Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo Secretaría de Finanzas y Administración Licitación Pública SFA-LP-LI2020-1/2020 Segunda versión de las Bases de Licitación para la contratación de financiamiento hasta por la cantidad de $4,090’000,000.00...
Gobierno del Estado de Michoacán xx Xxxxxx
Secretaría de Finanzas y Administración
Licitación Pública SFA-LP-LI2020-1/2020
Segunda versión de las Bases de Licitación para la contratación de financiamiento
hasta por la cantidad de $4,090’000,000.00 (cuatro mil noventa millones de pesos 00/100 M.N.)
para inversión pública productiva
Índice
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1. |
Definiciones.
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2. |
Objeto. |
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2.1 |
Destino del Financiamiento. |
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2.2 |
Características del Financiamiento. |
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2.3 |
Fuente de pago. |
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2.4 |
Autorización.
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3. |
Fundamentación.
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4. |
Generalidades. |
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4.1 |
Programa de actividades y calendario de la Licitación Pública. |
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4.2 |
De los Licitantes. |
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4.2.1 |
Requisitos que deben reunir los Licitantes. |
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4.2.2 |
Limitaciones a la participación. |
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4.3 |
Modificación de los Documentos de la Licitación. |
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4.4 |
Situaciones no previstas en las Bases de Licitación. |
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4.5 |
Idioma. |
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4.6 |
Moneda. |
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4.7 |
Domicilio. |
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4.8 |
Responsabilidad de la Secretaría. |
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4.9 |
Junta de Aclaraciones. |
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5. |
Elaboración de las Ofertas. |
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5.1 |
Disposiciones generales para la elaboración de las Ofertas. |
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5.2 |
Requisitos generales de las Ofertas. |
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5.3 |
Información que deben contener las Ofertas.
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6. |
Acto de Presentación y Apertura de Ofertas. |
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6.1 |
Causas de desechamiento. |
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6.2 |
Calificación de las Ofertas. |
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7. |
Criterios de Adjudicación de las Ofertas de Crédito Calificadas.
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8. |
Acto de fallo de la Licitación.
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9. |
Formalización del o de los Contratos de Crédito.
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10. |
Interpretación de los Documentos de la Licitación.
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11. |
Suspensión temporal de la Licitación. |
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12. |
Cancelación de la Licitación. |
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Anexos
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Anexo 1 |
Fideicomiso Maestro. |
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Anexo 2 |
Formato de Oferta de Crédito. |
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Anexo 3 |
Modelo de Contrato de Crédito. |
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Anexo 4 |
Tabla de Amortizaciones. |
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1. Definiciones.
Para todos los efectos de la presente Licitación Pública y, para efectos de interpretación de los Documentos de la Licitación, las palabras que se escriban con inicial mayúscula tendrán el significado que se les atribuye más adelante, salvo que expresamente se les asigne un significado distinto, las cuales podrán ser utilizadas en singular o plural, según lo requiera el sentido de la oración de que se trate.
“Acta de Fallo” significa el documento en el cual la Secretaría, conforme a lo establecido en las presentes Bases de Licitación, comunica los resultados de la Licitación Pública y determina las Ofertas Ganadoras, así como la adjudicación de la totalidad o parte del Financiamiento, o bien, declarará desierta la Licitación Pública.
“Acto de Presentación y de Apertura de Ofertas” significa el acto público en el cual cada Licitante presenta su Oferta a la Secretaría y ésta las abre y da lectura a las mismas, para su posterior calificación.
“Acta de Presentación y Apertura de Ofertas” significa el acta circunstanciada de la celebración del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, en la que se hará constar el nombre, denominación o razón social de los Licitantes; las Ofertas Calificadas y sus características, conforme a lo solicitado en la Convocatoria; las Ofertas desechadas y su causa; así como cualquier información referente a situaciones específicas que se considere necesario asentar. El acta será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma. La falta de firma de alguno de Licitantes no invalidará el contenido y efectos del acta.
“Agencia Calificadora” significa las sociedades anónimas autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para operar y prestar servicios sobre estudio, análisis, opinión, evaluación y dictaminación de la calidad crediticia de una entidad o una emisión.
“Autoridad Gubernamental” significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con competencia sobre los asuntos relacionados con la presente Licitación.
“Autorización del Congreso” significa el artículo 26 de la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán xx Xxxxxx para el ejercicio fiscal 2020, publicada el 31 de diciembre de 2019 en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, mediante el cual se autoriza al Gobierno del Estado, a través de la Secretaría, entre otros actos, la contratación de financiamiento hasta por la cantidad de $4,090’000,000.00 (cuatro mil noventa millones de pesos 00/100 M.N.) para destinarlo a inversión pública productiva y la constitución de los fondos de reserva, así como para afectar como fuente de pago del financiamiento el derecho y los ingresos hasta del 18% (dieciocho por ciento) de las Participaciones.
“Bases de Licitación” significan las presentes bases de la Licitación Pública, incluyendo sus Anexos, a saber: (i) Modelo de Contrato de Crédito, (ii) el Fideicomiso Maestro, consistente en el contrato original y su primer convenio modificatorio, (iii) el Formato de Oferta de Crédito, y (iv) la Tabla de Amortizaciones.
“Calificación Preliminar” significa el nivel de calificación otorgado por una Agencia Calificadora, que se utilizará como calificación objetivo para determinar la sobretasa con base en la cual se calculará la Tasa Efectiva de las Ofertas de Crédito Calificadas del Crédito, la cual se publicará a más tardar 10 (diez) días naturales previos al Acta de Presentación y Apertura de Ofertas.
“Contrato de Crédito” significa cada contrato de apertura de crédito simple que celebre el Estado, por conducto de la Secretaría, con cada Licitante Ganador del Financiamiento, que deberá ser suscrito en términos sustancialmente similares al Modelo de Contrato de Crédito.
“Convocatoria” significa el documento que contiene las características y condiciones básicas de la Licitación Pública, publicada el 30 de enero de 2020 en la Página Oficial de la Licitación y en el periódico de circulación nacional “El Economista” por medio de la cual se convoca a todas las instituciones financieras a participar en la Licitación Pública.
