podrían indicarme en qué cuerpo normativo se encuentra regulado el Contrato de Transporte? [28/04/2015 06:41:51 p.m.] ibana Pereira López: código de comercio [28/04/2015 06:42:10 p.m.] Silvana Puerto: art 163 a 190 del codigo de comercio [28/04/2015...
Transporte
podrían indicarme en qué cuerpo normativo se encuentra regulado el Contrato de Transporte?
[28/04/2015 06:41:51 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: código de comercio
[28/04/2015 06:42:10 p.m.] Xxxxxxx Puerto: art 163 a 190 del codigo de comercio
[28/04/2015 06:42:32 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: En el Cod. Comercio art 163 a 190
[28/04/2015 06:43:04 p.m.] XXXXXXX XXXX: 163 c.comercio
[28/04/2015 06:43:19 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, para ser precisos, los arts. 163 a 190 del Código de Comercio regulan la actividad de los transportadores, a quienes califica de auxiliares de comercio, es decir que en forma incidental disciplina el contrato de transporte
[28/04/2015 06:43:23 p.m.] Xxx Xxxxxxx: SE comprende?
[28/04/2015 06:43:35 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: si
[28/04/2015 06:43:38 p.m.] Xxx Xxxxxxx: No es una regulación integral, como lo es la Compra venta de meradería
[28/04/2015 06:43:44 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: si profesora
[28/04/2015 06:43:45 p.m.] XXXXXXX XXXX: si
[28/04/2015 06:43:57 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: art.7 nral. 4
[28/04/2015 06:44:13 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Incluso podrán ver que refiere a "acarreadores", "porteadores"
[28/04/2015 06:44:26 p.m.] Xxx Xxxxxxx: usa terminología antigua, de la época de la diligencia
[28/04/2015 06:44:50 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Pueden ver otros términos "troperos"
[28/04/2015 06:44:51 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: de 1866 época del Codigo Comercio
[28/04/2015 06:44:53 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Arrieros
[28/04/2015 06:45:11 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto, bien, cómo pdoríamos definir el contrato de transporte?
[28/04/2015 06:45:20 p.m.] Xxx Xxxxxxx: En forma genérica
[28/04/2015 06:46:11 p.m.] XXXXXXX XXXX: el contrato de transporte es un contrato por el cual una persona se obliga a trasladar mercaderías, de un lugar a otro, a cambio de un precio que se denomina flete o porte
[28/04/2015 06:46:16 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: es el contrato por el cual una persona se obliga a trasladar mercaderias
[28/04/2015 06:46:19 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: contrato por el cual una persona se obliga a transportar mercaderías de un lugar a otro
[28/04/2015 06:46:20 p.m.] Xxxxxxx Xxxxxx: contrato por el cual una persona (transportador) se obliga a trasladar mercaderias de un lugar a otro a cambio de un precio (flete)
[28/04/2015 06:46:40 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Es un contrato por el cual una persona ( transportador ) se obliga a trasladar mercadería a otra ( cargador ) a cambio de un precio ( flete )
[28/04/2015 06:48:04 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: trasladar de un lugar a otro cosas o personas
[28/04/2015 06:48:36 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Ahora si, el concepto es amplio, abarca tanto el traslado de mercaderías como de personas
[28/04/2015 06:49:07 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Que normatva se aplicla al transporte de personas ?
[28/04/2015 06:49:22 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Porque el Código refiere al transporte de merceraderías
[28/04/2015 06:49:40 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Qué normativa le aplicarían al transporte de personas?
[28/04/2015 06:50:27 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: no existe una normativa legal especial para el transporte de personas
[28/04/2015 06:50:31 p.m.] Xxxxxxx Puerto: no hay una norma especifica
[28/04/2015 06:50:36 p.m.] Xxxxx Xxxxx: No existe una normativa legal especial para el transporte terrestre de personas.
Ante el vacío de la Ley, habría tres soluciones posibles:
[28/04/2015 06:50:41 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto
[28/04/2015 06:51:21 p.m.] Xxxxx Xxxxx: 1 seria aplicar, por analogía, la normativa sobre transporte terrestre de cosas, regulado en los arts. 163-190 del Código de Comercio (CCom).
