BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA EN GENERAL1 2
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA EN GENERAL1 2
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
(PRIMERA CONVOCATORIA)
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE MODELOS PREDICTIVOS
1 Estas bases no aplican para las Adjudicaciones Simplificadas que se convoquen en el marco de la Ley 30556 “Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”.
2 Estas Bases se utilizarán para la contratación del servicio de consultoría en general. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Consultoría en general: Servicios profesionales altamente calificados.
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DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N°350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día calendario antes de la fecha prevista para la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante |
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo |
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establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
El participante registrará las consultas y observaciones en forma electrónica a través del SEACE en el formato establecido y podrá adjuntar un documento de sustento si lo considera pertinente.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, se realiza mediante pliego absolutorio que se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada a través del SEACE en el formato establecido. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en físico a la Entidad. |
1.6. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
La integración de las bases se realiza al día hábil siguiente de vencido el plazo para la absolución de consultas y observaciones.
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
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Importante |
Los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. |
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan a través del SEACE, debidamente foliadas.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El monto de la oferta económica debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio de consultoría a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos.
El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
Importante |
Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada. En caso la información contenida en los documentos digitalizados que conforman la oferta no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalecerá la información declarada en el SEACE, salvo cuando se adviertan errores aritméticos en el documento digital que contenga los precios unitarios de la oferta, caso en el cual deberá procederse conforme al artículo 39 del Reglamento. No se tomará en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad. |
1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.
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Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
En la apertura electrónica de la oferta técnica, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 62 del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
1.9. CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La calificación y evaluación de los postores se realiza conforme los requisitos de calificación y factores de evaluación que se indican en la sección específica de las bases.
La evaluación técnica y económica se realiza sobre la base de:
Oferta técnica : 100 puntos Oferta económica : 100 puntos
1.9.1 CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
Previo a la calificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
Posteriormente, determina si las ofertas técnicas cumplen los requisitos de calificación previstos en la sección específica de las bases; de no ser así, descalifica las ofertas técnicas.
Solo pasan a la etapa de evaluación las ofertas técnicas que cumplen con lo señalado en el párrafo anterior.
1.9.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
La evaluación se realiza conforme a los factores de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
Las reglas de la evaluación técnica son las siguientes:
a) El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, evalúa las ofertas de acuerdo con los factores de evaluación previstos en la sección específica de las bases.
b) Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de información que forme parte de la oferta económica son descalificadas.
c) Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo detallado en la sección específica de las bases serán descalificadas.
1.9.3 APERTURA Y EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS
Solo se aperturan electrónicamente las ofertas económicas de los postores que alcanzaron el puntaje técnico mínimo indicado en la sección específica de las bases.
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, puede rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la revisión del detalle de la composición de la oferta,
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acredite mediante razones objetivas un probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento.
Para estos efectos, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada.
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, evalúa las ofertas económicas, asignando un puntaje de cien (100) a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMP Oi
Donde:
i = Oferta.
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar. Oi = Precio i.
Om = Precio de la oferta más baja. PMOE = Puntaje máximo del precio.
La determinación del puntaje total de las ofertas se realiza de conformidad con el artículo 64 del Reglamento y los coeficientes de ponderación previstos en la sección específica de las bases.
Importante |
En el caso de contratación de consultorías a ser prestadas fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP3. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente. |
1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo electrónico.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles.. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado a través del SEACE.
3 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
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1.11. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
La buena pro se otorga luego de la evaluación correspondiente según lo indicado en el numeral 1.9.3 de la presente sección.
En el supuesto que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa observando estrictamente el orden señalado en el numeral 2 del artículo 69 del Reglamento.
Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control, notario o xxxx xx xxx.
En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos que el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, otorgue la buena pro se debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, previa opinión favorable del área usuaria, salvo que el postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica. El plazo para otorgar la buena pro no debe exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad.
En caso no se pueda otorgar la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, sigue el mismo procedimiento con el postor que ocupó el segundo lugar. En caso no se otorgue la buena pro, debe continuar con los demás postores, respetando el orden de prelación.
El otorgamiento de la buena pro se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la calificación y evaluación.
1.12. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente. |
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, cuando el valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor referencial sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
Importante |
En los contratos periódicos de prestación de servicios que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. |
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
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Importante |
En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. |
3.3.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA |
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL. |
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
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3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.9. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo máximo de veinte (20) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx |
Teléfono: | : | 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de consultoría para la construcción de modelos predictivos.
1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/ 194,700.00 (ciento noventa y cuatro mil setecientos y 00/100 Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio de consultoría. El valor referencial ha sido calculado al mes de enero del 2018.
Valor referencial prestación principal | Valor referencial prestaciones accesorias | ||
Cantidad de horas | Precio unitario por hora | Total | |
S/ 183,018.00 (ciento ochenta y tres mil dieciocho y 00/100 Soles) | 40 | S/ 292.05 | S/ 11,682.00 (once mil seiscientos ochenta y dos y 00/100 Soles) |
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorando N° 015-2018-SAAG, el 31 de enero de 2018.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos propios.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA
Los servicios de consultoría materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de doscientos cuarenta (240) días calendario. El plazo de las prestaciones accesorias es de seis
(06) meses o cuarenta (40) horas, lo que suceda primero.
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1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar S/ 5.00 (cinco y 00/100 Soles) en la Caja de la Entidad y recabar un ejemplar en el Departamento de Logística, ambos ubicados en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx.
1.10. BASE LEGAL
Resolución SBS N° 4936-2017. Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal para el Ejercicio 2018 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN4
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria A través del SEACE | : | 09/02/2018 |
Registro de participantes5 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 12/02/2018 Hasta las: 23:59 horas del 21/02/2018 |
Formulación de consultas y observaciones a las bases A través del SEACE | : | Del: 12/02/2018 Al: 13/02/2018 |
Absolución de consultas y observaciones a las bases A través del SEACE | : | 15/02/2018 |
Integración de bases A través del SEACE | : | 16/02/2018 |
Presentación de ofertas A través del SEACE | : | 22/02/2018 desde las 00:01 horas hasta las 23:59 horas |
Calificación y evaluación de ofertas | : | Del 23/02/2018 al 01/03/2018 |
Otorgamiento de la buena pro | : | 01/03/2018 |
A través del SEACE |
Importante |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
2.2.1. OFERTA TÉCNICA
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1.1. Documentación de presentación obligatoria
A. Documentos para la admisión de la oferta
a.1) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
a.2) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)
4 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
5 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día calendario antes de la fecha prevista para la presentación de ofertas, en forma ininterrumpida.
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En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
a.3) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
a.4) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio de consultoría. (Anexo Nº 4).
a.5) Carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 9)
Importante |
El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
B. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.1.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso6 7. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad8.
c) Factor de evaluación: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
Importante |
Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de información que forme parte de la oferta económica son descalificadas. |
2.2.2. OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica expresada en Soles debe registrarse directamente en el formulario electrónico del SEACE. (Anexo Nº 8).
El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios o tarifas pueden ser expresados con más de dos decimales.
6 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
7 Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 126 del Reglamento.
8 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
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Importante |
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad en los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento, la cual se realiza íntegramente a través del SEACE. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables. |
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
Una vez evaluadas las ofertas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las ofertas es el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 Pei
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i Pei = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
Se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = 0.80
c2 = 0.20
Donde: c1 + c2 = 1.00
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Presentar carta fianza.
b) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. Presentar carta fianza.
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI). Anexo N° 10
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
h) Desagregado del monto total adjudicado. Anexo N° 8.1
i) Copia simple de la ficha RUC
Importante |
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
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En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento.
De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley.
Importante |
De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP. Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
2.5. PERFECCIONAMIENTO EL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en el Departamento de Logística, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx.
