SECCIÓN DE DESARROLLO DE NEGOCIOS
1533- A (ISC)
v. 1-10-2018
Contrato de Venta No. 20-05-OCT-A5
SECCIÓN DE DESARROLLO DE NEGOCIOS
EQUIPO DE VENTA Y DISPOSICIÓN DE BIENES EXCEDENTES
CONTRATO DE SUBASTA PÚBLICA DE:
VEHÍCULO XXXXXX XXXXXXXX
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx
XXXXXXXXX XXX XXXXX XX XXXXXX | XXXXXXXX XX XXXXX | PAGINA 1 DE _8_ PAGINAS |
1. ORIGINADO POR: (Incluya nombre y dirección) AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA EQUIPO DE VENTA Y DISPOSICIÓN DE BIENES EXCEDENTES Xxxxxxxx 000, XXXXXXX XXXXX. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx | 2. LICITACIÓN No. 20-05-SEP-A5 (VL) | 3. FECHA: 9 de octubre de 2019 |
4. FECHA DE INSPECCIÓN: 15 y 16 de octubre de 2019 Hora: 12:00 p.m. a 2:30 p.m. | ||
5. Fecha de la subasta en línea: ver fecha y hora en el pliego. |
6. DESCRIPCIÓN BREVE:
6. ARTÍCULOS PARA LA VENTA
VEHÍCULO
7. PARA INFORMACIÓN SÍRVASE LLAMAR A: (NOMBRE) XXXXXX XXXXX X. | 8. TELÉFONO No.: (000) 000-0000 | 9. CORREO ELECTRÓNICO |
10. CONTENIDO XXX XXXXXX DE CARGOS
(X) | PARTE | DESCRIPCIÓN | (X) | PARTE | DESCRIPCIÓN |
I | Formulario de Licitación/Venta Pública | III | Cláusulas del Contrato de Venta | ||
II | Términos y Condiciones | IV | Instrucciones y Criterios de Evaluación |
11. INSTRUCCIONES PARA LOS PARTICIPANTES DE LA SUBASTA
1. La información capturada en este registro es responsabilidad del proponente y será utilizada por el Sistema de Subasta por Internet de la ACP (en línea) para incluir la información de la empresa en las propuestas que éste envíe. Esta información es de carácter público y el proponente acepta que la misma sea publicada en el acto de conocimiento de propuestas.
2. El código de identificación (ID) y la clave de acceso (password) son establecidos por el sistema. La protección de la clave de acceso es responsabilidad del proponente.
3. La ACP se reserva el derecho de investigar los abusos al sistema. Las actuaciones que indiquen falta en los negocios, o falta de honestidad con la ACP se consideran causales de inhabilitación.
4. Con la aceptación de estos términos y condiciones, el proponente certifica que la información suministrada es cierta.
5. Reglas para la Licitación Negociada de Subasta de precio más alto:
De conformidad a lo establecido en el artículo 210 del Reglamento de Contrataciones, las subastas de ventas de bienes excedentes tendrán las siguientes características y procedimiento.
5.1 Características:
5.1.1 La subasta es un proceso de pujas con la finalidad de obtener el mejor precio de venta para la Autoridad de un bien excedente, dentro de un plazo de tiempo determinado.
5.1.2 El oficial de contrataciones determina el objeto a ser sometido a subasta y el precio mínimo o base del mismo.
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA | CONTRATO DE VENTA | PAGINA 2 DE _8_ PAGINAS |
5.1.3 Los oferentes compiten, mediante las pujas de precios, en tiempo real en línea vía Internet, para determinar el mejor precio durante un predeterminado plazo de tiempo.
5.1.4 Los proponentes sólo deben presentar propuestas para los bienes que estén dispuestos a pagar y retirar de acuerdo con los términos y condiciones de la venta.
5.1.5. Los proponentes son responsables por inspeccionar los bienes antes de presentar sus propuestas ya que los mismos se venden “como están y donde están”.
5.1.6 Las normas aplicables a las licitaciones negociadas de la Autoridad serán aplicables a los procesos de subasta de ventas de bienes excedentes, siempre que no sean inconsistentes con este proceso de selección de contratistas.
