No 086 DE 12/04/2013 CELEBRADOCON DIOCESIS DE FLORENCIA
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
Tipo Contrato | de | Administración de la Prestación del Servicio Educativo | |||||||||||
Modalidad Selección | de | Directa – Decreto 2355 de 2009 | X | No | |||||||||
Objeto | ADMINISTRACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DEL CAQUETA, MUNICIPIOS DE XXXXXXXXX XXX XXXXXX, LA MONTAÑITA, SOLITA Y SOLANO. | ||||||||||||
Contratante | SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL CAQUETA | ||||||||||||
Contratista | DIOCESIS XX XXXXXXXXX / XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | PN | PJ | X | C | UT | |||||||
NIT | 800.012.645 | MM* | Domicilio | Florencia | |||||||||
Plazo contrato | del | Del 15 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2013. | Valor | CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL PESOS ($ 4.139.168.000.oo.) |
PN = Persona Natural PJ = Persona Jurídica C = consorcio UT = Unión Temporal *MM = Matrícula Mercantil
Entre los suscritos, XXXXXXX XXXXX-XXXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en la ciudad xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía número 19.614.065 de Aracataca (Magdalena), en calidad de Secretario de Educación del Departamento del Caquetá, nombrado mediante Decreto Nº 0001525 del 13 de diciembre de 2012 y posesionado según consta en acta Nº 0015 del 13 de diciembre de 2012, facultado para contratar en nombre y representación del Departamento del Caquetá, mediante Decreto 000036 del 21 de febrero de 2013, quien en adelante se denominará, EL DEPARTAMENTO, por una parte, y por la otra, el sacerdote católico XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía 17.636.692 expedida en Florencia, Xxxxxxx de Administración de la Diócesis xx Xxxxxxxxx, nombrado por Decreto 0106 del 08 de diciembre de 2010, a quién por escritura pública 064 del 25 de enero de 2011 de la Notaría Primera xx Xxxxxxxxx, se le concedió poder general, amplio y suficiente para efectuar negocios, trámites y representación legal según legislación canónica, de conformidad con la certificación suscrita por el Padre XXXX XXXXXXX XXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía 17.165.667 expedida en Bogotá – Administrador Diocesano de la Diócesis xx Xxxxxxxxx, quién actúa en nombre y representación de la Diócesis de Florencia NIT. 800012645-4, circunscripción eclesiástica canónicamente eregida, que goza de personería jurídica, entidad eclesiástica sin ánimo
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de lucro, quién en adelante y para efectos de este documento se llamará EL CONTRATISTA, hacemos constar que hemos celebrado el presente contrato de ADMINISTRACIÓN, DIRECCIÓN, COORDINACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO PARA LA POBLACIÓN NO ATENDIDA POR LA PLANTA VIABILIZADA DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL, para la
vigencia de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 numeral 4 literal h) de la Ley 1150 de 2007, capítulo IV (contratación Directa) subsección V, artículo 3.4.2.5.1 del Decreto 734 de 2012, artículo 4° literal C y el Capitulo IV artículo 17 del Decreto 2355 de 2009 y demás normas complementarias, previas las siguientes consideraciones: 1) Que la Constitución Política señala que la educación es un derecho fundamental de la persona y un servicio público que tiene una función social, tendiente a la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos, con la cual se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia y a los demás bienes y valores de la cultura para lograr una formación integral. 2) Que el Estado tiene como fin garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales, dentro de los cuales, se encuentra los derechos de libertad de conciencia, libertad de religión y de cultos, libertad de enseñanza, los cuales se ejercen en el ámbito del proceso de enseñanza-aprendizaje. 3) Que el Estado tiene como deber garantizar el adecuado cubrimiento de los servicios educativos estatales y asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, los que puede brindar en forma directa o de manera conjunta, contratando su prestación en los términos del artículo 365 de la Carta Política. 4) Que la Ley 715 de 2001, le otorga a los entes territoriales la competencia para administrar el servicio público de educación. A pesar del incremento de la planta docente en el año 2003, a 2013 subsisten deficiencias en la atención de población en edad escolar: niños, niñas y jóvenes en Centros e Instituciones educativas que se deben cubrir para garantizar la eficiente prestación del servicio educativo, para ser coherente con la normativa vigente, la administración departamental hizo el estudio técnico de asignación de carga académica, reubicación de personal por niveles, grados y programas y cuantificó el número de personas que demandan el servicio y que no están siendo atendidas por falta xx xxxxxxx humano calificado, por lo que se vio la necesidad de peticionar al Ministerio de Educación Nacional se autorizara el recurso económico necesario para nombrar nuevo personal docente o permitiera la vinculación de este recurso humano por el sistema de contratación a fin de garantizar el derecho a la educación de la población dispersa y vulnerable ubicada en las zonas marginales de las cabeceras municipales. 5) Que el artículo 27 de la Ley 715 de 2001, y el artículo 2° del Decreto 2355 de 2009,
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consagran que cuando se demuestre la insuficiencia en las instituciones educativas del Estado, se podrá contratar la prestación del servicio público educativo a través de entidades estatales o no estatales que presten este servicio con personas naturales o jurídicas, de reconocida trayectoria e idoneidad previa acreditación por parte del órgano competente, con recursos del sistema general de participaciones. 6) Que el Estado puede contratar la administración del servicio público educativo con las Xxxxxxxx y Confesiones Religiosas que gocen de personería jurídica conforme lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley 115 de 1994, el artículo 27 de la Ley 715 de 2001 y los artículos 17, 18, 19, 20 y 21 del Decreto Nacional 2355 de 2009. 7) Que de acuerdo con el proceso de organización de planta, subsiste la necesidad de garantizar el servicio educativo en algunos municipios del Departamento y de esta manera garantizar la prestación del servicio y por ende ampliar la cobertura educativa para facilitar el acceso y la permanencia de los niños, niñas y jóvenes que se encuentran matriculados en el sistema educativo de preescolar a media.
8) Que la Secretaría de Educación Departamental presentó estudio de insuficiencia y correspondiente análisis de la demanda educativa, a fin de demostrar al Ministerio de Educación Nacional, que se requiere contratar el servicio educativo para garantizar el acceso y la permanencia en el sistema de los niños, niñas y jóvenes de los niveles de educación de preescolar, primaria, secundaria y media en el Departamento del Caquetá, solicitud que el MEN responde positivamente, mediante oficio con radicación 2013EE3777 del 22 de enero de 2013, radicado SAC No. 2013PQR1558 del 29 de enero de 2013, suscrito por la Dra. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX, Directora de Cobertura y Equidad del MEN, con lo que abre paso a la contratación de la administración de la prestación del servicio educativo. 9) Que el Ministerio de Educación Nacional a través de oficio con radicación 2013EE13146 del 6 xx xxxxx, y recibido en la SED Caquetá el 7 xx xxxxx de 2013, con radicación 2013PQR4990 suscrito por Xxxxxx Xxxxxxxxx, Directora de Fortalecimiento a la gestión territorial, autoriza la contratación de la prestación del servicio educativo en el Caquetá. 10) Que según acta de compromiso del 6 xx xxxxx de 2013 firmada con los doctores Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx y Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, asesores para planta docente del Caquetá por parte del Ministerio de Educación Nacional, hasta el 15 xx xxxxx de 2013 tenía la SED Caquetá plazo para identificar sedes y alumnos a atender por contratación. 11) Que el artículo 17 del Decreto 2355 de 2009 relativo a la administración de la prestación del servicio educativo por xxxxxxxx o confesiones religiosas fue la modalidad sugerida para el Departamento en la coyuntura presente por el Ministerio de Educación a través de su Gestora para el Caquetá, Dra. Xxxxxxxxx Xxxxx, en su visita a la
