CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE
MADRID Y 1
En Madrid, a de 201.…
R E U N I D O S
De una parte, Dña./D. ……………………………, Gerente, Secretario/a General - Vicerrector/a de …………………………, en nombre y representación de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), con NIF Q-2818013-A, y sede en la xxxxx Xxxxxxxx 0, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxx, XX 00000, en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por la Resolución de la Rectora de fecha 2 de julio de 2021 (B.O.C.M. Núm. 161, de 8 de julio).
De otra parte D./Xx ………………………, actuando en representación de 2
………………………., con NIF número……………………..3 y domicilio
en…………………………………………………………………..,4 en calidad de 5 de dicha entidad, y con poder suficiente para la firma del presente Convenio, tal y como se desprende de 6 ……………………….
1 De conformidad con el artículo 2 del Protocolo para la Tramitación de Convenios en la Universidad Autónoma de Madrid (en su versión vigente aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno UAM de 16 de diciembre de 2022), son convenios los acuerdos con efecto jurídico que suscriba la Universidad con las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de Derecho público vinculados o dependientes u otras Universidades, o con sujetos de Derecho privado para un fin común.
2 Se ha de indicar la denominación de la entidad, tipo de entidad de que se trata, número de inscripción en el Registro que corresponda.
3 Se ha de indicar el número de NIF que corresponda a la entidad y su domicilio a efectos de notificaciones derivadas del Protocolo.
4 Calle o plaza, ciudad y código postal
5 Señalar el cargo que ostenta en la entidad.
6 Indicar el documento en el que consta el apoderamiento suficiente del firmante, y que puede ser un poder notarial, un acuerdo de la Asamblea General u órgano similar de la entidad o una norma en la que se especifique dicho apoderamiento. En caso de tratarse de otra entidad de Derecho Público, se debe hacer referencia al cargo que ostenta el firmante y la competencia para la firma. Debe indicarse, asimismo, la fecha y lugar de publicación del acto en cuestión.
En el carácter con que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la firma del presente Convenio, en nombre de las entidades que representan y
MANIFIESTAN
I. Que la UAM es una institución de derecho público, dotada de personalidad jurídica y plena autonomía, integrada el sector público institucional conforme a lo establecido en los artículos 2.2 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 2.2c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo por objeto el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio; tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad, y ejerce sus funciones con autonomía de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades (XXX), y el artículo 1 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, y parcialmente modificados por Decreto 94/2009, de 5 de noviembre.
II. Que la entidad ……………………………………..7 tiene por objeto y fines
............................................................................................................................................
............................8
7 Indicar la entidad firmante del convenio junto con la UAM.
8 Referencia sucinta al contenido de su objeto social recogido en sus estatutos o normas de constitución. En este sentido, el objeto de los convenios con personas físicas o jurídicas de naturaleza privada debe guardar relación con el objeto y la actividad de éstas, acreditándose a través de sus estatutos sociales o de las correspondientes escrituras públicas de constitución.
III.- Que para el logro de sus fines, la UAM ostenta competencia suficiente para el establecimiento de relaciones con otras instituciones académicas, culturales o científicas, españolas o extranjeras, además del fomento de los correspondientes intercambios; así como cualquier otra competencia necesaria a tal efecto (artículo 4.m y n de sus Estatutos).
IV.- Que las instituciones firmantes suscribieron el -------(fecha) un Protocolo
General/convenio marco de colaboración con el objeto de contribuir a la mejor realización de las actividades propias de cada una de ellas, estableciéndose los ámbitos de colaboración entre ambas partes a desarrollar en acuerdos específicos ulteriores.
El citado Protocolo General (o Convenio Xxxxx) establecía en su estipulación la
posibilidad de suscribir Convenios que, como el presente, permitan consolidar esa línea de colaboración9.
El presente acuerdo tiene por objeto desarrollar la colaboración entre ambas partes en el ámbito de , con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. – Normativa aplicable y objeto.