2.6. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista de la siguiente forma:
Entregables | Pago |
Etapa 01 – Entendimiento del Negocio y Comprensión de los Datos Etapa 04.1 – Taller SQL Básico | A la conformidad de los entregables, 1 / 8 del monto contratado. |
Etapa 02 – Preparación inicial de los datos Etapa 04.2 – Taller de Fundamentos R y/o Python | A la conformidad de los entregables, 1 / 8 del monto contratado. |
Etapa 03.1 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona Etapa 04.3 – Taller R / Python Avanzado I | A la conformidad de los entregables, 1 / 4 del monto contratado. |
Etapa 03.2 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País Etapa 04.4 – Taller R / Python Avanzado II | A la conformidad de los entregables, 1 / 4 del monto contratado. |
Etapa 03.3 – Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo Etapa 04.5 – Taller R / Python Avanzado III | A la conformidad de los entregables, 1 / 4 del monto contratado. |
Prestaciones accesorias | Mensualmente de acuerdo al consumo de horas efectuado (*) |
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Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable de la Gerencia de Tecnologías de Información emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
3.1. TERMINOS DE REFERENCIA
3.1.1 DENOMINACION DE LA CONTRATACION
Se requiere la contratación de los servicios de una consultoría especializada en la construcción e implementación de Modelos Analíticos Predictivos en la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
3.1.2 FINALIDAD PÚBLICA
El presente procedimiento tiene como finalidad la contratación de un consultoría para la construcción de Modelos Analíticos Predictivos que apoyen las actividades de análisis operativo y estratégico que ejecuta la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
3.1.3 OBJETIVO
3.1.3.1 OBJETIVO GENERAL
El objetivo es la contratación de una consultoría especializado para la construcción de Modelos Analíticos Predictivos, mediante la aplicación de técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning; la definición de modelos de datos; y, la implementación de soluciones de uso y análisis de información que permitirán apoyar las tareas y actividades de análisis operativo y estratégico que ejecuta la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
3.1.3.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS
Diseñar y construir procesos de recolección y preparación de las fuentes de datos.
x Ejecutar tareas y actividades de análisis exploratorio de datos relevantes para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos.
Construir e implementar Modelos Analíticos Predictivos que apoyen las actividades de análisis operativo y estratégico que ejecuta la Unidad de Inteligencia Financiera.
Implementar tableros de control que representen a través de diferentes visualizaciones gráficas los resultados de los Modelos Analíticos Predictivos.
Desarrollar capacidades al interior de la Unidad de Inteligencia Financiera relacionados al diseño y construcción de Modelos Analíticos Predictivos.
3.1.4 DESCRIPCION DEL SERVICIO
El servicio comprende la construcción de Modelos Analíticos Predictivos, su implementación y puesta en producción; y, el entrenamiento del personal asignado por la SBS.
3.1.4.1 ANTECEDENTES
Mediante la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú y sus normas modificatorias, se creó la UIF-Perú, encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información para la detección xxx xxxxxx de activos y/o financiamiento del terrorismo (en adelante LA/FT), a cuyo efecto se estableció la relación de sujetos obligados (SO) a informarle sobre operaciones que resulten sospechosas.
Mediante la Ley Nº 29038, Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), como unidad especializada, se identifican a los sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, responsables de implementar un sistema de prevención del LA/FT (Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo).
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De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27693, modificado por la primera disposición complementaria modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1106, Decreto Legislativo de Lucha Eficaz contra el Lavado de Activos y otros delitos relacionados a la Minería Ilegal y Crimen Organizado, es función y facultad de la SBS, a través de la UIF-Perú, el solicitar, recibir, requerir ampliaciones y analizar información sobre las operaciones sospechosas que le reporten los sujetos obligados a informar por la Ley Nº 29038 y sus organismos supervisores, o las que detecte de la información contenida en las bases de datos a las que tiene acceso, así como recibir y analizar los registros de operaciones (RO) a que hace referencia el artículo 9º o cualquier información relacionada a estos, los cuales deberán ser entregados obligatoriamente por los sujetos obligados a la UIF-Perú por el medio electrónico, periodicidad y modalidad que esta establezca.
Cabe indicar que la normativa referida en los párrafos precedentes, se adecúan a los alcances de la Recomendación N° 29 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) según la cual “Los países deberán establecer una Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) que sirva como un centro nacional para la recepción y análisis de: (a) reportes de transacciones sospechosas; y (b) otra información relevante al lavado de activos, delitos determinantes asociados y el financiamiento del terrorismo, y para la comunicación de los resultados de ese análisis. La UIF deberá ser capaz de obtener información adicional de los sujetos obligados, y deberá tener acceso oportuno a la información financiera, administrativa y del orden público que requiera para desempeñar sus funciones apropiadamente”. Asimismo, la citada Recomendación establece que la UIF deberá llevar a cabo: i) Análisis operativo para seguir el rastro de actividades o transacciones en particular y determinar vínculos entre esos blancos y los posibles productos del crimen, el LA, los delitos determinantes y el FT; y, ii) Análisis estratégico para identificar tendencias y patrones relacionados con el LA y el FT.
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha solicitado soporte para la implementación de Modelos Analíticos Predictivos que permitan apoyar las tareas y actividades de análisis operativo y estratégico que ejecuta.
3.1.4.2 CONSIDERACIONES GENERALES
El contratista liderará el planeamiento y ejecución de las actividades del Ciclo de Vida que permitirán la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos.
El contratista será el responsable de la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos mediante la aplicación de técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial.
El contratista será el responsable de la definición y aplicación de las técnicas analíticas avanzadas que permitirán la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos.
Los Modelos Analíticos Predictivos deben cumplir con las necesidades indicadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) asignara entre dos (02) o tres (03) analistas al equipo de trabajo, quienes participarán como usuarios finales durante todas las actividades del proyecto.
La Gerencia de Tecnologías de Información (GTI) asignará tres (03) analistas, quienes se encargaran de apoyar en la ejecución de actividades técnicas durante la preparación de los datos, la implementación de modelos de datos y la visualización de los resultados de los Modelos Analíticos Predictivos a través de reportes y tableros de control.
Al inicio del servicio, el contratista deberá proponer por escrito cual será la Metodología de Implementación de los Modelos Analíticos Predictivos, la cual debe incluir como mínimo las actividades consideradas en la Metodología de Implementación descritas en el presente documento.
La Metodología de Implementación propuesta por el contratista deberá ser aprobada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Al inicio del servicio, el contratista deberá proponer la herramienta de software libre y código abierto, R o Python, que se empleará para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos. La Superintendencia deberá brindar su conformidad a la propuesta del contratista.
El contratista deberá subscribir una Declaración Jurada en la que se comprometa a mantener la confidencialidad de la información a la que tuviera acceso y aceptar las
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políticas de seguridad de la información establecidas por la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS). Cabe mencionar que toda información de la SBS, a la que tenga acceso el contratista deberá ser considerada como confidencial a menos que se indique explícitamente lo contrario.
El contratista tendrá a su cargo las tareas de entrenamiento y transferencia de conocimiento a los usuarios asignados al equipo de trabajo con la finalidad de desarrollar en ellos el perfil de Científico de Datos.
Al finalizar el servicio, el contratista deberá contemplar un periodo mínimo de seis (06) meses o cuarenta (40) horas de soporte y acompañamiento para la estabilización de los Modelos Analíticos Predictivos.
3.1.4.3 MODELOS ANALITICOS
La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha solicitado la construcción e implementación de los siguientes modelos analíticos predictivos:
i. Modelo de Riesgo País
Asignación de un score o puntuación de riesgo de LAFT a cada distrito a nivel nacional por periodos de tiempo (mes y año), haciendo uso de la información sobre productos UIF (indicadores de Reporte de Operaciones Sospechosa (ROS), Registro de Operaciones (RO) del Sistema Financiero y de Notarios y otros indicadores a nivel distrito (padrón delictivo, sentencias, acceso al sistema financiero, actividades vulnerables, operatividad aduanera, entre otros).
El modelo deberá permitir segmentar a los distritos en base a las variables de riesgo definidas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
A partir de los perfiles de los distritos, el modelo deberá estar en capacidad de generar señales de alerta periódicas ante cambios en los perfiles de riesgo de los distritos.
El modelo deberá permitir visualizar mediante un mapa de calor los distritos con alto riesgo y en base a los montos operados. Adicionalmente, deberá tener la capacidad de geo referenciar estos resultados.
ii. Modelo de Riesgo Persona
Asignación de un score o puntuación de riesgo de LAFT a nivel persona (natural o jurídica) por periodos de tiempo (mes y año) sobre datos de identificación y otros indicadores extraídos de las bases de datos a las que accede la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), entre ellas ROS, RO del Sistema Financiero y de Notarios, listas, entre otras.