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SED Caquetá en la semana del 18 al 22 xx xxxxx de 2013, considerando que dicha modalidad concuerda con la instrucción del Señor Gobernador de contratar con los mejores oferentes evaluados del año inmediatamente anterior, y además dicha modalidad de contratación tiene menores exigencias de modificación de los lugares asignados para ejecutar las tareas de la planta docente, por la prescripción del artículo 9 de dicho decreto, para la contratación de la prestación del servicio educativo por oferentes. 12) Que así las cosas y atendiendo todas las recomendaciones, la Secretaría da inicio a las actuaciones administrativas a que haya lugar con el fin de iniciar el proceso de contratación para la administración, dirección, coordinación y organización del servicio público educativo que se requiere a nivel departamental. 13) Que el artículo 17 del Decreto 2355 de 2009 establece que: “administración del servicio educativo. Mediante esta modalidad la entidad territorial certificada podrá contratar la administración de uno o varios establecimientos educativos oficiales. En desarrollo de estos contratos la entidad territorial podrá aportar infraestructura física, docente y administrativa o alguna de ellas y la iglesia o confesión religiosa contratista por su parte aportará, en cada uno de los establecimientos educativos administrados, su capacidad de administración, dirección, coordinación y organización del servicio educativo, así como los componentes que la entidad territorial no aporte y que sean necesarios para la prestación del servicio”. 14) Que en el banco de programas y proyectos de inversión departamental se encuentra matriculado el proyecto con el código radicado No.20130180010062 del 11 xx xxxxx de 2013 15) Que con el fin de cumplir los periodos lectivos de trabajo académico con estudiantes, la Secretaría de Educación Departamental adoptará mediante resolución un calendario escolar específico para la contratación de la prestación del servicio educativo a la población rural dispersa de los municipios a atender bajo esta modalidad en el Caquetá durante el año 2013, resolución que se entiende hará parte del presente contrato. 16) Que ante el avance del año escolar común, se hace necesario adaptar el tiempo restante para que los estudiantes puedan tener la intensidad horaria que exige la norma para el año escolar. Que de conformidad con las anteriores consideraciones se pactan las siguientes: CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO. “ADMINISTRACIÓN PARA LA DIRECCIÓN, COORDINACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DEL CAQUETÁ, MUNICIPIOS DE XXXXXXXXX XXX XXXXXX, LA MONTAÑITA, SOLITA, Y SOLANO RELACIONADOS EN
EL ANEXO 1”, para lo cual la Diócesis se compromete a atender y garantizar la eficiente prestación del servicio educativo en la vigencia 2013 de acuerdo con la relación anexa
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ofrecida por EL CONTRATISTA en su propuesta y aceptada por EL DEPARTAMENTO, la cual hace parte integral del contrato. PARÁGRAFO 1. Para la ejecución del presente contrato, EL CONTRATISTA asume con cargo a la suma que recibe por concepto de la ejecución del mismo, el costo total de los elementos de la canasta educativa que se relacionan en el anexo 2, el cual forma parte integral de este contrato. PARÁGRAFO 2. Los anexos deben ser suscritos en cada una de sus páginas por las mismas personas que suscriben este contrato. PARÁGRAFO 3. El proyecto, los estudios previos, la propuesta y las actividades programadas anexas a este contrato, hacen parte integral del mismo. PARÁGRAFO 4. El servicio se prestará en las condiciones y modalidades definidas entre las partes, y en ausencia de ellas en las mismas condiciones en las cuales se presta el servicio a los demás estudiantes matriculados en los establecimientos educativos. CLÁUSULA SEGUNDA – ALCANCE DEL OBJETO. Para el cumplimiento del objeto y de cada una de las obligaciones EL CONTRATISTA se obliga a ejecutarlo de conformidad con las políticas establecidas por el Ministerio de Educación Nacional, estudio técnico de insuficiencia adelantado por EL DEPARTAMENTO y matrícula oficial entregada por la Secretaría de Educación Departamental, además los siguientes aspectos a los cuales EL CONTRATISTA se compromete: 1) Atender y garantizar la eficiente Administración de la prestación del servicio educativo en el año lectivo 2013, cumpliendo con la canasta contratada (componentes básicos y adicionales), bajo la modalidad comprendida en el artículo 17 y ss del Decreto 2355 de 2009; 2) Proveer talento humano (Directivo - Asistencial), gastos generales (servicios públicos), gastos de administración de las instituciones y centros educativos relacionados en el anexo No.1) el cual forma parte integral del contrato, estrategia de permanencia (apoyo nutricional) a los estudiantes de los albergues escolares administrados por el presente contrato, de los niveles de educación preescolar, primaria, secundaria, básica y media, se focaliza los estudiantes mencionados dada su mayor vulnerabilidad al no poder regresar a su casa diariamente como si ocurre con los estudiantes no internos. 3) Garantizar la aplicación de las disposiciones generales de educación. 4) Garantizar la dirección, organización y administración de los establecimientos educativos, gozando de autonomía sobre el manejo del personal contratado necesario para el normal desarrollo del objeto del presente contrato. (Artículo 188 Ley 115 de 1994 en concordancia con el Decreto 2355 de 2009). CLÁUSULA TERCERA – VALOR. El valor del presente contrato será la suma de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL
PESOS($4.139.168.000) moneda legal, que equivale a la atención por cada estudiante
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atendido en los niveles de educación de preescolar, primaria, secundaria y/o media, a razón de UN MILLÓN SESENTA Y NUEVE MIL PESOS ($1.069.000) moneda legal por cada uno, teniendo en cuenta que es un tope máximo de tres mil ochocientos setenta y dos (3.872) alumnos matriculados en los establecimientos educativos de los municipios no certificados del Departamento del Caquetá que se describen en el anexo 1, objeto de este contrato, el cual forma parte integral del mismo, suma que EL CONTRATISTA manejará en una cuenta especial abierta para tal fin. PÁRÁGRAFO 1. En el evento en que aumente el número de estudiantes en los establecimientos educativos relacionados en el anexo 1, como consecuencia de la prestación del servicio, EL DEPARTAMENTO no adicionará el valor correspondiente, quedando de antemano establecido que no habrá lugar al cobro de sumas adicionales por concepto alguno. Es entendido que el valor de este contrato cubre la totalidad de los gastos en que incurre EL CONTRATISTA para su ejecución, así como su remuneración por el servicio objeto de contratación. PARÁGRAFO 2. Los rendimientos financieros que llegaren a producir los recursos entregados, pertenecerán al DEPARTAMENTO, los cuales deberán ser entregados por la confesión religiosa con quien se suscriba el contrato al momento de la liquidación del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA – FORMA DE PAGO. El valor del contrato se cancelará AL CONTRATISTA, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal N°785 del 12 xx xxxxx de 2013, que afecta el rubro N°0301010402, de la Administración del Servicio Público Educativo, con los recursos asignados por el Sistema General de Participaciones, de la siguiente manera: a) Un primer pago equivalente al treinta por ciento (30%), por valor de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA
MIL CUATROCIENTOS PESOS ($1.241.750.400) moneda legal, que se pagará en el mes xx xxxx de 2013. B) un segundo pago equivalente al treinta por ciento (30%), por la suma de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA
MIL CUATROCIENTOS PESOS ($1.241.750.400) moneda legal, que se pagará en el mes de julio de 2013. C) Un tercer pago equivalente al treinta por ciento (30%), por la suma de de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL
CUATROCIENTOS PESOS ($1.241.750.400) moneda legal, que se pagará en el mes de octubre de 2013. D) Un cuarto pago equivalente al diez por ciento (10%), por la suma de de CUATROCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL
OCHCIENTOS PESOS ($413.916.800) moneda legal, que se pagará en el mes de diciembre de 2013. PARÁGRAFO 1. Cada pago se efectuará previo cumplimiento a cabalidad de todas sus obligaciones, certificadas por el supervisor y/o interventor del
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contrato. Los requisitos para realizar los pagos serán previa presentación de certificación de cumplimiento expedida por el supervisor y/o interventor del contrato, cuenta de cobro y certificación sobre pago de aportes al sistema de seguridad social integral en salud, pensiones, ARP y demás aportes de orden legal. Entiéndase para todos los casos, los costos fijos: la administración del servicio educativo, orden de prestación de servicios y/o nómina de personal (salarios, prestaciones sociales y/o impuestos indirectos, según la modalidad de vinculación), necesarios para la ejecución del contrato. Los gastos legales y de administración son los gastos por concepto de: póliza, estampillas, impuestos deducibles, industria y comercio, renta y complementarios, gastos bancarios, el valor de estos conceptos incluye impuestos directos e indirectos. PARÁGRAFO 2. EL CONTRATISTA manejará autónomamente las sumas entregadas por la Secretaría de Educación del Departamento en una cuenta corriente o de ahorros, separadamente del resto de sus negocios y sólo podrá destinar dichos recursos para cubrir los gastos propios del contrato. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio, EL CONTRATISTA presentará ante la Secretaría de Educación Departamental las constancias de apertura o existencia de la cuenta y a ésta se realizarán los giros correspondientes. PARÁGRAFO 3. Los tres primeros pagos serán girados dentro de los diez (10) primeros días del mes xx xxxx, xxxxx y octubre de 2013 previa certificación del cumplimiento a satisfacción expedido por el interventor del contrato. El desembolso final será cancelado una vez se haya presentado informe por parte de la Interventoría sobre la verificación del cumplimiento del objeto del contrato y se suscriba el acta de liquidación y terminación del mismo. PARÁGRAFO 4. Para otorgar certificación del cumplimiento a satisfacción, se deberá tener en cuenta los informes periódicos de ejecutoria del CONTRATISTA. PARAGRAFO 5. En caso de presentarse deserción la Secretaria de Educación Departamental del Caquetá, podrá aprobar al contratista el reemplazo de los alumnos, previa comprobación del nuevo registro en el SIMAT y revisión de las causas del origen de la deserción. PARAGRAFO 6. Las partes acuerdan que el anexo1, listado de los niños contratados, quedará en firme el 30 xx Xxxxx de 2013. CLÁUSULA QUINTA – IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. EL DEPARTAMENTO pagará AL CONTRATISTA la
