SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DIRIGIDOS AL DESARROLLO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA, DEL SISTEMA ESTATAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA - SDA 26/2021
SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DIRIGIDOS AL DESARROLLO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA, DEL SISTEMA ESTATAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA - SDA 26/2021
INVITACIÓN A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO
XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX - 2023-06-12 11:57:37 CEST
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL FRAMEWORK-ARQUITECTURA, ENTORNO DE DESARROLLO, DESPLIEGUE Y VALIDACIÓN DE APLICACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACION DEL JUEGO. CONTRATO FINANCIADO CON CARGO AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
(Expediente 2021/16)
Nº de Expediente 202305SD0005
En virtud de los dispuesto en el artículo 226 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se invita a todas las empresas admitidas al sistema dinámico de adquisición a presentar oferta en la licitación de este contrato específico en el plazo máximo de 15 días contados a partir de la fecha de envío de esta invitación. La oferta deberá ajustarse a lo establecido en los pliegos que rigen el sistema dinámico de adquisición y a los términos y condiciones que se concretan en esta invitación.
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
1 / 63
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28012 MADRID
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TÉRMINOS Y CONDICIONES
1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO 5
2. TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO 6
3. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA 8
3.1. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 8
3.2. PRÓRROGA DEL CONTRATO ESPECÍFICO 8
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 8
4.1. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS 8
4.2. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE (A EFECTOS PRESUPUESTARIOS) 9
4.3. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO Y JUSTIFICACIÓN 9
4.5. CONTRATO FINANCIADO CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA 14
4.6. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO 14
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5. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 15
6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN 15
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN 15
7.1. PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 16
7.2. CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR 16
7.2.1. CRITERIOS Y PONDERACIÓN 16
7.2.2. MÉTODO DE VALORACIÓN Y DOCUMENTACIÓN 16
7.4. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS, DISTINTOS AL PRECIO 19
7.5. FÓRMULAS APLICABLES A LOS CRITERIOS AUTOMÁTICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS 19
7.5.- APLICACIÓN DEL UMBRAL DEL 50% DE PUNTUACIÓN 19
8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS 20
9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 20
9.1. OBLIGACIONES GENERALES 20
9.2. RECURSOS A APORTAR AL SERVICIO 21
9.2.1. DEFINICIÓN DEL EQUIPO MÍNIMO U ORIENTATIVO 21
9.2.2. ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES 22
9.2.3. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE DISPONER DE LOS MEDIOS A QUE SE HUBIESE COMPROMETIDO A DEDICAR O ADSCRIBIR AL CONTRATO 23
9.2.4. CONSTITUCIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO 24
9.2.5. RÉGIMEN DE SUSTITUCIÓN DEL PERSONAL 24
9.3. ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD 24
10. PAGO DE LOS SERVICIOS Y FACTURACIÓN 24
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 2 / 63
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10.1. CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS 25
11. PLAZO DE GARANTÍA DEL OBJETO DEL SERVICIO 26
12.1. PENALIDADES FIJADAS EN EL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN 26
12.2. FÓRMULA PARA LA APLICACIÓN DE PENALIDADES 29
13. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS 29
ADENDA PARA LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA 33
A. OBLIGACIONES GENERALES APLICABLES A TODOS LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA 33
1. ADECUACIÓN DEL CONTRATO A LAS PREVISIONES ESPECÍFICAS DEL INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA 33
2. PRINCIPIO DO NO SIGNIFICANT HARM (“XXXX”) 33
3. MEDIDAS ANTIFRAUDE Y ANTICORRUPCIÓN 33
4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES 33
5. MEDIDAS DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y VISIBILIDAD DEL PROYECTO 34
6. ACEPTACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE BUENA GESTIÓN FINANCIERA Y SOMETIMIENTO A CONTROLES DE LAS AUTORIDADES PREVISTAS EN LOS FONDOS O MECANISMOS 34
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7. OBLIGACIONES DE DISPONIBILIDAD Y CONSERVACIÓN DE LA INFORMACIÓN 34
8. PROHIBICIÓN XX XXXXX FINANCIACIÓN 34
B. OBLIGACIONES GENERALES APLICABLES A LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRTR 35
1. RÉGÍMEN JURÍDICO APLICABLE 35
2. COMPONENTE E INVERSIÓN Y COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA CONTRIBUCIÓN AL ETIQUETADO VERDE Y DIGITAL Y POR EL PRINCIPIO DE NO CAUSAR DAÑO SIGNITIFICATIVO AL MEDIOAMBIENTE (XXXX) 35
3. CLÁUSULA DE MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS FINANCIADOS EN EL PRTR 36
4. PENALIDADES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA O INCORRECTA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS FINANCIADOS EN EL PRTR 36
5. OBLIGACIONES DE ACREDITACIÓN PARA LOS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS ESTABLECIDAS EN EL PRTR 36
6. DECLARACIÓN MULTIPLE DE LAS EMPRESAS PROPUESTAS COMO ADJUDICATARIAS DE CONTRATOS BASADOS FINANCIADOS CON CARGO AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA 38
ANEXO I DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO TÉCNICO Y FUNCIONAL EXISTENTE 40
ANEXO IIDEFINICIÓN Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS 41
ANEXO III SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DE SISTEMAS EN ENTORNOS PRODUCTIVOS 42
ANEXO IV MODELO DE GESTIÓN Y DEFINICIÓN DE UNIDADES DE TRABAJO 43
I.1. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS 45
i) FASE DE CONSULTORÍA Y DEFINICIÓN DEL FRAMEWORK 46
ANEXO V REQUISITOS DE LOS PERFILES PROFESIONALES 51
ANEXO VI MODELO DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN 56
ANEXO VII VALORES OFERTADOS PARA LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FORMULA 57
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ANEXO VIII CUMPLIMIENTO DEL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD 58
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ANEXO IX ACUERDO PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DERIVADO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO, MANTENIMIENTO Y SOPORTE DE APLICACIONES Y SISTEMAS EN EL ÁMBITO DE LAS ACTUACIONES DE INSPECCIÓN DEL JUEGO 60
CORREO ELECTRÓNICO:
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C/ ATOCHA 3
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1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO
Organismo destinatario
Unidad proponente: Dirección General de Ordenación del Juego Centro directivo: Dirección General de Ordenación del Juego Departamento/organismo: Ministerio de Consumo
Datos de contacto del Organismo destinatario:
Dirección Postal: c/ Atocha 3
Correo electrónico: xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Teléfono: 00.000.00.00 Ext. 95300
Órgano de Contratación:
Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
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Datos de contacto del Órgano de contratación:
Dirección Postal: x/Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx
Correo electrónico: xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx Teléfono: 000 000 000 - Fax: 000 000 000
Responsable del contrato:
El Real Decreto 495/2020, de 28 xx xxxxx, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo y modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, atribuye a la División de Tecnologías y Servicios de la Información (en adelante DTSI), bajo la Subsecretaría de Consumo, la competencia de definición, dirección, planificación, coordinación y supervisión de la aplicación de la estrategia sobre tecnologías de la información y las comunicaciones y el resto de recursos tecnológicos del Ministerio y de sus diferentes organismos. Es por lo tanto función de la DTSI, al objeto de dar cumplimiento a las competencias atribuidas a las distintas unidades que integran el Ministerio de Consumo, proporcionar el conjunto de recursos tecnológicos, metodológicos, y humanos que permitan, a través de la supervisión y gestión de los contratos de ámbito TIC, la correcta ejecución y fiscalización de los mismos en un marco homogéneo de ámbito departamental.
En el ejercicio de las competencias atribuidas, se designa responsable del presente contrato, al amparo de lo dispuesto en el artículo 62 de la LCSP, al titular de la División de Tecnologías y Servicios de la Información de la Subsecretaría de consumo, D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
Datos de contacto del responsable del contrato:
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 5 / 63
C/ ATOCHA 3
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
Dirección Postal: x\ Xxxxxx 00, 00000 Xxxxxx Correo electrónico: xxxx@xxxxxxx.xxx.xx Teléfono: 00 000 00 00
2. TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO
Título del contrato: SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL FRAMEWORK-ARQUITECTURA, ENTORNO DE DESARROLLO, DESPLIEGUE Y VALIDACIÓN DE APLICACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACION DEL JUEGO. CONTRATO FINANCIADO CON CARGO AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
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Objeto del contrato: La Dirección General de Ordenación Juego (en adelante DGOJ) dispone de un Framework y Arquitectura de desarrollo de Aplicaciones bajo tecnología JEE que la División de Tecnologías y Servicios de la Información (de aquí en adelante, DTSI) ha venido aplicando los últimos años dentro de los proyectos de desarrollo que esta Dirección General ha abordado. Este Framework, tras un estudio previo, se ha considerado que debe ser modernizado con el fin de que se adapte de forma óptima a las nuevas necesidades y tecnologías actuales. Asimismo, deben ser revisados y actualizados otros aspectos involucrados en el proceso de desarrollo y despliegue de aplicaciones como, por ejemplo, el proceso de provisión de entornos para el despliegue de aplicaciones.
El presente contrato se plantea en dos fases, por un lado, servicios de consultoría para la modernización y definición de:
• Framework y Arquitectura: actualizar o sustituir la arquitectura y tecnología actuales respetando en la medida de lo posible la funcionalidad ofrecida actualmente por el Framework. Se prestará especial atención a la actualización del código y librerías derivadas xx xxxxxx de seguridad por obsolescencia o nuevas vulnerabilidades publicadas.
• Proceso y Modelo de Integración continua: actualización del entorno actual y creación de un pipeline que cubra las fases típicas.
Por otro lado, en una segunda fase, se deberá abordar la migración de algunas aplicaciones y la transferencia de conocimiento:
1. Framework y Arquitectura
Instalación y configuración de todos los componentes del framework de desarrollo propuestos en la fase de consultoría
o Migración de la aplicación piloto del Framework que recoge todas la funcionalidades y servicios aportados por esté.
o Migración de dos aplicaciones de uso real propuestas por la DGOJ
o Migración de las aplicaciones que proponga el contratista, escogidas del inventario de aplicaciones y servicios web que puede descargarse del enlace anterior, en el orden de prioridad indicado.
o Hoja xx xxxx de migración para el resto de las aplicaciones.
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o Actualización de la documentación y formación para el uso del nuevo Framework.
2. Proceso y Modelo de Integración continua:
o En primer lugar, se incluirá la parametrización de la aplicación piloto del Framework.
o Parametrización de las aplicaciones de uso real propuestas por el adjudicatario desde la plataforma de control de versiones actual (subversion).
o Elaboración de un plan-hoja xx xxxx de migración para el resto.
El presente contrato se financia en su totalidad con cargo a la aplicación presupuestaria 50.49KB.69 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el cual se enmarca dentro del Componente 11 Modernización de las administraciones públicas, iniciativa 2 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. C11.I2. En concreto, el proyecto con código P11.03 “Evolución del framework de desarrollo de la DGOJ y rediseño de la aplicación de gestión de expedientes”.
Las tareas, a efectos de contratación, constituyen un lote único e indivisible.
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El objeto del contrato no incluye ningún tipo de suministro, en particular, ni de licencias software, ni de elementos hardware o de comunicaciones.
CLASIFICACIÓN
() a. La prestación consiste en la realización de trabajos según los requisitos funcionales, requisitos no funcionales e hitos y entregables del ANEXO II de la presente invitación.
( ) b. La prestación comprende trabajos de mantenimiento de duración determinada conforme a los acuerdos de nivel de servicio en base a los que se efectúa la facturación de la prestación definidos en el ANEXO III.
(X) c. Los servicios de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones informáticas se definen en los términos previstos en el artículo 308.3 de la LCSP y conforme al ANEXO IV
TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
() El contrato NO requiere tratamiento de datos personales (X ) El contrato SÍ requiere tratamiento de datos personales. La finalidad para la que se ceden los datos es:
Acceso, tratamiento y finalidad del uso de los mismos asociado a los siguientes tratamientos declarados por parte del órgano proponente: “Ciudadanos en su relación con la DGOJ”, “Gestión y Tramitación de Infracciones Administrativas cometidas en materia de Juego”, “Gestión y Tramitación de Procedimientos en el ámbito de proveedores de juego autorizado en materia de Juego”, “Interdicciones de acceso al juego” y “Detección de suplantación de identidad en plataformas de juego online con licencia”. Mas información al respecto el la URL: xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxx-xxxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxx
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3. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA
3.1. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Plazo de ejecución del contrato: 6 meses. El plazo del contrato específico se iniciará:
( ) Al día siguiente al de adjudicación del contrato.
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(X) El 01/06/2023 salvo que la adjudicación del contrato específico se produzca el mismo día o con posterioridad a dicha fecha, en cuyo caso será la fecha siguiente a la adjudicación del contrato específico.
3.2. PRÓRROGA DEL CONTRATO ESPECÍFICO
El presente contrato específico1:
(X) No es prorrogable. Sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del plazo de ejecución descrita en el artículo 29.3 de la LCSP.
( ) Sí es prorrogable, en las siguientes condiciones:
• Se prevé una única prórroga, manteniendo inalterables las características del contrato específico durante la misma. Esta prórroga sólo podrá ser ejecutada mientras el sistema dinámico de adquisición siga en vigor y la empresa adjudicataria esté admitida en el mismo en el momento de formalizarla.
• La prórroga será obligatoria para el contratista, cuando su preaviso se produzca en los términos establecidos en el artículo 29.2 de la LCSP.
• Duración de la prórroga:
• Plazo de preaviso en los términos del artículo 29.2 de la LCSP: 2 meses
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
4.1. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
Presupuesto sin IVA2 (€) | IVA (€) | Presupuesto con IVA (€) |
367.976,40 | 77.275,04 | 445.251,44 |
1 Si la naturaleza de la prestación se define conforme a lo previsto en el apartado 2.1.a) sólo podrá seleccionarse la opción No es prorrogable
2 Este importe no podrá exceder el previsto en el artículo 2.1 a) la Orden EHA/1049/2008 de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada. En la actualidad 862.000 euros sin impuestos, ni modificaciones ni prórrogas.
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Las obligaciones económicas que se deriven para la Administración por el cumplimiento del contrato serán financiadas por el Presupuesto de Gastos del organismo Dirección General de Ordenación del Juego, Centro de Gestión Dirección General de Ordenación del Juego, con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias:
Aplicación presupuestaria | 2023 | TOTAL |
31.50.49KB.690 | 445.251,44 € | 445.251,44 € |
4.2. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE (A EFECTOS PRESUPUESTARIOS)
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(X) Ordinaria. ( ) Anticipada:
4.3. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO Y JUSTIFICACIÓN
De acuerdo con los artículos 102.4 y 309 del LCSP, la determinación del precio del contrato se realiza:
( ) A tanto alzado
PRESTACIONES 2.1.a | PRESTACIONES 2.1.b) |
100% |
(X) Por precios unitarios
Considerando, como se verá en el siguiente apartado precio máximo de licitación por unidad de trabajo de 876,31 € + 180,03 € (21 % IVA).
