Sábados: 9:00-14:00; 15:30-20:00.
• Domingos: 9:00-14:00.
• Julio y Agosto cerrado.
• Festivos cerrado.
Módulo de atletismo:
• De lunes a viernes: 9:00-22:00.
• Sábados: 9:00-14:00.
• Domingos: 10:00-14:00.
• Julio: 10:00-14:00; 17:00-21:00.
• Agosto: 9:00-14:00.
• Festivos cerrado.
Cualquier cambio puntual en estos horarios (debido a actividades extraordinarias) se acordará entre la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento dispondrá de las instalaciones durante 14 días al año. Entre otras, se precisará su uso para las siguientes actividades: carnavales, fiestas de San Xxxxx (mayo), Euskal Jaiak (Octubre) y Parque Infantil xx xxxxxxx.
Piscinas:
Temporada:
Desde el xxxxxxx xxxxxx xx xxxxx hasta el xxxxxxx xxxxxxx de septiembre.
Horario:
Lunes a viernes de 12:00 h a 20:00 h.
Xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos de 10:00 h a 20:00 h.
3. ACTIVIDADES
1. POLIDEPORTIVO:
Apertura y cierre de las instalaciones para la utilización de:
• Pista polideportiva cubierta: futbol sala, baloncesto, voleibol, balonmano,…
Se deberá proceder a su apertura para su uso gratuito por los clubes locales deportivos con domicilio social en Ortuella que realicen su actividad dentro del deporte escolar o federado, así como para su uso por los centros educativos y salud sitos en Ortuella.
Todo ello de conformidad con las directrices marcadas por el Ayuntamiento y consentimiento del mismo.
• Sala de actividades dirigidas.
• Sala de Tatami.
2. MODULO DE ATLETISMO Y GIMNASIO:
• Pista de Atletismo Indoor.
• Gimnasio de musculación y fitness de 250 m2.
• Sala de spinning.
• Sala de actividades dirigidas.
MUSCULACIÓN
Se dotará del personal cualificado y competente necesario para el desarrollo de la actividad de Monitor de Musculación, que gestionará y atenderá las actividades a desempeñar en la “Sala de Musculación”, así como de informar de las necesidades de mantenimiento que se requieran. El horario de este servicio será el mismo que el del Módulo de atletismo, pero la presencia del monitor se ajustará al número de horas diarias de una jornada laboral completa, estableciéndose dicho horario a criterio del Ayuntamiento.
Se realizarán programaciones y seguimiento a los usuarios que utilicen dicha instalación asesorándoles en todo momento, y vigilará el correcto uso que se hace del material, así como el estado de funcionamiento del mismo, efectuando el pequeño mantenimiento o solicitando el mantenimiento externo cuando por su complejidad sea necesario para mantener en perfecto uso todos los elementos.
OTRAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Se dotará del personal cualificado y con la titulación oficial para impartir las diferentes actividades y cursillos (spinning, gimnasia de mantenimiento, gimnasia activa, Pilates, aerobic, Zomba) y cualquier otro tipo de actividades que se establezcan durante el periodo de adjudicación.
Las funciones básicas consistirán en programar y ejecutar las actividades, haciendo el seguimiento a los usuarios, y vigilará el correcto uso que estos hagan del material.
En todo caso se estará al procedimiento previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas en cuanto a ampliaciones en el servicio.
HORARIOS ACTIVIDADES
a) Salud mental: 5 horas semanales
b) Gimnasia activa: 3 horas semanales
c) Gimnasia mantenimiento: 21 horas semanales
3. PISCINAS
La empresa adjudicataria que gestione la Piscina deberá además prestar los siguientes servicios:
- Servicio de socorrismo.
- Gestión y explotación del bar.
3.CONTROL DE ACCESOS
Comprende el control de acceso a las instalaciones, información y gestión de cobro. Para poder utilizar las dependencias deportivas los usuarios están obligados a presentar su tarjeta de abonado o a obtener la correspondiente entrada o autorización expresa del Ayuntamiento de Ortuella.