suma estipulada en la cláusula tercera del presente contrato de conformidad con la disponibilidad presupuestal N° 785 del 12 xx xxxxx de 2013, con cargo al rubro 0301010402– denominado “administración de la prestación del servicio público educativo”, vigencia fiscal 2013. CLAUSULA SEXTA – VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El servicio educativo para la continuidad, el acceso y la permanencia de
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tres mil ochocientos setenta y dos (3.872) estudiantes en los niveles de educación preescolar, básica y media, tendrá un término de ejecución de ocho (8) meses y quince
(15) días, a partir de la firma del acta de inicio, periodo en el que deberá cubrir el calendario escolar modificando los horarios en la jornada escolar, el cual debe ser aprobado por la Dirección de Calidad Educativa de la Secretaría de Educación Departamental establecido en la resolución contentiva del calendario especial para esta contratación. PARÁGRAFO. Este contrato estará vigente desde la fecha de su perfeccionamiento hasta su liquidación. CLÁUSULA SÉPTIMA – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 1) Preparar y entregar al supervisor del contrato antes de cumplir el primer mes de ejecución el formato debidamente diligenciado de la canasta educativa que ofrece, aprobada por la Secretaría de Educación y el listado de directivos docentes, docentes, administrativos y de apoyo, especificando el cargo, perfil y salario mensual. Este formato deberá presentarse en medio físico y magnético y hasta la verificación de la Secretaría de Educación no se procederá a realizar ningún trámite para el pago. 2) Formular y presentar para su aprobación un plan de mejoramiento institucional que contemple la totalidad de componentes (directivo, administrativo, pedagógico y financiero), el cual podrá ser ajustado atendiendo las recomendaciones de la Secretaría de Educación o la o supervisión y/o Interventoría 3) Cumplir con el calendario académico que garantice los objetivos educativos y el Plan de Estudios para los grados y niveles que se está contratando, en todo caso respetando la intensidad horaria mínima señalada en el Decreto 1850 de 2002 o demás normas que lo llegaren a modificar, calendario que deberá permitir la recuperación del tiempo según el avance del año escolar al momento de la presente contratación. Para tal fin, se dividirá el tiempo horario total de las 40 semanas del calendario escolar común, en horas totales y se distribuirán en el tiempo restante para ejecutar el presente contrato. 4) Llevar los registros de matrícula de los alumnos, las evaluaciones, recuperaciones, tramitación de certificados respectivos de acuerdo con la normativa vigente, dentro de la institución o centro educativo en el que se preste el servicio. 5) Fijar en lugar visible del establecimiento educativo el horario general de todos los grupos con que cuenta la institución y en el que se de cuenta del docente responsable de la asignatura y grupo. 6) Establecer el cronograma de las diversas jornadas pedagógicas o extracurriculares que se tengan previstas en cada semestre. 7) Garantizar la idoneidad profesional y capacitación de los educadores (Dirección de calidad de la Secretaría de Educación Departamental) que contempla la canasta educativa, según las exigencias legales. EL CONTRATISTA deberá elaborar y presentar al supervisor y/o
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interventor las planillas que serán entregadas cada dos meses en la que se de cuenta del cumplimiento de la asistencia diaria y de la carga académica de cada docente que contemple la canasta educativa, así mismo deberá informar a la Secretaría de Educación por intermedio del interventor y/o supervisor cualquier cambio en la planta de personal docente o directivo docente. Igualmente, a los docentes se les deberá pagar según el régimen laboral y prestacional establecido en el código sustantivo de trabajo. 8) Implementar un sistema de control, seguimiento, evaluación que le permitan rendir oportunamente los respectivos informes al contratante. 9) Suministrar los componentes del servicio (canasta educativa) que se requieran, con las calidades y competencias exigidas por la Ley de acuerdo con las necesidades que expresamente, en la ejecución del contrato, indicará el contratista a través de su representante, dándole prioridad a la entrega de apoyo nutricional a los estudiantes internos de los albergues, quienes a diferencia de los que no son internos, no son alimentados en sus respectivas viviendas.
10) Responder ante EL DEPARTAMENTO, por la correcta y oportuna inversión de los dineros, de acuerdo con los componentes de la canasta educativa aprobada, presentando para ello un balance bimestral con su correspondiente estado de la inversión. 11) Invertir los componentes de la canasta educativa, salvo recomendación en sentido diferente del interventor y/o supervisor, según los siguientes criterios: TALENTO HUMANO, para lo cual atenderá el pago oportuno de salarios, prestaciones sociales, aportes parafiscales y demás derechos que por la relación laboral adquiera el personal docente, administrativo y de apoyo logístico para la prestación del servicio educativo. Además, este personal deberá ajustarse en cuanto a su formación a lo exigido en la norma, en lo que sea aplicable y sin que este hecho signifique que los mismos se consideren docentes o directivos docentes oficiales. APOYO NUTRICIONAL: se privilegiará la entrega de apoyo nutricional a los estudiantes internos en albergues según las minutas presentadas y aprobadas por EL CONTRATISTA, Materiales o insumos educativos y velar por el cuidado y buen uso de la planta física, exceptuando casos fortuitos o desastres naturales, o el desgaste por su uso natural. Por tratarse de contrato de administración de la prestación del servicio educativo EL CONTRATISTA en forma conjunta con funcionario asignado por la Secretaría de Educación Departamental, elaborará un inventario detallado de la dotación escolar para establecer responsabilidad y propiedad sobre el mismo. El inventario será parte constitutiva del contrato y sobre este la Interventoría realizará seguimiento al mantenimiento y ejecución de la canasta educativa. COSTOS DE OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN. Lo constituye el pago de capacitación docente, pago
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de personal de operación del contrato, suministros de oficina, gastos de viajes, costos financieros y ejecución de procesos administrativos. 12) Disponer de personal que lleve un estricto control de seguimiento a la asistencia escolar por parte de los alumnos oficiales que ampare este contrato. Presentará un informe cada dos meses que detalle las causas de la ausencia reiterada de los alumnos y del diseño de un plan que contenga las estrategias para prevenir la deserción escolar; actualizar el Manual de Convivencia con base en la Ley 1098 del 2006 de Infancia y Adolescencia y la 1620 del 2013 sobre el Matoneo Escolar. Igualmente, para garantizar el orden y el proceso administrativo se debe llevar los registros y libros reglamentarios definidos y adoptados por la Secretaría de Educación para cada uno de los establecimientos educativos del Departamento 13) Implementar opciones y otros modelos educativos liderados por el MEN y La Secretaría de Educación Departamental, a través del programa educación RURAL-PER, (preescolar escolarizado y no escolarizado, Escuela Nueva, Aceleración del aprendizaje, Posprimaria, Telesecundaria, Modelo educativo para la Media Académica Rural-MEMA y metodología didáctica Integrada para la lectoescritura en el grado primero- MEDIP), como estrategia para mejoramiento de la cobertura y la calidad de educación en el sector rural, así como la formación docente en dichos modelos y la inducción a los docentes nuevos vinculados. Garantizar los programas y estrategias de recuperación para aquellos alumnos que hayan obtenido insuficiente o deficiente en la evaluación final de una o más áreas, obligación que el contratista deberá realizar en forma conjunta con la dirección de calidad de la Secretaría de Educación Departamental, en cumplimiento en lo previsto en el Decreto 1290 del 2009. El CONTRATISTA deberá acreditar a la Interventoría y/o supervisión que cuenta con el diseño de estos planes durante la ejecución del presente contrato, 14) Dar estricto cumplimiento a las políticas de ingreso, permanencia, promoción, repitencia y egreso de los alumnos, garantizar que la relación alumno-grupo, de los establecimientos educativos en administración, en sus mínimos y máximos, se sostenga o incremente. 15) Rendir informe detallado de la afiliación y pago a los sistemas de seguridad social (salud y pensiones), cesantías, cajas de compensación familiar, de conformidad con los pagos surgidos de la ejecución contractual y las sumas aportadas. Así mismo de la exigencia del cumplimiento, de lo prescrito en materia de Seguridad Social para los contratistas de prestación de servicios por las reformas laboral y pensional. 16) Reportar al contratante los retiros de los alumnos al SIMAT, de acuerdo a las orientaciones que emita la Secretaría de Educación Departamental. 17) Registrar y mantener actualizada la información de los estudiantes registrados en el SIMAT, la cual debe coincidir con lo
