RESOLUCIONES:
RESOLUCIONES:
Boletín Oficial Nº 1599.- Corrientes, 06 de Febrero de 2012.-
Nº 328: Aprueba la continuidad del trámite de contratación Directa Prórroga el vínculo contractual con la Firma Comercial Nación Seguros S.A.
Nº 330: Autoriza celebración de contratos de Locación de Obra con la Coordinación del Programa Nacional Cuidados Domiciliarios Anexo I –II.
Nº 331: Deja sin efecto el Art. Nº 6 de la Resolución Nº 268/11. Ratifica el Art. Nº 39 Nº 17/09 –
Comisión Central Coordinadora de los Carnavales de la Ciudad de Corrientes.
RESOLUCIONES ABREVIADAS:
Nº 327: Asigna Fondo Permanente de la Viceintendencia.
Nº 329: Aprueba el trámite de contratación Directa – Concurso de Precios Nº 155/12- Adjudica a la Firma HO Baños Químicos.-
Nº 332: Concede Licencia sin goce de Haberes al agente Xxxxx, Xxxxxx.-
Nº 333: Autoriza la Liquidación de sueldos correspondientes al ex agente Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx.- Nº 334: Autoriza la celebración de contrato con el Xx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.-
Nº 335: Autoriza la celebración de contrato con el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.- Nº 336: Autoriza la celebración de contrato con el Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.- DISPOSICIONES ABREVIADAS:
SECRETARIA DE GOBIERNO
Nº 73: Adjudica la compra en forma directa a la firma Servicios Integrales.-
Nº 74: Adjudica la contratación en forma directa a la firma HO Baños Químicos.-
Resolución Nº 328:
Corrientes, 03 de Febrero de 2012 VISTO:
El Expediente Nº 1542-S-2011, por el cual la Secretaría de Desarrollo Humano y Economía Social. Ref. Contratación servicios de Seguro de Responsabilidad Civil del Asegurado y la Resolución Nº 3290/2010. Resolución Nº 1907/2011 y Resolución Nº 2531/2011, y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 92 y vta. Obra copia de la Resolución Nº 3290 de fecha 27 de Diciembre de 2010, por la cual expresa en su artículo 1º: “Aprobar el trámite de Contratación Directa por vía de excepción de acuerdo al Informe Nº 649/2010, realizado por la Dirección Compras y Suministros, obrante a fs. 07 de las presentes actuaciones”, procediendo inmediatamente en el artículo 2º: “Adjudicar a favor de la firma Comercial Nación Seguros S.A. C.U.I.T. 30-67856116-5, por el término de seis (6) meses a partir del 1º de Octubre de 2010 hasta el 31 xx Xxxxx de 2011, el servicio de seguro de responsabilidad civil del Asegurado frente a terceros ante eventuales hechos (fortuitos y fuerza mayor) que pudieran producirse como consecuencia de los trabajos realizados por este Municipio a través de las cincuenta (50) Cooperativas y en toda su jurisdicción en el Marco del Programa Argentina Trabaja, de acuerdo a lo obrante a fs. 07 de las presentes actuaciones”.
Que, a fs. 113 el Sr. Secretario de Desarrollo Humano y Economía Social solicita la prórroga por un plazo de seis (6) meses del vínculo contractual con la Aseguradora Nación Seguros S.A. que ha expirado el 31 xx Xxxxx de 2011, esgrimiendo la persistencia de idénticos fines que han dado lugar al vínculo contractual con la citada aseguradora.
Que, por las razones que antecede se procedió a dictar la Resolución Nº 1907 que aprueba y prórroga el vínculo contractual con la Firma Comercial Seguros S.A. C.U.I.T. 30-67856116-5, “…por el término de seis meses a partir del 1º xx Xxxxx de 2011 hasta el 30 de Septiembre de 2011”.
Que a fs. 128 la Secretaria de Desarrollo Humano y Economía Social solicita la prórroga por el término de doce (12) meses con efecto a partir del 1º de Octubre de 2011 hasta el 00 xx Xxxxxxxxxx xx 0000 xxx xxxxxxx contractual con la Aseguradora Nación Seguros, atendiendo a la continuidad de los fines y razones que dieron origen al vínculo contractual aprobado por Resolución Nº 3290/2010 obrante a fs.92 y vta y Resolución Nº 1907/2011 y Nº 2531 obrante a fs. 122/124 y vta. De estos obrados respectivamente.