4.4. VALOR ESTIMADO
Conforme a lo previsto en el artículo 101.5 de la LCSP el valor estimado asciende a 441.571,68
euros, según el siguiente desglose:
Valor estimado | Importe (€) |
Importe total de la prestación, sin IVA | 367.976,40 € |
Importe máximo por modificación prevista, sin IVA | 73.595,28 € |
Importe máximo de la eventual prórroga, sin IVA (*) | 0 € |
TOTAL | 441.571,68 € |
(*) Incluye importe de la modificación máxima posible tramitada en el periodo inicial con continuidad en el período de prórroga
El contrato, conforme a los umbrales establecidos en la normativa contractual:
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 9 / 63
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(X) SI está sujeto a regulación armonizada ( ) NO está sujeto a regulación armonizada
En el cálculo del valor estimado se han tenido en cuenta los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, considerado los costes de personal que deberán encargarse de ejecutar la prestación.
El convenio colectivo sectorial de aplicación en los términos indicados es el XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios xx xxxxxxx de la opinión pública, publicado en el BOE del día 6 xx xxxxx de 2018 mediante Resolución de 22 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el citado Convenio. No consta que exista diferencia por género en el Convenio colectivo que resulta de aplicación.
Igualmente se han considerado otros costes que se deriven de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura, otros costes indirectos y el beneficio industrial.
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En relación con los costes derivados de los convenios colectivos sectoriales de aplicación, tomando en consideración el citado convenio y los precios xx xxxxxxx, se han considerado por analogía los precios licitados según perfiles del contrato sujeto a regulación armonizada, Directiva 2014/24/EU, de “Servicios de desarrollo de aplicaciones en el ámbito de la contabilidad, el control y la gestión presupuestaria con destino a la Intervención General de la Administración del Estado” (Expediente 86/2019) publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 27 xx xxxxx de 2020
(https://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/wps/poc?uri=deeplink:detalle_licitacion&idEvl=F3lx1jEFAl% 2BXQV0WE7lYPw%3D%3D).
Si bien resulta de aplicación el Convenio sectorial antes citado, en el presente servicio se requiere una cualificación superior debido a que se requiere personal con conocimientos, habilidades y destrezas específicos que conllevan que el personal que posee dichas competencias técnicas esté especialmente reconocido y valorado en el mercado laboral. Se considera por tanto un incremento salarial con respecto al mínimo establecido por el Convenio. En concreto, se aplican los siguientes incrementos según perfiles:
• 72% para el perfil de Coordinador técnico y Consultor
• 62% para el perfil Arquitecto de Sistemas y Arquitecto de contenidos
• 47% para el perfil Analista de Sistemas
• 23% para el Analista Programador Especialista en pruebas
Por otro lado, con respecto a la consideración de los costes directos e indirectos derivados de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y financieros, y el beneficio industrial en el cálculo del valor estimado de los contratos, se repercuten los mismos sobre el coste hora por perfil a fin de considerar un coste global por hora/perfil que incluya los mismos. De esta forma, se consideran los siguientes costes desglosados:
- Costes Directos: 70%
o Coste de mano de obra: 65% del valor estimado
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 10 / 63
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TEL: 00 00 000 00 00
o Coste de materiales: 0%
o Costes financieros y otros costes: 5%
- Costes Indirectos: 20%
- Beneficio Industrial: 10%
Con todo lo anterior, aplicando los costes del Convenio, así como el incremento porcentual aplicable a cada perfil, y considerando que los costes directos vinculados a los salarios son el 70% de los costes totales de cada presupuesto de inversión a acometer, estos son los costes a considerar por hora/perfil a la hora de realizar el cálculo de los valores estimados de las inversiones a realizar por cada una de las unidades que integran este Departamento:
CONVENIO COLECTIVO XVII | IGAE | ||||||||||
Grupo Prof. | Salario Base | Complemento Antigüedad | SS (32,7%) | Coste Mínimo Convenio | Horas/ año | Coste/ Hora Convenio | % Incremento | Coste Directo hora/perfil (65%) | Coste direct+ indirect hora /perfil | Coste h/perfil con IVA | |
Consultor/ Coordinador (Jefe de Proyecto/ Consultor) | 3-A-I | 26.790,31 | 2.679,03 | 9.636,47 | 39.105,81 | 1800 | 21,73 | 72% | 37,38 | 57,51 | 69,59 |
Desarrollador Experto | 3-B-I | 25.986,59 | 2.598,66 | 9.347,38 | 37.932,63 | 1800 | 21,07 | 62% | 34,13 | 52,51 | 63,54 |
Desarrollador Senior (Analista de Sistemas) | 3-B-II | 25.189,02 | 2.518,90 | 9.060,49 | 36.768,41 | 1800 | 20,43 | 47% | 30,03 | 46,20 | 55,90 |
Desarrollador ( Analista Programador) | 3-C-I | 24.640,37 | 1.232,02 | 8.460,27 | 34.332,66 | 1800 | 19,07 | 23% | 23,46 | 36,09 | 43,67 |
Diseñador Web Gráfico | 3-C-I | 24.640,37 | 1.232,02 | 8.460,27 | 34.332,66 | 1800 | 19,07 | 19% | 22,69 | 34,91 | 42,24 |
Programador/ Especialista en Pruebas | 3-D-I | 17.715,65 | 885,78 | 6.082,67 | 24.684,10 | 1800 | 13,71 | 19% | 16,31 | 25,09 | 30,36 |
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Para el presente contrato, se estima que los trabajos a realizar conllevarán el esfuerzo de 6 meses por parte del equipo que se propone a continuación:
Ejercicio 2023 (6 meses)
FASE 1. (15 jornadas - 15 días hábiles). Definición del framework y entorno de integración continua.
• 1 jefe de Proyecto/Coordinador/Líder técnico: con dedicación al 20% (20 horas) a tareas de jefatura de proyecto y un 80% (100 horas) a tareas de consultoría de arquitectura.
• 3 consultores arquitectura y Devops/ al 100%.
• 1 Arquitecto de contenidos al 100%.
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 11 / 63
C/ ATOCHA 3
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
Cat. Profesional | Nº personas | Total horas / perfil | Coste /hora /perfil | Coste sin IVA | Coste con IVA |
Jefe de proyecto / Líder técnico /Consultor (al 100%) | 4 | 120 | 57,51 € | 27.604,80 € | 33.401,81 € |
Arquitecto de contenidos (100%) | 1 | 120 | 52,51 € | 6.301,20 € | 7.624,45 € |
TOTAL | 33.906,00 € | 41.026,26 € |
FASE 2 (102 jornadas - 5 meses aproximadamente). Migración xxx xxxxxx, aplicaciones y despliegue del entorno de integración continua
• 1 jefe de Proyecto/Coordinador/Líder técnico con dedicación al 100%.
• 2 arquitectos de sistemas con dedicación al 100%.
• 3 analistas Funcionales con dedicación al 100%.
• 2 Analistas programadores con dedicación al 100%.
XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX - 2023-06-12 11:57:37 CEST
• 1 Especialista en pruebas con dedicación al 100%.
Cat. Profesional | Nº personas | Total horas/perfil | Coste/ hora/ perfil | Coste sin IVA | Coste con IVA |
Jefe de proyecto / Líder Técnico (100%) | 1 | 816 | 57,51 € | 46.928,16 € | 56.783,07 € |
Arquitecto de sistemas (100%) | 2 | 816 | 52,51 € | 85.696,32 € | 103.692,55 € |
Analista Funcional (100%) | 3 | 816 | 46,20 € | 113.097,60 € | 136.848,10 € |
Analista Programador (100%) | 2 | 816 | 36,09 € | 58.898,88 € | 71.267,64 € |
Especialista en pruebas (100%) | 1 | 816 | 36,09 € | 29.449,44 € | 35.633,82 € |
TOTAL: | 334.070,40 € | 404.225,18 € |
De cuya tabla se deriva el siguiente esfuerzo por tipo de perfil requerido:
Cat. Profesional | Nº personas | Total horas | Coste/ hora/ perfil | Coste sin IVA | Coste con IVA |
Jefe de proyecto / Líder Técnico | 4 | 1296 | 57,51 € | 74.532,96 € | 90.184,88 € |
Arquitecto de contenidos | 1 | 120 | 52,51 € | 6.301,20 € | 7.624,45 € |
Arquitecto de sistemas | 2 | 1632 | 52,51 € | 85.696,32 € | 103.692,55 € |
Analista Funcional | 3 | 2448 | 46,20 € | 113.097,60 € | 136.848,10 € |
Analista Programador / Especialista en pruebas | 3 | 2448 | 36,09 € | 88.348,32 € | 106.901,47 € |
TOTAL: | 367.976,40 € | 445.251,44 € |
Tal y como se especifica en la metodología de la DTSI, apartado 5 GESTIÓN DEL PROYECTO de la documentación adjunta a la presente licitación (Requisitos_NoFuncionales_DTSI), la planificación, seguimiento y control del servicio se efectuará en base a un modelo de gestión
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basado en Encargos de Trabajo. Un ET se compone de unidades de esfuerzo del equipo de trabajo llamadas Unidades de Trabajo (en adelante UT). Una UT es aquel trabajo técnico que va a requerir una combinación de esfuerzo equivalente a 2 horas de jefe de proyecto Técnico o Consultor, 8 horas de Analista funcional o perfil similar y 16 horas de Analista programador o perfil similar.
Esto supone que el precio de licitación para 1 UT es de:
Esfuerzo Hs/UT | euro/hora | CP (Categoría) | Horas por UT | Coste por UT | |
Jefe de Proyecto / Consultor | 3 | 57,51 € | 1,594 | 4,7805 | 172,53 € |
Arquitecto Sistemas / contenidos | 4 | 52,51 € | 1,455 | 5,8200 | 210,04 € |
Analista Ing. Seg. /QA Tec. Sistemas | 6 | 46,20 € | 1,280 | 7,6800 | 277,20 € |
Analista Programador / Especialista en pruebas | 6 | 36,09 € | 1,000 | 6,0000 | 216,54 € |
24,2805 | 876,31 € |
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Por consiguiente, el precio de licitación máximo para 1 UT es de 876,31 €, no incluido Impuesto de Valor Añadido.
El desglose de los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para la determinación del presupuesto base de licitación, en aplicación del artículo 100.2 de la LCSP, es el siguiente:
Desglose Precio | |
Costes directos (70%) | |
Personal (65%) | 239.184,66 € |
Resto costes directos (5%) | 18.398,82 € |
Costes indirectos + Gastos generales + Beneficio industrial (30%) | 110.392,92 € |
Total sin IVA | 367.976,40 € |
En cuanto a los costes directos de personal la estimación a partir del XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría (Resolución de 22 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo), en función de la dedicación del personal asignado a la ejecución del contrato es:
Perfiles | Dedicación horas/ perfil | Salario según convenio | Especialización tecnológica (XX%) | Salario anual | Coste anual según dedicación | Coste personal contrato | Coste personal contrato con Seguridad Social 30% |
Jefe de proyecto/consultor | 1.296 | 39.105,81 | 72% | 67.261,99 | 22.196,46 | 36.508,23 | 48.446,42 |
Arquitecto de Sistemas / Contenidos | 1.752 | 37.932,63 | 62% | 61.450,86 | 38.714,04 | 45.062,84 | 59.798,39 |
Analista Funcional | 2.448 | 36.768,41 | 47% | 54.049,56 | 48.104,11 | 55.398,22 | 73.513,44 |
Analista Programador | 2.448 | 34.332,66 | 23% | 42.229,17 | 37.583,96 | 43.275,36 | 57.426,41 |
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180.244,66 | 239.184,66 |
Conforme a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, no procederá la revisión de precios
durante la vigencia del contrato.
4.5. CONTRATO FINANCIADO CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
( ) No.
(X) Sí. Instrumento /Fondo/Programa/Mecanismo: Componente 11 Modernización de las Administraciones públicas.
Código de operación/Proyecto/Iniciativa: Iniciativa 2. Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. C11.I2. Proyecto con código P11.03 Evolución del framework de desarrollo de la DGOJ y rediseño de la aplicación de gestión de expedientes.
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Corresponde al organismo destinatario o, en su caso, al organismo financiador del presente contrato específico, la acreditación de todos los requisitos que resulten exigibles por la normativa comunitaria o nacional para obtener el retorno de las ayudas europeas. Resultan de obligado cumplimiento al presente contrato las obligaciones establecidas en la Adenda para contratos cofinanciados para las partes.
4.6. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
Este contrato específico podrá ser modificado durante su vigencia, en los supuestos de modificación legal contemplados en el artículo 205 de la LCSP y en los supuestos del epígrafe
27.18 del PCAP.
Serán de aplicación las siguientes condiciones:
• Porcentaje máximo de todas las modificaciones, sobre el precio inicial de adjudicación: 20%.
• Circunstancias admitidas para modificar el contrato específico:
o Debido a modificaciones legislativas que afecten al ámbito de los sistemas de desarrollo de administración electrónica objeto del contrato específico,
o Por evolución tecnológica del entorno técnico de los sistemas objeto del contrato.
o Cuando las necesidades funcionales, de los sistemas y aplicaciones objeto del contrato, sean superiores o inferiores a las estimadas inicialmente.
o Por cuestiones relacionadas con la seguridad de la información de los sistemas objeto del contrato.
o Costes no previstos debidos a cambios en el mercado de trabajo de perfiles cualificados en tecnologías de la información.
o Reorganizaciones internas de los centros directivos o reorganizaciones administrativas.
o Por la introducción de soluciones innovadoras en los sistemas de información para mejorar el impacto de las políticas públicas.
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5. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
( ) La prestación de los servicios de desarrollo se efectuará en la sede de la Administración
() La ejecución de las tareas de desarrollo se realizará, como regla general, en la sede del adjudicatario, salvo aquellas tareas relacionadas con la recogida de requisitos, implantación y puesta en marcha u otras similares en las que resulte más conveniente para una mejor ejecución de los trabajos.
En todo caso, el Coordinador Técnico del Contrato está obligado a acudir a la ubicación designada por la entidad destinataria del contrato específico siempre que ésta así lo solicite.
( ) El adjudicatario puede ofertar la realización de las tareas en modalidad no presencial según plan de ejecución de teletrabajo.
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(X) El equipo de trabajo estará ubicado preferentemente en instalaciones del proveedor adjudicatario del servicio. En caso de ser requerido por parte del responsable del contrato, ciertos perfiles podrán estar ubicados físicamente en la sede del Departamento que determine el responsable del contrato, o en una modalidad mixta de ubicaciones.
6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN
(X) No ha existido participación de empresas en la elaboración de las especificaciones técnicas o los documentos preparatorios del contrato específico ni existen incompatibilidades por causas de la naturaleza de los trabajos
( ) Si han participado empresas en la elaboración de especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato específico
En este caso se han adoptado las siguientes medidas para garantizar que su participación en la licitación no falsee la competencia:
( ) Comunicación a los demás candidatos o licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas
() Otras:
( ) Existen incompatibilidades por causas de la naturaleza de los trabajos.
