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DECRETO ALCALDICIO TT 0 0 0 3 1 4
XXXXXXXX, 3 1 ENE. 2017
L - La necesidad de contar con un Servicio de Maestranza, presentando la licitación correspondiente a un contrato de “SUMINISTRO SERVICIO DE MAESTRANZA”, proceso que permite regular dicha prestación de servicio;
2 - E l Decreto Alcaldicio N° 4517, suscrito el 19 de diciembre del 2016, con la finalidad de realizar un llamado a Licitación Pública a través del Portal de contratación y Compras Públicas, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, para la confección de un Contrato de “Suministro Servicio de Maestranza”; además aprueba en todas sus partes las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas y demás antecedentes correspondientes a la Licitación Pública N °4548-1-LEI 7, defecha 03 de enero de 2017.
3. - El Decreto Alcaldicio N° 114, de fecha 18 de Enero de 2017 que procedió a adjudicar la Licitación Pública denominada "Suministro Servicio de Maestranza " ID ChileCompra N° 4548-I-LE17 a Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxx, Rut. 4.932.664-5.
4. - El Contrato de “Suministro Servicio de Maestranza ” entre la Ilustre Municipalidad xx Xxxxxxxx, Rut 00.000.000-X, representada por el Sr. Alcalde (s) XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX y el proveedor adjudicado según Decreto Alcaldicio N° 114, de fecha 18 de Enero del 2017, XXXXX XXXXXXX XXXX XXXX, RUT. 4.934.664-5.
5. - Las atribuciones que me confiere la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;
CONSIDERANDO:
I- Que es unafacultad de la Municipalidad, suscribir actosjurídicos con particulares para cumplir con las funciones que le otorga la ley.
2.- Que resulta necesario contar con un adecuado sistema servicio de maestranza, con el objeto de conservar los vehículos municipales en óptimas condicionespara el cumplimiento de susfunciones.
D E C R E T O
¡.-APRUEBESE, el Contrato “Suministro Servicio de Maestranza”, con elfin de regularizar la prestación de servicio, entre la Ilustre Municipalidad xx Xxxxxxxx, Rut 00.000.000-X, representada por el Sr. Alcalde (s) XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX y el proveedor adjudicado, Xx. XXXXX XXXXXXX XXXX XXXX, RUT. 4.934.664-5.
Vigente
2.- IMPUTESE el gasto al Subtitulo 22, Item 06, A«j ación 002 del Presupuesto Municipal líquese, cúmplase y archívese.
YESygNA GUERRA SAN/TIBANEZ
Se c r e t a r i o m u n i c i p a l
Distribución:
1. Alcaldía
2. Administrador Municipal
3. Secretaría Municipal,
4. Dirección Administración y Finanzas,
5. Adquisiciones
6. Control,
7. Jurídico
8. transito
9. Movilización. \
RGC/YGS/IAOAFtíJimj
(.MUNICIPALIDAD XX
XXXXXXXX
CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIO DE MAESTRANZA ILUSTRE MUNICIPALIDAD XX XXXXXXXX
CON
XXXXX XXXXXXX XXXX XXXX
En Xxxxxxxx, a 23 de enero de 2017, comparecen por una parte la I. Municipalidad xx Xxxxxxxx, Corporación Autónoma de Derecho Público, Rol 69.060.700-K, representada por su Alcalde (s) Xxx XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, Cédula de Identidad N§ 00.000.000-0, ambos con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxx X00000 Xxxxxxxx, en adelante se designará indistintamente "la Municipalidad" y por la otra xxx XXXXX XXXXXXX XXXX XXXX, Cédula de Identidad N2 4.932.664- 5, chileno, domiciliado en Xxxx Xxxxxxx 1023, comuna xx Xxxxxxxx, en adelante "el adjudicatario", por el presente acto manifiestan que han convenido el siguiente contrato " Suministro de Servido de Maestranza", el que consta de las siguientes cláusulas.
PRIMERO: ADJUDICACIÓN. La I. Municipalidad xx Xxxxxxxx por medio del Decreto Alcaldicio N? 114, de fecha 18 de Enero de 2017, procedió a adjudicar la Licitación Pública denominada "Suministro de Servicio de Maestranza" ID ChileCompra N® 4548-1-LE17, de fecha 03 de enero de 2017.
SEGUNDO: CONTRATACIÓN. Por el presente instrumento, la I. Municipalidad xx Xxxxxxxx contrata a xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxx, quien se obliga a prestar servicios de maestranza para vehículos municipales pertenecientes a diversos departamentos, incluyendo los repuestos en relación a la misma materia; todo lo anterior de acuerdo a las Bases Administrativas Generales y Especiales, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes que formaron parte del proceso de Licitación que ha concluido en el presente contrato.