Que, a fs. 140/141 corre estimación del presupuesto para las previsiones presupuestarias
pertinentes.
Que, a fs. 142/144 obran intervención de la Subsecretaria de Economía y Financiamiento y afectación preventiva realizado por la Dirección General de Contabilidad, NUP: 321/2012 hasta el monto de $ 21.228,50.
Que, a fs. 145 corre Informe Nº 188/2012, Contratación Directa por vía de excepción, resultando adjudicada la Firma Comercial Nación Seguros S.A. Cuit Nº 30-67856116-5, surgiendo de ello que la suma cotizada por el servicio requerido a $ 21.228.50.
Resolución.
RESUELVE:
Que, el Departamento Ejecutivo posee la facultad para el dictado de la presente
POR ELLO:
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
Artículo 1º: Aprobar la continuidad del trámite de Contratación Directa por vía de excepción de acuerdo al Informe Nº 188/2012, realizado por la Dirección de Compras y Suministros, obrante a fs. 145 de las presentes actuaciones.
Artículo 2: Prorrogar el vínculo contractual con la Firma Comercial Nación Seguros S.A.,
C.U.I.T. 30-67856116-5, por el término de doce (12) meses con efecto a partir del 1º de octubre de 2011 hasta el 30 de Septiembre de 2012, por el servicio de Seguro de Responsabilidad Civil del Asegurado frente a terceros ante eventuales hechos (fortuitos y fuerza mayor) que pudieran producirse como consecuencia de los trabajos realizados por este Municipio a través de las cincuenta (50) Cooperativas y en toda su jurisdicción, en el Marco del Programa Argentina Trabaja.
Artículo 3: Encuadrar la presente erogación en las previsiones de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración de los Bienes del Sector Público Nº 5571-Art. 152 – Art. 109º Inc.3, a) Decreto Provincial Reglamentario Nº 3056/04, art. 86 – último apartado y art.87, inc. a) y Resoluciones Nº 337/05 – Anexo único- y sus modificatorias Nº 086/10, Nº 661/10 y 2721/2011 respectivamente.-
Artículo 4: Autorizar a la Secretaría de Economía y Hacienda a emitir Libramiento y Orden de Pago y a efectuar el pago correspondiente, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales a favor de la firma Comercial: Nación Seguros S.A., C.U.I.T. 30-67856116-5, por el monto de Pesos Veintiún Mil Doscientos Veintiocho con Cincuenta Centavos ($ 21.228,50), por los conceptos indicados y detalle obrante a fs. 145 de estas actuaciones.
Artículo 5: Autorizar a la Secretaría de Economía y Hacienda a la imputación en la partida correspondiente.
Artículo 6: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Desarrollo Humano y Economía Social y el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
Artículo 7: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.-
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Intendente
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes Xx. Xxxxx Xxxxxxx
Secretario de Economía y Hacienda Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Lic. Xxxxx Xxxx Xxxxx
Secretario Desarrollo Humano y Econ. Social Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución Nº 330
Corrientes, 03 de Febrero de 2012. VISTO:
Las actuaciones tramitadas en el Expediente Nº 1501- S-2011.
CONSIDERANDO:
Que, en el Expediente Nº E-SENAF-Nº 7306-2011, correspondiente al Convenio del Programa Nacional de Cuidadores Domiciliarios, Curso de Formación, obra la copia del Convenio firmado entre el Municipio y la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y familia, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, de donde surge el “Programa Nacional de Cuidadores Domiciliarios, Curso de Formación de Cuidadores Domiciliarios”.
Que, dicho Convenio tiene por objeto la implementación del Primer componente del Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios a través de un curso de formación de Cuidadores
Domiciliarios con la finalidad de capacitar personas de la comunidad para brindar apoyo domiciliario a los adultos mayores, personas con discapacidad y enfermos crónicos terminales en situación de Riesgo Social con el fin de mejorar su calidad de vida e inserción en la sociedad.
Que, se hace imprescindible realizar las contrataciones con los profesionales capacitados para dictar dichos cursos a fin de continuar cumpliendo con la mejora en el desarrollo de tareas orientadas al fortalecimiento de la salud como política de estado y el seguimiento de las familias vulnerables y de riesgo socio-sanitario y afianzando las actividades de prevención primaria, promoción de la salud y protección específica, asegurando la participación activa de la comunidad.-
Que conforme a la Resolución Nº 2453 de fecha 14/09/2011, se encuentra a cargo de la Secretaría de Salud y Medio Ambiente el Sr. Secretario de Desarrollo Humano y Economía Social, quien esta facultado para refrendar el presente acto administrativo.