“Día Hábil” significa cualquier día excepto (i) sábados, (ii) domingos y (iii) cualquier día en que las instituciones bancarias estén autorizadas u obligadas a cerrar sus puertas al público y suspender operaciones, conforme lo determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
“Documentos de la Licitación” significan (i) la Convocatoria, (ii) las presentes Bases de la Licitación y sus Anexos (iii) las respuestas que emita la Secretaría derivadas de la Junta de Aclaraciones contenidas en las actas circunstanciadas que se levanten con tal motivo, (iv) el Acta de Presentación y Apertura de Propuestas, (v) el Acta de Fallo, (vi) en su caso, las modificaciones que se realicen a los documentos antes mencionados en términos de las presentes Bases de la Licitación y/o cualquier otro documento o comunicado que se origine por parte de la Secretaría con motivo o en relación con la presente Licitación Pública.
“Domicilio de la Licitación” significa el domicilio ubicado en Xx. Xxxxxxxxx Xx 000, xxxxxxx Xxxxxx, en la Ciudad de Morelia, Michoacán xx Xxxxxx, teléfonos 00 (000) 000-00-00 y 00 (000) 000-00-00.
“Estado” significa el Estado Libre y Soberano de Michoacán xx Xxxxxx.
“Fallo” significa el acto por el cual la Secretaría, conforme a lo establecido en las presentes Bases de Licitación, comunica los resultados de la Licitación Pública y determina las Ofertas Ganadoras y adjudica la totalidad o parte del Financiamiento, o bien, declarará desierta la Licitación Pública.
“Fideicomiso Maestro” significa el contrato de fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago, celebrado el 10 de noviembre de 2017, entre el Estado en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, con Banco Monex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Monex Grupo Financiero, en calidad de fiduciario, registrado bajo el número F/4522, y su primer convenio modificatorio de fecha 30 xx xxxx de 2019, el cual servirá como mecanismo de pago del o de los Contratos de Crédito, que se contraten como resultado de la presente Licitación Pública.
“Financiamiento” significa el crédito por la cantidad de hasta $4,090’000,000.00 (cuatro mil noventa millones de pesos 00/100 M.N.), que será contratado por el Estado en términos de la Convocatoria y las Bases de la Licitación, el cual podrá formalizarse a través uno o varios Contratos de Crédito.
“Gastos Adicionales” significa los costos y gastos asociados a la contratación, administración, mantenimiento y cualquier otro concepto del Financiamiento, adicionales al costo de los intereses, tales como comisiones de apertura, comisiones de estructuración, comisiones por retiro y anualidades, entre otros costos asociados que se encuentren previstos en la Oferta. Dichos gastos serán considerados para el cálculo de la Tasa Efectiva.
“Gastos Adicionales Contingentes” significa los gastos adicionales cuyo pago se encuentra sujeto a la actualización de eventos, incluso aquéllos que modifiquen las proyecciones de pago previstas al inicio del Financiamiento, tales como, la pena por prepago, costos de rompimiento de tasa de interés, bonificaciones, entre otros.
“Instituciones Financieras” significan las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple, casas de bolsa, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades financieras populares y sociedades financieras comunitarias y cualquiera otra sociedad autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o cualquier otra autoridad competente, para organizarse y operar como tales, siempre y cuando la normatividad que les resulte aplicable no les prohíba el otorgamiento de créditos.
“Instituciones Interesadas” significa cada una de las instituciones de crédito de banca múltiple o banca de desarrollo autorizadas para prestar servicios de banca y crédito, que tengan interés en participar o dar seguimiento a la presente Licitación Pública.
“Instrumentos Derivados” significan los valores, contratos o cualquier otro acto jurídico cuya valuación está referenciada a uno o más activos, valores, tasas o índices subyacentes, incluyendo, entre otros, los de intercambio de flujos (conocidos como swaps) y de cobertura de tasa de interés (conocidos como caps), en el entendido que el Contrato de Crédito no incluirá la obligación por parte del Estado de contratar este tipo de instrumentos, sin perjuicio de la facultad del Estado para contratarlos, en el momento, tipo de instrumento y plazo que considere convenientes.
“Inversión Pública Productiva” significa toda erogación por la cual se genere, directa o indirectamente, un beneficio social, y adicionalmente, cuya finalidad específica sea: (i) la construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público; (ii) la adquisición de bienes asociados al equipamiento de dichos bienes de dominio público, comprendidos de manera limitativa en los conceptos de mobiliario y equipo de administración, mobiliario y equipo educacional, equipo médico e instrumental médico y de laboratorio, equipo de defensa y seguridad, y maquinaria, de acuerdo al clasificador por objeto de gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, o (iii) la adquisición de bienes para la prestación de un servicio público específico, comprendidos de manera limitativa en los conceptos de vehículos de transporte público, terrenos y edificios no residenciales, de acuerdo al clasificador por objeto de gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en términos del artículo 2, fracción XXV, de la Ley de Disciplina Financiera.
“Junta de Aclaraciones” significa la sesión en la cual la Secretaría responderá las preguntas y hará las aclaraciones a las dudas que las Instituciones Interesadas hubieren formulado en el periodo previsto para tales efectos, en los términos de las presentes Bases de Licitación.
“Ley de Disciplina Financiera” significa la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
“Leyes Aplicables” significa todas las leyes, tratados, reglamentos, decretos, acuerdos, normas, especificaciones, reglas, decisiones, órdenes, autorizaciones, lineamientos, jurisprudencias o directivas emitidas por cualquier Autoridad Gubernamental competente en la materia de que se trate y sus modificaciones, que se encuentren en vigor en México.
“Licitación Pública” significa el conjunto de actos, documentos, información y procedimientos establecidos en la Convocatoria, en las presentes Bases de Licitación, en los Documentos de la Licitación, que regulan el proceso de licitación pública SFA-LP-LI2020-1/2020 para la contratación del Financiamiento.
“Licitante” significa cada una de las Instituciones Interesadas, que de conformidad con los requisitos establecidos en el presente documento participe en la presente Licitación Pública, mediante la presentación de una o varias Ofertas de Crédito.
“Licitante Ganador” significa el o los Licitantes cuya o cuyas Ofertas de Crédito Calificadas sean declaradas ganadoras de la Licitación Pública, en los términos de las presentes Bases de Licitación y las Leyes Aplicables.
“Lineamientos” significa el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de la Metodología para el cálculo del menor costo financiero y de los procesos competitivos de los financiamientos y obligaciones a contratar por parte de las Entidades Federativas, los Municipios y sus Entes Públicos, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 25 de octubre de 2016.