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN3
El presente contrato tiene por objeto prestaciones de carácter intelectual4:
3 Criterios de valoración conforme a las previsiones del apartado 27.5.4 del PCAP.
4 Según Resolución TACRC 1250/2019, una prestación de carácter intelectual debe tener una función
innovadora y creativa con carácter predominante en el contrato. Incluso aunque exista actividad
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(X) No
( ) Sí
7.1. PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1. Ponderación de los criterios según forma de evaluarlos
SOBRE 1. Criterios que dependen de un juicio de valor | SOBRE 2. Criterios evaluables mediante fórmulas |
50% | 50% |
2. Ponderación entre criterios cualitativos y criterios relacionados con el precio si el contrato tiene por objeto prestaciones de carácter intelectual
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NO APLICA
7.2. CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
7.2.1. CRITERIOS Y PONDERACIÓN
CRITERIO | PONDERACIÓN EN PUNTOS (SOBRE 100) |
Solución técnica ofertada (propuesta de definición del framework, propuesta de migración de aplicaciones, comprensión de los requisitos, metodología, satisfacción de los requisitos…) | 95 |
Transferencia de conocimiento | 5 |
7.2.2. MÉTODO DE VALORACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
Los criterios cuya valoración dependen de un juicio de valor tendrán un peso del 50% en la valoración total de la oferta. A continuación, se indican los pesos relativos de la valoración asignados a cada apartado:
Solución técnica ofertada | 47,5 % |
Transferencia de conocimiento | 2,5 % |
Respecto a los aspectos a valorar, para cada uno de estos subcriterios o apartados, se analizarán las diferentes ofertas de los licitadores y se valorará la adecuación de la estructura de las mismas, su claridad, la exposición detallada de la solución, la inclusión de esquemas y gráficos
intelectual (todo contrato de servicios la requiere), es la existencia de creación innovadora lo que determinará si el objeto del contrato es una prestación de carácter intelectual.
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que faciliten su comprensión, incluyendo cuadros-resumen destinados a detectar con facilidad los criterios valorables, así como la adecuación de la propuesta a las necesidades de la Administración y a las condiciones indicadas en el presente documento de licitación.
Para cada criterio/subcriterio la valoración se efectuará según el siguiente baremo de calidad en función de si “El valor técnico, la calidad, el detalle y la adecuación de la propuesta presentada se adecua, en un determinado grado, a los requerimientos mínimos solicitados en el presente documento y/o al resto de propuestas presentadas”, concretamente:
1.- Para el subcriterio Solución técnica ofertada se valorará el grado de adecuación de la solución técnica propuesta para cada uno de los trabajos enumerados y pormenorizados en el anexo IV. Se tendrá en cuenta el valor técnico, la calidad y adecuación de las propuestas en cuanto a:
• Fase de consultoría y definición del framework
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o Framework y Arquitectura: se valorará la propuesta de actualización de la arquitectura y tecnología actuales respetando en la medida de lo posible la funcionalidad ofrecida actualmente por el Framework. Además, se valorará la propuesta de actualización del código y librerías derivadas xx xxxxxx de seguridad por obsolescencia o nuevas vulnerabilidades publicadas.
o Proceso y Modelo de Integración continua: se valorará la propuesta de actualización del entorno actual y la propuesta de creación de un pipeline que cubra las fases típicas.
• Framework y Arquitectura
o Se valorará que la propuesta incluya la migración de la aplicación piloto del Framework, así como la migración de aplicaciones de uso real que considere el contratista y hoja xx xxxx de migración para el resto. El contratista hará una propuesta del número de aplicaciones a migrar en base al inventario de aplicaciones y servicios web proporcionado donde se detallan las aplicaciones y servicios web que son susceptibles de migración.
o También la actualización de la documentación y formación para el uso del nuevo Framework.
• Proceso y Modelo de Integración continua:
o Se valorará que la propuesta incluya la parametrización del entorno de integración continua para incorporar la aplicación piloto del Framework, así como las aplicaciones de uso real que considere el contratista, desde la plataforma de control de versiones actual (subversion) a la plataforma seleccionada en la fase de consultoría-
o Se valorará la propuesta de un esquema de un plan-hoja xx xxxx de migración para el resto.
Además, se valorarán los trabajos ofrecidos que, aunque no estén incluidos específicamente en este documento de invitación, puedan contribuir a mejorar el resultado final.
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2. - Para el subcriterio de Transferencia de conocimiento:
• Se valorará la propuesta del plan de formación para el uso del nuevo framework y transferencia de conocimiento a los desarrolladores y a la DGOJ. En particular, se valorará la creación de contenidos audiovisuales que describan el comportamiento del framework para su uso en el futuro, así como su mantenimiento y evolución.
Teniendo en cuenta lo anterior, para cada criterio/subcriterio la valoración se efectuará según el siguiente baremo de calidad:
MUY SUPERIOR | 100% de la puntuación del criterio/subcriterio |
LIGERAMENTE SUPERIOR | 65% de la puntuación del criterio/subcriterio |
IGUAL | 50% de la puntuación del criterio/subcriterio |
LIGERAMENTE INFERIOR | 20% de la puntuación del criterio/subcriterio |
MUY INFERIOR | 0% de la puntuación del criterio/subcriterio |
7.3. PRECIO DE LA OFERTA
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50 puntos, valorable según la fórmula seleccionada:
(X) Función optimizar precio:
𝐶𝑖 = 𝑃 ∗
(𝑂𝑙 − 𝑂𝑖) (𝑂𝑙 − 𝑂𝑏)
Donde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 40 puntos sobre
100. El precio no puede ser el único criterio de adjudicación
Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido) Ob, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido)
Ol, es el presupuesto máximo de licitación (IVA excluido) ( ) Función minimizar precio:
Donde:
𝐶𝑖 = 𝑃 ∗ (1 −
(𝑂𝑖 − 𝑂𝑚𝑖𝑛)
)
𝑂𝑚𝑎𝑥
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 51 puntos, excepto en el caso de contratos de carácter intelectual en el que será 49. El precio no puede ser el único criterio de adjudicación.
Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido) Omin, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido) Omax, es el precio de la oferta más alta (IVA excluido
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7.4. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS, DISTINTOS AL PRECIO
En la presente licitación no se tienen en consideración criterios evaluables mediante fórmulas más allá del criterio precio.
7.5. FÓRMULAS APLICABLES A LOS CRITERIOS AUTOMÁTICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Función Maximizar:
Donde:
𝐶𝑖
𝑋𝑖
= 𝑃 ∙
𝑋𝑚á𝑥
• Ci es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador i;
• P es la ponderación del criterio C;
• Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
• Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C o el umbral de saciedad si éste fuese inferior y se hubiese definido.
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En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente mayor valor del dato en su oferta, en el criterio C, y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Minimizar:
Donde:
𝐶𝑖
= 𝑃 ∙ [1 − (𝑋𝑖 − 𝑋𝑚í𝑛)]
𝑋𝑚á𝑥
• Ci es la puntuación en base al criterio C asignada a la oferta del licitador i;
• P es la ponderación del criterio C;
• Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
• Xmín es el valor mínimo ofertado por los licitadores en el criterio C o el valor mínimo de referencia que se hubiese definido, en su caso;
• Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C.
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente menor valor del dato en su oferta en el criterio C y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Sí/No (maximizar binario):
Donde:
𝑋𝑖 = 𝑃
• P es el peso del criterio a valorar, si la oferta del licitador contempla el cumplimiento de este requisito. En caso contrario, P es cero.
7.5.- APLICACIÓN DEL UMBRAL DEL 50% DE PUNTUACIÓN
(X) El presente procedimiento se articula en dos fases correspondientes a la valoración de criterios sujetos a juicio de valor y la correspondiente a criterios evaluables mediante fórmulas
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(Sobres nº1 y Sobre nº 2). Conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la LCSP y en el apartado
27.5.4 del PCAP el límite del 50% de los criterios de calidad será aplicable una vez abierto el Sobre nº 1 (o si existiesen también criterios de calidad automáticos, una vez abierto el sobre 2.1 que contiene los valores de éstos).
( ) El presente procedimiento se articula en una única fase.
Se apreciará que la oferta es anormalmente baja cuando se produzcan las siguientes condiciones de forma concurrente:
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- Si existiendo 4 o más licitadores las ofertas económicas presentadas resultan inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 20 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. Si, por el contrario, han concurrido menos de cuatro licitadores, resultarán de aplicación las previsiones del artículo 85 apartados 1 a 3 del Reglamento 1098/2021, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas.
- A la condición anterior se deberá añadir la siguiente para apreciar el carácter anormal o desproporcionado de las ofertas.
( ) Cuando el criterio de calidad de mayor peso de los apartados 7.2 y 7.4 se encuentre fuera del umbral indicado:
( ) Cuando la puntuación de la totalidad de los criterios de calidad (todos los que no son el criterio precio) se encuentre fuera del umbral indicado:
9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
9.1. OBLIGACIONES GENERALES
Al presente contrato le resultan de aplicación las siguientes obligaciones, conforme a lo establecido en los pliegos reguladores del sistema dinámico de adquisición:
a) Las obligaciones establecidas en el apartado 27.5.9 del PCAP respecto al personal laboral
b) La obligación de confidencialidad del apartado 27.5.8 del PCAP
c) Las obligaciones referidas a la protección de datos personales, en los términos previstos en la cláusula 27.5.7 apartado 2 del PCAP.
d) La obligación de cumplimiento de la condición especial de ejecución relativa a la disponibilidad de los planes de formación conforme al apartado 27.5.7 apartado 1 del PCAP del SDA 26/2021 y, en su caso, las condiciones de ejecución previstas en el apartado 9.3 de este documento de invitación.
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e) Las obligaciones de comunicación de la subcontratación y la acreditación de los pagos a los subcontratistas conforme al apartado 27.11 del PCAP. En su caso, y conforme a lo previsto en el apartado 215.2.e) el contratista principal no podrá subcontratar las siguientes tareas:
• Para este contrato no hay tareas críticas a nivel técnico para las que no se considere posible la subcontratación de las mismas.
f) El cumplimiento de las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación conforme al artículo 122.2 de la LCSP.
g) El adjudicatario nombrará un Coordinador Técnico del Contrato que actuará como interlocutor único a todos los efectos frente a la entidad destinataria del contrato, canalizando las comunicaciones y responsabilizándose de la gestión de los trabajos y de la gestión del personal adscrito por parte de la empresa adjudicataria.
h) La obligación de disponibilidad de los medios técnicos conforme a lo previsto en el apartado 2 del PPT, según se indique en el presente documento de invitación.
i) La obligación establecida en el apartado 5 del PPT.
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j) La obligación referente a la cesión de la propiedad intelectual de los trabajos de desarrollo conforme al 308.1 de la LCSP
9.2. RECURSOS A APORTAR AL SERVICIO
( ) No se define un equipo mínimo. El adjudicatario realizará la prestación a su riesgo y xxxxxxx con los medios personales y materiales que incluya en su propuesta si bien se facilita un equipo de trabajo orientativo.
( ) Se define un equipo mínimo en el apartado 9.3 que el adjudicatario deberá aportar para la prestación del servicio como condición de ejecución del mismo. El adjudicatario realizará la prestación a su riesgo y xxxxxxx con los medios personales mínimos descritos, pudiendo aumentarlos si lo estima conveniente.
(X) Se solicita la adscripción al contrato de perfiles profesionales. El adjudicatario deberá aportar el equipo mínimo del apartado 9.2.1 y acreditar la adscripción al contrato de los medios y personas, en número y cualificación, que se definen en el apartado 9.2.2.
En el apartado 9.2.2 de este documento se justifica de manera motivada la obligación de adscripción.
9.2.1. DEFINICIÓN DEL EQUIPO MÍNIMO U ORIENTATIVO
El equipo de proyecto proporcionado por el adjudicatario para la prestación del servicio se adaptará a los perfiles siguientes:
Perfil | Funciones básicas a realizar |
Jefe de Proyecto | Coordinación Técnica del proyecto. Responsabilidad de la organización, del desarrollo y control permanente del proyecto, supervisando el ajuste a los programas y objetivos iníciales establecidos. Desarrollo del plan de trabajo, elaboración de los |
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informes periódicos de avance y realizando las labores de Coordinador Técnico del Contrato. | |
Consultor | Análisis de las necesidades del cliente, aportando soluciones y analizando nuevas alternativas. Elaboración del diseño técnico global, para la definición correcta de los diferentes módulos y para la realización de las pruebas de rendimiento necesarias. |
Arquitecto de software | Gestión de los requisitos no funcionales y definición de la Arquitectura de Software Desarrollo especificaciones de producto a un alto nivel con atención a la integración y viabilidad del sistema Definición de todos los aspectos del desarrollo, desde la tecnología y el flujo de trabajo apropiados a los estándares de codificación |
Analista | Responsabilidad funcional del proyecto, participación en la elaboración del análisis funcional, participación en el diseño técnico y soporte en las pruebas de aceptación y traspaso de conocimiento. |
Técnico especialista en pruebas | Responsable de la realización de las pruebas de todas las tareas inherentes al despliegue y pruebas de los componentes software migrados o desarrollados. |
Analista programador | Responsabilidad del desarrollo de los componentes complejos y de la coordinación del trabajo de los programadores. |
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En base a los anteriores perfiles, el equipo mínimo a aportar al proyecto es el siguiente:
Perfil | Número de personas | Dedicación |
Jefe de proyecto/consultor/líder técnico | 4 | 1.296 horas |
Arquitecto de Sistemas / Contenidos | 3 | 1.752 horas |
Analista Funcional | 3 | 2.448 horas |
Analista Programador | 2 | 1.632 horas |
Especialista en pruebas | 1 | 816 horas |
9.2.2. ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES
El adjudicatario debe adscribir a la ejecución del servicio los siguientes medios:
Perfil | Número de personas | Dedicación |
Jefe de proyecto/consultor | 1 | 936 horas |
Arquitecto de Sistemas | 1 | 816 horas |
Analista Funcional | 2 | 1.632 horas (816 horas por perfil) |
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Para cada uno de los perfiles ofertados, la documentación justificativa de disponer de los medios a que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (art. 150.2 LCSP) y que viene referenciada en el apartado 9.2.3 del presente Documento de Invitación
Los perfiles adscritos deberán disponer de los conocimientos, experiencia y/o formación según se detalla en el ANEXO V - REQUISITOS DE LOS PERFILES PROFESIONALES.
El propuesto como mejor clasificado deberá acreditar la disponibilidad de los medios personales o materiales solicitados de forma previa a elevar la propuesta de adjudicación del contrato específico al órgano de contratación. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión del procedimiento.
El compromiso de adscripción no tiene el carácter de obligación esencial del contrato, estableciéndose las penalidades por incumplimiento del mismo en el apartado 12 del presente documento de invitación, de conformidad con el apartado 27.17 del PCAP del sistema dinámico de adquisición.
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Justificación motivada adscripción: Se exige la adscripción de medios del jefe de proyecto, un arquitecto y los analistas debido al valor de los servicios que prestan estos perfiles para la adecuada ejecución del contrato.
Por un lado, el jefe de proyecto desempeña un rol de gestión que permite contabilizar y auditar los encargos de trabajo y las unidades de esfuerzo de trabajo que realiza el adjudicatario, esencial para que se audite por parte del responsable del contrato la ejecución, y en la comprobación material de la inversión, la intervención delegada disponga de una información esencial para el ejercicio de sus funciones. También, actúa como interlocutor entre la Administración y el equipo de trabajo del adjudicatario, transmitiendo los resultados e impedimentos que se presentan durante la ejecución.
