PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES QUE HABRÁ DE REGIR EN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES, MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA ELECTRÓNICA, QUE CONVOCA LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA...
MINISTERIO DE SANIDAD
SECRETARIA DE ESTADO DE SANIDAD
DELEGACION DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES QUE HABRÁ DE REGIR EN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES, MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA ELECTRÓNICA, QUE CONVOCA LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA ESCRAPALIA (SURUS INVERSA S.L.)
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DE LA ENAJENACION.
1.1. CENTRO AL QUE INTERESA CELEBRARLA: Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
1.2. NÚMERO DE ENCARGO: 2024_01
1.3. OBJETO DE LA ENAJENACIÓN.
La subasta tiene por objeto la venta de los bienes que sean encomendados en el encargo referido a la empresa SURUS INVERSA S.L., los cuales figuran en el inventario de Bienes Decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados gestionado por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y han sido declarados aptos para el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 2, de la Ley 17/2003, de 29 xx xxxx.
2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION.
La enajenación se efectuará por el procedimiento de subasta pública electrónica.
La participación en la subasta significa que el licitador conoce y acepta el estado del bien en el momento de su celebración, así como la aceptación del presente pliego en todos sus términos.
3. ANUNCIO DE LA LICITACIÓN.
La subasta se anunciará en la plataforma xxxxxxxxxx.xxx, gestionada por la empresa SURUS INVERSA
S.L. y en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas (xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxXxxxxxxxXXXX/xxxxxXxxxxxXxxxxxxxxxx/xxxx.xxx). Además, se podrán utilizar otros medios públicos o privados de publicidad de la convocatoria.
4. REQUISITOS PARA CONCURRIR.
4.1. REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO.
Podrán participar en el procedimiento las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan capacidad para contratar de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, sobre capacidad general para toda clase de contratos y, en particular, para el contrato de compraventa, siempre que no se esté incurso en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 xx Xxx 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
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Por otro lado, no podrán ser adjudicatarios de los bienes:
A) El personal que preste servicios en la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y en el resto del Ministerio de Sanidad.
B) Los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y los funcionarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el personal de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos, en relación a los bienes en cuya aprehensión, conservación, mantenimiento o cualquier otra actividad posterior a la aprehensión hubiesen tenido algún tipo de participación.
C) Los funcionarios de las Delegaciones de Economía y Hacienda, respecto de los bienes en cuya administración hayan intervenido.
D) Los tasadores, respecto de los bienes incluidos en la subasta, si hubieran intervenido en su tasación.
E) En general, quienes se encuentren incluidos en cualesquiera de los supuestos del artículo
1.459 del Código Civil.
Esta circunstancia se comprobará previamente a la firma del acuerdo de adjudicación.
4.2. CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS.
Para poder participar en la subasta será necesario constituir previamente una garantía que será definida en el apartado “Descripción” de cada uno de los lotes descritos en la plataforma xxxxxxxxxx.xxx. Esta garantía conlleva el compromiso, por parte de los posibles compradores, de la participación exclusivamente de usuarios interesados, así como evitar posibles distorsiones en el precio final.
La garantía o fianza de los lotes contenidos en el Encargo 2024_01 queda establecida en un 5% del valor de tasación.
La constitución de la fianza da derecho a pujar por el lote en que se haya establecido.
Para solicitar la devolución de la fianza, cada licitador acudirá al portal de la subasta y en el menú principal localizará, a través del desplegable, su identificación, accediendo al apartado “Gestión de fianzas”.
En ningún caso, la garantía tendrá la consideración de pago a cuenta del importe del remate de la subasta por parte del adjudicatario, no descontándose, por tanto, el importe de la citada garantía del precio de adjudicación del bien o bienes adjudicados; sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 8.1,
9.1 y 10.2 de este pliego en lo relativo a la pérdida de la garantía.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS ADJUDICATARIOS.
De forma previa al inicio de la subasta cada interesado en participar en la misma deberá haber constituido la fianza en la forma establecida en el apartado anterior.
Una vez finalizada la subasta de cada lote, se iniciará un proceso de Aprobación Posterior, en el cual se verificará que la documentación identificativa, y la declaración responsable (Anexo I) del postor propuesto para ser adjudicatario, sean correctas, y, tras esta comprobación, el adjudicatario recibirá una Orden de Pago.
Una vez conformado el pago, se procederá a la resolución de adjudicación por parte de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
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6. EXPOSICIÓN DE LOS BIENES.
