CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2022
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2022
Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS EDUCATIVOS que celebran de una parte IEP WINNER XXXXX con RUC Nº 20524633788 con domicilio legal en Xxxxx 0 Xx. X Xx. 00 Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx debidamente representado por su Promotor Xx. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, debidamente identificado con DNI N° 00000000, a quien en adelante se le denominará EL COLEGIO y, de otra parte el Sr(a) ……………………………………………………………………………………………………………………
con DNI Nº…........................ señalando domicilio en .............................................................................................................................
en el Distrito de…………………………………..…, correo electrónico personal:…………………………………..……..
celular:……………………… y en caso de representación, debidamente representado por xxx( )
con DNI según poder por escritura pública que corre
inscrita en la partida electrónica N° de la SUNARP o documento judicial o extrajudicial, o
carta poder con firmas notarialmente legalizadas otorgado por ambos padres, a quien en adelante se denominará “EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO” quienes firman el presente en los siguientes términos y condiciones:
1. EL COLEGIO
Es una institución educativa de carácter privado, que imparte educación escolarizada en los niveles de inicial, primaria y secundaria, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Educación (Ley N° 28044), Ley de Centros Educativos Privados (Ley N° 26549), Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva (D.S N° 009-2006-ED), Ley de Promoción de la Inversión en la Educación (D. Leg. N° 882), el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337), Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes (D.S. 004-2018-MINEDU), el Reglamento Interno de el Colegio, entre otros.
1.1. El Colegio desarrolla sus actividades en mérito a las siguientes autorizaciones: RD. Nro 3434- UGEL 06 y RD. Nro 06663- 2017 UGEL 06 y Licencia de Funcionamiento emitida por la Municipalidad Distrital de Lurigancho N° 2349.
1.2. Como consecuencia de lo expuesto en el numeral precedente, el padre de familia y/o apoderado conoce que el COLEGIO usa dentro y fuera del país las imágenes (fotografias) o videos donde aparece él, para los siguientes propósitos
EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, es una persona natural que conoce y opta por la propuesta formativa del COLEGIO y solicita la prestación de los servicios educativos para su menor hijo(a)
, identificado con DNI N° ; en adelante, “ALUMNO”.
2. DEL PADRE DE FAMILIA
Para efectos del presente contrato, los conceptos académicos, matrícula, pensión se entienden de la siguiente manera:
a) Matrícula: Monto no reembolsable que se paga al inicio de cada año escolar en las fechas y por la suma que establezca el COLEGIO. Dicho monto será comunicado al USUARIO al finalizar cada año escolar.
b) Pensión: Monto que EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO debe pagar al COLEGIO de forma mensual como contraprestación por los servicios de educación. Dicho monto podrá variar con el inicio de cada año escolar, lo cual será comunicado oportunamente a través de un comunicado oficial de parte del Colegio al finalizar el año lectivo anterior. Las pensiones pagadas o devengadas por los periodos en los que se prestó el servicio educativo no son reembolsables.
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3. OBJETO DEL CONTRATO
3.1.- El presente contrato tiene por objeto establecer los compromisos que asumirán las partes, a fin de que EL COLEGIO brinde servicio educativo durante el año escolar 2022, a favor del hijo(a) de EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, en el marco de las disposiciones legales emitidas por el Estado Peruano a través del Ministerio de Educación de EL COLEGIO, prevista en su Reglamento Interno, que es de pleno conocimiento y aceptación de EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO;
3.2 Que la coloco como Declaración Jurada de Domicilio, de acuerdo x Xxx 28882 de la Ley de simplificación de la Justificación domiciliaria, y en concordancia a la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.
asimismo procurar la formación integral del ALUMNO a través del COLEGIO, en un esfuerzo conjunto de éste, el ALUMNO y los PADRES DE FAMILIA O APODERADO, comprometidos con el desarrollo humano del ALUMNO con un rendimiento académico satisfactorio y promoviendo una educación en letras, ciencias, virtudes y valores.