Por otra parte, el adjudicatario deberá comprobar a través del control de accesos de la instalación (aplicación informática, tornos) las tarjetas de abonados y cobrar cuando corresponda el importe de la entrada para los servicios y en los precios que determine el Ayuntamiento de Ortuella.
Se realizará un arqueo diario de caja, y el importe recaudado por los diversos conceptos será ingresado por el adjudicatario en la Tesorería Municipal y en la cuenta que previamente designe el Ayuntamiento de Ortuella, debiéndose presentar el resumen de ingresos efectuados de forma semanal.
Estándar de Calidad
El personal está obligado a dispensar un trato amable y respetuoso a los ciudadanos, así como a identificarse delante de estos cuando sean requeridos por razón de su función, actividad o servicios que les presten en cada xxxx.Xx garantizará que los ciudadanos reciban la información puntual y exacta sobre el uso que puedan hacer de cada servicio.
El personal integrante de la empresa tiene que tener en cuenta la existencia de personas con dificultades por la edad o nivel de instrucción y prevenir mecanismos de comunicación, acceso y uso de los servicios municipales que garanticen mejor el respeto al principio de igualdad.
El personal de la empresa recogerá las iniciativas o sugerencias formuladas por los ciudadanos, para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o suprimir los que sean innecesarios.
La empresa tenderá a reducir los tiempos de atención en el acceso y uso de las instalaciones, estimulando al personal a su cumplimiento.
Requisitos específicos
Informar al usuario del correcto uso de las instalaciones y obligando si fuera necesario al cumplimiento de las normas municipales y sanitarias
Informar del sistema de utilización de las instalaciones, de los programas de actividades municipales, lugar de inscripción, cuotas, plazos e inscripciones y de cualquier otro tema que de forma expresa sea comunicado a la empresa adjudicataria.
Mantener adecuadamente los sistemas informativos establecidos o que se establezcan: paneles informativos, etc.
Además habrán de tenerse en cuenta las siguientes normas:
a) Cobrar y verificar los pagos efectuados en efectivo.
b) Devolver cambio y entregar recibos.
c) Llevar registro de todas las operaciones tramitadas y comprobar si el balance de caja coincide con los comprobantes respectivos.
d) Custodiar metálico para cambios, llaves xx xxxxx registradoras y cajas fuertes.
e) Ingresar, verificar y corregir datos y realizar consultas en ordenadores.
f) Llevar y actualizar estadillos contables y de registro.
g) Atención al público en ventanilla, mostrador, directamente por teléfono e informáticamente. Informar a quien corresponda de todas aquellas incidencias que afecten a la actividad y factores asociados. Manejo de megafonía: avisos y mensajes.
h) La empresa adjudicataria identificará ante el Ayuntamiento el personal que vaya a ejercer la función recaudatoria.
i) Se arbitrarán los mecanismos necesarios, con el fin de controlar los ingresos que se realicen. A tal efecto, y diariamente, se ingresará la recaudación en una cuenta restringida de titularidad municipal, que a tales efectos facilitará el Ayuntamiento. No obstante, para aquellas situaciones (fines de semana, etc.) en las que no sea posible, se debería utilizar una caja dotada de las medidas suficientes para garantizar su integridad.
Para su adecuado seguimiento, la empresa deberá realizar estadillos mensuales de asistencia de usuarios.
Además deberá:
1. Custodiar diligentemente las llaves de la instalación, dependencias y accesos y entregarlas una vez se haya finalizado el contrato.
2. Será responsabilidad de la empresa y por consiguiente, deberá reponer la cuantía económica correspondiente en los siguientes casos:
• Pérdida, robo, sustracción, roturas o desperfectos que se produzcan en los elementos de las instalación o fuera de la misma como consecuencia de la negligencia por acción u omisión de los trabajadores de la empresa adjudicataria y/o el mal uso de los productos y elementos utilizados para la prestación del servicio.