Por otro lado, los analistas y el arquitecto de sistemas realizarán tareas de alto valor para convertir las peticiones funcionales y técnicas en ordenes claras y concisas para que las tareas de programación, maquetación y/o configuración, u otras tareas, sean realizadas con el menor esfuerzo posible, permitiendo entregar resultados en coste y plazos razonables. Asimismo, son perfiles que realizan tareas de consultoría, diseño y dimensionamiento de sistemas de información, y, por tanto, resulta indispensable su adscripción para la ejecución de los trabajos requeridos en el Anexo II.
9.2.3. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE DISPONER DE LOS MEDIOS A QUE SE HUBIESE COMPROMETIDO A DEDICAR O ADSCRIBIR AL CONTRATO
(X) Los títulos oficiales que acrediten el cumplimiento de los requisitos de titulación exigida para los perfiles profesionales a dedicar al contrato.
(X) La experiencia exigida para los perfiles profesionales, se acreditará mediante los currículum vitae detallados y anonimizados acompañados de declaración responsable del licitador sobre la veracidad de los datos contenidos en los mismos.
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(X) Aquella que acredite que los perfiles profesionales a adscribir a la ejecución del contrato pertenecen a la empresa, o que existe un precontrato para su incorporación laboral a la misma, o una relación mercantil que permita al empresario disponer de los mismos para la ejecución del contrato.
( ) Otros
9.2.4. CONSTITUCIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO
El equipo de trabajo deberá estar constituido en el plazo de 15 días, a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación del contrato específico.
9.2.5. RÉGIMEN DE SUSTITUCIÓN DEL PERSONAL
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En el caso de que fuese necesaria la sustitución del personal adscrito, se deberá comunicar al responsable del contrato específico con la antelación suficiente y en todo caso en un plazo de quince días la sustitución propuesta para que pueda comprobarse que el nuevo componente que se pretende adscribir al contrato cumple las condiciones mínimas exigibles al perfil correspondiente.
9.3. ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
Son condiciones de obligado cumplimiento las descritas en este documento, en el Anexo XII Cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.
En aplicación del artículo 38 del ENS, el organismo destinatario:
Ha categorizado el sistema o sistemas objeto del desarrollo, de la siguiente manera: MEDIO
(X ) Se han determinado los siguientes requisitos aplicables al servicio de desarrollo del sistema:
Cumplimiento de la Orden CSM/418/2022, de 10 xx xxxx, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito de la administración electrónica del Ministerio de Consumo y de su normativa de segundo y tercer nivel que la desarrolle.
10. PAGO DE LOS SERVICIOS Y FACTURACIÓN
El pago de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con los términos del contrato se efectuará de acuerdo con lo establecido en los artículos 198 y 199 de la LCSP y las normas y disposiciones que los desarrollan.
La periodicidad de los pagos será la siguiente:
( ) Mensual para los trabajos descritos incluidos en () ANEXO II
( ) ANEXO III
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 24 / 63
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TEL: 00 00 000 00 00
( ) ANEXO IV
( X ) Trimestral, para los trabajos según los trabajos descritos incluidos en ( ) XXXXX XX
( ) ANEXO III
( X ) ANEXO IV
considerando los siguientes períodos trimestrales: Período 1: Junio – Agosto
Período 2: Septiembre - Noviembre
( ) Conforme a los hitos establecidos en el ANEXO II al recibirse los entregables. ( ) Los hitos tienen naturaleza de entregas parciales
( ) Los hitos se abonan como anticipos a cuenta, debido a la naturaleza de la prestación
( ) Otra
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La cuantía a pagar por la Administración será el importe ofertado por el adjudicatario correspondiente a los trabajos completados que haya desempeñado el contratista en el período de facturación.
10.1. CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS
(X) Organismo incluido en el ámbito subjetivo, art 229.2 LCSP.
Las facturas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. En concreto, las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas se ajustarán al formato estructurado de la factura electrónica Facturae y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures (XAdES).
En las facturas deberán constar los siguientes datos, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP:
• Órgano de contratación: Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación - E04962703.
• Órgano responsable del contrato específico: Dirección General de Ordenación del Juego. DIR3. E04912605
• Órgano gestor: Dirección General de Ordenación del Juego. DIR3. E04912605
• Unidad tramitadora: Dirección General de Ordenación del Juego. DIR3: E04912605
• Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública:
I.D. Ministerio de Consumo. DIR3. XX0000000
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 25 / 63
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TEL: 00 00 000 00 00
Asimismo, en el ámbito de la facturación electrónica deberán incluir:
• Campo <FileReference>: SDA 26/2021.
• Campo <Receiver transaction reference>: Expediente: 202305SD0005. ( ) Organismo adherido al Sistema Estatal de Contratación Centralizada.
11. PLAZO DE GARANTÍA DEL OBJETO DEL SERVICIO
Una vez efectuada la recepción o conformidad según lo establecido en los artículos 210 y 311 de la LCSP, comenzará el plazo de garantía de los entregables que hacen objeto del contrato específico. Este plazo se fija en nueve meses desde la fecha de recepción.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los entregables de la prestación contratada, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos en un plazo no superior a tres meses. Estos vicios y defectos se entenderán siempre referidos a la última versión del entregable generada por el contratista, no estando cubierta por esta garantía ninguna versión posterior de dicho entregable.
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El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado ningún reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
12.1. PENALIDADES FIJADAS EN EL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN
En los siguientes casos se aplicarán las previsiones de la cláusula 27.17 del PCAP,
Valor fijado en el SDA | Valor fijado en el contrato específico | Fórmula de cálculo | |
Incumplimiento de las condiciones de ejecución, excepto la relativa a subcontratación. • NO APLICA | 1% de la facturación del periodo | Grave: hasta el 5% del importe del contrato Muy grave: hasta el 10% del importe del contrato | Apartado 12.2 |
Incumplimiento de los ANS. Ver Anexo VIII, INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO | % de la facturación del periodo Según ANS (Anexo VIII). | Grave: % de la facturación del periodo Según ANS (Anexo VIII). | Según ANS (Anexo VIII). |
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xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 26 / 63
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Muy Grave: 10% de la facturación del periodo cuando la penalización según ANS alcanzan el 5% de la facturación del periodo. | |||
Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios • No disponer del equipo mínimo requerido pasados 30 días naturales desde la baja del recurso. | 1% de la facturación del periodo/día | Grave: 5% de la facturación del periodo/día Muy grave: 10% de la facturación del periodo/día | Apartado 12.2 y según ANS para incumplimiento leve. |
Incumplimiento de las condiciones ofertadas en los criterios de adjudicación y que fueron valoradas • NO APLICA | 1% de la facturación del periodo | Grave: hasta el 5% del importe del contrato Muy grave: hasta el 10% del importe del contrato | Apartado 12.2 |
Demora en el cumplimiento del plazo total del contrato | Resolución / 0,60 euros por cada día y 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido | Valor fijado en el SDA | |
Incumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social o laboral | 1% de la facturación del periodo | Apartado 12.2 | |
Incumplimiento de las condiciones de subcontratación | 1% del importe del subcontrato Grave: 5% Muy grave: 10% | Valor fijado en el SDA | |
Incumplimiento de las obligaciones de información y pago sobre suministradores y subcontratistas | 1% del importe del subcontrato Grave: 5% Muy grave: 10% | Valor fijado en el SDA |
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Definición y motivación de incumplimientos graves y muy graves aplicables al contrato específico:
• Incumplimiento de los ANS:
o Grave: Incumplimiento sostenido durante un periodo de al menos 3 meses de ejecución en un 50% de los indicadores de calidad del mantenimiento de desarrollos, respecto al umbral definido para incumplimientos leves de nivel medio. El incumplimiento de estos indicadores supone un mayor esfuerzo de gestión por parte de los servicios de la oficina técnica de gestión de proyectos y esfuerzo de la oficina
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xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 27 / 63
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técnica de calidad, que genera un coste de oportunidad en otras actividades que podrían desarrollar estas oficinas técnicas, además de interrupciones o incidencias en los servicios públicos que generan un coste en su recuperación o resolución.
o Muy grave: Incumplimiento consecutivo o no consecutivo de un periodo de al menos 6 meses de ejecución en un 65% de los indicadores de calidad del mantenimiento de desarrollos, respecto al umbral definido para incumplimientos leves de nivel medio. El incumplimiento de estos indicadores supone un mayor esfuerzo de gestión por parte de los servicios de la oficina técnica de gestión de proyectos y esfuerzo de la oficina técnica de calidad, que genera un coste de oportunidad en otras actividades que podrían desarrollar estas oficinas técnicas, además de interrupciones o incidencias en los servicios públicos que generan un coste en su recuperación o resolución. Además, el incumplimiento sostenido de indicadores de calidad del software introduce riesgos de seguridad y genera deuda técnica ante nuevos proveedores.
• Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios: No disponer del equipo mínimo requerido pasados 30 días naturales desde la baja del recurso.
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o Grave: No disponer de, al menos, el 50% de los recursos humanos requeridos en el apartado 9.2.2. del documento de invitación durante un periodo de tiempo igual o superior a 90 días. Para calcular el equipo efectivo de trabajo, se deberá redondear a un número entero hacia abajo el valor resultante de aplicar el 50% al equipo de trabajo mínimo requerido en el apartado 9.2.2. en el periodo considerado. El presente agravamiento de las penalidades se justifica debido a que son objeto de mantenimiento sistemas críticos de la DG de ordenación del Juego como el Servicio de Verificación de Jugadores y el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) los cuales requieren la monitorización y supervisión constante para no derivar en incumplimientos normativos por parte de la Administración ante jugadores, otras Administraciones y/u operadores de juego online. Además, la significativa complejidad funcional del negocio exige un suficiente conocimiento técnico y funcional que no es sencillo de reponer ante posibles rotaciones del equipo esencial que se adscribe al contrato. Otro factor relevante, es que la actividad de juego online se desarrolla todos los días de la semana y durante las 24 horas del día, y, por tanto, es necesario garantizar la continuidad de los servicios y una ágil respuesta ante incidencias. Estas penalizaciones graves o muy graves serán de aplicación sin perjuicio de las responsabilidades patrimoniales derivadas del incumplimiento de los compromisos con los operadores de juego para el normal funcionamiento de sus plataformas de juego, así como el cumplimiento de los convenios suscritos con las CCAA para la interconexión del RGIAJ con sus registros autonómicos, según lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
o Muy grave: No disponer, de al menos, el 75% de los recursos humanos requeridos en el apartado 9.2.2. en el periodo de ejecución solicitado en el documento de invitación durante un periodo de tiempo igual o superior a 180 días. Para calcular el equipo efectivo de trabajo, se deberá redondear a un número entero hacia abajo el valor resultante de aplicar el 75% al equipo de trabajo mínimo requerido en el
CORREO ELECTRÓNICO:
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apartado 9.2.2. en el periodo considerado. El presente agravamiento de las penalidades se justifica debido a que son objeto de mantenimiento sistemas críticos de la DG de ordenación del Juego como el Servicio de Verificación de Jugadores y el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) los cuales requieren la monitorización y supervisión constante para no derivar en incumplimientos normativos por parte de la Administración ante jugadores, otras Administraciones y/u operadores de juego online. Además, la significativa complejidad funcional del negocio exige un suficiente conocimiento técnico y funcional que no es sencillo de reponer ante posibles rotaciones del equipo esencial que se adscribe al contrato. Otro factor relevante, es que la actividad de juego online se desarrolla todos los días de la semana y durante las 24 horas del día, y, por tanto, es necesario garantizar la continuidad de los servicios y una ágil respuesta ante incidencias. Estas penalizaciones graves o muy graves serán de aplicación sin perjuicio de las responsabilidades patrimoniales derivadas del incumplimiento de los compromisos con los operadores de juego para el normal funcionamiento de sus plataformas de juego, así como el cumplimiento de los convenios suscritos con las CCAA para la interconexión del RGIAJ con sus registros autonómicos, según lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
12.2. FÓRMULA PARA LA APLICACIÓN DE PENALIDADES
Los porcentajes para los incumplimientos que no deban calificarse como graves o muy graves, se aplican sobre el importe de la facturación del período en el que se produzca el incumplimiento que da lugar a la penalidad, mediante la siguiente fórmula:
𝑑
𝐼𝑃 = 0.01 × 𝐼𝐹 𝐷
Donde:
• IP es el importe de la penalidad a aplicar
• IF es el importe del periodo de facturación, antes de la aplicación de ninguna penalidad
• d es el número de días hábiles durante los que ha subsistido el incumplimiento dentro del periodo de facturación, y
• D es el número de días hábiles contenidos en el periodo de facturación.
13. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Las ofertas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico, a través de la PLACSP5 u otra plataforma de contratación a disposición del organismo.
5 Plataforma de Contratación del Sector Público: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 29 / 63
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Las ofertas deberán firmarse electrónicamente por el representante legal de la empresa6.
El organismo destinatario deberá realizar el trámite de apertura de las ofertas siguiendo los preceptos de la licitación electrónica.
Las ofertas a presentar contendrán, al menos, los siguientes apartados, cada uno de ellos en documento independiente. Toda la documentación se presentará en formato electrónico preferiblemente PDF salvo documentación que por su especial tratamiento posterior sea más útil su manejo en otros formatos (hojas de cálculo). Así mismo, aquella documentación que deba ser firmada (ofertas, cartas de aceptación), deberá ser firmada electrónicamente, independientemente que la Plataforma de Contratación del Estado necesite de un registro electrónico para proceder a participar en el proceso de licitación.
Para facilitar su estudio y evaluación, las ofertas deberán incluir, al menos, los siguientes apartados en el orden que se indica:
• Sobre 1 - Oferta Técnica. Documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya ponderación está sujeta a un juicio de valor
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La oferta técnica no podrá contener información ni dato alguno relacionado con los criterios de valoración mediante fórmula, advirtiéndose de que, en otro caso, la oferta podrá ser excluida. La oferta técnica no deberá contener:
- Información ni documentación adicional relativa a la presentación de la empresa.
- Referencias de otros proyectos realizados.
- Otras cuestiones de tipo general sin relación concreta con el objeto del contrato.
- Información detallada sobre el dimensionamiento y características del equipo de trabajo. Estos datos se aportarán, en su caso, en el Sobre nº 2.1. o sobre nº 2.2.
La extensión de este apartado, incluidos los ANEXOS, no podrá superar los 70 folios (DIN A4), a una cara, fuente Arial, tamaño de letra 11 e interlineado de 1,5 líneas.
Con independencia de que el licitador pueda adjuntar a su oferta técnica cuanta información complementaria considere de interés, ésta deberá estar estructurada como se indica a continuación:
o Identificación de la oferta.
o Datos de empresa.
o Compromiso de que el equipo que llevará a cabo el servicio presentará, como mínimo, las capacidades y conocimientos requeridos para la ejecución del contrato.
o En caso de diferir de la metodología implantada en la DTSI, metodología de ejecución propuesta, modelo de organización del servicio y modelo de relación del equipo propuesto por el proveedor y los responsables de la DTSI.
6 Para facilitar la identificación el firmante apoderado de la empresa se deberá indicar, además de sus datos, el número de usuario apoderado de la aplicación CONECTA-CENTRALIZACIÓN.