3.3 Por el presente EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, contrata los SERVICIOS EDUCATIVOS que brinda EL COLEGIO, en consecuencia procede a matricular como estudiante del Colegio a:
……………………………...………………………………………………………...... en el Nivel de educación
………………….…….. Para el Grado/Sección…
4. DEL COSTO DE SERVICIO EDUCATIVO,FORMA Y OPORUINIDAD DE PAGO
EL COLEGIO en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y con el propósito que los Padres de Familia dispongan de toda la información respecto al costo del servicio educativo, características del servicio, puso en conocimiento de EL USUARIO, antes de finalizar el año lectivo 2021, antes y durante el proceso matrícula 2022 (mediante comunicado de noviembre de 2021, a través de la página web de la Institución oplataforma de la Institución), así como el marco doctrinal, axiología y la fe católica que sustenta la educación del Colegio y por lo tanto, sus fines y objetivos establecidos en el Reglamento Interno de la Institución, el mismo que se encuentra a disposición del padre de familia en la página web de EL COLEGIO o plataforma de ELCOLEGIO, expresando su compromiso de observar y respetar dicho marco doctrinal, axiología, ideario, estilo educativo, fe cristiana y Reglamento.
4.1.- Costo del servicio educativo no presencial. - En cumplimiento con las disposiciones legales vigentes y con el propósito de que los señores padres de familia conozcan toda la información respecto al costo del servicioeducativo bajo la denominación de Matricula y diez mensualidades por pensión de estudios para el presente año lectivo 2022, por tanto, se ha establecido el pago de los siguientes conceptos:
NO PRESENCIAL
NIVEL | MATRICULA 2022 | PENSION DE ENSEÑANZA |
INICIAL | S/. 260.00 | S/. 260.00 |
PRIMARIA | S/. 320.00 | S/. 320.00 |
SECUNDARIA | S/. 330.00 | S/. 330.00 |
PRESENCIAL/SEMIPRESENCIAL
NIVEL | MATRICULA 2021 | PENSION DE ENSEÑANZA |
INICIAL | S/. 320.00 | S/. 320.00 |
PRIMARIA | S/. 370.00 | S/. 370.00 |
SECUNDARIA | S/. 380.00 | S/. 380.00 |
IMPORTANTE:
4.2.- EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO reconoce que el presupuesto de operación e inversión de EL COLEGIO se financia fundamentalmente, con las pensiones de enseñanza, que a su vez solventan el pago de remuneraciones del personal docente, administrativo, de servicio, así como la adquisición de bienes y pagos de servicios; el pago oportuno y puntual de las pensiones, evita intereses y recargos que se establecen en la Institución, de acuerdo x Xxx.
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4.3.- Los montos de estas pensiones de enseñanza durante el año 2022 incrementara en caso se retorne al sistema educativo presencial, de acuerdo con las necesidades institucionales y a la inflación y/o aumento de precios de los bienes y servicios, previa Resolución emitida por la Autoridad competente del Ministerio de Educación, con la que se establezca la cuota extraordinaria, de acuerdo a la verificación de los motivos que dieran lugar a estas, previa comunicación al Padre de Familia.
4.4 Forma y oportunidad de pago: Todos los pagos comprendidos en el presente contrato se realizarán por medio de la entidad bancaria que EL COLEGIO disponga, en ese sentido las pensiones de estudio serán abonados de conformidad a las leyes vigentes y conforme el siguiente cronograma:
PENSIÓN DE ESTUDIOS Y FECHAS DE PAGO | |||
Pensión xx Xxxxx | 31 xx xxxxx del 2022 | Pensión xx Xxxxxx | 31 xx xxxxxx del 2022 |
Pensión xx Xxxxx | 30 xx xxxxx del 2022 | Pensión de Setiembre | 30 de setiembre del 2022 |
Pensión xx Xxxx | 31 xx xxxx del 2022 | Pensión de Octubre | 31 de octubre del 2022 |
Pensión xx Xxxxx | 30 xx xxxxx del 2022 | Pensión Noviembre | 30 de noviembre del 2022 |
Pensión Julio | 31 de julio del 2022 | Pensión de Diciembre | Un día antes de la clausura 2022 |
4.5 El plazo para exigir el cumplimiento de las obligaciones contraídas con el COLEGIO se computará a partir del primer día útil siguiente al mes que se prestó el servicio.
4.6 En caso de existir cualquier tipo de comunicación, que adelante el dictado de clases por parte del Ministeriode educación y motivado por alguna causa fortuita o fuerza natural ajena a la Institución, EL COLEGIO no verá afectado el cronograma de pagos, debiendo ajustar el calendario de estudios para los estudiantes.
