LICITACIÓN PÚBLICA N° GES-SH-FIN-04/2020
LICITACIÓN PÚBLICA N° GES-SH-FIN-04/2020
(SEGUNDA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA N° GES-SH-FIN-01/2020)
BASES DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE
FINANCIAMIENTO A CARGO DEL ESTADO DE SONORA PARA INVERSIÓN PÚBLICA PRODUCTIVA Y GARANTÍA DE PAGO OPORTUNO
ANEXO 1
CARACTERÍSTICAS DEL FINANCIAMIENTO Y DE LA GARANTÍA DE PAGO OPORTUNO
Los términos en mayúscula inicial previstos en el presente Anexo tendrán el significado que se les atribuye en las Bases de la Licitación.
1. Características del Financiamiento
1.1. Monto del Financiamiento: Hasta la cantidad de $1,343’825,910.93 (mil trescientos cuarenta y tres
millones ochocientos veinticinco mil novecientos diez pesos 93/100 M.N.).
1.2. Destino del Financiamiento: El destino del Financiamiento será, en términos del artículo 16 del Decreto de Autorización, la realización de inversión pública productiva, la constitución de fondos de reserva y los gastos y costos derivados de la contratación de dicho Financiamiento, de conformidad con lo siguiente:
(a) Hasta la cantidad de $1,300,000,000.00 (Mil trescientos millones de pesos 00/100 M.N.) para ser destinado a inversiones públicas productivas, dentro de los siguientes rubros de inversión:
(i) Caminos y Puentes, consistentes en proyectos de construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público;
(ii) Infraestructura para la Seguridad y Procuración de Justicia, consistente en proyectos de construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público;
(iii) Proyectos de Infraestructura para la Salud, consistentes en la construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público, así como la adquisición de bienes asociados al equipamiento de bienes de dominio público, en los que queda comprendido el equipo de administración y a la adquisición de equipo e instrumental médico y de laboratorio requerido para proporcionar los servicios médicos, hospitalarios y demás actividades de salud e investigación científica y técnica;
(iv) Proyectos de Rehabilitación, Modernización y Ampliación de la Red Hidráulica, consistentes en la construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público, y
(v) Proyectos y Espacios Públicos, consistentes en la construcción, mejoramiento, rehabilitación y/o reposición de bienes de dominio público, así como la adquisición de bienes asociados al
equipamiento de bienes de dominio público en los que queda comprendido el equipo de administración.
(b) Hasta la cantidad de $27,700,000.00 (Veintisiete millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) a la constitución de fondos de reservas que deban constituirse en virtud del Financiamiento, y
(c) Hasta $16,125,910.93 (dieciséis millones ciento veinticinco mil novecientos diez pesos 93/100 M.N.) a los gastos y costos relacionados con la contratación del Financiamiento, incluyendo la contratación de Instrumentos Derivados, Garantía de Pago Oportuno, honorarios y gastos de calificadoras, asesores financieros, legales, fiduciarios y/o de fedatarios públicos.
1.3. Plazo del Financiamiento: 240 (doscientos cuarenta) meses, equivalentes a 7,300 (siete mil trescientos) días, contados a partir de la primera disposición del Financiamiento.
1.4. Perfil de Amortizaciones de Capital: Pagos mensuales, consecutivos y crecientes de capital a un factor del 1.3% (uno punto tres por ciento).
1.5. Periodo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇: Sin periodo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇.
1.6. Instrumentación: El Financiamiento se instrumentará a través de uno o varios contratos de apertura de crédito simple (Contratos de Crédito), considerando un nuevo mecanismo de fuente de pago; es decir, un contrato de fideicomiso irrevocable, de administración y fuente de pago que celebrará el Estado, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, con la institución financiera de su elección como fiduciario (Fideicomiso Maestro) al que se afecten los ingresos precisados como fuente de pago del Financiamiento, en términos de lo previsto en el Numeral 1.16 siguiente.
1.7. Periodo para el cumplimiento de condiciones suspensivas: Hasta 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la firma del Contrato de Crédito, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Estado de Sonora en términos del contrato respectivo.
1.8. Periodo de Disposición: Hasta 6 (seis) meses, equivalente a 182 (ciento ochenta y dos) días naturales contados a partir del día siguiente a que se tengan por cumplidas ante el Acreditante las condiciones suspensivas, el cual podrá prorrogarse, a solicitud del Estado de Sonora, en los términos del Contrato de Crédito.
1.9. Tipo de tasa de interés solicitada: Se requiere una tasa de interés variable que, para el cómputo de intereses, será el resultado de sumar: (i) la Tasa de Referencia, más (ii) los puntos porcentuales del margen aplicable al nivel de calificación del Financiamiento o, en su caso del Estado de Sonora, otorgada por al menos dos Agencias Calificadoras, de acuerdo con la mecánica establecida en el Modelo de Contrato de Crédito.