A partir de los perfiles de las personas, el modelo deberá estar en capacidad de generar señales de alerta periódicas ante cambios en los perfiles de riesgo.
iii. Modelo de Financiamiento del Terrorismo
Identificar operaciones y personas que puedan estar relacionadas al FT, haciendo uso de la información contenida en las bases de datos de la UIF.
Se deberá integrar como base de datos las listas publicadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, las listas de identificación de terroristas a nivel nacional, las listas de organizaciones sin fines de lucro o no gubernamentales (ONG), las listas de países relacionados al financiamiento de terrorismo, la lista de zonas geográficas del Perú de riesgo en terrorismo, entre otras.
3.1.4.4 METODOLOGIA DE IMPLEMENTACIÓN
La metodología de implementación propuesta considera el siguiente Ciclo de Vida que se presenta en la Figura N° 01: Ciclo de Vida:
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Figura N° 01: Ciclo de Vida
i. Entendimiento del negocio
El entendimiento del negocio permite determinar los objetivos del negocio, evaluar la situación actual y determinar los objetivos del proyecto de implementación de los Modelos Analítico Predictivos.
ii. Recolección y preparación de las fuentes de datos
Los datos se constituyen en la materia prima para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos. Se requiere la recolección desde diferentes fuentes y su limpieza, transformación, reestructuración y preparación inicial.
iii. Análisis Exploratorio de Datos
El análisis exploratorio de datos busca conocer profundamente el contenido y la calidad de los datos que se utilizaran para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos. Por ello, es importante identificar valores perdidos o nulos, descartar los valores atípicos, conocer el dominio de las variables, identificar las relaciones existentes entre las diferentes variables, evaluar la calidad de los datos, segmentar y/o clasificar las variables, reestructurar el contenido, seleccionar las variables relevantes y descartar aquellas que no aportan valor, entre otros.
iv. Machine Learning – Minería de Datos – Inteligencia Artificial
Es un proceso iterativo en el cual se seleccionan los conjuntos de datos de entrenamiento y test, se aplican las diferentes técnicas analíticas avanzadas, se validan los modelos y se realizan los ajustes, los cuales pueden demandar incorporar nuevas fuentes de datos y crear o descartar variables de entrada. También considera la interpretación de los resultados y su comunicación para la toma de decisiones.
v. Visualización
Los resultados obtenidos por los Modelos Analíticos Predictivos son presentados en informes de inteligencia e implementados a través de diferentes visualizaciones gráficas en tableros de control orientados a los usuarios finales.
3.1.4.5 HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS
Durante la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos, se propone la utilización de herramientas de software licenciadas actualmente en la Superintendencia y herramientas de software libre y código abierto, como R o Python, para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos. De acuerdo al Ciclo de Vida de la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos, se propone la utilización de las siguientes herramientas:
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Etapa del Ciclo de Vida | Herramienta | Uso principal | Licenciamiento |
Recolección y preparación xx xxxxxxx de datos | RDBMS Oracle Database 12c (Exadata) | Repositorio de los modelos de datos a emplearse | Con licenciamiento |
Oracle SQL Developer | Construcción de sentencias SQL y procedimientos PL/SQL que representarán los procesos ETL | Gratuito | |
Análisis Exploratorio de Datos | R / Python | Exploración de las fuentes de datos mediante la aplicación de técnicas estadísticas, clustering, feature selection, etc | Software libre |
Oracle SQL Developer | Construcción de sentencias SQL y procedimientos PL/SQL para realizar data profiling | Gratuito | |
Machine Learning | R / Python | Construcción de los Modelos Analíticos Predictivos | Software libre |
Visualización | Oracle Business Intelligence | Construcción de reportes y tableros de control que presentan visualizaciones gráficas de los resultados de los Modelos Analíticos Predictivos | Con licenciamiento |
La Figura N° 02: Herramientas tecnológicas, presenta las herramientas tecnológicas a emplearse para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos.
Figura N° 02: Herramientas tecnológicas
3.1.4.6 ETAPAS
3.1.4.6.1 CONSTRUCCION DE LOS MODELOS ANALITICOS PREDICTIVOS
3.1.4.6.1.1 ETAPA 01 – ENTENDIMIENTO DEL NEGOCIO Y COMPRENSIÓN DE LOS DATOS
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Comprende el entendimiento de los procesos de negocio ejecutados por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y de las actividades de uso y análisis de información que realiza como apoyo a sus actividades de análisis operativo y estratégico. Además, se identificaran las fuentes de datos disponibles, sus contenidos y la aplicabilidad de las diferentes técnicas para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos.
3.1.4.6.1.2 ETAPA 02 – PREPARACIÓN INICIAL DE LOS DATOS
La información proveniente de las fuentes de datos transaccionales de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y otras fuentes de datos necesarias (archivos txt, csv, etc) serán almacenadas en un área de trabajo del servidor de Datawarehouse de la SBS. Allí, se ejecutarán las tareas de preparación, limpieza, reestructuración y generación de los modelos de datos que se utilizaran para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos.
3.1.4.6.1.3 ETAPA 03.1 – MODELO ANALÍTICO PREDICTIVO – RIESGO PERSONA
En primer lugar, se desarrolla el Análisis Exploratorio de Datos que permitirá entender el contenido de las variables a través del uso de técnicas de estadística descriptiva y técnicas avanzadas de identificación de patrones, clustering, feature selection, entre otros. De esta forma, se identificará las variables relevantes para la construcción del Modelo Analítico Predictivo.
En segundo lugar, en base al entendimiento del negocio y la disponibilidad y calidad de las fuentes de datos, se aplicaran diferentes técnicas basadas en métodos de aprendizaje supervisados y no supervisados para construir el Modelo Analítico Predictivo requerido por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). En el caso del método supervisado se tiene una variable objetivo a predecir (cualitativa o cuantitativa) y un conjunto de variables predictoras. Estos modelos se utilizan para predecir futuros casos donde no se tiene conocimiento de la variable objetivo. Por ejemplo, a partir de datos de entrenamiento proporcionados por los analistas de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), se construirá una función que permita establecer una correspondencia entre las variables de entradas (predictoras) y la variable de salida (objetivo). Entre las técnicas supervisadas se podrán aplicar: Support Vector Machines, Redes Neuronales, Árboles de decisión, Naive Bayes, Regression, etc.
A diferencia del método anterior, en el caso del método no supervisado, todo el proceso de modelamiento se realiza sobre un conjunto de ejemplos constituido tan sólo por variables de entrada al sistema. De esta forma, las técnicas exploratorias permiten identificar agrupaciones naturales de los datos en función de las variables con las que se trabajan. Entre las técnicas correspondientes a métodos no supervisados se podrán aplicar: Clustering, Redes Neuronales de Kohonen, etc.
En líneas generales, el proceso de construcción del Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona tendrá las siguientes actividades:
Análisis exploratorio de datos que permita identificar las variables relevantes para la construcción del modelo.
Determinación del conjunto de datos de entrenamiento y el conjunto de datos de test.
Construcción del Modelo Analítico Predictivo en base al conjunto de datos de entrenamiento.
Test del Modelo Analítico Predictivo en base al conjunto de datos de test.
Evaluación del Modelo Analítico Predictivo.
Ajuste del Modelo Analítico Predictivo.
Interpretación de los resultados.
Construcción de las visualizaciones de los resultados en tableros de control.
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3.1.4.6.1.4 ETAPA 03.2 – MODELO ANALÍTICO PREDICTIVO – RIESGO PAÍS
En líneas generales, el proceso de construcción del Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País debe comprender las siguientes actividades:
Análisis exploratorio de datos que permita identificar las variables relevantes para la construcción del modelo.
Determinación del conjunto de datos de entrenamiento y el conjunto de datos de test.
Construcción del Modelo Analítico Predictivo en base al conjunto de datos de entrenamiento.
Test del Modelo Analítico Predictivo en base al conjunto de datos de test.
Evaluación del Modelo Analítico Predictivo.
Ajuste del Modelo Analítico Predictivo.