5.2 Proceso:
5.2.1 Inscripción de proponentes para la subasta: Es la etapa del proceso de subasta en la cual se inscriben los proponentes que podrán participar en vivo, suministrando el pliego firmado, la fianza de propuesta y documentos de identificación. El pliego de cargos se publicará de conformidad con los parámetros señalados por el artículo 40 del reglamento e indicará el objeto del contrato, el precio base, la hora, fecha y plazo establecido para las pujas. El plazo para la inscripción de los proponentes interesados es hasta el 17 de octubre de 2019 – hasta las 3:00 p.m.
5.2.2 Invitación a la subasta en vivo: La Autoridad invita a los proponentes inscritos en la etapa anterior a participar en la subasta en vivo, confirma la participación de éstos y asigna a cada proponente una contraseña. De darse el caso en que sólo un proponente confirmase su participación en la subasta en vivo, el oficial de contrataciones podrá solicitar a éste que presente su propuesta de precio, y proceder con la adjudicación o declarar desierto el acto de selección de conformidad con el artículo 68 del Reglamento de Contrataciones de la Autoridad del Canal de Panamá.
5.2.3 Configuración de la Subasta: Confirmada la participación de los proponentes inscritos, la Autoridad configura la subasta en Internet, ingresando la descripción del bien, el tiempo que durará la puja, el precio base, el incremento mínimo de la puja, y todos los otros datos requeridos de los proponentes que participarán en la subasta en vivo. La identidad de los proponentes configurados no estará disponible a los demás proponentes.
5.2.4 Capacitación. Se proveerá a los proponentes una guía de usuario y asistencia sobre el uso del sistema de subasta en el Web y se configurará una subasta de práctica el día 22 de octubre de 2019.
5.2.5 Subasta en vivo: Llegada la fecha y hora establecidas, la Autoridad conducirá la subasta en línea en Internet y los proponentes configurados competirán en tiempo real por la adjudicación del contrato, mediante las pujas, subiendo los precios hasta que finalice la subasta. El precio más alto ofertado estará a la vista en Internet para permitir la puja a precios superiores.
5.2.6 Incremento mínimo de la puja con relación al precio más alto del momento registrado en el Sistema de ACP es de B/.100.00
5.2.7 Reglas para la puja de precios: El precio mejor del momento es la puja más alta registrada en el sistema, de todas las pujas enviadas por los proponentes que están participando en la subasta. Las pujas que envíen los proponentes deben estar por encima del precio mejor del momento,
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA | CONTRATO DE VENTA | PAGINA 3 DE _8_ PAGINAS |
sujeto al incremento mínimo. De no existir ninguna puja registrada, la primera que se envíe debe ser igual o mayor que el precio base.
5.2.8 Tiempo adicional en la subasta en vivo: Si faltando 10 minutos para cerrar la subasta, entra una nueva puja y ésta es mejor que la oferta del momento, se extenderá la subasta por 10 minutos adicionales. Estas extensiones podrán darse consecutivamente en incrementos de 10 minutos, siempre que se reciba por lo menos una puja durante los últimos 10 minutos de extensión. La subasta finalizará solamente cuando transcurran los últimos 10 minutos sin que se haya recibido una puja.
5.2.9 Adjudicación del contrato: Concluido el proceso de subasta, la Autoridad adjudicará el contrato al proponente de precio más alto.
6. La validez de las propuestas será de 45 días calendarios.
7. El contratista debe proveer el transporte necesario para el retiro de los bienes.
8. La inscripción deberá entregarse al Especialista en Disposición de Bienes, en el Edificio 745, Corozal Oeste, indicando (cuando aplique) el NÚMERO DEL LOTE en el cual esté interesado en participar. Se le configurará su nombre en el sistema de subasta para su participación en el o los lotes indicados.
Estoy interesado en participar en los siguientes lotes: .