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 30 / 63
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TEL: 00 00 000 00 00
o Plan de proyecto y cronograma global de cada una de las actividades, ajustado a la metodología, donde se especifiquen claramente los compromisos en los entregables, el tiempo propuesto para su desarrollo, los recursos por perfiles empleados, y la documentación, entregables y productos del proyecto.
o Relación detallada de los trabajos ofrecidos que, aunque no estén incluidos específicamente en este Pliego, puedan contribuir a mejorar el resultado final.
o Soluciones técnicas propuestas, así como justificación de las alternativas elegidas, para cada uno de los trabajos enumerados a continuación y pormenorizadamente en el presente pliego:
▪ Framework y Arquitectura.
▪ Proceso y Modelo de Integración continua.
▪ Entorno de Desarrollo.
▪ Proceso y Modelo de la Infraestructura de Despliegue y Gestión de la Configuración
• Sobre 2 - Oferta económica:
o Documento original de la empresa firmada por la persona habilitada aceptando los términos y condiciones del servicio de acuerdo con la oferta y con lo indicado en este pliego, que incluya al menos la siguiente información:
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▪ Declaración de previsión de subcontratación de acuerdo con el Anexo VI, debidamente cumplimentado.
▪ En el caso de subcontratación, se deberá documentar la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización (Art 215-a de la LCSP).
o Propuesta económica firmada acorde al ANEXO VII del presente documento, en el que debe constatarse:
▪ Precio final de la oferta con y sin IVA: La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina, expresada en número y en letra, y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, o errores que impidan conocer claramente su contenido. Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última. Se considerarán incluidos todos los gastos precisos para la ejecución de los trabajos objeto del contrato.
1. La oferta incluirá, en todo caso, la propuesta económica global y, en el caso de establecerse el precio de la prestación en unidades de trabajo el precio unitario ofertado, indicándose como partida independiente el importe del IVA/IPSI/IGIC.
NOTAS IMPORTANTES: NO ES NECESARIO COMUNICAR QUE NO SE VA A CONCURRIR A LA LICITACIÓN AL NO REQUERIR OBLIGATORIAMENTE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EL PRESENTE SISTEMA DINÁMICO.
EN LO QUE ESTE DOCUMENTO DE INVITACIÓN SE OPONGA A LOS PLIEGOS DEL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN, PREVALECERÁN ESTOS ÚLTIMOS.
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 31 / 63
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TEL: 00 00 000 00 00
NO ES VÁLIDO INTRODUCIR EL CONTENIDO DE LOS APARTADOS 1 A 14 DE ESTA INVITACIÓN EN LOS ANEXOS U OTROS ESPACIOS DIFERENTES A LOS PREVISTOS EN ESTE MODELO PARA CONTENER ESA INFORMACIÓN
EL DIRECTOR GENERAL DE ORDENACIÓN DEL JUEGO
XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX - 2023-06-12 11:57:37 CEST
Firmado electrónicamente: XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 32 / 63
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ADENDA PARA LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
A. OBLIGACIONES GENERALES APLICABLES A TODOS LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
En todos los contratos basados financiados7 por el presupuesto de la Unión Europea resultan de obligado cumplimiento las normas establecidas en el Reglamento Financiero de la UE para los gastos financiables, estableciéndose las siguientes obligaciones:
1. ADECUACIÓN DEL CONTRATO A LAS PREVISIONES ESPECÍFICAS DEL INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
El contrato deberá cumplir las condiciones previstas en el instrumento de programación del acuerdo /programa marco/ programa operativo/eje/criterio para el que resulte seleccionado para apoyo por los fondos o programas.
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Específicamente en los contratos financiados con cargo al PRTR deberán cumplirse las obligaciones asumidas en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y los mecanismos establecidos para su control en el componente/inversión.
2. PRINCIPIO DO NO SIGNIFICANT HARM (“XXXX”)
La ejecución del contrato está sujeta a los objetivos medioambientales del artículo 17 del Reglamento UE nº 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 xx xxxxx de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y en concreto a las condiciones del componente/inversión del PRTR.
3. MEDIDAS ANTIFRAUDE Y ANTICORRUPCIÓN
Al presente contrato le resulta de aplicación el Plan de medidas antifraude y anticorrupción, con el contenido mínimo establecido en los sistemas de gestión de las autoridades de los Fondos, Mecanismos o Programas Europeos. En el caso de los contratos del PRTR le será de aplicación los previsto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y el Plan aprobado por el organismo destinatario de la prestación.
4. AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
Al presente contrato le resultan de aplicación las normas que garantizan la prevención de los conflictos de interés, conforme al considerando 104 y al artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE, debiendo adoptarse las debidas precauciones durante todas las fases de tramitación y ejecución de los mismos.
7 O es susceptible de ser financiado en caso de no haberse aún confirmado la selección por las autoridades correspondientes.
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 33 / 63
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En particular, no se considerarán admisibles los intentos de influir indebidamente en el presente procedimiento de adjudicación u obtener información confidencial.
Los participantes en el procedimiento deben cumplimentar la declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) en los términos previstos en los planes de medidas antifraude y anticorrupción. En los contratos sujetos al PRTR, las medidas serán conformes con las disposiciones de la Orden HFP/1030/2021.
5. MEDIDAS DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y VISIBILIDAD DEL PROYECTO
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El contrato está sujeto a cuantas medidas de información, comunicación y visibilidad sean requeridas por la normativa que comunitaria y en particular, las medidas que resulten de obligado cumplimiento para las actuaciones y proyectos financiados con cargo al (Instrumento de Recuperación de la UE/Fondo/Programa del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).
6. ACEPTACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE BUENA GESTIÓN FINANCIERA Y SOMETIMIENTO A CONTROLES DE LAS AUTORIDADES PREVISTAS EN LOS FONDOS O MECANISMOS
Todas las actuaciones contractuales deben observar los principios de buena gestión financiera.
El contrato está sujeto a las actuaciones de control que sean de aplicación a las ayudas conforme a la normativa comunitaria, que podrán ser efectuadas por la Comisión Europea, la Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea, así como a las autoridades nacionales designadas para la gestión o control de los fondos, programas o mecanismos, a los que no podrá denegarse el acceso a la información del contrato.
7. OBLIGACIONES DE DISPONIBILIDAD Y CONSERVACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Los beneficiarios deberán conservar la información del expediente de contratación conforme a lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento Financiero de la UE, u otros plazos de disponibilidad que puedan establecerse en los reglamentos comunitarios de los fondos/programas o mecanismos.
En el caso de los contratos financiados en el PRTR los organismos destinatarios se asegurarán de dejar constancia en el expediente de contratación de las actuaciones que acreditan los principios de gestión específicos del Plan, conforme a las recomendaciones contenidas en la Instrucción de la Junta Consultiva de Contratación Pública de 23 de diciembre sobre aspectos a incorporar en los expedientes que se vayan a financiar con fondos procedentes del PRTR.
8. PROHIBICIÓN XX XXXXX FINANCIACIÓN
Conforme al considerando 130 y al artículo 191.3 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 (Reglamento Financiero de la UE), en ningún caso podrán ser financiados dos veces por el presupuesto de la Unión Europea los mismos gastos.
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B. OBLIGACIONES GENERALES APLICABLES A LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRTR
1. RÉGÍMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato, al estar incluido en el PRTR, está sometido al Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, y a cuantas normas de desarrollo se aprueben.
La financiación del contrato se efectúa con cargo a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea – Next Generation EU- establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVD-19, y regulado según el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
2. COMPONENTE E INVERSIÓN Y COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA CONTRIBUCIÓN AL ETIQUETADO VERDE Y DIGITAL Y POR EL PRINCIPIO DE NO CAUSAR DAÑO SIGNITIFICATIVO AL
MEDIOAMBIENTE (XXXX)
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El contrato se enmarca en el Componente 11 Modernización de las administraciones públicas. Iniciativa 2 Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado. C11.I2. Inversión. Proyecto con código P11.03 Evolución del framework de desarrollo de la DGOJ y rediseño de la aplicación de gestión de expedientes.
Conforme al PRTR aprobado esta inversión contribuye en materia de etiquetado verde y digital en los siguientes porcentajes.
Etiquetado verde | Etiquetado digital |
No aplica | 100% |
El PRTR incorpora las obligaciones específicas para la inversión en el Componente/Inversión que deberán cumplirse en la ejecución del presente contrato:
a) Obligaciones del componente/inversión por el etiquetado verde:
b) Obligaciones al componente/inversión por el etiquetado digital:
c) Condiciones que deben cumplir las prestaciones establecidas en la evaluación de los aspectos del principio de XXXX (Do No Significant Harm) con relación los seis objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) 2020/852, de 18 xx xxxxx de 2020.
Prestación | Objetivo | Condición |
Servidores y sistemas de almacenamiento | Mitigación cambio climático Transición a una economía circular | Los equipos que se utilicen cumplirán los requisitos relacionados con el consumo energético establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC. |
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 35 / 63
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El sistema de información y sus bases de datos se alojarán en infraestructura que seguirán la versión más reciente del Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o en el documento CEN- CENELEC CLC TR50600-99-1 "Instalaciones e infraestructuras de centros de datos -Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética. |
3. CLÁUSULA DE MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS FINANCIADOS EN EL PRTR
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Sin perjuicio de las causas de modificación previstas en el documento de licitación, en caso de estar financiado el presente contrato basado/específico con cargo al PRTR, podrá ser modificado, si la Autoridad Responsable del mecanismo ordena la adopción de medidas correctoras por haberse evidenciado deficiencias durante la ejecución del contrato que afectan a alguno de los objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) 2020/852, de 18 xx xxxxx de 2020 que pueden causar un daño significativo al medioambiente.
4. PENALIDADES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA O INCORRECTA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS
BASADOS FINANCIADOS EN EL PRTR
En caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso por el contratista de los compromisos adquiridos en base a las obligaciones establecidas en este documento de licitación en relación al PRTR, se podrán imponer al contratista las siguientes penalidades conforme a lo previsto en los artículos 192 a 195 de la LCSP:
( ) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas para los productos en el etiquetado verde o etiquetado digital.
( ) Por falta de acreditación a requerimiento del responsable del contrato en el plazo de 10 días hábiles.
() Por incumplimiento.
5. OBLIGACIONES DE ACREDITACIÓN PARA LOS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS ESTABLECIDAS EN EL PRTR
( ) Por incumplimiento de las obligaciones asociadas al XXXX del componente/inversión: ( ) Otras penalidades
CORREO ELECTRÓNICO:
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que les resulta de aplicación, se obligan a lo previsto la adenda. Adicionalmente deberán facilitar los siguientes datos de identificación:
1. NIF del contratista y, en su caso de los subcontratistas
2. Nombre o Razón Social
3. Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas
4. Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
5. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de la gestión (Modelo Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
6. Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria Xxxxx, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
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7. En el marco de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, y en concreto del Artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la Comisión Europea requiere la identificación de los titulares reales de las entidades contratistas o beneficiarias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tal y como se define en el artículo 3 punto 6 de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo.
8. Por ello, en base a lo establecido en el artículo 7 de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en caso de que no existan datos de titularidad real en las bases de datos de la AEAT de un participante en el procedimiento de contratación, el órgano de contratación solicitará a éste la información de su titularidad real. Esta información deberá aportarse al órgano de contratación en el plazo de cinco días hábiles desde que se formule la solicitud de información. La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión del procedimiento
El propuesto como mejor clasificado, de forma previa a elevar la propuesta de adjudicación, deberá cumplimentar la DECLARACIÓN MULTIPLE en el formato previsto en el apartado B.6 de esta Adenda, relativa a contratos basados financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 37 / 63
C/ ATOCHA 3
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
6. DECLARACIÓN MULTIPLE DE LAS EMPRESAS PROPUESTAS COMO ADJUDICATARIAS DE CONTRATOS BASADOS FINANCIADOS CON CARGO AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Xxx/Doña ……………………………………………………, DNI …………………., como Consejero Delegado/Gerente/ de la entidad
………………………………………………………………………….., con NIF
…………………………., y domicilio fiscal en
…………………………………………………………………………………….
……………………………………. que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente XX «… »,
Efectúa las siguientes DECLARACIONES
a) Declaración relativa a la obligación de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (Modelo Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
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Que conoce la normativa que es de aplicación, en particular los siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que se define a continuación:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 38 / 63
C/ ATOCHA 3
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
Que, conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
b) Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) (Modelo Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre)
Manifiesta el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y xxxxxxx, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente («XXXX» por sus siglas en inglés
«do no significant harm») en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan, y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
c) Conforme a las obligaciones de aportación de información del apartado 5 de esta adenda
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Acredita la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT (declaración censal 036 o 0378 o documento equivalente de las Administraciones Forales) que incluye la actividad objeto del contrato basado conforme a lo previsto en el artículo 8 apartado 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
d) Xxx perjuicio de lo previsto en el artículo 215 de la LCSP, y con referencia a las obligaciones de los subcontratistas declara:
( ) Que no se presenta declaración en los términos del apartado 5 de esta adenda al documento de licitación correspondientes a otras empresas al no estar previsto acudir a la subcontratación.
( ) Que aporta las declaraciones de las siguientes empresas que actuarán como subcontratistas en el presente contrato:
(Indicar CIF Y RAZON SOCIAL DE LAS EMPRESA SUBCONTRATISTAS de las que se aporta en documento adicional declaración firmada por sus representantes legales en el formato de este anexo)
……………………………..., XX de de 202X
Fdo. …………………………………………….
Cargo: …………………………………………
8 Estas declaraciones podrán obtenerse por las empresas en la sede de la AEAT en el siguiente enlace xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxx/xxxxxxxxxxx/X000.xxxxx . Si tienen dudas llamen al teléfono general de consultas de la Agencia Tributaria o al 060.
CORREO ELECTRÓNICO:
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TEL: 00 00 000 00 00
ANEXO I DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO TÉCNICO Y FUNCIONAL EXISTENTE
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En el presente contrato no están previstos servicios de mantenimiento o adaptación para asegurar la continuidad de sistemas en entorno productivo, al ser un servicio de asistencia enfocado en el desarrollo de un nuevo sistema. NO APLICA por lo tanto el presente anexo al ir a desarrollarse en base a la metodología e infraestructura tecnológica contemplada en el Anexo IV.
CORREO ELECTRÓNICO:
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TEL: 00 00 000 00 00
ANEXO II DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS
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En este apartado se describirán las prestaciones que consistirán en trabajos de consultoría, planificación, estudio de viabilidad, análisis, diseño, construcción e implantación de sistemas de información, y, en su caso, los mantenimientos evolutivos o adaptativos que permitan la incorporación a un producto software de nuevas características funcionales con objeto de cubrir la ampliación o el cambio de las necesidades de usuario. Por consiguiente, dado el alcance de los trabajos a realizar, no aplica en el presente contrato.
CORREO ELECTRÓNICO:
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TEL: 00 00 000 00 00
ANEXO III
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DE
SISTEMAS EN ENTORNOS PRODUCTIVOS
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En el presente contrato no están previstos servicios de mantenimiento para asegurar la continuidad de sistemas en entorno productivo, al ser un servicio de asistencia enfocado en el desarrollo de un nuevo sistema. NO APLICA por lo tanto el presente anexo.