[28/04/2015 06:51:34 p.m.] XXXXXXX XXXX: no existe una normativa legal sobre transportes
[28/04/2015 06:51:39 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Según Xxxxx Xxxxxxx debería aplicarse la normativa referente al arrendamiento de obra , que se encuentra regulado en los art 578 a 602 del C. cOM
[28/04/2015 06:52:13 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Xxxxxxxxx Xxxxxxx entiende que se puede aplicablar, por analogía, las normas del contrato de pasaje marítimo (arts. 1.282 y ss. CCom) y, en su defecto, correspondeería la aplicación del Derecho común.
[28/04/2015 06:52:13 p.m.] XXXXXXX XXXX: Una primera posibilidad sería aplicar, por analogía, la normativa sobre transporte terrestre de cosas, regulado en los arts. 163-190 del Código de Comercio (CCom).
[28/04/2015 06:52:31 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: art. 1855 del C.C. refiere al transporte de personas y de cosas
[28/04/2015 06:53:02 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: remiténdose al C. de Com.
[28/04/2015 06:53:04 p.m.] XXXXXXX XXXX: Xxxxx Xxxxxxx consideraba que se debe recurrir a las disposiciones del CCom referentes al arrendamiento de obra (arts. 578-602 CCom). La aplicación del CCom, en lugar del Código Civil se fundamenta en el carcter mercantil que se le reconoce al transporte terrestre de personas, a pesar de que el art. 7 sólo se refiere al transporte de mercaderías.
[28/04/2015 06:53:52 p.m.] XXXXXXX XXXX: Xxxxxxxxx entiende que se puede aplicablar, por analogía, las normas del contrato de pasaje marítimo (arts. 1.282 y ss. CCom) y, en su defecto, correspondeería la aplicación del Derecho común.
[28/04/2015 06:54:16 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, una primera posición es que se aplique por analogía el CCom, esta también es la posición xx Xxxxxxx, como bien dice Xxxxxx el CCivil remite al Ccom en lo que refiere al transporte de mercarderías y de personas (aunque el CCom sólo refiere textualmente al primero)
[28/04/2015 06:54:29 p.m.] Xxx Xxxxxxx: En consecuencia para esta teoría se aplica por analogía el cCom
[28/04/2015 06:54:52 p.m.] Xxx Xxxxxxx: otros : Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx entienden que es un arrendamiento de obra
[28/04/2015 06:55:42 p.m.] Xxx Xxxxxxx: del CCivil, en el entendido de que sólo el transpore de mercaderías es mercantil (art. 7)
[28/04/2015 06:56:21 p.m.] Xxx Xxxxxxx: otros. Xxxx Xxxxxxxxx; entiende que debe aplicarse por analogía las normas del contrato de pasaje marítimo (art. 1282 CCom)
[28/04/2015 06:56:38 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, como se puede categorizar?
[28/04/2015 06:56:47 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Es oneroso?
[28/04/2015 06:57:01 p.m.] Xxx Xxxxxxx: El contrato de transporte es oneroso?
[28/04/2015 06:57:10 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: si
[28/04/2015 06:57:22 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: si no hay onerosidad no hay contrato de transporte
[28/04/2015 06:57:32 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: se obligan las dos partes
[28/04/2015 06:57:39 p.m.] XXXXXXX XXXX: si
[28/04/2015 06:57:45 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Se graban ambas partes
[28/04/2015 06:57:52 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: es bilateral
[28/04/2015 06:57:56 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxxxx Xxxxxxx, se sostiene que, si el contrato de transporte de mercaderías es gratuto, entonces no se regula por el CCom
[28/04/2015 06:58:21 p.m.] XXXXXXX XXXX: La obligación principal del pasajero es pagar el precio. es bilasteral y consensual
[28/04/2015 06:58:22 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: gracias
[28/04/2015 06:58:57 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxxxx Xxxx: es consensual: entonces la carta de porte es un requisito de solemnidad?
[28/04/2015 06:59:06 p.m.] Xxxxx Xxxxx: no
[28/04/2015 06:59:11 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: no
[28/04/2015 06:59:12 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto
[28/04/2015 06:59:19 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Qué es la carta de porte?
