Contract
CONTRATO No. | 012 – 2018 |
CLASE DE CONTRATO | PRESTACION DE SERVICIOS |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | EDEPSA SOLUCIONES AMBIENTALES ESP S. A. S. EDEPSA E.S.P NIT 900.133.060-8 R/L: XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX C.C No. 63.538.309 de Bucaramanga Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxxx. Tel. 0000000 – 000-0000000 |
OBJETO | PRESTACION DE SERVICIOS PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS INFECCIOSOS O DE RIESGO BIOLOGICO (RECOLECCION, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL), PARA EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. PARA LA VIGENCIA 2018 O HASTA AGOTAR RECURSOS ASIGNADOS. |
PLAZO DE EJECUCION | Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta agotar los recursos asignados. |
VALOR | QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000,oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Contratación, departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.290.424 de Bogotá, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 657 xx Xxxxx 21 de 2017, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 03 xx Xxxx de 2017, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte y por la otra, EDEPSA SOLUCIONES AMBIENTALES ESP S. A. S. - EDEPSA
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E.S.P., con NIT 900.133.060-8, con Registro Mercantil No.00-000000-00 del 2007/02/09 y renovado el 00 xx Xxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, representada legalmente por la señora XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX,
mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía No. 63.538.309 de Bucaramanga, quien afirma hallarse legalmente capacitada, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E. y demás normas aplicables a la materia, y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, previas las siguientes consideraciones a continuación relacionadas: 1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Bacteriólogo, Coordinador del Departamento de Gestión Ambiental y la Encargada de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E, que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1. del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de un servicio cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “PARA CELEBRAR CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, DE
SALUD Y DE APOYO A LA GESTIÓN”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a una persona natural o jurídica que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas.
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3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP.) No.18-00043 de fecha enero 22 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 4) Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a la empresa EDEPSA SOLUCIONES AMBIENTALES ESP S. A. S. - EDEPSA E.S.P., con NIT 900.133.060-8, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además que es la más económica y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato de prestación de servicios, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA- OBJETO: PRESTACION DE SERVICIOS PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS INFECCIOSOS O DE RIESGO BIOLOGICO (RECOLECCION, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL), PARA EL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. PARA LA VIGENCIA 2018 O HASTA AGOTAR RECURSOS ASIGNADOS, de conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos, la oferta presentada por el contratista y la siguiente relación, documentos que forman parte integral del presente contrato.
SERVICIO DE RECOLECCION, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO TEMPORAL, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE LOS RESIDUOS | FRECUENCIA DE RECOLECCION | UNIDAD | VALOR POR RECOLECCION |
RESIDUO BIOSANITARIOS KG | QUINCENAL | KILOGRAMO | $1.720,00 |
RESIDUO CORTOPUNZANTES + GUARDIAN 1.0LTS | UNIDAD | $5.800,00 | |
QUIMICOS AUTORIZADOS | KILOGRAMO | $1.850,00 | |
RESIDUO CORTOPUNZANTES + GUARDIAN 2.0LTS | UNIDAD | $8.500,00 | |
GASTOS DE VIAJE | SERVICIO | $170.000,00 | |
MEDICAMENTOS VENCIDOS | KILOGRAMO | $1.850,00 | |
TUBOS FLUORESCENTES | KILOGRAMO | $1.000,00 | |
NOTA: LOS RESIDUOS DEBEN ESTAR EMBALADOS E IDENTIFICADOS PARA SU RECOLECCION. LA FRECUENCIA DE RECOLECCIÓN SE REALIZARÁ QUINCENAL. |
CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000,00) M/CTE. IVA incluido. Forma de pago: Se cancelará mediante pagos parciales, cuyo valor se liquidará teniendo en cuenta la cantidad de residuos hospitalarios efectivamente recogidos, transportados, tratados y finalmente dispuesto en el periodo a facturar, por los valores acordados en la propuesta, además de presentar la cuenta de cobro o factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor del Contrato y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA - PLAZO DEL CONTRATO: Tendrá un plazo de ejecución desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2018 y/o hasta agotar los recursos asignados. XXXXXXXX XXXXXX - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual, todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través de los funcionarios designados por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Además de las
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establecidas en el estudio de oportunidad y conveniencia, el Contratista deberá: a)
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Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido, es decir realizar la recolección, transporte, manipulación, tratamiento y disposición final de residuos infecciosos o de riesgo biológico generados por el CONTRATANTE en el Sanatorio de Contratación E.S.E., con personal debidamente identificado y capacitado utilizando los elementos de protección completos para dicha labor, conforme a las normas nacionales e internacionales para el embalaje, así como los riesgos biológicos y ambientales que se deriven del proceso. b) Realizar la recolección como mínimo cada Quince (15) días calendario, en las instalaciones del Sanatorio de Contratación E.S.E. c) Suministrar de forma gratuita bolsas extragandes de color rojo, que cumplan con la normatividad y un guardián de un (1) litro en cada recolección. d) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. e) Dar curso a las directrices impartidas por los supervisores del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. f) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. g) Estar al día con el pago de las obligaciones laborales (Planilla de Seguridad Social integral) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. h) Asumir el valor de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, relativos a los trabajadores empleados que ejecuten estas labores. i) Asumir los gastos que genere el futuro contrato de prestación de servicios. j) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. k) Todos los costos en los que incurra el contratista (pasajes, viáticos, etc.) estará a su cargo y en ningún caso ocasionara pago alguno por parte del Sanatorio de Contratación E.S.E. l) Realizar el servicio de Asesoría y Capacitación continua a los funcionarios de la ESE, en el correcto manejo y control de los residuos. Estas capacitaciones deben brindarse como mínimo cada semestre. m) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2018, Rubros 2020 Adquisición de Servicios – Otros Gastos por Adquisición Servicios; Adquisición de Servicios- Comunicaciones y Transporte- Transporte de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.18-00043 de Enero 22 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Prestación de Servicios será efectuada por el Bacteriólogo, Coordinador del Departamento de Gestión Ambiental y la Encargada de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., quienes tendrán la atribución de exigir AL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del
Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en los numerales 2 y 6 del artículo 51 del Manual de Contratación de la Entidad, se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor del Sanatorio de Contratación E.S.E., la Póliza de Garantía que amparen los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del Contrato para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacten el contrato. Su cuantía no será inferior al 20% del valor del contrato y su vigencia será igual a la del plazo total del contrato y seis (06) meses más. b) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones para precaver los eventos en que el contratista no cumpla el pago de obligaciones laborales respecto de los trabajadores utilizados en la ejecución del respectivo contrato. Su cuantía será del 10% del valor del contrato y su plazo será igual a la del plazo total del contrato y tres (03) años más. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato
se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además
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de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con
ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista.
CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL
DEL CONTRATO. Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos:
1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor a los veintitrés (23) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Gerente X. X. Xx. 00000000 xx Xxxxxxxxxxx
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Sanatorio Contratación E.S.E R/L. EDEPSA ESP
Proyectó: | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Asesor Jurídico Interno. |