Interpretación de los resultados.
Construcción de las visualizaciones de los resultados en tableros de control.
3.1.4.6.1.5 ETAPA 03.3 – MODELO ANALÍTICO PREDICTIVO – FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
En líneas generales, el proceso de construcción del Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo debe comprender las siguientes actividades:
Análisis exploratorio de datos que permita identificar las variables relevantes para la construcción del modelo.
Determinación del conjunto de datos de entrenamiento y el conjunto de datos de test.
Construcción del Modelo Analítico Predictivo en base al conjunto de datos de entrenamiento.
Test del Modelo Analítico Predictivo en base al conjunto de datos de test.
Evaluación del Modelo Analítico Predictivo.
Ajuste del Modelo Analítico Predictivo.
Interpretación de los resultados.
Construcción de las visualizaciones de los resultados en tableros de control.
3.1.4.6.2 ENTRENAMIENTO
Los talleres de entrenamiento deberán contemplar teoría y práctica. La parte práctica deberá cubrir todos los aspectos utilizados para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos. Previa coordinación y en base a los requerimientos técnicos solicitados por el contratista, la Superintendencia proveerá de las instalaciones y herramientas para el desarrollo de los talleres.
3.1.4.6.2.1 ETAPA 04.1 – TALLER SQL BÁSICO
El taller debe entrenar a los participantes en sentencias SQL, comandos y sentencias Data Manipulation Language (DML) y Data Definition Language (DDL). Así mismo, el uso de funciones y programas PL/SQL.
El taller debe ejecutarse como mínimo en dieciséis (16) horas de dictado.
3.1.4.6.2.2 ETAPA 04.2 – TALLER DE FUNDAMENTOS R / PYTHON
El taller debe entrenar en los aspectos del lenguaje R / Python: tipos de datos, expresiones, flujos de control. Extracción de datos desde archivos planos y bases de datos, ejecución de tareas de limpieza y transformación de datos, uso de librerías al manejo de conjuntos de datos, su exploración y visualización y/o representación gráfica.
El taller debe ejecutarse como mínimo en veinticuatro (24) horas de dictado.
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3.1.4.6.2.3 ETAPA 04.3 – TALLER R / PYTHON AVANZADO I
Desarrollo de talleres teóricos y prácticos que cubren todos los aspectos y técnicas aplicadas durante la construcción del Modelo Analítico Predictivo de Riesgo Persona.
La parte práctica debe considerar la aplicación de técnicas analíticas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial, a través de la herramienta R / Python, para la construcción del Modelo Analítico Predictivo de Riesgo Persona.
El taller debe ejecutarse como mínimo en cuarenta (40) horas de dictado.
3.1.4.6.2.4 ETAPA 04.4 – TALLER R / PYTHON AVANZADO II
Desarrollo de talleres teóricos y prácticos que cubren todos los aspectos y técnicas aplicadas durante la construcción del Modelo Analítico Predictivo de Riesgo País.
La parte práctica debe considerar la aplicación de técnicas analíticas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial, a través de la herramienta R / Python, para la construcción del Modelo Analítico Predictivo de Riesgo País.
El taller debe ejecutarse como mínimo en cuarenta (40) horas de dictado.
3.1.4.6.2.5 ETAPA 04.5 – TALLER R / PYTHON AVANZADO III
Desarrollo de talleres teóricos y prácticos que cubren todos los aspectos y técnicas aplicadas durante la construcción del Modelo Analítico Predictivo de Financiamiento del Terrorismo
La parte práctica debe considerar la aplicación de técnicas analíticas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial, a través de la herramienta R / Python, para la construcción del Modelo Analítico Predictivo de Financiamiento del Terrorismo.
El taller debe ejecutarse como mínimo en cuarenta (40) horas de dictado.
3.1.4.7 EQUIPO DE TRABAJO
El equipo de trabajo estará conformado por los siguientes roles:
Rol | Número de integrantes | Funciones |
Científico de Datos (Personal Clave) (*) | 1 | Construir los Modelos Analíticos Predictivos en base a la Metodología de Implementación definida Determinar las técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial a emplearse en la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos Entrenar a los integrantes de los roles Analista UIF y Analista GTI en todo el proceso de construcción de los Modelos Analíticos Predictivos. Entrenar a los integrantes de los roles Analista UIF y Analista GTI en el uso de R y/o Python y en la aplicación de las técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial empleadas |
Analista UIF (**) | 3 | Establecer los objetivos de los Modelos Analíticos Predictivos Proveer conocimiento del negocio Proveer información acerca de las fuentes de datos internas y externas disponibles para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos Evaluar los resultados de los Modelos Analíticos |
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Rol | Número de integrantes | Funciones |
Predictivos Adquirir las competencias inherentes a las actividades del Ciclo de Vida de construcción de los Modelos Analíticos Predictivos | ||
Analista GTI (**) | 3 | Brindar soporte a la infraestructura tecnológica Apoyar en el desarrollo de scripts SQL y R / Python En coordinación con el Científico de Datos, establecer los modelos de datos Adquirir las competencias inherentes a las actividades del Ciclo de Vida de construcción de los Modelos Analíticos Predictivos |
(*) Rol cubierto por el contratista.
(**) Personal asignado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Gerencia de Tecnologías de Información (GTI)
3.1.4.8 PLAZOS
El plazo a cargo del contratista será de doscientos cuarenta (240) días calendario, contados a partir del día siguiente de la suscripción del respectivo contrato. Los plazos de contratación tienen el siguiente cronograma:
# | Entregables | Plazos |
3.1.4.8.1 | Etapa 01 – Entendimiento del Negocio y Comprensión de los Datos Etapa 04.1 – Taller SQL Básico | El plazo máximo de presentación de los entregables es de 30 días calendarios contados a partir del día siguiente de la fecha de suscripción del contrato. |
3.1.4.8.2 | Etapa 02 – Preparación inicial de los datos Etapa 04.2 – Taller de Fundamentos R y/o Python | El plazo máximo de presentación de los entregables es de 30 días calendarios contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables del literal 3.1.4.8.1 |
3.1.4.8.3 | Etapa 03.1 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona Etapa 04.3 – Taller R / Python Avanzado I | El plazo máximo de presentación de los entregables es de 60 días calendarios contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables del literal 3.1.4.8.2 |
3.1.4.8.4 | Etapa 03.2 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País Etapa 04.4 – Taller R / Python Avanzado II | El plazo máximo de presentación de los entregables es de 60 días calendarios contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables del literal 3.1.4.8.3 |
3.1.4.8.5 | Etapa 03.3 – Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo Etapa 04.5 – Taller R / Python Avanzado III | El plazo máximo de presentación de los entregables es de 60 días calendarios contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables del literal 3.1.4.8.4 |
A continuación, la Figura N° 03 muestra las etapas dentro del plazo de la contratación:
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Figura N° 03: Plazo de la contratación
Con respecto a las prestaciones accesorias, el postor deberá contemplar un plazo de ejecución de seis (06) meses o cuarenta (40) horas, contados a partir del día siguiente de la conformidad de los servicios de consultoría y entrenamiento.
3.1.4.9 ENTREGABLES
Los entregables correspondientes al Desarrollo e Implementación de los Modelos Analíticos Predictivos y los talleres de entrenamiento deberán contar con la conformidad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Gerencia de Tecnologías de Información (GTI).
3.1.4.9.1 DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE MODELOS ANALITICOS PREDICTIVOS
Para cada una de las distintas etapas del Desarrollo e Implementación de los Modelos Analíticos Predictivos se deberá dar cumplimiento y satisfacción a las funcionalidades, requerimientos y tiempos definidos en el cronograma que se proponga.
3.1.4.9.1.1 ETAPA 01 – ENTENDIMIENTO DEL NEGOCIO Y COMPRENSIÓN DE LOS DATOS
Informe que contenga el trabajo que se desarrollará para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos y la aplicabilidad de los mismos como apoyo a las tareas que realiza la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Así mismo, el informe debe contener el diagnóstico de las fuentes de datos que se emplearán para la construcción de los Modelos Analíticos Predictivos.