• Pérdida, robo o sustracción del dinero recaudado en la instalación, producida la misma odurante su traslado para efectuar su ingreso en la entidad y cuenta designada por el Ayuntamiento. La empresa abonará la cantidad sustraída, perdida o robada.
• Cuando el arqueo diario no coincida con las ventas y devoluciones efectuadas en la
instalación y este arroje un saldo negativo. La empresa abonará al Ayuntamiento la cantidad que falte en el arqueo.
3. En caso de pérdida o sustracción de las llaves de la instalación por motivos imputables al personal de la empresa, esta correrá con los gastos de las nuevas copias y en el caso de que fuera necesario, del cambio de cerraduras y bombines.
4. MANTENIMIENTO
Corresponderá al Ayuntamiento de Ortuella:
- Valoración de los informes, partes y listados relativos a instalaciones, maquinarias y demás equipos que se formulen por la empresa.
- Comprobación de que se han realizado las revisiones periódicas y obligatorias de la maquinaria.
- Autorizará todas aquellas reparaciones y cambios de piezas que sean necesarios de conformidad con el parte de xxxxxxx que le presente la empresa.
- Aceptar los presupuestos presentados para realizar las reparaciones y comprobación de las realizadas con carácter correctivo.
- Gestionar, en su caso, las autorizaciones y permisos que sean necesarios para realizar las reparaciones extraordinarias.
- Tramitación de la contratación de la maquinaria, filtros etc.. cuando sea imposible su reparación.
Corresponderá a la empresa:
- Mantenimiento preventivo de instalaciones y maquinaria (incluidos los aparatos del gimnasio a través de empresa especializada), equipos de tratamiento del agua de piscina, sistemas eléctricos, carpintería-cerrajería, fontanería y reparaciones de mero mantenimiento y observaciones del inmueble e instalaciones.
- En caso de que cualquier elemento, máquina, automatismo, etc. Tuviera que ser reemplazado se comunicará al Ayuntamiento, por escrito, y de forma inmediata.
- Para estas observaciones y las de limpieza, el contratista realizará planes específicos de acciones.
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS PISCINAS
La empresa adjudicataria que gestione la Piscina deberá prestar los siguientes servicios:
- Servicio de mantenimiento preventivo.
- Servicio de limpieza.
- Jardinería.
- Actuaciones propias indicadas por el Plan de Autocontrol.
- Tratamiento DDD.
- Dotación de botiquín.
El mantenimiento de la instalación (excepto lo señalado en los párrafos anteriores) corresponderá a la empresa adjudicataria exclusivamente durante el periodo de apertura de las mismas. Con anterioridad al inicio de la temporada de piscinas se realizarán por el Ayuntamiento las labores de mantenimiento necesarias para su puesta a disposición en condiciones adecuadas.
Asimismo, con carácter previo al inicio de la prestación del servicio, deberá:
- Realizar el Plan de Autocontrol de las piscinas: diagnóstico preliminar, elaboración del Programa de Autocontrol, elaboración de documentos técnicos y cuadernos de registro, verificación e implantación del Programa de Autocontrol, auditorías de seguimiento, elaboración del Programa de Autocontrol.
- Adecuación del sistema actual de desinfección de agua de las piscinas xx xxxxxx a hipoclorito sódico.
5. LIMPIEZA
La empresa adjudicataria garantizará la limpieza de las distintas dependencias delas instalaciones objeto de contratación en cada frecuencia y al término de la actuación correspondiente la total eliminación de polvo, xxxxxx, suciedades, pintadas etc., así como la recogida de cualquier residuo o desperdicio.
Requisitos específicos
La periodicidad y detalle de los trabajos de limpieza de las distintas estancias y distintos elementos será como mínimo la indicada en el presente Pliego.