5. DE LOS PAGOS ATRASADOS
5.1.- El Colegio queda facultado a requerir el cumplimiento de pago de deuda por pensiones atrasadas y cuando estas tengan más de 90 días de vencimiento podrá enviar requerimiento de pago por conducto notarial, por ende todo gasto notarial, de Courier u otro, que realice EL COLEGIO para el cobro de las pensiones de enseñanza atrasadas, deberá ser reembolsado por el PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO que ocasionó el gasto.
5.2.-EL COLEGIO se reserva el derecho de renovar la vacante para el periodo lectivo 2023 a aquellos PADRES DE FAMILIA Y/O APODERADOS morosos, que incumplen con el pago de las pensiones de enseñanza conforme el cronograma de pagos detallado.
5.3 PROCEDIMIENTOS DE COBRANZA POR ATRASO DE PENSIONES
EL COLEGIO queda facultado a realizar las gestiones que sean necesarias para recuperar la deuda por pago de pensiones, dirigido a los Padres de Familia y siguiendo el siguiente protocolo:
a) Cuando la deuda tiene un atraso mayor a 15 días naturales, el departamento de Tesorería realizará la gestión vía telefónica, haciendo recordar sobre el cumplimiento de la cuota de pensión.
b) Cuando la deuda tiene un atraso mayor a 30 días naturales, el departamento de Tesorería cursará una carta simple dirigida al Padre de Familia, a su domicilio, correo electrónico o a través del intranet del colegio,recordando su compromiso de pago.
c) Cuando la deuda tiene un atraso mayor de 60 días, se remitirá una Carta de requerimiento de pago con la firma de la Dirección, a su domicilio, correo electrónico o a través del intranet del colegio, solicitando cumplir el compromiso asumido en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos 2022.
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d) Cuando la deuda tenga un atraso mayor de 90 días, se citará a los Padres de Familia para realizar un compromiso de pago a través de nuestro departamento de Asesoría Legal.
e) Cuando la deuda tenga un atraso mayor a 120 días, quedaremos facultados a cursar mediante Carta notarial el requerimiento de pago, acusando que en caso de incumplimiento informaremos a las centrales de riesgo sobre la deuda, asimismo el Padre de Familia deudor deberá asumir los costos por gastos ocasionados ante terceros.
En cualquiera de los casos y atendiendo las posibilidades del Padre de Familia, se podrán suscribir los siguientes documentos:
- Compromiso y Reconocimiento de deuda
- Transacción Extrajudicial
- Acta de Conciliación
6. VIGENCIA DEL CONTRATO
6.1.- La vigencia del presente contrato corresponde al AÑO ACADÉMICO 2022 comprendido y tiene comofecha de inicio el 01 xx xxxxx al 31 de diciembre del 2022, siendo renovable previo acuerdo de las partes. De no mediar acuerdo de renovación, EL COLEGIO está facultado para disponer de la vacante.
6.2.- Las partes acuerdan que no habrá renovación automática de la matrícula ni del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
6.3.- La renovación del Contrato requiere obligatoriamente la solicitud de reserva de matrícula 2022 que debe comunicar EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO a EL COLEGIO hasta el 30 de noviembre del año académico en curso, estar al día en el pago de las pensiones y el acuerdo de las partes respecto de las condiciones económicas y características que se determinen para el siguiente año académico.
6.4.- De no mediar la solicitud de reserva xx xxxxxxx, que debe comunicar EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO a EL COLEGIO y de no existir acuerdo respecto de las condiciones económicas y características que se determinen para el siguiente año académico donde se verificará el cumplimiento de las obligacionescontraídas por el Padre de familia, EL COLEGIO está facultado para disponer de la vacante.
6.5.- No habrá renovación del contrato, si:
a) EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, no ha solicitado la reserva xx xxxxxxx para el año académico siguiente aceptando las nuevas condiciones económicas.
b) EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, ha observado morosidad en el pago de pensiones, ha refinanciado el pago de las mismas sin cumplir con el pago y el compromiso por escrito en las fecha s programadas o mantiene deudas al momento de la matrícula.
c) EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO ha incumplido las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución Educativa o de sus autoridades.
d) Los alumnos han desaprobado conducta durante el año escolar anterior.
e) EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO, no ha cumplido satisfactoriamente con su rol de formador primario de sus hijos.
7. OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1.- Son obligaciones del COLEGIO:
a) Brindar los Servicios Educativos, a favor del alumno cuyos datos se consignan en la cláusula segunda del presente contrato, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de la Institución y de acuerdo al plan de estudios.