Presentación al público de interés de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)
3.1.4.9.1.2 ETAPA 02 – PREPARACIÓN INICIAL DE LOS DATOS
Informe que contenga el diseño e implementación de los procesos ETL (limpieza, reestructuración, transformación, etc.) aplicados sobre las diferentes fuentes de datos.
Manual de Operaciones acerca de la ejecución de los procesos ETL para la preparación inicial de los datos.
Librería de scripts y programas correspondientes a los procesos ETL para la preparación inicial de los datos.
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3.1.4.9.1.3 ETAPA 03.1 – MODELO ANALÍTICO PREDICTIVO – RIESGO PERSONA
Informe que contenga el diseño, construcción e implementación del Modelo Analítico Predictivo de Riesgo Persona. Este debe contener en forma detallada las fuentes de datos empleadas, las técnicas de analítica avanzada empleadas, los resultados obtenidos, la interpretación de dichos resultados y su representación gráfica.
Manual de Operaciones que permita realizar las posteriores ejecuciones del modelo Riesgo Persona.
Librería de scripts y programas correspondientes a los procesos de construcción e implementación del modelo.
3.1.4.9.1.4 ETAPA 03.2 – MODELO ANALÍTICO PREDICTIVO – RIESGO PAÍS
Informe que contenga el diseño, construcción e implementación del Modelo Analítico Predictivo de Riesgo Persona. Este debe contener en forma detallada las fuentes de datos empleadas, las técnicas de analítica avanzada empleadas, los resultados obtenidos, la interpretación de dichos resultados y su representación gráfica.
Manual de Operaciones que permita realizar las posteriores ejecuciones del modelo Riesgo País.
Librería de scripts y programas correspondientes a los procesos de construcción e implementación del modelo.
3.1.4.9.1.5 ETAPA 03.3 – MODELO ANALÍTICO PREDICTIVO – FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
Informe que contenga el diseño, construcción e implementación del Modelo Analítico Predictivo de Riesgo Persona. Este debe contener en forma detallada las fuentes de datos empleadas, las técnicas de analítica avanzada empleadas, los resultados obtenidos, la interpretación de dichos resultados y su representación gráfica.
Manual de Operaciones que permita realizar las posteriores ejecuciones del modelo Financiamiento del Terrorismo.
Librería de scripts y programas correspondientes a los procesos de construcción e implementación del modelo.
3.1.4.9.2 ENTRENAMIENTO
3.1.4.9.2.1 ETAPA 04.1 – TALLER SQL BÁSICO
Acta de Conformidad del entrenamiento desarrollado acerca de SQL Básico
3.1.4.9.2.2 ETAPA 04.2 – TALLER DE FUNDAMENTOS R Y/O PYTHON
Acta de Conformidad del taller de entrenamiento desarrollado acerca de Fundamentos R y/o Python
3.1.4.9.2.3 ETAPA 04.3 – TALLER R / PYTHON AVANZADO I
Acta de Conformidad del entrenamiento avanzado en R y/o Python y su aplicación en la construcción del modelo Riesgo Persona.
3.1.4.9.2.4 ETAPA 04.4 – TALLER R / PYTHON AVANZADO II
Acta de Conformidad del entrenamiento avanzado en R y/o Python y su aplicación en la construcción del modelo Riesgo País.
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3.1.4.9.2.5 ETAPA 04.5 – TALLER R / PYTHON AVANZADO III
Acta de Conformidad del entrenamiento avanzado en R y/o Python y su aplicación en la construcción del modelo Financiamiento del Terrorismo
3.1.4.10 PRESTACIONES ACCESORIAS
Concluidos los servicios de consultoría y entrenamiento; y, firmadas las Actas de Conformidad correspondientes a los entregables, el contratista deberá contemplar un plazo de ejecución de seis (06) meses o un total de cuarenta (40) horas de bolsa de horas para temas de soporte, acompañamiento y estabilización de los Modelos Analíticos Predictivos implementados.
El contratista deberá iniciar la atención de los requerimientos en un plazo no mayor a cinco (05) días calendario desde la fecha de la solicitud por parte de la Superintendencia.
El contratista deberá presentar una liquidación mensual con el detalle del requerimiento y el total de horas consumidas. Esta liquidación deberá tener la conformidad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Gerencia de Tecnología de Información (GTI).
3.1.5 PLAZO DE LA CONTRATACIÓN
Prestación principal: el plazo a cargo del contratista será de doscientos cuarenta (240) días calendario.
Prestaciones accesorias: seis (06) meses o cuarenta (40) horas, contados a partir del día siguiente de la conformidad de los servicios de consultoría y entrenamiento, lo que suceda primero.
3.1.6 FORMA DE PAGO
La forma de pago se realizará contra las prestaciones de acuerdo al siguiente detalle:
Entregables | Pago |
Etapa 01 – Entendimiento del Negocio y Comprensión de los Datos Etapa 04.1 – Taller SQL Básico | A la conformidad de los entregables, 1 / 8 del monto contratado. |
Etapa 02 – Preparación inicial de los datos Etapa 04.2 – Taller de Fundamentos R y/o Python | A la conformidad de los entregables, 1 / 8 del monto contratado. |
Etapa 03.1 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona Etapa 04.3 – Taller R / Python Avanzado I | A la conformidad de los entregables, 1 / 4 del monto contratado. |
Etapa 03.2 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País Etapa 04.4 – Taller R / Python Avanzado II | A la conformidad de los entregables, 1 / 4 del monto contratado. |
Etapa 03.3 – Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo Etapa 04.5 – Taller R / Python Avanzado III | A la conformidad de los entregables, 1 / 4 del monto contratado. |
Prestaciones accesorias | Mensualmente de acuerdo al consumo de horas efectuado (*) |
(*) El contratista deberá presentar una liquidación mensual con el detalle de los requerimientos atendidos y su correspondiente consumo de horas. Esta liquidación deberá tener la conformidad de la Unidad de Inteligencia Financiera y de la Gerencia de Tecnología de Información
3.1.6 OTRAS PENALIDADES
Penalidades | |||
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y | 50% DE UNA UNIDAD IMPOSITIVA | Según informe de la Unidad de Inteligencia |
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Penalidades | |||
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado. | TRIBUTARIA (0.5 UIT) por cada día de ausencia del personal. | Financiera |
3.1.8 CONFORMIDAD
La conformidad de las prestaciones a cargo del contratista estará a cargo de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Gerencia de Tecnologías de Información (GTI).
3.1.9 RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y POR VICIOS OCULTOS
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada por la SBS.
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3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas 9 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5) La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. | |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL |
B.1 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE |
Requisitos: El científico de datos deberá tener como mínimo cinco (05) años de experiencia en el manejo y aplicación de técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial utilizando herramientas comerciales y/o gratuitas y/o de código abierto (ej. R, Python, SAS, SPSS, Stata, RapidMiner) El científico de datos deberá haber participado en, por lo menos, dos (02) proyectos de implementación de soluciones analíticas basadas en la aplicación de técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial. El científico de datos deberá tener como mínimo un (01) año de experiencia trabajando con los lenguajes R y/o Python Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría. |
9 En caso de presentarse en consorcio.
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B.2 | CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE |
B.2.1 | FORMACIÓN ACADÉMICA |
Requisitos: El científico de datos debe ser bachiller en Economía, Estadística, Matemáticas, Ingeniería Industrial, Ingeniería de Sistemas o carrera afín. Acreditación: Se acreditará con copia simple del diploma xx xxxxxxxxx. | |
B.2.2 | CAPACITACIÓN |
Requisitos: El cientifico de datos debe haber llevado cursos de capacitación en Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial. Acreditación: Se acreditará con copia simple de constancias, certificados u otra documentación que, de manera fehaciente, demuestren las capacitaciones recibidas. | |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.1 | FACTURACIÓN |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 60,000.00 (sesenta mil y 00/100 Soles), por la contratación de servicios de consultoría iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los diez años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios de consultoría similares a los siguientes: implementación de soluciones analíticas basadas en la aplicación o uso de técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial. Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva constancia de prestación o conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, , correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. |
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Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor.