“México” significa los Estados Unidos Mexicanos.
“Modelo de Contrato de Crédito” significa el modelo de contrato de apertura de crédito simple y sus anexos, que se adjunta como Anexo 3, el cual contiene los términos y condiciones bajo los cuales se contratará el Financiamiento, y sólo podrán ser modificados en términos de las Bases de la Licitación.
“Monto del Financiamiento” significa la cantidad de hasta $4,090’000,000.00 (cuatro mil noventa millones de pesos 00/100 M.N.).
“Notificación e Instrucción Irrevocable de Participaciones” significa el documento a través del cual el Estado notificará a la Secretaría Hacienda y Crédito Público la celebración del Segundo Convenio de Aportación Adicional de Participaciones y la afectación irrevocable del derecho y los ingresos hasta del 10% (diez por ciento) de Total del Fondo General de Participaciones que recibe el Estado, que equivalen al 13.15% (trece punto quince por ciento) de las Participaciones, al Fideicomiso Maestro, así como para instruirla a efecto de que, en cada entrega o ministración de Participaciones, entregue los flujos correspondientes a dichas Participaciones, al patrimonio del Fideicomiso Maestro.
“Oferta” u “Oferta de Crédito” significa una Oferta de Crédito.
“Oferta Calificada” significa la Oferta de Crédito que cumpla con los requisitos previstos en las presentes Bases de Licitación.
“Página Oficial de la Licitación” significa el sitio web con la dirección xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx0000 que es la página oficial de internet de la Secretaría, en la que se publicarán todos los Documentos de la Licitación y será el medio para informar a las instituciones interesadas en la Licitación Pública sobre los requisitos para participar, así como del desarrollo de la misma.
“Participaciones” significa las participaciones federales que le corresponden al Estado del Fondo General de Participaciones, excluyendo el porcentaje que con cargo a dicho fondo corresponde a los Municipios, así como cualquier otro derecho e ingreso que, en su caso, lo modifique, sustituya o complemente e incluyendo (sin estar limitado a) todos los anticipos, enteros y ajustes que se cubran a cuenta de las mismas.
“Participaciones Afectadas Adicionales” significa el derecho y los ingresos hasta del 13.15% (trece punto quince por ciento) de las Participaciones, que serán afectadas al patrimonio del Fideicomiso Maestro, a través de un Convenio Adicional de Participaciones, para servir como fuente de pago de los Contratos de Crédito que se contraten como resultado del presente proceso de Licitación Pública.
“Porcentaje de Participaciones” significa el porcentaje de Participaciones que se asignará a cada Oferta de Crédito Ganadora y/o al Contrato de Crédito de que se trate, según corresponda, en el entendido que las Participaciones Afectadas Adicionales se asignarán a cada Oferta de Crédito Ganadora y/o Contrato de Crédito celebrado en la proporción que su monto represente del Monto de Financiamiento solicitado.
“Secretaría” significa la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
“Sobretasa” significa la sobretasa expresada en puntos porcentuales aplicable a la Calificación del Crédito que represente el mayor nivel de riesgo entre las calificaciones emitidas por al menos dos Instituciones Calificadoras, que deberá sumarse a la Tasa de Referencia para componer la Tasa de Interés Ordinaria (según dicho término se define en el Modelo de Contrato de Crédito). Para efectos de la evaluación financiera de cada Oferta de Crédito Calificada se considerará la sobretasa ofrecida para la Calificación Preliminar que resulte aplicable.
“Tasa Efectiva” significa la tasa anual que representa el servicio de la deuda y los Gastos Adicionales de una Oferta Calificada, la cual se calculará en términos del numeral 7.1 de las presentes Bases de Licitación, de conformidad con los Lineamientos.
“Tasa de Referencia” significa la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, publicada por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, exactamente el día del inicio del Periodo de Intereses, según dicho término se define en el Modelo de Contrato de Crédito.
“Total del Fondo General de Participaciones” significa las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales recibe el Estado del Fondo General de Participaciones, incluyendo las participaciones que de dicho fondo corresponden a los municipios del Estado conforme a las Leyes Aplicables.
2. Objeto.
El objeto de la presente Licitación Pública es la contratación de financiamiento, en las mejores condiciones xx xxxxxxx, hasta por la cantidad de $4,090’000,000.00 (cuatro mil noventa millones de pesos 00/100 M.N.), sin incluir intereses, para destinarlo a inversión pública productiva dentro de los rubros de inversión a que se refiere la Autorización del Congreso y a la constitución de fondos de reserva.
El Monto Total del Financiamiento podrá instrumentarse a través de uno o varios Contratos de Crédito, la suma de los cuales no podrá exceder el Monto Total del Financiamiento que corresponde al total autorizado en la Autorización del Congreso.
2.1 Características del Financiamiento.
Se adjunta como Anexo 4 la Tabla de Amortizaciones.
Información adicional sobre la fuente de pago.
Con fecha 10 de noviembre de 2017, con base en el Decreto número 345 emitido por el Congreso del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán xx Xxxxxx el 6 xx xxxxx de 2017, el Estado y el Fiduciario celebraron el Contrato Constitutivo de Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago número F/4522 como un fideicomiso maestro, para que sirviera como mecanismo de pago de los Financiamientos e instrumentos derivados que estuvieran asociados a los mismos, a cargo del Estado e inscritos en el Registro del Fideicomiso (el “Fideicomiso Maestro”).
En la constitución del Fideicomiso Maestro, el Estado afectó a su patrimonio el derecho y los ingresos del 30% (treinta por ciento) de las Participaciones, que equivale al 22.80% (veintidós punto ochenta por ciento) del total del Fondo General de Participaciones que recibe el Estado, incluyendo las participaciones que de dicho fondo corresponden a los Municipios.
Con fecha 25 xx xxxx de 2018, el Estado y el Fiduciario celebraron el Primer Convenio de Aportación Adicional de Participaciones, mediante el cual el Estado afectó al Patrimonio del Fideicomiso Maestro, adicionalmente, el derecho y los ingresos al 7.23% (siete punto veintitrés por ciento) de las Participaciones, por lo que, a la fecha de celebración del presente las Participaciones Afectadas al Patrimonio del Fideicomiso Maestro ascienden al 37.23% (treinta y siete punto veintitrés por ciento) de las Participaciones, que equivalen al 28.30% (veintiocho punto treinta por ciento) del total del Fondo General de Participaciones que recibe el Estado, incluyendo las participaciones que de dicho Fondo corresponden a los Municipios.