Los interesados en participar en la subasta podrán visitar el bien o bienes integrantes de cada lote, mediante su inscripción a través del botón correspondiente en la sección “Fecha Visita: Inscribirme” de la aplicación Escrapalia (xxxxxxxxxx.xxx).
Para las visitas se deberá indicar nombre completo, DNI y nombre de usuario en la citada aplicación. Una vez recibidos los datos correspondientes, se confirmará dirección y horario exacto de la visita. Durante la visita se podrá revisar cada uno de los bienes de manera detallada, pudiendo acudir asistidos por los peritos o técnicos que crean oportunos. Los vehículos no podrán moverse ni ser conducidos por la instalación o depósito en donde se hallen.
En la valoración de los bienes a subastar se ha tenido en cuenta su antigüedad, el tiempo que han estado depositados y su estado actual, así como la disponibilidad o no de documentación legal de los bienes objeto de subasta. No se asegura que en todos los casos y en lo que se refiere a los vehículos se disponga de llaves y/o de su documentación, recogiéndose esta circunstancia, en su caso, en la descripción de cada lote a ofrecer en subasta.
En consecuencia, los adjudicatarios no podrán reclamar ningún tipo de responsabilidad o compensación económica como consecuencia de los defectos actuales de los bienes, que podrán ser conocidos con anterioridad por los interesados examinándolos durante los días de exposición. De la misma manera, tampoco podrá reclamarse por parte de los adjudicatarios responsabilidad o compensación a la Delegación del Gobierno por la falta o insuficiencia de la documentación legal de los bienes.
La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas se reserva el derecho a retirar cualquier lote o bienes de los incluidos en cada subasta de forma motivada y dando cuenta de esta circunstancia mediante nota informativa que se publicará en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Igualmente, esta circunstancia quedará reflejada en la aplicación Escrapalia (xxxxxxxxxx.xxx).
La retirada de estos lotes tampoco dará lugar a compensación alguna a los licitadores por haber constituido la fianza.
7. DESARROLLO DE LA SUBASTA.
Las subastas se desarrollarán de acuerdo a lo recogido en este pliego y según los Términos y Condiciones de Uso del propio portal de subastas Escrapalia (xxxxxxxxxx.xxx).
Estos términos se encuentran detallados en:
xxx.xxxxxxxxxx.xxx (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx-xx-xxx)
En las cifras señaladas como tipos de licitación no se incluye el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, cuando aplique, a cuyo pago está obligado el adjudicatario de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 828/1995, de 29 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Tampoco está incluido el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año en curso, cuyo pago será por cuenta del adjudicatario, en el caso de que entre los bienes a subastar se hallen vehículos a motor.
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8. PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES.
8.1. PROPUESTA DE ADJUDICACION DE LOS BIENES.
La propuesta de adjudicación recaerá en el licitador que oferte el precio más alto.
El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, dispondrá de 3 días hábiles para presentar la documentación a la que se refiere el presente apartado (proceso de Aprobación Posterior).
En este proceso de Aprobación Posterior, se verificará la documentación identificativa, relacionada a continuación, y la Declaración responsable (Anexo I) del postor propuesto para ser adjudicatario y, tras esta comprobación, el adjudicatario recibirá una Orden de Pago. Una vez conformado el pago, se procederá a la resolución de adjudicación.
Tras la verificación de que se ha entregado correctamente esta documentación y que la misma acredita la capacidad para poder ser adjudicatario de cada lote, se le remitirá documento de pago (Orden de Pago). A partir de la emisión de la misma, dispondrá de 3 días hábiles para completar el pago del lote o lotes adjudicados. En caso de no aportar la documentación identificativa y/o no realizarse el pago, se perderá la fianza depositada, así como cualquier derecho sobre el lote.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
1. Licitadores españoles
⬥ Persona física:
- Copia del D.N.I., documento equivalente o pasaporte.
Cuando la proposición económica no sea presentada por el propio licitador incluirá, además:
- Copia del D.N.I., documento equivalente o pasaporte del representante.
- Original, copia autentica o copia compulsada del Poder bastante del representante.
⬥ Persona jurídica:
- Original, copia auténtica o copia compulsada de la Escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
- Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
- Copia del D.N.I., documento equivalente o pasaporte del que presenta la proposición en representación o como apoderado de la mercantil,
- Original, copia autentica o copia compulsada del poder bastante del que presenta la proposición.
2. Licitadores extranjeros
Toda la documentación que presenten ha de cumplir los requisitos formales necesarios para producir plenos efectos jurídicos en España y se presentarán traducidos al castellano.