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Importante |
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
Importante |
Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su aprobación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento. Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades deben establecer de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los postores para acreditar su calificación en el numeral 3.2 de esta sección de las bases. El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto consignará de manera detallada los documentos que debe presentar el postor en el literal a.4) del numeral 2.2.1.1 de esta sección de las bases. |
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje: 100 Puntos)
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE | 100 puntos |
Criterio: Se evaluará a la cantidad adicionales de proyectos de implementación de soluciones analíticas basadas en la aplicación de técnicas de Minería de Datos y/o Machine Learning y/o Inteligencia Artificial en los que ha participado el personal clave, que supere el requerimiento mínimo. Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. | De 3 a más proyectos adicionales 100.00 puntos 2 proyectos adicionales: 90.00 puntos 1 proyecto adicional 80.00 puntos | |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos |
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor debe obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo especificado son descalificadas. |
EVALUACIÓN ECONÓMICA (Puntaje: 100 Puntos)
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | ||
A. | PRECIO | ||
Evaluación: Se evaluará considerando la oferta económica del postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene la oferta económica ( Anexo N° 8) | La evaluación consistirá en asignar un puntaje de cien (100) a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMP Oi Donde: I = Oferta. Pi = Puntaje de la oferta a evaluar. Oi = Precio i. Om = Precio de la oferta más baja. PMP = Puntaje máximo del precio. | ||
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos |
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría para la construcción de modelos predictivos, que celebra de una parte la SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES, en adelante LA
SUPERINTENDENCIA, con RUC Nº20131370564, con domicilio legal en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, representada por [… ],
identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de
[………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [… ],
a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro de la
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PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO para la contratación del servicio de consultoría para la construcción de modelos predictivos, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la contratación del servicio de consultoría para la construcción de modelos predictivos.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO] que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo del servicio de consultoría, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio de consultoría materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, de la siguiente forma:
N° | Entregables | Pago |
1er pago | Etapa 01 – Entendimiento del Negocio y Comprensión de los Datos Etapa 04.1 – Taller SQL Básico | A la conformidad de los entregables, 1/8 del monto contratado. |
2do pago | Etapa 02 – Preparación inicial de los datos Etapa 04.2 – Taller de Fundamentos R y/o Python | A la conformidad de los entregables, 1/8 del monto contratado. |
3er pago | Etapa 03.1 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona Etapa 04.3 – Taller R / Python Avanzado I | A la conformidad de los entregables, 1/4 del monto contratado. |
4to pago | Etapa 03.2 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País Etapa 04.4 – Taller R / Python Avanzado II | A la conformidad de los entregables, 1/4 del monto contratado. |
5to pago | Etapa 03.3 – Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo Etapa 04.5 – Taller R / Python Avanzado III | A la conformidad de los entregables, 1/4 del monto contratado. |
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Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los veinte (20) días de producida la recepción.
LA SUPERINTENDENCIA debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA SUPERINTENDENCIA, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [… ] días calendario, de acuerdo al siguiente
detalle:
Etapas | Plazos máximos para la ejecución por etapa |
Etapa 01 – Entendimiento del Negocio y Comprensión de los Datos Etapa 04.1 – Taller SQL Básico | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de suscripción del contrato. |
Etapa 02 – Preparación inicial de los datos Etapa 04.2 – Taller de Fundamentos R y/o Python | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 01 y 04.1 |
Etapa 03.1 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona Etapa 04.3 – Taller R / Python Avanzado I | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 02 y 04.2 |
Etapa 03.2 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País Etapa 04.4 – Taller R / Python Avanzado II | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 03.1 y 04.3 |
Etapa 03.3 – Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo Etapa 04.5 – Taller R / Python Avanzado III | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 03.3 y 04.5 |
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora10, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍA
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA SUPERINTENDENCIA, por el concepto, monto y vigencia siguiente:
De fiel cumplimiento del contrato11: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA
EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
10 La oferta ganadora comprende a la oferta técnica y oferta económica del postor ganador de la buena pro.
11 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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Importante |
De conformidad con el artículo 128 del Reglamento, no se constituirá garantía de fiel cumplimiento del contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00). Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente. |
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍA POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA SUPERINTENDENCIA puede solicitar la ejecución de la garantía cuando EL CONTRATISTA no la hubiese renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Gerencia de Tecnologías de Información (GTI) de LA SUPERINTENDENCIA.
De existir observaciones, LA SUPERINTENDENCIA debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA SUPERINTENDENCIA no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad del servicio por parte de LA SUPERINTENDENCIA no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada por LA SUPERINTENDENCIA.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA SUPERINTENDENCIA le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren al contrato vigente.
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Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Adicionalmente a la penalidad por xxxx se aplicará la siguiente penalidad:
Penalidades | |||
N° | Supuestos de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado. | 50% DE UNA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (0.5 UIT) por cada día de ausencia del personal. | Según informe de la Unidad de Inteligencia Financiera de LA SUPERINTENDENCIA. |
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA SUPERINTENDENCIA puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA SUPERINTENDENCIA procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: DEL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y DE LA SALUD EN EL TRABAJO
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir las normas vigentes y complementarias en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como las clausulas adjuntas en el anexo del presente contrato; siendo el incumplimiento de dichas obligaciones causal de resolución contractual, de conformidad con el artículo 135 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A.
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Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto por arbitro único. LA SUPERINTENDENCIA propone las siguientes instituciones arbitrales: Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima y Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Importante |
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. |
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DÉCIMO NOVENA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DEL PROVEEDOR PERSONA NATURAL (SOLO APLICA PARA PERSONAS NATURALES)
EL CONTRATISTA autoriza y otorga a LA SUPERINTENDENCIA por tiempo indefinido, su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para que pueda tratar por sí mismo o través de terceros, sus datos personales tanto recopilados como generados en el marco del presente contrato (los que podrían contener datos sensibles), pudiendo incluso incorporarlos a Bancos de Datos Personales de titularidad y responsabilidad de LA SUPERINTENDENCIA, con la finalidad de:
a) Efectuar comunicaciones o notificaciones, así como realizar cualquier actividad relacionada al cumplimiento y/o ejecución del presente contrato/orden de compra/orden de servicio.
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b) Contactarlo o remitirle información para futuros estudios xx xxxxxxx o necesidades de bienes y/o servicios de la Institución.
c) Obtener información estadística y/o histórica para SBS, así como para revelar, transmitir y/o transferir sus datos personales a entidades públicas y administrativas, cuando estos le sean solicitados o requeridos a la SBS, en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial.
EL CONTRATISTA declara conocer y autorizar a que LA SUPERINTENDENCIA pueda compartir, proporcionar, usar, almacenar y/o transferir los datos personales de EL CONTRATISTA a terceras personas, con el objeto de realizar actividades relacionadas a las finalidades antes descritas, con estricta sujeción y observancia a lo establecido en la Ley 29733, su Reglamento, Directiva de Seguridad de la Información y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA declara haber sido informado que podrá revocar su consentimiento así como ejercer en cualquier momento sus derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, conforme a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales vigente, su Reglamento12. Para ello EL CONTRATISTA comunicará su revocatoria o efectuará su solicitud por escrito en mesa de partes de nuestras oficinas ubicadas en Xxxxx Xxx xx Xxxx Xx 0000 Xxx Xxxxxx. La revocatoria del consentimiento no afecta el uso de los datos personales ni del contenido de los Bancos de Datos Personales cuando estos sean tratados específicamente para el cumplimiento del presente contrato/orden de compra/ orden de servicio.
DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA declaran que se someten a las disposiciones previstas por la Ley de Protección de Datos Personales, su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
LA SUPERINTENDENCIA y EL CONTRATISTA declaran que los datos personales que se proporcionen entre sí, así como aquellos generados o recopilados en el marco del presente contrato serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento Directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
EL CONTRATISTA en caso corresponda, acepta y reconoce la responsabilidad de sus trabajadores y cualquier personal a su cargo, de mantener permanentemente una absoluta y total reserva y confidencialidad respecto de los datos personales a que tengan acceso en el marco del presente contrato, la que subsistirá en forma permanente e indefinida.
