CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL PLANTEL
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BECATE
CAPACITACION PARA EL AUTOEMPLEO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN EL PLANTEL
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL CURSO DE CAPACITACIÓN PARA EL AUTOEMPLEO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA OFICINA DEL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO ____________________, REPRESENTADO POR EL C. _____________________________, EN SU CARÁCTER DE ____________________ Y POR LA OTRA EL C. ____________________________, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO LA “OSNE” Y EL “INSTRUCTOR”, RESPECTIVAMENTE, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
La “OSNE”, a través de su representante declara que:
El Servicio Nacional de Empleo ________________, tiene como atribuciones las siguientes ______________________________________________________________________________________________________________________________________________, de conformidad con los artículos ___________________ de ______________________________.
Cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ___________ del _______________________________________.
Requiere de los servicios del “INSTRUCTOR” para impartir el curso de capacitación denominado ___________(nombre de la especialidad) _____________en la modalidad de capacitación para el autoempleo, a impartirse en la localidad y municipio de (nombre de la localidad y municipio, en las instalaciones de _______________________________________________________.
Cuenta con los recursos presupuestales suficientes para la erogación prevista en el presente instrumento.
El presente instrumento se celebra en concordancia con el Programa de Apoyo al Empleo (PAE), en específico el Subprograma Bécate, conforme a lo dispuesto por las Reglas de Operación vigentes publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de diciembre de 2010.
Para los efectos legales de este contrato, señala como su domicilio el ubicado en ________________________________________________________________________________________________________________________________________________
El “INSTRUCTOR” declara que:
Tiene la capacidad jurídica para contratar y reúne los conocimientos necesarios para obligarse al cumplimiento del objeto del presente instrumento.
Acepta las condiciones establecidas por la “OSNE” para la impartición del curso, objeto del presente instrumento, en los términos y condiciones establecidos en el mismo.
Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes __________________, tal y como lo acredita con copia de su Cédula de Identificación Fiscal.
Para los efectos legales de este contrato, señala como su domicilio el ubicado en _____________________________________________________________________________________________________________________________________________.
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.- La “OSNE” encomienda a el “INSTRUCTOR” la impartición del curso denominado _______________(nombre de la especialidad) ___________en la modalidad de CAPACITACIÓN PARA EL AUTOEMPLEO, en la localidad y municipio de _______________(nombre de la localidad y municipio___________________en las instalaciones de _____________________________________, para lo cual el “INSTRUCTOR” se obliga a cumplirlo en los términos y condiciones estipulados en el “PROGRAMA DE CAPACITACION” que debidamente firmado por las partes forma parte integrante del presente acuerdo de voluntades.
SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.- Las partes aceptan que la vigencia del presente contrato será del ____ de ______ al ___ de __________ de 20______, de conformidad con el “PROGRAMA DE CAPACITACION”, agregado al presente instrumento.
TERCERA.- MONTO.- El monto del presente instrumento es por la cantidad total de $______________________ (_____________________________________________ PESOS 00/100 M. N.), que se efectuará en pagos mensuales por la cantidad de $___________________ (_____________________________________ PESOS 00/100 M.N.)
CUARTA.- OBLIGACIONES DE LA “OSNE”.- Son obligaciones de la “OSNE”:
Entregar oportunamente la cantidad correspondiente al “INSTRUCTOR” para que realice las compras de materiales (en su caso) destinados exclusivamente a los beneficiarios dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores al inicio de los cursos.
Entregar al “INSTRUCTOR” los formatos necesarios que en el contexto de esta modalidad existen para el desarrollo de sus actividades.
Dar seguimiento a la capacitación a fin de verificar que los beneficiarios sólo realicen actividades relacionadas al programa de capacitación.
Informar oportunamente al “INSTRUCTOR” las fechas y lugar donde se efectuarán los pagos en concepto de beca e instructor para que por su conducto notifique a los beneficiarios.
Entregar al término de la capacitación una constancia a cada beneficiario que egrese del curso.
Vigilar y supervisar en todo momento el cumplimiento del objeto de este contrato, mediante la solicitud al “INSTRUCTOR” la información y la documentación necesaria para su revisión.
Pagar al “INSTRUCTOR” la cantidad establecida en la Cláusula Tercera del presente instrumento, previa la presentación y en su caso aprobación de los recibos de honorarios correspondientes.
QUINTA.- OBLIGACIONES DEL “INSTRUCTOR”.- Son obligaciones del “INSTRUCTOR”:
Reportar a la “OSNE” de manera _________(especificar si es semanal, quincenal o mensual) ___________________ la asistencia de los beneficiarios en el Formato respectivo le entregue la “OSNE” al cierre del periodo correspondiente.
Informar inmediatamente a la “OSNE”, sobre las irregularidades que se presenten en el comportamiento, asistencia o desempeño de los beneficiarios, ya sea de manera escrita o mediante comunicación verbal.
Registrar diariamente la asistencia de los beneficiarios al inicio de la sesión de capacitación en el formato que para tal fin proporcione la “OSNE”.
Entregar a la “OSNE” de manera semanal, quincenal o mensual, el registro de asistencia de los beneficiarios en el formato generado por el Sistema de Información al cierre del período correspondiente.
Registrar semanalmente en el Formato Reporte Semanal del Instructor sobre los avances de la capacitación, los avances en materia de capacitación, respecto del PROGRAMA DE CAPACITACIÓN entregado con anterioridad a la “OSNE”.