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b) Informar al PADRE DE FAMILIA O APODERADO sobre los resultados del proceso educativo y formativo de su hijo(a), dando las indicaciones y orientaciones destinadas a superar las deficiencias académicas o de comportamiento.
c) Xxxxxxx la información que requiera EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO respecto del proceso educativo de su menor hijo(a), excepto la Información que corresponda a los periodos no pagados.
d) Entregar los documentos de matrícula al PADRE DE FAMILIA O APODERADO cuando este los solicite previa solicitud o compromiso por escrito. En este caso, EL COLEGIO queda facultado a retener los Certificados de Estudios por periodos adeudados.
e) Asistir con los Primeros Auxilios de emergencia al alumno, en caso de accidente común dentro de la Institución, comunicando inmediatamente al PADRE DE FAMILIA O APODERADO.
f) Informar sobre el cambio de la modalidad del servicio educativo, si fuera el caso.
g) Elaborar planes de enseñanza, ajustados a los lineamientos y directivas que emita el MINEDU en caso se varíe la modalidad del servicio; debiendo informarse oportunamente al PADRE DE FAMILIA O APODERADO sobre dicha modificación.
h) Informar al PADRE DE FAMILIA O APODERADO sobre la modificación de los montos y cronogramas de pagos que se realicen.
i) Brindar la plataforma virtual de calidad que permita un correcto seguimiento y evaluación de los conocimientos adquiridos de los estudiantes.
j) Si la modalidad del servicio fuera presencial EL COLEGIO se obliga a implementar dispensadores dejabón líquido, alcohol en gel y el manual de uso correspondiente, a fin de adoptar medidas de bioseguridad y evitar la propagación de cualquier enfermedad.
k) En caso de traslado del menor EL COLEGIO brindara todas las facilidades para el efecto de dicho pedido.
l) Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución Educativa y que regulan las condiciones y características del servicio educativo que oferta EL COLEGIO.
7.2.- Son obligaciones DEL PADRE DE FAMILIA O APODERADO:
a) Participar en el proceso educativo y formativo de su(s) hijo(s) observando responsablemente las indicaciones y orientaciones que disponga EL COLEGIO, destinadas a superar las deficiencias académicas o de comportamiento que pueda observar el estudiante.
b) Cumplir oportunamente con el pago de las Pensiones de Enseñanza.
c) Acatar las medidas correctivas que disponga EL COLEGIO en aplicación del Reglamento Interno de la Institución.
d) Asistir al Colegio cada vez que sea citado y/o conforme al cronograma de reuniones establecido
e) Asistir a las citaciones notariales que se le cursen por falta de pago de pensiones de estudios.
f) Asistir a la Escuela de padres programada por EL COLEGIO, en atención al compromiso de los padres en involucrarse en la formación de sus hijos.
g) Asumir el costo de las comunicaciones notariales que se le cursen por falta del pago de pensiones. Las notificaciones se tendrán por bien notificadas si el padre de familia no comunicó la variación de su domicilio oportunamente.
h) Asumir el costo de las curaciones, medicamentos u otros gastos que irroguen la recuperación de su menor hijo, en caso de accidente común, dentro del local escolar.
i) Consignar con veracidad la información requerida en la Declaración Jurada de Datos al momento de la matrícula, debiendo comunicar en su oportunidad cualquier variación en especial lo referente al domicilio, teléfonos y correos electrónicos, bajo su responsabilidad, toda vez que esta información servirá de contacta en caso de emergencias.
j) Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno de la Institución Educativa y que regulan las condiciones y características del servicio educativo que oferta EL COLEGIO.
k) A no involucrar a EL COLEGIO, en los procesos judiciales o extrajudiciales, sobre asuntos de tenencia, alimentos, régimen de visitas y otros, del estudiante.
l) Aceptan que el incumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza en la Entidad Bancaria que el Colegio disponga, dará lugar al cobro de intereses moratorios establecidos por el Banco Central de Reserva del Perú.