TERCERO: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y LUGAR EN QUE SE PRESTARÁ. El servicio consistirá en
maestranza para vehículos pertenecientes a la I. Municipalidad xx Xxxxxxxx, a saber, y sin que la enumeración sea taxativa: vehículos menores, buses, camiones y maquinaría pesada. Lo anterior incluye también la adquisición de repuestos cuando sean necesarios. La frecuencia y cantidad de los pedidos estará directamente relacionada con el mantenimiento y necesidades de cada vehículo. La entrega del producto deberá hacerse al vehículo solicitante, cuyo conductor deberá coordinar la solicitud respectiva. Los pedidos se realizarán en el Departamento de Movilización, el que coordinará -sea en forma escrita, personal o telefónica- con el adjudicatario, la forma de prestar el servicio solicitado. La estación de servicio donde el adjudicatario prestará el servicio debe ubicarse en la comuna xx Xxxxxxxx.
CUARTO: PRECIO. La Municipalidad pagará al adjudicatario la suma única de $5.000.000 (Cinco millones de pesos), iva incluido. Por todo el periodo de vigencia del presente contrato.
QUINTO: FORMA DE PAGO. El pago de los valores de los servicios prestados, materia del encargo, se efectuará al adjudicatario, en estados de pago mensuales por mes vencido, equivalente al costo de las prestaciones de servicios efectivamente realizadas en el período facturado o comprendido en la respectiva boleta, los cuales se cursarán previa conformidad de la Unidad Técnica respecto de la procedencia de dicho pago contra informe que acredite la ejecución de las prestaciones materia de encargo especificadas en el estado de pago.
El estado de pago deberá ser presentado por escrito al Departamento de Administración y Finanzas Municipal, dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente al facturado o comprendido en la boleta respectiva y su tramitación se hará presentando los siguientes antecedentes, a saber:
a) Factura o boleta emitida a nombre de la I. Municipalidad xx Xxxxxxxx, RUT N® 69.060.700-k, domicilio en Avenida Normandie N® 1916, comuna xx Xxxxxxxx, indicando la reparación, repuesto, identificación del vehículo, incluyendo la placa patente.
QUINTERO
b) Copia del Contrato respectivo.
c) Copia de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato.
d) Orden de Compra emitida por el Portal Mercado Público respectiva.
e) Informe de Evaluación que certifique que los servidos fueron efectuados, emitido por la Unidad Técnica, correspondiente al período respectivo.
SEXTO: VIGENCIA DEL CONTRATO. El presente contrato tendrá vigencia desde el 18 de Enero del 2017 al 31 de Diciembre del 2017. Por otro lado, cualquiera de las partes, podrá ponerle término sin expresión de causa en cualquier momento de vigencia, dando aviso a la otra, mediante comunicación por escrito a lo menos con 30 días corridos de anticipación.
SÉPTIMO: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Sin perjuicio del fiel, oportuno y estricto cumplimiento de las obligaciones que las Bases de Licitación y el Contrato impongan al adjudicatario, éste será responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio de excelente calidad, para lo cual deberá contar con una dependencia adecuada, insumos y/o equipos u otros objetos necesarios para el desarrollo de las actividades materia del encargo.
El adjudicatario deberá además cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Como obligación esencial, dar cumplimiento a todo lo estipulado en el Contrato, entendiéndose incluidos en éste, todas las Bases de Licitación, los Formularios, Consultas y/o Aclaraciones, si las hubiere, y demás antecedentes que formaron parte del proceso de licitación que termina en la suscripción del presente contrato.
b) Contemplar líneas de acción a nivel ministerial.
c) Contar con instrumental, equipamiento, insumos, materiales y personas idóneas de apoyo, si fuese necesario, los cuales serán de su entera responsabilidad y costo a cargo.
d) Someterse a la supervisión, fiscalización e instrucciones del o los profesionales de las Unidad Técnica respectiva, a fin de comprobar el correcto desarrollo de las prestaciones materia de este contrato y su eficiente ejecución.
e) Remitir un informe de atención individual de acuerdo a los requerimientos que señale en su oportunidad la Unidad Técnica.
OCTAVO: UNIDAD TÉCNICA. Se designa al Departamento de Movilización como Unidad Técnica, para velar directamente por la correcta ejecución del contrato.
NOVENO: PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario deberá emplear a sus propios trabajadores, bajo su costo y responsabilidad, debiendo proveerles de todos los materiales, utensilios, herramientas y demás elementos que sean menester para la cumplida y total administración del servicio convenido en el presente contrato, prefiriendo para ello la contratación de mano de obra local.
DÉCIMO: MULTAS. La I. Municipalidad xx Xxxxxxxx se reserva el derecho de aplicar y cobrar, por vía administrativa, una multa equivalente a 0,5% del total de la orden de compra, por cada día de atraso en el cumplimiento de los servicios y prestaciones a las que se refiere el presente contrato, de acuerdo a los lineamientos que entregue la Unidad Técnica y acordes a lo señalado en las respectivas Bases. Esta multa será aplicada por la Unidad Técnica por vía administrativa y se descontará del estado de pago correspondiente al mes respectivo. Asimismo, independiente del cobro de multas o sanciones, la I. Municipalidad xx Xxxxxxxx, se reserva también el derecho de hacer efectiva la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y/o aplicar la resolución unilateral del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las Bases de Licitación.
