Arrendamiento de oficina, local o bodega
Arrendamiento de oficina, local o bodega
Entre los suscritos, a saber (nombre del arrendador), mayor de edad, vecino de (ciudad), identificado con la cédula de ciudadanía n.° (número de cédula), quien en adelante se denominará el arrendador, por una parte, y por la otra (nombre del arrendatario), con NIT (ingrese número de identificación tributaria), sociedad domiciliada en (incorporar ciudad), representada por (enuncie al representante legal), mayor de edad, vecino de (incorporar ciudad), identificado con la cédula de ciudadanía n.° (número de cédula), quien en adelante se denominará el arrendatario se ha celebrado el contrato de arrendamiento que se rige por la legislación comercial colombiana y además por las siguientes cláusulas:
Primera. Objeto del contrato: el arrendador, entrega a título de arrendamiento al arrendatario y este lo recibe a igual a título, un inmueble situado en la ciudad de (incorporar ciudad), con la nomenclatura (identifique el inmueble), con un área construida de (enuncie el área) m2
Segunda. Linderos y características internas y externas: (mencione los linderos, por ejemplo, oficinas colindantes, acabados generales, ductos y rejillas para el aire acondicionado, muros divisorios en panel yeso, etc.)
Tercera. Destinación: El arrendatario se compromete a utilizar el inmueble materia de este contrato como (forma en la que se pretende usar el bien, pudiendo ser para oficina, bodega, local comercial, etc.) para desarrollar actividades propias de su objeto social.
Cuarta. Duración: El término del presente contrato es de 1 año a partir del (día) de (mes) de (año), renovable por mutuo acuerdo si ninguna de las partes ha dado aviso de terminación a la otra con antelación no inferior a 60 días al vencimiento aquí pactado.
Quinta. Restitución: A la terminación de este contrato, por cualquier causa, el arrendatario restituirá el área al arrendador en el mismo estado en que le fue entregada, la cual a la fecha de entrega se encuentra en buen estado, salvo el deterioro natural por uso y goce legítimos. Para tal efecto, a más tardar el día de la entrega material del inmueble suscribirán el acta de recibo correspondiente.
Sexta. Contraprestación y forma de pago: La contraprestación mensual que pagará el arrendatario se causará a partir del día en que inicia este contrato, por ende, el canon de arrendamiento se pagará mes adelantado. El valor del canon es de ($ ingrese el valor del canon de arrendamiento, en él se debe especificar si incluye los valores de administración en caso de estar el inmueble en una copropiedad). Los pagos del canon de arrendamiento se harán en (exprese el lugar, tiempo y forma de pago) los 5 primeros días de cada mes.
Séptima. Incremento del precio: Vencido el primer año de vigencia de este contrato, el canon se incrementará en forma automática y sin necesidad de requerimiento alguno entre las partes, en el porcentaje de (especificar, por ejemplo, IPC del año anterior más xx% o puntos, etc.) (este incremento se hará efectivo anualmente).
Octava. Servicios públicos: El pago del consumo mensual de los servicios de agua, alcantarillado, recolección de basuras, energía eléctrica y teléfonos estarán a cargo del arrendatario y pagados directamente por este sin que el arrendador tenga responsabilidad alguna por la correcta o deficiente prestación de tales servicios. Así mismo, el arrendatario se obliga a pagar las sanciones, costas o multas que las empresas respectivas o cualquier autoridad imponga por las infracciones de los respectivos reglamentos o por no haber pagado oportunamente los servicios causados durante la vigencia de este contrato e indemnizará al arrendador por los perjuicios que tales infracciones u omisiones puedan causarle.
Parágrafo primero. Al finalizar este contrato de arrendamiento y al ser entregado el inmueble objeto de este contrato, el arrendatario entregará los últimos tres (3) recibos de servicios cancelados y el compromiso de cancelar el consumo causado hasta el día de la devolución del inmueble.
Novena. Reparaciones y mejoras: El arrendador o propietario autoriza expresamente al arrendatario para efectuar las mejoras indispensables para la adecuación del inmueble a fin de desarrollar las actividades propias de su objeto social, las cuales serán por cuenta del arrendatario. En cuanto a las mejoras útiles que realice el arrendatario en desarrollo de dicha autorización, aquel podrá separar y llevarse los materiales utilizados en las obras que ejecute, sin detrimento del inmueble arrendado, pero las que no pueden ser separadas sin que sufra daño alguno la propiedad, quedarán adheridas al inmueble sin costo alguno para el arrendador y pasarán a ser de su propiedad.