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m) Cumplir con monitorear el respeto por las normas instituciones de EL COLEGIO por parte del alumno, teniendo pleno conocimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.
n) Dar a conocer y justificar de forma inmediata la inasistencia y tardanzas del estudiante.
o) Acompañar y asistir, en la medida de lo posible al estudiante mientras el dictado de clases sea en la modalidad virtual.
p) En caso de traslado del menor, el PADRE DE FAMILIA O APODERADO deberá cancelar todas lasdeudas pendientes de pago.
q) En caso que la modalidad del servicio varíe a presencial, el PADRE DE FAMILIA O APODERADO deberá brindar al estudiante los implementos necesarios de bioseguridad a fin de evitarse cualquier contagio o propagación de algún virus.
7.3.- Son obligaciones de LOS ALUMNOS
a) Cumplir con el Reglamento Interno y las disposiciones que emanen de la Dirección.
b) Interiorizar, vivenciar y testimoniar el Proyecto Educativo Institucional e identificarse con él, asumiendo actitudes positivas
c) Asistir puntualmente a la Institución Educativa en el horario establecido.
d) Respetarse así mismo, a sus compañeros, profesores, personal administrativo, y de apoyo, padres de familia y otras personas en todo momento y lugar, desterrando actitudes que ofenda la dignidad y las buenas costumbres
e) Observar buen comportamiento dentro y fuera de la Institución Educativa cumpliendo con las reglas de urbanidad y cortesía
f)
g) Representar a su sección,
h) grado o Institución Educativa en las actividades internas o externas para las que ha sido elegido(a) asumiéndolas con puntualidad y responsabilidad.
i) Concurrir a las labores educativas con los materiales de aprendizaje requeridos por los profesores, prestar atención y participar en forma correcta en las actividades de aprendizaje.
j) Realizar con responsabilidad sus tareas escolares y presentarlas oportunamente.
k) Responsabilizarse por los daños materiales que pueda causar a los bienes de la Institución Educativa o de sus compañeros, asumiendo sus padres los gastos correspondientes.
l) Vestir el uniforme escolar correctamente con las prendas reglamentarias y debidamente aseados.
m) Mantener el orden la limpieza y conservación de los ambientes, equipos, mobiliario y demás instalaciones de la Institución Educativa para preservar un ambiente agradable.
n) No practicar juegos o actos agresivos que puedan causar accidentes a su compañero.
o) Evitar todo acto de violencia física, verbal, psicológica, en forma directa o a través de las redes sociales, contra sus compañeros y demás personal de la Institución.
p) Abstenerse de realizar o participar en actos reñidos contra la fe cristiama, la vida, la moral y las buenas costumbres.
8. . INFORMACION DE HORARUIOS DE ESYUDIOS Y AFOROS
8.1.- El PADRE DE FAMILIA O APODERADO acepta conocer el horario del servicio educativo virtual contratado para el estudiante, y regirá conforme al siguiente cuadro:
NIVEL | INICIO | TERMINO |
Inicial | 8:20am | 12:10pm |
Primaria | 8:10am | 1:00pm |
Secundaria | 8:10am | 1:40pm |
8.2.- AFORO POR NIVEL EDUCATIVO:
NIVELES | GRADO | AFORO |
INICIAL | 3 AÑOS | 20 alumnos |
4 AÑOS | 25 alumnos | |
5 AÑOS | 25 alumnos | |
PRIMARIA | 1RO DE PRIMARIA | 30 alumnos |
2DO DE PRIMARIA | 30 alumnos | |
3RO DE PRIMARIA | 30 alumnos | |
4TO DE PRIMARIA | 30 alumnos | |
5TO DE PRIMARIA | 30 alumnos | |
6TO DE PRIMARIA | 30 alumnos | |
SECUNDARIA | 1RO DE SECUNDARIA | 28 alumnos |
2DO DE SECUNDARIA | 28 alumnos | |
3RO DE SECUNDARIA | 28 alumnos | |
4TO DE SECUNDARIA | 28 alumnos | |
5TO DE SECUNDARIA | 28 alumnos |
9. CAUSALES DE RESOLUCIION DE CONTRATO
9.1.- Por incumplimiento de obligaciones del padre de familia. El Contrato queda resuelto si:
a) EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO ha observado indiferencia o falta de interés en el proceso educativo y formativo de su hijo(a) y/o no ha asumido con responsabilidad las indicaciones del COLEGIO para que el menor supere sus deficiencias académicas o de comportamiento.
b) EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO ha incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en la cláusula quinta y sexta del contrato de prestación de servicios educativos 2022.