[28/04/2015 06:59:27 p.m.] Xxxxx Xxxxx: puede faltar (art. 166, inc. 2)
[28/04/2015 06:59:28 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: puede faltar la carta
[28/04/2015 06:59:49 p.m.] Xxxxx Xxxxx: es un título representativo de la mercadería transportada, que documenta el contrato de transporte.
[28/04/2015 06:59:57 p.m.] XXXXXXX XXXX: la carta de porte puede faltar
[28/04/2015 06:59:59 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: documenta el contrato pero no es esencial puede faltar
[28/04/2015 07:00:00 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: se redacta para formalizar el transporte
[28/04/2015 07:00:13 p.m.] XXXXXXX XXXX: por lo tanto no es un requisito de solemnidad
[28/04/2015 07:00:20 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Es un documento en el cual se detalla la mercaderia transportada
[28/04/2015 07:00:53 p.m.] Xxxxx Xxxxx: En el transporte terrestre, la carta de porte no es esencial, puede faltar (art. 166, inc. 2), aunque el CCom atribuye a las partes la facultad de exigirse la carta de porte (art. 165 CCom).
[28/04/2015 07:01:11 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, es el instrumento que doumenta el contrato de transporte
[28/04/2015 07:01:41 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Qué sucede si falta? ya dijimos que no esencial
[28/04/2015 07:02:29 p.m.] Xxxxxxx Xxxxxx: tendran que probar la existencia del contrato por otros medios si fuera necesario
[28/04/2015 07:02:31 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Es un medio de prueba , tiene el valor de un documento privado
[28/04/2015 07:02:42 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: el contrato es válido como tal, es suficiente el acuerdo de voluntades, de ahí q sea consensual
[28/04/2015 07:03:03 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: hay que probar la entrega de la cosa sobre todo
[28/04/2015 07:03:18 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Perfecto, es decir, como no es esencial, puede recurrirse a otros medios probatorios en caso de que falte
[28/04/2015 07:03:27 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Por eso mismo, y como bien dijeron no hay solemnidad
[28/04/2015 07:03:56 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Tiene entonces valor probatorio y es un título representativo de la mercadería
[28/04/2015 07:04:27 p.m.] XXXXXXX XXXX: La carta de porte tiene el valor probatorio de un documento xxxxxxx.xxx. 166 jerarquiza su valor probatorio, estableciendo que es el título legal del contrato
[28/04/2015 07:04:51 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: valor probatorio, prueba el compromiso en caso de conflicto
[28/04/2015 07:05:08 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: art. 166
[28/04/2015 07:05:28 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien Buda: jerarquiza su valor en caso de existir. De no existir se puede recurrir a otros medio de prueba
[28/04/2015 07:05:44 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Es la carta de porte un título valor?
[28/04/2015 07:05:52 p.m.] Xxxxx Xxxxx: no
[28/04/2015 07:05:59 p.m.] XXXXXXX XXXX: no
[28/04/2015 07:06:02 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: no
[28/04/2015 07:06:35 p.m.] Xxxxx Xxxxx: la carta de porte no se corresponde con la definición de título valor contenida en el art. 1 del Decreto Ley de Títulos Valores n° 14.701
[28/04/2015 07:07:00 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto, para el Prof. Xxxxx no se condice con la definición de TV de la ley 14701, no se dan las superposiciones de dos relaciones jurídicas, es simplemente el medio probatorio de una única relación
[28/04/2015 07:07:04 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: es un título representativo de mercaderías
[28/04/2015 07:07:12 p.m.] XXXXXXX XXXX: en nuestro concepto, la carta de porte no reviste, estrictamente, el carácter de título valor.
[28/04/2015 07:07:19 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien
[28/04/2015 07:07:23 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Recapitulando entonces
[28/04/2015 07:07:44 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Lo que tienen en común la carta de porte con los títulos valores es que son fácilmente trasmisibles. Se trasmiten por la mera formalidad de un endoso y al trasmitir el documento se transfieren los derechos de origen contractual, documentados.