Que, atento a las facultades conferidas, el Departamento Ejecutivo, procede al dictado de la Presente Resolución.
POR ELLO
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo Nº 1: Autorizar la celebración de los Contratos de Locación de Obra a suscribirse entre la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes y los profesionales intervinientes que son parte del equipo técnico a cargo de la Coordinación del Programa Nacional Cuidados Domiciliarios, cuya nómina forma parte de la presente como Anexo I.
Artículo Nº 2: Aprobar los Modelos de Contratos de Locación de Servicios en el marco del Convenio Programa Nacional Cuidados Domiciliarios que se hallan en el Anexo II ellos son Coordinador General Docente, Coordinador Pedagógico Docente, Coordinador Grupal, Asesor Psicológico, que forman parte de la presente como Anexo II.-
Artículo Nº 3: Aprobar el Instructivo por la Rendición de Cuentas, Anexo III, que se encuentra en fojas 13 a 20 de Expediente 1501-S-2011.-
Artículo Nº 4: Aprobar el Modelo para Informe Técnico Final, Anexo IV, que se encuentra en fojas 21 a 26 de Expediente 1501-S-2011.-
Artículo 5: Dar intervención a la a la Escribanía Municipal para la certificación de los contratos.
Artículo 6: Instruir a la Secretaría de Economía y Hacienda para la asignación de los fondos correspondientes y a la Dirección General de Personal para que arbitre los medios necesarios para la continuidad de la relación contractual, las liquidaciones y los pagos de los haberes correspondientes.
Artículo 7: La presente resolución será refrendada por los señores Secretarios de Salud y Medio Ambiente y de Economía y Hacienda.
Artículo 8: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
ANEXO I
NÓMINA DE LOS PROFESIONALES
NOMBRES DNI ESPECIALIDAD
1 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx 00.000.000 Asistente Social 2 Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 00.000.000 Xxxxxxxxx Xx Xxxxxxxxxx 0 Xxxxx Xxx X. Xxxxxxxx Xxxxxxx 29.035.378 Asistente Social
4 Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx 00.000.000 Xxxxxxxxx Xxxxxx
0- Xxxxx Xxxxxxxx 27.482.589 Psicóloga
ANEXOII
MODELO DE CONTRATO DE BECA (COORDINADOR XXXXXXX XXXXXXX)
Xxxxx xx XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX Xxxxxxxxxx, representada por Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, D.N.I Nº 22.320.838, en su carácter de INTENDENTE, con domicilio en la xxxxx 00 xx Xxxx xx 0000, xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, por una parte, en adelante la MUNICIPALIDAD” y, por la otra el Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx con D.N.I. 26.476.403, con domicilio real y constituido en la calle. Entre Xxxx Nº 1746 de la localidad de Corrientes, en adelante “EL Coordinador General Docente”, se conviene celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad concede una beca con el objeto de cumplimentar la función de Coordinador General del / los Curso de Formación de Cuidadores Domiciliarios en el marco del “Programa Cuidados Domiciliarios “ para la formación de 40 personas de la comunidad en la tarea inherente de los cuidados en domicilio para adultos mayores, personas con discapacidad y enfermos crónicos o terminales desde el 15 xx Xxxxxx de 2011, hasta el 15 de Enero de 2011.---------------------------
SEGUNDA: “EL Coordinador General Docente”, tendrá la función de realizar tareas de organización, planificación y seguimiento del programa, como así también gestionar y realizar las tareas administrativas inherentes al mismo de acuerdo a las pautas exigidas por el Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios de la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia.--------------------------------------
TERCERA: “El Coordinador General Docente”, tendrá una carga horaria de 12 Horas semanales con máximo de tres (3) horas por día, el primer mes de organización. Y los cincos meses restantes el cumplimiento de 8 horas semanales. Es facultad de “Municipalidad” la determinación de los días y horas en que se efectuarán las mismas dentro de los máximos preestablecidos.-----------------------------------------
CUARTA: La suma total de la beca por la Coordinación General es de MIL TRESCIENTOS PESOS ($ 1.300.00) mensuales, dado que el curso tiene una duración de seis (6) meses. Dicha suma será abonada por la Municipalidad en forma mensual y en un todo de acuerdo con la tarea efectivamente realizada y hasta la finalización del presente o hasta que el mismo quede sin efecto por cualquier causa -----------------