El presente Convenio es de naturaleza administrativa, resultándole de aplicación el Acuerdo 1/CG de 16 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la modificación del Protocolo para la tramitación de convenios en la Universidad Autónoma de Madrid
9 SUPRIMIR completamente este apartado [entre corchetes] en el supuesto de que no exista un previo Protocolo General de Actuación (o Convenio Marco) firmado con anterioridad
(BOUAM de 16 de enero de 2023), las Leyes 39 y 40/2015, de 1 de octubre, y demás legislación concordante.
Es objeto del presente convenio:10
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Segunda. – Obligaciones de las partes.
Con el fin de alcanzar los objetivos pretendidos mediante la firma de este convenio, las entidades firmantes se comprometen a11:
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Asimismo, y en cuanto a la titularidad de los resultados que se obtengan a partir de la
firma e inicio de vigencia del presente convenio, éstos corresponderán a ………
Tercera.- Obligaciones y compromisos económicos de las partes.
De conformidad con las obligaciones de las partes firmante, se acuerda la siguiente distribución por anualidades o por periodos inferiores:
-
-
Para financiar las obligaciones económicas que se derivan para la UAM y (xxx), se acredita la existencia de crédito adecuado y suficiente con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:12 XXXXX
10 Se debe indicar el objeto del convenio de forma suficiente y detallada.
11 Se deben indicar las actuaciones a realizar por cada entidad para el cumplimiento del objeto y, en su caso, la titularidad de los resultados obtenidos.
12 Si la UAM, así como cualquier otra Administración o entidad de derecho público firmante, asume obligaciones y compromisos de contenido económico, se ha de indicar el concepto presupuestario concreto con cargo al cual se van a financiar estas obligaciones y compromisos, así como su distribución temporal por anualidades, en su caso. Si no se asumen obligaciones económicas deberá eliminarse lo que no proceda.
De conformidad con las obligaciones asumidas por las partes intervinientes, al amparo de la cláusula segunda del presente convenio, éste no implica, en ningún caso, aportaciones económicas para la UAM. (si así procede conforme certificado de la Gerencia de la UAM).
Cuarta.- Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones y compromisos de las partes, y criterios para determinar la indemnización por incumplimiento.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las entidades firmantes del presente convenio, determinará la resolución del mismo y la entidad incumplidora asumirá los daños acreditados que se deriven de aquél. De no alcanzarse acuerdo expreso entre las partes, para su cálculo y abono se estará a los criterios establecidos por el artículo 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta.- Vigencia.
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá una vigencia de …… años, pudiendo prorrogarse previo acuerdo de las entidades firmantes adoptado de forma expresa con antelación a su vencimiento, por plazo no superior a cuatro años.13
Sexta. - Modificación.
El presente Convenio podrá ser modificado mediante acuerdo expreso de las entidades firmantes.
Séptima.- Resolución de controversias y seguimiento.
13 La vigencia debe ser por tiempo determinado no superior a 4 años. Se puede prorrogar por un período de hasta otros 4 años.
Las entidades firmantes se comprometen a colaborar en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo previsto en este convenio; de acuerdo con ello, se harán los mejores esfuerzos para resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación y cumplimiento del mismo.
A tal efecto, las entidades parte del Convenio designarán a las personas físicas firmantes del mismo o aquellas en quien deleguen para que, en su condición de responsables últimos, actúen de común acuerdo como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de su ejecución y de los compromisos derivados del mismo.
Este mecanismo y sus responsables serán los encargados del seguimiento del Convenio, pudiendo proponer la modificación de sus cláusulas, así como la supresión o adición de cualquier cláusula que estimen oportuna. En sus funciones de seguimiento le queda encomendado, además, el estudio y propuesta de los proyectos y actividades a desarrollar para su aprobación por los órganos de decisión que corresponda. Este mecanismo de seguimiento será también el encargado de proponer la solución amistosa de las controversias que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del Convenio.
Octava. – Resolución y extinción.
Serán causas de extinción del presente Convenio:
• El incumplimiento de su objeto.
• La imposibilidad sobrevenida de su realización.