12. LISTADO DE PRECIOS | |
PROPUESTA | VÉASE HOJA(S) ADJUNTA(S) |
13. COMPRADOR (PARA SER COMPLETADO POR EL PROPONENTE)
13A. NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL PROPONENTE: (Incluya dirección física y postal) | 13B. NÚMERO DE CÉDULA: | ||
13C. NOMBRE Y TÍTULO DE LA PERSONA AUTORIZADA PARA FIRMAR LA PROPUESTA: | |||
13D. TELÉFONO No.: | 13E. FACSIMIL NO.: | 13G. FIRMA DEL PROPONENTE: | 13H. FECHA: |
13F.CORREO ELECTRÓNICO: |
14.CONTRATO DE VENTA (PARA USO OFICIAL)
14A. RENGLONES ADJUDICADOS: | 14B. MONTO: | |
14C. NOMBRE DEL OFICIAL DE CONTRATACIONES: | 14D. AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ (Firma del Oficial de Contrataciones) | 14E. FECHA: |
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA | CONTRATO DE VENTA | PAGINA 4 DE _8_ PAGINAS |
No. de lote | Descripción del artículo | Precio base | Fianza de propuesta 10% del precio base | OFERTA | Fecha y hora de la subasta |
A5-01 | PICK-UP DOBLE CABINA, SILVERADO 2500 4X2, AÑO 2012, PLACA CP 8390 MOTOR GASOLINA 6.0 LTS, V8, 322HP@4500 RPM, AUTOMATICA 6L90 DE 6 VELOC, FRENOS (ABS) DIRECCION SERVOASISTIDA, 36 GALONES, RADIO AM/FM Y AIRE ACC, GVWR 9,500 LBS. DTBD 148986 | B/.3,500.00 | 23 de octubre de 2019 8:00 a.m. a 9:00 a.m. | ||
OBSERVACIONES: Aire acondicionado no enfría. Condición interior y exterior regular. | |||||
UBICACIÓN: Corral de Autos X-0 Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx | |||||
XXXXXXXXX XXX XXXXX XX XXXXXX | XXXXXXXX XX XXXXX | PAGINA 5 DE _8_ PAGINAS |
SEGUNDA PARTE – TÉRMINOS Y CONDICIONES
II - 1. Términos y condiciones de entrega.
1. Factura y liquidación aduanal. Una vez efectuada la notificación de la adjudicación del contrato de venta, se emitirá la factura respectiva y el contratista tendrá cinco (5) días hábiles para pagar la factura de venta a la Autoridad y completar el trámite de la liquidación de impuestos aduaneros. Si el contratista incumple con lo anterior, la Autoridad podrá resolver el contrato por incumplimiento imputable al contratista y ejecutará la fianza de propuesta correspondiente a los renglones adjudicados, cuando se haya exigido fianza de propuesta.
2. Plazo para remover los bienes. El contratista deberá retirar los bienes objeto de la venta dentro de un plazo xx xxxx (10) días hábiles contados a partir de la fecha de emisión de la factura. Transcurrido este plazo, la Autoridad procederá a cobrar en concepto de almacenaje la suma de: (A) B/.10.00 diario; (B) B/. diario, entendiéndose que cuando no se escoge el literal B, el literal A se aplicará de manera supletoria. Este cargo será aplicado para cada día transcurrido hasta el quinto día calendario. Finalizado este plazo de almacenaje de cinco días calendario, el contratista perderá todo derecho sobre la cantidad pagada y el bien adjudicado.
II - 2. Procedimiento para la remoción de los bienes. Una vez que el contratista haya pagado la cuantía del contrato de venta, evidenciado con la factura de venta de la Autoridad del Canal de Panamá y la cuantía asignada por concepto de impuestos aduaneros, se dirigirá al oficial de contrataciones para que éste le expida una orden de entrega para retirar los bienes.
II - 3. Condición del bien y lugar de entrega. Los bienes se venden “como están y donde están”.
II -4. Clase de contrato. Este es un contrato de venta de bienes en desuso de precio fijo.
TERCERA PARTE – CLÁUSULAS DEL CONTRATO
III - 1. Pagos a la Autoridad. Los pagos a la Autoridad serán en efectivo o cheques certificados librados a favor de la Autoridad del Canal de Panamá
III - 2. Derechos y deberes de la Autoridad. Serán obligaciones de la Autoridad:
1. Obtener el mayor beneficio para el Estado o los intereses públicos, cumpliendo con las disposiciones del Reglamento de Contrataciones y de los contratos.
2. Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato. Igual exigencia podrá formular al garante de la obligación.
3. Proceder oportunamente, de manera que las actuaciones imputables a la Autoridad no causen mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista;
4. Corregir en el menor tiempo posible los desajustes que pudieran presentarse, y acordar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prevenir o solucionar rápida y eficazmente las diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse, de conformidad con el contrato. De presentarse el contratista a retirar los bienes y los mismos no se encuentren disponibles porque han sido hurtados o por error entregados a otro contratista, la ACP le reembolsará el total del pago de la factura de la Autoridad, los impuestos aduaneros y los gastos comprobables incurridos en el trámite de la liquidación de impuestos, sin derecho a reclamación posterior.
5. Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufra la Autoridad en el desarrollo o con ocasión de un contrato, ejerciendo su competencia para promover las acciones y ser parte en procesos relacionados con el cumplimiento, interpretación, ejecución o resolución del contrato.
6. Gestionar el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar.
7. No actuar con desviación o abuso de poder, ni llevar a cabo prácticas impropias. Los empleados de la Autoridad serán responsables administrativamente por sus actuaciones y omisiones, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que corresponda. La actuación indebida se considerará una falta administrativa grave.
III - 3. Derechos y obligaciones del contratista. El contratista tendrá los siguientes derechos y obligaciones:
1. Recibir oportunamente el objeto del contrato.
2. Colaborar con la Autoridad, en lo necesario, para que el objeto del contrato se cumpla.
3. El contratista será legalmente responsable por haber ocultado al momento de contratar, inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa.
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA | CONTRATO DE VENTA | PAGINA 6 DE _8_ PAGINAS |
III - 4. Impuestos y derechos de introducción. El contratista deberá cumplir con las leyes y los reglamentos aplicables al contrato y pagar los impuestos de aduanas o derechos de introducción y demás impuestos y cargos similares que la República de Panamá imponga a quienes adquieren bienes exonerados en desuso de la Autoridad del Canal de Panamá.
III - 5. Deudas del contratista con la Autoridad. No se adjudicarán contratos de venta de bienes en desuso de la Autoridad a contratistas que adeuden sumas a la Autoridad del Canal de Panamá por contratos previos.
III - 6. Responsabilidad. La Autoridad del Canal de Panamá no se hace responsable por las lesiones personales, incapacidad o muerte del contratista, de sus empleados, ni de terceros, que ocurra por causa de o en relación con la venta, el uso, o la disposición que se le dé a los bienes objeto de este contrato. El contratista exonera a la Autoridad de toda responsabilidad por cualquier y toda clase de demandas, acciones legales o reclamos como resultado o en relación con este contrato.
III - 7. Sanción por incumplimiento de contrato.
1. El contratista cuyo contrato haya sido resuelto por causas imputables al contratista no podrá recibir adjudicación alguna como sanción por incumplimiento de contrato la cual consistirá en el impedimento de recibir adjudicaciones de órdenes de compra o contratos por el plazo de doce meses, cuando la cuantía del contrato resuelto sea superior a B/.100,000.00, y de tres meses, con cuantías hasta B/.100,000.00 y además, no podrá retirar en nombre de terceros adjudicados, bienes objeto de las ventas.
2. El plazo de la suspensión será contado a partir de la notificación de la suspensión en Internet. Si el contratista al ser sancionado está cumpliendo un periodo de sanción anterior, el nuevo periodo empezará a regir al finalizar el anterior.
3. La sanción estará sujeta al recurso de apelación, en efecto devolutivo, ante el Gerente Ejecutivo de la División de Compras, Almacenes e Inventarios. El recurso de apelación deberá ser interpuesto dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la notificación en Internet de la suspensión.
4. Para ser admitido el recurso, el apelante deberá estar legitimado legalmente para apelar, la resolución debe ser susceptible del recurso, y deberá ser interpuesta en término oportuno.
5. De ser admitido el recurso, el Gerente Ejecutivo de la División de Compras, Almacenes e Inventarios notificará al apelante por escrito, vía facsímile o correo electrónico, el cual contará con el término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación, para que sustente su pretensión y pruebas.