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asentado en el libro de matrículas y en el listado de control de asistencia de cada establecimiento educativo. Estos dos libros deberán ser llevados por EL CONTRATISTA observando que se hagan en hojas continuas, debidamente foliadas y en el que se de cuenta del nombre de cada alumno, grado y grupo al que pertenece y de la información de sus acudientes. 18) Permitir el ejercicio de las labores de seguimiento y control que adopte EL CONTRATANTE. 19) Aportar oportunamente la información o documentación que EL DEPARTAMENTO requiera en relación con la ejecución del contrato. 20) Mantener comunicación permanente con el Departamento del Caquetá a fin de recibir orientaciones, evaluar el proceso y velar por el cumplimiento del contrato. 20) Conformar una instancia para el diálogo y la conciliación y para la solución de conflictos al interior de la institución de acuerdo con lo señalado en el artículo 17 del Decreto 1860 de 1994. Dicha instancia deberá reportar antes de finalizar el presente contrato un informe sobre los conflictos que se hayan atendido, la solución adoptada y el seguimiento del comportamiento de los alumnos afectados. 21) Los salarios u honorarios debidos al personal contratado se consignaran en sus cuentas personales previa verificación del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. 22) Adoptar un calendario especial que permita que en el tiempo disponible, se puedan cursar las horas de clase que se cursan habitualmente en las 40 semanas del calendario escolar, 23) Atender a la población estudiantil de acuerdo a las diferentes modalidades de enseñanzas desarrolladas e impartidas por los establecimientos educativos oficiales, tales como: Modelos flexibles alternativos, programas y proyectos pedagógicos transversales 24) Informar de manera expresa al personal que contrate para la ejecución del presente contrato que en ningún caso formará parte de la planta oficial del DEPARTAMENTO y que en consecuencia, su vínculo jurídico se contrae única y exclusivamente con la Confesión Religiosa; 25) Administración de los mecanismos y sistemas de información de la población escolar atendida, 26) Administrar los bienes muebles e inmuebles de los establecimientos educativos, 27) Abstenerse de pactar y realizar cobros por conceptos de matrículas y pensiones, o servicios complementarios, por conceptos distintos y/o montos superiores a los establecidos en las normas vigentes aplicables a los establecimientos educativos estatales del DEPARTAMENTO. Para el funcionamiento de los albergues la responsabilidad del contratista se circunscribe exclusivamente al apoyo nutricional en los términos del anexo 2 del contrato, las demás responsabilidades para el funcionamiento de estos las deberán asumir las comunidades. 28) Presentar informes al DEPARTAMENTO, y órganos de control en lo relacionado con la función de
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administración, y control de los bienes puestos bajo su custodia, según los inventarios que se levantarán y entregarán en el primer mes de ejecución de labores por LA CONTRATISTA; 29) Certificar trimestralmente a la Secretaria de Educación Departamental a través de los diferentes Rectores de los Establecimientos Educativos, el cumplimiento de la prestación de los componentes del servicio contratado, así como los niños atendidos; 30) en el caso de instituciones o sedes indígenas a atender, LA CONTRATISTA buscará promover una propuesta educativa intercultural en concertación con las autoridades indígenas y la comunidad educativa a través de estrategias de auto organización pedagógica, y en todos los casos buscará concertar con las autoridades tradicionales la ejecución del presente contrato en dichas sedes o instituciones, siempre velando por su autonomía cultural. 31) Las demás que con ocasión de la ejecución del contrato sean pertinentes y se estipulen en forma escrita, o que en concordancia con la administración aquí contratada, deban asumir. CLÁUSULA OCTAVA – OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO. 1) Cancelar el valor del contrato oportunamente y en la forma acordada previa presentación de la factura. 2) Suministrar AL CONTRATISTA la información que requiera para la adecuada prestación del servicio o suministro de docentes. 3) Informarle al personal oficial que eventualmente se encuentre bajo la administración o dirección del contratista que deberá acatar y cumplir las instrucciones que imparta el personal que designe EL CONTRATISTA para ejercer en forma inmediata la administración, dirección y orientación pedagógica del respectivo establecimiento educativo donde fuere pertinente. Esto sin perjuicio de aquellas instrucciones que deba impartir o ejecutar directamente el DEPARTAMENTO – SECRETARIA DE EDUCACIÓN, en su condición de empleador. En estos eventos las relaciones laborales de los respectivos docentes y personal administrativo del DEPARTAMENTO, así como su régimen disciplinario, se someterán a las disposiciones legales aplicables a éste y serán ejercidas por las autoridades territoriales competentes, razón por la que toda novedad respecto de ellos debe informarlas mediante comunicación escrita AL DEPARTAMENTO.
4) Ejercer a través de un tercero la Interventoría administrativa, financiera y técnica, así como la vigilancia, supervisión y coordinación, durante la ejecución y vigencia del contrato, en razón de lo cual deberá: a) velar por el cumplimiento del contrato, b) resolver las dudas que tenga el contratista, c) presentar las observaciones que juzgue conveniente, d) certificar el cumplimiento del objeto contratado para proceder a los pagos parciales cuando haya lugar a ellos para el pago final. 5) Mantener comunicación con EL CONTRATISTA y el interventor y/o supervisor, para hacer seguimiento, evaluar el proceso
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y velar por el cumplimiento del objeto de este contrato y la calidad del mismo. 6) Tramitar la solicitud de calendario especial presentado por EL CONTRATISTA en los casos que sea necesario. CLÁUSULA NOVENA – EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. EL
DEPARTAMENTO no contrae obligación laboral alguna con LA CONTRATISTA ni con las personas que éste emplee para el desarrollo del objeto del presente contrato. CLÁUSULA DECIMA – SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y PARAFISCALES. EL
CONTRATISTA deberá estar x xxx y salvo con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Caja de Compensación Familiar, SENA e ICBF). CLÁUSULA DÉCIMA PRIMIERA– INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. EL
CONTRATISTA con la suscripción de este contrato afirma bajo juramento que no se haya incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política y demás disposiciones vigentes sobre la materia y que si llegaren a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé la Ley. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA – CESIÓN Y SUSTITUCIÓN. El contrato se celebra teniendo en cuenta las calidades y condiciones del contratista razón por la que sólo se podrá ceder o sustituir el presente contrato previa autorización escrita de la Secretaría de Educación Departamental. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA – GARANTÍAS. Además de las garantías que se describen en la oferta, la cual hace parte del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a otorgar y constituir a su cargo y a favor del Departamento del Caquetá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato, una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia de conformidad con la póliza matriz aprobada por la Superintendencia Financiera, la cual se entregará a la entidad contratante junto con los correspondientes recibos definitivos de cancelación de las primas respectivas y que garantizará los siguientes riesgos: a) De cumplimiento, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y con vigencia igual al término de ejecución y cuatro (4) meses más.