QUINTA: En el caso de que “El Coordinador General Docente”, no cumpliera fielmente con las obligaciones que contrae de acuerdo al siguiente convenio, incurriera en inasistencias injustificadas, llegadas tarde o en otras faltas, actitudes o conductas perjudiciales para el funcionamiento de la beca y/o los intereses de Municipalidad ésta podrá declarar rescindido el presente convenio sin obligación indemnizatoria por parte de la Municipalidad.-
SEXTA: La Municipalidad no asume ninguna de las obligaciones propias del Contrato de Trabajo en relación de dependencia o de locación de obras o servicios, ni “El Coordinador General Docente”, podrá invocar derecho alguno en el mismo sentido.---
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los 15 días del mes xx Xxxxxx de 2011.---------------------------
ANEXO II
MODELO DE CONTRATO DE BECA (COORDINADOR PEDAGOGICO DOCENTE)
Entre la MUNICIPALIDAD DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, representada por Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx D.N.I.Nº 22.320.838, en su carácter de INTENDENTE, con domicilio en la xxxxx 00 xx Xxxx Xx 0000 , xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, por una parte, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” y por la otra el Srta. Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx con D.N.I.Nº 32.865.148, con domicilio real y constituido en la Calle Bº 46 vivienda casa Nº 13, de la localidad de San Xxxxxxx, en adelante “El Coordinador Pedagógico Docente” se conviene celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad concede una beca con el objeto de cumplimentar la función de Coordinador General del/ los Curso/s de Formación de 40 personas de la comunidad en la tarea inherente de los cuidados en domicilio para adultos mayores, personas con discapacidad y enfermos crónicos o terminales, desde el día 15 xx Xxxxxx de 2011, hasta el 15 de Enero de 2011.-----------------------------------
SEGUNDA: “El Coordinador Pedagógico Docente” tendrá la función de Regular los el dictado de los módulos por parte de los profesionales, que sea didácticas, donde los aspirantes se sientan atraídos con el curso de formación, de acuerdo a las pautas exigidas por el Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de desarrollo.----
TERCERA: “El Coordinador Pedagógico Docente”, tendrá una carga horaria de 12 horas semanales, con el máximo de tres (3) horas por día. Es facultad de “Municipalidad” la determinación de los días y horas en que se efectuarán las mismas dentro de los máximos preestablecidos.---------------------------------
CUARTA: La suma total de la beca por la Coordinación Pedagógica es de MIL CIEN PESOS ($ 1.100,00) mensuales, dado que el curso tiene una duración de seis (6) meses. Dicha suma será abonada por la Municipalidad en forma mensual y en un todo de acuerdo con la tarea efectivamente realizada y hasta la finalización del presente o hasta que el mismo quede sin efecto por cualquier causa.-----------------
QUINTA: En el caso de que “El Coordinador Pedagógico Docente”, no cumpliera fielmente con las obligaciones que contrae de acuerdo al siguiente convenio, incurriera en inasistencias injustificadas, llegadas tarde o en otras faltas, actitudes o conductas perjudiciales para el funcionamiento de la beca y/o los intereses de la Municipalidad, ésta podrá declarar rescindido el presente convenio, sin obligación indemnizadota por parte de la “Municipalidad”.
--
SEXTA: La Municipalidad no asume ninguna de las obligaciones propias del Contrato de Trabajo en relación de dependencia de locación de obras o servicios, ni “El Coordinador Pedagógico Docente”, podrá invocar derecho alguno en el mismo sentido.-
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los 15 días del mes xx Xxxxxx de 2011.---------------------------
ANEXO II
MODELO DE CONTRATO DE BECA (COORDINADOR GRUPAL)
Xxxxx xx XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX, representada por Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, D.N.I.Nº 22.320.838, en su carácter de INTENDENTE con domicilio en la calle 25 xx Xxxx Nº 1132, de la localidad de Corrientes, por una parte, en adelante MUNICIPALIDAD y por la otra. La Srta. Xxxxx del Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, con D.N.I. 29.035,378, con domicilio real y constituido en la calle Brasil Nº 1042, Dto 1, de la localidad de Corrientes, en adelante “La Coordinadora Grupal Docente”, se conviene celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas.
