CONDICIONES GENERALES DE VENTA
CONDICIONES GENERALES DE VENTA
1. Objeto y ámbito de aplicación
1.1. Las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante las “CCGG”) regirán las relaciones contractuales entre Grupo Xxxxxxx Ingeniería, S.A. (en adelante, “GRUPO XXXXXXX”) y sus clientes (en adelante, el “Cliente”), derivadas de las ventas de productos grafénicos derivados de nanofibras de carbono (en adelante, el “Producto” o los “Productos”) que GRUPO XXXXXXX realice al Cliente por los pedidos que éste le curse y que GRUPO XXXXXXX acepte.
1.2. El Cliente acepta sin reserva alguna las CCGG al formular un pedido de Productos a GRUPO XXXXXXX, teniendo previo conocimiento de su contenido por haberle proporcionado GRUPO XXXXXXX un ejemplar de las mismas, además de hallarse las CCGG publicadas en la página web de Internet xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxx.
1.3. Las CCGG excluyen la aplicación de cualesquiera condiciones generales de compra propias del Cliente.
1.4. Los pedidos de venta de Productos se regirán, pues, por las CCGG; que se completarán, en su caso, por las condiciones particulares que puedan pactar GRUPO XXXXXXX y el Cliente. Dichas condiciones particulares prevalecerán sobre las CCGG cuando GRUPO XXXXXXX las haya aceptado expresamente y por escrito.
2. Formulación de pedidos
2.1. El Cliente remitirá a GRUPO XXXXXXX los pedidos de los Productos por escrito (correo electrónico), especificando la clase de Productos, cantidad (en caso de pedidos “cerrados”) y fecha de entrega solicitada; así como la referencia de GRUPO XXXXXXX, en su caso.
2.2. El pedido deberá ser aceptado por GRUPO XXXXXXX, para que el acuerdo de venta de los Productos se entienda perfeccionado y vinculante. En el plazo máximo de 7 días siguientes a la recepción del pedido, GRUPO XXXXXXX informará al Cliente acerca de su aceptación. Una vez aceptado un pedido por GRUPO XXXXXXX el Cliente no podrá realizar cancelaciones totales o parciales del mismo salvo que llegue a un acuerdo con GRUPO XXXXXXX en las condiciones para la cancelación total o parcial del mismo
2.3. El pedido se considerará “cerrado” cuando el Cliente especifique la cantidad concreta de Productos que GRUPO XXXXXXX habrá de entregarle para cumplimentar el pedido, así como la fecha solicitada para la entrega. El pedido estará “abierto” cuando el Cliente indique a GRUPO XXXXXXX una cifra mínima o previsión global de consumo de Productos durante un período de tiempo determinado, teniendo las cantidades que eventualmente se indiquen (a modo de “plan de entrega”) solamente un valor estimativo. En el caso de un pedido “abierto”, las sucesivas fechas de entrega y las cantidades a suministrar en cada momento se especificarán sucesivamente, mediante “notas” que emita el Cliente y que acepte GRUPO XXXXXXX.
2.4. GRUPO XXXXXXX no tiene obligación de aceptar cualquier pedido y, por tanto, se reserva el derecho a rechazarlo, sin que de ello se derive responsabilidad alguna respecto del mismo.
3. Entrega
3.1. Los plazos de entrega de los pedidos de Productos se entenderán fijados con carácter estimatorio o aproximado, y en ningún caso de cumplimiento esencial. Por tanto, GRUPO XXXXXXX no será responsable frente al Cliente por cualesquiera retrasos en la entrega de los Productos.
3.2. En todo caso, GRUPO XXXXXXX procurará atender y suministrar los pedidos de Productos dentro de los plazos convenidos con el Cliente, siempre que sus recursos y capacidades de producción se lo permitan. Del mismo modo, GRUPO XXXXXXX podrá realizar entregas parciales del pedido, devengando cada entrega parcial la correspondiente obligación de pago a cargo del Cliente.
3.3. GRUPO XXXXXXX entregará los Productos según las reglas Incoterms® 2010 en vigor y acordados con el Cliente en el contrato de compra venta.
3.4. La propiedad de los Productos quedará acordada con el Cliente en el contrato de compra venta.
3.5. El riesgo, la responsabilidad del transporte y del seguro, así como el punto de entrega, queda regulado por el Incoterms® 2010 pactado en el contrato de compra venta.
4. Conformidad y reclamaciones
4.1. La conformidad del Cliente, en cuanto a la cantidad entregada de Productos respecto de un pedido en cuestión, se efectuará mediante la firma del correspondiente albarán en el mismo momento de su entrega. Si el Cliente no efectúa su reclamación sobre un posible defecto de cantidad al tiempo de recibir los Productos, GRUPO XXXXXXX no asumirá responsabilidad alguna.