[28/04/2015 07:07:49 p.m.] Xxx Xxxxxxx: El CCom refiere al Contrato de Transporte de Mercaderías en los arts. 163-190
[28/04/2015 07:08:39 p.m.] Xxx Xxxxxxx: No refiere en forma expresa al contrato de transporte Terrestre de personas, de ahi la neceidad de integrar el ordenamiento jurídico
[28/04/2015 07:09:00 p.m.] Xxx Xxxxxxx: El contrato de transporte es oneroso, bilateral conmutativo, y consensual
[28/04/2015 07:09:20 p.m.] Xxx Xxxxxxx: La carta de porte documenta dicho contrato
[28/04/2015 07:09:43 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, cuáles son los elementos del contrato de transporte de mercaderías?
[28/04/2015 07:10:23 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Elementos personales
[28/04/2015 07:10:41 p.m.] Xxxxx Xxxxx: 1. el transportador;
2. el cargador (persona que entrega las cosas que han de ser transportadas);
3. el destinatario o consignatario (persona que recibe las cosas objeto del transporte);
4. el comisionista de transporte (art. 164).
[28/04/2015 07:10:55 p.m.] XXXXXXX XXXX: es bilateral , conmutativo , oneroso
[28/04/2015 07:11:12 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Elementos reales
[28/04/2015 07:11:14 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: elementos personales, reales y metafisicos
[28/04/2015 07:11:19 p.m.] XXXXXXX XXXX: y consensual
[28/04/2015 07:11:35 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxx está indicando los caracteres, pero no los elementos
[28/04/2015 07:11:35 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Cosa a transportarse y el precio
[28/04/2015 07:11:47 p.m.] XXXXXXX XXXX: xxxxx me equivoque
[28/04/2015 07:11:57 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Como dice Pereira pueden identificarse personales, reales y metafísicos
[28/04/2015 07:12:04 p.m.] Xxx Xxxxxxx: No hay problema Buda
[28/04/2015 07:12:26 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Los personales los identificó correctamente Xxxxx
[28/04/2015 07:12:40 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Los elementos metafísicos son los siguientes:
1. destino,
2. itinerario y
3. plazos.
[28/04/2015 07:12:45 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Los elementos son personales ( transportador , cargador , destinatario ) reales (la cosa que se transporta y el precio ) y elementos metafisicos ( el destino al cual se envia la mercadería , el recorrido y el plazo )
[28/04/2015 07:14:12 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Vamos por parte entonces, de los elementos personales, en particular, existen distintas posiciones en doctrina respecto de la relación jurídica existente entre destinatario y cargador cuando no son la misma persona
[28/04/2015 07:14:18 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Pueden identificrlas?
[28/04/2015 07:14:24 p.m.] Xxx Xxxxxxx: identificarlas?
[28/04/2015 07:14:55 p.m.] Xxxxx Xxxxx: El transportador es quien se obliga a realizar, personalmente o por intermedio de sus dependientes, actuando a riesgo propio, un determinado transporte.
[28/04/2015 07:15:32 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: el transportador seria el chofer, el cargador es quien realiza la entrega, el consignatario es quien la recibe
[28/04/2015 07:15:39 p.m.] Xxxxx Xxxxx: El cargador es quien entrega las mercaderías que deben ser transportadas.
[28/04/2015 07:15:59 p.m.] Xxxxx Xxxxx: El destinatario es la persona que recibe las cosas en el punto de destino convenido. El CCom lo llama consignatario. Puede ser el mismo cargador o un representante suyo o puede ser otra persona.