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TEL: 00 00 000 00 00
ANEXO IV MODELO DE GESTIÓN Y DEFINICIÓN DE UNIDADES DE TRABAJO
Este documento de licitación presenta un modelo de gestión de los servicios realizados por el proveedor basado en Unidades de Trabajo (UTs) y, como más adelante se verá, una UT es aquel trabajo técnico que va a requerir una combinación de esfuerzo determinada por parte del equipo de trabajo contratado.
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Para esta contratación se ha estimado un número de UTs a proporcionar (Umbral de UTs máximo), y como sistema para determinar el “precio unitario de la UT estándar” se considera el precio unitario ofertado por perfil, de acuerdo con la disposición adicional trigésimo tercera de la LCSP, Ley 9/2017, sobre contratos de suministros y de servicios que tramiten las Administraciones Públicas y demás entidades del sector público con presupuesto limitativo. Contratos en los que, siendo la prestación del servicio de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas o prestaciones incluidas en el objeto de los contratos se defina con exactitud al tiempo de celebrar estos, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, se deberá contemplar un presupuesto máximo. Es decir, dado que el número total de Unidades de Trabajo requeridas es imposible de definir en el momento de la presente licitación por estar subordinadas a la disponibilidad de las distintas infraestructuras de la SGAD, así como de los trabajos de desarrollo de distintos equipos, se realiza una estimación de presupuesto máximo el cual se ejecutará en base a las necesidades mensuales/trimestrales que tenga la administración.
Para las características técnicas requeridas del personal y su dedicación se estima un coste máximo de licitación por UT de 876,31 euros/UT. De esta forma, tal y como ya se ha contemplado anteriormente, el presupuesto máximo se deriva de la estimación máxima realizada con respecto a mantener la dedicación de los perfiles requeridos durante 6 meses, 20 días al mes, 8 horas al día y no contabilizando como facturable el periodo de vacaciones derivado. Lo que se traduce en un presupuesto máximo de licitación de 367.976,40 euros sin IVA.
MODELO DE GESTIÓN BASADO EN ENCARGOS Y UNIDADES DE TRABAJO
Tal y como se establece en la metodología implantada en la DTSI (apartado “5.- GESTION DEL PROYECTO”, del documento de Requisitos no funcionales de la DTSI adjunto a la presente licitación.), la planificación, seguimiento y control del servicio se efectuará en base a un modelo de gestión basado en Encargos de Trabajo. Sin entrar en detalle del modelo implantado, a continuación, se plantean las ideas genéricas del mismo:
• Todo esfuerzo del proveedor del servicio se vinculará a Encargos de Trabajo (ET), ya sean estos vinculados a actividades de Gestión, a actividades planificables, o actividades de desarrollo del día a día (no planificables).
• Un ET se compone de unidades de esfuerzo del equipo de trabajo llamadas Unidades de Trabajo (en adelante UT). Una UT es aquel trabajo técnico que va a requerir una combinación de esfuerzo equivalente a la ponderada de unas horas determinadas del equipo contratado. En el caso del presente contrato, una UT se compone de:
▪ 3 horas de Jefe de Proyecto o Consultor
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▪ 4 horas de Arquitecto de Sistemas o de Contenidos
▪ 6 horas de Analista Funcional o perfil similar
▪ 6 horas de Analista Programador o perfil similar
Para la conversión a UTs de los encargos de trabajo (ET), en función de las dedicaciones estimadas por el adjudicatario y aprobadas por la DTSI, se asumirán los coeficientes de ponderación (CP) que se deriven de la relación coste/hora/perfil existente entre todos los perfiles del equipo de trabajo y el perfil de menos rango, en este caso, el Analista Programador.
Por ejemplo, si los costes/hora/perfil (sin IVA) ofertados fueran de 50 euros para el Jefe de Proyecto o Consultor, 48 euros para el Arquitecto, 36 euros para el Analista Funcional, y 30 euros para el Analista Programador, los Coeficientes de ponderación (CP) serían:
▪ 1 hora de Jefe de Proyecto / Consultor equivale a 1,667 horas de Analista Programador. CP_JP = 1,667.
▪ 1 hora de Arquitecto equivale a 1,6 de Analista Programador. CP_C = 1,6.
▪ 1 hora de Analista equivale a 1,20 horas de Analista Programador. CP_A = 1,20.
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▪ 1 hora de Analista Programador tiene traslación directa. CP_AP = 1.
Siendo la fórmula de conversión de esfuerzo, u horas estimadas, a Unidades de Trabajo (UT) la siguiente:
∑𝑛
(ℎ𝑜𝑟𝑎𝑠𝑒𝑠𝑡𝑖𝑚𝑎𝑑𝑎𝑠𝐸𝑇(𝑐𝑎𝑡𝑒𝑔𝑜𝑟𝑖𝑎) ∗ 𝐶𝑃(𝑐𝑎𝑡𝑒𝑔𝑜𝑟𝑖𝑎)
𝑁º𝑈𝑇 =
∑𝑛
𝑐𝑎𝑡𝑒𝑔𝑜𝑟í𝑎=1
(𝐻𝑜𝑟𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑈𝑇𝑒𝑠𝑡𝑎𝑛𝑑𝑎𝑟 (𝑐𝑎𝑡𝑒𝑔𝑜𝑟𝑖𝑎) ∗ 𝐶𝑃(𝑐𝑎𝑡𝑒𝑔𝑜𝑟𝑖𝑎))
𝑐𝑎𝑡𝑒𝑔𝑜𝑟𝑖𝑎=1
Siguiendo con el ejemplo anterior de un equipo de desarrollo determinado ofertado a los citados costes, en caso de estimarse un encargo de trabajo (ET) cuya realización implique 5 horas de Jefe de Proyecto, 2 de Arquitecto, 10 horas de Analista Funcional y 15 de Analista Programador, el número de UTs asociadas serían:
𝑁º 𝑈𝑇
(5ℎ𝑠 ∗ 1,667) + (2ℎ𝑠 ∗ 1,6) + (10ℎ𝑠 ∗ 1,2) + (15ℎ𝑠 ∗ 1)
= ( (3ℎ𝑠 ∗ 1,667) + (4ℎ𝑠 ∗ 1,6) + (6ℎ𝑠 ∗ 1,2) + (6ℎ𝑠 ∗ 1) ) = 1,5664
Y el coste de la UT estándar aplicado al ejemplo de los perfiles ofertados sería de:
𝐶𝑜𝑠𝑡𝑒 𝑈𝑇𝐸𝑠𝑡𝑎𝑛𝑑𝑎𝑟 = (3 ℎ𝑠 ∗ 50 €/ℎ) + (4ℎ𝑠 ∗ 48 €/ℎ) + (6 ℎ𝑠 ∗ 36 €/ℎ)
+ (6ℎ𝑠 ∗ 30 €/ℎ) = 738 €/𝑈𝑇
Por lo que el coste de dicho trabajo sería de 1,5664 UTs * 738 €/UT = 1.156 €
• Se realizará un seguimiento continuo de la evolución de los trabajos por parte del Director Técnico de la DTSI y/o las personas delegadas en funciones, por parte del mismo.
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TEL: 00 00 000 00 00
• Se realizarán reuniones de seguimiento y revisiones técnicas entre el Responsable de Proyecto del adjudicatario, y el Director Técnico de la DTSI y/o las personas delegadas en funciones, al objeto de revisar la planificación de los trabajos, las especificaciones funcionales de cada uno de los objetivos, el grado de cumplimiento de los mismos, los niveles de prestación del servicio y las reasignaciones y variaciones de efectivos de personal dedicado al proyecto.
El Director Técnico de la DTSI y/o las personas delegadas en funciones podrán rechazar en todo o en parte los trabajos realizados, en la medida que no respondan a lo especificado o no superen los controles de calidad acordados.
De acuerdo, respectivamente, con las estimaciones sobre dedicación y costes directos de personal calculados en el apartado 4.4, con el modelo de gestión basado en encargos y unidades de trabajo especificados en los apartados anteriores de este Anexo IV, así como con el artículo
102.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Públicos, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014:
• El esfuerzo del equipo de trabajo se distribuirá en un periodo de ejecución máximo de 6 meses.
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• La cuantificación del presupuesto se ha realizado en base a las estimaciones de precio unitario por Unidad de Trabajo (UT), al no poder quedar determinado con exactitud en el momento de preparación del contrato. La concreción final se producirá durante la ejecución del contrato en función de las necesidades de la Administración. A tal efecto, tratándose de un contrato por precios unitarios, y en aplicación de la disposición adicional trigésima tercera de la LCSP, el presupuesto indicado tendrá el carácter de máximo.
• El contrato se adjudicará por el importe del presupuesto de licitación, sin perjuicio de que se apliquen los precios unitarios ofertados.
I.1. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
El objeto del contrato es la modernización de todos los elementos propios al proceso de desarrollo de aplicaciones adaptados a la idiosincrasia del Ministerio de Consumo. La solución a adoptar debe ser integral y transversal, involucrando y coordinando por tanto a todos los departamentos de la DTSI: Desarrollo, Calidad-Testing y Operaciones bajo un enfoque DevOps.
Por ello el presente contrato se plantea en dos fases, por un lado, la realización de una consultoría, asesoramiento profesional y actualización del framework existente en el Ministerio (en concreto en la DGOJ), y por otro, la migración de algunas aplicaciones propuestas por el contratista en base al inventario de aplicaciones y servicios web proporcionado, así como la formación a los desarrolladores sobre el nuevo framework.
Para acceder a este inventario, así como a todos los documentos referenciados a continuación para la correcta constitución de la oferta, el licitador interesado podrá descargar los documentos que incluyen un enlace en el nombre. Para poder acceder, se tendrán que dar de alta en la plataforma de gestión de derechos de acceso utilizada por la DTSI. Una vez registrados,
CORREO ELECTRÓNICO:
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TEL: 00 00 000 00 00
deberán contactar por correo electrónico con la División de Tecnologías y Servicios de la Información (xxxx@xxxxxxx.xxx.xx), indicando empresa, nombre y apellidos del solicitante, DNI, correo electrónico con el que se han registrado, y expediente de contratación vinculado para solicitar el acceso. La concesión de dicho acceso será potestativa por motivos de seguridad. Los documentos solo podrán ser accedidos y utilizados durante el proceso de licitación. Su difusión está explícitamente prohibida y su uso restringido a la constitución de la oferta.
A continuación, se detallan los aspectos contenidos en ambas fases que se consideran mínimos para la modernización del framework.
i) FASE DE CONSULTORÍA Y DEFINICIÓN DEL FRAMEWORK
La fase de consultoría y definición debe contemplar, al menos, los siguientes aspectos:
1. Framework y Arquitectura.
2. Proceso y Modelo de Integración continua.
Adicionalmente, existe un “Piloto” a modo de aplicación ejemplo que contiene toda la
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funcionalidad facilitada por el Framework a modo de ejemplo para los desarrolladores.
FRAMEWORK Y ARQUITECTURA
El Framework corporativo establece un marco tecnológico común a las aplicaciones de la DGOJ, así como funcionalidades ya integradas. El documento GUI.FRW.Manual_del_Desarrollador sirve de guía para el desarrollo de aplicaciones sobre dicho framework, detallando el uso de cada uno de las capas y módulos que las implementa en documentos técnicos independientes
• Capa de acceso datos se ha empleado Hibernate 4, implementada en el Módulo de Persistencia que recoge todas las clases necesarias para la comunicación con la base de datos, ya sean entidades, implementaciones, interfaces, etc., según lo detallado en el Manual Persistencia [GUI.FWORK.Persistencia.docx]
• Capa de integración que permite la publicación y consumo de servicios web, de acuerdo con lo especificado en los manuales de
Consumo de Servicios Web [GUI.FWORK.Consumo WS.docx]
Publicación de WS [GUI.FWORK.Publicacion WS.docx]
Consumo de Servicios REST [GUI.FWORK.Consumo_REST.docx]
Publicación de Servicios REST [GUI.FWORK.Publicacion_REST.docx]
- Capa de presentación que facilita la creación de la interfaz gráfica de las aplicaciones web incluyendo una serie de componentes visuales como:
o Un editor de texto enriquecido CKEditor.
CORREO ELECTRÓNICO:
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o Generación de tablas para mostrar dinámicamente el contenido almacenado en base de datos y permitir filtrar dicho contenido basado en DHTMLX.
o Elementos dinámicos como widgets. Basado en DHTMLX.
o Elementos de tipo “action” como image, checkbox, radio, combos y links. Basado en DHTMLX.
o Inserción de manuales de ayuda online.
o Módulo de firma electrónica proporcionado por la herramienta @firma para la firma de documentos o formularios.
o Visor de documentos PDF.
o Filtro para la subida de ficheros.
o Librería para la representación de gráficas.
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Según lo descrito en el propio XXX.FRW.Manual_del_Desarrollador y en el Manual Presentación [GUI.FWORK.Presentacion]
▪ Capa de servicio que facilita la generación de informes en pdf con Xxxxxx Xxxxxx, cifrado de información, firma de pdfs y envío de correos electrónicos, según se describe en los manuales:
Manual Generación de informes [GUI.FWORK.Generacion de Informes]
Manual de Cifrado y descifrado [GUI.FWORK.Cifrado_y_Descifrado]
Manual de Firma de PDFs [GUI.FWORK.Firma_PDF]
Manual de Correos electrónicos [GUI.FWORK.Correo_electronico]
▪ Capa transversal, que facilita una serie de funcionalidades comunes a todas las aplicaciones como son:
o Gestión de excepciones [GUI.FWORK.Gestión de Excepciones]
o Autenticación de los usuarios a través del sistema de Single Sign-On implantado en la DGOJ, así como autorización de los usuarios a las distintas funcionalidades de las aplicaciones, basado en listado de permisos asignados (módulos y acciones). [GUI.FWORK.Gestión de la Seguridad]
o Gestión de las properties [GUI.FWORK.Gestión de Propiedades]
o Internacionalización [GUI.FWORK.Internacionalizacion]
o Auditoría de acceso de los usuarios a las aplicaciones y auditoría de la lógica de negocio de las aplicaciones. [GUI.FWORK.Modulo de Auditoria]
o Prevención xxx Xxxxx Site Scripting para garantizar la seguridad de las aplicaciones y evitar este tipo de ataques. [Modulo XSS].
o Sistema de monitorización de los componentes de arquitectura que utiliza la aplicación, permitiendo verificar de forma on-line si dichos elementos están operativos (ej: LDAP, Servidor de Correo, Servicios Web, Base de datos, etc.), análisis de rendimiento y gestión de los logs, según se describe en los manuales:
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TEL: 00 00 000 00 00
[GUI.FWORK.Monitorización Aplicaciones Sin FrameWork] [GUI.FWORK.Monitorización Componentes Hosting] [GUI.FWORK.Monitorizacion]
[GUI.FWORK.Rendimiento] [GUI.FWORK.Trazas]
El Framework vigente en la DGOJ ha venido proporcionando una metodología y marco de trabajo estable que ha permitido el desarrollo de aplicaciones de diversa índole (Web, Servicios Web) bajo el paradigma y tecnología JEE. Este modelo ha venido ofreciendo diversos módulos comunes trasversales (por ejemplo, el módulo de seguridad y permisos) que han permitido un desarrollo homogéneo de dichas aplicaciones favoreciendo su mantenimiento a la par de abstraer al equipo de desarrollo de tareas ajenas al objetivo principal, que ha sido el desarrollo del modelo de negocio requerido por los usuarios funcionales.