DEL ENCARGO DEL TRATAMIENTO
EL CONTRATISTA podrá proporcionar datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros a LA SUPERINTENDENCIA, para su tratamiento, así como generarlos o recopilados cuando estos resulten necesarios en el marco del presente contrato, sin que ello implique de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo LA SUPERINTENDENCIA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento. De igual modo, en caso LA SUPERINTENDENCIA proporcione a EL CONTRATISTA datos personales de sus colaboradores, clientes o terceros o éste último deba recopilarlos o generarlos, en el marco del cumplimiento del presente contrato, ello no implicará de modo alguno la transferencia de los mismos, debiendo EL CONTRATISTA asumir en dicho casos, la condición de encargado del tratamiento
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA declaran conocer que asumen la condición de encargados del tratamiento cuando corresponda y por tanto se comprometen a no utilizar o tratar los datos personales proporcionados, generados o recopilados con una finalidad distinta a aquella por la que le fueron entregados o por la que son generados o recopilados así como a no transferirlos o divulgarlos a terceros , con excepción de entidades públicas, cuando estas lo
12 Para revocar su consentimiento, tomar en cuenta el numeral 13.7 del artículo 13° de la Ley No. 29733 Ley de Protección de Datos Personales y los artículos 12° y 16° del Decreto Supremo No. 003-2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales.
Para el ejercicio de los derechos de información, acceso, rectificación, cancelación y oposición, se deberá tomar en cuenta el Título III de la Ley No. 29733, Ley de Protección de Datos Personales así como el Título IV del Decreto Supremo No. 003- 2013-JUS, Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales.
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soliciten en el marco del cumplimiento de sus funciones debidamente sustentadas o el poder judicial cuando sea solicitado mediante la orden judicial correspondiente, debiendo notificar de ello a la otra parte, según corresponda, dentro de las 24 horas de recibido el requerimiento. Asimismo EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA se comprometen a que los datos personales proporcionados entre sí, serán tratados en forma confidencial y estarán sujetos a estrictas medidas de seguridad, conforme lo dispone la Ley de Protección de Datos Personales su reglamento, directiva y demás normas conexas, complementarias, modificatorias y/o sustitutorias.
En caso LA SUPERINTENDENCIA y/o EL CONTRATISTA asuman la condición de encargados del tratamiento de los datos personales que se pudieran proporcionar entre sí, se comprometen a conservarlos por el plazo de 02 años contados desde la culminación de la finalidad del presente contrato, debiendo una vez vencido dicho plazo, destruir los datos que se encuentren en su poder o en el de sus colaboradores, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles.
EL CONTRATISTA y/o LA SUPERINTENDENCIA en caso corresponda, reconocen que podrán en cualquier momento, auditar uno al otro las medidas aplicadas, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, su reglamento, y demás normas conexas. De comprobar LA SUPERINTENDENCIA el incumplimiento de esta cláusula, podrá resolver /dejar sin efecto de pleno derecho el presente contrato e interponer las acciones legales a que hubiera lugar.
DE LA TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
EL CONTRATISTA declara que cuenta con el consentimiento libre, voluntario, previo, expreso, informado e inequívoco de los titulares de los datos personales de sus colaboradores, clientes o de terceros que como parte del cumplimiento del presente contrato, hubiera entregado o pudiera entregar a LA SUPERINTENDENCIA mediante transferencia de datos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA SUPERINTENDENCIA: Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – distrito de San Xxxxxx, provincia y departamento de Lima.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA SUPERINTENDENCIA” | “EL CONTRATISTA” |
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CLAUSULAS CONTRACTUALES REFERIDAS AL COMPROMISO Y CUMPLIMIENTO DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO
1. Política de Seguridad
Es política de la Superintendencia, garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de sus trabajadores, contratistas y de terceras personas que se encuentren dentro de los locales de la institución.
La Superintendencia fomenta una cultura de prevención y mitigación de riesgos, a través de un adecuado sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, en concordancia con la normatividad pertinente, compromiso que debe asumir el Contratista, como responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales en cada una de las áreas donde ejecuten sus prestaciones.
2. Obligaciones del Contratista
Por medio del presente, el contratista se obliga a lo siguiente:
2.1. Asignar a la SBS personal que posea las habilidades y los conocimientos suficientes, adquiridos a través de los programas de capacitación y la propia experiencia acumulada a través de los años.
2.2. Capacitar adecuadamente a su personal respecto de los riesgos a los que está expuesto en función a las características de las labores o actividades que desarrolla y el cargo que ocupa.
2.3. Evaluación de los riesgos de las actividades que efectuará su personal, adoptando las medidas necesarias de control antes del inicio de las actividades.
2.4. Contar con las licencias y/o las certificaciones nacionales y/o extranjeras que sean requeridas y/o necesarias de acuerdo con la normativa vigente, según sea el trabajo o actividad a realizar.
2.5. Prevenir el impacto que sobre el medio ambiente tenga el manejo y la manipulación de residuos, materiales, insumos o sustancias químicas que sean utilizados y/o desechados en las actividades que son materia del presente contrato.
2.6. Cumplir con las reglas de conducta y de seguridad interna que disponga la Superintendencia.
2.7. Dar cumplimiento a las normatividad vigente sobre Seguridad y Salud en el trabajo, que a modo de referencia se mencionan las siguientes:
- Ley N° 29783 y sus modificatorias, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus modificatorias, Reglamento de la Ley N° 29783.
- Ley N° 28048. Ley de protección de la mujer gestante.
- Ley N° 27626, De las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores.
- Decreto Supremo N° 009-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 28048.
- Resolución Ministerial N° 374-2008-TR, De protección de la mujer gestante.
- Decreto Supremo N° 042-F, Reglamento de Seguridad Industrial.
- Resolución Ministerial N° 480-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 068- MINSA/DGSP-V.1.
- Decreto Supremo N° 003-98-SA, Norma Técnica del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Decreto Supremo N° 015-2005-SA, Valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo.
- Decreto Supremo N° 022-2001-SA, Reglamento sanitario para las actividades de saneamiento ambiental.
- Decreto Supremo N° 011-2006-Vivienda y sus modificaciones. Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Resolución Ministerial N° 449-2001-SA-DM, Xxxxx Xxxxxxxxx para trabajos de desinfección, desinsectación, desratización, limpieza de ambientes, de tanques sépticos, etc.
- Resolución Ministerial N° 037-2006-MEM, Código Nacional de Electricidad.
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- Resolución Ministerial N° 111- 2013 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas
- NTP 400.034, Andamios. Requisitos.
- Xxxxx X.050, Seguridad durante la Construcción.
La relación de normas nacionales descritas anteriormente, es solo referencial y no exime al contratista del cumplimiento de toda la normatividad que le sea aplicable en materia de seguridad y salud, así como todas aquellas normas y lineamientos internos que la Superintendencia ponga en su conocimiento.
2.8. Conocer y difundir a su personal, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia, así como todas las medidas para el cuidado de la seguridad y salud en el trabajo dispuestas por esta.
2.9. Contar con los implementos de seguridad adecuados para el tipo de trabajo que se va a realizar.
2.10. Proporcionará a su personal, los equipos de protección y la ropa de trabajo que sea la adecuada para resguardarlo de los potenciales daños por efectos mecánicos, contaminantes, químicos y biológicos, ambientales y/o meteorológicos. De igual forma, deberá controlar el correcto uso de estos elementos así como su calidad.
2.11. Suministrar todo los equipos y herramientas que su personal requiera para el desarrollo y ejecución adecuada de los trabajos o actividades contratados. Los mismos que deberán ser de óptima calidad, de características para su uso y encontrarse en buen estado. Cualquier situación que afecte el funcionamiento y la calidad de estos, deberá ser reemplazado y debe ser puesto en conocimiento inmediato del personal de la Superintendencia.
3. Facultades de la Superintendencia
La Superintendencia se reserva el derecho de supervisar en cualquier momento los equipos, elementos, sitios de trabajo, personal y documentos que sean necesarios para evaluar el cumplimiento y aplicación de las normas de Seguridad y Salud en el trabajo.
La Superintendencia se reserva el derecho de impedir las labores o actividades del personal del contratista que incumpla los citados procedimientos y normas. En caso esta situación se torne persistente y/o generalizada, la Superintendencia queda facultada a paralizar los trabajos y resolver el contrato sin lugar a reclamo por parte del contratista.