⬥ Persona física:
- Copia del pasaporte o documento equivalente al D.N.I.
Igualmente se habrá de presentar el ANEXO 1 (declaración responsable) debidamente cumplimentado que viene adjunto a este pliego. Mediante dicha declaración, prevista en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el interesado, manifiesta, bajo su responsabilidad, que no incurre en alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
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del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ni en las exclusiones para participar relacionadas en el punto 4.1 de este pliego.
Asimismo, en dicha declaración el interesado manifiesta su sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir, con renuncia expresa al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
8.2. ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES.
Una vez finalizada la subasta, superado el proceso de Aprobación Posterior (revisión documental) y conformado el pago, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, a través de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, propondrá al licitador que haya presentado la oferta ganadora como adjudicatario.
El adjudicatario no podrá hacer cesión a terceros del bien o bienes adquiridos en la subasta sin cumplir con los correspondientes trámites de registro de los bienes adjudicados a su nombre.
8.3 NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
La empresa SURUS INVERSA S.L. facilitará a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas información sobre los lotes vendidos, el adjudicatario de cada uno de ellos y el importe de venta de cada lote. La Delegación procederá a comunicar a los adjudicatarios la resolución de adjudicación por escrito, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción.
Para el resto de los interesados la comunicación se efectuará mediante publicación de los importes de remate de cada lote en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, de conformidad con el artículo 45 la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como mediante la publicación en la página web de esta Delegación del Gobierno.
9. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
9.1 ABONO DEL PRECIO Y OTROS GASTOS Y CONSECUENCIAS DE SU INCUMPLIMIENTO.
Para los lotes incluidos en las subastas realizadas a través de la plataforma xxxxxxxxxx.xxx, gestionada por la empresa SURUS INVERSA S.L., el adjudicatario de cada lote deberá, tras recibir la Orden de Pago, proceder a ingresar el importe de su oferta, si resultara la más ventajosa, en favor de la empresa SURUS INVERSA S.L., sin descontar del precio del remate el importe de la fianza constituida, sobre la cual podrá ser solicitada su devolución tras conformar el pago, a través de la plataforma xxxxxxxxxx.xxx y siendo devuelta por la citada empresa.
Cada adjudicatario dispondrá de 3 días hábiles a contar desde la recepción de la Orden de Pago para completar el pago del lote o lotes adjudicados. En el caso de no efectuarse el pago en dicho plazo se perderá la garantía depositada, según lo establecido en el apartado 4.2 del presente pliego, cuyo procedimiento queda especificado en los Términos y Condiciones de Uso de la propia plataforma de subastas xxxxxxxxxx.xxx.
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx-xx-xxx
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Salvo por razones debidamente justificadas, el adjudicatario que no remita la documentación identificativa y/o no efectúe el pago, y lo notifique en el plazo indicado o que desista de su oferta, decaerá automáticamente en su derecho sobre el lote. En este supuesto, se acordará la pérdida de la garantía, sin menoscabo del resarcimiento a la Administración de los daños y perjuicios que hubiera podido
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ocasionar, o el inicio de las acciones civiles, administrativas y/o penales que, para la defensa de los intereses de la Administración, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas acordare adoptar.
La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas notificará de forma expresa la resolución correspondiente al adjudicatario que se halle en las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, adjudicándose el lote al segundo mejor postor, si lo hubiera, o en último caso, al tercero. Si el tercer postor renunciase, la DGPNSD adoptará la decisión que proceda.
Igualmente, el adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones tributarias relacionadas con la transmisión de la propiedad de los bienes adjudicados.
El adjudicatario que lo fuera de un vehículo de matrícula nacional, deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico de la provincia correspondiente a su domicilio, dentro del plazo de 30 días desde la adjudicación del bien, la renovación del permiso de circulación a su nombre, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
32.3 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
En caso de tratarse de un vehículo de matrícula extranjera, el adjudicatario deberá atenerse al cumplimiento de la normativa vigente que a tal fin haya sido dictada por la Dirección General de Tráfico.
En el caso de adjudicación de embarcaciones xx xxxxxxx española, los adquirentes deberán registrar el cambio de titularidad en la Capitanía Marítima que corresponda.
9.2. ABONO DE GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.
Será por cuenta de los adjudicatarios cualquier obligación tributaria o gasto debidamente justificado relacionado con la celebración del procedimiento, entre los que se podrían encontrarse, entre otros, los siguientes:
● En el caso de los vehículos, el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica de circulación del año en curso, y todos los gastos que lleve consigo la documentación necesaria para la puesta en circulación, traslado y puesta a punto del mismo.