Sin embargo, la falta de mantenimiento del propio Framework, derivado tanto de su complejidad y alto acoplamiento, como de su carácter propietario, hace difícil tanto su extensibilidad como su actualización bajo el modelo actual.
Se requiere, por tanto, al menos:
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▪ FW-01: Actualización de la arquitectura y tecnología actuales respetando en la medida de lo posible la funcionalidad ofrecida actualmente por el Framework que hasta ahora ha redundado en beneficios tangibles para la DGOJ, como ha sido por ejemplo la homogeneidad de los desarrollos web. El Framework debe basarse en software no propietario y facilitar su extensibilidad, adaptabilidad, actualización y bajo acoplamiento. Debe ser una solución ampliamente utilizada en el mercado, lo que facilitará las futuras contrataciones de proveedores de desarrollo. Así mismo, debe facilitar el acceso a las arquitecturas más recientes, como puede ser la de microservicios, y a la vez permitir el mantenimiento de las actuales aplicaciones monolíticas de la DGOJ.
▪ FW-02: Actualización de la documentación y creación de manuales de referencia (a modo de Pack de Bienvenida) para la realización de los desarrollos y las integraciones pertinentes con las soluciones horizontales facilitadas por la SGAD.
▪ FW-03: Revisión y actualización del código y librerías derivadas xx xxxxxx de seguridad por obsolescencia o nuevas vulnerabilidades publicadas. Plan y hoja xx xxxx de alineamiento del Framework ante actualizaciones de sistemas y/o componentes de la infraestructura que lo soporta.
Consultar el apartado “II.2.2. METODOLOGÍA, O MARCO DE REFERENCIA, DE LA DTSI”, se ofrece información relevante al respecto, al igual que en el punto “II.2.1 REQUISITOS TÉCNICOS”, dentro del Documento Anexo Requisitos No Funcionales.
PROCESO Y MODELO DE INTEGRACIÓN CONTINUA.
El modelo actual de Integración continua vigente en la DGOJ está basado en actuaciones manuales en prácticamente todas las fases del proceso de despliegue e integración, derivando en falta de agilidad, automatización y un cierto grado de burocratización que no aporta valor al
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proceso en su conjunto. Adicionalmente las herramientas disponibles están desactualizadas y adolecen de un aprovechamiento adecuado.
Se requiere, por tanto, al menos:
▪ IC-01: Actualización del entorno actual de Integración Continua. La solución propuesta deberá facilitar en fases posteriores la generación de un Cuadro de mando de monitorización de la actividad derivada del proceso de Integración continua; al menos: actividad del sistema de control de versiones, despliegues, análisis de calidad, ejecución de pruebas, publicación de artefactos.
▪ IC-02: Creación de un pipeline que cubra las fases típicas de Integración Continua haciendo uso de las mejores prácticas de configuración del despliegue (Despliegue cómo código - DaC). Al menos deberá incluir:
o Descarga de código del control de versiones
o Compilación
o Empaquetado artefacto
o Ejecución y reporting de Pruebas Unitarias / Integración y Calidad estática de código
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o Gestión y configuración de las variables de entorno para el entorno de destino.
o Despliegue del artefacto en Entornos pre productivos y productivos.
o Publicación artefacto en repositorio de artefactos.
El Pipeline deberá ser configurable y parametrizable, permitirá la notificación automática de alertas, el relanzamiento del proceso, y podrá ejecutarse tanto de forma automática como manual. Deberá está preparado para los siguientes tipos de modelo: integración continua, entrega continua y despliegue continuo según vaya evolucionando el grado de madurez de la organización.
Los tipos de artefactos típicos sobre los que aplicará: aplicaciones web, servicios web, procesos batch, librerías de utilidad y la posibilidad de la inclusión de tecnologías basadas en microservicios y contenedores.
▪ IC-03: Mejora de la gestión de logs, tanto los logs propios de servidor como los específicos de aplicaciones. Además, se realizará un análisis de las mejoras posibles y se valorará la posibilidad de implementar una gestión centralizada de logs que incluya su acceso para su consulta ágil, así como también la configuración de alertas y notificación de estas a los grupos relevantes.
Consultar el apartado “II.2.2.METODOLOGÍA, O MARCO DE REFERENCIA, DE LA DTSI”, se ofrece información relevante al respecto, al igual que en el punto “II.2.1 REQUISITOS TÉCNICOS”, dentro del Documento Anexo Requisitos No Funcionales.
La fase de migración y formación contemplará, al menos, los siguientes aspectos:
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FRAMEWORK Y ARQUITECTURA
o Migración de la aplicación piloto del Framework
o Migración de las aplicaciones APSEC (web y business) y RGINT (web, business y WS).
o Migración de un número de aplicaciones, siguientes a las indicadas anteriormente, escogidas por el licitador del inventario de aplicaciones y servicios web por orden de prioridad.
o Elaboración de una hoja xx xxxx de migración para el resto de las aplicaciones que no se migren en el apartado anterior.
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o Plan de formación y transferencia de conocimiento para el uso del nuevo Framework a los equipos de desarrollo que determine la DGOJ.
PROCESO Y MODELO DE INTEGRACIÓN CONTINUA
o Incluye la migración de la aplicación piloto del Framework a todas las herramientas que constituyan la solución de integración continua.
o Migración de todas las aplicaciones del inventario de aplicaciones y servicios web desde la actual herramienta de versionado (subversión) a la nueva herramienta de versionado de código.
o Migración de las aplicaciones de uso real que considere el contratista al resto de herramientas que constituyan la solución de integración continua. Deberán incluirse al menos, las migrada al nuevo framework.
o Elaboración de un plan-hoja xx xxxx de migración para el resto de las aplicaciones que no se migren en el apartado anterior.
o Documentación, Plan formación y transferencia de conocimiento a los equipos de desarrollo que determina la DGOJ.
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 50 / 63
C/ ATOCHA 3
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
ANEXO V REQUISITOS DE LOS PERFILES PROFESIONALES
El licitador debe comprometerse al cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el presente Documento de Invitación. Dicho compromiso se formalizará con la firma de una declaración responsable acompañada del presente cuestionario de cumplimiento de requisitos por categoría profesional.
Este formulario, correctamente cumplimentado y relleno, debe adjuntarse en el sobre 1 junto con la oferta técnica:
• Los requisitos mínimos de cada categoría profesional deben aplicarse a todos y cada uno de los técnicos propuestos para dicha categoría
• Las respuestas a las preguntas de este cuestionario podrán ser únicamente “SÍ” o “NO”. Cualquier otra respuesta, incluyendo información acerca del grado de cumplimiento de los requisitos, implicará automáticamente la no aceptación de la oferta presentada.
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El no cumplimiento de alguno de los requisitos expuestos en este formulario implicará automáticamente la no aceptación de la oferta presentada.
Jefe de proyecto / Coordinador / Líder Técnico | |
¿Presenta 36 meses de experiencia demostrable como jefe de proyectos TIC? | SI/NO |
¿Presenta 24 meses de experiencia en análisis, diseño, desarrollo y pruebas de en proyectos J2EE con frameworks basados en Spring? | SI/NO |
¿Presenta 24 meses de experiencia en análisis, diseño, desarrollo y pruebas en proyectos TIC basados en la migración y despliegue de plataformas DevOps? | SI/NO |
¿Presenta 12 meses de experiencia en uso de herramientas para la planificación y gestión de proyectos del entorno tecnológico descrito en el contrato y en el marco de referencia tales como Project, y de ticketing como Redmine? | SI/NO |
¿Presenta 24 meses de experiencia en herramientas de Integración continua, siendo algunos ejemplos: SONAR / XXXXXXX /NEXUS/ SUBVERSION -GIT / MAVEN? | SI/NO |
¿Presenta 12 meses de experiencia en calidad de la documentación de proyectos? | SI/NO |
¿Presenta 12 meses de experiencia en Herramientas ofimáticas para la elaboración xx xxxxxxx de mandos e informes de seguimiento? | SI/NO |
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 51 / 99
C/ ATOCHA 3
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
¿Tiene conocimientos técnicos en lenguajes de programación para backend y frontend como pueden ser Java, Javascript, CSS3, HTML5 / Spring Framework, Groovy? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de Bases de datos como por ejemplo Microsoft SQL Server y Oracle? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de Metodología Ágiles? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de herramientas de ticketing / ofimáticas para la gestión deproyectos como por ejemplo Redmine? | SI/NO |
Consultor | |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en análisis, diseño, desarrollo y pruebas en proyectos TIC basados en la migración y despliegue de plataformas DevOps? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en instalación, pruebas, certificación, instalación, administración y operación de plataformas DevOps? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en monitorización de aplicaciones y sistemas, gestión y colección de logs? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en instalación, pruebas, certificación, instalación, administración y operación de sistemas operativos tipo Linux? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de framework de desarrollo como por ejemplo J2EE / Framework Spring? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de sistemas operativos tipo Linux? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos en herramientas de monitorización como por ejemplo Elasticsearch, Logstash y Kibana / Splunk /graylog? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de los lenguajes utilizados para los pipelines, como por ejemplo Groovy? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos n herramientas de Integración continua, siendo algunos ejemplos: Sonar / Xxxxxxx / Git-Svn / Nexus / Maven? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos en herramientas de gestión de pruebas como por ejemplo TestLink? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos en servidores de aplicaciones tipo a Apache-tomcat? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de Metodologías ágiles? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de Bases de datos como por ejemplo Oracle? | SI/NO |
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 52 / 99
C/ ATOCHA 3
XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX - 2023-06-12 11:57:37 CEST
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
¿Tiene conocimientos técnicos de herramientas de ticketing como por ejemplo Redmine? | SI/NO |
Arquitecto de Sistemas | ||
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en análisis, diseño, desarrollo y pruebas en proyectos TIC basados en la migración y despliegue de plataformas DevOps? | SI/NO | |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en instalación, pruebas, certificación, instalación, administración y operación de plataformas DevOps? | SI/NO | |
¿Tiene experiencia de al menos 12 meses en uso de herramientas para la planificación y gestión de proyectos del entorno tecnológico descrito en el pliego y en el marco de referencia tales como Project, de ticketing como Redmine y de análisis de calidad del código como Sonar, integración continua con Xxxxxxx, y de gestión de código fuente con entornos eclipse, subversión, maven o similar? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos de framework de desarrollo como por ejemplo J2EE / Framework Spring? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos de los lenguajes utilizados para los pipelines, como por ejemplo Groovy? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos n herramientas de Integración continua, siendo algunos ejemplos: Sonar / Xxxxxxx / Git-Svn / Nexus / Maven? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos en herramientas de gestión de pruebas como por ejemplo TestLink? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos en servidores de aplicaciones tipo a Apache-tomcat? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos de Metodología Agiles: Xxxxx, Kanban y TDD? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos de Bases de datos como por ejemplo Oracle? | SI/NO | |
¿Tiene conocimientos técnicos de herramientas de ticketing como por ejemplo Redmine? | SI/NO |
Arquitecto de contenidos | |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en diseño gráfico relacionado con aplicaciones web? | SI/NO |
¿Tiene conocimiento de las normas de accesibilidad WCAG 2.1. y del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en herramientas como Adobe Photoshop, Indesign, Illustrator o software equivalente? | SI/NO |
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 53 / 99
C/ ATOCHA 3
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28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en alguna de las siguientes metodologías: experiencia de usuario (User Experience, UX), interfaz del usuario (User Interface, UI), experiencia ciudadana y del empleado (Citizen Experience, CX)? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos de composición gráfica? | SI/NO |
Analista Funcional | |
¿Tiene conocimientos de Metodologías ágiles? | SI/NO |
¿Tiene al menos 48 meses de experiencia en análisis, diseño, desarrollo y pruebas en proyectos similares a J2EE con frameworks similares a Spring? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 48 meses en arquitectura, diseño y/o implementación de aplicaciones corporativas e integración de sistemas? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de lenguajes de programación similares a, Javascript, CSS3, HTML5, Bootstrap? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de Bases de datos como por ejemplo MySQL y Oracle 12c? | SI/NO |
¿Tiene experiencia en herramientas de pruebas como Testlink o similar? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos sobre test unitarios como XXxxx, Mockito u otros frameworks de testing? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de herramientas de ticketing como por ejemplo Redmine? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de herramientas de desarrollo como Maven, Eclipse, Git u otros SCM? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos en herramientas de Integración continua, siendo algunos ejemplos: Sonar, Xxxxxxx, Nexus? | SI/NO |
Analista Programador | |
¿Tiene experiencia de al menos 36 meses como analista programador en proyectos tipo a J2EE? | SI/NO |
¿Tiene al menos 36 meses de experiencia en análisis, diseño, desarrollo y pruebas en proyectos similares a J2EE con framework tipo a Spring? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de lenguajes y framework de desarrollo como por ejemplo Java, Spring Framework, AOP, JPA, Hibernate o similar, WebServices? | SI/NO |
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 54 / 99
C/ ATOCHA 3
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28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
¿Tiene conocimientos técnicos de lenguajes para desarrollo de frontales del tipo HTML5, JSP, CSS, Javascript, JQuery, frameworks de diseño responsive? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos sobre lenguajes propios de los webservices como por ejemplo XML, XSD, WSDL, SOAP o WS-Security? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de herramientas de desarrollo como Maven, Eclipse, Git u otros SCM? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de Bases de datos como por ejemplo Oracle? | SI/NO |
Especialista Senior en pruebas | |
¿Presenta 24 meses de experiencia como técnico de pruebas? | SI/NO |
¿Tiene experiencia en herramientas de pruebas como Testlink o similar? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses en pruebas de accesibilidad según el WCAG 2.1? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 24meses pruebas funcionales y de aseguramiento de la calidad? | SI/NO |
¿Tiene experiencia de al menos 24 meses de experiencia en pruebas de servicios web? | SI/NO |
¿Tiene conocimientos técnicos de la herramienta de ticketing Redmine? | SI/NO |
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx 55 / 99
C/ ATOCHA 3
XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX - 2023-06-12 11:57:37 CEST
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
ANEXO VI MODELO DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
D. .........................., con DNI o documento equivalente en caso de extranjeros o. pasaporte nº..................., en su propio nombre, o como representante legal de la empresa
………….........................., adjudicataria del CONTRATO ESPECÍFICO Nº ………………. del SISTEMA DINÁMICO PARA LOS SERVICIOS DE DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN A MEDIDA O DE APLICACIONES DE GESTIÓN (SDA 26/2021; Expediente 2021/16),
pongo en conocimiento del órgano de contratación, a los efectos del artículo 215.2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que, para la prestación indicada, se subcontrata con la/s siguiente/s entidad/es:
(Indicar:
• Los sujetos intervinientes (identidad, datos de contacto y representantes legales) en el subcontrato, con indicación de la capacidad técnica y profesional del subcontratista o en su caso, clasificación, justificativa de la aptitud para prestar parte del servicio.