4.2. El Cliente deberá examinar los Productos, con la mayor brevedad posible tras su recepción, para verificar su conformidad con el tipo de Producto objeto del pedido, y la ausencia de defectos aparentes u ocultos en los mismos. En todo caso, tras la recepción de los Productos, el Cliente dispondrá de un plazo de 24 hrs. para reclamar a GRUPO XXXXXXX por una eventual diferencia de tipo de los Productos entregados con los solicitados o por la existencia de un defecto aparente en los mismos. De detectar el Cliente un posible defecto interno o no aparente en los Productos, el plazo de que dispondrá para reclamar a GRUPO XXXXXXX será de 30 días tras su recepción.
4.3. GRUPO XXXXXXX no admitirá las reclamaciones que reciba con posterioridad al transcurso de los plazos anteriormente señalados. Si la reclamación del Cliente es justificada y recibida en plazo, GRUPO XXXXXXX tendrá única y exclusivamente la obligación de reponer los Productos defectuosos por otros que los sustituyan, y no será responsable de ningún daño o perjuicio que pudiera derivarse para el Cliente del retraso o falta de entrega de Productos conformes, en particular del lucro cesante, pérdidas de producción o de beneficios, conforme a lo dispuesto en la Condición 6 siguiente.
4.4. La eventual sustitución de los Productos no conllevará la devolución de los Productos no conformes, salvo que GRUPO XXXXXXX así lo autorice o lo solicite expresamente.
4.5. De producirse una demora en la recepción de los Productos por parte del Cliente, GRUPO XXXXXXX podrá almacenar los Productos por cuenta, cargo y riesgo del Cliente, en las dependencias propias de GRUPO XXXXXXX o en las de un tercero.
5. Precio y condiciones de pago
5.1. Los precios de venta de los Productos serán los que vengan fijados en las ofertas y tarifas de GRUPO XXXXXXX, comunicadas al Cliente; o bien en las condiciones particulares convenidas entre GRUPO XXXXXXX y el Cliente. A dichos precios deberán añadirse los impuestos correspondientes.
5.2. En los precios se entenderá incluido todo cuánto deba aportar o realizar GRUPO XXXXXXX (gastos de embalaje, de expedición, aranceles, tasas, costes de transporte vigentes en el día de la entrega, etc.) para entregar los Productos de acuerdo con la Condición General 3.3.
5.3. GRUPO XXXXXXX podrá modificar los precios de venta de los Productos en cualquier momento. El aumento del precio de venta no afectará a aquéllos pedidos de Productos en curso, que hayan sido previamente aceptados por GRUPO XXXXXXX. En el supuesto que el Cliente efectuara un pedido de Productos con un precio erróneo, GRUPO XXXXXXX le comunicará el precio correcto y, en su caso, su aceptación a cursar el pedido, siempre que el Cliente lo confirme expresamente (con el precio correcto) en los dos días siguientes.
5.4. El Cliente abonará el precio correspondiente a cada pedido de los Productos, mediante transferencia bancaria, recibos domiciliados, talón, carta de crédito irrevocable, según acuerde con GRUPO XXXXXXX, en el plazo de 30 días, desde la fecha de la factura que a tal efecto le emitirá GRUPO XXXXXXX, la cual coincidirá, en principio, con la fecha de expedición de los Productos.
5.5. En caso de impago total o parcial del precio de algún pedido de Productos, a la fecha de vencimiento, en aplicación de la Ley 3/2004 de 29 de Diciembre, Artículo 5, el importe vencido y no pagado devengará los intereses de demora correspondientes sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación alguna por parte de GRUPO XXXXXXX, además de ser de cuenta del Cliente los gastos de devolución en que pudiera incurrir GRUPO XXXXXXX. Asimismo, GRUPO XXXXXXX estará facultada para suspender o cancelar las entregas pendientes de Productos al Cliente, mientras no se abone el pedido cuyo pago se halle vencido y exigible, o a requerir el pago anticipado de cualquier nuevo pedido.
5.6. GRUPO XXXXXXX se reserva el derecho a fijar un límite de crédito para cada cliente y a subordinar las entregas en base a este límite y/o a la presentación de una garantía de pago suficiente. En caso de retraso o de incidencia en el pago, GRUPO XXXXXXX podrá proceder a la recuperación de la mercancía pendiente de pago y/o a la iniciación de acciones legales que le asistan. GRUPO XXXXXXX se reserva el derecho de reclamar los gastos prejudiciales, especialmente los gastos de requerimientos y costes de abogados.
5.7. GRUPO XXXXXXX se reserva el derecho a la plena propiedad de los Productos vendidos hasta al pago total y efectivo por el Cliente del precio e importes facturados. En consecuencia, hasta que no se efectúe el pago íntegro de las cantidades facturadas, el Cliente será un mero depositario de los Productos, sin que ello suponga exoneración del régimen de responsabilidad derivado de la entrega y traspaso posesorio.