[28/04/2015 07:15:59 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Es correcto, pero el cargador puede coincidir o no con la persona del destinatario
[28/04/2015 07:16:13 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxx Xxxxx
[28/04/2015 07:17:05 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: otra figura prevista en el cod. de C. es el comisionista de transporte art. 164
[28/04/2015 07:17:32 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Existen en doctrina distintas teorías para explicar la relación entre cargador y destinatario (si no son la misma persona): en general, a más aceptada es aquella que sostiene que el destinatario en estos casos es beneficiario de una estipulación para otro
[28/04/2015 07:17:44 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Cuando no coinciden en la misma persona existen diferentes teorias 1) el cargador es un gestor del negocio del destinatario ( por ejemplo en una compra venta de un mueble , el vendedor contrata una empresa para que le lleve al comprador la mercaderia )
[28/04/2015 07:18:13 p.m.] XXXXXXX XXXX: disculpe pero no entiendo lo de que el cargador puede ser la misma prsona que el destinatario
[28/04/2015 07:18:47 p.m.] Xxx Xxxxxxx: A ver: el cargador puede entregar mercadería para que el transportista se la entregue a él mismo o bien a su representante en otro país
[28/04/2015 07:19:12 p.m.] Xxx Xxxxxxx: O bien puede ser que el cargador se la entregue al transportista para que éste se la lleve a un tercero destinatario
[28/04/2015 07:19:18 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Otra teoria sostiene que el destinatario es un Tercero beneficiario de una estipulaciòn para otro ( C. Civil art 1256 ) el cargador celebra un contrato con el transportista en beneficio del destinatario
[28/04/2015 07:19:31 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto Conti
[28/04/2015 07:19:35 p.m.] Xxx Xxxxxxx: En definitiva
[28/04/2015 07:20:14 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Existen distintas teorías que tratan de explicar el vínclo entre uno y otro
[28/04/2015 07:20:24 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien sigamos adelante
[28/04/2015 07:20:40 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Definieron ya los elementos reales y metafísicos
[28/04/2015 07:21:03 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Pueden indicarme ahora la naturaleza juridica del Contrato de Transporte?
[28/04/2015 07:21:11 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Qué es?
[28/04/2015 07:21:15 p.m.] Xxx Xxxxxxx: un arrendamiento de obra?
[28/04/2015 07:22:08 p.m.] Xxxxx Xxxxx: El transportador se obliga a obtener un resultado determinado y los riesgos de la obtención de ese resultado recaen sobre él.
[28/04/2015 07:22:41 p.m.] Xxxxx Xxxxx: arts. 578-602 del Código de Comercio
[28/04/2015 07:22:41 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: no es arrendamiento de obra
[28/04/2015 07:23:12 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Se ha criticado esta asimilación porque no explica la obligación de custodia ni la figura del consignatario
[28/04/2015 07:23:31 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Una parte de la Doctrina lo asimila al arrendamiento de obra, pero ello no permite explicar la obligación de custodia ni la figura del consignatario como bien dice Xxxxx
[28/04/2015 07:23:36 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Hay una posición que lo considera Arrendamiento de obra ( porque el transportador se obliga a obtener un resultado y los riesgos son por su cuenta )Para otros es un Mandato , por lo que dice el còdigo en el art 164 y la teoria más moderna sostiene que es un Contrato autónomo, tipico y especial que está reglamentado en la ley
[28/04/2015 07:23:44 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: hay distintas posiciones, la más generalizada es la q sostiene q el trasnsp. es un arrendamiento de obra
[28/04/2015 07:23:46 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Otros lo asimilan al arrendamiento de cosas
[28/04/2015 07:23:56 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: porque no explica la obligación de custodia ni la figura del consignatario
[28/04/2015 07:24:08 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx
[28/04/2015 07:24:35 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Es decir, tampoco la teoría que sostiene que es un arrendamiento de cosa es correcta
[28/04/2015 07:25:03 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Porque en e contrato de transporte el vehículo lo usa el transportista
[28/04/2015 07:25:20 p.m.] Xxx Xxxxxxx: tampoco parece adaptarse a esta figura
[28/04/2015 07:25:29 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Las posturas más modernas sostienen que el contrato de transporte: es un contrato autónomo, especial, típico (Xxxxxxxxx). Está previsto y reglamentado por la Ley. No hay razón para querer atribuirle otra naturaleza (Xxxx, Xxxxxx).
[28/04/2015 07:25:29 p.m.] Xxx Xxxxxxx: NI al mandato
[28/04/2015 07:25:35 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Ni al depósito
[28/04/2015 07:25:47 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxx Xxxxx
[28/04/2015 07:26:26 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Al final se llega la conclusión de que es un contrato autónomo, especial
[28/04/2015 07:26:39 p.m.] Xxx Xxxxxxx: BIen, veamos ahora las obligaciones de las partes
[28/04/2015 07:26:51 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Cuáles son las obligaciones del cargador?