Solicitar, en su caso, a los proveedores encargados de surtir las listas de materiales, la facturación respectiva para su presentación ante la “OSNE”. Cabe señalar que las facturas deben cumplir con todos los requisitos fiscales.
Revisar y aceptar o rechazar en su caso, los materiales de acuerdo a lo solicitado a los proveedores y presentado previamente a la “OSNE”, a través de la Lista de materiales.
Proporcionar a los beneficiarios inscritos, el material didáctico o de consumo en los plazos establecidos con la “OSNE” y conforme al programa de capacitación correspondiente.
Informar por escrito y en un plazo de de tres días naturales a la “OSNE”, sobre las irregularidades que se presenten en el comportamiento, asistencia o desempeño de los beneficiarios.
Entregar a la “OSNE” los recibos de honorarios debidamente cumplimentados de conformidad con la normatividad vigente.
Hacer del conocimiento por escrito a la “OSNE” de cualquier hecho o circunstancia que pueda dañar, entorpecer o retrasar la ejecución de los servicios prestados.
Reportar a la “OSNE” la evaluación final del curso sobre el aprovechamiento de los beneficiarios que considere su aprendizaje, puntualidad e involucramiento en la capacitación en el Formato respectivo.
SEXTA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.- El “INSTRUCTOR” no podrá ceder en forma parcial ni total a favor de otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato.
SÉPTIMA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento de este contrato que resulte de caso fortuito o fuerza mayor.
OCTAVA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- Será causa de rescisión del presente instrumento sin ninguna responsabilidad para la “OSNE”, si el “INSTRUCTOR” incumple con cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente instrumento. Adicionalmente, si el “INSTRUCTOR”, incurre en lo siguiente:
Si se comprueba que no reúne los requisitos establecidos para la realización de las actividades encomendadas de manera eficiente para el curso por el cual fue contratado y que manifestó ser capaz.
Incurrir durante el desempeño de las actividades, en actos de deshonestidad, obtención de beneficios adicionales en forma indebida para él o un tercero ajeno a la relación contractual, que atenten contra la calidad en el servicio y prestigio de la “LA OSNE”.
Atacar las normas xxxxxxx, éticas, reglamentos, o programas y proyectos vigentes de “LA OSNE”.
NOVENA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.- En caso de que el “INSTRUCTOR” incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas y/o inherentes a la naturaleza del mismo, la “OSNE” podrá optar por la rescisión del presente contrato, sin necesidad de declaración judicial previa; o bien, exigir su cumplimiento forzoso.
DÉCIMA.- INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO.- Las partes convienen que para el caso de suscitarse alguna controversia sobre la interpretación y cumplimiento del presente instrumento, así como a lo que no se encuentra estipulado en el mismo, aceptan sujetarse expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de (especificar la localidad donde se ubica la “OSNE”), por lo que renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.
DÉCIMA PRIMERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- La “OSNE” tiene el derecho de dar por terminado el presente contrato de manera anticipada y sin responsabilidad alguna a su cargo, bastando para ello la notificación por escrito al “INSTRUCTOR” con quince días naturales de anticipación. Transcurrido dicho lapso, el contrato se considerará terminado de manera anticipada y se procederá a la liquidación de las obligaciones que se encuentren pendientes de cumplir por parte de la “OSNE” o del “INSTRUCTOR”, en su caso.
DÉCIMA SEGUNDA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.- Las partes convienen en que las acciones objeto de este contrato que desarrollará “EL INSTRUCTOR” en cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, son propiedad exclusiva de “LA OSNE” por lo que el “INSTRUCTOR” no se reserva derecho alguno sobre la titularidad de los mismos.
DÉCIMA TERCERA.- RETENCIÓN DE PARTE DE PAGOS.- Las partes acuerdan que para el caso que el “INSTRUCTOR” incumpla con la totalidad de las obligaciones contractuales comprometidas, la “OSNE” le retendrá la parte proporcional de los honorarios correspondientes a los servicios no cumplidos. Una vez que “INSTRUCTOR” cumpla con los trabajos pendientes en los plazos determinados por la “OSNE”, el “INSTRUCTOR” recibirá los pagos correspondientes, sin perjuicio de que la “OSNE” determine rescindir el presente contrato.
DÉCIMA CUARTA.- RELACION CONTRACTUAL.- Ambas partes reconocen que el presente instrumento no constituye una relación personal subordinada a la “OSNE” por lo tanto de ninguna forma crea una relación de trabajo. Este contrato no genera derecho laboral alguno, limitándose exclusivamente a las obligaciones y derechos pactados en las cláusulas de este Contrato.
DÉCIMA QUINTA.- INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO.- Las partes convienen que para el caso de suscitarse alguna controversia sobre la interpretación y cumplimiento del presente instrumento, así como a lo que no se encuentra estipulado en el mismo, aceptan sujetarse expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de ____________(especificar la localidad donde se ubica la “OSNE”) _________________, por lo que renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.
Leído que fue el presente instrumento por las partes y enteradas de su contenido y alcance legal, lo firman en ___________ tantos al margen y al calce en todas sus fojas, en la Ciudad de _______________________, _________________________ el día ________________ de ________________ de dos mil ____________________.
Por la “OSNE”
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Por el “INSTRUCTOR”
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