CONVENIO DE EJECUCIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE INNOVACIÓN COMERCIAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE APOYO AL COMERCIO MINORISTA
Convenio de participación de empresa en el Programa de Apoyo al Comercio Minorista
Programa de Apoyo al Comercio Minorista Periodo 2014-2020
CONVOCATORIA 2020
Anexo IV a Convocatoria
CONVENIO DE EJECUCIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE INNOVACIÓN COMERCIAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE APOYO AL COMERCIO MINORISTA
En , a de de 2020
El presente documento tiene por objeto establecer las condiciones de ejecución de la Actuación “Diagnóstico de Innovación Comercial del Programa de Apoyo al Comercio Minorista”, incluida en el Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020 (en adelante XXXX), Objetivo Temático 1- Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, Prioridad de inversión 1b: El fomento de la inversión empresarial en I+i, el desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas, los centros de investigación y desarrollo y el sector de la enseñanza superior, en particular mediante el fomento de la inversión en el desarrollo; y el Objetivo Específico: OE.1.2.1. Impulso y promoción de actividades de I+i lideradas por las empresas, apoyo a la creación y consolidación de empresas innovadoras.
Tramitada la convocatoria pública de selección de empresas para el desarrollo de los Diagnósticos de Innovación Comercial en el marco del Programa de Apoyo al Comercio Minorista,
(indicar nombre de la empresa) ha sido seleccionada para participar en el programa como destinataria de la actuación.
El programa está cofinanciado por FEDER 2014-20, aprobado por la Comisión Europea en la Decisión de ejecución de 19.12.2017, C (2017) 8950 final y por la Secretaria de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y tiene como objetivo principal la incorporación sistemática de la innovación en la actividad habitual y en la estrategia del sector comercial como herramientas clave para maximizar su productividad y competitividad.
La operación corresponde a la categoría de intervención 064 “Procesos de investigación e innovación en las PYME (incluyendo sistemas xx xxxxx, procesos, diseño, servicios e innovación social), conforme al Reglamento 288/2014 y establecida en Fondos 2020.
La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España (en adelante Cámara de España) figura como Organismo Intermedio xxx XXXX (ES401001), y – conforme a los Criterios de Selección de Operaciones que figuran en el programa –las Cámaras de Comercio y otras entidades de la red cameral serán los beneficiarios y ejecutores, con medios propios o externos de las Acciones de Apoyo a empresas. Todo ello, conforme a las instrucciones, límites presupuestarios y condiciones establecidas por la Cámara de España en el Manual de Orientaciones Básicas del Programa.
El Programa de Apoyo al Comercio Minorista prevé la asignación de ayudas a pequeños comercios
dirigidas a la elaboración de “Diagnósticos de Innovación comercial”, consistentes en el desarrollo de un diagnóstico tutorizado que fomente la innovación empresarial.
La Cámara de Comercio de Valencia gestiona la ejecución de las Acciones Individuales del Programa de Apoyo al Comercio Minorista en el ámbito de su demarcación cameral, contando con profesionales que tienen los conocimientos, experiencia y perfil profesional adecuados para desempeñar las funciones y responsabilidades de Tutor de Innovación dentro del Programa de Apoyo al Comercio Minorista.
Requisitos específicos relativos a los servicios que se obtendrán
La empresa participará en la actuación “Diagnóstico de Innovación comercial” del Programa de Apoyo al Comercio Minorista, de acuerdo a las condiciones del Programa, que la empresa declara conocer.
Para la ejecución del diagnóstico de innovación comercial, la Cámara pondrá a disposición de la empresa destinataria un Tutor especializado y formado en la metodología del Programa, el cual – desde una perspectiva de cercanía – será el referente o soporte de la empresa destinataria, a la que prestará sus servicios sin coste para la misma. A la finalización del proceso de diagnóstico, el Tutor hará entrega y exposición del informe resultante del proceso.
Presupuesto del diagnóstico
El Importe máximo del Presupuesto del Servicio de Diagnóstico de Innovación Comercial es de 1.200€. Los costes de participación en el Diagnóstico de Innovación Comercial del Programa de Apoyo al Comercio Minorista incluirán el coste total de los servicios prestados por el técnico de la Cámara, con medios propios o subcontratando a los proveedores necesarios, así como todos aquellos gastos adicionales en que se incurra para la prestación del servicio, y serán prefinanciados en su totalidad por la Cámara.
El servicio es gratuito para la empresa participante
La tasa de financiación máxima xxx XXXXX será del (50%1). El resto de la financiación será aportada por la Secretaria de Estado de Comercio. La financiación aportada por la Secretaria de Estado de Comercio se denominada financiación pública nacional y no proviene de fondos de origen europeo.
1 85% Canarias
80% Andalucía, Asturias, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura, Galicia, Melilla y Murcia
50% Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid, Navarra y País Xxxxx
Para justificar que la actuación ha sido realizada, la empresa deberá aportar la siguiente documentación (de acuerdo con la normativa europea y española aplicable):
- Registro de prestación del servicio de Diagnóstico y cuestionario de satisfacción
Calendario de ejecución
La operación, en las fases descritas previamente, deberá realizarse en las siguientes fechas:
- Fecha de inicio: de de 2020 [Incluir fecha de resolución favorable a empresa]
- Fecha fin operación: 30 de noviembre de 2020.