1.10. Tasa de Interés Moratoria: La tasa de interés anual que resulte de multiplicar la tasa de interés ordinaria por [1.5 (uno punto cinco) o 2.0 (dos punto cero)]1.
1 El Licitante Ganador podrá optar por establecer como Tasa de Interés Moratoria una de las dos opciones previstas.
1.11. Tasa de Referencia: significa la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días (la “TIIE”), publicada por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día del inicio del Periodo de Pago.
1.12. Periodicidad de Pago de los Intereses: Mensual.
1.13. Oportunidad de Entrega de los Recursos: Dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a la entrega de la solicitud de disposición por parte del Estado de Sonora.
1.14. Fondo de Reserva: El saldo objetivo del fondo de reserva para cada Periodo de Pago será por la cantidad equivalente a 3 (tres) veces el pago de capital e intereses del Crédito del Periodo de Pago en curso. De manera inicial se constituirá a más tardar dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la primera Disposición del Financiamiento con cargo a las Disposiciones del Crédito y, se reconstituirá en un periodo máximo de 60 (sesenta) días naturales a partir de la fecha en que haya sido utilizado, con cargo al Porcentaje de Participaciones y, en su defecto, con recursos propios del Estado de Sonora.
1.15. Recurso a otorgar como Fuente de Pago: El derecho y los ingresos de hasta 4.5% (cuatro punto cinco por ciento) de las Participaciones, que equivale al 3.6% (tres punto seis por ciento) del total del Fondo General de Participaciones que recibe el Estado de Sonora. Lo anterior, en el entendido que, el porcentaje antes señalado se asignará a cada Crédito contratado conforme a la proporción que su importe represente del monto del Financiamiento.
1.16. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Pago: El Fideicomiso Maestro con las siguientes características: (i) fungirá como institución fiduciaria, una institución financiera autorizada para operar en México; (ii) el Estado de Sonora lo celebrará en su carácter de fideicomitente y aportará al patrimonio del fideicomiso los derechos e ingresos a que se refiere el Numeral 1.15 anterior, y (iii) las instituciones acreedoras en el Financiamiento tendrán el carácter de fideicomisarios en primer lugar, de acuerdo con el porcentaje asignado del Financiamiento e inscrito en dicho mecanismo.
1.17. Garantías: Las Instituciones Interesadas no podrán establecer como condición del Financiamiento la adquisición obligatoria de una garantía de pago, sin perjuicio de la facultad del Estado de Sonora para contratarla en el plazos y monto que considere convenientes.
1.18. Contratación de Instrumentos Derivados: El Contrato de Crédito no incluirá la obligación por parte del Estado de Sonora de contratar Instrumentos Derivados, sin perjuicio de la facultad del Estado de Sonora para contratarlos, en el momento, tipo de instrumento y plazos que considere convenientes.
1.19. Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes: Las Ofertas de Crédito no podrán incluir Gastos Adicionales o Gastos Adicionales Contingentes.
1.20. Calificación Preliminar de la Estructura: El nivel de Calificación Preliminar para la evaluación de la Tasa Efectiva será de; i) AA en escala nacional para el Financiamiento sin Garantía de Pago Oportuno; y,
ii) AA+ en escala nacional para el Financiamiento con Garantía de Pago Oportuno
1.21. Requisitos de las Oferta: Las Ofertas de Crédito deberán: (i) ser irrevocables y en firme; (ii) tener una vigencia expresa mínima de 60 (sesenta) días naturales a partir de su presentación; (iii) ser por un
monto mínimo de $500,000,000.00 (Quinientos millones de pesos 00/100 M.N.); y, (iv) reunir todos los requisitos previstos en esta Convocatoria, las Bases de Licitación y el Formato de Oferta de Crédito.
2. Características de la Garantía de Pago Oportuno
2.1. Tipo de Garantía: Una garantía parcial, de pago oportuno, incondicional, irrevocable y no revolvente, que otorgue cobertura a los Contratos de Crédito que suscriba el Estado de Sonora como resultado de la Licitación Pública.
2.2. Crédito Garantizado: El o los Contratos de Crédito con Garantía que suscriba el Estado de Sonora como resultado de la Licitación Pública.
2.3. Obligaciones Garantizadas: Las sumas de principal e intereses ordinarios pagaderas por el Estado de Sonora, ya sea en la Fecha de Pago o cuando éstas venzan en forma anticipada, de conformidad con los términos y condiciones de los Contratos de Crédito con Garantía, sin incluir importes por concepto de: (i) pagos anticipados voluntarios, ni primas y/o comisiones y/o penalizaciones que deriven de éstos;
(ii) comisiones; (iii) intereses moratorios; (iv) retenciones de impuestos, o (v) cualesquiera otras cantidades distintas a las sumas de principal e intereses ordinarios pagaderas por el Estado de Sonora, que pudieran estar incluidas en los contratos respectivos.
2.4. Monto de Garantía Solicitado: Hasta por el 15% (quince por ciento) del monto total de Financiamiento, equivalente a $201,573,886.64 (doscientos un millones quinientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y seis pesos 64/100 M.N.). Lo anterior, en el entendido que: (i) se podrán celebrar tantos contratos de garantía como se requieran conforme al resultado de la Licitación Pública, y (ii) si las Ofertas Ganadoras del Financiamiento no hubieren considerado la Garantía de Pago Oportuno, se desechará, en su caso, la Oferta Calificada de la Garantía de Pago Oportuno.
2.5. Plazo de la Garantía: Hasta 300 (trescientos) meses, equivalente a 9,125 (nueve mil ciento veinticinco) días, contados a partir de la primera disposición del Contrato de Crédito con Garantía.
2.6. Periodo de Disposición de la Garantía de Pago Oportuno: Hasta 240 (doscientos cuarenta) meses, equivalentes a 7,300 (siete mil trescientos) días, contados a partir de la primera disposición del Contrato de Crédito con Garantía, que corresponde a la vigencia del Contrato de Crédito con Garantía o hasta que se agote el monto de garantía, conforme al mecanismo de actualización de éste, en el entendido que, durante este periodo el servicio de la garantía será subordinado al servicio del Contrato de Crédito con Garantía y, en su caso, al pago de los Instrumentos Derivados de intercambio de tasas.
2.7. Plazo de Amortización de la Garantía de Pago Oportuno: Hasta 60 (sesenta) meses, equivalentes a 1,825 (un mil ochocientos veinticinco) días, contados a partir del día siguiente al último día del periodo de disposición de la Garantía de Pago Oportuno, en el entendido que, durante este periodo el servicio de la garantía será a prorrata con el servicio del Contrato de Crédito con Garantía y, en su caso, con el pago de los Instrumentos Derivados de intercambio de tasas.
2.8. Perfil de Amortizaciones: Durante el Periodo de Disposición de la Garantía de Pago Oportuno, en cada Fecha de Pago, hasta donde ▇▇▇▇▇▇ o alcancen los recursos disponibles en la cuenta del Fideicomiso Maestro que corresponda, de conformidad con la prelación prevista en el mismo; y durante el Periodo
de Amortización de la Garantía de Pago Oportuno, mediante pagos mensuales, iguales y consecutivos de capital.
2.9. Periodo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇: Sin periodo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇.
2.10. Contraprestación Mensual de la Garantía de Pago Oportuno: El garante tendrá derecho al pago de la Contraprestación Mensual de la Garantía de Pago Oportuno, la cual tendrá preferencia en el pago respecto del servicio del Contrato de Crédito con Garantía, de conformidad con la prelación en el Fideicomiso Maestro.
2.11. Periodo para el Cumplimiento de Condiciones Suspensivas: Hasta 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la firma del Contrato de Garantía de Pago Oportuno, el cual podrá prorrogarse por un periodo igual, a solicitud del Estado de Sonora.
2.12. Tasa de Interés en caso de ejercicio de la Garantía de Pago Oportuno: Se requiere una tasa de interés variable que, para el cómputo de los intereses será el resultado de sumar: (i) la Tasa de Referencia, más (ii) los puntos porcentuales del Margen Aplicable correspondientes a la Calificación Sombra o, en su caso, del Estado de Sonora, otorgada por al menos dos Agencias Calificadoras, de acuerdo con la mecánica establecida en el Modelo de Contrato de la Garantía de Pago Oportuno.
2.13. Periodicidad de Pago de los Intereses: Mensual.
2.14. Oportunidad en la Entrega de los Recursos: Dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a la entrega de la solicitud de desembolso por parte del fiduciario del Fideicomiso Maestro.
2.15. Fuente de Pago de la Garantía: El Porcentaje de Participaciones que el Contrato de Crédito con Garantía tenga como fuente de pago, con la prelación prevista en el Fideicomiso Maestro.
2.16. Mecanismo de Fuente de Pago: El Fideicomiso Maestro.
2.17. Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes: Las Ofertas de la Garantía de Pago Oportuno no podrán incluir Gastos Adicionales o Gastos Adicionales Contingentes adicionales a la Contraprestación Mensual de la Garantía de Pago Oportuno señalada en el Numeral2.10.
2.18. Calificación Sombra Preliminar de la Estructura: La Calificación Sombre Preliminar para la evaluación y comparativo de los costos financieros de las Oferta de Garantía es AA en escala nacional o su equivalente.
2.19. Requisitos de la Oferta de Garantía de Pago Oportuno: las Ofertas de Garantía de Pago Oportuno deberán (i) ser irrevocables y en firme; y (ii) tener una vigencia expresa mínima de 60 (sesenta) días naturales a partir de su presentación; y (iii) reunir las características y los requisitos previstos en esta Convocatoria, en las Bases de Licitación y en el Formato de Oferta de Garantía.