La empresa indicará en su Proyecto, la organización y medios destinados para que se mantenga el nivel de limpieza adecuado, especialmente en vestuarios y aseos.
Serán de cuenta de la empresa los productos de limpieza, desinfección y tratamiento para mantener en perfectas condiciones higiénico sanitarias las instalaciones, la herramienta y la maquinaria necesaria.
La empresa enviará ficha técnica de los productos, herramienta y maquinaria que utilizará para su aprobación.
El adjudicatario habrá de tener en cuenta lo siguiente:
a) Los servicios indicados para el ámbito de desarrollo del servicio de limpieza, alcanzan la totalidad de las dependencias e instalaciones definidas.
b) La realización de los trabajos de limpieza se extienden a la totalidad de instalaciones de piscinas y dependencias relacionadas en el referido apartado, comprendiendo suelos, vasos natatorios, playas, pavimentos verticales y horizontales, puertas, ventanas, mobiliario y demás enseres y servicios higiénicos, escaleras y cualquiera otras análogas existentes o que se instalen.
c) La ejecución de los trabajos de limpieza se regirán por las siguientes normas en cuanto a su forma, medios a utilizar y periodicidad en su ejecución:
1. La limpieza a realizar en las dependencias indicadas, comprenderá: barrido y fregado de los pavimentos, entrada, desempolvado de mobiliario, retirada de residuos, limpieza de papeleras, etc., limpieza de los puntos de luz, plafones, teléfonos, repisas de ventanas, radiadores, canalizaciones, zócalos lavables y, especialmente, el minucioso fregado y desinfección de vestuarios, duchas y servicios sanitarios.
2. Dichas tareas se realizarán, como mínimo, con la periodicidad siguiente:
- Limpieza diaria de los elementos de las instalaciones deportivas, gimnasios y sus elementos.
- La limpieza de los cristales que dan al exterior se llevará a cabo como mínimo una vez al año. La limpieza de los cristales del interior xxx xxxxxxx se hará tantas veces como sea necesaria, al menos una vez cada dos meses.
- Limpieza profunda y diaria de aparatos sanitarios (incluidas las duchas y espejos).
- Limpieza semanal xx xxxxxxx de duchas, wateres y asientos de grada.
- Limpieza quincenal profunda de las moquetas existentes en las instalaciones deportivas.
- Limpieza mensual de puertas y xxxxxx.
- Limpieza trimestral de persianas y cristales de las ventanas.
- La reposición diaria de papel sanitario y jabón de tocador, así como la limpieza xx xxxxxxxx y lavado de toallas.
La limpieza de los frontones municipales será como mínimo 10 horas semanales; el rocódromo 2 horas semanales y el POLIDEPORTIVO Xxxxxx 2 horas semanales.
d) En la ejecución del servicio el adjudicatario empleará la maquinaria y materiales adecuados, según las características de los distintos locales, en superficies, mobiliario y demás elementos. La composición de los productos, líquidos y detergentes que se utilicen serán los habitualmente empleados en los servicios de esta naturaleza, prohibiéndose el empleo de aquellos que por su concentración y composición dañen, produzcan corrosión o perjudiquen las superficies sobre las que se aplican, especialmente en metales y mobiliario.
e) Los materiales, máquinas, productos y demás útiles a emplear en la prestación del servicio de limpieza serán por cuenta exclusiva del adjudicatario y se considerarán incluidos en el precio del contrato, también estará obligado a dotar de papel higiénico y jabón líquido en la totalidad de servicios higiénicos de los edificios y dependencias.
f) Los restos, papeles, desperdicios y residuos de toda clase que se produzcan, se depositarán en bolsas en contenedores en el lugar que se señale para su posterior recogida por el servicio de limpieza.
6. OPERACIONES DIVERSAS
Ayuntamiento de Ortuella:
- Contratación, control y seguimiento y pago de los consumos de agua, electricidad y gas.
- Establecimiento del horario de apertura al público de la Piscina, cuidando de su correcta exposición al público de dicha información, tanto en la propia instalación como en la página web del Ayuntamiento.