Si los Productos sobre los que GRUPO XXXXXXX continúa siendo el propietario se procesan, combinan o mezclan con otros productos, éste adquirirá la copropiedad del nuevo producto (el “Nuevo Producto”) en el porcentaje que resulte de dividir el precio final facturado de los Productos (IVA incluido) entre el valor total del Nuevo Producto (esto es, el precio de los otros productos en el momento del proceso, combinación o mezcla más el citado precio final facturado de los Productos (IVA incluido). El Nuevo Producto deberá estar sujeto a los mismos términos que se regulan en la presente Condición. El Cliente podrá disponer del Nuevo Producto (con excepción de su pignoración o cesión) en tanto en cuanto cumpla con sus obligaciones frente a GRUPO XXXXXXX en tiempo y forma, y deberá ceder a GRUPO XXXXXXX, a petición de este último, como garantía y en el importe de la porción de propiedad que le corresponda, los derechos de crédito que resulten de la reventa del Nuevo Producto.
6. Responsabilidad
6.1. El Cliente es el único responsable de la elección del Producto objeto de la compraventa, así como del uso o función a que el mismo se destina. Por consiguiente, GRUPO XXXXXXX no se hace responsable ni garantiza que el Producto sea el adecuado para las aplicaciones técnicas pretendidas por el Cliente, ni para alcanzar, en todo o en parte, los objetivos previstos por éste al efectuar su compra de los Productos. En este sentido, el Cliente no tendrá derecho a devolver los Productos y reclamar el precio pagado. Cualquier asesoramiento técnico proporcionado por GRUPO XXXXXXX verbalmente, por escrito o mediante la realización de ensayos, antes y/o durante la utilización del Producto, se facilita de buena fe pero sin garantía. El asesoramiento del GRUPO XXXXXXX no libera al Cliente de su obligación de ensayar el Producto suministrado para determinar su idoneidad para los procesos y usos a los que está destinada.
6.2. Se excluye toda responsabilidad de GRUPO XXXXXXX por daños y perjuicios causados por defectos en los Productos, salvo cuando venga expresamente obligada a ello en virtud xx xxx imperativa aplicable. Así mismo, GRUPO XXXXXXX no será responsable por pérdidas o daños incidentales, indirectos o consecuenciales, lucro cesante, pérdidas de producción o de beneficios, riesgos de desarrollo de los Productos.
6.3. En todo caso, de venir obligada GRUPO XXXXXXX a asumir responsabilidad alguna por daños y perjuicios sufridos por el Cliente, la misma vendrá limitada a una cantidad equivalente al importe correspondiente al pedido del Producto causante del daño, salvo que una ley imperativa aplicable imponga a GRUPO XXXXXXX un límite cuantitativo mayor. Así mismo, el Cliente no podrá reclamar a GRUPO XXXXXXX por cualquier daño transcurrido un
(1) año a contar desde que el riesgo de los Productos haya sido transferido al Cliente conforme a lo previsto en la Condición 3.5 anterior, a no ser que la legislación vigente establezca un plazo superior.
6.4. El Cliente será el único responsable, exonerando en lo procedente a GRUPO XXXXXXX, por los daños que se deriven frente a sus propios empleados o terceros de un inadecuado uso, almacenamiento, conservación, manipulación o transformación de los Productos; en particular, con carácter no limitativo, cuando no haya observado las indicaciones, advertencias o instrucciones que GRUPO XXXXXXX haya podido proporcionarle al respecto.
6.5. GRUPO XXXXXXX no será responsable en ningún caso frente a terceros por causas ajenas al mismo, incluyendo el incumplimiento por parte del Cliente de la normativa aplicable a los productos y sustancias químicas. El Cliente mantendrá indemne a GRUPO XXXXXXX de toda responsabilidad frente a cualesquiera reclamaciones, daños y/o perjuicios que se deriven, directa o indirectamente, del incumplimiento de las obligaciones asumidas por el primero en virtud de su relación contractual.
7. Fuerza Mayor
7.1. GRUPO XXXXXXX no será responsable por el incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones frente al Cliente, si estuviese motivado por cualesquiera razones de caso fortuito o de fuerza mayor que afecten tanto a GRUPO XXXXXXX como a sus proveedores o transportistas, incluidos los supuestos de huelga, otras contingencias laborales o industriales, carencia o imposibilidad de obtención de materias primas, etc. Si la causa de fuerza mayor se prolongase durante más de 2 meses, GRUPO XXXXXXX o el Cliente podrán dar por anulados y sin efecto los pedidos de Productos en curso, sin que ello devengue indemnización o compensación alguna en favor del Cliente.
8. Ley aplicable y Jurisdicción competente
8.1. Las relaciones contractuales entre GRUPO XXXXXXX y el Cliente, objeto de las presentes CCGG, se regirán únicamente por el Derecho Español, con exclusión de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías de 1980.
8.2. Para la resolución de todas las cuestiones litigiosas derivadas de las relaciones contractuales objeto de las CCGG, GRUPO XXXXXXX y el Cliente se someten, con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales de la ciudad xx Xxxxxx. No obstante, en el supuesto de incumplimiento por el Cliente de cualesquiera obligaciones de pago derivadas de las presentes CCGG, GRUPO XXXXXXX podrá optar, alternativamente, por ejercitar las acciones legales que le correspondan ante los Tribunales del lugar donde se halle el domicilio del Cliente.