● Los vehículos de tracción mecánica sujetos al impuesto señalado han estado en situación de baja temporal de forma previa a su venta. En virtud de lo recogido en el artículo 92 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx), los vehículos en tal situación no se consideran aptos para circular, no devengándose el impuesto. En el caso de que una vez formalizada la adjudicación de algún vehículo el adquirente recibiera la liquidación de este impuesto correspondiente a un período anterior a la venta, el adquirente no estará obligado al pago del impuesto.
● En el caso de las embarcaciones, buques y artefactos navales, los gastos de matrícula, abanderamiento y registro de buques, embarcaciones y artefactos navales, los impuestos y tasas pertinentes, los de traslado y los que lleve consigo la documentación necesaria, certificados o cualquier otro requisito para su puesta en navegación o servicio.
● Asimismo, serán por cuenta del adjudicatario, los gastos que se puedan originar por el depósito y custodia de los bienes adjudicados una vez transcurridos cinco días hábiles para la entrega del bien o bienes, teniendo en cuenta lo recogido en el apartado 10.1 de este pliego. Una vez transcurridos el plazo de cinco días mencionado, el adjudicatario queda subrogado en todas las relaciones jurídicas, a partir de ese momento, derivadas del depósito del bien adjudicado.
Los impuestos y gastos anteriormente mencionados deberán abonarse en la Unidad Administrativa o entidad correspondiente.
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9.3. PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, el adjudicatario garantizará en todo momento la confidencialidad de los datos de carácter personal y de todo tipo a los que pudiese acceder por su participación en este procedimiento.
10. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN.
10.1. ENTREGA DEL BIEN SUBASTADO.
Las entregas se deberán realizar durante los días y las horas indicadas en la subasta. Con 48 horas de antelación a la fecha correspondiente, se deberá enviar un correo electrónico al depositario donde se deberá indicar en todo caso, el NIF del adjudicatario o el CIF de la empresa adjudicataria, el DNI de la persona que retirará el bien o bienes y la descripción de los medios necesarios que se usarán para su retirada. Las retiradas se llevarán a cabo en el horario que establezca cada depositario. El propietario y ganador de cada lote se responsabilizará de hacer la retirada en el día y horario establecidos. El comprador será responsable de la manipulación, carga, seguridad y transporte de los bienes adjudicados, incluyendo todos los gastos y riesgos asociados a la retirada.
En los casos en los así se contemple y para minimizar los riesgos asociados a múltiples adjudicatarios con distintos medios de carga, la empresa SURUS INVERSA S.A podrá desarrollar este servicio desde un proveedor gestionado por ella.
El adjudicatario o comprador será responsable por los daños en los bienes del depósito, incluidos los derrames o escapes de sustancias peligrosas, que pudiesen ocurrir durante el proceso de retirada. El comprador o su agente deberán limpiar cualquier derrame o reparar cualquier daño que resulte en el proceso.
En los supuestos de imposibilidad de retirada de los bienes adjudicados en los plazos indicados, se podrá solicitar la extensión del plazo, si bien, ni SURUS INVERSA S.L, ni la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas serán responsables de los bienes que no sean retirados en el plazo inicial.
Si el bien o bienes no son retirados en el plazo previsto o extendido, se entenderá que el comprador ha desistido de todo derecho sobre los bienes, incluyendo el precio de los mismos. En estos supuestos de extensión del plazo de retirada se podrá aplicar una penalización equivalente a coste diario del bien no retirado de acuerdo a las tarifas y precios de cada depósito, multiplicando esta tarifa por los días transcurridos.
La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas notificará a la Dirección General de Tráfico el cambio de titularidad de los vehículos de motor adjudicados de acuerdo al resultado de la subasta. No se procederá en ningún caso a efectuar esta notificación hasta que la totalidad del precio no haya sido abonado a la empresa SURUS INVERSA S.L. y el adjudicatario haya retirado el bien o bienes adjudicados.
10.2. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS.
Una vez surtidos los efectos para los que se constituyó la garantía, los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, podrán solicitar la devolución de la misma en el portal de subastas (xxxxxxxxxx.xxx), una vez se haya adjudicado el lote.
Los adjudicatarios podrán solicitar la devolución de la garantía constituida, una vez hayan abonado del importe del remate, los demás gastos y retirado el bien o bienes que se les haya adjudicado.