PRIMERA: La Municipalidad concede una beca con el objeto de cumplimentar la función de
“Coordinador Grupal Docente” del/ los Curso/s de Formación de Cuidadores
Domiciliarios, en el marco del “Programa Cuidados Domiciliarios” para la formación de 40 personas de la comunidad en la tarea inherente de los cuidados en domicilio para adultos mayores, personas con discapacidad y enfermos crónicos o terminales, desde el día 15 xx Xxxxxx de 20 hasta el 15 de enero de 2011.-
SEGUNDA: “La Coordinadora Grupal Docente”, tendrá la función, de acuerdo a las pautas exigidas por el Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios de la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia.
TERCERA: “La Coordinadora Grupal Docente” tendrá una carga horaria de 12 horas semanales, con un máximo de tres (3) horas por día. Es facultad de Municipalidad la determinación de los días y horas en que se efectuarán las mismas dentro de los máximos preestablecidos.--------------------------------------------
CUARTA: La suma total de la beca por la coordinación grupal es de MIL CIEN PESOS ($ 1.100,00) mensuales, dado que el curso tiene una duración de seis (6) meses. Dicha suma será abonada por la Municipalidad en forma mensual y en un todo de acuerdo con la tarea efectivamente realizada y hasta la finalización del presente o hasta que el mismo quede sin efecto por cualquier causa.---------------------------
QUINTA: En el caso de que “El Coordinador Grupal” no cumpliera fielmente con las obligaciones que contrae de acuerdo al siguiente convenio, incurriera en inasistencias injustificadas llegadas tarde o en otras faltas, actitudes o conductas perjudiciales para el funcionamiento de la beca y/o los intereses de Municipalidad, ésta podrá declarar rescindido el presente convenio, sin obligación indemnizatoria por parte de la Municipalidad.
SEXTA: “La Municipalidad” no asume ninguna de las obligaciones propias del Contrato de Trabajo en relación de dependencia o de locación de obras o servicios, ni “El Coordinador Grupal podrá invocar derecho alguno en el mismo sentido.---------------
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los 15 días del mes xx Xxxxxx de 2011.---------------------------
ANEXO II
MODELO DE CONTRATO DE BECA (COORDINADOR GRUPAL)
Xxxxx xx XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX, representada por Don. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. D.N.I .Nº 22 320.838, en su carácter de INTENDENTE, con domicilio en la calle 25
xx Xxxx Nº 1132, de la localidad de Corrientes, por una parte, en adelante MUNICIPALIDAD y, por la otra el Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, con D.N.I. Nº 27.482.589, con domicilio real y constituido en Xxxxxx Xxx, 00 Xxxxxxxxx, Xxxxxx “X”, Xxxx Xx 11, de la localidad de Corrientes, en adelante “El Coordinador Grupal Docente”, se conviene celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad concede una beca con el objeto de cumplimentar la función de “Coordinador Grupal Docente” del/los Curso/s de Formación de Cuidadores Domiciliarios, en el marco del Programa Cuidados Domiciliarios” para la formación de 40 personas de la comunidad en la tarea inherente de los cuidados en domicilio para adultos mayores, personas con discapacidad y enfermos crónicos o terminales, desde el día 15 xx xxxxxx de 20 hasta el 15 de enero de 2011.-
SEGUNDA: “El Coordinador Grupal Docente” tendrá la función, de acuerdo a las pautas exigidas por el Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios de la Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia.
TERCERA: “EL Coordinador Grupal Docente”, tendrá una carga horaria de 12 horas semanales, con máximo de TRES (3) horas por día. Es facultad de Municipalidad la determinación de los días y horas en que se efectuarán las mismas dentro de los máximos preestablecidos.--------------------------------------------
CUARTA: La suma total de la beca por la coordinación grupal es de MIL CIEN PESOS ($ 1.100,00) mensuales, dado que el curso tiene una duración de seis (6) meses.
Dicha suma será abonada por la Municipalidad en forma mensual y en un todo de acuerdo con la tarea efectivamente realizada y hasta la finalización del presente o hasta que el mismo quede sin efecto por cualquier causa.
QUINTA: En el caso de que “El Coordinador Grupal” no cumpliera fielmente con las obligaciones que contrae de acuerdo al siguiente convenio, incurriera en inasistencias injustificadas, llegadas tarde, o en otras faltas, actitudes o conductas perjudiciales para el funcionamiento de la beca y/o los intereses de Municipalidad, ésta podrá declarar rescindido el presente convenio, sin obligación indemnizatoria por parte de la Municipalidad.