b) De calidad del servicio, ampara la calidad del servicio en cuantía igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato con vigencia igual al término de ejecución. c) De pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato y con vigencia igual a la duración del contrato y tres (3) años más. d) Responsabilidad civil extracontractual, por una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, sin que sea inferior a 200 SMLMV y una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato. PARÁGRAFO 1. En caso de prórroga del término de duración del contrato o de aumento de su valor, según el caso, EL CONTRATISTA,
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deberá entregar a la Secretaría de Educación del Departamento del Caquetá, como condición de ejecución de los acuerdos de prórroga o de aumento de valor, según el caso, los certificados modificación de la póliza única en el que conste el ajuste de la vigencia o del valor asegurado de cada uno de los amparos, en la misma proporción. Por otra parte para minimizar los riesgos, el pago se efectuará con fundamento en la constancia de recibo a satisfacción por parte del supervisor, correspondiente a cada cuenta de cobro a medida que se va ejecutando el servicio contratado. PARÁGRAFO 2. Las garantías que no se expidan dentro del término antes pactado sin causa justificada, EL CONTRATISTA se hará acreedor a una multa equivalente al 0.5% del valor del contrato por cada día xx xxxx, la cual será impuesta por la administración, mediante resolución motivada y podrá ser deducida de las sumas que EL DEPARTAMENTO le adeude AL CONTRATISTA por cualquier concepto, o cobrarse por jurisdicción coactiva. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA - TERMINACIÓN DEL CONTRATO. Son causales de terminación del contrato: a) el mutuo acuerdo previo y escrito de darlo por terminado. b) el vencimiento del plazo pactado para su duración. c) Incumplimiento de las obligaciones contractuales. PARÁGRAFO 1. Si el contrato se da por terminado en forma anticipada tal hecho deberá constar por escrito y EL CONTRATISTA deberá presentar un informe financiero detallado de la inversión y manejo general de los pagos efectuados por el Departamento del Caquetá. PARÁGRAFO
2. En caso de que la terminación del contrato se ocasione por las causas consignadas en los literales a) y c), EL DEPARTAMENTO tendrá la obligación de mantener en el sistema educativo a los estudiantes atendidos. En caso de que LA CONTRATISTA incurra en lo estipulado en el literal c), el DEPARTAMENTO dará aplicación a la cláusula penal del presente contrato y se aplicará el respectivo proceso para la imposición de multas. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA – LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes al cumplimiento de su objeto o a más tardar dentro de los cuatro (4) meses siguientes, contados a partir de la fecha de extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación. En esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. PARÁGRAFO. Si las partes no se presentan a la liquidación o no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma será practicada directa y unilateralmente por EL DEPARTAMENTO y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de apelación. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA – PENAL
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PECUNARIA. En caso xx xxxx o incumplimiento del objeto del presente contrato EL CONTRATISTA deberá pagar a favor del DEPARTAMENTO a título xx xxxx, la suma equivalente hasta xxx xxxx (10%) del valor total estimado del presente contrato, pago este que debe entenderse sin perjuicio de las eventuales indemnizaciones por los perjuicios causados, ni del cumplimiento de la obligación principal, atendiendo al debido proceso conforme a lo previsto en la Ley 1150 de 2007. DÉCIMA SEPTIMA – RETENCIONES. En caso de trabajos o servicios defectuosos, no corregidos, de garantías no cumplidas o de multas impuestas no pagadas, EL DEPARTAMENTO, podrá retener, de las sumas que adeude al CONTRATISTA las cantidades necesarias para responder por estos conceptos. Dichas retenciones se llevarán a cabo hasta que se efectúen los pagos que adeuda el contratista, sin que en ningún caso la retención pueda ser por un valor superior al valor del contrato. Lo anterior sin perjuicio que el DEPARTAMENTO realice las retenciones a que por ley esté obligado. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA – CONCILIACIÓN. Las partes acuerdan que en el evento de presentarse diferencia en razón de la celebración, ejecución, desarrollo y terminación del presente contrato, se procederá a efectuar la conciliación prejudicial o extrajudicial, antes de iniciar cualquier acción judicial. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA – SUPERVISIÓN. El control, vigilancia, supervisión y coordinación, así como la Interventoría administrativa, financiera y técnica que deberá realizarse durante la ejecución del contrato, estará a cargo del jefe de cobertura (o de la persona que designe el Secretario de Educación), dependencia que se servirá de los servicios auxiliares contratados como equipo profesional para ese fin particular. Para tal fin la supervisión, y/o el equipo de apoyo deberán cumplir con los estipulado en la Directiva 9 del Ministerio de Educación Nacional que regula este tipo de contrataciones, y las siguientes actividades: a) rendir informes escritos los cuales deben contener el resumen del desarrollo del contrato, b) suscribir las actas de inicio y de liquidación del contrato, así como los documentos de pagos parciales, c) Informar oportunamente a la oficina jurídica cualquier anomalía o incumplimiento por parte del contratista, y d) Todas aquellas actividades que garanticen la normal ejecución y cumplimiento del contrato de acuerdo con el programa establecido y las demás contenidas en la ley. CLÁUSULA VIGÉSIMA – INDEMNIDAD. Será obligación del contratista mantener indemne al Departamento por cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del contratista o de terceros que se vinculen a la ejecución del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA – MULTAS. En caso de incumplimiento parcial x xxxx en el cumplimiento de las obligaciones por parte del CONTRATISTA, ésta pagará a EL
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DEPARTAMENTO multas sucesivas hasta del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la cláusula penal y de la declaratoria de caducidad. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA – PERFECCIONAMIENTO Y
EJECUCIÓN. El presente contrato se entiende perfeccionado con el acuerdo de las partes sobre su objeto y contraprestación, con la suscripción del mismo y para su ejecución se deberán observar los siguientes requisitos: a) certificado de disponibilidad presupuestal y registro presupuestal, b) aprobación de la póliza por parte del Departamento. c) viabilidad de la contratación por parte del MEN. d) Anexo del listado de establecimientos educativos y estudiantes. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA – DOCUMENTOS. Hacen parte del presente contrato la propuesta técnico-económica, los documentos requeridos para su perfeccionamiento y ejecución del contrato, así como las actas y acuerdos de los ajustes realizados por las partes. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA – DOMICILIO. Para los efectos legales se fija como domicilio la ciudad xx Xxxxxxxxx. En fe de lo anterior, se firma por las partes contratantes en dos (02) originales igualmente auténticos, en la ciudad de Florencia, Caquetá, a los
Por EL DEPARTAMENTO | Por EL CONTRATISTA |
Original firmado | Original firmado |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | Xxxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
Secretario de Educación Departamental | Xxxxxxx de administración de la Diócesis xx Xxxxxxxxx |
Original firmado
Xx.Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX
Jefe Oficina Jurídica SED
Digitó: Xxxxx X.
ANEXO: 01
CONTRATANTE: DEPARTAMENTO DEL CAQUETA
CONTRATISTA: DIOCESIS XX XXXXXXXXX
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OBJETO: ADMINISTRACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DEL CAQUETÁ, MUNICIPIOS DE XXXXXXXXX XXX XXXXXX, LA MONTAÑITA, SOLITA, Y SOLANO.RELACIONADOS EN EL ANEXO 1.
MUNICIPIO | INSTITUCION | SEDE | MAT |
CARTAGENA | I. E. R. LA ESMERALDA | LA ESMERALDA | 65 |
CARTAGENA | I. E. X. XX XXXXXXXXX | XX XXXXXXXX | 00 |
XXXXXXXXX | X. X. X. XX XXXXXXXXX | XX XXXXXXXXX | 11 |
CARTAGENA | I. E. R. LA ESMERALDA | LA XXXXXXXX | 57 |
CARTAGENA | I. E. R. LA XXXXXXXXX | XXXXXXXX | 12 |
CARTAGENA | I. E. R. LA ESMERALDA | LA XXXXX | 21 |
CARTAGENA | I. E. R. LA ESMERALDA | PATIO BONITO | 18 |
CARTAGENA | I. E. R. LA ESMERALDA | COMUNEROS | 35 |
CARTAGENA | I. E. R. LA ESMERALDA | MIRAFLORES DEL SUNCILLAS | 11 |
TOTAL INSTITUCION | 242 | ||
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | LOS CRISTALES | 74 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | LA FLORIDA # 1 | 18 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | SABALETA ALTA | 14 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | LLANITOS | 6 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | LA FLORIDA # 2 | 36 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | MONTEADENTRO | 10 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | XXXXXXXXXX | 17 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | PEÑAS BLANCAS | 14 |
CARTAGENA | I. E. R. LOS CRISTALES | EL PROGRESO | 16 |
TOTAL INSTITUCION | 205 | ||
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | XXXXXXXXXX | 182 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | NARANJALES | 17 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | 17 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | LAS QUILLAS | 13 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | XXXX NEGRO | 15 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | XXXXXXXXXX | 21 |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS DE XXXXXXXXX |