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Para solicitar la devolución de la fianza, cada licitador acudirá al portal de la subasta y en el menú principal localizará a través del desplegable su identificación, accediendo al apartado “Gestión de fianzas”.
No se devolverá la garantía a los adjudicatarios que desistan después del remate.
11. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
Serán causas por las que se entienda resuelta la enajenación, las establecidas con carácter general por el Código Civil para las obligaciones y contratos y, específicamente, las previstas por éste para el contrato de compraventa.
Si por imposibilidad sobrevenida de la entrega del bien, por causas no imputables al adjudicatario, se requiere la devolución del precio pagado, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre drogas dictará resolución acordando la resolución de la venta y ordenando a la empresa SURUS INVERSA S.L. la devolución de lo pagado a favor del adjudicatario, si se apreciaran tales causas.
En los mismos supuestos, si además el adjudicatario hubiese incurrido en gastos como consecuencia de las gestiones realizadas para tomar posesión material del bien adquirido, el mismo podrá reclamar el reintegro de tales gastos, documentalmente justificados. En estos casos, tal reclamación se tramitará como reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado (artículos 66 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE GESTIÓN
Firmado electrónicamente: Xxxxx del Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx
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ANEXO I - DECLARACIÓN RESPONSABLE
Subasta: …./2024
Persona Física
D./Xx.:
con D.N.I.:
en nombre propio, o autorizando a D./Xx.: con D.N.I.:
Persona Jurídica
D./Xx.: (Apoderado o representante) con D.N.I.:
en representación de (Razón Social): con N.I.F.:
y domicilio para notificaciones en (Localidad y provincia): Calle/Plaza:
Código postal:
Teléfono de contacto (fijo y móvil): Correo Electrónico:
/
Fax:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1. Tener capacidad para contratar de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, sobre capacidad general para toda clase de contratos y, en particular, para el contrato de compraventa.
2. No incurrir en algunas de las prohibiciones de contratar con la Administración señaladas en el artículo 71 xx Xxx 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
3. No encontrarse en alguna de las exclusiones para participar en la Subasta referidas en el punto
4.1 xxx xxxxxx de condiciones generales de la misma.
4. Someterse expresamente a la jurisdicción española con la consiguiente renuncia a otro fuero (sólo para licitadores extranjeros).
5. SI NO Autorizo la notificación mediante correo electrónico y me comprometo a acusar recibo de todas las comunicaciones que reciba por esta vía con motivo de mi participación en este procedimiento de Enajenación directa.
Y para que así conste, firmo la presente, a efectos de participar en la Subasta indicada en el encabezamiento, convocada por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
En……………..……………………., a…………de……………………………de…………
Firma del licitador (imprescindible) Firma del autorizado (imprescindible)
Le informamos que, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos,
el tratamiento de los datos personales facilitados por usted en este formulario se realizará única y exclusivamente a los efectos de gestión de participación en procedimiento de enajenación. En ningún caso, los datos serán objeto de comunicación o cesión a terceros, sin contar con el consentimiento expreso del afectado, salvo en aquellos casos legalmente previstos. Puede revocar su consentimiento y ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación al tratamiento o portabilidad a través de la correspondiente
notificación ante el Responsable del Tratamiento de sus datos. Asimismo, puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) si considera conculcados sus derechos. Con carácter previo a la presentación de una reclamación ante la AEPD, puede dirigirse al Delegado de Protección de Datos.
Responsable del Tratamiento: Mesa de Coordinación de Adjudicaciones. Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Xxxxx xx Xxxxxx, 00. MADRID HYPERLINK "mailto:xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx" xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx .
Delegado de Protección de Datos (DPD) del Ministerio de Sanidad, excluidos los Organismos Públicos adscritos al Departamento: HYPERLINK "mailto:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx" xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), x/ Xxxxx Xxxx 0, 00000 XXXXXX ( HYPERLINK "xxxx://xxx.xxxx.xx/" xxx.xxxx.xx). HTMLCONTROL Forms.HTML:Checkbox.1
HYPERLINK "xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxxx/xxxx/Xxxxx/xxxxxxxx.0x0x0xx00xx00x000x0x0000000000xx/?xxxxxxxxxx00x000000x000000XxxXXX0000000000000xXXXX&xxxxxxxxxxxxxx00x00x0x0x000000XxxXXX000000xx0xx0x0XXXX" He leído y consiento.
Código seguro de Verificación : GEN-4b19-ea84-4e9b-cbd4-082e-f009-8771-56b7 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxXxxxXxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxx...
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