[28/04/2015 07:27:26 p.m.] Xxxxx Xxxxx: entregar los objetos a transportar, según usos;
extender la carta de porte, según dispone el art. 165 del Código de Comercio (CCom);
pago xxx xxxxx;
pago de los gastos del transporte.
[28/04/2015 07:27:29 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: entregar los objetos transportados en buenas condiciones
[28/04/2015 07:27:39 p.m.] Xxxxxxx Puerto: entregar la cosa, entregar la carta de porte, pagar el flete y los gastos del transporte
[28/04/2015 07:27:56 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxx estamos viendo obligaciones del cargador
[28/04/2015 07:28:02 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: las obligaciones del cargador es entregar la mercadería de acuerdo a los usos del momento ( en lo que respecta al embalaje de la misma ) pagar el precio estipulado
[28/04/2015 07:28:08 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: entregar los objetos a transportar, extender la carta de porte, pago xxx xxxxx, pago de los gastos del transporte
[28/04/2015 07:28:35 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Es correcto perdón
[28/04/2015 07:28:36 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: disculpe me equivoqué
[28/04/2015 07:28:43 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Debe entregarlos en buenas condiciones
[28/04/2015 07:29:03 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Pensé que puso que debía transportarlos en buenas condicones
[28/04/2015 07:29:30 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, cómo saben que debe pagar el precio el cargador en principio?
[28/04/2015 07:29:31 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: ah!!! ok
[28/04/2015 07:29:39 p.m.] Xxx Xxxxxxx: De qué norma se infiere?
[28/04/2015 07:29:57 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Siempre debe pagarse por el cargador?
[28/04/2015 07:30:11 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Porque se acuerda entre ambas partes y se establece en la carta de porte
[28/04/2015 07:30:43 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: por el art 165
[28/04/2015 07:30:46 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, y si no figura en la carta de porte?
[28/04/2015 07:31:15 p.m.] Xxxxx Xxxxx: El flete debe ser acordado por las partes y preverse en la carta de porte (art. 165 CCom). Puede convenirse que se pague de antemano. El art. 182 prevé, indirectamente, esa posibilidad:
“Si el cargador recoge sus efectos antes del viaje, el conductor conservará el flete pagado de antemano, o la mitad del porte total estipulado.”
[28/04/2015 07:31:16 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Si no figura cómo se paga?
[28/04/2015 07:31:42 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxxxx Xxxxx, el flete se puede pagar de antemano (art. 182), o bien al entregarse la mercadería (art. 188)
[28/04/2015 07:32:02 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: art 182
[28/04/2015 07:32:06 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Tiene el transportador alguna garantía del pago?
[28/04/2015 07:32:41 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: si no se pacto el flete se paga al verificarse la entrega art 188
[28/04/2015 07:32:42 p.m.] Xxxxx Xxxxx: art 186
[28/04/2015 07:33:04 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: En caso de no haber carta de porte el flete se paga al entregarse la mercadería según e art 188
[28/04/2015 07:33:46 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Tienen un plazo de 24 horas
[28/04/2015 07:34:07 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien Conti, se paga de xxxxxxxx, o bien al entregarse la mercadería, y como dice Xxxxx, el transportador tiene un privilegio sobre la mercadería para cobrarse el flete
[28/04/2015 07:34:32 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Cuáles son las obligaciones del Transportador?
[28/04/2015 07:35:25 p.m.] Xxxxx Xxxxx: A. la obligación de otorgar la carta de porte;
B. la de trasladar la mercadería hasta el punto de destino, para allí entregarla al destinatario;
C. la obligación de custodiarlas hasta el momento de la entrega.
[28/04/2015 07:35:46 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: tres obligaciones principales, son las que cita xxxxx
[28/04/2015 07:36:19 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: obligación de otorgar carta de porte, trasladar la mercadería haata el destino y de custodía hasta el momento de la entrega
[28/04/2015 07:36:39 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxx Xxxxx, Xxxxxxx y Xxxxxx
[28/04/2015 07:36:46 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: grcs.
[28/04/2015 07:36:49 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Como verán entonces la obigación de entregar a
[28/04/2015 07:36:52 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: gracias
[28/04/2015 07:37:01 p.m.] Xxx Xxxxxxx: la carta de porte es del cargador y del transportador, porque?