9.2.- Por incumplimiento de las obligaciones del estudiante:
a) El estudiante observa bajo rendimiento escolar o no alcanza el nivel del rendimiento académico óptimo exigido por EL COLEGIO.
b) El estudiante atenta o incurre en actos contra la integridad física, moral, emocional y/o psicológica del personal, compañeros de estudios o padres de familia de la Institución.
9.3.- Por el término del contrato.
9.4.- Por mutuo consenso entre las partes.
10. DE LA CONVIVENCIA PACIFICA
10.1.- Los estudiantes están obligados a observar un comportamiento idóneo a su condición de escolar, dentro del respeto a las disposiciones de las autoridades y las normas establecidas en el Reglamento Interno de la Institución. La evaluación del comportamiento del estudiante se caracteriza por:
a) Las medidas correctivas establecidas en el Reglamento Interno son instrumentos educativos que tienen como finalidad prevenir la afirmación de conductas negativas y/o nocivas o de corregirlas, dentro del proceso formativo de los estudiantes.
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b) El COLEGIO no somete a sus estudiantes a procedimientos disciplinarios sancionadores de manera tributaria.
c) En caso que los estudiantes atenten o incurran en actos contra la integridad física, moral, emocional y/o psicológica del personal, compañeros de estudios o padres de familia del COLEGIO, así como incumplan las disposiciones de sus autoridades o del Reglamento Interno, se les impondrá las medidas correctivas señaladas en el Reglamento Interno.
d) Las aplicaciones de las medidas correctivas establecidas en el Reglamento Interno son suficientes y se sustentan en los informes remitidos por el personal del COLEGIO que tenga conocimiento de la conducta del estudiante (psicología, tutoría, coordinación, auxiliares, docentes).
e) Para la aplicación de las medidas correctivas establecidas en el Reglamento Interno, el PADRE DE FAMILIA O APODERADO será citado a la Dirección del Colegio, oportunidad en la que se le informará de la conducta de su hijo y de la medida correctiva dispuesta. La determinación de la medida correctiva debe ser coadyuvada por el padre de familia.
f) El COLEGIO establece las normas de presentación del estudiante; PADRE DE FAMILIA O APODERADO
y los estudiantes están obligados a cumplir estas disposiciones.
g) En la evaluación del comportamiento del estudiante, se aplicarán las mismas reglas establecidas para el rendimiento académico señaladas en el numeral 9.1.
11. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
11.1.- ENTREGA O REMISIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE MATRÍCULA: De no mediar RENOVACIÓN DEL
CONTRATO o de RESOLVERSE el mismo en aplicación de las condiciones establecidas en el presente, la INSTITUCIÓN EDUCATIVA dispondrá de la vacante y podrá remitir los documentos de matrícula al domicilio del PADRE DE FAMILIA por conducto notarial.
11.2.- CULMINACIÓN DEL AÑO ESCOLAR: Lo señalado en el numeral que antecede no impide la normal asistencia a clases y la culminación del año escolar del estudiante a favor de quien se suscribe el presente contrato.
11.3.- DE LOS CONCEPTOS EXIGIBLES Y PAGADOS:
11.3.1.- LA MATRÍCULA: Es el pago que se realiza una vez por cada año académico y previa suscripción del
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS.
11.3.2.- LAS PENSIONES DE ESTUDIOS: Son diez, una por cada mes del año académico que corresponde a la vigencia del presente contrato y es exigible su cobro a partir del primer día hábil del mes que se prestó el servicio
11.3.3.- RENUNCIA A RECLAMOS POR MONTOS PAGADOS: Las partes acuerdan que, la resolución del contrato, el traslado a otra institución educativa, la aplicación de medida disciplinaria y /o el retiro del alumno, no dará lugar de forma alguna a la devolución de los montos pagados por conceptos de matrícula, ni pensiones de estudios, EL PADRE DE FAMILIA O APODERADO que suscribe, renuncia a cualquier acción administrativa o legal que tenga por objeto reclamar la devolución de los montos señalados. Asimismo, mediante el presente se señala que los alcances estipulados mediante Decreto de Urgencia 002-2020 se refieren estrictamente a la cuota de ingreso. 11.4.- FACULTAD DE RETENCION DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS POR PERIODOS ADEUDADOS:
En caso de deuda por pago de pensiones, EL COLEGIO queda facultado a retener los Certificados de Estudios de los periodos adeudados, hasta la cancelación total de la deuda incurrida de acuerdo al artículo 16 de la Ley de Protección a la economía familiar Ley N° 27665.