6. La decisión de la apelación deberá ser emitida por el Gerente Ejecutivo de la División de Compras, Almacenes e Inventarios en un término no mayor de quince días hábiles, contados a partir del perfeccionamiento del expediente con la presentación de las pretensiones y pruebas del apelante.
7. La resolución del Gerente Ejecutivo de la División de Compras, Almacenes e Inventarios que recaiga sobre el recurso de apelación pone fin a la vía administrativa.
CUARTA PARTE – INSTRUCCIONES
IV - 1. Instrucciones a los proponentes.
1. Los proponentes sólo deben presentar propuestas para los bienes que estén dispuestos a pagar y retirar de acuerdo con los términos y condiciones de la venta.
2. Se les recomienda inspeccionar los bienes antes de presentar propuestas ya que los mismos se venden “como están y donde están”.
3. Xxx detenidamente los términos y condiciones de este pliego de venta, antes de presentar su propuesta.
4. Para que su propuesta sea considerada, es indispensable que complete en su totalidad el punto 13. COMPRADOR (PARA SER COMPLETADO POR EL PROPONENTE) de este ACP Formulario No. 1533 A.
5. Deberá adjuntar fotocopia de la cédula del proponente a su propuesta.
6. Fianza de propuesta. La fianza de propuesta es requerida a fin de garantizar el mantenimiento de la oferta y el cumplimiento de EL COMPRADOR del pago del precio propuesto. Para que su propuesta sea considerada, deberá presentar fianza de propuesta mediante un cheque certificado a favor de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), o fianza emitida por una aseguradora o institución bancaria autorizada para emitir fianzas a la ACP, equivalente al 10% del valor del precio base. Si el cheque certificado es de una persona (natural o jurídica) distinta al proponente, debe presentar una carta formal emitida por la persona (natural o jurídica) que giró el cheque y donde conste su anuencia de que el cheque es para ser usado en esta licitación. Ver ejemplo de cartas en el adjunto No. 4 En el acto de apertura de las propuestas, quien presida la licitación rechazará de plano aquellas propuestas que no fueron acompañadas con la fianza de propuesta. Contra el rechazo de la propuesta no cabe ningún recurso. La fianza de propuesta se devolverá después de ejecutado el contrato de venta.
7. Si el proponente es persona jurídica, debe indicar en el bloque 13B, su número de Registro Único de Contribuyente (RUC), en el bloque 13C debe colocar el nombre y título de la persona autorizada a firmar la propuesta (Representante Legal), en el bloque 13G, firma del Representante Legal. Adjuntar con su propuesta fotocopia de la cédula vigente del representante legal y el Certificado de Registro Público de la sociedad proponente.
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA | CONTRATO DE VENTA | PAGINA 7 DE _8_ PAGINAS |
ADJUNTO NO. 1 PERSONA NATURAL
Señores
Equipo de Venta y Disposición de Bienes Excedentes Autoridad del Canal de Panamá
Ciudad.
Respetados señores:
Quien suscribe , actuando en mi propio nombre y representación con cédula No. , hago constar que se he girado el cheque No. fechado
a favor de la Autoridad del Canal de Panamá, y debidamente certificado, con la finalidad de que sea presentado y utilizado como garantía por el señor _ , con cédula No. dentro de la Licitación No. de fecha
para la adquisición de .
Atentamente,
Nombre Cédula No.
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMA | CONTRATO DE VENTA | PAGINA 8 DE _8_ PAGINAS |
ADJUNTO NO. 2 PERSONA JURÍDICA
Señores
Equipo de Venta y Disposición de Bienes Excedentes Autoridad del Canal de Panamá
Ciudad.
Respetados señores:
Quien suscribe , actuando en mi calidad de
de la empresa , con RUC _ , hago constar que se ha girado el cheque No. , fechado a favor de la Autoridad del Canal de Panamá, y debidamente certificado, con la finalidad de que sea presentado y utilizado como garantía por el señor , con cédula No. dentro de la Licitación No. de fecha para la adquisición de
.
Atentamente,
Nombre Cédula No.