Contract
CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE CONSUMIBLES DE CÓMPUTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA OFICINA DE PROGRAMA DE GOBIERNO, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE JEFA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA OFICINA CITADA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA OFICINA” Y POR OTRA PARTE XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX Y/O “CENTRAL PAPELERA”, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA EMPRESA” AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
Primero: El día 30 del mes de Enero del año 2012, el Subcomité de Adquisiciones de la Oficina de Programa de Gobierno, del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave en su primera sesión ordinaria se informo de la adquisición de la papelería, artículos de oficina y consumibles de cómputo para cubrir las necesidades de las diferentes áreas que la conforman, mediante el procedimiento de Licitación Simplificada, en términos del artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenaciones de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx.
Segundo.- Con fecha 09 de febrero del presente año, se remitieron oficios para participar en la Licitación Simplificada LS-GEV-32/002/12 a las siguientes empresas: Comercialización Distribución y Asesoría de Xalapa S.A. de C.V.; Comercializadora Fergox S.A. de C.V.; Comercializadora SKO S.A. de C.V.; Central Papelera/Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx; Soporte Técnico/Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx; y Corporativo MAROHER
S.A. de C.V.
Tercero: Conforme a la fecha establecida en el oficio de invitación, el día 16 de febrero de la presente anualidad, se realizó el acto de recepción y apertura de propuestas técnicas y económicas, con la participación de los integrantes de la Comisión de Licitación, así como de los representantes de las empresas invitadas.
Cuarto: Que como resultado del análisis a las propuestas técnicas y económicas y con fundamento en la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento, Administración y Enajenaciones de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, la Comisión de Licitación decidió otorgar el fallo a favor de la empresa “Central Papelera”/Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, notificándole mediante oficio número OPG/UA/150-2012 el dictamen emitido por la Comisión de Licitación el día 16 de febrero del presente año.
DECLARACIONES
I.- De “LA OFICINA”.
a) Que la Oficina de Programa de Gobierno es un área de asistencia y asesoría del
X. Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx, creada mediante Acuerdo expedido por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, publicado en la Gaceta Oficial del Estado el 11 de enero de 2006, modificado por diverso publicado en la Gaceta Oficial del Estado número extraordinario 404 de fecha 17 de diciembre de 2010 y para el mejor cumplimiento de sus funciones, necesita contar con el material objeto del presente contrato.
b) Que con fundamento en el artículo 186 del Código Financiero para el Estado de Veracruz, la Lic. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Jefa de la Unidad Administrativa cuenta con la capacidad legal suficiente para celebrar el siguiente contrato.
c) Que su domicilio se encuentra ubicado en la esquina que conforman las calles de Xxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxx, Colonia Centro, Código Postal 91000, en la ciudad de Xalapa-Xxxxxxxx, Veracruz y cuenta con el siguiente número telefónico 01 -228- 000-00-00
II.- DE “LA EMPRESA”
a) Que es una persona física, de nacionalidad mexicana y que cuenta con la capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente contrato; así mismo, que tiene como actividad la compraventa de artículos de papelería y de oficina en general y cuenta con los elementos técnicos, financieros, materiales y humanos suficientes para la suscripción del presente contrato y el cumplimiento de las obligaciones que en el mismo se establecen.
b) Que se identifica con la credencial de elector con folio número 2052015627919
c) Que se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave RFC. HESA- 570424S6A así como en el Padrón Estatal de Proveedores del Gobierno del Estado con clave 27598 conforme lo establece el ordenamiento legal que rige este procedimiento.
d) Que para los efectos legales de este contrato, señala como su domicilio el ubicado en el avenida Xxxx Xxxxxxxx No. 161, colonia Represa xxx Xxxxxx, C. P. 91050, en esta ciudad de Xalapa, Veracruz, y cuenta con el siguiente número de teléfono y fax 01-228- 0-00-00-00.
e) Que es su voluntad celebrar el presente contrato con “LA OFICINA” en los términos y condiciones que se establecen en el presente instrumento.
Xxxxxxx a lo declarado, las partes se sujetan a las siguientes:
X X X X X X X X X
PRIMERA: “LA EMPRESA” vende a “LA OFICINA”, papelería, artículos de oficina y consumibles de cómputo, mismos que se especifican y desglosan en el pedido respectivo y en el siguiente cuadro, donde se asientan las partidas correspondientes, los cuales deberá surtir en cajas cerradas y en empaque original para su mayor protección y con fecha de caducidad en su caso, no menor a un año.