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QUINTERO
DÉCIMO PRIMERO: SUPERVISIÓN. La Municipalidad supervigilará y controlará, a través de la respectiva Unidad Técnica, la correcta administración de los servicios objeto de esta convención. Para estos efectos, la referida Unidad Municipal tendrá el carácter de inspección técnica, con facultades para impartir al adjudicatario, por intermedio del jefe superior de dicha repartición, órdenes, directrices e instrucciones, sea en forma verbal o escrita.
DÉCIMO SEGUNDO: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. Toda contienda o discordancia interpretativa que se produzca con motivo de la ejecución del presente contrato, o de su terminación, será resuelta de plano por la Unidad Técnica
DÉCIMO TERCERO: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. La I. Municipalidad xx Xxxxxxxx, se reserva el derecho de poner término por anticipado e ipso iure, al contrato, en forma administrativa, si el proponente adjudicado y/o contratado incurre en alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el adjudicatario no concurre a la firma del Contrato dentro del plazo estipulado en las Bases de Licitación, para tales efectos.
b) Si habiendo firmado el contrato, el adjudicatario no hace entrega de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento del mismo.
c) Por traspaso, a cualquier título, del contrato de la materia de encargo.
d) Por no cumplimiento de alguno de los puntos estipulados en el Contrato.
e) Si el adjudicatario es procesado o condenado por delito que merezca pena aflictiva.
f) Por inadecuada calidad de la prestación materia del encargo.
g) Por incumplimiento grave de las cláusulas que rigen el Contrato que afecten el buen funcionamiento de los servicios materia de encargo prestado.
h) En general, si el adjudicatario no ha dado cumplimiento a las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes de la presente licitación.
En cualquiera de los eventos expuestos anteriormente, el adjudicatario tan pronto como se ponga término anticipado al contrato y a modo de sanción, perderá las garantías que avalan el cumplimento de éste. La extinción del contrato se producirá ipso facto una vez producido el incumplimiento, sin perjuicio de que la Municipalidad pueda pedir, además de las garantías y multas, las demás indemnizaciones que procedieren en su favor de acuerdo a la ley.
En relación a la suma que corresponda pagar al adjudicatario, en el caso de haberse prestado servicios materia de este encargo hasta la fecha de notificación de la determinación adoptada, se procederá a valorizar y a cancelar de acuerdo a los montos que la Unidad Técnica determine, los cuales serán pagados conforme a la tramitación señalada en las Bases, previos los descuentos que según su naturaleza correspondan efectuar, perdiendo asimismo como sanción, la garantía que avala su cumplimiento.
De igual forma, la Municipalidad se reserva el derecho de ordenar la paralización de la materia de encargo encomendada, cuando no haya fondos disponibles para llevarla adelante o cuando así lo aconsejen las necesidades del mismo. El aviso sobre el particular deberá ser comunicado por escrito al adjudicatario con una anticipación de 30 días corridos.
Finalmente, el ejercicio de las atribuciones señaladas anteriormente, no dará lugar o derecho a indemnización de ningún tipo en favor del adjudicatario.
DÉCIMO CUARTO: RESCILIACIÓN. Corresponderá resciliar el contrato cuando, de común acuerdo, las partes decidan ponerle término anticipadamente el contrato. Con tal objeto, el interesado en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte y ésta aceptarlo. Se
QUINTERO
perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo, contenida en un instrumento redactado por la Unidad de Asesoría Jurídica Municipal.
DÉCIMO QUINTO: INEXISTENCIA DE VÍNCULO LABORAL. Para todos los efectos legales, el adjudicatario no tiene vínculo laboral con la Municipalidad, por lo que él, por su cuenta, contratará al personal necesario para la ejecución del presente contrato. Con el objeto de salvar cualquier responsabilidad legal de la Municipalidad, ésta tendrá las más amplias facultades por intermedio de la Unidad Técnica, para verificar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social por parte del adjudicatario para con sus trabajadores. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el adjudicatario se obliga a dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley N? 20.123, y someterse a las fiscalizaciones que al respecto efectúe la Municipalidad.
DÉCIMO SEXTO: PERSONERÍAS: Personerías. La personería de Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx para actuar en representación de la Ilustre Municipalidad xx Xxxxxxxx, como alcalde Subrogante, consta en Decreto Alcaldicio N° 000029 de fecha 11 de enero de 2017, lo cual debe entenderse en concordancia con la sentencia de proclamación de Alcaldes, de fecha 01 de Diciembre de 2016, del Tribunal Electoral Regional de Valparaíso, rol 2467-2016.
DÉCIMO SÉPTIMO: COMPETENCIA. Para todos los efectos legales que pudieran derivar del presente contrato, las partes fijan como domicilio la comuna xx Xxxxxxxx y se someten desde ya a la jurisdicción de sus Tribunales ordinarios de Justicia.
DÉCIMO OCTAVO: EJEMPLARES. El presente contrato se firma ante el ministro de fe respectivo, en 4 (cuatro) ejemplares, todos igualmente auténticos, entregándose uno de ello al adjudicatario.
RGC/ LAO / /imj