Décima. Inspección: El arrendador podrá efectuar inspecciones al inmueble arrendado siempre que no se obstaculice la prestación del servicio, formulando por escrito las sugerencias y recomendaciones que sean necesarias para un mejor funcionamiento del inmueble.
Décima primera. Cesión del contrato: a) el arrendador podrá transferir sus derechos a terceras personas en cuyo caso el arrendatario se compromete a cumplir las obligaciones emanadas de este contrato con el cesionario, desde la fecha en que tal acto le sea comunicado por correo con confirmación de entrega a la dirección del inmueble materia del presente contrato; y b) el arrendatario no podrá ceder el presente contrato, salvo que expresamente lo autorice el arrendador.
Parágrafo. Tanto arrendador como arrendatario podrán terminar de manera unilateral sin tener que pagar la cláusula penal en caso de que cualquiera de las partes o de nuevos cesionarios de este contrato o del inmueble aparezca en la lista Xxxxxxx, la lista OFAC, o en cualquier otro registro nacional o internacional que lo vincule con la comisión o realización de actividades criminales o acciones ilícitas, así como el que dicho cesionario se encuentre vinculado a proceso o investigaciones por la posible comisión o realización de actividades delincuenciales o acciones ilícitas, o sea, una persona, entidad, o miembro de un país al que el gobierno de los Estados Unidos o Colombia prohíba o llegara a prohibir establecer o mantener negocios de cualquier tipo.
Décima segunda. Causales de terminación: El presente contrato podrá darse por terminado por las causales establecidas para el contrato de arrendamiento del local comercial en el Código de Comercio y especialmente por las siguientes: 1) por mutuo acuerdo; 2) por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones contractuales; y 3) por vencimiento del término. Si el arrendatario desocupare el inmueble antes del vencimiento del término principal o de las prórrogas del presente contrato, se dará aplicación al artículo 2003 del Código Civil.
Décima tercera. Notificaciones: Las notificaciones que cualquiera de las partes deseara a la otra, deben formularse con certificación de entrega a las siguientes direcciones:
El arrendatario en el mismo inmueble objeto de este contrato.
El arrendador en la (enuncie dirección) de la ciudad de (incorpore ciudad), teléfonos, celular (exprese números telefónicos).
Décima cuarta. Abandono del inmueble: Al suscribir este contrato el arrendatario faculta expresamente al arrendador y a su eventual cesionario para penetrar en el inmueble y recuperar su tenencia con solo el requisito de la presencia de dos (2) testigos, en procura de evitar el deterioro del inmueble siempre que por cualquier circunstancia el mismo permanezca abandonado o deshabitado por el término de dos (2) meses o más, siempre y cuando esté por igual término en xxxx con el pago del canon de arrendamiento.
Décima quinta. Gastos: Los gastos de impuestos de timbre y demás que se ocasionen por el otorgamiento de este contrato, sus prórrogas y renovaciones serán asumidos por partes iguales entre los contratantes.
Décima sexta. Clausula penal: El incumplimiento del presente contrato hará deudor contratante incumplido, de una pena pecuniaria equivalente a tres (3) cánones de arriendo, sin perjuicio de la facultad de exigir el cumplimiento de las obligaciones que emanan de este contrato.
Parágrafo. Coarrendatario: Con el fin de garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de este contrato, la parte arrendataria presenta como coarrendatario solidario al señor (nombre del coarrendatario), identificado con la Cédula de Ciudadanía n.° (número de cédula), quien manifiesta íntegramente este contrato al suscribirlo.
Se firma en la ciudad de (enuncie la ciudad) a los (incorporar día) del mes de (incorporar mes) del año (incorporar año).
El
arrendador
CC.
El arrendatario
CC.
Coarrendatario
CC.
*Nota: en caso de estar el inmueble en una copropiedad, se agregaría la expresión: En todo caso el propietario deberá solicitar de manera previa y bajo el procedimiento consagrado en el reglamento de propiedad horizontal la autorización para el desarrollo del destino inicial, entendiéndose que mientras el consejo de administración no haya autorizado dicho destino, el propietario deberá abstenerse de desarrollarlo o permitir que un arrendatario lo haga.