XXXXXXXXX | I. E. R. XXXXXXXXXX | EL CONVENIO | 18 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | XXXXX XXXXXXX | 15 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | SANTA XXXXX | 15 |
CARTAGENA | I. E. R. XXXXXXXXXX | XXXX XXXXX XXXXXXX | 41 |
CARTAGENA | X. X. X. XXXXXXXXXX | XXXXXXX XXXXXXX | 00 |
XXXXXXXXX | X. X. X. XXXXXXXXXX | XX XXXXX | 61 |
TOTAL INSTITUCION | 473 | ||
CARTAGENA | I. E. R. PEÑAS COLORADAS | XXXX XXXXXXX XXXXX | 16 |
CARTAGENA | I. E. R. PEÑAS COLORADAS | BELLA LUZ DE LAS ANIMAS | 64 |
CARTAGENA | I. E. R. PEÑAS COLORADAS | LAGUNA VERDE | 19 |
CARTAGENA | I. E. R. PEÑAS COLORADAS | EL VENADO | 63 |
CARTAGENA | I. E. R. PEÑAS COLORADAS | DOCE DE OCTUBRE | 45 |
CARTAGENA | I. E. R. PEÑAS COLORADAS | ANIMAS ALTAS | 14 |
TOTAL INSTITUCION | 221 | ||
CARTAGENA | I.E. R. EL EDEN | EL EDEN | 46 |
CARTAGENA | I.E. R. EL EDEN | ALTO ARENOSO | 14 |
CARTAGENA | I.E. R. EL EDEN | TRIUNFO ALTO | 14 |
CARTAGENA | I.E. R. EL EDEN | EL TRIUNFO | 18 |
CARTAGENA | I.E. R. EL EDEN | EL CAIRO | 18 |
CARTAGENA | I.E. R. EL EDEN | LA REFORMA | 47 |
CARTAGENA | I.E. R. EL EDEN | LA PRIMAVERA | 69 |
TOTAL INSTITUCION | 000 | ||
XXXXXXXXX | X. X. X. XXXXXXX XXX XXXXXX | XXXXX XX XXX XXXXXX | 226 |
CARTAGENA | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | SAN XXXXXX | 19 |
CARTAGENA | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | PAZ NO. 2 | 45 |
CARTAGENA | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | EL XXXXXXX | 22 |
CARTAGENA | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | EL PORE | 28 |
CARTAGENA | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | EL PORVENIR NO. 3 | 19 |
CARTAGENA | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | LA PAZ NO. 3 | 46 |
CARTAGENA | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | EL JARDIN | 18 |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS DE XXXXXXXXX |
XXXXXXXXX | I. E. R. SANTAFE DEL CAGUAN | EL RENACER XX XXXXXX | 17 |
TOTAL INSTITUCION | 440 | ||
CARTAGENA | I.E. R. XXXXXXXXXXX | XXXXXXXXXXX | 16 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | NUESTRA SEÑORA DE LOS MILAGROS | 26 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | BOCANA DE CAMICAYA | 17 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | EL XXXXXXXX | 10 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | LA CRISTALINA | 17 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | LA ESPENSA | 14 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | XXXXXX XXX XXXXXX | 17 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | PALMERAS DEL SUNCILLAS | 62 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | LOS PILONES | 17 |
CARTAGENA | I.E. R. TEUSAQUILLO | NUEVA ZELANDA | 27 |
TOTAL INSTITUCION | 223 | ||
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | LOS XXXXXX | 10 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | XXXX ALTA | 29 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | CAMPO VERDE | 19 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | EL LIBANO | 29 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | CARRECILLO | 17 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | EL PORVENIR NO. 2 | 13 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | LA ESTRELLA | 16 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | DALIAS | 13 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | LAS ACACIAS | 12 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | LOS LAURELES | 17 |
CARTAGENA | I.E. R. SAN XXXXX XXXXXX | EL CONDOR | 44 |
TOTAL INSTITUCION | 219 | ||
CARTAGENA | I.E. R. LA SARDINATA | LA SARDINATA | 77 |
CARTAGENA | I.E. R. LA SARDINATA | ANDAKI | 68 |
CARTAGENA | I.E. R. LA SARDINATA | PLAYA VERDE | 29 |
CARTAGENA | I.E. R. LA SARDINATA | ALTA SARDINATA | 12 |
CARTAGENA | I.E. R. LA SARDINATA | EL RETIRO | 18 |
CARTAGENA | I.E. R. LA SARDINATA | PANAMA # 2 | 16 |
TOTAL INSTITUCION | 220 | ||
TOTAL CARTAGENA | 2,469 | ||
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | EL DIVISO | 162 |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | BRISAS DEL ARENOSO | 17 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | GENERAL SANTANDER | 21 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | HOLANDA BAJA | 24 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | AGUA LINDA | 22 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | GINEBRA | 13 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | HERMOSAS BAJAS | 34 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | LA ORQUIDEA | 45 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | LA PRIMAVERA | 23 |
LA MONTAÑITA | C.E. EL DIVISO | XXXX XXXXX | 13 |
TOTAL INSTITUCION | 374 | ||
TOTAL XX XXXXXXXXX | 000 | ||
XXXXXX | X.X.X. XX XXXXXXXX | XX XXXXXXXXXXXXX | 26 |
XXXXXX | I.E.R. LA CABAÑITA | LA CABAÑA | 17 |
XXXXXX | I.E.R. LA CABAÑITA | LA CABAÑITA | 12 |
XXXXXX | I.E.R. LA CABAÑITA | LA XXXXXXXXX XXXXXXX | 27 |
XXXXXX | I.E.R. LA CABAÑITA | DIVINO NIÑO | 65 |
XXXXXX | I.E.R. LA CABAÑITA | XXXXX XXXXXXX | 19 |
XXXXXX | I.E.R. LA CABAÑITA | EL SACRIFICIO | 20 |
XXXXXX | I.E.R. LA CABAÑITA | CRISTALINA SEVILLA | 12 |
TOTAL INSTITUCION | 198 | ||
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | EL ROBLE | 18 |
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | TRES XXXX | 14 |
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | SINCELEJO | 11 |
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | EL DIAMANTE 21 | 35 |
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | EL ROSAL | 14 |
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | GUADALAJARA | 13 |
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | EL ENCANTO | 13 |
XXXXXX | C.E. EL XXXXXXX | ALTO CONSAYA | 18 |
TOTAL INSTITUCION | 136 | ||
XXXXXX | I.E.R. PUERTO XXXXXX | XXXX VERDE | 15 |
XXXXXX | I.E.R. PUERTO XXXXXX | EL CUARENTA ABAJO | 18 |
XXXXXX | I.E.R. PUERTO XXXXXX | LOS LAURELES | 44 |
XXXXXX | I.E.R. PUERTO XXXXXX | XXXXXXXXX | 20 |
XXXXXX | I.E.R. PUERTO XXXXXX | VERSALLES | 36 |
XXXXXX | I.E.R. PUERTO XXXXXX | EL SABALO | 53 |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS DE XXXXXXXXX |
XXXXXX | I.E.R. PUERTO XXXXXX | LA PRADERA | 43 | ||
TOTAL INSTITUCION | 229 | ||||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | MONONGUETE | 117 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | EL PORVENIR | 20 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | EL RUBI | 9 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | CAMPO BONITO | 16 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | LA CAROLINA | 13 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | LAS BRISAS | 19 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | LAS PALMAS | 13 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | MIRAVALLE | 37 | ||
XXXXXX | I.E.R. MONONGUETE | MONTEGRANDE | 12 | ||
TOTAL INSTITUCION | 256 | ||||
XXXXXX | C.E. PEÑAS BLANCAS | PEÑAS BLANCAS | 47 | ||
XXXXXX | C.E. PEÑAS BLANCAS | LA MANA | 19 | ||
XXXXXX | C.E. PEÑAS BLANCAS | SAGRADO CORAZON DE XXXXX | 12 | ||
SOLANO | C.E. PEÑAS BLANCAS | NUEVA CURIPLAYA | 11 | ||
TOTAL INSTITUCION | 89 | ||||
SOLANO | I.E.R INDIGENA COREGUAJE | INDIGENA CANANGUCHAL | 12 | ||
SOLANO | I.E.R INDIGENA COREGUAJE | INDIGENA XXX XXXX XXX XXXXXXX | 00 | ||
36 | |||||
TOTAL SOLANO | 944 | ||||
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | EL BERLIN BAJO | 7 |
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | EL XXXXXXXX | 11 |
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | ALTO BERLIN | 5 |
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | PUERTO BOLIVIA | 6 |
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | EL CONDOR | 7 |
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | BOCANA CANELO | 12 |
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | LA REFORMA | 19 |
SOLITA | I.E.R. CUZUMBE | AGUA | BLANCA | LA VENADO | 7 |
SOLITA | I.E.R. | AGUA | BLANCA | LAS FLORES | 11 |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
CUZUMBE | |||
TOTAL INSTITUCION | 85 | ||
TOTAL SOLITA | 85 | ||
TOTAL DEPARTAMENTO | 3,872 |
Por EL CONTRATANTE | Por EL CONTRATISTA |
Original firmado | Original firmado |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | Xxxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL | XXXXXXX DE ADMINISTRACIÓN DE LA DIÓCESIS XX XXXXXXXXX |
Original firmado
Xx.Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX
Jefe Oficina Jurídica SED
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
ANEXO 2
CANASTA EDUCATIVA
Concepto | Costo mensual | Costo total por alumno /año | |
($) | ($) | ||
A | Componentes de la Canasta Básica | ||
1 | Talento Humano | $ 92,104 | $ 828,934 |
Directivos Docentes y/o coordinadores | $ 11,854 | $ 106,684 | |
Docentes | $ 72,225 | $ 722,250 | |
2 | Gastos generales | $ 17,093 | $ 153,837 |
Administración | $ 10,925 | $ 98,321 | |
Otros gastos | $ 6,168 | $ 55,516 | |
Total del costo de la canasta básica por alumno / año | $ 109,197 | $ 982,771 | |
B | Componentes Adicionales de la Canasta | ||
Apoyo nutricional Albergues y/o Internados(*) | $ 2,841 | $ 25,568 | |
Capacitación de docentes | $ 2,296 | $ 20,661 | |
Costos complementarios[1] Kit escolar (*) | $ 1,667 | $ 15,000 | |
Otros, Gratuidad Educativa | $ 2,778 | $ 25,000 | |
Total del costo adicional de la canasta por alumno / año | $ 9,581 | $ 86,229 | |
Total costo por alumno / año | $ 118,778 | $ 1,069,000 | |
(costo básico + costo adicional) |
DESGLOSE PROPUESTA ECONOMICA
CANASTA BASICA:
PERSONAL VINCULADO
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
Se contrataran 199 docentes para la atención de 3.872 estudiantes, con una relación técnica de 19 niños por docente.