PAPELERÍA Y ARTICULOS DE OFICINA | ||||
BOLÍGRAFO ZEBRA J-ROLLER RX NEGRO | PZA. | 150 | 22.00 | 3,300.00 |
BOLÍGRAFO ZEBRA J-ROLLER RX AZUL | PZA. | 150 | 22.00 | 3,300.00 |
LAPIZ GRUESO XXXXXXXX XXXXX 0 | PZA. | 800 | 3.60 | 2,880.00 |
BOLÍGRAFO BIC MEDIANO ROJO | PZA. | 80 | 3.90 | 312.00 |
DIUREX TRANSPARENTE 24X65 | PZA. | 160 | 24.10 | 3,856.00 |
AGARRAPAPEL DEL NO. 2 | PZA. | 400 | 4.00 | 1,600.00 |
CORRECTOR LAPICERO RADEX PEN 8 ML. | PZA. | 48 | 24.00 | 1,152.00 |
PERFORADORA DE 3 ORIFICIOS METALICA USO RUDO PEGASO 300 | PZA. | 8 | 690.00 | 5,520.00 |
DIUREX TRANSPARENTE 12 X 65 MTS | PZA. | 48 | 13.00 | 624.00 |
ARILLOS METÁLICOS NEGROS DE 3/16 PULG. | PZA. | 640 | 2.00 | 1,280.00 |
ARILLOS METÁLICOS NEGROS DE 7/16 PULG. | PZA. | 400 | 3.00 | 1,200.00 |
DVD GRABABLE DE 8.5 GB | PZA. | 320 | 32.00 | 10,240.00 |
ETIQUETAS PARA DISCO COMPACTO | PZA. | 480 | 1.80 | 864.00 |
DE 4 MARCADORES PARA PINTARRÓN | PTE. | 16 | 48.00 | 768.00 |
CLIPS XXXXXXXXXX XXX XX. 0 | XXX. | 00 | 160.00 | 2,560.00 |
CLIPS XXXXXXXXXX XXX XX. 0 | XXX. | 00 | 140.00 | 2,240.00 |
CLIPS XXXXXXXXXX XXX XX. 0 | XXX. | 00 | 120.00 | 1,200.00 |
CLIPS GIGANTE XXXXXXXXX XXX XX. 0 | XXX. | 0 | 168.00 | 840.00 |
CARPETA DE ARGOLLA PANORAMA DE 1 PULG. | PZA. | 160 | 42.00 | 6,720.00 |
XXXXXXXX FLUORESCENTE BIC XXXXXXXX | XXX. | 192 | 9.00 | 1,728.00 |
XXXXXXXX PERMANENTE BIC VERDE | PZA. | 90 | 19.00 | 1,710.00 |
XXXXXXXX PERMANENTE BIC AZUL | PZA. | 90 | 19.00 | 1,710.00 |
MARCADOR PERMANENTE BICROSA | PZA. | 90 | 19.00 | 1,710.00 |
TARJETA BRISTL DE 3 X 5 PULGADAS | CTO. | 25 | 12.00 | 300.00 |
FOLDER CARTA CREMA | CTO. | 8 | 98.00 | 784.00 |
FOLDER OFICIO CREMA | CTO. | 4 | 110.00 | 440.00 |
ENGRAPADORA DE ESCRITORIO TIRA COMPLETA | PZA. | 16 | 120.00 | 1,920.00 |
DESENGRAPADOR | PZA. | 24 | 10.00 | 240.00 |
GOMA MIGAJON FACTIS | PZA. | 45 | 6.00 | 270.00 |
DIUREX TRANSPARENTE DE 24 X 65 | PZA. | 32 | 24.10 | 771.20 |
MARCADOR PERMANENTE NEGRO | PZA. | 48 | 18.00 | 864.00 |
MARCADOR PERMANENTE NEGRO PARA CD ZEBRA EXTRA FINE | PZA | 128 | 20.00 | 2,560.00 |
MICA TERMICA TAMAÑO CARTA GBC | PAQ. | 8 | 440.00 | 3,520.00 |
MICA PROTECTORA OXFORD | PAQ. | 18 | 120.00 | 2,160.00 |
71,143.20 | ||||
11,382.91 | ||||
82,526.11 |
PDA. | Descripción | U. M. | Cant. | Unit. | Total |
CONSUMIBLES DE COMPUTO | |||||
6 | TONER HEWLETT PACKARD C4127X PARA IMPRESORA 4050 | PZA. | 2 | 2,600.00 | 5,200.00 |
SUBTOTAL I.V.A. TOTAL | 5,200.00 | ||||
832.00 | |||||
6,032.00 |
SEGUNDA: “LA EMPRESA” se compromete a entregar los pedidos dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firma del presente contrato en las instalaciones de “LA OFICINA”.
TERCERA: “LA EMPRESA” deberá facturar a nombre de la Oficina de Programa de Gobierno con Registro Federal de Causantes OPG-930312-P32, domicilio Xxxxxxx de Gobierno S/N, esquina Xxxxxxx Xxxxx, Colonia Centro, C. P. 91000, Xalapa – Xxxxxxxx, Veracruz.