SEXTA: “La Municipalidad” no asume ninguna de las obligaciones propias del Contrato de Trabajo en relación de dependencia o de Locación de Obras o Servicios, ni “El Coordinador Grupal podrá invocar derecho alguno en el mismo sentido.---------------
En prueba de Conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los 15 días del mes xx Xxxxxx de 2011.---------------------------
ANEXO II
MODELO DE CONTRATO DE BECA (ASESOR PSICOLOGICO)
En la MUNICIPALIDAD DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, representada por Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X.X. Xx 0000, xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, por una parte en adelante “LA MUNICIPALIDAD” y por la otra el Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx, con D.N.I. Nº : 27.553.850; con domicilio real y constituido en Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, 000 Viviendas, Grupo “I”, Manzana 60-14-4, Casa Nº 83; de la localidad de Corrientes, en adelante “El Asesor Psicológico”, se conviene celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad concede una beca con el objeto de cumplimentar la función de “Asesor Psicológico” del/ los Curso/s de Formación de Cuidadores Domiciliarios, en el marco del “Programa Cuidados Domiciliarios”, para la formación de 40 personas de la comunidad en la tarea inherente de los cuidados en domicilio para adultos mayores, personas con discapacidad y enfermos crónicos o terminales, desde el día 15 xx Xxxxxx de 2011 hasta el 15 de Septiembre de 2011.--------------------------------
SEGUNDA: “El Asesor Psicológico”, tendrá la función de intervenir en la etapa de selección de los alumnos, a través de la aplicación de técnicas de evaluación psicológica de acuerdo a las pautas exigidas por el Programa Nacional de Cuidados Domiciliarios de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social.
TERCERA: “El Asesor Psicológico”, tendrá una carga horaria de 12 horas semanales, durante Un (1) mes, con el máximo de Tres (3) horas por día. Es facultad de la “Municipalidad” la determinación de los días y horas en que se efectuarán las mismas dentro de los máximos preestablecidos.--------------------------
CUARTA: L a suma total de la beca por la Asesoría Psicológica es de MIL CIEN PESOS ( $1.100,00.-). Dicha suma será abonada por la Municipalidad al finalizar el primer mes de la ejecución del Programa y en un todo de acuerdo con la tarea efectivamente realizada y hasta la finalización del presente o hasta que el mismo quede sin efecto por cualquier causa.
QUINTA: En el caso de que “El Asesor Psicológico” , no cumpliera fielmente con las obligaciones, que contrae de acuerdo al siguiente convenio, incurriera en inasistencias injustificadas, llegadas tarde, o en otras faltas actitudes o conductas perjudiciales para el funcionamiento de la Beca y/o los intereses de “Municipalidad”, ésta podrá declarar rescindido el presente convenio, sin obligación indemnizatoria por parte de la Municipalidad”.
SEXTA: “La Municipalidad” no asume ninguna de las obligaciones propias del Contrato de Trabajo en relación de dependencia o de locación de obras o servicios, ni “El Asesor Psicológico”, podrá invocar derecho alguno en el mismo sentido.-------------
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los 15 días del mes xx Xxxxxx de 2011.---------------------------
Resolución Nº 331
Corrientes, 03 de Febrero de 2012. VISTO:
El Expediente Nº 78-C-2012, y de la Resolución Nº 256 del 23 de Enero de 2012 donde se constituye se constituye la Comisión Central Coordinadora de los Carnavales de la Ciudad de Corrientes (C.C.C.C.) y;
CONSIDERANDO:
Que, es facultad de la Comisión Central Coordinadora de los Carnavales de la Ciudad de Corrientes (C.C.C.C.) la de aplicar y reformar el Reglamento de Organización y Competencia para los Carnavales de la Ciudad de Corrientes, que se encuentra vigente por Resolución Nº 268 del 09 de febrero de 2011.-
Que, en el mencionado Reglamento, en su art. Nº 43 establece: Art. Nº 43: El presente Reglamento de Organización y Competencia podrá ser reformado en todo o en parte, ante pedido escrito y formal de uno de los miembros de la C.C.C.C. y/o El Organizador, aprobado por mayoría simple en sesión plenaria, fehacientemente convocada al efecto por Presidencia de la C.C.C.C.”
Que, por tal motivo, y atento a la nota presentada por los miembros de las C.C.C.C., se propone dejar sin efecto sin dejar el Art. Nº 6 de la Resolución Nº 268 del 9 de Febrero de 2011 y ratificar el Art. 39 de la Resolución Nº 17 del 7 de Enero de 2009.
Que, es menester hacerlo mediante el dictado de la pertinente norma legal. Que, es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal.