ANTECEDENTES
CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE "NACIONAL FINANCIERA", S.N.C., INSTITUCiÓN DE BANCA DE DESARROLLO, COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "FONATUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DELEGADO FIDUCIARIO ESPECIAL C.P. XXXXXX XXXXXX XXXXX, y POR LA OTRA, FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "FONATUR TREN MAYA", REPRESENTADA POR SU APODERADO GENERAL LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXX, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARAN "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que durante la presente Administración deberán regir la acción del gobierno, de tal forma que ésta tenga un rumbo y una dirección clara; asimismo representa el compromiso que el Gobierno Federal establece con los ciudadanos y que permitirá, por lo tanto, la rendición de cuentas, que es condición indispensable para un bueno gobierno.
11. El Tren Maya es el principal proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo sostenible del sexenio de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. De acuerdo con el Gobierno Federal, el proyecto se desarrollará bajo un esquema turístico en el que los visitantes recorrerán las comunidades de la región, lo que evitará la concentración turística en un solo punto, así como en un modelo de desarrollo sostenible que impulsará el crecimiento sin depredar el medio ambiente, al encontrarse orientado a incrementar la derrama económica del turismo en la Península de Yucatán, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible y propiciar el ordenamiento territorial de la región.
111. Por tal motivo, el Tren Maya buscará sumar a diversas autoridades de los tres órdenes de gobierno, incluso a organismos internacionales; a las comunidades y emprendedores locales, así como a los empresarios de todas partes del país, todo ello en un estricto marco de respeto a los derechos humanos y al ambiente; para así lograr beneficios compartidos que permitan el desarrollo de la región.
IV. La realización de dicho proyecto quedó a cargo del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), al ser el instrumento estratégico para el desarrollo de la inversión turística en México, contribuyendo a la mejora e igu'Jldad social yola competitividad del Sector Turístico, contando con un presupuesto asignado de 6 mil millones de pesos, según el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2019.
V. Toda vez que el proyecto desde un inicio se colocó como el principal desarrollo de infraestructura, tanto por el impacto económico y la relevancia a nivel turismo, FONATUR encomendó su implementación a su filial FONATUR TREN MAYA, S.A. DE C.V., para su desarrollo y ejecución, tomando como razón principal y circunstancia particular, que dicha empresa realizó modificaciones a su objeto social y a su denominación, entre las que se incluyeron la planeación, programación, desarrollo construcción, operación y administración de infraestructura ferroviaria y prestación de servicios ferroviarios.
VI. El titular del Poder Ejecutivo Federal de los Estados Unidos Mexicanos determinó que para la implementación
del proyecto, una vez cumplidos los procesos y requisitos señalados en la legislación aplicable, se adjudiquen los instrumentos denominados "Contratos de Inversión Mixta" para el financiamiento, diseño, construcción, equipamiento y mantenimiento tanto de la vía férrea del Tren Maya como equipo ferroviar~ (tractivo y de arrastre para pasajeros y tractivo y de arrastre para carga, incluyendo los subsistemas ~ señalización, telecomunicaciones, equipo de talleres y almacenes) de conformidad con lo establecido en
la Ley de Asociaciones Público Privadas y su Reglamento.
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DECLARACIONES
1. "FONATUR" declara por conducto de su apoderado legal que:
1.1. Es un Fideicomiso Público del Gobierno Federal, constituido mediante Contrato de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxx por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Nacional Financiera,
S.A. (actualmente S.N.C.), como institución fiduciaria, el cual se encuentra debidamente registrado en esa Secretaría, Dirección de Crédito. Departamento de Inversiones Financieras, registro de Contratos de Fideicomiso, bajo el Número 1713, de fecha 03 xx xxxxx de 1974.
El Contrato referido en el párrafo anterior, fue modificado mediante Convenio de fecha 30 xx xxxxx del 2000, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Nacional Financiera, S.N.C.
1.2. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley General de Turismo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 xx xxxxx de 2009, tiene por objeto contribuir a la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística y de los recursos turísticos, así como a la promoción del financiamiento de las inversiones privadas y sociales.
Asimismo, el artículo 44, fracción VII de la Ley General antes aludida, establece entre otras funciones la de participar con los sectores público, social y privado en la constitución, fomento, desarrollo y operación de fideicomisos o empresas dedicadas a la actividad turística, cualquiera que sea su naturaleza jurídica.
1.3. Tiene a su cargo la realización del Proyecto Presidencial denominado Tren Maya a ejecutarse en el sureste de la República Mexicana, el cual representa la insignia del Sector Turismo en el sexenio 2018-2024, para lo cual, cuenta con presupuesto autorizado en el Presupuestos de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018.
Dentro de las etapas que resultan fundamentales para iniciar con la ejecución del proyecto Tren Maya, se encuentran las relacionadas con todos los estudios de factibilidad técnica, económica y financiera, ambientales, entre otros, mismos que son necesarios para determinar los elementos que permitirán el desarrollo
de este proyecto.
1.4. Es una entidad adherida y comprometida con la implementación del Código de Conducta Nacional para la protección de las niñas, niños y adolescentes en el sector de los viajes y el turismo; por lo que rechaza cualquier modalidad de trata de personas y coadyuva con su prevención, detección y denuncia, en especial, de la explotación sexual y laboral de niñas, niños y adolescentes.
1.5. Su representante acredita su personalidad mediante el testimonio de la Escritura Pública Número 216,200 de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx pública del Licenciado Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, titular de la Xxxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
11. "FONATUR TREN MAYA" declara por conducto de su apoderado general que:
11.1. Es una sociedad anónima de capital variable de participación estatal mayoritaria, en términos de I~ artículos 3 fracción II y 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, legalmente constitui~ conforme a las leyes mexicanas, denominada originalmente Terrenos Recreo, S.A., según consta en la Escritura Pública Número 55,608 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, entonces titular de la Notaria Xxxxxxx Xx. 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, cuyo testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, bajo el número 388, fojas 397, Volumen 739 bis, Libro Tercero, el día 28
de noviembre de 1969.
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11.2. Mediante escritura pública Número 1,813 de fecha 4 xx xxxxx de 1987, otorgada ante el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, titular de la Xxxxxxx Xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, en el Folio Mercantil 73173, se hizo constar la Protocolización del Acta de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 24 de febrero de 1987, en la cual, entre otros acuerdos, se tomó el de transformar la sociedad denominada "Terrenos Recreo" S.A. a Terrenos Recreo, S.A. de C.V.
11.3. A través de la escritura pública Número 103,144 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, titular de la Xxxxxxx Xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, en el Folio Mercantil 731 73, se hizo constar la Protocolización del Acta de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 31 xx xxxx del año 2004, en el cual, entre otros acuerdos se tomó el de cambiar la denominación de la sociedad Terrenos Recreo S.A. de C.V. por la xx Xxxxxxx, S.A. de C.V.
11.4. Con escritura pública Número 132,415 de fecha 0 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx de Oca, titular de la Xxxxxxx Xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal, Folio Mercantil 73173, se hizo constar la protocolización del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas xx Xxxxxxx, S.A. de C.V., celebrada el 07 xx xxxx del 2008, en la cual, entre otros acuerdos, se tomó el de cambiar la denominación de la sociedad de referencia, para quedar como FONATUR Operadora Portuaria, S.A. de C.V., modificar el objeto social y reformas diversas clausulas de los Estatutos Sociales.
11.5. Por escritura pública Número 98,727 de fecha 0 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxx, se hace constar la Protocolización del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, de la que resulta el cambio de denominación de la empresa Fonatur Operadora Portuaria, S.A. de C.V., por la de FONA TUR TREN MAYA, S.A. DE C.V., inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el folio mercantil 73,173-1 de fecha 9 xx xxxx de 2019.
11.6. Para hacer frente al buen desarrollo del proyecto, el 30 de noviembre del 2018 se estableció en la Asamblea Extraordinaria, que dentro de su objeto social se incluye entre otros, celebrar todo tipo de actos jurídicos con autoridades federales, estatales o municipales, con instancias del sector social y privado, para llevar a cabo la planeación, desarrollo, construcción, operación y administración de infraestructura ferroviaria y prestación de todo tipo de servicios relacionados con el sistema ferroviario nacional.
11.7. Con base en los alcances de su objeto social y estatutos que la rigen, participará de manera directa en el desarrollo del Proyecto Tren Maya, por lo que con la firma de este convenio se colaborará de manera conjunta con FONATUR para la ejecución de diversos trabajos correspondientes a la primera parte de la etapa del Proyecto.
11.8. Conoce y ha consultado a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx, el Código de Conducta Nacional para la protección de las niñas, niños y adolescentes en el sector de los viajes y el turismo; por lo que rechaza cualquier modalidad de trata de personas y ha sido invitado por "FONATUR" a adherirse y/o implementar los postulados de dicho
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Código para proteger a las personas menores de edad contra la explotación sexual y laboral.
11.9. Su representante acredita su personalidad mediante el testimonio de la escritura pública Número 92,683
de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx pública del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxx, titular de la Xxxxxxx Xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
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111. "LAS PARTES" declaran que:
111.1. Se reconocen mutuamente el carácter que se ostentan, así como las facultades con las que cuentan para celebrar el presente Convenio General de Colaboración.
111.2. Con el propósito de mantener e incrementar la cooperación y la coordinación en el ejercicio de las atribuciones bajo el marco regulatorio, "LAS PARTES" suscriben el presente Convenio General de Colaboración, sujetándose al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO
"FONATUR" y "FONATUR TREN MAYA" colaborarán de manera conjunta únicamente para el desarrollo de la primera etapa del Proyecto Presidencial denominado Tren Maya, identificando las acciones tendientes a la realización de las etapas que implican la construcción y operación de este proyecto, el cual se ejecutará en la zona sureste de la República Mexicana.
Para efectos de lo anterior, cabe precisar que "FONATUR" cuenta con los recursos presupuesta les autorizados, garantizando la capacidad económica necesaria y suficiente para realizar esta etapa inicial de factibilidad técnica del Proyecto Tren Maya, de tal manera que una vez que se lleve a cabo la reasignación de recursos y "FONATUR TREN MAYA" cuente con la estructura administrativa debidamente autorizada, esta entidad paraestatal continuará con las etapas subsecuentes del Proyecto Tren Maya.
SEGUNDA. ANEXOS DE EJECUCiÓN
"FONATUR" implementará las acciones tendientes a la contratación de los servicios que se requieran para la realización de la etapa inicial del Proyecto Tren Maya, los cuales se identifican en el ANEXO ÚNICO de este convenio, cabe señalar que la contratación se realizará con estricto apego a las disposiciones legales vigentes de la materia.
Al amparo de este convenio, "FONATUR TREN MAYA" podrá proponer a "FONATUR" esquemas que permitan la participación directa de terceros, que en etapas subsecuentes formarán parte del desarrollo del Proyecto Tren Maya.
TERCERA. RESPONSABILIDAD LABORAL
"LAS PARTES" acuerdan que en el cumplimiento y desarrollo de este Instrumento, cada una de ellas será responsable respecto del personal perteneciente a sus respectivas instituciones, de las obligaciones derivadas
de las disposiciones legales en materia laboral, administrativa y de seguridad social, por lo que cualquier reclamación, queja o demanda que llegare a presentar dicho personal será atendida y resuelta conforme a
sus respectivas facultades y atribuciones, por lo que en ningún caso las contrapartes serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos del personal que cada uno utilice para el cumplimiento del presente conveni~/.)~ Asimismo, la relación convencional se entiende única y exclusivamente entre "LAS PARTES", por lo que no ~ reconoce interés o derecho alguno a otras dependencias, instituciones o personas físicas x xxxxxxx, entre ellas, sindicatos, asociaciones civiles, cooperativas o cualquier forma de coalición de trabajadores.
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CUARTA. VIGENCIA
El presente convenio surtirá sus efectos a partir de su firma y estará vigente por todo el tiempo que sea necesario para el cumplimiento de su objeto.
QUINTA. DOCUMENTACiÓN E INFORMACiÓN
Por lo que hace a los documentos e información que se genere para la ejecución del Proyecto Tren Maya, "LAS PARTES" convienen que "FONATUR" tendrá bajo su resguardo la documentación derivada de las contrataciones que al efecto se realicen, considerando instrumentos principales, anexos técnicos, estudios, entre otros; no obstante "FONATUR TREN MAYA" contará en todo momento con pleno acceso a la misma.
SEXTA. TERMINACiÓN ANTICIPADA
El presente Xxxxxxxx podrán darse por terminado anticipadamente cuando se presenten razones de interés general, circunstancias de otra naturaleza que impidan su continuación o por iniciativa de alguna de "LAS PARTES", mediante notificación por escrito a la contraparte con 15 días hábiles de anticipación, en el que se funde y motive dicha decisión.
Lo anterior, en el entendido de que la documentación e información que se haya generado a esa fecha será para la realización del Proyecto Tren Maya.
SÉPTIMA. ENLACES
"LAS PARTES" convienen en designar como enlaces para el seguimiento de los asuntos relacionados con los acuerdos adoptados en este convenio:
• Por parte de "FONATUR": C.P. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx.
Por parte de "FONATUR TREN MAYA": C.P. Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxx.
OCTAVA. TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
"FONATUR" Y "FONATUR TREN MAYA" en el ámbito de su competencia, se obligan expresamente a realizar todos aquellos trámites y acciones que a nivel presupuestal se requieren ante las autoridades respectivas, conforme a lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, para el cumplimiento de actividades relacionadas con el seguimiento de los objetivos previstos en este convenio.
NOVENA. TRANSPARENCIA Y DATOS PERSONALES
Conforme a lo dispuesto en los artículos 3, 110 Y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a@a Información Pública y demás relativos y aplicables de la Ley General de Transparencia y Acceso a Información Pública, la información a que hace referencia este convenio y la que se genere con motivo
presente instrumento es pública, salvo aquello que en términos de la normatividad en la materia antes citada sea confidencial y/o se clasifique como reservada, en términos de las disposiciones legales antes citadas.
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DÉCIMA. CONVENIOS ESPECíFICOS
En forma conjunta o separada, "LAS PARTES" se encontrarán en la posibilidad de suscribir convenios específicos de colaboración con instituciones, dependencias gubernamentales, organismos y/o integrantes de los diversos sectores público, privado, social y académico, tanto nacionales como internacionales, para el desarrollo del presente instrumento.
DÉCIMA PRIMERA. OBLIGACIONES CONTRACTUALES
"FONATUR" y "FONATUR TREN MAYA" convienen en que de manera conjunta o separada, y de acuerdo a los compromisos establecidos en el presente instrumento, se podrán suscribir los instrumentos necesarios con integrantes de los diversos sectores público, privado, social y académico, tanto nacionales como internacionales, justificando la necesidad e idoneidad de contar con los servicios, estudios y/o asesorías para la realización de la primera etapa del proyecto.
Así mismo, y a efecto de atender los principios de legalidad, rendición de cuentas, eficiencia y eficacia, al igual que lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, de su Reglamento y demás normatividad adjetiva aplicable, "LAS PARTES" establecen que por lo que hace a las obligaciones contractuales, se deberá nombrar a un servidor público como administrador de cada uno de los Contratos, quien deberá ostentar como mínimo un nivel de Gerente, el cual dará seguimiento a los alcances de dicho instrumento y verificará su cumplimiento.
DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES
En cualquier momento "LAS PARTES" podrán enmendar, modificar o crear disposiciones complementarias a este Instrumento, cuando así lo consideren pertinente, teniendo únicamente validez si estos cambios se convienen por las mismas en forma escrita.
DÉCIMA TERCERA. NOTIFICACIONES
Todos los avisos y notificaciones que "LAS PARTES" deban darse de acuerdo a este convenio, se consignarán por escrito y obligarán a "LAS PARTES" a partir de que sean recibidos, para lo cual señalan los siguientes domicilios.
"FONATUR": Tecoyotitla N° 100, 4to. Piso,
Col. Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
"FONATUR TREN MAYA": Tecoyotitla N° 100, 1 ero Piso,
Col. Florida, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01030, Ciudad de México.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" cambie su domicilio convencional, deberá notificarlo a la otra pora escrito dentro de los 15 (quince) días naturales anteriores a dicho cambio. Mientras "LAS PARTES" no ~ notifiquen por escrito el cambio de domicilio los avisos, notificaciones y demás diligencias de carácter judicial
o extrajudicial, se practicarán válidamente en los domicilios indicados.
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DÉCIMA CUARTA. SOLUCiÓN DE CONTROVERSIAS
"LAS PARTES" manifiestan que el presente Instrumento Legal es producto de la buena fe y que en su celebración no existe error, dolo, lesión, ni vicio alguno del consentimiento que pueda invalidarlo, por lo que renuncian a cualquier acción derivada de lo anterior. En tal virtud, se realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes para su cumplimiento, por lo que, en caso de existir alguna controversia derivada de su interpretación y ejecución, éstas serán resueltas de común acuerdo, a través de los enlaces a que se hace referencia en la Cláusula Séptima del presente instrumento.
DÉCIMA QUINTA. JURISDICCiÓN
Para la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente convenio que no pueda resolverse en los términos estipulados en el mismo, "LAS PARTES" se someterán a las leyes vigentes y tribunales federales competentes de la Ciudad de México, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder en razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.
Enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcance de este convenio se firma por duplicado en la Ciudad de México, el 03 de enero de 2019.
POR "FONATUR TREN MAYA"
APODERADO GENERAL
ESTA HOJA FORMA PARTE DEL CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE "NACIONAL FINANCIERA", S.N.C., INSTITUCiÓN DE BANCA DE DESARROLLO, COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO, Y POR LA OTRA, FONATUR TREN MAYA, S.A. DE
C.V .. EL CUAL CONSTA DE UN TOTAL DE ONCE FOJAS, INCLUYENDO EL ANEXO ÚNICO CORRESPONDIENTE.
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ANEXO ÚNICO
En el presente anexo se establecen los servicios, estudios, trabajos y/o asesorías requeridos para la realización de la etapa inicial del Proyecto Tren Maya, encomendados por FONATUR TREN MAYA, S.A. de C.V. (en lo sucesivo FONATUR TREN MAYA) al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (en lo sucesivo FONATUR), en virtud del Convenio de Colaboración (en lo sucesivo "el Convenio") celebrado por las con fecha 03 de enero de 2019.
De acuerdo a lo anterior y con base en los términos establecidos en "el Convenio", a continuación se enlistan algunos otros de los servicios, estudios, trabajos y/o asesorías, que de acuerdo a cada uno de sus rubros, serán componentes indispensables para el desarrollo del Proyecto, entre los que se encuentran:
A. Asesoría legal para la estructuración jurídica del Tren Maya.
Como parte de los servicios necesarios para la estructuración jurídica del Tren Maya, se deberá contratar un Asesor que proponga la estructura jurídica idónea para la implementación del Proyecto, con el fin de cumplir con la legislación aplicable y garantizando las mejores condiciones para el Estado Mexicano, además de promover la participación del sector privado a fin de trasferir los principales riesgos relacionados con la implementación del Proyecto y salvaguardar la rectoría del Estado.
Aunado a lo anterior, el Asesor deberá coadyuvar con la elaboración de documentos y solicitudes necesarios a fin de justificar debidamente la implementación del Proyecto ante las autoridades competentes.
Asimismo, el Asesor deberá realizar un análisis de la legislación aplicable con el fin de estructurar el procedimiento con base en el cual se implementará el Tren Maya.
B. Asesoría Económico-Financiera para la estructuración del Tren Maya.
FONATUR deberá contratar un Asesor Económico-Financiero, el cual apoyará con la realización de las siguientes actividades organizadas en los siguientes rubros:
1. Elaboración de un Modelo operativo y un plan de acción inicial, además del desarrollo de una matriz de actividades y responsabilidades de los principales participantes del Proyecto, una matriz general de riesgos y funciones esenciales para el desarrollo del Proyecto.
2. Preparación de los estudios económicos-financieros, donde el Asesor apoyará en la preparación de documentos y estudios económico- financieros requeridos en la legislación aplicable y que deba de presentar ante las autoridades competentes para su aprobación.
3. Aspectos económicos-financieros de los "Contratos de Inversión Mixta", donde con base en los resultados de la viabilidad técnica, financiera y legal para llevar a cabo el Proyecto, así como de los documentos requeridos para su aprobación, el Asesor elaborará los documentos económicofinancieros para llevar a cabo los procedimientos de contratación correspondientes.
C. Asesoría Técnica en el programa maestro, preselección de trazo y estimación de demanda del Tren Maya.
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Para la definición del programa maestro, preselección de trazo y estimación de demanda del T@ Maya, se deberá contratar un Asesor Técnico, mismo que se encargará de realizar la estimación de la demandada pasajeros y carga de la línea ferroviaria del Tren Maya tomando en cuenta las
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particularidades de la zona y la segmentación de la demanda, así como los ingresos esperados por las tarifas para los distintos segmentos.
De igual manera, el Asesor Técnico, deberá definir las ventajas comparativas entre las posibles opciones de trazo que deberán responder a las necesidades y objetivos definidos para el Proyecto.
Como parte del servicio, el Asesor Técnico, realizará estudios de demanda y movilidad, con el objetivo de valuar las características particulares, necesidades y sensibilidades para la realización de su estudio. Además, deberá llevar a cabo la estimación de la demanda inicial a efecto de identificar los parámetros de los usuarios y/o pasajeros del Proyecto.
D. Asesoría Técnica del Tren Maya para la estructuración del proyecto Integral, la contratación de la Ingeniería Básica y la supervisión de dicha Ingeniería Básica.
Dentro de los estudios y/o asesorías requeridas para la realización de la etapa inicial del Proyecto Tren Maya, se deberá contar con un Asesor Técnico para la contratación de la Ingeniería Básica, el cual participe en los diferentes momentos y etapas del desarrollo del Proyecto. Asimismo, participará en la supervisión de las diferentes especialidades que componen la Ingeniería Básica.
E. Estudio para la presentación, posicionamiento e involucramiento del Proyecto Tren Maya con los pueblos y comunidades indígenas de la Región Maya del Sur de México.
El Proyecto Tren Maya, constituye un proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turístico sostenible del Ejecutivo Federal y consiste en un nuevo servicio de transporte férreo que interconectará las principales ciudades y zonas turísticas de la Península de Yucatán y el sureste del país; buscando promover un esquema en el que los visitantes recorrerán las comunidades de la Xxxx Xxxx, impulsando el desarrollo turístico, ambiental y social de la región, promoviendo el resguardo de las culturas indígenas locales, el patrimonio cultural, arqueológico, las áreas naturales protegidas y apoyando al reordenamiento territorial de la península.
En ese sentido, se deberá contar un estudio que le permita la presentación del Proyecto a los pueblos y comunidades indígenas de la Región Maya del Sur de México. Asimismo, se buscará generar el diálogo y escuchar a las personas que viven en los pueblos y comunidades indígenas de la Región Maya del Sur de México para conocer sus inquietudes y responder a sus dudas de una manera adecuada.
De igual forma, se buscará involucrar directamente a los pueblos y comunidades indígenas de la Región Maya del Sur de México en la planeación y desarrollo de las actividades relacionadas con el Proyecto Tren Maya.
F. Asistencia Técnica para la coordinación en el desarrollo de un programa integral territorial de la Región Sureste de México. y elaboración de Insumos estratégicos para fortalecer la integración de las vocaciones económicas de las microrregiones con la demanda de transporte de carga del Tren Maya.
Derivado de la importancia e impacto del Proyecto Tren Maya en la región Sureste del país, para la implementación de dicho Proyecto. FONATUR deberá contar con asistencia técnica enfocada a identificar el potencial del componente de carga del Tren Maya con relación a la demanda generada por las vocaciones económicas de las microrregiones. con el objeto de fomentar la competitividad y
traer beneficios económicos sustentables a las comunidades de la región tanto rurales como urban~
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Por lo anterior. como parte de la contratación del servicio de asistencia técnica. se deberá realiz~ análisis de la oferta y demanda de productos alimentarios en la Península de Yucatán, identificando cadenas agroalimentarias estratégicas para el abastecimiento de los centros de consumo y puntos de
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importación/exportación, así como oportunidades para el desarrollo de la economía regional a través del fomento del comercio de productos perecederos de alto valor.
Del mismo modo, con la contratación de la asistencia técnica se busca definir los corredores logísticos claves en las zonas de influencia del Tren Maya para el fortalecimiento de mercados y productos estratégicos, incluyendo un inventario de la red de carga e infraestructura agrologística y en general el grado de conectividad que proporciona a las zonas productoras con puertos, aduanas y centros de consumo.
X. Xxxxxxxx para la elaboración de un estudio integral de seguridad para el Tren Maya.
otro aspecto fundamental entorno a la implementación del Proyecto Tren Maya es el de los riesgos potenciales en materia de seguridad en las zonas donde se implementará el Proyecto. Por lo tanto, resulta necesaria la contratación del servicio consistente en la asesoría para la elaboración de un plan maestro de seguridad para el Tren Maya.
En consecuencia, el Asesor para la elaboración de dicho estudio deberá identificar y realizar un análisis de los riesgos potenciales para determinar la probabilidad de ocurrencia y el nivel de impacto en el Proyecto.
Asimismo, deberá desarrollar un plan preventivo y de respuesta para evitar daños a los activos estratégicos del Proyecto, así como para la atención y gestión de emergencias.
H. Servicio de Aula Móvil.
Con la finalidad de fomentar el desarrollo humano, educativo y laboral a trabajadores de la construcción yola población en general, contribuyendo a la disminución del gran rezago educativo que existe en México y creando un cambio dentro de los núcleos familiares, se contratará el servicio de Aula Móvil.
Tal servicio, deberá consistir en brindar educación formal, primaria, secundaria y media superior, así como educación tecnológica, desarrollo humano y capacitación para el trabajo a la comunidad en general. y especialmente a los futuros trabajadores que colaboren en el proyecto Tren Maya.
Con lo anterior, se busca tener un impacto social positivo y medible para los beneficiarios y su entorno.
1. Anteproyecto conceptual comunidad nueva de Calakmul del Tren Maya.
En adición a los servicios y estudios anteriores, resulta importante contar con el servicio identificado como anteproyecto conceptual comunidad nueva de Calakmul. toda vez que el municipio de Calakmul ubicado en el Estado de Campeche cuenta con uno de los yacimientos arqueológicos más importantes de la cultura maya y forma parte de una vasta zona natural protegida, constituyendo un área que cuenta con una riqueza tanto natural como cultural.
Por lo tanto, se deberá contar con un anteproyecto consistente en la obtención de información suficiente y precisa, basándose en un análisis de las necesidades sociales, ambientales y económicas,
para generar una propuesta estratégica de organización del territorio, que compone el municipio de Calakmul tomando en cuenta el impacto que tendrá la construcción del Tren Maya. ~
De igual forma, este servicio deberá contar con una propuesta normativa y de gestión para determi~ el desarrollo de la nueva comunidad de Calakmul.
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J. Estudio de la situación actual de los ejidos ubicados en la zona de influencia inmediata al trazo del Tren Maya y que se ubican en los municipios de Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto, Xxxxx X. Xxxxxx y Bacalar, en el Estado xx Xxxxxxxx Roo.
Dentro de los objetivos del Proyecto Tren Maya se encuentra el conectar las principales ciudades y zonas turísticas de la Península de Yucatán brindando el servicio de transporte de pasajeros, turistas y carga. Derivado de lo anterior, se prevé que aumentará la movilidad de los turistas en toda la región logrando extender los beneficios que ahora no tienen los sitios más alejados de los principales destinos donde se concentra la demanda como es el caso del sur del estado xx Xxxxxxxx Roo.
Así, resulta importante contar con un estudio de la situación actual de los ejidos ubicados en la zona de influencia del Tren Maya y que se ubican en los municipios de Xxxxxx Xxxxxxxx Puerto, Xxxxx X. Xxxxxx y Bacalar, en el Estado xx Xxxxxxxx Roo.
Con el estudio de la situación actual de los ejidos ubicados en la zona de influencia del Tren Maya se busca obtener información que servirá de soporte para la toma de decisiones y el desarrollo de acciones, proyectos y obras con el fin de maximizar los beneficios del Tren en el sur del Estado xx Xxxxxxxx Roo. Asimismo, se pretende conocer la percepción de los ejidatarios y pobladores de los ejidos sobre el Proyecto Tren Maya.
K. Servicio de consultoría para la elaboración del Plan de Movilidad del Municipio de Solidaridad, Xxxxxxxx Roo, como respuesta a la gestión de tráfico generado por la implementación del Tren Maya.
Con el desarrollo del Proyecto Tren Maya, se generará una mayor afluencia de turismo tanto nacional como extranjero, en las entidades federativas que recorrerá el Tren Maya: Campeche, Yucatán, Chiapas, Tabasco y Xxxxxxxx Roo.
Sin embargo, actualmente el Municipio de Solidaridad, Xxxxxxxx Roo, enfrenta retos para asegurar la movilidad urbana, tanto para la población residente como para la flotante debido a diferentes factores.
Lo anterior, se traduce en la necesidad de desarrollar una estrategia de movilidad para el Municipio que identifique soluciones de movilidad urbana, de corto y mediano plazo, en la que se considere la situación actual de movilidad del Municipio y las mejores prácticas internacionales.
En ese sentido, se deberá contratar el servicio de consultoría para la elaboración de un plan de movilidad para el Municipio de Solidaridad, Xxxxxxxx Roo, que consistirá en identificar las mejores opciones que resuelvan la problemática actual de movilidad del Municipio y con ello, establecer estrategias de implementación y financiamiento para las diferentes iniciativas contempladas en el plan de movilidad definido.
L. Así como otros servicios, estudios, trabajos y/o Asesorías para la realización de la etapa inicial del Proyecto Tren Maya.
Aunado a los estudios y/o asesorías antes mencionadas, FONATUR podrá contratar los estudios, servicios, trabajos y/o asesorías que se requieran y estén estrictamente relacionados con la determinación de la factibilidad del desarrollo del Proyecto Tren Maya, en términos de las Cláusulas Décima y Décima Primera de "el Convenio".
ES" HOJA fORMA eAR" 'meGRAN" OC, ANEXO ú",CO D" CONVeN'O DE GmA'ORW6N QUE CEU'XXXX eOR UNA eA," "NAC'ONA' "NANC'ER~ S.N.C., INSTITUCiÓN DE BANCA DE DESARROLLO. COMO FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO. Y
POR LA OTRA. FONATUR TREN MAYA. S.A. DE c.v. DE FECHA 03 DE ENERO DE 2019.
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