Con fecha 30 xx xxxx de 2019, el Estado y el Fiduciario celebraron un primer convenio modificatorio del Fideicomiso Maestro que tuvo por objeto ampliar los fines del Fideicomiso Maestro para que el mismo pueda ser, también, mecanismo de pago de instrumentos derivados de intercambio de tasas asociados a los Financiamiento, previo cumplimiento de los requisitos para la inscripción de los derivados correspondientes en el Registro del Fideicomiso Maestro.
El Estado, para establecer la fuente de pago del Monto del Financiamiento, celebrará un Segundo Convenio de Aportación Adicional de Participaciones, a fin de afectar al Patrimonio del Fideicomiso el derecho y los ingresos hasta del 13.15% (trece punto quince por ciento) de las Participaciones, el cual equivale al 10% (diez por ciento) de Total del Fondo General de Participaciones que recibe el Estado.
2.4 Autorización.
Mediante la Autorización del Congreso, el H. Congreso del Estado autorizó al Gobierno del Estado, a través de la Secretaría, a celebrar el Financiamiento, así como la afectación de las Participaciones.
3. Fundamentación.
Con fundamento en los artículos 117, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 22, 23 y 29 de la Ley de Disciplina Financiera; numerales 1, 2, 5, 6, 8, 10, 11, 12, 14, 15, 17 y 21 de los Lineamientos de la Metodología para el Cálculo del Menor Costo Financiero y de los Procesos Competitivos de los Financiamientos y Obligaciones a contratar por parte de las Entidades Federativas, los Municipios y sus Entes Públicos; artículos 44, fracción XII de la Constitución Política del Estado de Michoacán xx Xxxxxx; 1, 2, 4, 6, fracción I, incisos B), E) y H), 8 y demás disposiciones aplicables de la Ley de Deuda Pública para el Estado de Michoacán xx Xxxxxx y sus Municipios (la “Ley de Deuda Estatal”); 26 de la Ley de Ingresos del Estado para el ejercicio fiscal 2020, emitido por el Congreso del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y publicado el 31 de diciembre de 2019 en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán xx Xxxxxx; 17, fracción II y 19 fracciones X y XLIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y demás relativos, esta Secretaría ha convocado a todas las Instituciones Financieras debidamente autorizadas conforme a las Leyes Aplicables, que cumplan con los requisitos de la Convocatoria y de estas Bases de la Licitación, a participar en la Licitación Pública para el otorgamiento de un financiamiento por la cantidad de hasta MXN $4,090’000,000.00 (cuatro mil noventa millones de pesos 00/100 M.N.) a favor del Estado.
4. Generalidades.
4.1 Programa de Actividades y Calendario de la Licitación Pública.
Actividad |
Fecha |
Publicación de las Bases de Licitación |
4 de febrero de 2020.
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Periodo para la entrega de preguntas y aclaraciones por parte de los interesados. |
De las 9:00 horas del 4 de febrero de 2020 hasta las 17:00 horas del 7 de febrero de 2020.
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Junta de Aclaraciones.
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10 de febrero de 2020. |
Acto de Presentación y de Apertura de Ofertas.
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25 de febrero de 2020. |
Acto de Fallo.
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27 de febrero de 2020. |
Fecha límite objetivo para la firma del o de los contratos de crédito. |
4 xx xxxxx de 2020. |
Con la finalidad de generar la mayor participación posible en la presente Licitación Pública por parte de las Instituciones Financieras del país, el único evento de participación obligatoria para las Instituciones Interesadas en la Licitación Pública, el cual les atribuye la calidad de Licitantes, es acudir al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas y presentar una Oferta de Crédito, por lo anterior, es responsabilidad de cada Institución Interesada consultar de manera constante la Página Oficial de la Licitación, a fin de mantenerse enterado del desarrollo de la Licitación Pública, la publicación del Modelo de Contrato de Crédito, así como, en su caso, de la modificación de las características del Financiamiento y/o de los Documentos de la Licitación.
4.2 De los Licitantes.
4.2.1 Requisitos que deben reunir los Licitantes.
Podrán participar las personas xxxxxxx que cumplan con los siguientes requisitos:
(i) Tener nacionalidad mexicana.
(ii) Ser personas xxxxxxx legalmente constituidas en México, con autorización para actuar como institución de crédito o sociedad nacional de crédito.
(iii) Ser representadas por un funcionario facultado de la institución.
(iv) Presentar una Oferta en términos de las presentes Bases de Licitación, y
(v) Acreditar su personalidad jurídica y representación.
4.2.2 Limitaciones a la participación.
No podrán participar en la Licitación las siguientes personas:
(i) Cualesquiera personas de nacionalidad extranjera, y
(ii) Las demás personas que, por cualquier causa, se encuentren impedidas para contratar con el Estado en términos de las Leyes Aplicables.
Por el simple hecho de presentarse al Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, se entenderá que la Institución Interesada conoce las características específicas de la presente Licitación Pública y de los Documentos de la Licitación e invariablemente se sujetará a lo establecido en los Documentos de Licitación y en las Leyes Aplicables, incluyendo sin limitar, en materia de deuda pública, transparencia, competencia económica, combate a la corrupción y, en este último caso, ya sea que dichas disposiciones legales sean de carácter federal, estatal y/o internacional, según sea aplicable.
4.3 Modificación de los Documentos de la Licitación Pública.
La Secretaría, sin responsabilidad alguna, podrá modificar las características de los financiamientos y/o los Documentos de la Licitación de forma que resulte necesaria o conveniente, las cuales serán publicadas en la Página Oficial de la Licitación, siendo responsabilidad de cada Institución Interesada la consulta frecuente de la misma, para mantenerse actualizado del desarrollo de la Licitación Pública.
La Secretaría podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria y/o en las presentes Bases de Licitación, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales previos al Acto de Presentación y Apertura de las Ofertas, debiendo difundir dichas modificaciones, a más tardar el Día Hábil siguiente a aquél en que se efectúen, a través de la Página Oficial de la Licitación.