La Superintendencia se reserva el derecho de comunicar a la Autoridad de Trabajo cualquier incumplimiento por parte del contratista relacionado con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo materia del presente contrato.
El contratista tiene el deber de dar estricto cumplimiento de las normas y disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones es causal de resolución de contrato. La SBS se reserva el derecho de solicitar la acreditación sobre el cumplimiento de dichas obligaciones durante la ejecución contractual.
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PROFORMA DE CONTRATO DE PRESTACIONES ACCESORIAS
Conste por el presente documento, el contrato de prestaciones accesorias del contrato del servicio de consultoría para la construcción de modelos predictivos, que celebra de una parte la SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, con RUC Nº 20131370564, con domicilio legal en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [… ] del
Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [… ], según poder inscrito
en la Ficha N° […………..], Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de
[… ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones
siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro de la ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO
ELECTRONICO para la contratación del servicio de consultoría para la construcción de modelos predictivos, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
Mediante el presente documento se establecen los vínculos contractuales entre las partes, en virtud de los cuales LA SUPERINTENDENCIA contrata a EL CONTRATISTA para que brinde el servicio de soporte, acompañamiento y estabilización de los modelos analíticos predictivos implementados, a través una bolsa de cuarenta (40) horas, en los términos y condiciones señaladas en los términos de referencia, la oferta del contratista y el presente contrato.
CLAUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx, a razón de [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO] por hora.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, en forma mensual, de acuerdo al consumo de horas efectuado, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de producida la recepción.
LA SUPERINTENDENCIA debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
En caso de retraso en el pago por parte de LA SUPERINTENDENCIA, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
CLAUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
Seis (06) meses o cuarenta (40) horas, contados a partir del día siguiente de la conformidad de los servicios de consultoría y entrenamiento, lo que suceda primero.
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CLAUSULA SEXTA: GARANTÍA
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA SUPERINTENDENCIA, por el concepto, monto y vigencia siguiente:
Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 13 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA
EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
XXXXXXXX XXXXXX: EJECUCION DE GARANTIA POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA SUPERINTENDENCIA puede solicitar la ejecución de la garantía cuando EL CONTRATISTA no la hubiera renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA OCTAVA: RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS
La recepción conforme de la prestación por parte de LA SUPERINTENDENCIA no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (01) año contado a partir de la conformidad otorgada por LA SUPERINTENDENCIA.
CLAUSULA NOVENA: RESOLUCION DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con los artículos 32, inciso c), y 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA SUPERINTENDENCIA procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DECIMA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto por arbitro único. LA SUPERINTENDENCIA propone las siguientes instituciones arbitrales: Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima y Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Importante |
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. |
13 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
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Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO
Los demás términos y condiciones del presente contrato se sujetarán a lo pactado en el contrato principal, siempre que no se opongan a los contenidos en el presente documento.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [. ] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA SUPERINTENDENCIA” | “EL CONTRATISTA” |
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. |
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece el servicio de consultoría para la construcción de modelos predictivos, de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el numeral
3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio de consultoría objeto del presente procedimiento de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, de acuerdo al siguiente detalle:
Etapas | Plazos máximos para la ejecución por etapa |
Etapa 01 – Entendimiento del Negocio y Comprensión de los Datos Etapa 04.1 – Taller SQL Básico | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de suscripción del contrato. |
Etapa 02 – Preparación inicial de los datos Etapa 04.2 – Taller de Fundamentos R y/o Python | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 01 y 04.1 |
Etapa 03.1 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona Etapa 04.3 – Taller R / Python Avanzado I | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 02 y 04.2 |
Etapa 03.2 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País Etapa 04.4 – Taller R / Python Avanzado II | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 03.1 y 04.3 |
Etapa 03.3 – Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo Etapa 04.5 – Taller R / Python Avanzado III | [……..] días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de la emisión de la conformidad de los entregables de las etapas 03.3 y 04.5 |
Asimismo, me comprometo a ejecutar las prestaciones accesorias, objeto del presente procedimiento de selección en el plazo de seis (06) meses o cuarenta (40) horas, contados a partir del día siguiente de la conformidad de los servicios de consultoría y entrenamiento, lo que suceda primero.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5 PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [ ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 14 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 15 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%16 |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
14 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
15 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
16 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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ANEXO Nº 6
DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL CLAVE PROPUESTO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del personal clave propuesto es el siguiente:
NOMBRES Y APELLIDOS | DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO | CARGO | ESPECIALIDAD | N° DE FOLIO EN LA OFERTA | TIEMPO DE EXPERIENCIA ACREDITADA | N° DE FOLIO EN LA OFERTA |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante |
El postor debe presentar dentro de su oferta la carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según Anexo Nº 9. |
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ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA17 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA18 | MONTO FACTURADO ACUMULADO19 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
… | ||||||||
20 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
17 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
18 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
19 Consignar en la moneda establecida en las bases.
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ANEXO Nº 8
OFERTA ECONÓMICA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta económica es la siguiente:
OFERTA ECONÓMICA PRESTACION PRINCIPAL [Soles] (I) | OFERTA ECONÓMICA PRESTACIONES ACCESORIAS [Soles] | TOTAL OFERTA ECONOMICA [Soles] (I + II) | ||
(a) Cantidad de Horas | (b) Precio unitario por hora | Total (a*b) (II) | ||
La oferta económica incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio de consultoría a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
El postor debe detallar en su oferta económica, el monto correspondiente a la prestación principal y las prestaciones accesorias.
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ANEXO N° 8.1
DESAGREGADO DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO
PRESTACIONES (PRINCIPAL) | MONTO (SOLES) |
Etapa 01 – Entendimiento del Negocio y Comprensión de los Datos | |
Etapa 04.1 – Taller SQL Básico | |
Etapa 02 – Preparación inicial de los datos | |
Etapa 04.2 – Taller de Fundamentos R y/o Python | |
Etapa 03.1 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo Persona | |
Etapa 04.3 – Taller R / Python Avanzado I | |
Etapa 03.2 – Modelo Analítico Predictivo – Riesgo País | |
Etapa 04.4 – Taller R / Python Avanzado II | |
Etapa 03.3 – Modelo Analítico Predictivo – Financiamiento del Terrorismo | |
Etapa 04.5 – Taller R / Python Avanzado III | |
TOTAL |
PRESTACIONES ACCESORIOS (PRINCIPAL) | MONTO POR HORA (SOLES) |
Bolsa de 40 horas para soporte, acompañamiento y estabilización de los modelos analíticos predictivos implementados. |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
NOTAS:
1. Este anexo es un requisito para la suscripción del contrato, según lo indicado en el literal h del numeral 2.4 de la sección específica de las bases
2. El postor ganador podrá utilizar líneas adicionales.
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ANEXO Nº 9
CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 001/2018-SBS (PRIMERA CONVOCATORIA) – PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO
Presente.-
Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en
[CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento:
Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR20]]
resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente.
Para dicho efecto, declaro que mis calificaciones y experiencia son las siguientes:
A. Calificaciones
[CONSIGNAR LA FORMACIÓN ACADÉMICA Y/O CAPACITACIONES SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
B. Experiencia
[CONSIGNAR LA EXPERIENCIA SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES].
N° | Cliente o Empleador | Objeto de la contratación | Fecha de inicio | Fecha de culminación | Tiempo |
1 | |||||
2 | |||||
(…) |
La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y DÍAS, SEGÚN CORRESPONDA]
Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución del contrato.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del personal
Importante |
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso del personal clave, debe contar con la firma legalizada de este. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. |
20 En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
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ANEXO N° 10
Modelo de Carta para el abono con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) LOGO DE EMPRESA SOLICITANTE
CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima, Señores
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abonos en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Número de Cuenta:….………………………………………………………..…
Código de Cuenta Interbancario (CCI):……………………………………….
Tipo de Cuenta:………………………………………………………………….
Nombre del Banco:………………………………………………………………
Razón social:……………………………………………………………………..
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:…………………………………………
Correo electrónico y N° Telefónico:…………………………………………
Atentamente,
Firma del proveedor o su representante legal
Nombre y apellidos Xxxxx Social de la Empresa
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