PERFIL | CANTIDAD SEGÚN PROPUESTAS | SALARIO MESUAL | COSTO DOCENTES con todo lo estipulado a que tiene derecho xx Xxx según código sustantivo de trabajo |
BACHILLER EN PROCESO DE FORMACION | 84 | $664.985 | $949.864.384 |
TECNICO Y/O TECNOLOGO | 20 | $854.981 | $283.257.292 |
NORMALISTA | 37 | $954.557 | $579.387.955 |
PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 58 | $1.041.543 | $984.040.792 |
TOTAL DOCENTES | 199 | $2.796.550.423 |
Directivos docentes: Se Propone colocar Rector y/o Directivo docente a cada Centro y/o Instituciones educativa atendida, cuando una Institución atienda más de 500 niños, se asignará un coordinador. Y en ese orden de acuerdo al número de estudiantes para tal efecto se aplicará el decreto 3020 del 2012 artículo 10. .
CARGO | PERFIL | SALARIO MENSUAL | CANTIDAD | COSTO DIRECTIVOS con todo lo estipulado a que tiene derecho xx Xxx según código sustantivo de trabajo |
Rector y/o Directivo docente | Profesional Universitario, Licenciado y/o con estudios en Pedagogía | $1.354.006 | 17 | $359.135.450 |
Coordinador docente | Profesional Universitario, Licenciado y/o con estudios en Pedagogía | $1.249.852 | 3 | $53.944.787 |
TOTAL | 20 | $413.080.237 |
Personal de Apoyo:
:
Dos (2) Coordinadores (Financiero y Administrativo)
Dos (2) Contabilidad (Contadora y Profesional en Nomina)
Dos (02) Secretarias Auxiliar contable
Un (01) Almacenista
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
Cuatro (04) Asesores, pedagógico, Psicológico, Contable, Jurídico
CARGO | PERFIL | CANTIDAD SEGÚN PROPUESTAS | SALARIO ASIGNADO | COSTO PERSONAL DE APOYO | |
Coordinador Financiero | Sacerdote, universitario canónico | Profesional derecho | 1 | $2.169.504 | $34.680.679 |
Coordinador Administrativo | Especialista, Profesional universitario | 1 | $2.169.504 | $34.680.678 | |
Contadora | Especialista, Profesional universitario | 1 | $2.169.504 | $34.680.679 | |
Profesional de Nomina | Profesional universitario | 1 | $2.169.504 | $34.680.678 | |
Secretaria contable | Auxiliar | Profesional Universitario | 2 | $1.737.936 | $58.362.768 |
Almacenista | Estudiante Universitario | 1 | $1.200.000 | $20.582.190 | |
Asesores : Pedagógico | Magister, Profesional | 1 | $1.244.150 | $49.766.000 | |
Universitario | |||||
Psicológico | Especialista, Profesional universitario Especialista | 1 | |||
Jurídico | Especialista, Profesional | 1 | |||
universitario | |||||
Contable | Especialista, Profesional | 1 | |||
Universitario | |||||
Aprendiz SENA | * Aprendiz SENA | 17 | $589.500 | $113.264.997 | |
TOTAL PERSONAL DE APOYO | 28 | $380.698.669 |
Aprendiz SENA, por cada 17 trabajadores se debe subsidiar un aprendiz GASTOS GENERALES:
Servicios públicos (Agua, teléfono, energía), Arrendamiento, Útiles y Papelería, Gastos de Imprevistos Gastos Legales.
CANASTA ADICIONAL:
1. APOYO NUTRICIONAL
2. KITS EDUCATIVO
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
3. APOYO A LA GRATUIDAD
4. CAPACITACION DOCENTE
APOYO NUTRICIONAL:
Se proporcionará un apoyo nutricional para el restaurante escolar de los albergues y/o Internados, por el valor de $1.200 ración diaria, equivalente a atender 500 niños durante 167 días de acuerdo al listado anexo. La Diócesis xx Xxxxxxxxx no se hace responsable para pago de manipuladora y dotación de restaurante. Cada comunidad debe organizar el comité de restaurante escolar. Se entrega los productos del apoyo nutricional a las comunidades o quien los representa en la cabecera municipal.
XXXX EN QUE SE PROPORCIONARA EL APOYO NUTRICIONAL DIAS DE RESTAURANTE DIAS
ABRIL | 14 |
MAYO | 21 |
JUNIO | 13 |
JULIO | 22 |
AGOSTO | 20 |
SEPTIEMBRE | 21 |
OCTUBRE | 22 |
NOVIEMBRE | 19 |
DICIEMBRE | 15 |
TOTAL DIAS | 167 |
Para calcular el valor se hace: $1.200 por el # de niños por # días según mes.
LISTADO ANEXO ALBERGUES Y/O INTERNADOS
AÑO 2013 | ||
MUNICIPIO | ALBERGUES Y INTERNADOS | NIÑOS |
CARTAGENA | C.E XXXXXXXXXX | 129 |
C.E SAN XXXXX XXXXXX | 22 | |
I.E.R SANTAFE DEL CAGUAN | 124 | |
C.E LA ESMERALDA | 50 | |
C.E PEÑAS COLORADAS | 30 | |
TOTAL MUNICIPIO | 355 | |
XXXXXX | C.E MONONGUETE | 68 |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
C.E LA CABAÑITA | 32 | |
TOTAL MUNICIPIO | 100 | |
SOLITA | C.E AGUA BLANCA CUZUMBE | 34 |
TOTAL MUNICIPIO | 34 | |
TOTAL DEPARTAMENTO | 489 |
KITS EDUCATIVO, entregará un Kit educativo Conformado por:
DESCRIPCION | CANTIDAD |
Cuaderno Cuadriculado de 100 hojas | 7 |
Cuaderno rayado de 100 hojas | 2 |
Lápiz | 2 |
Borrador de nata | 1 |
Sacapuntas metálico | 1 |
Caja de colores x 12 largo | 1 |
5. APOYO A LAS SEDES EDUCATIVAS EN MATERIALES (PAPELERIA)
Apoyo a las sedes educativas por un valor asignado al año, por niño atendido de $25.000.en útiles y papelería como: Papel tamaño carta y Oficio, Carnet, Boletines y fotocopias.
CAPACITACION DOCENTE
PLAN DE FORMACIÓN PARA DOCENTES AÑO LECTIVO 2013
ACTIVIDAD | TIEMPO | OBJETIVO GENERAL | TEMATICAS | EVALUACION | METODOLOGI A |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
I | Taller de Inducción | Una jornada de trabajo, al iniciar el contrato. | Fortalecer el quehacer del docente para que asuma la realidad del contexto y dinamice el proceso educativo en interacción con la comunidad. | - Realidad escolar de la sede rural - Orientaciones generales sobre vinculación laboral - Manejo de papelería e instrumentos básicos de información - Código de la Infancia y La Adolescencia (Ley 1098 de 2006) | Los docentes deben evidenciar motivación, aptitud y compromiso para implementar una pedagogía activa, autoinstruccional. Además, conocimiento de la Política Pública Nacional de la Primera Infancia. | Los talleres serán espacios vivenciales que propician el diálogo de saberes a partir del reconocimient o de la cotidianidad del docente. Se facilitará el trabajo individual y cooperativo, en el marco de una pedagogía activa y experiencial. |
II | Taller de Fundamentación Pedagógica I | Tres jornadas de trabajo, en el periodo intersemestral . | Actualizar a los docentes en fundamentos teóricos y metodológicos de Escuela Nueva – Escuela Activa, para que enriquezcan su práctica escolar. | - Gobierno Estudiantil - Metodología Escuela Nueva- Escuela Activa - Didáctica de la creatividad - Proyectos pedagógicos productivos | Formular proyectos productivos escolares, articulados al PEI. Elaboración de bitácora para seguimiento del proceso. | |
- Desarrollo de guías de aprendizaje - Evaluación y promoción - Escuela y comunidad - Rincones del aprendizaje - Socialización de las experiencias de los proyectos pedagógicos productivos | ||||||
III | Taller de Fundamentación Pedagógica II | Tres jornadas de trabajo en el periodo de receso estudiantil. | Profundizar en la implementación de la propuesta de Escuela Nueva-Escuela Activa, a partir de experiencias significativas desarrolladas por los docentes | Participación en foros, conversatorios y exposiciones que permitan dar cuenta de su nivel de conceptualización y apropiación de los fundamentos pedagógicos | Se implementará la Didáctica de la Creatividad, propuesta del oferente a ser aplicada en el proceso de enseñanza y aprendizaje por los docentes. | |
IV | Taller Evaluación del Rendimiento Escolar y del Desempeño Laboral | Una jornada de trabajo al finalizar el proceso de contratación | Presentar la evaluación como eje envolvente del proceso educativo que atiende los procesos de desarrollo de los estudiantes (aprendizaje) y de los | - Evaluación como proceso formativo - La evaluación como generador de conciencia pedagógica - Evaluación Institucional y de | Elaboración de textos argumentativos sobre la práctica evaluativa escolar. Aplicación del instrumento de desempeño laboral a |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
maestros en el desempeño laboral (enseñanza) | desempeño laboral | los docentes. |
Programa de Formación Docente Año Lectivo 2013
Durante el presente año lectivo la Oficina de Prestación de Servicios Educativos, OPSEDIFLO, en aras de fortalecer la calidad, la eficiencia y la cobertura de la educación impartida por nuestros maestros en el Departamento de Caquetá, Se propone desarrollar programa de formación docente que incluya una variada selección de talleres de inducción, fundamentación pedagógica y evaluación del rendimiento escolar y del desempeño laboral de sus afiliados como son:
Programa de Educación Rural – PER (Preescolar escolarizado y no escolarizado).
Escuela Nueva escuela Activa
Aceleración del aprendizaje
Postprimaria
Telesecundaria
Modelo educativo para la media Académica Rural –MEMA
Metodología Didáctica integrada para la Lectoescritura en el grado primero – MEDIP
A la vez desarrollar programas que busquen el mejoramiento de la cobertura y eviten la deserción escolar en el área rural.
Estos talleres se llevarán a cabo en tres etapas, Taller de Inducción, Fundamentación Pedagógica I y II y Taller de Evaluación y entrega de Informes, serán orientados por personal idóneo en cada una de las áreas programadas. Además de la excelencia xxx xxxxxxx humano, se cuenta con recursos de apoyo, materiales didácticos, soporte logístico, infraestructura adecuada y óptimas condiciones de trabajo para alcanzar los mejores resultados posibles.
Taller de Inducción
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
Al iniciar el año lectivo en el mes xx Xxxxx se llevará a cabo esta actividad durante una jornada escolar, cuyo objetivo es el de fortalecer el quehacer del docente y prepararlo para que desempeñe su rol de una manera efectiva en coordinación con la comunidad. Los temas a tratar incluyen orientaciones generales de carácter académico, pedagógico, administrativo y legal, que son fundamentales no solo al interior del aula, sino en el contexto comunitario y frente a la administración municipal y departamental.
Además del taller presencial, a cada docente se entrega una circular con información detallada y un cronograma de actividades de todo el año lectivo, haciendo especial énfasis en el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006). Como refuerzo adicional se dispone el acceso vía internet a una presentación en power point que acopia la misma información y detalla minuciosamente las orientaciones técnico-pedagógicas, calendario y jornada escolar, recolección, registro, verificación y entrega de la información estadística, libros reglamentarios, registro de matrícula, diligenciamiento de papelería, etc.
Taller de Fundamentación Pedagógica I y II
En aras de garantizar la buena calidad del servicio educativo que OPSEDIFLO ofrece en las instituciones educativas de su jurisdicción, de fortalecer los procesos de enseñanza-aprendizaje y de brindar apoyo oportuno a los docentes vinculados a este programa, durante el periodo intersemestral y en el receso del mes de Octubre, se desarrollaran jornadas de actualización y fundamentación pedagógica en Los temas arriba relacionados y la implementación de Proyectos Pedagógicos Productivos.
Para identificar la existencia, pertinencia y valoración pedagógica de los proyectos pedagógicos productivos, se trabajará sobre la base de una matriz denominada “Para reflexionar respecto del plan de estudios” de la cual se destacan las siguientes conceptualizaciones: ¿Qué son los estándares básicos de competencias?, ¿Cómo aplican y practican los estudiantes lo que aprenden?
¿Qué proyectos se desarrollan en el centro y/o institución educativa donde labora?
¿Cuál es el propósito del plantel y el suyo con el desarrollo de los proyectos? ¿Es posible articular los estándares de competencias y las actividades de un proyecto?
¿Cómo? La articulación de los estándares de competencias y las actividades de un proyecto son posibles para todas las áreas? ¿Cuáles? Ejemplos.
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
El objetivo central de estos talleres es el de desarrollar ideas contextualizadas en el ambiente escolar, donde se impulse la propuesta de Programa de Educación Rural - PER( Preescolar escolarizado y no escolarizado), Escuela Nueva escuela Activa, Aceleración del aprendizaje, Postprimaria, Telesecundaria, Modelo educativo para la media Académica Rural –MEMA, Metodología Didáctica integrada para la Lectoescritura en el grado primero – MEDIP articulada a los Proyectos Pedagógicos Productivos.
De igual forma la Diocesis xx Xxxxxxxxx con el fin de garantizar la permanencia de los niños - beneficiarios, en los Establecimientos educativos aplican mecanismos consistentes en desarrollar talleres con los docentes en las temáticas psicológicos, derechos, deberes responsabilidad penal y todo lo relacionado con el código de la Infancia.
En ese orden de idea la Diocesis cuenta con todo el material diseñado para el manejo de las adicionadas temáticas con el objetivo de evitar la deserción escolar. En tal sentido una vez capacitado los docentes la Diocesis lidera campañas del MEN que buscan sensibilizar y movilizar a todos los actores educativos para que no dejen que los menores abandonen la escuela (visitas domiciliarias a los menores).
La Diócesis xx Xxxxxxxxx ejecuta los programas de Bilingüismo diseñados por el MEN y liderados por la Magister Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Jefe Municipal del Programa de Bilingüismo
Por EL CONTRATANTE | Por EL CONTRATISTA |
Original firmado | Original firmado |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | Xxxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL | XXXXXXX DE ADMINISTRACIÓN DE LA DIÓCESIS XX XXXXXXXXX |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
Original firmado
Xx.Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX
Jefe Oficina Jurídica SED
ANEXO 3
CALENDARIO ACADÈMICO
ESTRATEGIA DE ATENCION A LOS EDUCANDOS
Estrategias de atención integral a los educandos (directiva ministerial 11 del 7 de julio de 2005).
-Solo debe diligenciar este anexo quien haya pactado un calendario académico diferente al regular para atender a la población objeto
de este contrato-
En este anexo se registra la estrategia de atención integral utilizada para garantizar el servicio educativo de conformidad con lo establecido en la directiva ministerial 11 del 7 de julio de 2005.
ALTERNATIVA | |
Adopción de calendario específico por parte de las entidades prestadoras del servicio, de modo tal que se cumplan intensidades horarias mínimas exigidas en los niveles y grados. | XX |
Refuerzo de trabajo académico en tiempo de trabajo diario o semanal adicional o en apoyo de personal especializado de acuerdo con la vulnerabilidad. | |
Aplicación de alguna de las opciones educativas que tiene establecidas el MEN, las cuales pueden consultarse en el “Portafolio de ofertas educativas” que figura en la página WEB del MEN, sección publicaciones. En este caso deberá probar la experiencia en el manejo metodológico de dichas estrategias, bien sea directamente o a través de otros que contraten para tales efectos. |
No | 086 | DE | 12/04/2013 | CELEBRADO CON | DIOCESIS XX XXXXXXXXX |
Descripción de la alternativa seleccionada:
CALENDARIO ACADEMICO
PRIMER PERIODO LECTIVO
Del 00 xx xxxxx xx 00 xx Xxxxx xx 0000: Proceso de Selección, Contratación e Inducción docentes Del 15 xx Xxxxx al 21 xx Xxxxx de 2013: Periodo Lectivo con Estudiantes
Del 20 xx Xxxxx al 1 de Julio de 2013: Vacaciones Estudiantiles Del 24 al 28 xx Xxxxx de 2013: Capacitación Docente.
SEGUNDO PERIODO LECTIVO
Del 2 de Julio al 20 de Diciembre de 2013: Periodo Lectivo con estudiantes A partir del 20 de Diciembre de 2013 Vacaciones Estudiantiles
A partir del 20 de Diciembre hasta el 30 de Diciembre: Autoevaluación, Desarrollo Institucional, Clausuras Presentación de Informes final y liquidación de Docentes.
NOTA: durante los 167 días en que se va a ejecutar el calendario escolar, se intensificará una (1) hora en la jornada escolar, con un equivalente de 33.4 días para la completar las 40 semanas calendario escolar. Proceso que se debe realizar para recuperar las semanas que la secretaria de educación Departamental empleó para subir la matricula al SIMAT y finiquitar el respectivo contrato.
Por EL CONTRATANTE | Por EL CONTRATISTA |
Original firmado | Original firmado |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | Xxxx. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL | XXXXXXX DE ADMINISTRACIÓN DE LA DIÓCESIS XX XXXXXXXXX |
Original firmado
Xx.Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX
Jefe Oficina Jurídica SED