- Informar debidamente de cualquier modificación del horario establecido.
- Contratación del suministro de extintores y servicio de mantenimiento.
- Cuidar de la correcta señalización y cartelería en la instalación. Empresa:
- Apertura y cierre de la instalación en su horario previsto.
- Conexión y desconexión de maquinaria.
7. OTRAS OBLIGACIONES RESTRICCIONES PUBLICITARIAS
El adjudicatario no podrá exhibir ninguna clase de anuncios o publicidad interior o
exterior, sin previa autorización delAyuntamiento.
PÓLIZA DE SEGUROS
El adjudicatario deberá suscribir y presentar una póliza de seguro de Responsabilidad Civil, de aplicación específica a los servicios prestados en las instalaciones, cuya cobertura alcance cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante el periodo de uso y utilización de las instalaciones, especificando los riesgos y alcance económico de la cobertura de cada una de ellos, y debiendo justificar cada año el pago de dicha póliza.
8. CONTROL E INSPECCIÓN DEL SERVICIO
Será facultad del Ayuntamiento la fiscalización de los trabajos del contratista por lo que las instalaciones, locales, material, personal, documentación, etc. Tendrá acceso a los locales y dependencias del servicio y se le facilitarán por parte del contratista cuantos datos precise respecto a la prestación.
En cualquier momento de la ejecución del contrato la Administración Municipal podrá exigir la presentación de la documentación acreditativa de la relación contractual o de otra índole que vincule a los miembros del equipo de trabajo de la empresa adjudicataria.
Control:
- Comprobar y poner en marcha todos los servicios y sistemas necesarios para proceder a la apertura de las instalaciones en los horarios fijados.
- Vigilancia e información del uso deportivo incorrecto de las instalaciones.
- Control del uso correcto de las distintas dependencias y servicios.
- Comprobación de los sistemas de detección de los incendios y alarmas, así como de extintores, bocas xx xxxxx, mangueras, etc.
- Control de la calidad de agua según normativa vigente.
- Control de asistencia de empleados.
- Deberá detallarse en parte diario el número de asistentes por áreas de utilización.
- Informe sobre el consumo de luz, agua, gas, combustibles y productos químicos.
- Anotación en los Libros Sanitarios de las labores de control de las piscinas y parámetros obtenidos.
El adjudicatario remitirá al Ayuntamiento la facturación mensual.
Además remitirá mensualmente un informe periódico, que al menos debe contener los siguientes apartados:
- Relación de sustituciones/bajas producidas en el mes.
- Relación de bajas definitivas en el servicio y altas realizadas con sus correspondientes contratos y titulaciones.
- Relación nominal y puesto ocupado en la plantilla por la totalidad de trabajadores durante el mes, clasificados por servicios y puestos de trabajo.
- TC-2 correspondiente a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación.
- Justificación de los pagos a sus trabajadores a través de copias de nóminas individualizadas efectuadas salvaguardando la ley de protección de datos cuando el ayuntamiento lo requiera, al personal de referencia.
9. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN
La adjudicataria, como responsable de los datos facilitados por el Ayuntamiento, limitará el uso de la información facilitada exclusivamente a la finalidad del contrato, debiendo guardar secreto sobre el contenido de los mismos, y asumiendo la prohibición de utilizarlo en cualquier otro sentido, estando sometidos los datos contenidos facilitados, tanto en soporte magnético como el resto de la información a que tenga acceso en soporte documental, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter Personal.
Todos los datos manejados por el contratista a causa de la prestación del servicio incluyendo los soportes utilizados serán propiedad del Ayuntamiento de Ortuella, sin que el contratista pueda conservar copia o utilizarlos con un fin distinto al que figura en el contrato. El contratista declara expresamente que reconoce quedar obligado por lo dispuesto en la Ley Orgánica de 13 de Diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Igualmente serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.