Todo ello sin perjuicio de que las certificaciones de los gastos realizados se ajusten a los calendarios de justificación financiera comunicados por la Cámara de España, que le serán indicados desde su Cámara de Comercio.
Obligaciones de la empresa destinataria
La empresa destinataria de los servicios mediante la firma del presente documento, queda obligada a:
• Contar con la capacidad operativa para ello.
• Participar activamente en la consecución de los objetivos del Programa.
• Hacer el mejor uso de los servicios prestados en el marco del Programa de Apoyo al Comercio Minorista en aras de una mejora de su competitividad.
• Contestar a cualquier requerimiento que el Tutor, la Cámara, o la Cámara de Comercio de España le solicite, referente a su participación en el Programa.
• Contestar a las encuestas u otro tipo de requerimientos por parte de los órganos control, seguimiento y evaluación del Programa de Apoyo al Comercio Minorista.
• Comunicar a la Cámara la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la selección.
• Ser conocedora de que la actuación está cofinanciada con fondos europeos (FEDER) y por la Secretaria de Estado de Comercio en el marco del Programa de Comercio Minorista. La empresa destinataria deberá de cumplir los requerimientos señalados en la convocatoria de participación y, en particular:
• Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
• No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
• Ser Pyme o empresa autónoma según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6.5.03 (DOCE L 124 de 20.5.03).
• Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios del ámbito de la demarcación de su Cámara de Comercio.
• Estar dada de alta en el Censo del CNAE-2009, Grupo 47 o que estén dadas de alta en el IAE en los epígrafes 64, 65 ó 66 (se excluyen las farmacias).
Adicionalmente, la cofinanciación de las acciones por el FEDER exige una serie de elementos de obligado cumplimiento de acuerdo a la normativa europea vigente respecto a la gestión xxx XXXXX. Estos elementos están referidos básicamente a:
• Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con el Programa, efectúe el órgano designado para verificar su realización, en nombre de la Administración Española, de la Unión Europea, o de la Cámara de España en su calidad de Organismo intermedio, así como a las que corresponda efectuar a la Intervención General de la Administración del Estado, a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y a cualquier otro órgano competente, incluyendo a los servicios de la Comisión Europea.
• Colaborar respecto de las eventuales actuaciones de comprobación, verificación y control hasta los plazos que marquen las disposiciones legales vigentes.
• La lista de control (“check-list”) que se utilizará para realizar las verificaciones de gestión y control de las actuaciones cofinanciadas por FEDER estará publicada en la Web de la Cámara de Comercio de España xxxx://xxx.xxxxxx.xx.
• Medidas Antifraude: la empresa se compromete a realizar todo lo posible por evitar el fraude: evitar la doble financiación, falsificaciones de documentos, etc., Igualmente se obliga a proporcionar información para detección de posibles conductas fraudulentas, en su caso (tales como contratación amañada, conflicto de intereses, manipulación de ofertas, fraccionamiento del gasto…).
• Cumplir toda la normativa nacional y comunitaria que resulte de aplicación.
Intercambio electrónico de datos
Conforme a lo establecido en el artículo 122.3 del Reglamento 1303/2013 y el art. 10.1 del Reglamento de ejecución (UE) 1011/2014, ambas partes podrán introducir los datos y documentos de los que sean
responsables, así como sus posibles actualizaciones, en los sistemas de intercambio electrónico de datos en el formato electrónico que defina la Administración Española.
Protección de datos
A los efectos del Reglamento General de Protección de Datos, Cámara de Comercio de España con dirección en X/ Xxxxxx xx Xxxxx 00, 00000 Xxxxxx y Cámara de Comercio de Valencia, con dirección en X/ Xxxxx Xxxxxx, 00, 00000 Xxxxxxxx, tratarán los datos del destinatario en régimen de corresponsabilidad. Este tratamiento de datos necesario para la gestión de los Diagnósticos del Programa de Comercio. La finalidad de dicho tratamiento es posibilitar la ejecución, desarrollo, seguimiento y control de los Diagnósticos del Programa de Comercio. En el marco de este Programa sus datos serán comunicados a las autoridades competentes en el FEDER y a la Secretaria de Estado de Comercio, organismo cofinanciador del Programa de Comercio, para los mismos fines. Asimismo, sus datos podrán ser tratados con la finalidad de llevar a cabo las comprobaciones y actividades de control e inspección que, en su caso, puedan ser llevadas a cabo por las Autoridades competentes.
Sus datos serán conservados por un plazo de 5 años tras la finalización del Programa con la finalidad de atender posibles responsabilidades derivadas de su participación en el mismo, salvo que fueran aplicables otros plazos.
Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición, escribiendo a cualquiera de las Cámaras a las direcciones indicadas o por correo electrónico, a xxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx. Deberá incluir una copia de su documento de identidad o documento oficial análogo que le identifique. Si lo considera oportuno, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Fdo: D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Director Gerente de la Cámara de Comercio de Valencia
La empresa destinataria declara la aceptación de las condiciones reflejadas en el presente documento
Fdo: D/Xx
Representante de la empresa