[28/04/2015 07:37:55 p.m.] Xxxxx Xxxxx: los 2
[28/04/2015 07:38:00 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Tanto el cargador como el acarreador pueden exigirse mutuamente una carta de porte (art. 165).
[28/04/2015 07:38:49 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: xxxx xxxxx
[28/04/2015 07:38:51 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto! si miran el art 165 dice: "tanto el cargador como el acarreador pueden exigirse mutuamente la carta de porte
[28/04/2015 07:39:26 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, la obligación es de ambos, cualquiera de ellos puede requerir la carta de porte
[28/04/2015 07:39:41 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Otras obligaciones?
[28/04/2015 07:39:59 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Mencionaron las principales
[28/04/2015 07:40:15 p.m.] Xxxxx Xxxxx: trasladar la mercaderia
[28/04/2015 07:40:36 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Esta obligación supone el cumpliento de otras, de caracter accesorio.
[28/04/2015 07:40:52 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Acondicionar las mercaderías en el vehículo de transporte
[28/04/2015 07:40:53 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: El transportador tiene una obligación de resultado , trasladar la mercadería en el plazo previsto al destino encomendado
[28/04/2015 07:40:53 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: recibir la mercadería
[28/04/2015 07:41:01 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: trasladar la mercadería, esta obligación supone el cumplimiento de otras de carácter accesorio
[28/04/2015 07:41:23 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Ejecutar el transporte en el plazo y por el recorrido convenidos
[28/04/2015 07:41:37 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Entregar los efectos al destinatario, en el lugar de destino
[28/04/2015 07:42:04 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: acondicionar las mismas en el vehículo a transportarlas, custodía
[28/04/2015 07:42:23 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: acondicionar las mercaderías en el vehículo, ejecutar el transporte en plazo y por el recorrido convenido
[28/04/2015 07:42:58 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: entregar los efectos al destinatario, en el lugar de destino, custodiar las mercaderias
[28/04/2015 07:43:04 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, en realidad todas las que ustedes mencionaron son aquellas a las que prinicpalmente refiere la doctrina. Sólo recuerden que existen otras derivadas del estatuto del transportista
[28/04/2015 07:43:22 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Rendición de cuentas
[28/04/2015 07:43:33 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Como ser rendir cuentas, por que el art. 164 remite a las obligaciones de los mandatarios (art. 322)
[28/04/2015 07:43:39 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: rendición de cuenta y registro
[28/04/2015 07:43:43 p.m.] Xxxxx Xxxxx: Registro
[28/04/2015 07:43:47 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Y el registro, exacto Xxxxx y Xxxxx
[28/04/2015 07:44:23 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Al registro de la mercadería transportada tambien refiere el art. 164
[28/04/2015 07:44:47 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, el último tema que deberíamos ver vinculado al contrato de transporte es el de la responsabilidad del transportador o transportista
[28/04/2015 07:44:56 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Qué pueden decirme al respecto?
[28/04/2015 07:45:45 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: art. 164 por remisión a las obligaciones del mandatario
[28/04/2015 07:46:25 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxx responde el transportador?
[28/04/2015 07:46:45 p.m.] Xxxxx Xxxxx: La atribución de responsabilidad al transportador depende de que se verifiquen ciertos elementos, a saber: incumplimiento, nexo causal, daño y culpa.
[28/04/2015 07:47:22 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Entonces la responsabilidad es siempre subjetiva?
[28/04/2015 07:47:36 p.m.] Xxxxx Xxxxx: El art. 163, también, establece una hipótesis de responsabilidad: responsabilidad por las pérdidas o daños que resultaren por malversación u omisión.
[28/04/2015 07:47:42 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: La responsabilidad del transportista depende de si hay incumplimiento , nexo causal , daño o culpa
[28/04/2015 07:48:26 p.m.] Xxxxx Xxxxx: es de carácter contractual
[28/04/2015 07:48:39 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxx Xxxxx, de eso no hay duda, es de carácter contractual
[28/04/2015 07:48:43 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: art 170, 171, 172
[28/04/2015 07:48:47 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Ahora bien, es subjetiva u objetiva?