Cualquier modificación a la Convocatoria y/o a las Bases de la Licitación, incluyendo las que resulten de la o las Juntas de Aclaraciones, formarán parte de los Documentos de la Licitación y deberá ser considerada por los Licitantes en la elaboración de su Oferta.
Las modificaciones previstas en el presente numeral no podrán consistir en la variación substancial de las condiciones de los Financiamientos que se pretenden celebrar, como son: Monto Total del Financiamiento, el plazo de amortización, el recurso a otorgar como fuente de pago del Financiamiento.
4.4 Situaciones no previstas en las Bases de Licitación.
Cualquier situación relacionada con la Licitación Pública que no esté prevista en las presentes Bases de Licitación será resuelta por la Secretaría, apegándose a la legislación y su decisión será final e inapelable, la cual será comunicada de forma general en la Página Oficial de la Licitación.
4.5 Idioma.
Las Ofertas y todos sus documentos deberán presentarse en idioma español. En caso de haberse formulado documentación en algún otro idioma, ésta deberá acompañarse de su correspondiente traducción libre formulada por perito traductor autorizado por el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán, la cual prevalecerá para los efectos de interpretación de las Ofertas.
4.6 Moneda.
La moneda en que se cotizará, contratará y efectuará el pago respectivo de los Financiamientos será en pesos, moneda de curso legal en México.
4.7 Domicilio.
Los actos presenciales de la presente Licitación Pública se llevarán a cabo, salvo notificación en contrario publicada en la Página Oficial de la Licitación, en el domicilio ubicado en Xx. Xxxxxxxxx Xx 000, xxxxxxx Xxxxxx, en la Ciudad de Morelia, Michoacán xx Xxxxxx, teléfonos 00 (000) 000-00-00 y 00 (000) 000-00-00.
4.8 Responsabilidad de la Secretaría.
Salvo por lo expresamente establecido en las presentes Bases de Licitación, la Secretaría no tendrá responsabilidad alguna derivada de la presente Licitación Pública.
Los Licitantes deberán absorber todos los costos que, en su caso, impliquen el análisis, preparación, formulación y presentación de sus Ofertas. La Secretaría en ningún supuesto será responsable por dichos costos, ni aún en el caso de que la Licitación Pública sea declarada desierta, suspendida o cancelada, lo que es aceptado incondicionalmente por los Licitantes por el hecho de presentar una Oferta.
4.9 Junta de Aclaraciones.
La Junta de Aclaraciones tendrá el objetivo de contestar y/o aclarar cualquier aspecto del procedimiento de la Licitación Pública, los Documentos de la Licitación y, en general, sobre la información puesta a disposición de los interesados.
Los interesados tendrán de las 9:00 horas del día 4 de febrero de 2020 hasta las 17:00 horas del día 7 de febrero de 2020, para formular preguntas y/o solicitar aclaraciones respecto del proceso de Licitación Pública y/o de la Documentación de la Licitación Pública, vía correo electrónico, a los contactos siguientes:
M.A. Xxxxx X. Xxxxx Xxxxxxxx
Director de Operación Financiera de la Secretaría
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx
xxxx.xxx.xx.xx@xxxxx.xxx
C.P. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Jefe de Departamento de Deuda Pública
Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
Teléfonos: 00 (000) 000 00 00 y 00 (000) 000 00 00.
La Secretaría acusará de recibido, vía correo electrónico, cada comunicado recibido con motivo de las preguntas y/o aclaraciones. En el caso que la Institución Interesada no reciba dicha confirmación deberá comunicarse telefónicamente, con la finalidad de que la Secretaría esté en posibilidad de detectar la causa por la que el comunicado no fue recibido y pueda dar solución al problema.
La Junta de Aclaraciones se celebrará el día 10 de febrero de 2020, a las 17:30 horas en el Domicilio de la Licitación Pública a que se refiere el numeral 4.7 anterior, por lo que, a partir de las 17:00 horas se dará acceso e iniciará el periodo de registro de las Instituciones Interesadas, las cuales podrán asistir por medio del número de personas que cada institución considere conveniente.
Durante la Junta de Aclaraciones, las instituciones interesadas no podrán formular preguntas adicionales a las previamente formuladas durante el periodo establecido para tales efectos. La Secretaría dará respuesta a todas preguntas y/o aclaraciones que se hubieren recibido.
La Secretaría levantará un acta circunstanciada de la Junta de Aclaraciones, la cual incluirá la reseña de la reunión, así como las preguntas y aclaraciones formuladas y las respuestas correspondientes, la cual será firmada por el representante de la Secretaría. El acta de la Junta de Aclaraciones será publicada en Página Oficial de la Licitación.
En el caso que la Secretaría considere pertinente la celebración de una segunda Junta de Aclaraciones, así lo publicará en la Página Oficial de la Licitación, señalando fecha y hora para su celebración.
Como se señaló en el numeral 4.1 anterior, la asistencia a esta reunión no es obligatoria para las Instituciones Interesadas.
5. Elaboración de las Ofertas.
5.1 Disposiciones generales en relación con las Ofertas.
La Institución Interesada que se presente al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas y presente al menos una Oferta será considerada un Licitante para todos los efectos a los que haya lugar.
Cada Institución Interesada que presente una Oferta será responsable de que la misma cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos en los Documentos de la Licitación.
Cada Licitante podrá presentar una o más Ofertas de Crédito, cada una de las cuales se analizará de manera independiente.
La presentación de una Oferta, por sí misma, constituirá la conformidad del Licitante con los Documentos de la Licitación, así como con las modificaciones que se hubieren realizado a los mismos y una manifestación unilateral, incondicional e irrevocable por parte del Licitante, que:
Cumple con los requisitos señalados en las Bases de Licitación para tener la calidad de Licitante.
En el caso de resultar Licitante Ganador, obtuvo todas las aprobaciones o autorizaciones de sus órganos internos que resulten necesarias para la presentación de la Oferta en firme e irrevocable y, en su caso, para celebrar el Contrato de Crédito.
En el caso de resultar Licitante Ganador cuenta con la capacidad económica para hacer frente a las obligaciones a su cargo bajo el Contrato de Crédito, y con la capacidad operativa para dar cumplimiento a los requisitos y procedimientos a su cargo en calidad de fideicomisario en primer lugar del Fideicomiso Maestro, según resulte aplicable.
Cualquier variación entre la Oferta y las características, términos y condiciones establecidos en los Documentos de la Licitación que no sean susceptibles de modificación será motivo para el desechamiento de la Oferta; de igual manera, cualquier deficiencia, omisión o error que contenga la Oferta será exclusivamente su responsabilidad, aceptando que una de las posibles consecuencias es el desechamiento de la Oferta.
Acepta que la Oferta sea publicada por la Secretaría en la Página Oficial de la Licitación Pública y, en su caso, en cualquier otro medio de difusión público, según el mismo sea determinado por la Secretaría a su discreción o exigible en términos de la normatividad aplicable.
Los Licitantes sólo podrán entregar las Ofertas en el lugar, día y hora fijados para el Acto de Presentación y Apertura de Ofertas en la Convocatoria o, en su caso, en notificación posterior, debidamente publicada en la Página Oficial de la Licitación Pública.
Requisitos generales para la elaboración de las Ofertas.
Las Ofertas de Crédito deberán formularse con base en el Formato de Oferta de Crédito, de acuerdo con el Anexo 2 de las Bases de la Licitación, y deberán reunir todas las características y requisitos señalados en los numerales 5.2 y 5.3 de las presentes Bases de la Licitación.
Adicionalmente, la Oferta deberá: (i) imprimirse en papel membretado del Licitante, presentarse firmada en original y rubricada en cada una de sus hojas (sin incluir la documentación adjunta) por el representante legal; (ii) presentarse en sobre cerrado acompañada de la documentación que se señala en el numeral 5.3 siguiente, en el entendido que, con independencia del número de Ofertas contenidas en el sobre, bastará acompañar un solo juego de la documentación adjunta establecida en el numeral 5.3 siguiente; (iii) la carátula del sobre cerrado deberá señalar el nombre de la Secretaría, el número de la Licitación Pública y la denominación o razón social del Licitante que presenta la Oferta; (iv) incluir dentro del sobre cerrado, un dispositivo de almacenamiento de datos (USB) con las versiones electrónicas de la Oferta, en formato editable “word” y/o en “pdf” de la Oferta de Crédito y sus Anexos, según corresponda.
La Oferta no deberá contener tachaduras ni enmendaduras.
Las Ofertas de Crédito no podrán incluir Gastos Adicionales y/o Gastos Adicionales Contigentes.
El incumplimiento de alguno de los requisitos a que se refieren los incisos (iii) y (iv) no será causa de desechamiento de la Oferta.
5.3 Información que deben contener las Ofertas de Crédito.
La Oferta de Xxxxxxx deberá presentarse por escrito, con base en el Formato de Oferta de Crédito, a fin de que incluya la siguiente información:
Monto ofertado, el cual deberá ser en pesos, moneda de curso legal en México.
La Sobretasa hasta con cuatro decimales ofertada para la Calificación Preliminar, incluyendo para efectos informativos, la tabla de sobretasas en función de los diferentes niveles de calificación, aplicables para la cláusula de revisión y ajuste de la sobretasa del Modelo de Contrato de Crédito. La Sobretasa ofertada podrá ser determinada libremente por los Licitantes.
(vii) La Oferta de Crédito deberá tener la calidad de irrevocable, vinculante, en firme y con una vigencia mínima de, por lo menos, 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha de su presentación.
Incluir como Anexo Único de la Oferta, la Tabla de Amortización, en función del monto ofertado, considerando pagos mensuales y crecientes de capital de acuerdo con el factor de crecimiento de la Tabla de Amortización adjunta como Anexo 4. Lo anterior en el entendido que la tabla de amortización, al ser parte integral de la Oferta de Crédito, deberá ser rubricada en cada una de sus hojas.
Contener el apartado previsto en el Formato de Oferta de Crédito, de los aspectos que no son modificables, en los términos contenidos en el Formato de Oferta de Crédito, y
Incluir las declaraciones, bajo protesta de decir verdad, que se señalan en el Formato de Oferta de Crédito, entre las que se encuentran las siguientes:
[Nombre de la Institución] es una sociedad mexicana, autorizada para operar como institución de crédito y, en términos de sus estatutos sociales, se encuentra dentro de su objeto celebrar operaciones financiamiento como el Contrato de Crédito. [En el caso de sociedades nacionales de crédito, adaptar la declaración con los datos de la ley de creación].1
Sus órganos internos competentes autorizaron la Oferta de Crédito en los términos contenidos en el presente documento, la cual constituye una oferta en firme, vinculante e irrevocable, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de su fecha de presentación en el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas.
No ha comentado con otras Instituciones Financieras el alcance y términos de esta Oferta de Crédito, ni en forma alguna se ha puesto de acuerdo con otras Instituciones Financieras competidoras respecto de su participación en la Licitación Pública.
Su representante tiene facultades suficientes para representarlo y presentar la presente Oferta de Crédito, las cuales no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna.
No se encuentra impedido para contratar con el Estado, de conformidad con las Leyes Aplicables.
Conoce los Documentos de la Licitación, incluyendo las aclaraciones y modificaciones a los mismos, publicados en la Página Oficial de la Licitación, y después de analizarlos formula la presente Oferta de Crédito, sujetándose a sus términos y manifiesta su conformidad para que el Estado determine la o las Ofertas Ganadoras, de conformidad con las Bases de la Licitación.
En el evento que la presente Oferta de Crédito resulte Oferta de Crédito Ganadora, se obliga a celebrar el Contrato de Crédito correspondiente en la fecha y términos definidos por la Secretaría, de conformidad con las Bases de la Licitación y el Modelo de Contrato de Crédito.
Su conformidad para que la Secretaría pueda adjudicar y/o disponer un monto menor al ofertado en la presente Oferta de Crédito, en cuyo caso, se obliga a mantener todas y cada una de las características de la presente Oferta de Crédito.
La presente Oferta de Xxxxxxx se regirá e interpretará de acuerdo con las Bases de la Licitación y a las Leyes Aplicables.
Reitera su compromiso de sujetarse incondicionalmente a las disposiciones legales y administrativas aplicables, así como a los Documentos de la Licitación y las decisiones que la Secretaría emita en relación con la Licitación Pública.
Acepta que la Oferta de Crédito sea publicada por la Secretaría en la Página Oficial de la Licitación Pública y, en su caso, en cualquier otro medio de difusión público, según el mismo sea determinado por la Secretaría a su discreción o exigible en términos de la normatividad aplicable.
A la Oferta de Crédito se deberá adjuntar la siguiente documentación: (i) el Modelo de Contrato de Crédito, en su caso, con las modificaciones de forma y/o la selección de entre las alternativas que se señalan en el Modelo de Contrato de Crédito, que el Licitante propone en caso de resultar Licitante Ganador, en el entendido que las modificaciones no podrán versar sobre aspectos sustanciales, la adición de obligaciones y/o la modificación de los plazos propuestos y, en todo caso, la Secretaría se reserva el derecho de aceptar las modificaciones propuestas; (ii) copia simple y copia certificada u original para su cotejo, del poder del representante o representantes legales que hayan suscrito la Oferta de Crédito y del o de los que suscribirán, en su caso, el Contrato de Crédito, con facultades para actos de administración; (iii) copia simple de los estatutos sociales vigentes de la institución de crédito; y (iv) copia de la identificación oficial vigente del representante que suscribió la Oferta.
Si no se presenta el Modelo de Contrato de Crédito se entenderá que el Licitante acepta el Modelo de Contrato de Crédito, en los términos propuestos por el Estado, salvo por las modificaciones que, en su caso, se tuvieran que hacer al clausulado del contrato, en congruencia con las condiciones de la Oferta de Crédito Calificada.
6. Acto de Presentación y Apertura de las Ofertas.
El Acto de Presentación y Apertura de Ofertas se llevará a cabo el día 25 de febrero de 2020, a las 13:30 horas, en el domicilio señalado en el numeral 4.7 anterior.
Para tales efectos, a partir de las 13:00 p.m. horas se dará acceso a los funcionarios de las instituciones interesadas, a efecto de llevar a cabo el proceso de registro de los asistentes. A partir de las 13:30 a.m. horas se cerrarán las puertas y ya no podrá accederse al acto correspondiente.
Los Licitantes entregarán sus Ofertas, las cuales serán recibidas por los funcionarios de la Secretaría. Acto seguido, el representante de la Secretaría abrirá cada una de las Ofertas y se leerán en voz alta empezando por las Ofertas de Crédito, acorde al orden que se hayan recibido.
Al final de la sesión se hará un resumen de las Ofertas de Crédito señalando: (i) el número de Ofertas de Crédito recibidas, (ii) el nombre de los Licitantes, (iii) la Sobretasa propuesta respecto de la calificación objetivo, (iv) las Ofertas de Crédito Calificados y (v) en su caso, cualquier otra información general que, en su momento, la Secretaría considere pertinente. Acto seguido, se dará por terminado el evento.
Ninguna Oferta podrá ser modificada o negociada ni podrá ser retirada después de su presentación.
La Secretaría levantará el Acta de Presentación y Apertura de Ofertas, la cual será publicada en la Página Oficial de la Licitación, a más tardar dentro de los 2 (dos) Días Hábiles siguientes a la fecha de celebración del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
6.1 Causas de desechamiento.
La Secretaría revisará las Ofertas y deberá verificar, respecto de cada Oferta, que no se actualice alguna causa de desechamiento. Son causas de desechamiento de la Oferta, las siguientes:
(i) La no presentación de la documentación que acredite las facultades del representante legal del Licitante.
(ii) La omisión de firmas y/o datos en la Oferta realizada por el Licitante.
Si la Oferta contiene tachaduras o enmendaduras.
El incumplimiento de alguno de los requisitos previstos en la sección 5.2 y/o 5.3 de las presentes Bases de Licitación o del Formato de Oferta de Crédito, o
La comprobación de que alguno de los Licitantes haya acordado con otro u otros de los Licitantes, previo a la presentación de las Ofertas, fijar o elevar cualquier aspecto económico relacionado con la Oferta.
6.2 Calificación de las Ofertas.
Las Ofertas presentadas por los Licitantes se considerarán Ofertas Calificadas cuando éstas cumplan con los siguientes requisitos:
(i) Ser irrevocable, vinculante, en firme y con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha de su presentación.
(ii) Cumplir con los requisitos previstos en el Formato de Oferta de Crédito y en la sección 5 y sus numerales, de las presentes Bases de Licitación.
La Secretaría se reserva el derecho de desestimar aquellas Ofertas que no guarden congruencia.
Las Ofertas que reúnan los requisitos previstos para tales efectos serán consideradas Ofertas Calificadas y serán objeto del análisis comparativo correspondiente a fin de que la Secretaría determine cuál o, en su caso, cuáles de las Ofertas Calificadas representan el costo financiero más bajo y, en consecuencia, las mejores condiciones financieras para el Estado, de acuerdo a los Lineamientos y a los criterios de adjudicación que se señalan en el apartado 7 siguiente.
7. Análisis de las Ofertas.
7.1 Criterios de Adjudicación de las Ofertas de Crédito Calificadas.
La Secretaría determinará, de entre las Ofertas de Crédito Calificadas, aquélla o aquéllas que representen las mejores condiciones xxx xxxxxxx de acuerdo con los Lineamientos.
El criterio de adjudicación será la Tasa Efectiva más baja, que se traduce en el menor costo financiero.
Si de entre las Ofertas de Crédito Calificadas, la Oferta de Crédito Calificada con la Tasa Efectiva más baja no cubre el Monto del Financiamiento solicitado, el monto restante se adjudicará a la Oferta de Crédito Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento.
En el caso que, dos o más Ofertas de Crédito Calificadas se encontraran en el supuesto de tener la misma Tasa Efectiva, se asignará en partes iguales entre las Ofertas de Crédito Calificadas empatadas, considerando que, si con ambas Ofertas Calificadas no se cubre el Monto del Financiamiento, el monto restante se adjudicará a la Oferta de Crédito Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento.
La Tasa Efectiva de las Ofertas de Crédito Calificadas será calculada por la Secretaría, en términos de los numerales 14, 15, 16 y 17 de los Lineamientos, con base en el motor que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha puesto a disposición de los interesados para tales efectos. Para efectos de la información en relación con las proyecciones de la Tasa de Referencia la Secretaría contratará a un proveedor de precios, utilizando las proyecciones que le entreguen el Día Hábil inmediato anterior a la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, es decir, del lunes 24 de febrero de 2020.
Asimismo, en caso de que la mejor o mejores Ofertas de Crédito Calificadas no se encuentren dentro del rango de Sobretasa de la Calificación Preliminar que resulte aceptable para la Secretaría, ésta podrá declarar desierta la Licitación Pública.
8. Acto de Fallo de la Licitación Pública.
Una vez analizadas las Ofertas de Crédito Calificadas, la Secretaría determina la o las Ofertas Ganadoras y elaborará el Acta de Fallo de la Licitación Pública.
La Secretaría notificará el Acta de Fallo de la Licitación Pública el 27 de febrero de 2020, a las 11:30 horas, en el domicilio señalado en el numeral 4.7 anterior, para lo cual se dará acceso a los Licitantes a partir de las 11:00 horas. En el acto correspondiente el funcionario de la Secretaría designado para tales efectos dará lectura al Acta de Fallo. Adicionalmente, la Secretaría notificará a los Licitantes el Acta de Fallo, vía correo electrónico, a las direcciones que cada uno hubiere designado para recibir notificaciones y se publicará en la Página Oficial de la Licitación.
Como se señaló en el numeral 4.1 anterior, la asistencia a esta reunión no es obligatoria para los interesados, pero el Licitante que resulte Licitante Ganador deberá contactar a la Secretaría, a más tardar el Día Hábil siguiente para iniciar los trabajos para la firma del Contrato de Crédito.
El Acta de Xxxxx deberá contener lo siguiente:
La relación de las Ofertas presentadas.
En su caso, las Ofertas desechadas y la causa de desechamiento.
La relación de Ofertas de Crédito Calificadas, describiendo las siguientes características:
a) Denominación del Licitante.
b) Monto Ofertado.
c) Sobretasa ofertada respecto de la Calificación Preliminar.
Nombre del o los Licitantes Ganadores, a quien se les adjudicará el o los contratos de crédito y el monto asignado, y
Nombre, cargo y firma de la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado, así como los nombres y cargos de las personas que hayan sido responsables de la evaluación de las Ofertas de Crédito Calificadas.
La Secretaría en un plazo no mayor a 2 (dos) Días Hábiles posteriores al Acto de Presentación y Apertura de las Ofertas, procederá a la expedición del Acta del Fallo.
9. Formalización del o de los Contratos de Crédito.
El objetivo del Estado es formalizar los contratos de crédito, a más tardar, el 4 xx xxxxx de 2020, con el o los Licitantes Ganadores del Financiamiento. Si por cualquier causa, no se llegare a concretar la formalización de los Contratos de Crédito, la Secretaría sin responsabilidad alguna, podrá optar por la siguiente mejor Oferta de Crédito Calificada, en términos de la evaluación descrita en el numeral 7 anterior.
10. Interpretación de los Documentos de la Licitación.
10.1 Reglas de interpretación en caso de discrepancia entre los documentos de la Licitación:
El encabezado de cada sección es para efectos de referencia y no será tomado en cuenta para efectos de la interpretación de las presentes Bases de la Licitación. En caso de discrepancias en las presentes Bases y sus Anexos se estará a lo siguiente:
Entre un original y sus copias, prevalecerá el original;
Entre las cantidades escritas con letra y las cantidades escritas con número, prevalecerán las cantidades escritas en letra;
Entre las Bases de la Licitación y sus Anexos, prevalecerán las Bases de la Licitación, salvo por el Formato de Oferta de Crédito que, en caso de discrepancias prevalecerá sobre las Bases de la Licitación;
Entre la Convocatoria y las Bases de la Licitación, prevalecerán las Bases de la Licitación;
Entre los documentos presentados por los Licitantes en formato físico o “PDF” prevalecerán aquellos en formato físico;
Entre los documentos presentados por los Licitantes en formato “PDF” o en otro formato,” prevalecerán aquellos en formato “PDF”; y
Entre lo contenido en el Acta de la Junta de Aclaraciones y sus Anexos, y las Bases de la Licitación, prevalecerá el Acta de la Junta de Aclaraciones y sus Anexos.
10.2 Reglas de Interpretación de las presentes Bases de la Licitación:
Para todo lo no previsto en las presentes Bases de la Licitación se estará a las disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera, los Lineamientos, el Reglamento y la Ley de Deuda Estatal y, en su defecto, a las decisiones de la Secretaría;
En el supuesto que algún numeral, párrafo, oración de la Convocatoria y las Bases de la Licitación, presente una incongruencia en su interpretación contextual o se contraponga con lo establecido en la Leyes Aplicables, se le dará el sentido y aplicación establecido en las Leyes Aplicables, en el entendido que la interpretación de la Convocatoria y las Bases de la Licitación siempre será con apego a la legislación antes mencionada y prevalecerá lo dispuesto en las Bases de la Licitación y sus Anexos sobre la Convocatoria;
Al sentido literal de los numerales, cuando sus términos sean claros y no dejen lugar a duda;
Si algún numeral admite diversos sentidos, deberá aplicarse el que se traduzca en las mejores condiciones para el Estado en la contratación del Financiamiento; y
Si una palabra puede tener distintas acepciones, la misma será considerada en la acepción que sea conforme al objeto y contenido integral de los Documentos de la Licitación.
11. Suspensión temporal de la Licitación Pública.
La Secretaría, por así considerarlo conveniente para el Estado, podrá suspender temporalmente la Licitación Pública en cualquiera de sus etapas, cuando:
(i) Se presuma la existencia de acuerdos entre dos o más Licitantes, para manipular la Tasa Efectiva de los Financiamientos objeto de la Licitación Pública o la existencia de otras irregularidades graves.
(ii) Existan causas fortuitas o de fuerza mayor, o
(iii) Así lo determine la Secretaría.
Cuando desaparezcan estas causas, con la debida oportunidad, se avisará por escrito a las instituciones de crédito, la fecha de reinicio de la Licitación Pública.
12. Cancelación de la Licitación Pública.
La Secretaría tendrá la facultad de cancelar la Licitación Pública cuando lo estime conveniente, existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar el Financiamientos, o cuando de continuarse con el procedimiento se le pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Estado.
Morelia, Michoacán, a 14 de febrero de 2020.
Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Secretario de Finanzas y Administración
Gobierno del Estado de Michoacán xx Xxxxxx
Rúbrica
1 Si el Licitante fuera una Institución Financiera distinta a una institución de crédito, deberá de adaptarse la declaración para hacer referencia al tipo de institución financiera de que se trata.
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