Contract
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LIMPIEZA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y PORTUARIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ XX XXXXXXX DE LA LLAVE, REPRESENTADA EN EL PRESENTE ACTO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA, ASISTIDO POR EL ING. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “LA SECRETARIA”; Y POR LA OTRA PARTE, LIMPIEZA DE XALAPA S.A DE C.V. REPRESENTADA POR LA DRA. XXXXXXX XXXXXX XXXX, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “EL PRESTADOR”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
A N T E C E D E N T E S:
a) La Secretaría de Desarrollo Económico, a través de la Unidad Administrativa formuló invitación mediante oficio No. DRMSG/009/2008 de fecha 18 de febrero de 2008, conteniendo las bases de participación para la Licitación Simplificada N° LS-GEV-106/001/08, relativa a la contratación del “Servicio de Limpieza para las Oficinas de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario”, a cinco empresas veracruzanas, así como a la iniciativa privada a través de los organismo correspondientes.
b) El día 22 de Febrero de 2008, se realizó el acto de Recepción y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas, contándose con la participación de tres empresas; XXXX XXXXXX XXXXXXXX JUÁREZ / SILVER; LIMPIEZA DE XALAPA, S.A. DE C.V y XXXXX XXXXXX XXXXXX / LIMPLUS, donde las empresas participantes, cumplieron técnicamente con lo requerido en las bases de participación.
c) El día 27 de febrero del año 2008, una vez analizadas las propuestas presentadas por los participantes, el comité integrado para la licitación citada, emitió el Dictamen Técnico-Económico de la licitación, teniendo como consecuencia la Notificación del fallo a favor de la empresa LIMPIEZA DE XALAPA S.A. DE C.V., por haber cumplido con las especificaciones técnicas y económicas requeridas en las bases y haber quedado en primer lugar durante el proceso de insaculación llevado a cabo así como otorgar el mejor precio, resultando ser la propuesta que más conviene al interés de la convocante, formalizándose la Notificación mediante oficio No. DRMSG/012/08, con fecha
27 de febrero del mismo año.
D E C L A R A C I O N E S
I. De “LA SECRETARIA”:
a) Que es una Entidad de la Administración Pública Centralizada del Gobierno del Estado de Veracruz, responsable de coordinar la Política de Desarrollo Industrial y Comercial, así como vigilar la aplicación y observancia de las Disposiciones Legales, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 23 y 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.
b) Que el LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX, en su carácter de Jefe de la Unidad Administrativa de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Gobierno del Estado de Veracruz, está facultado para suscribir el presente Contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 fracción VI,23 y 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; y 21 Fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario y 186 Fracción XL, y 213 del Código Fiscal.
c) Que el ING. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Jefe del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario, tiene facultades para organizar, dirigir y controlar las actividades, derechos y obligaciones a cargo de la Secretaría, que se desprenden del contrato, de conformidad con lo establecido en los Artículos 10 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado y 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario.
d) Que señala como domicilio, el despacho 905, del Edificio Torre Animas, ubicado en el Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx xxxxxx 0, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Fraccionamiento Jardines de las Animas, en la ciudad de Xalapa, Ver.
II. De “EL PRESTADOR”:
a) Que es una Sociedad Mercantil debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, lo que acredita con la Escritura Pública número 19,120 de fecha 12 xx Xxxx de 2000, Volumen 504, pasada ante la fe del Titular de la Notaría Pública número 15, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, de la Demarcación Notarial de la Ciudad de Xalapa, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la misma ciudad bajo el número 330, a fojas 351- 361 del libro primero de fecha 22 xx Xxxx del 2000.
b) Que la XXX. XXXXXXX XXXXXX XXXX, se encuentra facultada para suscribir el presente instrumento en su Carácter de Representante Legal. lo cual acredita con la escritura número 19,316 de fecha 29 xx Xxxxx de 2000, Volumen 508, pasada ante la fe del Titular de la Notaría Pública número 15, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, de la Demarcación Notarial de la Ciudad de Xalapa, Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la misma ciudad bajo el número 430, a fojas 12-17 del libro primero de la Sección del comercio de fecha 3 de Julio del 2000, manifestando bajo protesta de decir verdad, que a la fecha no le han sido limitadas, suspendidas o revocadas de manera alguna.