[28/04/2015 07:49:05 p.m.] Xxx Xxxxxxx: En qué se diferencia una de otra?
[28/04/2015 07:49:14 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: La responsabilidad es de carácter contractual , deriva del no cumplimiento de lo establecido en el contrato
[28/04/2015 07:49:58 p.m.] Xxxxx Xxxxx: el artículo 163 del Código de comercio, confirmaría la base subjetiva de la responsabilidad pues, según dicha norma, el transportador responde en caso de que no se emplee diligencia y por los daños que sean consecuencia de malversación u omisión
[28/04/2015 07:51:04 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: responsabilidad objetiva del transportista según Xxxxxxx, obligación de resultado
[28/04/2015 07:51:51 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Bien, como verán si consultan los textos de estudio (también la página de los Dres. Xxxxx y Xxxxxxxxx) existen distintas posiciones en doctrina en relación a la responsabilidad del transportista
[28/04/2015 07:52:21 p.m.] Xxx Xxxxxxx: De hecho, y dada la redacción de CCom, distintos artículos permiten sustentar una y otra toería
[28/04/2015 07:52:25 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Ahora bien
[28/04/2015 07:52:51 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: si se incumple con la obligación de custodiar , ahí la es subjetiva
[28/04/2015 07:52:52 p.m.] Xxx Xxxxxxx: En opinión de los Xxxx Xxxxx y Xxxxxxxxx deberá distinguirse cuál fue la obligación incumplida
[28/04/2015 07:53:01 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Xxxxxx Xxxxxx
[28/04/2015 07:53:32 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Si se incumple con la obligación de efectuar la entrega de la mercadería transportada? qué tipo de responsabilidad es?
[28/04/2015 07:53:54 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: perdón se me fue un la...
[28/04/2015 07:54:00 p.m.] Xxxxx Xxxxx XXXXX: Es objetiva porque estaba establecida en el contrato
[28/04/2015 07:54:03 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: objetiva
[28/04/2015 07:54:33 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto, para los Dres. Xxxxx y Xxxxxxxxx, si se incumple con la entrega en destino en el plazo acordado entonces es responsabilidad objetiva
[28/04/2015 07:54:47 p.m.] Xxx Xxxxxxx: se incumple un aobligación de resultado, cuáles son las eximentes en este caso?
[28/04/2015 07:55:26 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Se basan para ello en la lectura del art. 163 del CCom
[28/04/2015 07:55:54 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Las eximentes serían la de fuerza mayor, caso fortuito o bien vicio de la cosa, porque así lo dice el CCom
[28/04/2015 07:56:11 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Son las únicas eximentes en caso de que se incumpla con a entrega
[28/04/2015 07:56:20 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Sin embargo, si se incumple con la obligación de custodia?
[28/04/2015 07:56:31 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Qué tipo de responsabilidad genera?
[28/04/2015 07:57:02 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: ahí es subjetiva
[28/04/2015 07:57:11 p.m.] Xxxxx Xxxxx: En cambio, respecto de la obligación de custodia el Código establece un régimen basado en la culpa.
[28/04/2015 07:57:11 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto
[28/04/2015 07:57:31 p.m.] Xxx Xxxxxxx: basado en la culpa, cómo se puede eximir entonces el transportista?
[28/04/2015 07:58:26 p.m.] xxxxx Xxxxxxx Xxxxx: caso fortuito
[28/04/2015 07:58:43 p.m.] Xxxxx Xxxxx: el transportador podría exonerarse de responsabilidad, acreditando que empleó la diligencia y medios practicados por las personas exactas en el cumplimiento de sus deberes.
[28/04/2015 07:58:52 p.m.] Xxxxx Xxxxxx: fuerza mayor,
[28/04/2015 07:59:08 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Exacto, por caso fortuito, fuerza mayor, hecho xxx xxxxxxx, y además por ausencia de culpa, en la medida en que haya actuado diligentemente, xxxxxxxx Xxxxx
[28/04/2015 07:59:58 p.m.] Xxx Xxxxxxx: Estimadas creo que hemos visto rápidamente los puntos centrales del tema, espero que les haya resultado claro.