11.5.- VÍAS DE COMUNICACIÓN: Sin perjuicio de lo establecidos en los literales f) y g) del numeral 5.2 del contrato, el PADRE DE FAMILIA O APODERADO autoriza al COLEGIO a cursarle todo tipo de comunicaciones a las direcciones y/o teléfonos consignados al Colegio, utilizando cualquier medio de comunicación, sea email, mensaje de texto, Whatsapp, mensajes de voz, etc.
11.6.- EL PADRE DE FAMILIA Y/O APODERADO autoriza a EL COLEGIO para que este último pueda usar la imagen del alumno (a) matriculado, en las distintas publicaciones de difusión que se realicen en las páginas sociales como facebook, instagram, medios audiovisuales, tv, propagandas, u otros a fin de difundir los logros
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obtenidos por nuestros alumnos y que esto no genere el pago de alguna contraprestación por el uso de la imagen del alumno(a).
12. PERSONA OBLIGADA AL PAGO DE LA CUOTA DE MATROCULA, PENSIONES DE ENSEÑANZA Y OTROS:
La persona que se compromete a cumplir con el pago de la cuota de matrícula y pensiones de enseñanza es
................................................................................................................................................................................
(Padres de familia o tutor o apoderado, debidamente acreditado con poder otorgado con firmalegalizada notarial , mandato judicial o acuerdo extrajudicial), identificado con DNI Nº y
con domicilio en ……….....…………………………………………………………………………………………………………………….
13. AUTORIZACION FOTOGRAFIAS Y VIDEOS
El padre de familia, tutor legal o apoderado autoriza que las fotografías y videos de las actividades educativas, recreativas, deportivas, paseos, etc., así como de la Primera Comunión y Confirmación, entre otras, realizadas por el Colegio y en las que aparezca su menor hijo(a) sean publicadas por la Institución educativa, sin fines de lucro, así como en la Página Web Institucional o en alguna revista o página web de alguna otra institución, en el cual su menor hijo(a) participe en representación de EL COLEGIO.
14 DATOS PERSONALES
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29733, El padre de familia, tutor legal o apoderado autoriza a EL COLEGIO (por si mismos o por terceros) la utilización y/o tratamiento de sus datos personales (que podrían contener datos sensibles) proporcionados únicamente para recibir información vinculada al COLEGIO tales como comunicados, invitaciones, materiales e información del Colegio, requerimientos entre otros. Asimismo, autoriza a EL COLEGIO a compartir y/o usar y/o almacenar y/o transferir su información a terceras personas, estrictamente con el objetivo de realizar las actividades antes mencionadas.
15 DECLARACION DE RECEPCION DE DOCUEMETOS ANEXOS AL CONTRATO:
El PADRE DE FAMILIA, O APODERADO declara que, al momento de la suscripción del presente, ha descargado de la página web de EL COLEGIO o ha leído en la página Web de EL COLEGIO lo siguientes instrumentales:
a) Reglamento Interno del Colegio, respecto a las partes pertinentes a los: i) estudiantes: derechos, deberes y obligaciones de los estudiantes, faltas, medidas disciplinarias o correctivas, sistema de evaluación ii) matrícula, y régimen económico, y iii) derechos y obligaciones de los padres de familia, etc.
b) Plan de Convivencia
c) La propuesta pedagógica
d) Plan de estudio.
16.– SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Toda controversia o reclamación suscitada durante la vigencia de éste contrato deberá ser resuelta en base a negociaciones directas y basadas en la buena fe de las partes. De no poder ser resuelta, será solucionada mediante la conciliación extrajudicial y/o ante el Poder Judicial, de conformidad con las reglas establecidas en la legislación peruana sobre la materia y en la jurisdicción de la ciudad de Lima.
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17. DECLARACION DE CONFORMIDAD
Las partes declaran que en la suscripción del presente no ha mediado dolo ni presión que lo invalide, siendo su contenido la espontánea expresión de su voluntad, por lo que leído en todas y cada una de sus partes, lo ratifican firmándolo en señal de conformidad.
Lima……….. de………………………..del 202…..
HUELLA DIGITAL HUELLA DIGITAL
Firma APELLIDOS:________________________________________ |
NOMBRES: _________________________________ DNI: _________________________ |
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX |
PROMOTOR DNI: 00000000 -10- |