c) Que “LIMPIEZA DE XALAPA, S.A. DE C.V” es una persona moral y dentro de su objeto social esta la prestación de los servicios de Limpieza de Ventanas y Oficinas.
d) Que para el debido cumplimiento del presente Contrato, cuenta con la tecnología, infraestructura, capacidad y recursos suficientes para la prestación de los servicios requeridos por “LA SECRETARIA”.
e) Que su R. F. C. es el siguiente: LXA000512CK5.
f) Que señala como domicilio el ubicado en la Calle Río Tesochoacan No. 55 interior 7 Colonia Xxxxxxxxx C.P. 91060, Xalapa, Veracruz.
III.- De “LAS PARTES”:
UNICA.- Que se reconocen recíprocamente la personalidad con que se ostentan en este acto jurídico y exteriorizan libremente su voluntad para obligarse en los términos de las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- Las Partes acuerdan celebrar el Contrato de Prestación de Servicios con una vigencia del día 03 xx xxxxx al 31 de diciembre de 2008, derivado de la Licitación Simplificada No. LS-GEV-106/001/08.
SEGUNDA. "EL PRESTADOR", se obliga con “LA SECRETARIA” a dar el servicio de mantenimiento de limpieza y conservación a sus oficinas ubicadas en Planta Baja, (oficinas del CEDEVER); despachos 111, 305, piso 7 locales 711,
712, piso 8 xxxxx 000, xxxx 00 locales 1107, 1109, y en los pisos 09 y 14, de la Torre Animas, Xalapa, Veracruz, y Torre Financiera despachos 403, 404, 405, en
la Ciudad de Boca del Río, Veracruz, conforme al Anexo Técnico presentado en su propuesta.
El servicio consistirá en: limpieza y conservación de pisos, mobiliario, cristales, cancelaría, paredes, techos, cestos de basura, plantas y macetas, lavado y desinfección de sanitarios, patios y lámparas, en despachos y pasillos, en los mismo términos y condiciones requeridos en las bases de la licitación mediante la cual salió favorecido “EL PRESTADOR”, así como el suministro mensual del material de insumo que consistirá en: 260 rollos de papel de baño convencionales de buena calidad, 30 jabones para manos de 25 grs., 12 cajas de toallas ínter dobladas, jarciería, líquidos químicos, desodorantes, desinfectantes, maquinaría y equipo necesario, de acuerdo a la frecuencia y características estipuladas previamente en el Anexo Técnico de la Licitación referida.
"EL PRESTADOR”, se compromete a proporcionar batas a los trabajadores encargados del mantenimiento de limpieza y vigilará que éstos se abstengan de intervenir en cualquier asunto, que no sea exclusivamente del servicio de mantenimiento de limpieza.
TERCERA.- "EL PRESTADOR", se compromete con “LA SECRETARIA” a prestar los servicios contratados a través de tres trabajadores, el cual se efectuará de la siguiente manera: dos trabajadores con horarios de 07:00 a 16:00 horas, y 1 trabajador de 07:00 a 18:00 horas, todos de lunes a viernes, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, y 1 trabajador de 07:00 a 18:00 horas, en la Ciudad de Boca del Río Ver., de lunes a viernes.
CUARTA. "LA SECRETARIA" se obliga a pagar a “EL PRESTADOR”, sujeto a disponibilidad presupuestal, como contraprestación por los servicios a que se refieren las Cláusulas que anteceden la cantidad $137,500.00 (Ciento treinta y siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.), más la cantidad de $20,625.00 (Veinte mil seiscientos veinticinco pesos 00/100 M.N.) correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, IVA, dando un monto total adjudicado de
$158,125.00 (Ciento cincuenta y ocho mil ciento veinticinco pesos 00/100 M.N.).