• Indicación del objeto o partes del contrato a realizar por cada uno de los subcontratistas.
• Importe del subcontrato y porcentaje que representa la prestación parcial sobre el precio del contrato principal.
• Importe acumulado de subcontratación, en porcentaje, que se alcanzará con el presente subcontrato sobre el precio del contrato principal.
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• Plazos en los que el subcontratista se obliga a pagar a los subcontratistas el precio pactado.)
Asimismo, hago constar que en la celebración del/los subcontrato/s se cumplirán los requisitos establecidos en el artículo 216 de la LCSP.
A la presente comunicación se acompaña la siguiente documentación relativa a los subcontratistas:
• Declaración responsable de los subcontratistas de no hallarse incurso en prohibición de contratar, conforme el art. 71 de la LCSP.9
• Certificación positiva de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse los subcontratistas al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
• Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse los subcontratistas al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
………………, a ….. de ................................. de ..........
Firmado electrónicamente
9 La declaración responsable deberá formularse en los siguientes términos “Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP.”
CORREO ELECTRÓNICO:
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
C/ ATOCHA 3
28012 MADRID
TEL: 00 00 000 00 00
ANEXO VII VALORES OFERTADOS PARA LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FORMULA
D con D.N.I. , como representante legal de la empresa con CIF , enterado del anuncio de licitación mediante invitación recibida a través de la plataforma de contratación del estado el día , por el que se solicita remisión de propuesta para la contratación mediante contrato basado del servicio de asistencia técnica para la modernización del framework-arquitectura, entorno de desarrollo, despliegue y validación de aplicaciones de la Dirección General de Ordenación del Juego, contrato financiado con cargo al Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR), de 6 meses de duración (Expediente 202305SD0005), se compromete, en nombre de ……………… (propio o de la empresa), a tomar a su cargo el citado contrato con estricta sujeción a los requisitos y condiciones que figuran en el documento remitido de necesidades, por los importes unitarios de los perfiles por hora que se indican:
OFERTA ECONÓMICA:
Importe
CRITERIO PRECIO | VALOR * | UNIDAD |
Precio UT ofertado, IVA excluido (máx. 876,31 €) | Euros | |
IVA (21%) | Euros | |
Precio, IVA incluido | Euros |
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* Nótese que el precio de UT ofertado se calcula en base a: 3 horas de Jefe de Proyecto/Líder Técnico/Consultor, 4 horas de Arquitecto de Sistemas, 6 horas de Analista Funcional y 6 de Analista Programador.
Desglose por categorías:
CATEGORÍA | COSTE/HORA Máximo (sin IVA) | COSTE/HORA OFERTADO (sin IVA) |
Jefe de proyecto/Líder técnico (4 personas) | 57,51 € | Euros |
Arquitecto de contenidos (1 persona) | 52,51 € | Euros |
Arquitecto de sistemas (2 personas) | 52,51 € | Euros |
Analista Funcional (3 personas) | 46,20 € | Euros |
Analista Programador / Especialista en pruebas (3 personas) | 36,09 € | Euros |
En a de . de 2023
Fdo.
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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ANEXO VIII CUMPLIMIENTO DEL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
El presente contrato específico tiene por objeto la prestación de un servicio, cuyo objetivo es el desarrollo y/o mantenimiento de uno o varios sistemas de información. No tiene por objeto la explotación ni la operación en producción de dicho sistema de información.
A efectos del artículo 11 del RD 311/2022, en adelante ENS, el responsable del sistema es el Responsable del Contrato Específico indicado en el apartado 1 del presente documento de invitación.
En cumplimiento del artículo 13.5 del ENS, es obligación del adjudicatario designar una Persona de Contacto (POC) que canalice y supervise el cumplimiento de los anteriores requisitos y las comunicaciones relativas a la seguridad de la información y la gestión de los incidentes de seguridad en el ámbito de dicho servicio de desarrollo. Dicha Persona de Contacto será el propio Responsable de Seguridad de la organización contratada, formará parte de su área o tendrá comunicación directa con la misma. Todo ello sin perjuicio de que la responsabilidad última resida en el organismo destinatario de la prestación.
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El organismo destinatario informará de sus deberes, obligaciones y responsabilidades en materia de seguridad en lo relativo al sistema de información al personal puesto a disposición del servicio por el adjudicatario, en cumplimiento del artículo 15 del ENS. Esta información se realizará una vez iniciada la ejecución del contrato. Es obligación del adjudicatario supervisar la actuación de dicho personal, para verificar que se siguen los procedimientos establecidos por el organismo, se aplican las normas indicadas y los procedimientos operativos de seguridad aprobados en el desempeño de sus cometidos.
En aplicación del artículo 16 del ENS, se han determinado los requisitos de formación y experiencia del personal implicado en la ejecución del contrato que se han indicado en el Anexo V.
Medidas del Anexo II del RD 311/2022 que son de aplicación al presente contrato específico:
1. Sistemas de categoría BÁSICA:
a) El desarrollo de aplicaciones se realizará sobre un sistema diferente y separado del de producción, no debiendo existir herramientas o datos de desarrollo en el entorno de producción, ni datos de producción en el de desarrollo. El organismo destinatario dispone de estos entornos y proporcionará las normas de uso, junto con el resto de información que proporcionará al inicio de la ejecución del contrato específico.
2. Sistemas de categoría MEDIA:
a) Las aplicaciones se desarrollarán respetando el principio de mínimo privilegio, accediendo únicamente a los recursos imprescindibles para su función, y con los privilegios que sean indispensables.
b) Se aplicará una metodología de desarrollo seguro reconocida que:
i. Tendrá en consideración los aspectos de seguridad a lo largo de todo el ciclo de vida.
ii. Incluirá normas de programación segura, especialmente: control de asignación y liberación de memoria, desbordamiento de memoria (overflow).
iii. Tratará específicamente los datos usados en pruebas.
iv. Permitirá la inspección del código fuente.
c) Se aplicará el principio de seguridad integral desde el diseño del sistema, especialmente:
i. Los mecanismos de identificación y autenticación.
ii. Los mecanismos de protección de la información tratada.
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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iii. La generación y tratamiento de pistas de auditoría.
d) Las pruebas previas a la implantación o modificación de los sistemas de información no se realizarán con datos reales. En caso de que fuese necesario recurrir a datos reales, el organismo destinatario impartirá las oportunas instrucciones para garantizar el nivel de seguridad correspondiente. Es obligación del adjudicatario asegurarse de que el personal asignado al servicio cumple dichas instrucciones.
e) Es obligación del adjudicatario elaborar y mantener actualizada una relación formal de los componentes software de terceros empleados en la aplicación o producto. El adjudicatario mantendrá un histórico de los componentes utilizados en las diferentes versiones del software durante todo el periodo de ejecución del contrato específico. El contenido mínimo de la lista de componentes contendrá, al menos, la identificación del componente, el fabricante y la versión empleada, y en su caso, se adecuará a lo descrito en la correspondiente Guía CCN-STIC en su versión más actualizada.
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xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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ANEXO IX ACUERDO PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DERIVADO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL DESARROLLO, MANTENIMIENTO Y SOPORTE DE APLICACIONES Y SISTEMAS EN EL ÁMBITO DE LAS ACTUACIONES DE INSPECCIÓN DEL JUEGO ¡ERROR! NO SE ENCUENTRA EL ORIGEN DE LA REFERENCIA.
1. Objeto del encargo del tratamiento
El presente acuerdo tiene por objeto establecer las condiciones bajo las que se efectuará el tratamiento de datos personales derivado de la ejecución del contrato de servicio de asistencia técnica para la modernización del framework-arquitectura, entorno de desarrollo, despliegue y validación de aplicaciones de la Dirección General de Ordenación del Juego, contrato financiado con cargo al Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR), con número de expediente 202305SD0005 con el fin de llevar a cabo la correcta prestación del servicio adjudicado en el ámbito de objeto del contrato.
Para ello, se tratarán datos de carácter identificativo de los jugadores y ciudadanos con el fin de llevar a cabo la correcta prestación del servicio adjudicado.
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La Dirección General de Ordenación del Juego como "Responsable del Tratamiento" de los datos personales de su propiedad (en adelante responsable de tratamiento), o al amparo de su custodia, a los efectos del citado contrato, establece las presentes cláusulas vinculadas al contrato de servicio, de obligado conocimiento y compromiso por parte de aquellas personas o entidades que deban realizar algún tipo de tratamiento de datos personales por cuenta del adjudicatario en el marco del desempeño de sus funciones derivadas de la prestación del servicio contratado.
La empresa como adjudicataria del contrato actuará como encargado de tratamiento de datos personales de conformidad con lo establecido en el art. 28.3 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante RGPD).
Por la presente, <<Representante Empresa>>, con NIF ……., en nombre y representación de
<<Empresa o UTE>>>, como adjudicataria del lote 2 del expediente 35/2016 (en adelante "Encargado del Tratamiento"), en virtud de su condición de <<Puesto en Empresa o UTE>>>, de la misma, y con la capacidad legal necesaria para la firma del presente documento en nombre de la citada UTE, se compromete a dar cumplimiento a las siguientes clausulas.
2. Tratamiento de datos personales a efectuar
El tratamiento de datos personales descrito, comprende las siguientes categorías de tratamiento:
⌧Recogida, 🞏 Estructuración, ⌧Conservación, ⌧Consulta, 🞏 Difusión, 🞏 Cotejo,
⌧Supresión, 🞏 Comunicación, 🞏 Registro, ⌧Modificación, 🞏 Extracción, 🞏
Comunicación por transmisión, 🞏 Interconexión, 🞏 Limitación, 🞏 Destrucción,
⌧Acceso, 🞏 Organización, 🞏 Utilización, 🞏 Adaptación, ⌧ Otros: rectificación y uso de información necesaria para dar respuesta de soporte y resolución de incidencias asociadas a los sistemas y aplicaciones objeto del contrato de la DGOJ.
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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3. Identificación de la información afectada
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este contrato, el responsable del tratamiento pondrá a disposición del adjudicatario, la información que se describe a continuación:
- Vinculados a la prestación del servicio son susceptibles de tratar los datos personales mínimos de carácter identificativo asociados a datos de registro de usuario y de actividad de los jugadores registrados en operadores de juego con licencia en el ámbito de la Ley 13/2011, de 27 xx xxxx, de regulación del juego.
Los tipos de datos personales contenidos en la mencionada información, las categorías de interesados a los que afecta, así como otra información adicional, se encuentran disponibles y accesibles en el portal web de la DGOJ en el apartado de tratamiento de datos personales y en su Registro de Actividades de Tratamiento (RAT).
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Para el cumplimiento del objeto del contrato, no se requiere que el adjudicatario acceda a ningún otro dato personal responsabilidad del responsable de tratamiento, y por tanto no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otros datos, que no sean los especificados. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del contrato que conllevará un acceso accidental o incidental a otros datos personales responsabilidad del responsable del tratamiento el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del responsable del tratamiento, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 72 horas.
4. Retribución y duración
Las obligaciones y prestaciones recogidas en este anexo no son retribuibles de forma distinta de lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas articulares que rige la contratación y demás documentos contractuales. Tendrán la misma duración que la prestación del servicio objeto de este pliego y su contrato, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización del contrato, el deber xx xxxxxxx continuará vigente durante 30 años, para todas las personas involucradas en la ejecución del contrato.
5. Obligaciones del adjudicatario como encargado del tratamiento
a) Tratará los datos personales indicados en el apartado 2 de este anexo siguiendo las instrucciones del responsable de tratamiento fijadas en el presente pliego y demás documentos contractuales.
b) Garantizará que los datos personales y los tratamientos de los que puedan ser objeto serán los estrictamente necesarios para la ejecución del presente contrato, no pudiendo ser comunicados o entregados a terceras personas en ningún caso, salvo que cuente con la autorización previa, expresa y por escrito del Responsable del Tratamiento para aquellos supuestos legalmente admisibles o salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al Encargado del Tratamiento. En ningún caso el Encargado del Tratamiento utilizará dichos datos personales (incluyendo copias de seguridad) para fines propios y distintos de los estipulados en el presente acto jurídico;
c) Garantizará que las personas autorizadas a tratar los datos personales tienen contraído compromiso de confidencialidad, guarden secreto profesional sobre los mismos y no los comuniquen a terceros, salvo en aquellos casos en que deba hacerse en estricto
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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cumplimiento de la ley. Esta obligación continuará vigente, sin límite de tiempo, tras la finalización del contrato.
d) Asistirá al responsable del tratamiento, a través de medidas técnicas y organizativas apropiadas y siempre que sea posible, para que pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los interesados establecidos en el capítulo III del RGPD.
e) Xxxxxxx al responsable del tratamiento a garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del encargado.
f) Corresponde al adjudicatario garantizar sobre la información identificada en el apartado
2. de este anexo la aplicación de las medidas de seguridad de nivel medio recogidas en el Anexo II del Real Decreto 311/2022, de 3 xx xxxx, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, así como las medidas correspondientes de las previstas en dicho esquema al tratamiento de los datos personales de conformidad con en el artículo 32 del RGPD.
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g) En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten al adjudicatario o a los datos que trata, las partes se comprometen a informarse mutuamente con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es susceptible de comunicación a la Agencia Española de Protección de Datos y a las personas concernidas, sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, ambas partes se comprometen a colaborar para resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir incidentes similares
Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y la protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
h) Cuando sea posible la cesión del contrato y/o la subcontratación parcial de sus prestaciones, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 214 y 215 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y la cláusula 20 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, se impondrán al cesionario o al subcontratado, según se trate, las mismas obligaciones recogidas en el presente anexo, teniendo cesionario o subcontratista la consideración de encargado del tratamiento. Todo ello sin perjuicio de la autorización previa por escrito, específica o general que el adjudicatario debe recabar del responsable del tratamiento para poder recurrir a otro encargado del tratamiento para la ejecución de las finalidades previstas en el presente contrato,
i) En caso de finalización del contrato, el adjudicatario facilitará la devolución o la supresión de los datos personales, así como las copias existentes, al responsable del tratamiento, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el presente contrato.
j) Pondrá a disposición del responsable de tratamiento toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RGPD, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del responsable del tratamiento o de otro auditor autorizado por este.
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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k) Garantizará la formación y sensibilización necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar los Datos Personales que estén a cargo del Encargado del Tratamiento. En particular, garantizará que su personal tenga conocimiento de las medidas de seguridad utilizadas por el Encargado del Tratamiento y cómo aplicarlas y la forma de responder a incidentes relacionados con las violaciones de seguridad.
l) No está prevista ni contemplada la transferencia de datos personales a un tercer país u organización internacional, salvo que esté obligado a ello en virtud del derecho de la Unión o de los estados miembros que se aplique al Encargado del Tratamiento, en cuyo caso, este deberá informar al Responsable de dicha exigencia legal previa al tratamiento, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
El Encargado del Tratamiento deberá asegurar un nivel adecuado de protección y garantizará un cumplimiento de la normativa europea y la legislación española vigente en cada momento. En este sentido, el Encargado del Tratamiento debe aportar garantías suficientes, y a condición de que los derechos de los interesados exigibles y acciones legales efectivas para los interesados estén disponibles.
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El encargado del tratamiento
Fdo.-
xxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
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