• El mutuo acuerdo entre las partes o la decisión motivada de una de ellas, que deberá comunicarse por escrito a la otra parte, al menos, con un mes14 de antelación a la fecha en la que estime la efectiva terminación del mismo. Esta resolución no afectará a la realización de las actividades que estuvieran en
14 O el plazo que se estime adecuado
ejecución, debiendo continuar hasta su finalización las actuaciones que estuvieran iniciadas en el momento de la notificación de la denuncia, en las condiciones convenidas.
• Mediante resolución una vez transcurrido el periodo de vigencia y sus posibles prórrogas.
El acuerdo de resolución establecerá el modo de finalizar y liquidar las actuaciones que estuvieran pendientes de ejecución en el momento de la extinción del convenio.
Igualmente, además de las previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, o normativa que lo sustituya, serán causas específicas de resolución del presente convenio las siguientes:
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Novena. - Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 xx xxxxx de 2016, General de Protección de Datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se dicten.
Las partes quedan informadas de que los datos de los representantes o personas de contacto en las mismas, incluidos en el presente convenio o facilitados entre ellas con motivo de su ejecución, serán tratados con la finalidad de gestionar la relación establecida y favorecer la comunicación entre las mismas, conservándose los datos durante todo el tiempo en que subsista el convenio y, aún después, hasta que
prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. No se facilitarán datos a terceros salvo que sea necesario para el cumplimiento de obligaciones legales.
En el caso de que para el cumplimiento y ejecución de las actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de datos personales de terceras personas, las Partes tendrán la consideración de responsables del tratamiento de los datos personales pertinentes que, respectivamente, recaben y traten para el cumplimiento de los fines del convenio, comprometiéndose a informar a los interesados, cumplir la limitación de la finalidad, minimización y confidencialidad de los datos así como a adoptar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para evitar su alteración, pérdida, difusión, tratamiento o acceso no autorizado, respondiendo cada una de las Partes intervinientes de las responsabilidades que deriven de los posibles daños y perjuicios que causen por el incumplimiento de sus obligaciones.
Cada parte reconoce a los titulares de los datos la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación u oposición al tratamiento para lo que podrán dirigirse en la dirección de la sede social de cada entidad. Además, pueden poner una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considerasen que el tratamiento no se ajusta a la legalidad.
Décima.- Publicidad.
El presente Convenio será objeto de publicidad en el Portal de Transparencia de la UAM15, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y en
15 Y, en caso de firmarse con otra Administración o entidad de derecho público, en su respectivo portal o medio empleado para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa.
el artículo 23.1 de la Ley 10/2019, de 10 xx xxxxx, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Undécima.- Declaración Específica de confidencialidad, publicidad y publicación de los resultados
Ambas partes conceden, con carácter general, la calificación de información reservada a la obtenida en aplicación de este Convenio, por lo que asumen de buena fe el compromiso de estricta utilización por sus respectivas organizaciones, conforme al destino o finalidad pactada en su divulgación.
Decimosegunda.- Principio de Igualdad y lenguaje inclusivo.
El principio de igualdad de trato y oportunidades, la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos a los que se refiere el presente Xxxxxxxx, informarán la aplicación del mismo. Ambas partes procurarán de forma activa la integración de esos principios en las iniciativas que se lleven a cabo en el marco del presente Convenio y de los que lo desarrollen, así como en la ejecución y desarrollo del conjunto de actividades.
Decimotercera.- Régimen jurídico.
El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, si bien resultará de aplicación supletoria a fin de cubrir las lagunas de interpretación que pudieran surgir. Asimismo, tiene naturaleza administrativa, siendo competencia de la Jurisdicción Contencioso-administrativa la resolución de las cuestiones litigiosas que se susciten sobre el mismo y que no pudieran ser resueltas amistosamente.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente convenio en la fecha de la firma electrónica que se inserta. En caso de no coincidencia
temporal de todas las firmas insertas, la fecha del presente convenio será la de la primera firma electrónica de ellas, salvo que otra cosa decidan los comparecientes.
Por la UAM. Por (entidad firmante)
EL/LA GERENTE
EL/LA SECRETARIA GENERAL EL/LA VICERRECTOR/A
(Suprimir lo que no proceda)
D./Dña. D. ………………………..