Dicha cantidad será liquidada a partir del mes xx xxxxx de 2008 en pagos mensuales de $15,812.00 (Quince mil ochocientos doce pesos 00/100M.N.) IVA incluido, que se se liquidará mediante pagos electrónicos efectuados por la Secretaría de Finanzas y Planeación, a los treinta días posteriores a la prestación del servicio, a entera satisfacción de "LA SECRETARIA", previa entrega de la factura correspondiente, que reúna los requisitos fiscales y la autorización del funcionario de enlace designado en este Instrumento.
QUINTA.- El presente Contrato surtirá sus efectos a partir de su firma y vencerá el día 31 de diciembre de 2008, pudiendo cualquiera de las partes darlo por terminado antes de su vencimiento mediante aviso por escrito dirigido a la otra, con 30 días naturales de anticipación.
SEXTA. “EL PRESTADOR” y “LA SECRETARIA”, convienen que el cambio de salarios, autorizado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos o por disposición del Gobierno Federal; o cuando existan variaciones en más de un 10% en los materiales e insumos para el servicio contratado, será motivo para convenir un nuevo costo.
SEPTIMA.- “LA SECRETARIA”, dará las facilidades al personal autorizado por "EL PRESTADOR", para desempeñar el servicio contratado y formulará las recomendaciones que juzgue convenientes, para la mejor prestación del servicio, las que serán atendidas por “EL PRESTADOR”, siempre y cuando no sean contrarias a las bases fundamentales del Contrato o del presupuesto.
OCTAVA.- Toda la maquinaria y equipo que “EL PRESTADOR” emplee para el desempeño del servicio contratado, será de su propiedad, por lo que su reparación y mantenimiento serán por su exclusiva cuenta, pudiendo sustituir al personal y maquinaria empleados de acuerdo a las necesidades del servicio, siempre y cuando no sean en detrimento del mismo.
NOVENA.- “LA SECRETARIA”, proporcionará a “EL PRESTADOR”, un lugar determinado y exclusivo para guardar maquinaria y equipo, bajo la responsabilidad de este último.
DECIMA.- “LA SECRETARIA", no tiene ni tendrá relación laboral alguna con los empleados que presten los servicios materia del Contrato, ni los mismos toman subordinación para con ella, por lo que “EL PRESTADOR” será el único responsable de las obligaciones derivadas de las Disposiciones Legales y demás Ordenamientos en materia Laboral y Seguridad Social y conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores o terceros, incluyendo personal de sus subcontratistas, presenten con motivo del cumplimiento del objeto de este Contrato. En estos casos procederá la rescisión inmediata del mismo, sin responsabilidad alguna para ella, es decir, se considerará rescindido por causas imputables a “EL PRESTADOR”.
DECIMA PRIMERA.- "EL PRESTADOR", se hace responsable ante “LA SECRETARIA”, por todos los daños imputables a sus trabajadores, siempre y cuando éstos ocurran en las horas de trabajo asignadas a estos, comprometiéndose "EL PRESTADOR" a mantener asegurados a sus trabajadores.
DECIMA SEGUNDA.- "EL PRESTADOR", no se hace responsable por la pérdida y mal uso de documentos o dinero, que se les encomiende a sus empleados, así mismo, “LA SECRETARIA”, se abstendrá de ocupar al trabajador en otras funciones que no sean de mantenimiento y limpieza.
DECIMA TERCERA.- En caso de incumplimiento total o parcial por "EL PRESTADOR" a las obligaciones contraídas en el Contrato, "LA SECRETARIA", a su juicio, podrá aplicar una o varias de las siguientes sanciones:
1.- Por xxxx en la prestación del o los servicios, una Pena Convencional consistente en el importe correspondiente a un CINCO AL MILLAR, por cada día de atraso, el cual será deducido del importe total a pagar.
2.- Del 50% del monto de la contraprestación establecida en la Cláusula Tercera, por el incumplimiento.
3.- Multa de 100 a 1000 salarios mínimos vigentes en la Capital del Estado, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las bases de licitación.
4.- Suspensión hasta por dos años, como proveedor del Gobierno del Estado para participar en cualquier proceso de Licitación.
DECIMA CUARTA.- "LA SECRETARIA" para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas con anterioridad, tomará en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito, de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable a “EL PRESTADOR”.
DECIMA QUINTA.- “LA SECRETARIA” podrá rescindir administrativamente el presente Contrato, en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de “EL PRESTADOR”; también podrá darlo por terminado anticipadamente, cuando a su juicio existan razones que afecten directamente sus intereses económicos o jurídicos, dicha rescisión operará de pleno Derecho y sin necesidad de Declaración Judicial, ni responsabilidad para "LA SECRETARIA".
DECIMA SEXTA.- Las Partes convienen en que el presente Contrato también podrá ser rescindido por “LA SECRETARIA”, en caso de incumplimiento o violación por parte de “EL PRESTADOR” a cualquiera de las obligaciones del Contrato, u optar por exigir su cumplimiento.
DECIMA SEPTIMA.- Las Partes acuerdan que para los efectos de dar estricto cumplimiento al objeto del presente Contrato, "LA SECRETARIA" designa como Funcionario de enlace al ING. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Jefe del
Departamento de Recurso Materiales y Servicios Generales, quien será responsable de dar seguimiento puntual al Presente Contrato y autorizará los pagos correspondientes.
DECIMA OCTAVA.- Las partes están de acuerdo en que los derechos y obligaciones derivados del presente de Contrato no podrán cederse o traspasarse bajo ninguna modalidad a favor de Terceros. La contravención de esta disposición traerá como consecuencia la Rescisión del mismo sin responsabilidad alguna para “LA SECRETARIA”.
DECIMA NOVENA.- Para garantizar el cumplimiento del presente Contrato “EL PRESTADOR”, deberá entregar previamente a su primer pago, y a la firma de este instrumento a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz, póliza de fianza por la cantidad de $13,700.00 (Trece mil setecientos pesos, 00/100 M.N.) correspondiente al 10% del monto total adjudicado antes del I.V.A. otorgada por Institución Nacional debidamente autorizada para tal efecto, para este efecto la compañía afianzadora deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Para efectos de la Fianza, la Compañía que la otorgue, deberá aceptar cumplir con los siguientes requisitos:
a) Someterse expresamente al procedimiento de ejecución establecido por los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
b) Comprometerse a pagar hasta la cantidad total que importe la Fianza, en caso de que su Fiado no justifique plenamente y a satisfacción de “LA SECRETARIA” el cumplimiento del presente Contrato, inclusive las cláusulas penales.
La Póliza estará vigente por un año, y sólo podrá cancelarse a petición por escrito, por la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, previo el escrito respectivo por parte del Funcionario de Enlace y responsable de dar seguimiento a las obligaciones de “EL PRESTADOR”, dirigido a la Unidad administrativa de “LA SECRETARIA”, de haberse cumplido a entera satisfacción con el objeto del presente Contrato.
VIGESIMA.- Las Partes manifiestan que en el presente Contrato no existe error, dolo, lesión o mala fe que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo y lugar bajo las condiciones especificadas.
VIGESIMA PRIMERA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato las Partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales competentes de la Ciudad de Xalapa, Veracruz, y a
las Leyes del Estado, renunciando al fuero que les corresponda en atención a sus domicilios presentes o futuros, o por alguna otra causa.
FORMALIZACION.- Enteradas las Partes del alcance, contenido y fuerza legal del presente Instrumento, lo firman por triplicado en la Ciudad de Xalapa, Veracruz, el día 03 xx Xxxxx de 2008.
POR "LA SECRETARIA" POR “EL PRESTADOR”
LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
C. XXXXXXX XXXXXX XXXX REPRESENTANTE LEGAL
ING. XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Estas firmas corresponden al de Contrato de Prestación de Servicios que celebran la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Gobierno del Estado de Veracruz y la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, respecto a la Licitación Simplificada número LS-GEV-106/001/08.