CUARTA: “LA OFICINA” pagará a precio fijo a la empresa por la adquisición de lo solicitado y conforme a lo estipulado en la Cláusula Primera, la cantidad de $ 76,343.20 (Setenta y seis mil trescientos cuarenta y tres pesos 20/100 M. N.) importe sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, dentro de los 30 días posteriores a la recepción de lo solicitado y de que la factura sea a entera satisfacción de “LA OFICINA”. El finiquito de la facturación se hará mediante pago electrónico que realizará la Secretaría de Finanzas y Planeación, previo trámite de la Unidad Administrativa de “LA OFICINA”.
QUINTA: “LA EMPRESA” se compromete a entregar los bienes materiales objeto de este contrato en la marca, presentación, calidad y demás características y especificaciones propuestas en su cotización, obligándose expresamente a garantizarlos contra cualquier defecto de fabricación o vicios ocultos, cambiando aquellos que presenten algún defecto por otros de la misma marca y calidad requerida y totalmente nuevos, según las partidas asentadas en el cuadro arriba indicado, sin que impliquen una erogación extra por parte de “LA OFICINA”.
SEXTA.- “LA EMPRESA” se responsabiliza totalmente de cualquier violación o infracción a las disposiciones relativas a la propiedad industrial de patentes y marcas, eximiendo de cualquier responsabilidad a “LA OFICINA”.
SEPTIMA: Ambas partes acuerdan que los derechos y obligaciones contraídas en este contrato no podrán cederse ni traspasarse ni subcontratarse bajo ninguna modalidad a favor de persona alguna. La contravención a esta cláusula traerá como consecuencia la rescisión del presente contrato, sin ninguna responsabilidad para “LA OFICINA”.
OCTAVA.- “LA OFICINA” podrá rescindir administrativamente el presente contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de “LA EMPRESA”, así como revocarlo anticipadamente cuando ocurran razones de interés público y de fuerza mayor o que el propio Gobierno del Estado determine acciones que afecten el presupuesto de la Oficina y dificulten o imposibiliten el cumplimiento de este contrato.
NOVENA: “LA EMPRESA” se obliga a pagar a “LA OFICINA” como pena convencional un cinco al millar calculando sobre el monto de los pedidos que se
encuentran en situación de incumplimiento por cada día de atraso en el cumplimiento oportuno de la entrega de los bienes solicitados, mismo que será descontado del importe de la factura correspondiente.
DÉCIMA: Con el fin de garantizar el debido cumplimiento de este contrato, el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas aquellas obligaciones contraídas, y con fundamento en el Artículo 64 Fracción II de la Ley de Arrendamientos, Adquisiciones, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, “LA EMPRESA” otorga, a la firma del presente documento, Póliza de Fianza expedida por Compañía legalmente Autorizada para ello por un importe equivalente al 10 por ciento del monto total del contrato, sin excluir el Impuesto al Valor Agregado.
La póliza de fianza deberá ser expedida a favor de la Secretaria de de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx xx xx Xxxxx.
Para estos efectos, la compañía afianzadora deberá aceptar expresamente, cumplir con los siguientes requisitos:
A) Someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 95, 95 bis, y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
B) Pagar hasta la cantidad importe de la Fianza, en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, el cumplimiento del contrato.
C) La Fianza estará vigente por doce meses contados a partir de la suscripción de este documento y sólo podrá cancelarse a petición y por escrito, de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave; en el caso de que sea prorrogado el plazo establecido para la terminación de los trabajos a que se refiere la fianza, o exista espera o bien se hubiese celebrado algún convenio modificatorio de plazo, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia de dicha prorroga o espera, sin necesidad de solicitar endosos.
D) La afianzadora no goza de los derechos de orden y exclusión, la presente fianza estará en vigor a partir de la fecha que la calza.
E) En caso de controversia sobre la interpretación de la fianza, la afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Xalapa, Veracruz.
DÉCIMA PRIMERA: “LA EMPRESA” reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refieren los artículos 13 y 15 de la ley federal del trabajo y en consecuencia, es el único patrón, liberando a “LA OFICINA” de cualquier responsabilidad laboral y de seguridad social que se derive con motivo del personal que intervenga en la ejecución del presente contrato.
DÉCIMA SEGUNDA: Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en el tiempo, lugar y condiciones especificadas.
DÉCIMA TERCERA: Las partes se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con que se ostentan en este acto jurídico y externan libremente su voluntad para obligarse en los tiempos y cláusulas de este contrato.
DÉCIMA CUARTA: Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes convienen expresamente someterse a la jurisdicción y competencia de los tribunales del fuero común de la ciudad de XALAPA- XXXXXXXX, VERACRUZ XX XXXXXXX XX XX XXXXX, renunciando a cualquier otra que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal del presente contrato, lo firman en la XXXXXX XX XXXXXX- XXXXXXXX, XXXXXXXX XX XXXXXXX XX
XX XXXXX, el día 23 de febrero del año dos mil doce.
POR “LA OFICINA” POR “LA EMPRESA”.
LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXX DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA REPRESENTANTE LEGAL
DE LA OFICINA DE PROGRAMA DE GOBIERNO
TESTIGO
C.P. XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX